CONVOCATORIA Y BASES DE AYUDAS A LAS FAMILIAS CON NIÑOS Y NIÑAS MATRICULADOS EN ESCUELAS MUNICIPALES DE EDUCACION INFANTIL. CURSO 2013/2014
Convocatoria y bases de ayudas a las familias con niños y niñas matriculados en escuelas municipales de educación infantil. Curso 2013/2014 En Sesión Extraordinaria del Pleno Municipal, de fecha 23 de diciembre de 2012, se acordó aprobar las Ordenanzas Fiscales y Precios Públicos año 2013, en la que se establecen los precios públicos por prestación de los servicios de asistencia, comedor y servicio de cunas de las Escuelas Infantiles Municipales, durante el curso 2013/2014. Con el fin de encaminarnos hacia un sistema homogéneo de precios para todas las plazas públicas del primer ciclo de educación infantil en Vitoria-Gasteiz, el Ayuntamiento establece una convocatoria de becas que posibilitan condiciones próximas en esta cuestión sean plazas públicas ofertadas por el Consorcio Haurreskolak, plazas en las aulas de dos años de los centros públicos dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco o plazas ofertadas en las escuelas infantiles municipales gestionadas directamente por el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Asimismo, esta convocatoria de becas tiene un carácter complementario con la convocatoria de becas del Gobierno Vasco, institución competente para planificar en todos sus ámbitos los diferentes niveles educativos del sistema de enseñanza no universitaria. 1. OBJETO Y BENEFICIARIOS DE LA CONVOCATORIA Esta convocatoria de ayudas tiene por objeto establecer un sistema complementario al establecido por el Departamento de Educación del Gobierno Vasco para las familias con niños y niñas matriculados durante el curso 2013/2014 en Escuelas Municipales de Educación Infantil. 2. CRÉDITO PRESUPUESTARIO Existe crédito presupuestario por un importe de 550.000,00 euros, con arreglo a la partida 1817.1.3211.480.26 del Departamento de Servicios a la Ciudadanía y Deportes, para cubrir las necesidades de la presente convocatoria. 3. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES Haber formalizado la matrícula del niño/a en cualquiera de las Escuelas infantiles de la red municipal. Haber cumplimentado el impreso de solicitud de beca en tiempo y forma en la escuela infantil en la que está matriculado (Anexo VI). En caso contrario, se entiende que la familia renuncia a acogerse a las ayudas de la presente convocatoria, por lo que el importe a abonar será el establecido por el precio público en función del servicio y horario solicitados. Ayudas EEII. Curso 2013/2014 1
4. CARÁCTER DE LAS AYUDAS Se establece un tipo de ayuda municipal con carácter universal con el fin de equiparar en la medida de lo posible los precios de las plazas públicas de este ciclo educativo en Vitoria- Gasteiz. Las ayudas municipales se aplicarán mensualmente en el recibo para aminorar el precio público del servicio solicitado, teniendo un carácter complementario con respecto a las concedidas por el Departamento de Educación del Gobierno Vasco. La beca municipal abarca los meses de octubre a junio en el caso de los niños nacidos en 2011, con precios también becados pero con parámetros diferentes en Navidad, Semana de Pascua y mes de julio. En el caso de los niños y niñas nacidos en el 2012 y 2013 la ayuda abarca los meses de octubre a julio. Para el mes de septiembre, dado su carácter diferenciado debido al periodo de adaptación, se aplicará una beca que cubra hasta los 160 que deberán abonar los adjudicatarios de plaza para todas las edades y horarios de asistencia solicitados (a excepción del servicio de comedor). Tal y como se recoge en las Ordenanzas y Precios Públicos Fiscales la cuota del mes de septiembre será del 50%, por lo que las familias abonarán 80 por asistencia y 40 por el servicio de comedor. El pago de la cuota de asistencia de dicho mes se efectuará en el momento de formalizar la matrícula. Las incorporaciones posteriores al mes de septiembre tendrán a efectos de facturación, beca y pago de la primera mensualidad la misma consideración que el citado mes. 5. COMPATIBILIDAD DE LAS AYUDAS La ayuda municipal será compatible y complementaria a la concedida en la convocatoria del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco. Asimismo, podrá ser compatible con cualquier otra subvención pública o privada siempre que no se supere el precio público establecido. 6. CRITERIOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LA AYUDA Para calcular el importe de la ayuda se considerarán los horarios y servicios solicitados por las familias en la escuela infantil en la que esté matriculada la criatura, así como el curso al que se incorpore. 1. Determinación de la ayuda mensual que corresponderá a cada familia. La ayuda municipal se fija en función del nivel educativo y de los horarios y servicios solicitados. Niños matriculados en Escuelas Infantiles municipales: Niños y niñas nacidos en 2011. Período escolar octubre-junio. (Anexo I ). Niños y niñas nacidos en 2011. Períodos especiales y mes de julio. (Anexo II). Niños y niñas nacidos en 2012. (Anexo III). Niños y niñas nacidos en 2013. (Anexo IV). Mes de septiembre ( Anexo V). Si existe deficiencia en la solicitud u omisión de documentos preceptivos, deberá subsanarse la solicitud previo requerimiento de la Administración, en el plazo de diez días desde la notificación. 2. Determinación de la ayuda mensual para las familias numerosas. Las familias numerosas de categoría general y de categoría especial tendrán una minoración en el importe final a abonar de un 25% y un 50% respectivamente. Queda excluído de esta Ayudas EEII. Curso 2013/2014 2
minoración el mes de septiembre. Esta bonificación sólo será de aplicación en el caso de que o bien el niño o la niña matriculada en la escuela infantil o cualesquiera de sus otros hermanos o hermanas hubieran sido beneficiarios en el curso 2012/2013 de la beca concedida por el Departamento de Educación de Gobierno Vasco en la convocatoria ordinaria de ayudas al estudio para niveles de enseñanza no universitarios. Esta circunstancia deberá ser acreditada documentalmente. 7. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN La aprobación de las bases y la convocatoria es competencia de la Junta de Gobierno Local. Dado el carácter universal de esta ayuda la resolución de concesión se entenderá realizada tácitamente con la formalización, con los requisitos aquí establecidos, de la matrícula por las familias interesadas. 8. MODIFICACION DE LA SUBVENCION Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención podrá dar lugar a la modificación de la concesión de la ayuda. 9. INFRACCIONES Y SANCIONES El régimen de infracciones y sanciones se ajustará a lo establecido en los artículos 28 y siguientes de la Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. 10. LEGISLACIÓN APLICABLE Para lo no previsto en el presente pliego de bases se aplicará la Ley 38 /2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, la Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y cualquier otra norma administrativa y de Régimen local que resulte de aplicación. 11. RECURSOS Contra la presente Convocatoria y sus bases específicas podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha aprobado la presente Convocatoria, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava y, contra la resolución expresa o presunta de éste, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria- Gasteiz en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria del recurso o en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación presunta del recurso. Vitoria-Gasteiz, 20 de marzo de 2013 Alfredo iturricha Yániz Concejal Delegado del Departamento de Servicios a la Ciudadanía y Deportes. Ayudas EEII. Curso 2013/2014 3
ANEXO I Niños y niñas nacidos en 2011 Período escolar de octubre a junio ASISTENCIA horario 8:00 13:00 162,61 111,61 51,00 horario 8:00 16:00 (incluido servicio de comedor) 396,19 265,19 131,00 Ayudas EEII. Curso 2013/2014 4
ANEXO II ASISTENCIA PERIODO NAVIDAD -NO FRACCIONABLE- Niños y niñas nacidos en 2011 Importe a abonar 20,00* * Se incrementarán en la cuota mensual del mes de enero. ASISTENCIA SEMANA SANTA -NO FRACCIONABLE- Importe a abonar 20,00* * Se incrementarán en la cuota mensual del mes de abril. Ayudas EEII. Curso 2013/2014 5
ASISTENCIA MES JULIO -NO FRACCIONABLE- Niños y niñas nacidos en 2011 horario 8:00 13:00 162,61 2,61 160,00 horario 8:00 16:00 (incluido servicio de comedor) 396,19 156,19 240,00 Ayudas EEII. Curso 2013/2014 6
ANEXO III Niños/as matriculados/as en escuelas infantiles municipales. Nacidos año 2012 ASISTENCIA horario 8:00 13:00 162,61 2,61 160,00 horario 8:00 16:00 (incluido servicio de comedor) 396,19 156,19 240,00 Ayudas EEII. Curso 2013/2014 7
ANEXO IV Niños/as matriculados/as en escuelas infantiles municipales Nacidos año 2013. ASISTENCIA horario 8:00 13:00 162,61 2,61 160,00 horario 8:00 16:00 252,70 44,70 208,00 Ayudas EEII. Curso 2013/2014 8
ANEXO V Niños/as matriculados/as en escuelas infantiles municipales Nacidos en 2011, 2012 y 2013 Mes de Septiembre ASISTENCIA horario 8:00 13:00 * 162,61 2,61 160,00 / 80,00 horario 8:00 16:00 ( incluído servicio de comedor) * 396,19 156,19 240,00 / 120,00 *Tal y como se recoge en las Ordenanzas Fiscales aprobadas el 28 de diciembre de 2012, la cuota a abonar en el mes de septiembre será del 50% sobre la correspondiente al resto de las mensualidades. Ayudas EEII. Curso 2013/2014 9
ANEXO VI Solicitud de la convocatoria de becas del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. D./Dña. en su condición de tutor del niño/niña solicito me sea aplicada la beca municipal según los servicios y horarios solicitados, en las condiciones que las bases de dicha convocatoria determinan. Vitoria-Gasteiz, a de de 2013 Firmado, Sus datos personales serán incluidos en ficheros cuya finalidad es la realización de tareas propias de la gestión municipal. Puede Ud. ejercer los derechos que reconoce la Ley Orgánica 15/99 dirigiéndose a las Oficinas de Información del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Ayudas EEII. Curso 2013/2014 10