Moderador: Buenos días, hoy estaremos charlando con personal del Instituto de la Defensoría Pública, quienes nos estarán dando Asesoría para el divorcio voluntario. Bienvenidos. El chat comienza a las 11 de la mañana. martes 23 de abril de 2013 10:37 Instituto de la Defensoría Pública: Buenos días, les damos la mas coordial bienvenida a nuestro chat del día de hoy, esperando sus preguntas y dudas acerca del tema, y que estas sean aclaradas, agradenciendo su participación, sean bienvenidos. martes 23 de abril de 2013 10:59 BLANCA: BUEN DIA,QUIERO PREGUNTAR SI DENTRO DE ESTA INSTITUCIÓN BRINDAN APOYO RESPECTO A LA REVISIÓN DEL CONVENIO QUE SE SOLICITA PARA INICIA LA DEMANDA DE DIVORCIO, PUES EN MI CASO ACABO DE RECIBIR UNA PROPUESTA POR PARTE DE MI PAREJA, PERO DE NO HE PODIDO TENER ASESORIA DE UN ABOGADO, PUES ACTUALMENTE NO CUENTO CON PRESUPUESTO PARA PAGAR UNO PARTICULAR martes 23 de abril de 2013 11:06 Instituto de la Defensoría Pública: Buenos dias Blanca, claro que que puedes acudir a nuestras oficinas solicitando asesoria y la revisión del convenio que te hicieron llegar, en donde se encuentras viviendo para indicarte a donde dirigirte martes 23 de abril de 2013 11:08 ana: hola buen dia mi nombre es ana tengo 20 a{os separada y mi esposo esta recluido en el penal de otumba por delitos graves, en estos 20 años nuca le pedi nada y nunca me dio nada quiero saber como me puedo divorciar martes 23 de abril de 2013 11:13 Instituto de la Defensoría Pública: Buenos días Ana, aun recluído tu esposo, puedes obtener tu divorcio, en este caso, por la situación de su reclusión, lo más conveniente sería promover el divorcio incausado. Pues para el voluntario necesitarian ambos estar de acuerdo. martes 23 de abril de 2013 11:16 Guest: luz: martes 23 de abril de 2013 11:19 dolores: Buenos días, que pasa con la pensión para la esposa, cuando el esposo tiene el imss y decidimos divorciarnos, pero nos hemos casado por bienes separados?, aun así la esposa tiene derecho de recibir pensión o sólo para los hijos? martes 23 de abril de 2013 11:21 Instituto de la Defensoría Pública: Buenos días Dolores, la pensión alimenticia también puede pactarse para la esposa si esta durante el matrimonio no desempeño actividad laboral alguna, no tenga bienes o sus ingresos sean mucho menores a los de su conyuge. martes 23 de abril de 2013 11:23 ana: promovi en incausado y desafotunadamente no me han dado respuesta en el uzgado ya que no saben como llevar acabo la audiencia la verda solo me han dicho que tengo que ir a otumba pero no se como hacer para no tener que ir ya que pues mi situacion economica no es muy buena martes 23 de abril de 2013 11:25 Guest: Hola estoy por separarme de mi pareja ya no hay entendimiento y queremos hacerlo en loe mejores terminos el me dice q siempre me va a apoyar y le va a dar todo lo necesario a sus hijos lo 1
conozco y se q es muy responsable y me dice q me ayudara hasta q el pueda o hasta q encuentre otra pareja, tengo que hacer forzosamente un convenio para otorgarle el divorcio martes 23 de abril de 2013 11:27 Instituto de la Defensoría Pública: Si el último domicilio que tuvieron en común lo fue perteneciente a Otumba. si tienes que acudir a ese Distrito Judicial, la dos audiencias de aveniencias de desahogaran con o sin la presencia de tu esposo, sólo basta que se encuentre debidamente notificado. martes 23 de abril de 2013 11:29 Instituto de la Defensoría Pública: Guest: Si es en los mejores términos que mejor que el divorcio voluntario, no basta que el diga que apoyará a sus hijos, ni menos aun hasta que el pueda o encuentre a una pareja, su obligación debe estar estampada en un convenio en los términos que lo pacten, para la seguridad de tus hijos, pues la pensión no está sujeta a si se tiene o no otra pareja, sino hasta que los hijos dejen de necesitarla o cuenten con un trabajo profesión de la cual puedan allegarse recursos para subsistir. martes 23 de abril de 2013 11:32 Guest: GRACIAS, SI SE DONDE SE ENCUENTRAN LAS OFICINAS, VIVO EN TOLUCA, ESTADO DE MEXICO, Y APROVECHANDO EL CHAT, QUIERO PREGUNTAR??? TENGO DOS HIJOS PRODUCTO DEL MATRIMONIO, YA LES COMENTE QUE HE RECIBIDO UNA PROPUESTA DE CONVENIO PARA INICIAR LOS TRAMITES CORRESPONDIENTES, PERO DENTRO ESTE CONVENIO CREO QUE LO OFERTA DE PENSION NO ES BUENA, PUES OFRECE PAGO EN ESPECIE, NO ESTOY COMPLETAMENTE DE ACUERDO, ESTO PROVOCA QUE DEJE DE SER UN DIVORCIO VOLUNTARIO??????? martes 23 de abril de 2013 11:34 Instituto de la Defensoría Pública: Las oficinas del Instituto de la Defensoría Pública en la ciudad de Toluca, se encuentran ubicada en Calle Republica de Belice número 109 en la Colonia Americas. En cuanto a la pensión está debe de ser en su mayor parte en efectivo y en su caso una minima parte en especie es decir, puede ofrecerte el 20% de sus ingresos nominales y comprales mensualmente dos mudas de ropa, pero no toda la pensión en especie. martes 23 de abril de 2013 11:38 pedro: Buenos dias, quisiera saber como procede el divorcio voluntario, en cuanto a pension alimenticia ya que tenemos un hijo de 3 años, está en proceso el divorcio aun no asistimos a "ratificar", no se nada de leyes, me gustaría saber mas acerca de estos terminos sobre todo. martes 23 de abril de 2013 11:39 Instituto de la Defensoría Pública: Buen día Pedro, te dire que una vez que se presenta la solicitud de divorcio voluntario, el juez la admite y si no hay ninguna prevención respecto al convenio, serán citados a una audiencia, en esa audiencia los exhortaran a que se reconcilien, si persisten en su deseo de obtener el divorcio en esa misma audiencia se decreta el divrocio. En cuanto a la pensión ustedes de manera voluntaria la pactan. No se ratifica la solicitud de divorcio, solo se acude a una audiencia de avenencia. martes 23 de abril de 2013 11:42 dolores: Pero este pacto no es obligatorio para él o si? También es un convenio no? Porque si mi esposo no quiere no me daria nada. Puedo cambiar antes de divorciarme él régimen de matrimonio? Cuánto cuesta el trámite de cambio de régimen y cuanto el trámite de divorcio voluntario? martes 23 de abril de 2013 11:44 Instituto de la Defensoría Pública: Dolores: Los convenios son obligatorios para las personas que los celebran y tienen la categoria de cosa juzgado como se sei tratara de sentencia si son aprobados por un juez. Ahora bien no se trata de que si tu esposo quiere o no darte pensión es su 2
obligación el alimentar a su hijo y a ti, si entas dentro de los presupuesto que te he comentado. Para el cambio de regimén es necesaria la voluntad de las partes, e iniciaria dicho regimen a partir de la modificación, no creo que en algo de beneficie. En cuanto a los costos lo ignoro, pues los servicios prestados por el Instituo de la Defensoría son gratuítos. Y si es de manera particular cada abogado le pone precio a su trabajo. martes 23 de abril de 2013 11:49 pedro: Gracias, realizamos ante el DIF un convenio por una cantidad de dinero a la semana, no tengo problema con eso, y quiero saber si va a aumentar algun dia la cantidad acordada, esto se maneja paralelamente al divircio? martes 23 de abril de 2013 11:51 Instituto de la Defensoría Pública: Pedro, el convenio celebrado ante el DIF, sirve como antecedente, pero se tiene que hacer uno ante el juez, tal vez con las mismas carácteristicas del anterior, pero en esta caso si se tiene que agregar la forma en que se incrementara la pensión en forma anual, y para el divorcio voluntario si es necesaria pactar pensión alimenticia dentro del convenio que se acompaña a la solicitud. martes 23 de abril de 2013 11:55 BLANCA: QUE DOCUMENTOS A PARTE DEL CONVENIO TENGO QUE PRESENTAR EL DIA QUE ACUDA Y ES NECESARIO SACAR CITA PARA ESTA ASESORIA Y EN DONDE LA TRAMITO???? martes 23 de abril de 2013 11:58 Instituto de la Defensoría Pública: Blanca, debes hacerte acompañar del convenio e identificación. No no es necesario solicitar una cita, sólo debes acudir a la oficina del Instituto de la Defensoría Pública cercana al lugar en donde vives. martes 23 de abril de 2013 12:02 ROSA: Hola Buen día una pregunta si no estoy casada pero vivo con mi pareja y tengo un hijo, mi hijo y yo támbien tenemos derecho a una pensión, me podrían decir por favor martes 23 de abril de 2013 12:02 Instituto de la Defensoría Pública: Buenas tardes Rosa: Si no estas casada civilmente con tu pareja y tienes un hijo, el niño tiene derecho a pensión alimenticia si el no la proporciona, en tu caso podrás obtenerla si tienes la calidad de concubina, es decir, que ambos se encuentren libres de matrimonio, no cuenten con impedimento alguno para contraer matrimonio, vivan juntos y tengan al hijo que ya tienes. martes 23 de abril de 2013 12:06 dolores: Gracias por su atención, ahora ya se que hacer. Que bien q hagan este tipo de chata. Gracias nuevamente martes 23 de abril de 2013 12:09 Instituto de la Defensoría Pública: No tienes de que agradecer Dolores, nos encontramos a tus ordenes. martes 23 de abril de 2013 12:10 bety: una vez que se cuenta con el acuerdo de divorcio firmado po ambos, se puede proceder algun juicio si el padre no ha dado pension por algunos años? martes 23 de abril de 2013 12:10 Instituto de la Defensoría Pública: Claro que si Bety, lo que se debe promover es la ejecución del convenio de divorcio que se aprobo en sentencia de divorcio voluntario, en el mismo expediente y juzgado en donde se tramito este. 3
martes 23 de abril de 2013 12:13 Carlos: Hola me casé hace más de 5 años pero nunca he vivido con ella cada uno hemos echo vida pero seguimos casados x lo civil k puedo hacer martes 23 de abril de 2013 12:17 Instituto de la Defensoría Pública: Bien Carlos, pues lo mejor es regularizar tu estado civil pues, eres casado conforme a derecho, pero de hecho no tienes relación alguna con ella, es mejor reallizar el tramite de divorcio correspondiente por si en un futuro tienes otra pareja y deceas vivir con ella o incluso casarte de nuevo, no que no podrías hacer estándo casado. martes 23 de abril de 2013 12:20 bety: y en un convenio de divorcio voluntario, cuanto tiempo al año, es llo minimo y maximo que se le puede otorgar al padre de visita con los hijos? martes 23 de abril de 2013 12:21 Instituto de la Defensoría Pública: Bety el derecho de convivencia es de padres e hijos, y tiene mayor preponderancia el de los hijos, por lo que no hay un máximo, entre mas convivan es mejor para los niños, te dire que lo minimo sería un fin de semana cada quince días así como el 50% de las vacaciones de semana santa, verano e invierno. martes 23 de abril de 2013 12:24 bety: y cuando el padre no vive en el estado, como se puede garantizar que los regrese al hogar despues de una visita? martes 23 de abril de 2013 12:29 SINDY: BUENAS TARDES...QUIERO DIVORCIARME YA ESTO SEPARADA COMO 7 AÑOS Y TENGO UN HIJO DE 10 AÑOS COMO REALIZO LOS TRAMITES Y SI USTEDES BRINDAN APOYO YA QUE NO CUENTO CON RECURSOS ECONÓMICOS PARA CONTRATAR UN ABOGADO PARTICULAR. ACTUALMENTE ME JUNTE CON MI ACTUAL PAREJA TENGO UNA BEBA Y MI TEMOR ES SI INFLUYE ALGO EN QUE NO ME PUEDA DAR EL DIVORCIO EL TAMBIÉN YA TIENE PAREJA E HIJOS. martes 23 de abril de 2013 12:30 clara: Hola me podrian decir cuando tarda un divorcio incausado y si tenemos que estar de acuerdo los dos y si no es asi, si se puede dar martes 23 de abril de 2013 12:31 Instituto de la Defensoría Pública: La garantia Bety, es precisamente el convenio en donde ambos pactaron sobre la guarda y custodía de los hijos, es decir, a cargo de quien quedaría, convenio aprobado por el juez de consecuencias civiles y penales ante el incumplimiento. martes 23 de abril de 2013 12:32 Instituto de la Defensoría Pública: Sindy: El apoyo consiste en que el Instituto de la Defensoría Publica, una vez que se te practica estudio económico, y eres apta para recibir nuestros servicios, te designa un abogado para el tramite de divorcio correspondiente, no tiene nada que ver tu situación y la de tu esposo de estar unidos con otras personas e incluso ya tener hijos. martes 23 de abril de 2013 12:35 vero: hola buenas tardes me sali de mi casa tengo tres hijos deje a dos de ellos y me lleve a uno quiero divorciarme, pero no se que hacer ni adonde acudir martes 23 de abril de 2013 12:35 Instituto de la Defensoría Pública: Clara: Existe una confusión, si es voluntario si es necesario, 4
que ambos esten de acuerdo con dicho tramite y que no exista conflicto respecto a los puntos que el convenio debe llevar. Si es incausado sólo es necesario que alguno de los conyuges no desee mantenerse unido en matrimonio. El divorcio voluntario tarda por lo menos 20 días y el incausado un mes, por la carga de trabajo de los juzgados. martes 23 de abril de 2013 12:38 Luz: hola me pueden decir cuanto timpo dura el divorcio voluntario martes 23 de abril de 2013 12:39 Guest: HOLA SOY UBALDO TENGO YA MAS DE DOCE AÑOS SEPARADO DE MI ESPOSA, ENGENDRAMOS DOS HIJAS UNA YA MAYOR DE EDAD, Y LA OTRA NO ELLA YA ESTA JUNTADA Y YO TAMBIEN EXISTIRIA ALGUN PROBLEMA CON EL DIVORCIO Y LOS BIENES martes 23 de abril de 2013 12:40 Instituto de la Defensoría Pública: Vero: Si no hay acuerdo para el tramite de divorcio voluntario, tendra que ser un divorcio incausado, debes acudir a la Oficina del Instituto de la Defensoría Pública que corresponda a tu domicilo. Lo anterior si no cuentas con ingresos para pagar un abogado particular, nuestros servicios son gratuitos y para personas de escasos recursos. martes 23 de abril de 2013 12:43 Instituto de la Defensoría Pública: Luz: El tramite de divorcio voluntaro ante el Juzgado tarda por lo menos 20 días, podría ser menos, pero es en razón de la carga de trabajo del juzgado que corresponda martes 23 de abril de 2013 12:45 Instituto de la Defensoría Pública: Ubaldo: En primer termino y atendiendo a las condiciones, debes platicarlo con tu esposa, podrían acordar el tramite de divorcio voluntario, pues no tiene sentido continuar unidos en matrimonio, viviendo con otras personas, así pactar la pensión para la menor de tus hijas y en cuanto a los bienes la forma de liquidarlos, es decir de repartirlos. martes 23 de abril de 2013 12:47 SINDY: Puedo divorciarme si nos presentamos los dos ante el H. Ayuntamiento donde nos casamos o en el Juzgado ya q en un tiempo dio pensión a mi hijo pero no cumplio por mucho tiempo y el expediente quedo asi, yo ya no moví nada.. martes 23 de abril de 2013 12:48 Instituto de la Defensoría Pública: Sindy:El divorcio sólo lo decreta el Juez Civil o Familiar competente al ultimo domicilio en donde hicieron vida en común, el Ayuntamiento no es competente para decretar ningun divorcio, en cuanto a que no cumplio con la pensión, mi pregunta es en donde y ante quien pactaron esta, si es en el juzgado puedes promover el pago de las pensiones que ha dejado de pagar. martes 23 de abril de 2013 12:50 Moderador: En diez minutos daremos por concluído nuestro chat, invitamos a los usuarios a realizar una última pregunta. martes 23 de abril de 2013 12:51 luis: buenas tardes mi esposa abandono mi casa dejando a mis tres hijos, la busque y me dice que ella ya no quiere estar conmigo que quiere irse a ensenada, puedo levantar un acta por abandono de hogar y solicitar el divorcio mis hijos son pequeños de 3 1 y 4 años me puedo quedar con ellos??? martes 23 de abril de 2013 12:54 Instituto de la Defensoría Pública: Luis, si lo más conveniente es que antes de que ella se vaya al lugar que me indicas, promuevas, el divorcio, si es lo que deseas, si ella esta de acuerdo con este, el divorcio necesario, si no lo está, el incausado, con la finalidad de ponerle punto final a la 5
relación y quede establecida la guarda y custodía de tus menores hijos. martes 23 de abril de 2013 12:57 Instituto de la Defensoría Pública: Agradezco a todos por su participación en el chat del día de hoy, espero haber desahogado todas las dudas, respecto del tema y los invitamos de nueva cuenta para el proximo chat. martes 23 de abril de 2013 1:00 Moderador: Agradecemos al Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México, el haber contestado las preguntas de nuestros usuarios. A todos nuestros usuarios los invitamos a seguir participando en los foros, blogs y en los próximos chats que tendremos en el portal de Internet del Gobierno del Estado de México. También nos pueden contactar por twitter en www.twitter.com/edomex ó @edomex además en nuestras páginas de Facebook http://www.facebook.com/gobierno.edomex Hasta una próxima ocasión martes 23 de abril de 2013 1:02 6