CURSO SOBRE EL NUEVO PROCESO PENAL ACUSATORIO Y ORAL CAPÍTULO II: ETAPA INTERMEDIA O DE PREPARACIÓN DE JUICIO ORAL

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Transcripción:

CAPÍTULO II: ETAPA INTERMEDIA O DE PREPARACIÓN DE JUICIO ORAL 07/10/2009 Coahuila 1

Sistema Inquisitivo Sistema Mixto Sistema Procesal Libertad/ Objetividad/Inocencia/ Dignidad/ Solución del conflicto Sistema Acusatorio Publicidad/ Contradicción/ Concentración Continuidad/Inmediación Defensa técnica Independencia de las autoridades 07/10/2009 Coahuila 2

Investigación Intermedia o de preparación de juicio oral Etapas del Proceso Juicio oral Impugnación o de recursos Ejecución de sentencia 07/10/2009 Coahuila 3

Etapa de Investigación O Preliminar Etapa Intermedia o Preparación de Juicio Oral Etapa de Juicio Oral Etapa de Impugnación o de Recursos Etapa de Ejecución Juez de Control Juez de control Juez de Juicio Magistrados Juez de Ejecución MP y Policías recogen datos de prueba y otros elementos Se presenta querella o denuncia Se continua con investigación bajo control judicial Se formula imputación AUDIENCIA DE VINCULACIÓN -Control de detención -Derecho de contradicción - Aplicación de medidas cautelares -Primera declaración del imputado - Se dicta auto de vinculación a proceso -Señalar plazo para cierre de investigación Se aplican formas anticipadas de terminación Se emite auto de vinculación Audiencias de Imputación (Vinculación) Se formula por escrito la acusación. 321 Cita a audiencia de acusación Se concretan posturas Se oponen excepciones Se ofrecen pruebas Se proponen mecanismos de solución al conflicto Defensa oral por acusado o defensor sobre acusación Debate sobre medios de prueba ofrecidos Unión o separación de acusaciones Acuerdos probatorios Exclusión de prueba AUTO DE APERTURA DEL JUICIO Audiencia de Acusación Tribunal recibe auto de apertura a juicio y pone a disposición al sujeto en prisión preventiva o con otras medidas cautelares Se señala fecha para audiencia del debate (no antes de15 ni más de 60) Inicio del debate Sobreseimiento Desahogo de pruebas Plantean Incidentes Declaración del acusado Conclusiones Deliberación y sentencia. Audiencia de Juicio Oral Autoridad emisora Tribunal de Apelaciones RECURSOS Revocación Apelación Casación Revisión Audiencia de impugnación Primera fijación de las penas o medidas de seguridad, tribunal del juicio Las sucesivas fijaciones, extinción, sustitución o modificación son competencia del juzgado de ejecución Lib. condicional anticipada Rev. De lib. cond. Condena de ejecución condicional Demás sanciones *Atribuciones jurisdiccionales Audiencia de Ejecución 07/10/2009 Coahuila 4

Etapas del Proceso CURSO SOBRE EL NUEVO PROCESO PENAL ACUSATORIO Y ORAL INVESTIGACIÓN PRELIMINAR, que asume el MP con los cuerpos de policías, con vigilancia judicial garantizada por el juez de control INTERMEDIA O DE PREPARACIÓN DE JUICIO ORAL, en la que el juez de control, resuelve sobre las formas alternas de terminación del proceso, depura y admite pruebas ofrecidas por los intervinientes, sobre excepciones procesales y sobre la apertura del juicio oral. JUICIO ORAL, donde se desahogan pruebas, se escuchan alegatos y se dicta sentencia definitiva IMPUGNACIÓN O DE RECURSOS, la que se abre para resolver sobre las inconformidades planteadas EJECUCIÓN DE SENTENCIA, en la que se resuelve sobre la duración, modificación y extinción de las sanciones, con control jurisdiccional 07/10/2009 Coahuila 5

OBJETO DEL PROCESO Determinar si se ha cometido un delito a través del esclarecimiento de los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune, y que los daños causados por el delito se reparen. Para garantizar la justicia en la aplicación del derecho y restaurar la armonía social entre sus protagonistas y con la comunidad. 07/10/2009 Coahuila 6

SECCIÓN 1. DESARROLLO DE LA ETAPA INTERMEDIA O DE PREPARACIÓN DE JUICIO ORAL SECCIÓN 2. DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA O DE PREPARACIÓN A JUICIO ORAL 07/10/2009 Coahuila 7

OBJETO SEÑALADO POR EL CÓDIGO: El ofrecimiento y admisión de pruebas La depuración de los hechos controvertidos que serán materia del juicio oral Determinación del daño causado por el delito que será materia del juicio oral FASES: Escrita Oral 07/10/2009 Coahuila 8

Investigación Intermedia Juicio Impugnación Ejecución JUEZ DE CONTROL Control en apelación de las actuaciones policiales Control en apelación de la orden de archivo Control en apelación del no ejercicio Control en apelación de la abstención Control de la detención del imputado Control del derecho de defensa letrada y material Control de la aplicación de criterios de oportunidad Control de los Mecanismos de justicia restaurativa Control de los acuerdos reparatorios Control de los datos de prueba Ordena por escrito o por teléfono el cateo Ordena aprehensión del imputado Recibe declaración preparatoria y/o la confesión de imputado Celebra audiencia de vinculación a proceso Dicta Auto de vinculación a proceso Ordena y ejecuta embargo Ordena la prisión preventiva y medidas cautelares Ordena y controla el plazo de la Investigación Ordena la extinción de la acción Penal Dicta Sentencia de sobreseimiento Celebra audiencia para prueba Celebra audiencia sobre Admite, rechaza o anula 07/10/2009 procedimiento suspensión acción penal Coahuilacambios de 9 anticipada Celebra audiencia de abreviado Celebra audiencia de del proceso a prueba Admite o rechaza la privada Celebra audiencia sobre nulidades Celebra audiencias sobre medidas cautelares excepciones Celebra audiencia de apertura a juicio los medios de prueba Dicta el auto de apertura a juicio

FINALIDAD SECUNDARIA: Control, corrección formal de la acusación Preparación del juicio Revelación de pruebas Ofrecimiento y admisión de la prueba Depuración de prueba Depuración de los hechos controvertidos que serán materia de juicio oral 07/10/2009 Coahuila 10

RESOLUCIONES QUE PUEDEN DICTARSE TANTO EN LA ETAPA DE INVESTIGACIÓN COMO EN LA INTERMEDIA: Preparación del juicio Sobreseimiento Suspensión condicional del proceso Aplicación de la justicia restaurativa Archivo temporal Procedimiento abreviado (411-416) 07/10/2009 Coahuila 11

AUDIENCIA DE PREPARACIÓN AL JUICIO DE DEBATE SE LIMITARÁ A: Ω Considerar la suficiencia formal y sustantiva de la acusación, incluida la licitud y relevancia de las pruebas ofrecidas, antes de entrar a la etapa de juicio Ω No hay desahogo de medios de prueba Ω La audiencia se rige por todos los principios de todo el sistema Ω Se fijan las posiciones de las partes, acusación y contestación de la defensa, sin comprometer resultado 07/10/2009 Coahuila 12

SISTEMA ACUSATORIO: Se trata de evitar duplicidades Se fortalece la capacidad de la contradicción Se pretende ahorra tiempo MP, se compromete con lo que pretende comprobar en juicio a través de su acusación La efectividad de la pretensión del MP, se comprobará en audiencia del debate 07/10/2009 Coahuila 13

CITACIÓN A LA AUDIENCIA Presentada la acusación, el juez competente: Ordenará su notificación a todos los intervinientes Citará, dentro de veinticuatro horas siguientes, a la audiencia de preparación del juicio (no inferior a 25 ni superior a 35 días) Se le entregará al acusado copia de la acusación Pondrá a su disposición, en el tribunal, los antecedentes acumulados durante la investigación Así como las ofrecidas por el acusador particular y el actor civil PLAZO DE NOTIFICACIÓN Las promociones del acusador particular deberán ser notificadas al defensor, a más tardar, diez días antes de la realización de la audiencia 07/10/2009 Coahuila 14

ACTUACIÓN DE LA VÍCTIMA U OFENDIDO Hasta 15 días antes de la fecha fijada para la realización de la audiencia de preparación del juicio, la víctima, por escrito, podrá: Adherirse a la acusación del Ministerio Público, constituyéndose en acusador particular. Señalar los vicios formales del escrito de acusación y requerir su corrección. Ofrecer la prueba que estime necesaria para sostener su acusación. Concretar sus pretensiones, ofrecer prueba para el juicio oral y cuantificar el monto de los daños y perjuicios. 07/10/2009 Coahuila 15

FACULTADES DEL IMPUTADO O SU DEFENSOR Hasta la víspera del inicio de la audiencia de preparación del juicio, por escrito, o al inicio de dicha audiencia, en forma verbal, el acusado podrá: Señalar los vicios formales del escrito de acusación y solicitar su corrección; Exponer los argumentos de defensa que considere necesarios Señalar los medios de prueba que desea se reciban en la audiencia de juicio oral en los términos previstos para la acusación Deducir las cuestiones de incompetencia, litispendencia, cosa juzgada, falta de autorización para proceder penalmente, cuando la Constitución Federal o Local o la ley así lo exigen y la extinción de la acción penal Ofrecer los medios de prueba relativos a la individualización de la pena, o a la procedencia de sustitutivos de pena de prisión o suspensión de la misma; y Proponer la suspensión del proceso a prueba, el procedimiento abreviado o la conciliación. 07/10/2009 Coahuila 16

EXCEPCIONES El acusado podrá oponer las siguientes: Incompetencia Litispendencia Cosa juzgada Falta de autorización para proceder penalmente, cuando la Constitución Federal o Local o la ley así lo exigen Extinción de la acción penal La excepción de cosa juzgada o extinción de la acción penal, pueden ser deducidas en la audiencia intermedia o en la audiencia de debate de juicio oral 07/10/2009 Coahuila 17

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA ORALIDAD E INMEDIACIÓN Será dirigida por el juez, quien la presenciará en su integridad y se desarrollará oralmente (prohibición de escritos) La presencia del juez, fiscal y del abogado defensor del imputado durante la audiencia, constituye un requisito de su validez. Si este último no se presenta, será sustituido por un Defensor Público El acusador particular también debe concurrir, pero su inasistencia no suspende el acto, aunque permite tener por desistida la acusación 07/10/2009 Coahuila 18

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA ORALIDAD E INMEDIACIÓN Al inicio de la audiencia, cada parte hará una exposición sintética de su presentación. Cuando la conciliación sea procedente, y no se haya presentado acusación de particulares, la víctima de domicilio conocido deberá ser convocada para que participe en la audiencia Aunque conste previamente por escrito, cada interviniente hará una exposición sintética de su presentación 07/10/2009 Coahuila 19

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA ORALIDAD E INMEDIACIÓN Se otorgará la palabra por su orden al MP, al acusador particular y al defensor El MP y el acusador resumirán los fundamentos de hecho y de derecho que sustenten sus peticiones; el actor particular, la defensa y las otras partes manifestarán lo que estimen pertinente en defensa de sus intereses El tribunal evitará que, en la audiencia, se discutan cuestiones que son propias del juicio oral 07/10/2009 Coahuila 20

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA DEFENSA ORAL DEL IMPUTADO Si el imputado o su abogado defensor no contestaron por escrito, el juez le otorgará la oportunidad de hacerlo verbalmente RESOLUCIÓN DE EXCEPCIONES Si el imputado plantea cuestiones de incompetencia, litispendencia, cosa juzgada, falta de autorización para proceder penalmente, extinción de la acción penal, el juez abrirá debate sobre la cuestión De estimarlo pertinente, el juez podrá permitir durante la audiencia la presentación de los antecedentes que estime relevantes para la decisión de la excepción planteada y resolverá de inmediato 07/10/2009 Coahuila 21

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA DEBATE ACERCA DE LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR LAS PARTES Durante la audiencia de preparación del juicio cada parte podrá formular las solicitudes, observaciones y planteamientos que estime pertinentes con relación a las pruebas ofrecidas por las demás (para efectos de su admisión o no) El juez se pronunciará respecto de los distintos argumentos 07/10/2009 Coahuila 22

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA UNIÓN DE ACUSACIONES Ω Cuando el MP formule diversas acusaciones que el juez considere conveniente someter a una misma audiencia de debate, y siempre que ello no perjudique al derecho de defensa, podrá unirlas y decretar la apertura de un solo juicio Ω Deben estar vinculadas por: Ω Referirse a un mismo hecho Ω A un mismo imputado Ω Porque deben ser examinadas las mismas pruebas 07/10/2009 Coahuila 23

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA SEPARACIÓN DE ACUSACIONES Ω El juez podrá dictar autos de apertura del juicio separados, para: Ω Distintos hechos Ω Diferentes imputados que estén comprometidos en una misma acusación PROCEDENCIA Ω Cuando, de ser conocida en una sola audiencia de debate, pudiere provocar graves dificultades en la organización o el desarrollo de la audiencia del debate Ω Afectación del derecho de defensa Ω Ello no implique el riesgo de provocar decisiones contradictorias 07/10/2009 Coahuila 24

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA ACUERDOS PROBATORIOS Durante la audiencia, las partes podrán solicitar conjuntamente al juez que dé por acreditados ciertos hechos, que no podrán ser discutidos en el juicio El juez autorizará el acuerdo probatorio, siempre y cuando lo considere justificado por existir antecedentes de la investigación con el que se acredite la certeza del hecho (carpeta de investigación) En estos casos, el juez indicará en el auto de apertura del juicio los hechos que tengan por acreditados, a los cuales deberá estarse durante la audiencia de debate 07/10/2009 Coahuila 25

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA EXCLUSIÓN DE PRUEBAS PARA LA AUDIENCIA DEL DEBATE El juez, luego de examinar las pruebas ofrecidas y escuchar a los intervinientes que comparezcan a la audiencia, ordenará fundadamente que se excluyan de ser rendidas en ellas, las siguientes: Aquellas pruebas manifiestamente impertinentes Las que tengan por objeto acreditar hechos públicos y notorios Si estima que la aprobación de las pruebas testimoniales y documentales que hubiesen ofrecido las partes, produciría efectos dilatorios, dispondrá que la parte que las ofrezca las reduzca Cuando mediante ellos desee acreditar los mismos hechos Circunstancias que no guarden pertinencia sustancial con la materia que se someterá a juicio 07/10/2009 Coahuila 26

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA EXCLUSIÓN DE PRUEBAS PARA LA AUDIENCIA DEL DEBATE Del mismo modo, el juez excluirá las pruebas que provengan de actuaciones o diligencias que hayan sido nulas y aquellas que hayan sido obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales Las demás pruebas que se hayan ofrecido serán admitidas por el juez al dictar auto de apertura a juicio oral 07/10/2009 Coahuila 27

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA DECISIONES Finalizada la audiencia, se resolverá inmediatamente las cuestiones planteadas, salvo que: Por lo avanzado de la hora o lo complejo de los asuntos por resolver, difiera la solución hasta por 48 horas Analizará la procedencia de la acusación con el fin de determinar si hay base para el juicio o, en su caso, si corresponde total o parcialmente sobreseer Resolverá las excepciones planteadas, ordenará los anticipos de prueba que correspondan y se pronunciará sobre la separación o acumulación de juicios 07/10/2009 Coahuila 28

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA DECISIONES Si las partes han llegado a algún acuerdo sobre la reparación del daño, se ordenará lo necesario para ejecutar lo acordado También deberán ser examinadas la procedencia, ratificación, revocación o sustitución de las medidas cautelares 07/10/2009 Coahuila 29

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA AUTO DE APERTURA A JUICIO Si no procedió el sobreseimiento, la aplicación de formas anticipadas de terminación del proceso o, el procedimiento abreviado, al término de la audiencia, el juez competente dictará el auto de apertura a juicio 07/10/2009 Coahuila 30

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA AUTO DE APERTURA A JUICIO Contenido: La designación del tribunal competente para conocer en la audiencia del debate La o las acusaciones que deberán ser objeto del juicio y las correcciones formales que se hubieren realizado en ellas Los hechos que fueron dados por acreditados Las pruebas que deberán producirse en el juicio La individualización de quienes deban ser citados a la audiencia de debate Con mención de los testigos a los que deben pagarse anticipadamente sus gastos de traslado y habitación y los montos respectivos 07/10/2009 Coahuila 31

DESARROLLO DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA NUEVO PLAZO PARA PRESENTAR PRUEBA Cuando, al término de la audiencia, el juez compruebe que el acusado no ha ofrecido oportunamente prueba por causas no imputables a él. Podrá suspender la audiencia hasta por un plazo de diez días 07/10/2009 Coahuila 32

CONCLUSIONES: Es una etapa de depuración De admisión de pruebas De fijación de hechos que se tendrán por probados mediante acuerdos probatorios De los medios de prueba que serán excluidos del juicio Determinar sobre el auto de apertura a juicio 07/10/2009 Coahuila 33

CAPÍTULO II: ETAPA INTERMEDIA O DE PREPARACIÓN DE JUICIO ORAL 07/10/2009 Coahuila 34

PRINCIPIOS QUE RIGEN EL PROCESO PENAL Publicidad: Todas las actuaciones serán públicas Excepciones: Puedan perjudicar el normal desarrollo del proceso Por razones de seguridad nacional o seguridad pública Protección de las víctimas, testigos y menores Ponga en riesgo la revelación de datos legalmente protegidos Contradicción: Las partes podrán: Debatir los hechos y argumentos jurídicos, normativos y jurisprudenciales de la contraparte Controvertir cualquier medio de prueba (podrán hacer comparecer, interrogar o, en su caso, contrainterrogar, a los testigos y peritos pertinentes) 07/10/2009 Coahuila 35

PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES QUE RIGEN EL PROCESO PENAL Concentración: La presentación, recepción y desahogo de las pruebas Los actos del debate se desarrollarán, ante juez competente Las partes, en una audiencia continua, sucesiva y secuencial Excepción: Las previstas en el código (suspensión e interrupción) Continuidad: Las audiencias no se interrumpirán Excepciones: Las previstas en el código 07/10/2009 Coahuila 36

PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES QUE RIGEN EL PROCESO PENAL Inmediación: Los jueces tomarán conocimiento personal del material probatorio que sea introducido en la audiencia Escucharán directamente los argumentos de las partes Siempre será necesario que se encuentren presentes los sujetos procesales que deban participar en la audiencia 07/10/2009 Coahuila 37

OTROS PRINCIPIOS INOCENCIA El imputado deberá ser considerado y tratado como inocente en todas las etapas del proceso, mientras no se declare su culpabilidad por sentencia firme Ninguna autoridad podrá presentar a una persona como culpable ni brindar información sobre ella en ese sentido, hasta la sentencia condenatoria DEFENSA Es un derecho inviolable en todas etapas del procedimiento Desde el inicio del proceso, se le deben hacer del conocimiento al imputado sus derechos, previstos en las Constituciones, los tratados internacionales celebrados y las leyes que de aquellas emanen 07/10/2009 Coahuila 38

OTROS PRINCIPIOS DEFENSA TÉCNICA En la práctica de cualquier actuación policial, ministerial o judicial que señale a una persona como posible autor o partícipe de un hecho punible y hasta el fin de la ejecución de la sentencia que imponga una pena o medida de seguridad, el imputado tendrá derecho a ser asistido y defendido El derecho a la defensa técnica es irrenunciable y su violación producirá la nulidad absoluta de las actuaciones que se deriven de ello LEGALIDAD DE LA PRUEBA Los elementos de prueba sólo tendrán valor si han sido obtenidos y producidos por medios lícitos e incorporados al proceso del modo que autoriza el código No tendrá valor la prueba obtenida mediante torturas, amenazas, o violación de los derechos fundamentales de las personas, ni la obtenida a partir de información originada en un procedimiento o medio ilícito 07/10/2009 Coahuila 39

OTROS PRINCIPIOS JUSTICIA RESTAURATIVA Todo proceso en el que la víctima u ofendido y el imputado o sentenciado, participan conjuntamente en forma activa en la solución de cuestiones derivadas del hecho delictuoso Buscan un resultado resarcitorio, con o sin la participación de un facilitador Resultado resarcitorio, es el acuerdo encaminado a atender las necesidades y responsabilidades individuales y colectivas de las partes Lograr la reintegración de la víctima y del infractor en la comunidad en busca de la reparación, la restitución y el servicio a la comunidad 07/10/2009 Coahuila 40