CONVOCATORIA DE TRES PLAZAS, EN RÉGIMEN DE DERECHO LABORAL, EN LA DIRECCIÓN DE RESOLUCIÓN Y ESTRATEGIA

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CONVOCATORIA DE TRES PLAZAS, EN RÉGIMEN DE DERECHO LABORAL, EN LA DIRECCIÓN DE RESOLUCIÓN Y ESTRATEGIA Convocatoria 3/2015 El FROB, de acuerdo con lo establecido en el apartado tres del artículo 21 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2015, convoca un proceso selectivo para cubrir tres plazas en la Dirección de Resolución y Estrategia entre funcionarios de carrera o personal laboral fijo con destino en Departamentos u Organismos públicos del Sector Público Estatal. Las plazas son las siguientes: Plaza 1. 1 Técnico senior nivel 5. Plaza 2. 1 Técnico senior nivel 6. Plaza 3. 1 Técnico especializado nivel 6. PLAZA NÚMERO 1 1. DESCRIPCIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO Técnico senior nivel 5. Retribución bruta orientativa: 69.000 con un máximo de variable de 6.000. 2. RESPONSABILIDADES Las principales tareas y responsabilidades a desempeñar, sin carácter limitativo, serán las siguientes: Participación en comités y grupos de trabajo nacionales e internacionales en materia de resolución bancaria y de empresas de servicios de inversión. Seguimiento de la normativa nacional e internacional en materia de resolución. Participación en la elaboración y seguimiento de los planes de resolución de entidades de crédito y de empresas de servicios de inversión. Participación en el diseño, ejecución y seguimiento de los procesos de resolución. 3. PERFIL REQUERIDO 3.1 Requisitos Para ser admitidos al proceso de selección, los candidatos deberán reunir en el momento de la presentación de la solicitud los siguientes requisitos: 1

a) Formación académica: Título universitario de grado o licenciatura o equivalente. b) Experiencia profesional: Mínimo de 5 años de experiencia profesional en uno o varios de los siguientes campos: o organismo regulador o supervisor del sector financiero, o Actividades relacionadas con la regulación, supervisión, evaluación y/o control de riesgos del sector financiero. c) Idiomas: Imprescindible nivel alto de inglés (mínimo C1 o equivalente). 3.2 Aspectos a valorar Adicionalmente, se valorarán los siguientes aspectos: a) Formación académica y posgrado: o Grado o licenciatura en Administración y Dirección de Empresas, Ciencias Económicas, Derecho o similar. o Estudios de posgrado especializados en el área bancaria, financiera, u otra formación complementaria que pueda resultar de interés para el desempeño de las funciones descritas en el apartado 2 de esta convocatoria, siempre y cuando se encuentren finalizados en el momento de la presentación de la solicitud. A estos efectos, se deberán indicar las horas lectivas del estudio correspondiente. b) Experiencia profesional: o Experiencia relacionada con la legislación financiera y/o bancaria. o Participación en grupos de trabajo de la Comisión Europea y de otras organizaciones internacionales especializadas en legislación financiera y bancaria. c) Idiomas: Conocimiento de otros idiomas con, al menos, un nivel B2 o equivalente. d) Conocimientos demostrables de: o Regulación financiera. o Gestión de riesgos de las entidades financieras. o Gestión de crisis de entidades financieras. PLAZA NÚMERO 2 1. DESCRIPCIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO Técnico senior nivel 6. Retribución bruta orientativa: 60.000 con un máximo de variable de 6.000. 2

2. RESPONSABILIDADES Las principales tareas y responsabilidades a desempeñar, sin carácter limitativo, serán las siguientes: Participación en comités y grupos de trabajo nacionales e internacionales en materia de resolución bancaria y de empresas de servicios de inversión. Seguimiento de la normativa nacional e internacional en materia de resolución. Participación en la elaboración y seguimiento de los planes de resolución de entidades de crédito y de empresas de servicios de inversión. Participación en el diseño, ejecución y seguimiento de los procesos de resolución. 3. PERFIL REQUERIDO 3.1 Requisitos Para ser admitidos al proceso de selección, los candidatos deberán reunir en el momento de la presentación de la solicitud los siguientes requisitos: a) Formación académica: título universitario de grado o licenciatura o equivalente. b) Experiencia profesional: mínimo de 4 años de experiencia profesional en uno o varios de los siguientes campos: o organismo regulador o supervisor del sector financiero, o Actividades relacionadas con la regulación, supervisión, evaluación y/o control de riesgos del sector financiero. c) Idiomas: imprescindible nivel alto de inglés (mínimo C1 o equivalente). 3.2 Aspectos a valorar Adicionalmente, se valorarán los siguientes aspectos: a) Formación académica y posgrado: o Grado o licenciatura en Administración y Dirección de Empresas, Ciencias Económicas, Derecho o similar. o Estudios de posgrado especializados en el área bancaria, financiera, u otra formación complementaria que pueda resultar de interés para el desempeño de las funciones descritas en el apartado 2 de esta convocatoria, siempre y cuando se encuentren finalizados en el momento de la presentación de la solicitud. A estos efectos, se deberán indicar las horas lectivas del estudio correspondiente. 3

b) Experiencia profesional: experiencia específica en grupos de trabajo de la Comisión Europea y de otras organizaciones internacionales especializadas en legislación financiera y bancaria. c) Idiomas: Conocimiento de otros idiomas con, al menos, un nivel B2 o equivalente. d) Conocimientos demostrables de: o Regulación financiera. o Gestión de riesgos financieros. o Gestión de crisis de entidades financieros. PLAZA NÚMERO 3 1. DESCRIPCIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO Técnico especializado nivel 6. Retribución bruta orientativa: 50.000 con un máximo de variable de 5.000. 2. RESPONSABILIDADES Las principales tareas y responsabilidades a desempeñar, sin carácter limitativo, serán las siguientes: Análisis, estudio, identificación de riesgos en entidades de crédito y empresas de servicios inversión y propuesta de medidas correctoras. Participación en la elaboración y seguimiento de planes de resolución. Participación en el diseño, ejecución y seguimiento de los procesos de resolución. Participación en equipos de trabajo nacionales e internacionales en el ámbito de la resolución y reestructuración bancaria y de empresas de servicios de inversión. 3. PERFIL REQUERIDO 3.1 Requisitos Para ser admitidos al proceso de selección, los candidatos deberán reunir en el momento de la presentación de la solicitud los siguientes requisitos: a) Formación académica: título universitario de grado o licenciatura o equivalente. b) Experiencia profesional: mínima de 2 años de experiencia profesional en uno o varios de los siguientes campos: o organismo regulador o supervisor del sector financiero. o Actividades relacionadas con la regulación, supervisión, evaluación y/o control de riesgos del sector financiero. 4

o Banca de inversión o consultoría en actividades relacionadas con la valoración de entidades, venta de carteras o de activos, seguimiento de mercados financieros. c) Idiomas: Imprescindible nivel alto de inglés (mínimo C1 o equivalente). 3.2 Aspectos a valorar Adicionalmente, se valorarán los siguientes aspectos: a) Formación académica y posgrado: o Grado o licenciatura en Administración y Dirección de Empresas, Ciencias Económicas, Derecho o similar. o Estudios de posgrado especializados en el área bancaria, financiera, u otra formación complementaria que pueda resultar de interés para el desempeño de las funciones descritas en el apartado 2 de esta convocatoria, siempre y cuando se encuentren finalizados en el momento de la presentación de la solicitud. A estos efectos, se deberán indicar las horas lectivas del estudio correspondiente. b) Experiencia profesional: experiencia específica en tareas de identificación de riesgos y diseño de medidas preventivas y/o gestión de crisis. c) Conocimientos demostrables de: o Legislación y contabilidad bancaria. o Matemáticas financieras. o Gestión de riesgos financieros. o Gestión de crisis de entidades financieras. ASPECTOS COMUNES PARA TODAS LAS PLAZAS El proceso selectivo para cada una de las plazas descritas se desarrollará de forma paralela e independiente. Si algún candidato estuviera interesado en presentar su solicitud para dos o más plazas deberá cumplimentar y remitir conforme se indica en el apartado 3.1 siguiente un formulario para cada una de las plazas a las que desee aspirar. 1. DESARROLLO DEL PROCESO DE SELECCIÓN Las pruebas selectivas constarán de dos fases: Fase 1. Valoración curricular Esta fase será eliminatoria y consistirá en la valoración del currículo académico y profesional del candidato en base a los criterios de valoración establecidos en el apartado 3.2 de cada una de las plazas convocadas. 5

Esta prueba se valorará con un máximo de 20 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 10 para pasar a la segunda fase. Una vez valorados todos los candidatos admitidos, pasarán a la segunda fase los 5 con mejor puntuación. El resultado de esta fase se publicará en la página web de la entidad, sin perjuicio del uso de otros medios de comunicación directa con los candidatos en base a la información aportada en la solicitud de participación. Fase 2. Entrevista personal Esta fase consistirá en una entrevista personal para valorar el nivel del candidato en relación a los requerimientos del puesto de trabajo, sus competencias y capacidades, pudiendo realizarse total o parcialmente en inglés, así como incluir la preparación de textos en dicho idioma. Esta prueba se valorará con un máximo de 20 puntos. Puntuación final Una vez valorados todos los candidatos admitidos a la segunda fase, se procederá a realizar una lista ordenada con la puntuación total obtenida de la suma de las puntuaciones de cada una de las dos fases. La plaza será adjudicada al candidato que obtenga la mayor puntuación final. En el caso de que ningún candidato supere las pruebas, la convocatoria se declarará desierta, pudiendo el FROB decidir el inicio un nuevo proceso. 2. ÓRGANO DE SELECCIÓN La composición del órgano de selección se adecuará a lo establecido en las disposiciones contenidas en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el I Plan para la igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos de 28 de enero de 2011. El órgano de selección estará formado por cuatro miembros designados por el Presidente del FROB. En todo caso, estará compuesto por: a) El Director de Administración y Control que actuará como Presidente. b) Un representante de la Dirección de Resolución y Estrategia con, al menos, categoría de responsable de Departamento. c) Un representante de otra Dirección distinta de las mencionadas en el punto a) y b) 6

anteriores. d) La responsable del Departamento de Administración, que actuará como secretaria. En caso de necesidad, los miembros del órgano de selección podrán ser sustituidos por otros empleados de la entidad con un nivel similar, designados por el Presidente del FROB. El órgano de selección podrá disponer la incorporación a sus sesiones de asesores especialistas. 3. ADMISIÓN AL PROCESO DE SELECCIÓN 3.1 Presentación de solicitudes Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio en www.funciona.es y en la página web del FROB www.frob.es, mediante la presentación debidamente cumplimentado y firmado del formulario que se encuentra disponible en la página web del FROB, acompañado del "currículum vítae" (CV) actualizado a la fecha de presentación de la solicitud, a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado 3.1 de la descripción de cada una de las plazas. Todo ello se presentará mediante una de las siguientes formas: a) Mediante correo electrónico a la dirección: solicitud@frob.es b) En el Registro General de Entrada del FROB. c) Mediante correo certificado a la atención de la Dirección de Administración y Control del FROB. En caso de emplear las modalidades previstas en las letras b) y c), la dirección a la que se deben enviar las solicitudes es la siguiente: Avenida General Perón nº 38, planta 16 Edificio Master II 28020 Madrid 3.2 Proceso de admisión Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el FROB publicará en su página web (www.frob.es) la lista provisional de candidatos admitidos y no admitidos al proceso, indicando en este último caso aquellas deficiencias encontradas, tanto en relación con las formalidades previstas como en relación al cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos para cada una de las plazas, en base a la información incluida en el formulario de solicitud y en el CV aportado, para que procedan a su subsanación en el plazo de cinco naturales desde su publicación. Una vez transcurrido dicho plazo, se publicará en la página web la relación de los candidatos finalmente admitidos y desestimados, comenzado las pruebas selectivas. 7

Para cualquier duda o aclaración en relación con el proceso de selección pueden ponerse en contacto con el FROB en el siguiente correo electrónico: convocatoria2015@frob.es 4. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO El candidato finalmente seleccionado que sea funcionario podrá permanecer en su plaza de origen en la situación de servicios especiales, en base al artículo 52.7 de la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, o en la situación que determine el correspondiente convenio colectivo, en el caso de ser contratado laboral fijo. El candidato seleccionado deberá acreditar, mediante la documentación justificativa correspondiente, con anterioridad a formalizar el contrato, que reúne los requisitos exigidos en la convocatoria y las circunstancias que ha alegado en su curriculum para ser seleccionado en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de que no pueda acreditarlo suficientemente, no podrá ser contratado y se procederá a la contratación del candidato que, habiendo superado las pruebas, sea el siguiente por orden de puntuación y pueda acreditar el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria y la su veracidad de los datos que ha alegado en el curriculum. 8