Metodología para Operar y Administrar la Entrega del Reconocimiento a la Transparencia, Integridad y Honradez en el Servicio Público

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Transcripción:

Metodología para Operar y Administrar la Entrega del Reconocimiento a la Transparencia, Integridad y Honradez en el Servicio Público Coordinación General de Administración Dirección General de Recursos Humanos

ÍNDICE Página Introducción 2 I. Objetivo 3 II. Marco Jurídico Normativo 3 III. Disposiciones Generales 3 IV. Ámbito de Aplicación 4 V. Personal Participante 4 VI. Responsable de la Aplicación de la Metodología 4 VII. Definiciones 4 VIII. Disposiciones Específicas 5 1. Del Reconocimiento 5 2. De los Comités de Evaluación y Selección 6 3. De la Convocatoria y su Difusión 6 4. De la Propuesta de Candidatos 7 5. De la Selección 7 6. De los Factores a Calificar 8 7. Del Sistema de Evaluación 8 8. De la Evaluación Final 9 9. De la Premiación 9 10. Competencia Administrativa 9 IX. Transitorio 9 Página 1 de 9

INTRODUCCIÓN La corrupción es un fenómeno social, complejo y multicausal, su práctica afecta por igual a organismos como a particulares, incluyendo a la Administración Pública Federal, el combate frontal a la misma exige que sociedad y gobierno de manera conjunta implanten una serie de estrategias y acciones, que les permita por un lado conocer y evaluar su magnitud, así como establecer políticas tendientes a controlar dichas conductas. En este contexto, El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece que el Gobierno debe prevenir y abatir las prácticas de corrupción e impunidad, impulsando la mejora de la calidad en la gestión pública, con el propósito de asegurar a la ciudadanía certidumbre, garantizando la transparencia de las actividades de las Instituciones de Gobierno, la calidad de sus servicios y un cambio de actitud del servidor público, para que actúe con integridad y honradez. En ese sentido se establece: El reto de construir un buen gobierno, implica entre otros aspectos contar con servidores públicos con una sólida cultura ética y de servicio a la sociedad, que estén absolutamente convencidos de la dignidad e importancia de su tarea. De ahí que el Programa Nacional de Combate a la Corrupción y Fomento a la Transparencia y el Desarrollo Administrativo 2007-2012, recoge el propósito y el compromiso de formar servidores públicos con principios y valores éticos en su desempeño cotidiano. Por ello, la ética del servidor público se convierte en un elemento indispensable para atender de mejor manera las demandas sociales en un régimen democrático y, en consecuencia, resulta trascendente que la Administración Pública Federal cuente con un Código de Ética que oriente el desempeño de los servidores públicos hacia lo que es benéfico para la sociedad. Derivado de lo anterior, el Programa Nacional de Combate a la Corrupción y Fomento a la Transparencia y el Desarrollo Administrativo 2007-2012, establece como una de sus principales metas impulsar la operación de un sistema de premios, estímulos y recompensas que permitan promover conductas de honestidad en la Administración Pública Federal, por lo que la Procuraduría Federal del Consumidor diseñó para sus trabajadores el Reconocimiento a la Transparencia, Integridad y Honradez en el Servicio Público. El presente documento pretende orientar a las Unidades Responsables de la Profeco en la operación y ejecución transparente del proceso de asignación del reconocimiento. Página 2 de 9

I. OBJETIVO Establecer el marco normativo que regule los mecanismos y procedimientos que deberán observar las Unidades Responsables de la Procuraduría Federal del Consumidor, para operar y administrar la entrega del Reconocimiento a la Transparencia, Integridad y Honradez en el Servicio Público. II. MARCO JURÍDICO NORMATIVO 1. Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012. 2. Decreto por el que se aprueba el programa sectorial denominado Programa Nacional de Combate a la Corrupción y Fomento a la Transparencia y el Desarrollo Administrativo 2007-2012. 3. Programa Nacional de Combate a la Corrupción y Fomento a la Transparencia y el Desarrollo Administrativo 2007-2012. 4. Acuerdo por el que se crea la Comisión para la Transparencia y el Combate a la Corrupción en la Administración Pública Federal, como una comisión intersecretarial de carácter permanente. III. DISPOSICIONES GENERALES 1. Todas las acciones para la asignación del reconocimiento deberán realizarse con transparencia y en apego a la presente Metodología. 2. Los casos no previstos en la presente Metodología deberán ser presentados para su solución a la Dirección General de Recursos Humanos. 3. Las Unidades Responsables participantes, deberán instalar conforme a la presente Metodología un Comité de Evaluación y Selección, en la fecha que señale la Convocatoria respectiva, y registrar ante la Dirección General del Recursos Humanos los nombres de sus integrantes. 4. Los Comités deberán asegurarse de entregar la información que se les solicite en tiempo y forma respecto de cada una de las etapas del proceso. 5. Cada Comité designará de entre sus miembros a un enlace que será el conducto de comunicación con la Dirección General de Recursos Humanos, para la coordinación y seguimiento de las acciones a realizar, por lo que una vez que se haya elegido al enlace deberá notificar a la Dirección de Capacitación y Desarrollo el nombre y número de teléfono o red de enlace, a fin de mantener una comunicación permanente. 6. Es responsabilidad de cada Comité dar a conocer al interior de su Unidad Responsable, los resultados del proceso. Página 3 de 9

7. Cada Unidad Responsable participante deberá conformar un expediente del proceso y sus resultados. 8. La Dirección General de Recursos Humanos llevará un registro de los Comités y de quienes hayan resultado acreedores al Reconocimiento. IV. ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Metodología será de observancia obligatoria para las Unidades Responsables de la Procuraduría Federal del Consumidor. V. PERSONAL PARTICIPANTE 1. Podrán participar como candidatos para obtener el reconocimiento todos los trabajadores de las Unidades Responsables de la Procuraduría Federal del Consumidor. 2. Quedan excluidos para ser propuestos para el reconocimiento de la presente Metodología, el Procurador Federal del Consumidor, Coordinadores Generales, Subprocuradores, Directores Generales y Directores Generales Adjuntos, el Director General de Recursos Humanos, el Director de Administración de Personal, el Director de Capacitación y Desarrollo, y el personal de la Dirección General de Recursos Humanos que intervenga en este proceso, así como el personal contratado bajo el régimen de honorarios. 3. Quedan excluidos para proponer candidatos al Reconocimiento a la Transparencia, Integridad y Honradez en el Servicio Público, el personal contratado bajo el régimen de honorarios. VI. RESPONSABLES DE LA APLICACIÓN DE LA METODOLOGÍA Los responsables de la aplicación de la presente Metodología serán el Procurador Federal del Consumidor, el Coordinador General de Administración, el Titular de la Dirección General de Recursos Humanos y de las Unidades Responsables participantes, así como los servidores públicos, a quienes se delegue la facultad correspondiente, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables. VII. DEFINICIONES Para los afectos de la presente Metodología se entenderá por: 1. Unidades Responsables Participantes: La oficina del C. Procurador, las Subprocuradurías, las Coordinaciones Generales y todas las Unidades Responsables de la Procuraduría Federal del Consumidor. Página 4 de 9

2. Encuesta de Evaluación: El instrumento de medición diseñado para llevar a cabo la evaluación de la postulada o postulado a obtener el reconocimiento, que se integra por los apartados de: Datos personales y labores del candidato; Principales funciones y/o actividades que desempeña; Evaluación, y Firmas. 3. Comités de Evaluación y Selección: Las instancias que se establecerán en cada Unidad Responsable participante, mismas que coordinarán y tomarán decisiones con respecto a los procesos de propuesta y selección de candidatos. 4. Candidato: Servidor público propuesto para participar en el proceso de selección. 5. Evaluación: Técnica que consiste en aplicar la Encuesta de Evaluación a cada candidato. 6. Reconocimiento: Placa que se otorgará a los candidatos que al final del proceso de evaluación tengan los mayores puntajes y hayan sido seleccionados como acreedores por el Comité de Evaluación y Selección de su Unidad Responsable. 7. Sistema de Evaluación: Factores y criterios diseñados para obtener las calificaciones de los candidatos, para cada etapa del proceso y puntuaciones finales. 8. Factores de Evaluación: El conjunto de 12 valores contenidos en el Código de Ética del Gobierno Federal a través de los cuales se califican las conductas y hábitos de los postulados durante el desempeño de sus funciones. VIII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 1. Del Reconocimiento 1.1. El premio consistirá en la entrega de una placa con la firma del Procurador Federal del Consumidor, mismo que se otorgará al personal que determine el Comité de Evaluación y Selección, con base en los resultados obtenidos en el proceso de selección. 1.2. Se concederá reconocimientos a cada Unidad Responsable de acuerdo al siguiente cuadro: Número de empleados por Unidad Responsable Reconocimientos 1 a 30 empleados 1 31 a 60 empleados de 1 hasta 2 61 a 90 empleados de 1 hasta 3 91 a 120 empleados de 1 hasta 4 Página 5 de 9

2. De los Comités de Evaluación y Selección 2.1. En cada Unidad Responsable participante, se integrará un Comité. Los Comités tendrán el carácter de honorífico y temporal y estarán integrados por: a) El Titular de la Unidad Responsable, quien lo presidirá y tendrá voto de calidad; b) un Secretario Técnico; C) dos Vocales Ejecutivos designados por el Titular de la Unidad Responsable; y d) el Delegado Sindical de la Unidad Responsable. 2.2. Los Comités tendrán las siguientes facultades y atribuciones: a) Registrarse ante la Dirección General de Recursos Humanos. b) Recibir las candidaturas y aprobar o en su caso dictaminar la no procedencia de las mimas. c) Requisitar el Acta para la Formalización de Propuestas. d) Integrar los expedientes que correspondan, durante el proceso. e) Coordinar la aplicación de la Encuesta de Evaluación. f ) Conforme a los resultados de la encuesta de evaluación, seleccionar a los candidatos que resulten acreedores al reconocimiento. g) Publicar al interior de su Unidad Responsable el resultado del proceso. h) En general, coordinar el desarrollo del proceso en la Unidad Responsable que le corresponda. i ) Remitir a la Dirección General de Recursos Humanos los normes de los acreedores a los reconocimientos, así como la documentación que lo acredite. 3. De la Convocatoria y su Difusión 3.1. Las Unidades Responsables tendrán la obligación de difundir la Convocatoria entre el personal que las integra colocándolas en lugares visibles de sus instalaciones, asimismo, la Dirección General de Recursos Humanos la difundirá en los medios que considere convenientes. 3.2. El Coordinador General de Administración de esta Procuraduría enviará por conducto de la Dirección General de Recursos Humanos la Convocatoria a cada Unidad Responsable para su promoción y difusión correspondiente, dicha Convocatoria deberá contener los siguientes datos: a) Los requisitos que deberán satisfacer los candidatos. b) El número de reconocimientos que se otorgarán. c) El procedimiento que se realizará para evaluar a los candidatos. d) Las fechas en que se instalarán y registrarán los Comités. e) Las fechas en que se realizarán y recibirán las candidaturas. f) Las fechas en que se practicarán las evaluaciones. g) El plazo para el envío a la Dirección General de Recursos Humanos, de los nombres de los acreedores al reconocimiento con la documentación requerida. Página 6 de 9

4. De la Propuesta de Candidatos 4.1. El personal que se desempeñe en las Unidades Responsables podrá ser propuesto como candidato por sus superiores jerárquicos y/o compañeros de trabajo de la misma Unidad Responsable que lo conozcan y pueda validar sus acciones meritorias, o incluso proponerse por si mismo ante el Comité de Evaluación y Selección para ser considerado a recibir el reconocimiento. 4.2. La propuesta de candidatos se llevará a cabo a través del llenado de los Formatos de Propuesta de Candidatos, los cuales deberán de estar a disposición de todo el personal. 4.3. No podrá ser candidato, el personal que haya sido sancionado administrativamente conforme lo dispone la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, ni aquellos contemplados en el punto 2 del apartado V Personal participante de la presente Metodología. 4.4. El personal propuesto como candidato deberá tener por lo menos un año de servicio en la Profeco. 4.5. Los Formatos de Propuesta de Candidatos debidamente requisitados se entregarán en la Coordinación Administrativa o equivalente de cada Unidad Responsable. 4.6. La propuesta de candidatos deberá realizarse en las fechas definidas para tal fin en la Convocatoria. Los formatos que se entreguen después de la fecha del cierre, no se considerarán para el proceso. 4.7. Las propuestas que no contengan todos los datos y firmas que se solicitan en el formato respectivo no serán integradas al proceso. 4.8. El Comité, una vez analizadas las propuestas deberá determinar respecto de su procedencia para el proceso de evaluación. 4.9. El Secretario Técnico del Comité citará al personal propuesto y les notificará de su candidatura, a fin de que éstos la acepten o rechacen, en caso de aceptación se deberá requisitar el formato correspondiente para su integración al proceso de evaluación. 4.10. El Secretario Técnico requisitará el Acta de Formalización de Propuestas, en la que deben incluirse las aprobadas, y las no procedentes, así como asentar las observaciones respectivas. 5. De la Selección 5.1. Los trabajadores cuya candidatura haya sido aprobada, serán evaluados a través del llenado de la Encuesta de Evaluación. 5.2. La aplicación de la Encuesta de Evaluación deberá realizarse por el jefe inmediato de cada candidato y deberá ser firmada por el superior jerárquico del evaluador. Página 7 de 9

5.3. De acuerdo al puntaje obtenido por cada candidato en las Encuestas de Evaluación, los Comités de cada Unidad Responsable, determinarán a los acreedores de los reconocimientos. 6. De los Factores a Calificar 6.1. Los factores a calificar durante la evaluación serán: a) Bien común b) Integridad c) Honradez d) Imparcialidad e) Justicia f) Transparencia g) Rendición de cuentas h) Entorno cultural y ecológico i) Generosidad j) Igualdad k) Respeto l) Liderazgo 7. Del Sistema de Evaluación 7.1. El valor que se asigne a cada factor durante la Encuesta será conforme a lo siguiente: Calificación 10 8 6 4 7.2. Los resultados totales de cada evaluación se calificarán de acuerdo a los siguientes criterios de valoración: Puntuación Final Nivel de Desempeño 120 a 111 Sobresaliente 110 a 101 Muy adecuado 100 a 86 Adecuado 85 a 71 Mínimo 70 ó menos Deficiente 7.3. Los candidatos deberán obtener una puntuación final que oscile dentro del rango 120 a 111 como mínimo para poder ser considerados a recibir el reconocimiento, siempre y cuando el Comité así lo determine. Página 8 de 9

7.4. En caso de empate la diferencia se determinará considerando en primer término la antigüedad en la Profeco y como segundo criterio de desempate, la antigüedad que tiene en el puesto que desempeña actualmente. 8. De la Evaluación Final 8.1. Con base en los resultados obtenidos en el proceso de evaluación, el Comité será responsable de la designación de los acreedores al reconocimiento. 8.2. Las resoluciones del Comité en las que se determinen los acreedores al reconocimiento serán inapelables. 8.3. Los resultados de esta evaluación final se darán a conocer a todas las Unidades Responsables por conducto de la Dirección General de Recursos Humanos. 9. De la Premiación 9.1. La entrega de los reconocimientos se hará en acto solemne por el C. Procurador Federal del Consumidor o por el servidor público designado para tal efecto, en el lugar y fecha que se determinen. 10. Competencia Administrativa 10.1. Para efectos administrativos corresponde a la Dirección General de Recursos Humanos proporcionar a las Unidades Responsables la orientación e información relacionada con la presente Metodología. IX. TRANSITORIO ÚNICO.- Esta Metodología entrará en vigor el 30 de octubre de 2009 y se aplicará para el presente año. México, D.F. a 30 de octubre de 2009 El Coordinador General de Administración Jaime Salazar Silva Página 9 de 9