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SECRETARIA GENERAL DE TRANSPORTES DIVISION DE PROSPECTIVA Y ESTUDIOS DEL TRANSPORTE GABINETE DE ORDENACIÓN Y COORDINACIÓN DEL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS RESUMEN DEL ACTA DE LA REUNION DE LA SUBCOMISION DEL TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS POR CARRETERA Y FERROCARRIL CELEBRADA EL DÍA 24 DE FEBRERO DE 2005. Documentos Reunión Común RID/ADR, Marzo 2005. Se analizaron las propuestas que se han presentado a la Reunión Común RID /ADR, al objeto de conocer las opiniones de los asistentes. Documento 2004/2.- Propuesta presentada por Alemania, relativa al 6.8.2.2.2. Solución para prevenir apertura intempestiva. Alemania, en su día, no estuvo conforme con la postura adoptada en el Grupo de Cisternas, por lo que ahora presenta dos alternativas. Documento 2004/14.- Propuesta presentada por Holanda, relativa a la Tabla A. Presenta las filas de la Tabla A agrupadas en función de los riesgos, con el propósito de aplicar una aproximación racionalizada a las condiciones de transporte a las mismas familias. Documento 2005/1.- Propuesta presentada por Bélgica, relativa al 1.6.1.2. Interpretación sobre el uso de etiquetas de radiactivos: aclarar que se pueden utilizar hasta agotar stocks las etiquetas escritas en otras lenguas distintas que el inglés, pero que deben llevar una cifra en la esquina inferior. Documento 2005/2.- Propuesta presentada por Bélgica, relativa a 1.6.4.12 y 6.8.2.5.2. Propone añadir una frase a la medida transitoria, y que no queden dudas de que en contenedores cisternas, hasta el 2008, si no se marcan las disposiciones especiales TC, TE y TA, se debe indicar la materia transportada (ya existe algo similar en el 1.6.3.18 del RID). Documento 2005/3.- Propuesta presentada por AISE, relativa a la LQ19. Propone que se armonice el tamaño máximo del envase interior, en embalajes combinados, de 3 (actual cantidad) a 5 litros. Así, el hipoclorito al 4%, UN 1791, GE III, puede trasportarse hasta 5 litros en cantidad exceptuada. Documento 2005/4.- Propuesta presentada por la EIGA, relativa al 6.2.1.7.6. Propone mantener lo existente del ADR/RID 2003, en relación con el marcado sólo del año, en recipientes a presión de inspecciones periódicas cada 10 ó más años. Documento 2005/5.- Propuesta presentada por el Reino Unido, relativa al 6.8.2.1.2.1, 6.8.2.5. y 1.2. Propone que se defina la capacidad de un depósito como el volumen interior máximo, expresado en litros o metros cúbicos. Documento 2005/6.-Propuesta presentada por Austria, referida al 1.1.3.1 d). Propone cambiar la redacción por: a los transportes efectuados por los servicios de intervención o bajo su control, en la medida que éstos sean necesarios en relación con las intervenciones, incluyendo las necesarias para establecer o reestablecer la disponibilidad de los servicios de intervención. PASEO DE LA CASTELLANA, 67 28071 MADRID

Documento 2005/7.- Propuesta de la UIC, referida al 1.6.1.2. Propone que se clarifique si el uso de etiquetas de radiactivos que se permite hasta agotar existencias, corresponde a etiquetas antiguas, sin número en la esquina inferior, o con número. Es muy parecida a la medida transitoria del 1.6.1.2, que presenta Bélgica, en su Documento 2005/1. Documento 2005/8.- Propuesta presentada por la UIC. Códigos cisterna para algunas materias de clase 3. En la reunión pasada se aprobó se aumentara la presión de diseño de las cisternas de materias de clase 3, GEI, con una presión de vapor a 50º inferior a 175 kpa, de 1,5 a 4 bares. Y se pidió a la UIC que hiciera una propuesta de medidas transitorias. La UIC propone períodos transitorios similares a los existentes para otras enmiendas: 8 años para vagones cisterna, 6 años para vehículos cisterna y 5 años para contenedores cisterna. Documento 2005/9.- Propuesta presentada por Holanda. Ensayo de compatibilidad en embalajes de plástico. Propone, entre otras cosas, que el agente húmedo a que se refiere el 6.1.6.1 se sustituya por sulfonato de alquil benceno, y una disposición transitoria que permita que las aprobaciones tipo, realizadas conforme las especificaciones actuales, continúen siendo válidas hasta el 31 de diciembre de 2011, o bien, sin fecha límite. El Documento INF 6, presentado por la Asociación de Plásticos, EuPC, apoya esta propuesta de Holanda, y se decanta por la medida transitoria que permita el uso de los aprobados antes de 1 de julio de 2007, sin fecha de caducidad. Documento 2005/10.- Propuesta presentada por Italia. 5.4.1.1.1. Propone reestablecer la declaración de conformidad de la expedición conforme a las normas aplicables al transporte. Se justifica que el IMDG y las Instrucciones de la IATA lo exigen. Documento 2005/11y 2004/18.- Propuestas presentadas por Austria. Propone insertar un nuevo párrafo 5.4.1.1.6.3, anterior al actual, que permita el uso, para transporte de cualquier medio de contención vacío, sin limpiar, de la misma carta de porte que cuando iba lleno, sustituyendo la cantidad por VACÍO, SIN LIMPIAR, y si los envases vuelven al mismo expedidor inicial, se puede poner en la carta de porte RETORNO. Documento 2005/12.- Propuesta presentada por Francia. Forum Consejeros de Seguridad. Conclusiones del Forum: se propone la creación de un grupo pedagógico encargado de profundizar en los intercambios y de uniformizar los niveles de examen, para asegurar el nivel de competencia que exige la norma. Documento 2005/13.- Propuesta presentada por Italia, para reestablecer la referencia a la PP1 en la Carta de porte. Esta Instrucción PP1 que eximía de homologación de embalajes (ADR 1999), se refiere a determinados Números ONU, Grupos de embalaje II y III, que afectan a tintas, pinturas, resinas, etc., figuraba en el ADR 2001 y fue eliminada en el ADR 2003. Ahora, sigue existiendo, pero no figura en la Carta de porte, e Italia pretende restablecerlo. Documento 2005/14.- Propuesta presentada por Austria. Obligaciones del embalador. Propone que el embalador sea el responsable de marcar y etiquetar los sobreembalajes. Documento 2005/15.- Propuesta presentada por Polonia. Acuerdos Multilaterales. Propone modificar la redacción del 1.5.1, para que se puedan firmar acuerdos multilaterales que no Pág. 2/5

sean directamente debidos a adaptaciones del ADR/RID al progreso técnico o industrial. Documento 2005/16.- Propuesta presentada por la UIC. Jerarquía de cisternas. Las disposiciones especiales de cisternas que se indican en 4.2.5.3, 4.3.5 y 6.8.4, también se aplican a los tipos de cisternas permitidos para las mismas materias, pero de jerarquía superior, de acuerdo con 4.2.5.2.5, 4.3.3.1.2 y 4.3.4.1.2. Esto quiere decir que la disposición especial atañe a la materia (columna 2 de la Tabla A) y no a la cisterna (columnas 10 y 12 de la Tabla A). Sin embargo, hay algunas disposiciones especiales que no se pueden aplicar a la cisterna de jerarquía superior (p.e., las disposiciones especiales de carga inferior no pueden aplicarse a cisternas que se cargan por la parte superior). Para explicar esta situación, la UIC propone añadir una frase en la explicación de la columna (11) en 3.2.1: estas disposiciones especiales también se aplican, siempre que sean técnicamente relevantes, a las instrucciones de cisternas portátiles que sean conformes con la tabla 4.2.5.2.5, además de las especificadas en la columna (10), y añadir la frase siguiente en el texto que explica la columna (13): Estas disposiciones especiales también se aplican, siempre que sean técnicamente relevantes, a las cisternas de acuerdo con la jerarquía del 4.3.3.1.2 y 4.3.4.1.2, además de las mencionadas en la columna (12) Documento 2005/17.- Propuesta presentada por la UIC: Capítulo 3.3. Algunas disposiciones sobre etiquetado y panel naranja no se reflejan en la Tabla A directamente, sino que vienen en disposiciones especiales. La UIC propone que vengan en la Tabla A, y eliminar las disposiciones especiales, en concreto las siguientes: 162, 204, 282, 298, 634 y la última frase de la 271, de forma que el epígrafe al que se aplican se desdobla en 2 en la Tabla A. Los cambios afectan a las columnas (2), (3b), (5), (14), (19) y (20). Documento 2005/18.- Propuesta presentada por la UIC. Cisternas portátiles. 1.- Sería de gran ayuda que se marcaran las cisternas portátiles con el número de instrucción de la cisterna, precedida de la letra T. 2.- Definición de presión de cálculo en 6.7.2.1, que propone: la presión que se utiliza en cálculos necesarios por un código reconocido de recipientes a presión. No debe ser inferior al mayor de las siguientes presiones: (a) la presión máxima efectiva que se permite durante el llenado o la descarga; (b) dos tercios de la presión mínima de prueba que se aplica según la instrucción de cisterna portátil del 4.2.5.2.6. Documento 2005/19.- Propuesta presentada por el Reino Unido, relativa al 3.2 y 6.8.4. Propone que se permita la utilización de cisternas con conexiones por debajo del nivel del liquido, protegidos por una válvula, para el transporte de los gases licuados UN 1017 y UN 1079, creando una disposición especial Texx que permita sistemas de llenado y descarga por debajo del nivel del líquido. Documento 2005/20.- Propuesta presentada por el Reino Unido, relativa al 6.2.1.7.7, Marcado de recipientes a presión rellenables: propone que se expanda esta disposición a todos los recipientes a presión, opcionalmente, no sólo para el acetileno. Documento 2005/21.- Propuesta presentada por el Reino Unido. Dispositivos de alivio de presión de emergencia para cisternas de líquidos inflamables. Quiere saber si existen datos sobre las diferencias entre colocar o no colocar válvulas de alivio de presión de emergencia, en concreto para vehículos cisternas que transportan UN 1203, de sección no cilíndrica (secciones BOX/MAX) Pág. 3/5

El INF.4. Documento del Reino Unido. Cisternas. Presenta el informe del HSL, relacionado con esta propuesta 2005/21. En él figuran todos los dispositivos que se han encontrado en el mercado. Es un tema más de laboratorio que de operador. Documento 2005/22.- Propuesta presentada por el Reino Unido. Bandas de protección externas sobre las cisternas. Propone borrar los requisitos del 6.8.2.1.20 (b) 4 del ADR/RID de poner una banda en la parte delantera y trasera de la cisterna. Documento 2005/23.- Propuesta presentada por AEGPL. P200. Propone que se pueda alargar el intervalo de inspección periódica de 10 a 15 años para botellas de acero que transporten LPG s, si se cumple la EN 1440 para los ensayos periódicos de 15 años. Documento 2005/24.- Propuesta presentada por EBRA. Transporte de pilas transportables usadas. EBRA cree que se está malinterpretando el ADR/RID al extender su aplicación al transporte de pilas transportables usadas, que no estaban antes sujetas a disposiciones especiales del ADR, debido a la redacción de la SP 636 y a la instrucción de embalaje P903b. Documento 2005/25.- Propuesta presentada por el Reino Unido. Marcado de recipientes a presión recargables. Propone clarificar el 6.2.1.7.2. (g), para aclarar que el espesor de pared se refiere al de la sección paralela del recipiente. Documento 2005/26.- Propuesta presentada por Austria. Acuerdo Multilateral para transporte de residuos. Propone un Acuerdo multilateral que simplifica la clasificación de residuo como mercancía peligrosa, así como su etiquetado y el contenido de la Carta de porte. Documento 2005/27.- Propuesta presentada por Alemania. Señalización naranja. Propuesta para armonizar ADR/RID. Cambios principales para el ADR: El material del panel debe resistir la intemperie y garantizar una señalización durable, y no descolgarse en caso de incendio en 15 minutos (proponen estudiar aumentar hasta 30 minutos). Propone que se incorporen las referencias a las normas sobre materiales retro-reflectantes existentes. Cambios principales para el RID: Los mismos que en el ADR, y además, añade que los paneles naranja deben recubrirse si no se deben utilizar en el transporte, con un revestimiento capaz de aguantar un incendio de 15 minutos (ahora, sólo dice que no deben ser visibles); añade la posibilidad (no obliga) de que el panel sea retro-reflectante; y posibilita, igual que en el ADR, la sustitución del panel por una pegatina o pintura para el transporte de sólidos a granel. Documento 2005/28.- Propuesta presentada por el Secretariado. Contaminantes acuáticos. Propone un texto para armonizar esta cuestión con el Libro Naranja, en concreto se obliga a marcar con un nuevo pictograma los UN 3077 y UN 3082 en bultos de más de 5 kg/l, y en contenedores, cisternas, vagones y CGEM, y suprimir la referencia a las Directivas 67/548 y 1999/45 para la clasificación de contaminantes al medio acuático. Documento 2005/29.- Propuesta presentada por Bélgica. SP 640. Propone una simplificación de la misma o su erradicación, debido a la dificultad de comprensión que genera. Documento 2005/30.- Propuesta presentada por Bélgica. 6.7.2.1. Sugiere que la definición de Presión máxima admisible de servicio de una cisterna se refiera a elementos intrínsecos de la Pág. 4/5

cisterna (presión de cálculo, presión mínima de ensayo), y que deba ser igual o mayor a la presión máxima de servicio. Documento 2005/31.- Propuesta presentada por Bélgica. Señalización naranja. Propone que se imponga que la señalización naranja sea siempre visible desde el exterior del vehículo/vagón. Documento 2005/32.- Propuesta presentada por España. Descargador. Se propone un nuevo párrafo en el 1.4.3, donde se especifiquen las obligaciones del descargador; además de las genéricas, debe verificar, en la descarga de bultos, que no están dañados, y, si lo están, tomar medidas antes de la descarga; en la descarga de cisternas, vagones, etc, limpiar los residuos exteriores y constatar el cierre de válvulas. Documento 2005/33.- Propuesta presentada por AEGPL. 6.2.1.7.2 (f). Propone corregir una errata. Documento 2005/34.- Propuesta presentada por Bélgica. Cisternas. Propone añadir el (+) al código cisterna de los siguientes UN: 1796, 1829, 2031, 2032, 2211, 2304, 2984, 3176, 3250, 3256, 3257 (lo justifica diciendo que si se permite el uso de otras materias lo puede poner el certificado de aprobación); y aclarar, en las disposiciones especiales de las cisternas, cuáles se deben indicar y cuáles no, en la placa de la cisterna y en su certificado de aprobación. INF.3. Documento de CEN. 6.9. Propone cambiar las referencias de normas EN antiguas a las vigentes normas EN ISO INF.4. Documento del Reino Unido. Cisternas. Presenta el informe del HSL. Está relacionado con el Documento 2005/21. INF.5. Documento de la EIGA. Informe del Grupo de trabajo Capítulo 6.2. INF.6. Documento de EuPC. Está relacionado con la Documento 2005/9. INF.8. Informe del Grupo de trabajo de estandarización de análisis de riesgos INF.9. Informe del Grupo de expertos del RID, en algunas cuestiones de interpretación (marcado de paquetes, cantidades limitadas, cantidades exceptuadas y contaminantes). Pág. 5/5