DEPENDENCIA Índice General DEFINICIONES POBLACIÓN DEPENDIENTE E EN 2007 PRESTACIONES ECONÓMICAS DE LA LEY DEPENDENCIA EN FORMA DE CAPITAL PRESTACIONES EXCLUSIONES REASEGURO
DEFINICIONES REPATRIACION DEPENDENCIA GRAN DEPENDENCIA Ó DEPENDENCIA DE GRADO III : Situación en la que la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria (ABVD) varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal. General Genera PUNTUACIÓN BAREMO: : Según el baremo aplicado por la ley, los grandes dependientes deberán obtener la siguiente puntuación: Nivel 1: 75 89 puntos Nivel 2: 90 100 puntos es.org
DEFINICIONES REPATRIACION DEPENDENCIA DEPENDENCIA SEVERA O DEPENDENCIA DE GRADO II : situación en la que la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria (ABVD) dos o tres veces al día,, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal. General Genera PUNTUACIÓN BAREMO: : Según el baremo aplicado por la ley, los dependientes severos deberán obtener la siguiente puntuación: Nivel 1: 50-64 puntos Nivel 2: 65-74 puntos
DEFINICIONES REPATRIACION DEPENDENCIA DEPENDENCIA MODERADA O DEPENDENCIA DE GRADO I : situación en la que la persona necesita ayuda para realizar una o varias (ABVD), al menos una vez al día. General Genera PUNTUACIÓN BAREMO: : Según el baremo aplicado por la ley, los dependientes severos deberán obtener la siguiente puntuación: Nivel 1: 25-39 puntos Nivel 2: 40-49 puntos
DEPENDENCIA POBLACIÓN DEPENDIENTE EN ESPAÑA 2007 NÚMERO DEPENDI ENTES TOTAL X< 65 65< X<7 9 X>8 0 Población Dependiente 1.173. 764 30 6.5 57 373. 929 493. 278 Población dependiente en grado III 205.91 5 31. 50 0 47.7 30 126. 685 Fuente: Boletín Oficial del Estado, número 132, 2 /junio / 2007
DEPENDENCIA POBLACIÓN DEPENDIENTE EN ESPAÑA 2007 PROYECCIÓN DEL NÚMERO PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA LAS ACTIVIDADES DE LA VIDA DIARIA POR GRADOS DE NECESIDAD DE CUIDADOS (ESPAÑA, 2005-2020). Personas dependientes 2005 2010 2015 2020 Grado 3 (Gran dependencia) 194.508 223.457 252.345 277.884 Grado 2 (Dependencia severa) 370.603 420.336 472.461 521.065 Grado 1 (Dependencia moderada) 560.080 602.636 648.442 697.277 Total 1.125.190 1.246.429 1.373.248 1.496.226 Personas con necesidad de ayuda para realizar tareas domésticas y/o discapacidad moderad a para alguna ABVD A (Disc. moderada para alguna ABVD) 798.967 857.378 920.069 979.344 B (Discapacidad para alguna AIVD) 858.433 914.161 971.884 1.028.992 Total 1.657.400 1.771.539 1.891.952 2.008.336 Total personas con discapacidad para las activida des de la vida diaria TOTAL 2.782.590 3.017.968 3.265.200 3.504.562
DEPENDENCIA POBLACIÓN DEPENDIENTE EN ESPAÑA 2007 PARA EL AÑO 2009: VINCULADAS AL SERVICIO (ALTERNATIVAS AL SERVICIO): Se reconocerá sólo cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado en función del grado y nivel de dependencia y de la Capacidad económica del beneficiario. Los poderes públicos supervisarán el destino y utilización de estas prestaciones. GRADO III: Nivel 2: Máximo de 831,47 Nivel 1: Máximo de 623,60 GRADO II: Nivel 2: Máximo de 460,80
DEPENDENCIA PRESTACIONES DEL SEGURO DE DEPENCIA
PRESTACIÓNES OBJETO SEGURO: Otorgar una protección, en forma de capital, para aquellas personas que según el baremo de la Ley de Dependencia obtengan la puntuación necesaria para situarse en el grado II o grado III. PRESTACIÓN SEGURO: Pago de un capital a tanto alzado igual al establecido en las condiciones particulares del presente contrato en el caso de que al Asegurado le sobrevenga una situación de dependencia en cualquiera de los grados cubiertos por la misma. Dicho pago se percibirá al declararse alguna de las siguientes situaciones de dependencia: a) Dependencia severa Percibirá el 70 % del capital asegurado b) Gran Dependencia Percibirá el 100 % del capital asegurado
PRESTACIÓNES DERECHO A LA PRESTACION : a) Estar al corriente de pago de las cuotas. d) Presentar Resolución de reconocimiento de la situación de dependencia expedida por la administración autonómica correspondiente a la residencia del solicitante, en que se determine el grado de dependencia. c) Presentar la certificación expedida por el médico que haya atendido al asegurado, donde se especifiquen las causas, las circunstancias y el grado de la situación de dependencia del asegurado, de conformidad con la legislación vigente de dependencia.
PRESTACIÓNES PRECIO DEL SEGURO: En función de la edad del asegurado. La cuota a satisfacer el asegurado será en función de la edad alcanzada hasta llegar a la edad de 85 años que se cancelara. COMPOSICIÓN DEL SEGURO: Constará de dos módulos en función del grado de dependencia cubierto: Dependencia Severa Gran Dependencia. LÍMITE MÁXIMO DE CONTRATACIÓN: El límite máximo de contratación se situará entre los 65 y 70 años de edad. Este límite se fijará exactamente en función de los criterios de selección definitivos. LÍMITE MÁXIMO DE COBERTURA: El límite máximo de cobertura será de 60.000 euros, se contratará en módulos de 3.000 euros siendo el mínimo de contratación 6.000 euros
PRESTACIÓNES CARENCIA : a) Para poder recibir la prestación en los términos establecidos, deberá haber transcurrido un periodo mínimo de 12 meses entre la fecha de inscripción o ampliación de coberturas y la fecha de ocurrencia del siniestro y de 24 meses en el caso de Dependencia debido a patologías neuropsiquiátricas. b) No se aplicará periodo de carencia cuando el estado de dependencia se produzca como consecuencia de un accidente.
PRESTACIÓNES EXCLUSIONES a) Enfermedades, accidentes, lesiones o cualquier otra alteración de la salud preexistentes a la fecha de efecto de la suscripción y que no hubieran sido declarados en el reconocimiento médico o en la declaración de salud requerida en la solicitud. b) Siniestros causados voluntariamente por el asegurado, incluyendo los derivados del consumo de alcohol, drogas, tentativa de suicidio y auto mutilaciones. c) Los casos en los que la percepción de la prestación lleve implícito engaño o fraude. d) Consecuencias de un acto de imprudencia temeraria o negligencia grave del asegurado, declarada así judicialmente, así como las derivadas de la participación de éste en actos delictivos, duelo o pelea, siempre que no se hubiera actuado en legítima defensa o en tentativa de salvamento de personas o bienes.
PRESTACIÓNES e) Los casos en los que el asegurado deje de someterse a las disposiciones, prácticas y exploraciones que tengan por objeto dilucidar lo que corresponda a su estado de salud y grado de dependencia. f) Las consecuencias de guerra civil o internacional, invasión, hostilidades (haya o no declaración de guerra), rebeliones, revolución, insurrección o usurpación de poder, actos de terrorismo, independientemente del lugar en el que acaezcan los hechos, excepto en caso de ejercicio profesional de la medicina. g) Las consecuencias directas o indirectas de reacción o radiación nuclear o contaminación radioactiva, excepto cuando sean consecuencia de tratamientos médicos específicos, o se adquieran por causa del ejercicio profesional de la medicina. h) Las consecuencias producidas por la práctica de deportes con carácter profesional. i) Las consecuencias producidas por demostraciones acrobáticas y competiciones que requieran la utilización de vehículos a motor.
PRESTACIÓNES j) Cualquier consecuencia derivada de la práctica de vuelos en aparatos que no posean un certificado de navegación o no estén homologados, o cuando el piloto no posea el correspondiente título o permiso expedido por la autoridad competente. k) Consecuencias directas de la práctica de deportes calificados de riesgo, tales como escalada, barranquismo, puenting, rafting, vuelos en ala delta, ultraligeros y parapente y actividades subacuáticas con medios artificiales de respiración, como por ejemplo botellas, escafandra, etc. l) Las situaciones de dependencia que no sean medibles mediante el BVD o por otros métodos de valoración utilizados por la Mutualidad. m) La situación de Dependencia moderada. n) De los procesos de origen psiquiátrico o psicológico, así como las neurológicas, incluyendo el estrés y los procesos que únicamente cursa con dolor, sin que exista una causa demostrable con pruebas de diagnostico medico. ñ) Las lesiones o consecuencias de intervenciones quirúrgicas o tratamientos médicos que se lleven a cabo por razones diferentes a la sanidad, como, por ejemplo, los procesos de cirugía estética, tratamientos de esterilidad o infertilidad.
DEPENDENCIA REASEGURO REASEGURO La fórmula de reaseguro que mejor encaja con estos productos, teniendo en cuenta la escasa experiencia en el mercado español será el reaseguro en Cuota Parte.
GRACIAS POR SU ATENCIÓN