Resolución Nº SETENA

Documentos relacionados
Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Resolución Nº SETENA

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Transcripción:

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 0800-2015-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, LA SECRETARÍA TÉCNICA NACIONAL AMBIENTAL, A LAS 10 HORAS 00 MINUTOS DEL 07 DE ABRIL DEL 2015. PROYECTO CONDOMINIO LAGOS DEL SOL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO D1-0406-2006-SETENA Conoce la Comisión Plenaria de esta Secretaría, de la solicitud de modificación del proyecto de marras. RESULTANDO PRIMERO: Que el día 18 de diciembre del 2014, se presenta ante la SETENA solicitud de modificación del proyecto de marras. CONSIDERANDO PRIMERO: Que se tiene legitimada a la señora Mirtea Carvajal Ulloa con cédula de identidad 3-0158-031 Representante Legal de la sociedad Kirebe S.A, con cédula de personería jurídica 3-101-063-070, para actuar dentro del expediente administrativo D1-0402-2006- SETENA. SEGUNDO: Que en consulta realizada el día 20 de marzo del 2015, en el sitio web: www.ccss.go.cr, la persona Kirebe S.A. no presenta problema de morosidad ante la Caja Costarricense del Seguro Social, esto en concordancia con la obligatoriedad de aplicar el Art. 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social, reformado en la Ley de Protección al Trabajador, que establece como requisito para realizar diversos trámites administrativos, estar al día en el pago de las obligaciones de la Caja Costarricense de Seguro Social. TERCERO: Que tal y como lo estipula el Decreto Nº 37803-MINAET-S-MOPT-MAG-MEIC del día 19 de julio del 2013 (Artículo 46), en la definición del procedimiento para las modificaciones a obras, actividades o proyectos, la modificación presentada, responde a tal procedimiento. CUARTO: Que del análisis realizado a la modificación del proyecto se destacan los siguientes aspectos: Obras a realizarse como modificación 1

En términos generales la modificación consiste en realizar una restructuración del proyecto para ofrecer soluciones habitacionales más pequeñas que permitan contar con precios más atractivos para el mercado meta, de forma tal que se tiene un mayor número de unidades habitacionales pero de menores dimensiones; además como parte de este reacomodo del proyecto inicialmente aprobado; se están reduciendo el número de fincas filiales y se están identificando numeralmente de forma diferente. De forma tal que la finca filial primaria 01 será de 7689,49 m 2 y en ella se construirán 03 edificios de 04 niveles cada uno (03 pisos y un sótano), para un total de 54 apartamentos y 5796,22 m 2 vendibles. La finca filial primaria 02 será de 15882.50 m2 y en ella se construirán 04 edificios de 04 niveles cada uno (03 pisos y un sótano) para un total de 119 apartamentos y 12773,16 m 2 vendible. Las fincas filiales primarias 3 y 4 serán de 22464,15 m2 y 24036.54 m 2 respectivamente y en ellas se construirán 160 casas de 02 pisos y 30261.16 m2 vendibles. Las fincas filiales primarias 05 y 06 serán de 19031,43 m 2 y 8490,85 m 2 respectivamente y en ellas se construirán 100 casas de 02 pisos y 16442,99 m 2 vendibles. Adicionalmente contempla la construcción de las diferentes áreas comunes como juegos infantiles, calles y aceras, casa club, y áreas recreativas (ranchos, piscinas y canchas), parqueo de visitas, entre otros. Así como zonas verdes y parques, fuentes y torres decorativas, caseta de guarda, planta de tratamiento, basureros etc. Todo lo anterior equivale a un aumento del 15.16% del área total a construir y aprobada originalmente en la Resolución Nº 402-2006-SETENA del 17 de diciembre del 2007.Con la modificación propuesta, se tiene un proyecto ligeramente más impactante al inicialmente aprobado, ya que se tiene un proyecto con mas metros cuadrados de construcción que potencialmente podría requerir mas traslados de materia prima y mas generación de desechos sólidos ordinarios constructivos; sin embargo es interesante resaltar que con la nueva propuesta se logra maximizar la utilización de los espacios al punto de que en el caso especifico de los edificios, se mantiene su número, pero aun reduciendo las dimensiones de los mismos, se logra una mayor cantidad de unidades residenciales. De igual forma logran reducciones importantes en las calles, aceras y aumentos en áreas verdes y parques. Es importante dejar claramente establecido que pese al aumento en la cantidad de unidades residenciales totales del proyecto, no se dará un aumento poblacional significativo pues como ya se indico; las unidades se redujeron de tamaño pasando de residencias y de 04 y 05 habitaciones a residencias de 03 habitaciones en promedio, mientras que los apartamentos pasaron de 03 habitaciones a 01 y 02 habitación; de forma tal que se mantiene la densidad poblacional permitida por el gobierno local. Esto mismo hace que la generación de desechos ordinarios en general y la demanda de servicios, no vaya de aumentar de forma significativa. - Justificación La modificación surge principalmente debido a un replanteamiento del proyecto para ajustarse mejor a las demandas del mercado, en donde unidades residenciales de menor tamaño son más atractivas para el mercado meta y por ende más fáciles de vender; lo que genera una mejor condición para los inversionistas. 2

- Diseño Nuevo y Medidas de Mitigación Dentro de la solicitud planteada, se encuentran los planos respectivos, así como el cuadro Plan de Gestión Ambiental con los posibles impactos ambientales y sus respectivas medidas ambientales. - SIA Que la matriz de significancia ambiental original brinda un puntaje de 432 y con la modificación planteada brinda un puntaje de 446, lo cual indica que no existe cambio de instrumento de evaluación ambiental. - Costos Las nuevas obras a realizarse contemplan un costo de: $ 1.532.152,58 (Un millón quinientos treinta y dos mil ciento cincuenta y dos dólares americanos con cincuenta y ocho céntimos) - Medidas Ambientales Las nuevas medidas ambientales generadas por la modificación planteada, se encuentran respaldadas mediante una Declaración Jurada de Compromisos Ambientales en escritura pública. QUINTO: Que se establece un adendum a la garantía de cumplimiento por un monto de $ 15,321.53 (Quince mil trescientos veintiún dólares americanos con cincuenta y tres céntimos), correspondiente al 1% del monto de inversión de la modificación. SEXTO: Que los componentes del proyecto aprobados en comparación con la modificación planteada, se detallan en los siguientes cuadros: Cuadro 1. Comparación de los componentes del proyecto aprobados con Viabilidad Ambiental y versus componentes a modificar. Componente del proyecto Proyecto Actual Modificación Propuesta Lote 1(Finca Filial Primaria 01) Nº de edificios 02 edificios de 04 niveles 03 edificios de 04 niveles Lote 2(Finca Filial Primaria 02) Nº de 12 viviendas de 0 casas y 04 edificios casas por edificios dos pisos / 0 de 04 niveles edificios Lotes 03 y 04 (Fincas filiales 60 viviendas de 160 viviendas de dos Primarias 03 y 04) Nº de casas Lote 05 y 06 (Fincas Filiales Primarias 05 y 06) dos pisos 18 viviendas por edificio de 04 niveles pisos 100 viviendas de dos pisos/ 0 edificios Calles y Aceras 25832 m 2 10778,83 m 2 Caseta de Guarda 30 m 2 60 m 2 Centro Recreativo (casa club e 2240 m 2 3007.68 m 2 instalaciones deportivas Área de Parqueo de visitas 168 m 2 443.85 m 2 3

Planta de Tratamiento de 320 m 2 320 m 2 aguas residuales Juegos Infantiles 0 m 2 2435.27 m 2 Basureros y Transformadores 0 m 2 146.18 m 2 Fuentes y torres decorativas 0 m 2 355.25 m 2 Paredes estructurales 0 m 2 270.19 m 2 Zonas Verdes y Parques 0 m 2 7821.30 m 2 Zona de Protección 0 m 2 3889.82 m 2 Servidumbres sanitarias y 0 m 2 631.66 m 2 Pluviales Cuadro 2. Comparación de áreas aprobadas con Viabilidad Ambiental y versus áreas a modificar Descripción Área en m 2 con Viabilidad Área en m 2 a modificar Ambiental Edificios 31,472 m 2 18569,38 m 2 Residencias 25,987,64 m 2 46,704 m 2 Calles y Aceras 25832 m 2 10778.83 m 2 Caseta de Guarda 30 m 2 60.03 m 2 Casa club, canchas y Piscina 2240 m 2 3007.68 m 2 Parqueo visitas 168 m 2 443.85 m 2 Planta de 320 m 2 320 m 2 Tratamiento Juegos Infantiles 0 m 2 2435.27 m 2 Fuentes y torres 0 m 2 355.25 m 2 decorativas Basureros y 0 m 2 146.18 m 2 transformadores Paredes 0 m 2 270.19 m 2 Estructurales Zonas verdes y 0 m 2 7821.30 m 2 parques Zonas de 0 m 2 3889.82 m 2 Protección Servidumbres sanitarias y pluviales 0 m 2 631.66 m 2 POR TANTO LA COMISIÓN PLENARIA RESUELVE En sesión Ordinaria Nº 047-2015 de esta Secretaría, realizada el 07 de abril del 2015, en el Artículo No. 14 acuerda: 4

PRIMERO: Avalar modificación del proyecto presentada el día 18 de diciembre del 2014 ante la SETENA, definiéndose de la siguiente forma: En términos generales la modificación consiste en realizar una restructuración del proyecto para ofrecer soluciones habitacionales más pequeñas que permitan contar con precios más atractivos para el mercado meta, de forma tal que se tiene un mayor número de unidades habitacionales pero de menores dimensiones; además como parte de este reacomodo del proyecto inicialmente aprobado; se están reduciendo el número de fincas filiales y se están identificando numeralmente de forma diferente. De forma tal que la finca filial primaria 01 será de 7689,49 m 2 y en ella se construirán 03 edificios de 04 niveles cada uno (03 pisos y un sótano), para un total de 54 apartamentos y 5796,22 m 2 vendibles. La finca filial primaria 02 será de 15882.50 m2 y en ella se construirán 04 edificios de 04 niveles cada uno (03 pisos y un sótano) para un total de 119 apartamentos y 12773,16 m 2 vendible. Las fincas filiales primarias 3 y 4 serán de 22464,15 m2 y 24036.54 m 2 respectivamente y en ellas se construirán 160 casas de 02 pisos y 30261.16 m2 vendibles. Las fincas filiales primarias 05 y 06 serán de 19031,43 m 2 y 8490,85 m 2 respectivamente y en ellas se construirán 100 casas de 02 pisos y 16442,99 m 2 vendibles. Adicionalmente contempla la construcción de las diferentes áreas comunes como juegos infantiles, calles y aceras, casa club, y áreas recreativas (ranchos, piscinas y canchas), parqueo de visitas, entre otros. Así como zonas verdes y parques, fuentes y torres decorativas, caseta de guarda, planta de tratamiento, basureros etc. Todo lo anterior equivale a un aumento del 15.16% del área total a construir y aprobada originalmente en la Resolución Nº 402-2006-SETENA del 17 de diciembre del 2007. Con la modificación propuesta, se tiene un proyecto ligeramente más impactante al inicialmente aprobado, ya que se tiene un proyecto con mas metros cuadrados de construcción que potencialmente podría requerir mas traslados de materia prima y mas generación de desechos sólidos ordinarios constructivos; sin embargo es interesante resaltar que con la nueva propuesta se logra maximizar la utilización de los espacios al punto de que en el caso especifico de los edificios, se mantiene su número, pero aun reduciendo las dimensiones de los mismos, se logra una mayor cantidad de unidades residenciales. De igual forma logran reducciones importantes en las calles, aceras y aumentos en áreas verdes y parques. Es importante dejar claramente establecido que pese al aumento en la cantidad de unidades residenciales totales del proyecto, no se dará un aumento poblacional significativo pues como ya se indico; las unidades se redujeron de tamaño pasando de residencias y de 04 y 05 habitaciones a residencias de 03 habitaciones en promedio, mientras que los apartamentos pasaron de 03 habitaciones a 01 y 02 habitación; de forma tal que se mantiene la densidad poblacional permitida por el gobierno local. Esto mismo hace que la generación de desechos ordinarios en general y la demanda de servicios, no vaya de aumentar de forma significativa Lo anterior con sustento en los Considerandos del presente Informe Técnico. SEGUNDO: El desarrollador del proyecto de marras, deberá cumplir con lo estipulado en la Ley 8839 para la Gestión Integral de Residuos, tanto en etapa constructiva como operativa del proyecto. 5

TERCERO: Establecer un adendum a la garantía de cumplimiento para el proyecto, por un monto de $ 15,321.53 (Quince mil trescientos veintiún dólares americanos con cincuenta y tres céntimos). CUARTO: Con el propósito de mejorar los servicios brindados por la SETENA, se le solicita indicar una dirección de correo electrónico, para recibir notificaciones de parte de esta Secretaría, de conformidad con la directriz SG-134-2014-SETENA del 23 de junio de 2014, visible en la página web: www.setena.go.cr QUINTO: Contra esta resolución cabe interponer dentro del plazo de tres días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la notificación, los recursos ordinarios de revocatoria ante la SETENA, y el de apelación ante el Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones de conformidad con los artículos 342 y siguientes de la Ley General de Administración Pública Nº 6227 y 87 de la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554. SEXTO: Toda documentación que sea presentada ante la SETENA deberá indicar claramente el número de expediente, el número de resolución y el nombre completo del proyecto, así como un correo electrónico para atender futuras notificaciones o ratificar el que consta en el expediente administrativo. Atentamente, ING. FREDDY BOLAÑOS CESPEDES SECRETARIO GENERAL EN REPRESENTACION DE LA COMISION PLENARIA 6

En la oficina de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental se notificó copia de la Resolución Nº_0800-2015-SETENA de las 10 horas 00 minutos del 07 de ABRIL 2015. NOTIFÍQUESE: Mirtea Carvajal Ulloa Representante Legal Kirebe S.A. Fax: 2290-1367/ 2294-6335 Firma: cédula A las horas y minutos del de del 2015. Notifica 7