CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO DE INVERSIÓN SURA RENTA INMOBILIARIA

Documentos relacionados
CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS BICE INMOBILIARIO III FONDO DE INVERSIÓN

CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO DE INVERSIÓN LARRAÍN VIAL DEUDA CON SUBSIDIO HABITACIONAL

COMUNICACION INTERNA Nº

CLAUSULAS VARIAS CLAUSULAS COMPRAVENTA

- 1 - ACUERDO DE FUSIÓN

COMUNICACION INTERNA Nº

MODELO DE CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR. (OBRA COLECTIVA-

COMUNICACION INTERNA Nº

RESOLUCIÓN EXENTA F.N.D.R.""N _6_2 / COPIAPÓ, 2 9 ABR 2016

APRUEBA CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN CON BANCO ESTADO.

COMUNICACION INTERNA Nº

COMUNICACION INTERNA Nº

CONVENIO SOBRE BENEFICIOS PARA INTEGRANTES DE RAMAS DE SKI COLEGIOS SÁBADOS Y SUS FAMILIARES

Santiago, 29 de abril de REF.: Inscripción e inicio de cotización de cuotas del Asset Chile - GBM Fondo de Inversión (CFIACGBM).

MODIFICACIONES AL REGLAMENTO INTERNO DEL FONDO DE INVERSIÓN NEVASA HMC RENTA FIJA LOCAL. Nevasa HMC S.A. Administradora General de Fondos

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO BIEN INMUEBLE PARA USO COMERCIAL ENTRE ARRENDADORA PERSONA JURÍDICA Y ARRENDATARIO PERSONA FÍSICA

I. Del Prestador de Servicios. El Prestador de Servicios declara por conducto de su representante que:

CONTRATO DE SUSCRIPCION DE CUOTAS BANCHILE ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. Fondo de Inversión Banchile Inmobiliario IV

MODELO DE CONTRATO DE REPRESENTACIÓN LITERARIA REUNIDOS

CONTRATO DE PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO

REF.: Inscripción de Ingevec S.A. en el Mercado de Empresas Emergentes e inicio de cotización de sus acciones. COMUNICACION INTERNA Nº 11.

OBJETO Y ALCANCE DEL CONTRATO

Bases de Promoción. Recarga tu Entel con Tarjetas Ripley

CONVENIO MARCO DE COLABORACION FUNDACIÓN ARTESANÍAS DE CHILE INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO

ADENDA AL CONTRATO DE FIDEICOMISO DE GARANTÍA PARA OPERACIONES DE TERCEROS

FONDO DE INVERSION INMOBILIARIA SANTANDER MIXTO CONTRATO DE APORTE

MODELO DE CONTRATO DE OBRA POR ENCARGO

CONTRATO GENERAL DE FONDOS ECUS ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A.

SERVICIOS PÚBLICOS E INTERMEDIOS. Formularios y documentos para Servicios de Telecomunicaciones Públicos e Intermedios. Anexos

BASES DE PROMOCIÓN. Recarga en la App Entel

BASES LEGALES Navidad Ripley 2016

ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD ANONIMA BANCARIA BANCO FALABELLA TITULO PRIMERO: NOMBRE, DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETO.-

YRIAM AMIGO ARANCIB 21a MOTARÍA DE SANTIAGO

^ Biblioteca ge Ccngreso Nac eral ce Cí 1

Transparencia RESOLUCIÓN EXENTA N 48/2010. Santiago, 30 de Marzo de 2010 VISTO:

CONVENIO ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO "ESCUELAS SIN FRONTERAS"


CONVENIO ANUAL DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD

BASES LEGALES PROGRAMA CLUB PINTOR CODELPA CHILE S.A.

PROMESA DE COMPRA VENTA DE INMUEBLE

CONTRATO DE PRESTAMO MEDIANTE LINEA DE CREDITO

Bolsa Extra BASES DE PROMOCIÓN. Bolsa Extra

RECARGA TU ENTEL EN

CONTRATO DE OTORGAMIENTO DE LA CONSIDERACIÓN DE EMPRESA CONSTRUCTORA RECONOCIDA REUNIDOS INTERVIENEN

Remolque náutico para embarcaciones de vela ligera, semirrigidas, motos de agua, neumáticas, piraguas, etc. hasta 750 kg y 5,5 metros.

CIRCULAR N 1224 VISTOS: REF.:

REF.: Inscripción de Inversiones La Construcción S.A. (ILC) e inicio de cotización de sus acciones. COMUNICACION INTERNA Nº

CONTRATO DE HONORARIOS ASIMILABLES AL SALARIO

NORMAS SOBRE INSCRIPCIÓN DE ENTIDADES CLASIFICADORAS DE RIESGO Y DE REGISTRO EN ACTA DE SUS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE CLASIFICACION.

Los P arques S.A. E x plotació n d e B i e n e s R aíce s R u t : Luis Tha yer O j e da 320 P rov idenc ia - S antia g o

REGLAMENTO DE COBERTURA DE RIESGO CREDITICIO ADICIONAL. Para los fines del presente Reglamento, se establecen las siguientes definiciones:

MODELO DE CONTRATO DE LICENCIA DE USO DEL SOFTWARE DENOMINADO XXXXXXXXXXX

Modelo. COMPRAVENTA DE un DEPARTAMENTO CON PACTO DE RETROVENTA PAGO EN ARMADAS Y AVAL CONTRATO DE COMPRAVENTA

USA TU TARJETA ENTEL VISA COMPRANDO EN 3 A 12 CUOTAS SIN INTERES Y TE DEVOLVEMOS $ EN TU CUENTA TELEFONICA ENTEL BASES DE OFERTA

CONTRATO MARCO DE FORFAITING DE EXPORTACIÓN

ANEXO 2 CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS (EJEMPLO)

Bases Promoción GIFT CARD AMIGO SECRETO DESDE 01 de diciembre de 2016 HASTA 31 de diciembre de 2016

1.2. CAR velará por el cumplimiento de las presentes bases y tomará las decisiones necesarias que digan relación con el Concurso.

CONVENIO SOBRE BENEFICIOS PARA INTEGRANTES DE ARSKI Y SUS FAMILIARES

CONVENIO CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA AUTÓNOMO ICCE (INSTITUTO CENTRAL DE CAPACITACIÓN EDUCACIONAL S.A.)

ESTATUTOS DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD CIVIL REUNIDOS

CARTA COMPROMISO. En Montevideo, el, comparece. calidad de, en nombre y representación de la. empresa.., inscripta en el Registro Único

.4)0 (1(IIII) COMODATO suscripto entre las mismas partes el 1 CONTRATO DE COMODATO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

MODELO DE CONVENIO DE PASANTIA EN LA EMPRESA (CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL)

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE SEVILLA Y TOPCON ESPAÑA, S. A. en materia de TOPOGRAFÍA

CONTRATO SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE SEÑALÉTICA PARA LA CONTRALORÍA REGIONAL DEL BÍO-BÍO ENTRE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

COPIAPÓ, CONSIDERANDO:

PLIEGO REGULADOR DE LA CONTRATACIÓN DE OPERACIÓN DE CRÉDITO PARA LA FINANCIACIÓN DEL CRÉDITO ADICIONAL 4/2013

A N T E C E D E N T E S

CONTROL. de LAN AIRLINES S.A. Inscripción en el Registro de Valores N 306

ARBITRAJE DE ÁRBITRO ARBITRADOR

INFORME Nº 84 A C O P C N S I. Instrucciones Notariales en compraventa de inmuebles.

Formularios para postular -a la acreditación para la realización de labores en viveros y campos de setos bajo control oficial de Fusarium circinatum

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE (Nombre del D E C L A R A C I O N E S

ANEXO III ORGANIZACIONES ADJUDICATARIAS CAPÍTULO I SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE EJECUCIÓN

BASES GENERALES DEL CONCURSO Mi Claro

CONTRATO DE COMODATO

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS Y CERTIPOSTAL S.A.S.

ENTRE BANCO DEL ESTADO DE CHILE ESCUELA BÁSICA D "LLANO SUBERCASEAUX"

Bases de Promoción Cuota Promocional para planes Postpago

LICENCIA EXCLUSIVA PARA LA ORGANIZACIÓN DE EVENTOS

1.- ANTECEDENTES GENERALES:

DOCUMENTO PROTOCOLIZADO BASES DE LA PROMOCIÓN CAMPAÑA SEPTIEMBRE

Unidad Técnica Operativa / SEE OCI DOCUMENTO N 4. Modelo de Convenio entre la SEE y la organización seleccionada

CONTRATO DE SERVICIOS DE COLABORACIÓN DE ADMINISTRACIÓN COMPLEMENTARIA REUNIDOS

CONVENIO DE COLABORACION SENADO CAMARA DE DIPUTADOS BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA

PAGARE (Unidades de Fomento Cuotas Desiguales Tasa Fija)

ARRENDAMIENTO DE LOCAL PARA USO DISTINTO DE LA VIVIENDA REUNIDOS

Construcción de Cerco Perimétrico de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales

RESUELVO: La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente resolución.

Informe Jurídico. Ley N , modifica el Artículo 177. del Código del Trabajo. de la construcción. En lo relativo a las formalidades

PROYECTO DE ESCISIÓN DEL BLOQUE PATRIMONIAL. Sección Bloque Patrimonial conformado al 31 de agosto de Como Sociedad Beneficiaria :

CONTRATO DE SUMINISTRO DE PRISMA SOL BGK2/3.5 Y KITS PRISMAFLEX ENTRE HOSPITAL DR. LUIS CALVO MACKENNA

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCACIONALES DE PREGRADO

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCACIONALES AÑO 201

Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L.

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO AGROPECUARIO

RESOLUCIÓN EXENTA N9332 VISTOS: ex -Ministerio del Interior que fija texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la

ENTRE (EL CEDENTE ), [ ] (EL CESIONARIO ), De fecha { } de { } de 2016

BASES CONCURSO GANA LA CAMISETA DE CHILE

Transcripción:

CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO DE INVERSIÓN SURA RENTA INMOBILIARIA

CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS FONDO DE INVERSIÓN SURA RENTA INMOBILIARIA En Santiago de Chile, a de de 2013, entre ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS SURA S.A., representada por doña Maria Marta de Aguirre, de nacionalidad Argentina, estado civil casada, de profesión Actuaria, cédula nacional de identidad N 21.614.657-3, y don Rodrigo Mujica Ateaga, de nacionalidad chilena, estado civil casado, de profesión Ingeniero Agrónomo, cédula nacional de identidad N 4.532.910-0, todos con domicilio para estos efectos en Avenida Apoquindo 4.820, comuna de Las Condes, Santiago, en adelante, indistintamente la "Administradora", por una parte y, por la otra, don, cédula nacional de identidad N, domiciliado para estos efectos en, comuna de, Santiago, en adelante, el "Promitente Suscriptor", se ha convenido el siguiente Contrato de Promesa de Suscripción de Cuotas, en adelante, el "Contrato": PRIMERO: ANTECEDENTES Uno. La sociedad "Administradora General de Fondos SURA S.A.", antes ING Administradora General de Fondos S.A., se constituyó por escritura pública de fecha 9 de Julio de 2008, otorgada en la Notaría de Santiago de don Humberto Santelices Narducci. Su existencia fue autorizada mediante Resolución Exenta Nº 616 de fecha 13 de Octubre de 2008 de la Superintendencia de Valores y Seguros y un extracto de dicha autorización fue inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 47.748 número 32.977 del año 2008 y publicado en el Diario Oficial con fecha 16 de Octubre de 2008. Según da cuenta la escritura pública de fecha 28 de diciembre del año 2011 otorgada en la Notaria de don Humberto Santelices Narducci, ING Administradora General de Fondos S.A. acordó modificar la razón social de la sociedad administradora a "Administradora General de Fondos SURA S.A.". La referida modificación de estatutos fue autorizada por la Superintendencia de Valores y Seguros mediante Resolución Exenta Nº 026 de fecha 20 de Enero de 2012. Un extracto del certificado de autorización respectivo emitido por la Superintendencia fue inscrito en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 5790 N 4060 del año 2012 y publicado en el Diario Oficial con fecha 24 de Enero de 2012. Dos. La Administradora organizó y constituyó, de acuerdo a las disposiciones de la citada Ley 18.815, el fondo de inversión denominado FONDO DE INVERSIÓN SURA RENTA INMOBILIARIA, en adelante también el "Fondo", cuyo Reglamento Interno fue aprobado por la Superintendencia por Resolución Exenta Nº 251, de fecha 11de julio de 2013. Tres. El Fondo tendrá una duración de 6 años a contar del día en que la Superintendencia apruebe el Reglamento Interno del Fondo, pudiendo prorrogarse dicho plazo en los términos que determinen los Aportantes del Fondo reunidos en Asamblea Extraordinaria citada por la Administradora especialmente al efecto. Cuatro. El Fondo es un patrimonio integrado por aportes de personas naturales o jurídicas, que se expresan en cuotas de participación (en adelante las "Cuotas") nominativas, unitarias, de igual valor y características, que no pueden ser rescatadas antes de la liquidación del Fondo.

SEGUNDO: CONTRATO DE PROMESA DE SUSCRIPCIÓN DE CUOTAS Uno. Las partes acuerdan dejar constancia que la Administradora ha acordado con el Promitente Suscriptor que la inversión de este último en Cuotas del Fondo se materializará mediante la promesa de suscripción de cuotas al precio de Una (1) Unidades de Fomento por cada cuota, según se indica en párrafo Dos Siguiente. Dos. De conformidad con lo señalado en el párrafo Uno anterior de esta cláusula, por el presente instrumento el Promitente Suscriptor, debidamente representado en la forma que se indica en la comparecencia, promete y se obliga para con la Administradora a suscribir y adquirir para sí una cantidad equivalente a Cuotas al precio de Una (1) Unidad de Fomento cada una, prometiendo la Administradora, debidamente representada según se indica en la comparecencia, concurrir conjuntamente con el Promitente Suscriptor a la celebración de los contratos de suscripción de Cuotas respectivos y entregar a éste las Cuotas correspondientes, todo ello de conformidad con las estipulaciones del presente Contrato. Para estos efectos, se considerará el valor de la Unidad de Fomento de la fecha de la suscripción. El Promitente Suscriptor pagará el Precio de Suscripción a la Administradora (al contado, en dinero efectivo, vale vista o cheque) en el mismo acto de la suscripción. TERCERO: CONTRATOS PROMETIDOS Uno. La suscripción de Cuotas prometida en virtud de la Promesa de Suscripción de Cuotas acordada en el presente acto, se llevará a cabo mediante la celebración de uno o más contratos de suscripción de Cuotas en la forma descrita en esta cláusula Tercera y en términos substancialmente similares a los contenidos en el Contrato de Suscripción de Cuotas, o bien aquél otro texto que se encuentre vigente a la fecha de suscripción de las Cuotas, debidamente aprobado por la Superintendencia (el o los "Contratos Prometidos"). Dos. Los Contratos Prometidos se celebrarán dentro del término de 15 días desde que la Administradora lo requiera al Promitente Suscriptor, mediante carta certificada enviada a su domicilio indicado en el presente instrumento, o bien entregada por mano en el mismo con acuse de recibo. La Administradora comunicará al Promitente Suscriptor y le requerirá la suscripción de Cuotas, en la medida que lo estime necesario a fin de llevar adelante las inversiones del Fondo, de acuerdo con su Reglamento Interno. Los Contratos Prometidos se celebrarán en las oficinas de la Administradora indicadas en este instrumento. Tres. El o los Contratos Prometidos deberán celebrarse en todo caso dentro del plazo que vence el día 30 de Diciembre de 2014. Cuatro. El titulo representativo de las Cuotas que se promete suscribir estará a disposición del Promitente Suscriptor dentro del plazo de cinco días a contar de la fecha de la respectiva suscripción y pago de Cuotas.

CUARTO: CONDICIONES El presente Contrato se encuentra sujeto a las siguientes condiciones resolutorias que no tienen carácter copulativo: (a) La disolución anticipada del Fondo; y (b) La muerte o disolución del Promitente Suscriptor. QUINTO: INCUMPLIMIENTO Uno. La mora o simple retardo del Promitente Suscriptor en el cumplimiento de su obligación de concurrir a la celebración de el o los Contratos Prometidos de conformidad con las estipulaciones del mismo por más de 15 días, dará derecho a la Administradora para optar entre i) la resolución del presente Contrato o ii) el cumplimiento forzado del mismo, con indemnización de perjuicios. Asimismo, en dichos eventos será exigible lo siguiente: (a) En el caso de cumplimiento forzado del presente Contrato, el Promitente Suscriptor pagará al Fondo una multa ascendente al 5% sobre el valor total de suscripción de las Cuotas objeto del presente Contrato por cada día de atraso en la suscripción, cantidad en que las partes avalúan anticipada y convencionalmente los perjuicios derivados del incumplimiento. (b) En el caso de resolución del presente Contrato, las partes avalúan anticipada y convencionalmente los perjuicios derivados del incumplimiento en la cantidad que resulte equivalente al 50% del valor total de suscripción de las Cuotas que el Promitente Suscriptor no hubiere suscrito a la fecha de la resolución. Dos. Las indemnizaciones moratoria y compensatoria indicadas tendrán el carácter de únicas indemnizaciones del Promitente Suscriptor por el incumplimiento del presente Contrato y quedarán a beneficio del Fondo. Tres. La mora o simple retardo de la Administradora en el cumplimiento de su obligación de concurrir a la celebración de uno o más Contratos Prometidos después de haber enviado la notificación a que se refiere el punto Dos de la Cláusula Tercera anterior, dará derecho al Promitente Suscriptor para optar entre (i) la resolución del presente Contrato o ii) el cumplimiento forzado del mismo, ambos con indemnización de perjuicios en conformidad con la ley. SEXTO: CESION DEL CONTRATO Ninguna de las partes del presente Contrato podrá cederlo o transferirlo, ni tampoco podrá ceder o transferir los derechos u obligaciones que de él se derivan, sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de la otra parte.

SÉPTIMO: CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Este Contrato terminará y perderá por tanto vigencia, una vez que se hayan suscrito y pagado la totalidad de las Cuotas prometidas suscribir. OCTAVO: ARBITRAJE Cualquier duda o dificultad que surja entre el Promitente Suscriptor y la Administradora o sus administradores, se resolverá de conformidad con la cláusula de arbitraje establecida en el artículo 52º del Reglamento Interno del Fondo. NOVENO: El presente Contrato se otorga en dos ejemplares de igual tenor y fecha, quedando uno en poder de la Administradora y uno en poder del Promitente Suscriptor. pp. ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS SURA S.A. para FONDO DE INVERSIÓN SURA RENTA INMOBILIARIA PROMITENTE SUSCRIPTOR