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UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL Página 01 PROCEDIMIENTO X SERVICIO Dependencia: FACULTAD Escuela Profesional TÍTULO DEL PROCEDIMIENTO CÓDIGO RESERVA DE MATRÍCULA INTERESADO/ALCANCE Alumno / Personal Docente y Administrativo FECHA NÚMERO DE PASOS Siete (07) TIEMPO ESTIMADO 06 d. 01 hr. DESCRIPCIÓN Conceder licencia a un alumno matriculado que por razones debidamente sustentadas (por enfermedad, situación económica, beca, trabajo o similares) no puede realizar sus estudios. BASE LEGAL: - Ley Universitaria Nº 23733 - Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General - Estatuto de la Universidad-Resolución R. Nº 1258-2001-UNFV - Reglamento General de la Universidad-Resolución R. Nº 3577-2002-UNFV - Reglamento de Organización y Funciones de la UNFV-Resolución R. Nº 8463-2004-UNFV - Cuadro para Asignación de Personal CAP, aprobado con R.R. Nº 1968-2006-UNFV de 28-02-06 - Resolución R. Nº 1537-2005-UNFV, que aprueba la Codificación de Tasas y Tarifas de la UNFV para Recaudación en Bancos 2005 - Compendio de Normas Académicas R. R. Nº 3518-2006-UNFV. REQUISITOS - Solicitud dirigida al Decano, incluyendo justificación sustentada, mediante documentos (salud, trabajo, etc.) - Fotocopia de la última ficha de matrícula - Recibo de pago cancelado S/. COSTO 5.00 COSTO TOTAL

Página Código ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: RESERVA DE MATRICULA PASOS ACCIONES A SEGUIR T.E. Inicio El Oficinista o el Personal Administrativo asignado a Trámite Documentario recibe la solicitud y el expediente; el cual previo registro, mediante Hoja de Trámite lo deriva a la Secretaría Académica. (La Hoja de Trámite es el formato en el cual se consigna la secuencia que sigue el respectivo expediente) 01 hr. 2 Previo Despacho con el Secretario Académico, el Señor Decano, dispone se derive a la Dirección de la Escuela Profesional. 3 La Secretaria de la E. P. recibe el expediente, lo deriva al Director de la Escuela Profesional, quien propone al Señor Decano a los miembros que conformarán la Comisión de Reserva. 4 Los Miembros de la Comisión de Reserva o personal administrativo autorizado, reciben el expediente, evalúan, informan la situación académica del alumno y emite el respectivo dictamen,, el cual firmado y sellado es remitido a la Secretaría Académica. 5 La secretaria de Secretaría Académica recepciona el dictamen y lo deriva al Asistente en Servicio Jurídico, el que previa revisión procede a elaborar la Resolución Decanal de Reserva de Matricula. 6 El Secretario Académico firma la Resolución Decanal; la Secretaria sella la misma y la remite al Decano para su firma. Término La Secretaria del Decano recepciona el expediente, previa firma del Decano en la Resolución Decanal y por disposición del Señor Decano mediante Oficio adjunto al expediente, se remite a la Oficina Central de Registros Académicos y Centro de Cómputo y la OSA de la Facultad, para su ejecución. T.E. = Tiempo Estimado Fecha de Elaboración Fecha de Actualización Resolución de Aprobación

RESERVA DE MATRICULA INICIO Sr. Decano dispone se envíe a la Escuela Profesional Director de E. P. propone al Decano los Miembros de la Comisión de Reserva. Comisión Reserva evalúa, informa situación del alumno, emite dictamen y se remite a Sec. Acad. Sec. Acad. recibe dictamen y deriva a Asist. en Serv. Jurídico para elaborar Res. Dec. de Reserva de Matrícula. Secretario Académico y Decano firman la Res. Dec. Sec. Dec. remite con oficio a OCRACC y OSA de Fac. para ejecución.

UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL Página 01 PROCEDIMIENTO X SERVICIO Dependencia: FACULTAD Escuela Profesional TÍTULO DEL PROCEDIMIENTO CÓDIGO REACTUALIZACIÒN DE MATRÍCULA INTERESADO/ALCANCE Alumno / Personal Docente y Administrativo FECHA NÚMERO DE PASOS Trece (13) TIEMPO ESTIMADO 12 d. 4 hr. 35 DESCRIPCIÓN Regularizar la situación académica del alumno que ha descontinuado sus estudios por causas plenamente justificadas. Aceptada su reactualización el alumno se adecua al Plan Curricular vigente, previa equivalencia de asignaturas. BASE LEGAL: - Ley Universitaria Nº 23733 - Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General - Estatuto de la Universidad-Resolución R. Nº 1258-2001-UNFV - Reglamento General de la Universidad-Resolución R. Nº 3577-2002-UNFV - Reglamento de Organización y Funciones de la UNFV-Resolución R. Nº 8463-2004-UNFV - Cuadro para Asignación de Personal CAP, aprobado con R.R. Nº 1968-2006-UNFV de 28-02-06 - Resolución R. Nº 1537-2005-UNFV - Compendio de Normas Académicas R. R.Nº 3518-2006-UNFV. REQUISITOS - Solicitud dirigida : a) Al Decano hasta por diez años de ausencia o b) Al Vice Rector Académico por ausencia mayor de diez años - Constancia de Ingreso (OCRACC) - Récord o Historial Académico, vigente. - Documentos que sustentan las razones del abandono temporal de los estudios. - Tasas Académicas: Por trámite Derecho de examen Por año dejado de estudiar. S/. COSTO 5.00 6.00 30.00 70.00 30.00 COSTO TOTAL

Página Código ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: REACTUALIZACIÓN DE MATRÍCULA PASOS ACCIONES A SEGUIR T.E. Inicio El Oficinista o el Personal Administrativo asignado a Trámite Documentario recibe la solicitud y el expediente; el cual previo registro, mediante Hoja de Trámite lo deriva a la Secretaría Académica. (La Hoja de Trámite es el formato en el cual se consigna la secuencia que sigue el respectivo expediente) 01 hr. 2 Previo Despacho con el Secretario Académico, el Señor Decano, dispone se derive a la Dirección de la Escuela Profesional. 3 La Secretaria de la Escuela Profesional recepciona el expediente y lo deriva al Técnico Administrativo quien evalúa que cumpla con los requisitos establecidos 4 Cumplido el Director de la E. P. dispone se envíe a la Oficina de Servicios Académicos, para informar sobre la situación académica del alumno. 5 Previa recepción, el técnico de la OSA emite el respectivo informe, el cual firmado y sellado por el Jefe, es devuelto a la Escuela Profesional. 6 Previa recepción por la Secretaria el Director de la E. P. Dispone se derive el expediente a la Comisión de Reactualización de Matrícula, o empleado Administrativo Responsable, para revisión, evaluación y dictamen de procedencia o no. 7 La Comisión de Reactualización emite el dictamen y lo envía a la Escuela Profesional. 8 Previa recepción, la secretaria de la E. P. mediante oficio firmado por el Director, se remite a la Secretaria Académica. 9 La secretaria de Secretaria Académica recepciona el expediente y lo deriva al Asistente en Servicio Jurídico, quien elabora la Resolución Decanal autorizando la Reactualizacion de matricula; luego lo deriva para la firma y sello del Secretario Académico. 10 La Secretaria de la Secretaría Académica, remite la Resolución Decanal al Decanato para la firma y sello del Decano. 11 La Secretaria de la Secretaria Académica remite copias de la Resolución Decanal a la Oficina de Servicios Académicos, al Vice Rectorado Académico y a la Oficina Central de Registros Académicos y Centro de Cómputo para su ejecución. 12 La Oficina Central de Registros Académicos, recepciona la resolución y remite a la Facultad la carpeta de matricula. 15 5 1 día 5 5 días 1 día 2 días 1 hr. 2 hrs 2 días Término Entrega de la carpeta de matricula al alumno. 10 T.E. = Tiempo Estimado Fecha de Elaboración Fecha de Actualización Resolución de Aprobación

REACTUALIZACIÓN DE MATRÍCULA INICIO Sr. Decano dispone se envíe a la Escuela Profesional Téc. Adm,t. de E. P. evalúa que cumpla requisitos Director E.P. dispone se envíe a OSA para informar situación alumno. Téc. OSA informa y devuelve a Esc. Prof. Director E. P. dispone se envíe a Comisión de Reactualización para evaluación y dictamen. Comisión de Reactualización emite dictamen y deriva a Esc. Prof. Director E. P. envía con oficio a Sec. Acad. Sec. Acad. envía a Asist. en Serv. Jurídico para Res. Dec. autorizando la Reactualización de Matrícula. Cumplido se deriva a firma y sello del Sec. Acad. y Señor Decano Sec. Acad. remite copia de la R. D. A OSA, VRAC, OCRACC, para ejecución OCRACC remite a la Facultad la Carpeta de Matrícula. Se entrega Carpeta de Matrícula al alumno.

UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL Página 01 PROCEDIMIENTO X SERVICIO Dependencia: FACULTAD Escuela Profesional TÍTULO DEL PROCEDIMIENTO CÓDIGO TABLA DE EQUIVALENCIA INTERESADO/ALCANCE Alumnos que efectúan Reactualización de Matrícula / Personal Docente y FECHA Administ. UNFV NÚMERO DE PASOS Siete (07) TIEMPO ESTIMADO 04 d. 01 hr. 5 DESCRIPCIÓN Reconocer los créditos aprobados por el alumno a fin de completar el 100% de créditos correspondiente a su Plan de Estudios. BASE LEGAL: - Ley Universitaria Nº 23733 y sus modificatorias - Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General - Estatuto de la UNFV, aprobado mediante R.R. Nº 1258-2001-UNFV de 23-11-01. - Reglamento General de la UNFV, aprobado mediante R.R. Nº 3577-2002-UNFV. - Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado con R.R. Nº 8463-04-UNFV - Cuadro para Asignación de Personal CAP, aprobado con R.R. Nº 1968-2006-UNFV de 28-02-06 - R. R. Nº 4146-2007-UNFV, Modifica la R. R. Nº 1537-2005-UNFV REQUISITOS - Solicitud dirigida al Decano de la Facultad - Récord Académico actualizado - Recibo de pago por : Tabla de Equivalencia S/. COSTO 6.00 5.00 COSTO TOTAL

Página Código ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: TABLA DE EQUIVALENCIA PASOS ACCIONES A SEGUIR T.E. Inicio Obra en los archivos de la Facultad la Tabla de Equivalencia de los diferentes planes curriculares. 2 El Oficinista o el Personal Administrativo asignado a Trámite Documentario recibe la solicitud y el expediente; el cual previo registro mediante Hoja de Trámite lo deriva a la Secretaría Académica. (La Hoja de Trámite es el formato en el cual se consigna la secuencia que sigue el respectivo expediente) 3 Previo Despacho con el Secretario Académico, el Señor Decano, dispone se derive a la Dirección de la Escuela Profesional. 4 La secretaria de la Escuela Profesional, recepciona el expediente y lo deriva al Técnico Administrativo, quien previa revisión, procede a evaluar, compara el plan curricular con que ingresó el alumno con el vigente y elabora el informe para ser firmado por el Director y luego se deriva a Secretaria Académica. 5 La secretaria de Secretaria Académica, recepciona el informe, previa revisión procede a elaborar el documento, para la firma y sello del Secretario Académico y luego se deriva al Decano para su visto bueno. 6 La secretaria de la Secretaria Académica remite a la Dirección de la Escuela Profesional, el documento sobre la Tabla de Equivalencia. 01 hr. Término La Secretaria de la Dirección de la Escuela Profesional procede a entregar el respectivo documento a la Oficina de Servicios Académicos y al alumno. 05 mín T.E. = Tiempo Estimado Fecha de Elaboración Fecha de Actualización Resolución de Aprobación

TABLA DE EQUIVALENCIA INICIO Sr. Decano dispone se envíe a la Escuela Profesional Téc. Adm,t. de E. P. revisa, evalúa, compara plan curricular, elabora informe, el cual es firmado por Director, quien remite a Sec. Acad. Secretaria de Sec. Acad. elabora documento, el cual es firmado por Sec. Acad. y derivado a Decano para Visto La Secretaria de la Sec. Acad. remite a la Escuela Prof. el documento sobre Tabla de Equivalencia. La Sec. De la Esc. Prof. entrega documento a la OSA y al alumno

UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL Página 01 PROCEDIMIENTO X SERVICIO Dependencia: FACULTAD Escuela Profesional TÍTULO DEL PROCEDIMIENTO CÓDIGO SUBSANACIÓN DE ASIGNATURAS INTERESADO/ALCANCE Alumnos / Personal Docente y Administrativo FECHA NÚMERO DE PASOS Quince (15) TIEMPO ESTIMADO 19 d. 02 hr. DESCRIPCIÓN Se aplicará a los alumnos que para concluir sus estudios profesionales tuvieren una asignatura anual o dos semestrales desaprobadas, que no sean pre-requisitos entre ellas Asimismo, se concede examen de subsanación para los casos de asignaturas que ya no se dictan por cambio del Plan Curricular y que no tengan equivalencia. BASE LEGAL: - Ley Universitaria Nº 23733 - Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General - Estatuto de la Universidad-Resolución R. Nº 1258-2001-UNFV - Reglamento General de la Universidad-Resolución R. Nº 3577-2002-UNFV - Reglamento de Organización y Funciones de la UNFV-Resolución R. Nº 8463-2004-UNFV - Cuadro para Asignación de Personal CAP, aprobado con R.R. Nº 1968-2006-UNFV de 28-02-06 - Resolución R. Nº 1537-2005-UNFV - Compendio de Normas Académicas R.R. Nº 3518-2006-UNFV. REQUISITOS - Solicitud dirigida al Decano. - Récord o Historial Académico actualizado. - Ficha de matrícula de las asignaturas desaprobadas a subsanar - Recibo de pago cancelado: a) Primera opción b) Segunda opción S/. COSTO 6.00 82.00 164.00 COSTO TOTAL

Página Código ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: SUBSANACIÓN DE ASIGNATURAS PASOS ACCIONES A SEGUIR T.E. Inicio El Oficinista o el Personal Administrativo asignado a Trámite Documentario recibe la solicitud y el expediente; el cual previo registro, mediante Hoja de Trámite lo deriva a la Secretaría Académica. (La Hoja de Trámite es el formato en el cual se consigna la secuencia que sigue el respectivo expediente) 01 hr. 2 Previo Despacho con el Secretario Académico, el señor Decano dispone se derive a la Comisión de Subsanación, designada anualmente por el Decano y aprobada por el Consejo de Facultad. 3 El Jurado para el Examen de Subsanación, o empleado administrativo autorizado, procede a revisar los expedientes, si cumplen con los requisitos señalados. 4 El Director de la Escuela Profesional de acuerdo al cronograma académico fija fecha y hora para el examen. 5 Terminado el examen de subsanación, el jurado procede a su calificación y junto con el expediente los entrega, con cargo, a la Dirección de la Escuela Profesional, la que dispone su publicación. 01 hr. 2 días 1 día 1 día 6 El alumno tiene dos días para presentar reclamo al Decano mediante solicitud. 2 días 7 La secretaria de la Escuela Profesional, elabora el oficio, el cual firmado y sellado, remite a la Secretaria Académica para la elaboración de la Resolución Decanal. 8 La secretaria de la Secretaría Académica, recepciona el expediente y lo deriva al Asistente en Servicios Jurídico para que proyecte la Resolución Decanal autorizando el Examen de Subsanación. 9 La Resolución Decanal firmada y sellada por el Secretario Académico y el Decano, se remite a la OSA. 10 Vencido el plazo para los presuntos reclamos, la secretaria de la Oficina de Servicios Académicos recepciona la Resolución y lo deriva al Operador para que proceda a imprimir las pre actas, las cuales son remitidas a la Escuela Profesional. 11 La secretaria de la Escuela Profesional, recepciona las pre actas y las deriva al Jurado calificador quien procede a consignar las notas y firmarlas; luego las deriva a la OSA. 12 La secretaria de la OSA, recepciona las pre actas y las deriva al operador para que proceda al registro de las notas al sistema. Concluido las deriva a la OSA 13 La secretaria de la OSA, elabora el oficio remitiendo el disquete, las pre actas procesadas y la Resolución de Subsanación a la Oficina Central de Registros Académicos y Centro de Cómputo-OCRACC. 14 La Secretaria de la Oficina Central de Registros Académicos y Centro de Cómputo, recepciona las pre actas y previo despacho con la Jefatura, se deriva a la Oficina de Registros, a fin que el Técnico Administrativo proceda a imprimir las Actas Definitivas, remitiendo a la Facultad para que sean firmadas, selladas y lacradas y devueltas a OCRACC. Término La OCRACC otorga el Récord Académico y Certificados correspondientes. 1 día 2 días 1 día 1 día 1 día 1 día 2 día 3 días 1 día T.E. = Tiempo Estimado Fecha de Elaboración Fecha de Actualización Resolución de Aprobación

SUBSANACIÓN DE ASIGNATURAS INICIO Sr. Decano dispone se envíe a Comisión de Subsanación o Admt. Responsable Comisión o Admt. Responsable requisitos revisa si cumple Director de E. P. según cronograma fija fecha y hora para examen. Terminado examen Jurado califica. Concluido entrega con expediente a Dirección de Esc. Prof., la dispone su publicación. Alumno tiene dos días para reclamo Sec. Esc. Prof. remite a Sec. Acad. para Resolución Dec., autorizando el examen de subsanación Res. Dec. firmada y sellada se remite a la OSA Vencido el plazo para el reclamo, la OSA remite R. D. Al Operador, para imprimir actas y derivarlas a la Esc. Prof. Esc. Prof. recepciona actas y deriva a Jurado calificador para consignar notas, firmar y las deriva a la OSA Sec. OSA deriva al Operador p. registro notas en sistema. Concluido las devuelve a Sec. quien mediante oficio envía a OCRACC diskette, pre actas procesadas y Res, Dec. Previa recepción Sec. OCRACC deriva a Oficina de Registro, p. q. Téc. Admt. imprima Actas Definitivas, luego remite a Fac. para firma, sello. Lacradas son devueltas a OCRACC. OCRACC, entrega Récord Acad. y Certificados

UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL Página 01 PROCEDIMIENTO X SERVICIO Dependencia: FACULTAD Escuela Profesional TÍTULO DEL PROCEDIMIENTO CÓDIGO CICLO DE REGULARIZACIÓN ACADÉMICA (Regularización de Asignaturas) INTERESADO/ALCANCE ALUMNOS REGULARES Y ALUMNOS PROVENIENTES DE OTRAS FECHA UNIVERSIDADES DEL PAÍS Y DEL EXTRANJERO NÚMERO DE PASOS Dieciséis (16) TIEMPO ESTIMADO 02m. 27d. 1hr 5 DESCRIPCIÓN Permite regularizar la situación académica del alumno que no ha concluido sus estudios profesionales por adeudar tres asignaturas anuales o cuatro semestrales que no registra matricula o tenga nota cero (00). Asimismo, para los alumnos provenientes de otras Universidades del país y en el caso de Revalidación de los Grados Académicos y/o Títulos Profesionales obtenidos en el extranjero, que luego del proceso de convalidación adeuden asignaturas del Plan de Estudios de la Facultad de destino o Facultad afín. BASE LEGAL: - Ley Universitaria Nº 23733 y sus modificatorias - Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativa General - Estatuto de la UNFV, aprobado mediante R.R. Nº 1258-2001-UNFV de 23-11-01 - Reglamento General de la UNFV, aprobado mediante R.R. Nº 3577-2002-UNFV - Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado con R.R. Nº 8463-04-UNFV - Cuadro de Asignación para Personal, aprobado mediante R.R. Nº 1968-2006-UNFV - Resolución Rectoral Nº 1537-2005-UNFV. - Compendio de Normas Académicas, R.R.Nº 3518-2006-UNFV. REQUISITOS Solicitud dirigida al Decano de la Facultad - Récord Académico actualizado - Recibo de pago por (por crédito) : Regularización Académica (Regularización de Asignaturas) COSTO S/. 6.00 30.00 COSTO TOTAL

Página Código ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: CICLO DE REGULARIZACIÓN ACADÉMICA (Regularización de Asignaturas) Pasos ACCIONES A SEGUIR T.E. Inicio El Oficinista o el Personal Administrativo asignado a Trámite Documentario recibe la solicitud y el expediente; el cual previo registro, mediante Hoja de Trámite lo deriva a la Secretaría Académica. (La Hoja de Trámite es el formato en el cual se consigna la secuencia que sigue el respectivo expediente) 01 hr. 2 Previo Despacho con el Secretario Académico, el Señor Decano, dispone se derive a la Dirección de la Escuela Profesional. 3 La Secretaria de la Escuela Profesional recepciona el expediente y lo deriva a la Comisión del Ciclo de Regularización Académica, o empleado administrativo Responsable de revisar las asignaturas cursadas, evaluar el expediente y dictaminar si es factible que el alumno se matricule en el curso de regularización. Evaluado el expediente, éste es devuelto a Trámite Documentario para comunicar al alumno el resultado. 4 Si el resultado es procedente, la secretaria de la Escuela Profesional lo envía a la Oficina de Servicios Académicos, para procesar la matrícula de las asignaturas a estudiar. 5 Una vez culminado el proceso de recepción de expedientes y matricula, el Técnico Administrativo procede a elaborar el Proyecto de Presupuesto el cual es firmado por el Director de la Escuela Profesional y lo remite a Secretaría Académica para elaborar la Resolución Decanal, así como la Resolución Decanal que autorice la matricula de las respectivas asignaturas.. 6 La secretaria de Secretaria Académica recepciona el documento y lo deriva al Asistente en Servicio Jurídico para que elabore la Resolución Decanal, una vez emitida, es firmada y sellada por el Secretario Académico con el visto bueno del Decano. 7 La secretaria de Secretaria Académica elabora el oficio con visto bueno del Decano y envía la Resolución Decanal al Vice Rectorado Académico para tramitar su ratificación mediante Resolución Rectoral 8 Una vez concluido el curso de regularización, el operador del sistema de matricula de la Oficina de Servicios Académicos procede ha imprimir las Pre Actas. 9 La secretaria de la OSA elabora el oficio, una vez firmado y sellado por el Jefe de la oficina, remite las pre actas a la Escuela Profesional para que los profesores procedan a consignar las notas respectivas. 10 La Secretaria de la Escuela Profesional elabora el oficio, una vez firmado y sellado por el Director, remite las Pre Actas a la Oficina de Servicios Académicos. 11 La secretaria de la Oficina de Servicios Académicos, recepciona las pre actas y las deriva al operador para que proceda a ingresar las notas respectivas. 12 La secretaria de la Oficina de servicios Académicos elabora el oficio con visto bueno del Decano y procede a enviar las pre actas, adjuntando el diskette que contiene la información procesada a la Oficina Central de Registros Académicos y Centro de Computo-OCRACC. 13 El Técnico Administrativo de la Oficina de Registros de la Oficina Central de Registros Académicos y Centro de Cómputo, recepciona las pre actas y procede a imprimir las Actas Definitivas (original y dos copias) y remitirlas a la Facultad. 14 La secretaria del Decanato recepciona las Actas Definitivas y a través de un proveído las deriva a la Escuela Profesional para la firma del docente del curso ó Director. 15 La secretaria de Dec. elabora el oficio remitiendo a OCRACC las actas definitivas firmadas, selladas y lacradas (original y dos copias), quedando para el archivo de la Facultad las copias, las cuales tienen que estar selladas por la OCRACC. 03 días 03 días 60 días s 03 días 02 días 02 días 05 días 02 días 02 días Término El Operador Pad de la Oficina de Servicios Académicos procede a entregar al solicitante la respectiva Boleta de Notas. 5 mín. T.E. = Tiempo Estimado Fecha de Elaboración Fecha de Actualización Resolución de Aprobación

CICLO DE REGULARIZACIÓN ACADÉMICA (Regularización de Asignaturas) INICIO Sr. Decano dispone se envíe a Dirección de Esc. Prof. A Comisión de Reg. Acad. o Empl. Resp. de evaluar y dictaminar si es factible que alumno se matricule. Evaluado se devuelve a Trámite Doc. Para comunicar al alumno., SI Procede NO A OSA para procesar matrícula de asignaturas. Concluido proceso de Mat. Téc. Admt. Elabora Ppto., firma Director E. P. y se envía a Sec. Acad. y Asist. en Serv. Jurídico para Res. Dec. aprobando matrícula y Ppto. Sec. de Sec. Acad. con Oficio visado por Decano envía R.D. a VRAC para ratificar mediante R.R. Concluido Curso de Reg. Operador de Sist. de Mat. de OSA imprime Pre Actas Con oficio OSA remite Pre Actas a Esc. Prof. para q Prof. consignen notas. Concluido se devuelve a OSA con Oficio. Sec. OSA deriva al Operador p. registro notas en sistema. Concluido las devuelve a Sec. quien mediante oficio envía a OCRACC diskette, pre actas. Previa recepción Sec. OCRACC deriva a Oficina de Registro, p. q. Téc. Admt. imprima Actas Definitivas, luego remite a Fac. para firma de Profesor del Curso o Director. Sec. Dec. con Oficio deriva a OCRACC originales de Actas Definitivas, quedando copias en archivo, lasa cuales tienen que estar selladas por OCRACC. Operador PAD de OSA entrega al Solicitante la respectiva Boleta de Notas

UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL Página 01 PROCEDIMIENTO X SERVICIO Dependencia: FACULTAD Escuela Profesional TÍTULO DEL PROCEDIMIENTO CÓDIGO CICLO VACACIONAL: NIVELACIÒN Y ADELANTO DE ASIGNATURAS INTERESADO/ALCANCE Alumno / Personal Docente y FECHA Administrativo NÚMERO DE PASOS Dieciséis (16) TIEMPO ESTIMADO 02 m. 27d. 01 hr. 5 DESCRIPCIÓN Reparar y nivelar curricularmente a los alumnos que tengan únicamente asignaturas desaprobadas y permitir adelantar asignaturas aquellos alumnos que estuvieron invictos en el periodo académico anterior. BASE LEGAL: - Ley Universitaria Nº 23733 - Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General - Estatuto de la Universidad-Resolución R. Nº 1258-2001-UNFV - Reglamento General de la Universidad-Resolución R. Nº 3577-2002-UNFV - Reglamento de Organización y Funciones de la UNFV-Resolución R. Nº 8463-2004-UNFV - Cuadro de Asignación para Personal, aprobado mediante R.R. Nº 1968-2006-UNFV - Resolución R. Nº 1537-2005-UNFV - Compendio de Normas Académicas R. R. Nº 3518-2006-UNFV. REQUISITOS - Solicitud dirigida al Decano. - Recibo de pago por crédito. - Récord Académico actualizado o Boleta de Notas del ciclo académico anterior. S/. COSTO 25.00 COSTO TOTAL

Página Código ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: CICLO VACACIONAL: NIVELACIÓN DE ASIGNATURAS Y ADELANTO Pasos ACCIONES A SEGUIR T.E. Inicio El Oficinista o el Personal Administrativo asignado a Trámite Documentario recibe la solicitud y el expediente; el cual previo registro, mediante Hoja de Trámite lo deriva a la Secretaría Académica. (La Hoja de Trámite es el formato en el cual se consigna la secuencia que sigue el respectivo expediente) 01 hr. 2 Previo Despacho con el Secretario Académico, el Señor Decano dispone se derive a la Dirección de la Escuela Profesional. 3 La Secretaria de la Escuela Profesional recepciona el expediente y lo deriva a la Comisión o los Técnicos Administrativos Responsables de evaluar el expediente y determinar si es factible que el alumno se matricule en el Ciclo Vacacional. Evaluado el expediente, éste es devuelto a Trámite Documentario para comunicar al alumno el resultado. 4 Si el resultado es procedente, la secretaria de la Escuela Profesional lo envía a la Oficina de Servicios Académicos, para efectuar la respectiva matrícula. 5 Una vez culminado el proceso de recepción de expedientes y matricula, el Técnico Administrativo procede a elaborar el Proyecto de Presupuesto el cual es firmado por el Director de la Escuela Profesional y lo remite a la Secretaría Académica para la elaboración de la respectiva Resolución Decanal. 6 La secretaria de Secretaria Académica recepciona el documento, y lo deriva al Asistente en Servicio Jurídico para que elabore la Resolución Decanal, una vez emitida es firmada y sellada por el Secretario Académico, con el visto bueno del Decano. 7 La secretaria de Secretaria Académica elabora el oficio con visto bueno del Decano y envía la Resolución Decanal al Vice Rectorado Académico para tramitar su ratificación mediante Resolución Rectoral 8 Una vez concluido el Ciclo Vacacional, el operador del sistema de matricula de la Oficina de Servicios Académicos procede a imprimir las Pre Actas. 9 La secretaria de la OSA elabora el oficio, una vez firmado y sellado por el Jefe de la oficina, remite las pre actas a la Escuela Profesional para que los profesores procedan a consignar las notas respectivas. 10 La Secretaria de la Escuela Profesional elabora el oficio, una vez firmado y sellado por el Director remite las Pre Actas a la Oficina de Servicios Académicos. 11 La secretaria de la Oficina de Servicios Académicos, recepciona las pre actas y las deriva al operador para que proceda a ingresar las notas respectivas. 12 La secretaria de la Oficina de servicios Académicos elabora el oficio con visto bueno del Decano y se procede a enviar las pre actas adjuntando el diskette que contiene la información procesada a la Oficina Central de Registros Académicos y Centro de Computo - OCRACC. 13 El Técnico Administrativo de la Oficina de Registros de la Oficina Central de Registros Académicos y Centro de Cómputo, recepciona las pre actas y procede a imprimir las Actas Definitivas (original y dos copias) y remitirla a la Facultad. 14 La secretaria del Decanato recepciona las Actas Definitivas y a través de un proveído lo deriva a la Escuela Profesional para la firma del docente del curso ó Director. 15 La secretaria elabora el oficio remitiendo las actas definitivas firmadas, selladas y lacradas (original y dos copias), quedando para el archivo de la Facultad las copias, las cuales tienen que estar selladas por la OCRACC. Término El Operador Pad de la Oficina de Servicios Académicos procede a entregar al solicitante la respectiva Boleta de Notas. T.E. = Tiempo Estimado Fecha de Elaboración Fecha de Actualización Resolución de Aprobación 03 días 03 días 60 días 03 días 02 días 02 días 05 días 02 días 02 días 5 mín.

CICLO VACACIONAL: NIVELACIÓN DE ASIGNATURAS Y ADELANTO INICIO Decano dispone se envíe a Dirección de Esc. Prof. A Comisión Ciclo Vac. o Téc- Adm,t- Resp. de evaluar y dictaminar si es factible que alumno se matricule. Evaluado se devuelve a Trámite Doc. Para comunicar al alumno., SI Procede NO A OSA para procesar matrícula de asignaturas. Concluido proceso de Mat. Téc. Admt. elabora Ppto., firma Director E. P. y se envía a Sec. Acad. y Asist. en Serv. Jurídico para Res. Dec. aprobando matrícula y Ppto. Sec. de Sec. Acad. con Oficio visado por Decano envía R.D. a VRAC para ratificar mediante R.R. Concluido Curso de Reg. Operador de Sist. de Mat. de OSA imprime Pre Actas Con oficio OSA remite Pre Actas a Esc. Prof. para q Prof. consignen notas. Concluido se devuelve a OSA con Oficio. Sec. OSA deriva al Operador p. registro notas en sistema. Concluido las devuelve a Sec. quien mediante oficio visado por Decano se envía a OCRACC diskette, pre actas. Previa recepción Sec. OCRACC deriva a Oficina de Registro, p. q. Téc. Admt. imprima Actas Definitivas, luego remite a Dec. de Fac. para firma de Profesor del Curso, por medio de Prov. a Director Esc. Prof. Sec. Dec. con Oficio deriva a OCRACC originales de Actas Definitivas, quedando copias en archivo, lasa cuales tienen que estar selladas por OCRACC. Operador PAD de OSA entrega al Solicitante la respectiva Boleta de

UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL Página 01 PROCEDIMIENTO X SERVICIO Dependencia: FACULTAD Escuela Profesional TÍTULO DEL PROCEDIMIENTO CÓDIGO EXAMEN DE APLAZADOS INTERESADO/ALCANCE Alumno / Personal Docente y Administrativo FECHA NÚMERO DE PASOS Cuatro (04) TIEMPO ESTIMADO 03 d. DESCRIPCIÓN Examen que le permite al alumno desaprobado, al término del ciclo académico, la oportunidad de aprobar hasta un máximo de tres asignaturas. BASE LEGAL: - Ley Universitaria Nº 23733 - Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General - Estatuto de la Universidad-Resolución R. Nº 1258-2001-UNFV - Reglamento General de la Universidad-Resolución R. Nº 3577-2002-UNFV - Reglamento de Organización y Funciones de la UNFV-Resolución R. Nº 8463-2004-UNFV - Cuadro de Asignación para Personal, aprobado mediante R.R. Nº 1968-2006-UNFV - Resolución R. Nº 1537-2005-UNFV - Compendio de Normas Académicas R.R. Nº 3518-2006-UNFV. REQUISITOS - Solicitud dirigida al Decano. - Recibo de pago por asignatura - Récord Académico - Ficha de Matrícula de las asignaturas desaprobadas a subsanar. S/. COSTO 10.00 COSTO TOTAL

Página Código ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: EXAMEN DE APLAZADOS PASOS ACCIONES A SEGUIR T.E. Inicio Los alumnos que al término del ciclo académico obtengan nota desaprobatoria podrán rendir examen de aplazados, hasta un máximo de tres (03) asignaturas, en la fecha programada en el Calendario Académico. 2 El alumno hace entrega del recibo al momento que ingresa a rendir el examen. 3 El Docente de la asignatura procede a la evaluación del examen. Término El Docente entrega al alumno la calificación obtenida. T.E. = Tiempo Estimado Fecha de Elaboración Fecha de Actualización Resolución de Aprobación

EXAMEN DE APLAZADOS INICIO Alumno entrega recibo al momento de rendir examen El Docente de la Asignatura procede a la evaluación del examen Docente entrega al alumno la calificación obtenida.

UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL Página 01 PROCEDIMIENTO X SERVICIO Dependencia: FACULTAD Escuela Profesional TÍTULO DEL PROCEDIMIENTO CÓDIGO CONSTANCIA DE EGRESADO INTERESADO/ALCANCE EGRESADOS Y GRADUADOS / PERS. DOC. Y ADMIN. DE LA FAC. FECHA NÚMERO DE PASOS Seis (06) TIEMPO ESTIMADO 04 d. 01 hr. 05 DESCRIPCIÓN Constancia que acredita que el alumno ha concluido satisfactoriamente sus estudios profesionales. BASE LEGAL: - Ley Universitaria Nº 23733 - Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General - Estatuto de la Universidad-Resolución R. Nº 1258-2001-UNFV - Reglamento General de la Universidad-Resolución R. Nº 3577-2002-UNFV - Reglamento de Organización y Funciones de la UNFV-Resolución R. Nº 8463-2004-UNFV - Cuadro de Asignación para Personal, aprobado mediante R.R. Nº 1968-2006-UNFV - R. R. Nº 1537-2005-UNFV, Codificación de Tasas y Tarifas de la UNFV para recaudación en Bancos 2005. REQUISITOS - Solicitud dirigida al Decano de la Facultad. - Record Académico actualizado - Constancia de ingreso, original - Recibos de pago - Copia de Tabla de Equivalencia (si fuese el caso) - Constancia de Cursos Extracurriculares (Ingresantes a partir de 1994) S/. COSTO 6.00 5.00 15.00 COSTO TOTAL

Página Código ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: CONSTANCIA DE EGRESADO PASOS ACCIONES A SEGUIR T.E. Inicio El Oficinista o el Personal Administrativo asignado a Trámite Documentario recibe la solicitud y el expediente; el cual previo registro, mediante Hoja de Trámite lo deriva a la Secretaría Académica. (La Hoja de Trámite es el formato en el cual se consigna la secuencia que sigue el respectivo expediente) 01 hr. 2 Previo Despacho con el Secretario Académico, el Señor Decano dispone se derive a la Escuela Profesional. 3 Previa recepción, la Secretaria de la Escuela Profesional deriva el expediente al Director o al Técnico Administrativo responsable, a fin que previa verificación, se evalúe que el alumno hubiere concluido con las asignaturas del Plan Curricular. Cumplido es derivado a la Secretaría Académica. 4 La secretaria de la Secretaría Académica, recepciona el expediente y procede a elaborar la respectiva Constancia para la firma y sello del Secretario y posterior envío al Señor Decano. 5 Recibida la Constancia por la Secretaría del Decanato, se deriva para firma del Señor Decano Término La Secretaria del Decano, entrega al Interesado la Constancia de Egresado, firmada y sellada por el Secretario Académico y Decano. 05 T.E. = Tiempo Estimado Fecha de Elaboración Fecha de Actualización Resolución de Aprobación

CONSTANCIA DE EGRESADO INICIO Decano dispone se envíe a Dirección de Esc. Prof. La Sec. de la Esc. Prof. deriva exp. a Director o Téc. Admt. Responsable, para verificar, evaluar que alumno hubiere concluido las asignaturas del Plan Curricular. Recibida la Constancia se deriva al Sr. Decano para firma. Sec. del Decano entrega al interesado la Constancia.

EL PROCEDIMIENTO ES DE OCRACC UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL Página 01 PROCEDIMIENTO X SERVICIO Dependencia: FACULTAD TÍTULO DEL PROCEDIMIENTO CÓDIGO CONSTANCIA DE NO HABER EFECTUADO TRASLADO INTERNO INTERESADO/ALCANCE ALUMNOS REGULARES FECHA NÚMERO DE PASOS DESCRIPCIÓN TIEMPO ESTIMADO Procedimiento que le permite al alumno la obtención de la Constancia de no haber efectuado Traslado Interno anteriormente. BASE LEGAL: - Ley Universitaria Nº 23733 y sus modificatorias - Estatuto de la UNFV, aprobado mediante R.R. Nº 1258-2001-UNFV de 23-11-01. - Reglamento General de la UNFV, aprobado mediante R.R. Nº 3577-2002-UNFV. - Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado con R.R. Nº 8463-04-UNFV REQUISITOS - Solicitud dirigida al Decano de la Facultad - Récord Académico actualizado - Recibo de pago por : Constancia S/. COSTO 5.00 COSTO TOTAL

Página Código ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: CONSTANCIA DE NO HABER EFECTUADO TRASLADO INTERNO. PASOS ACCIONES A SEGUIR T.E. Inicio El oficinista de Trámite Documentario recepciona el expediente y lo deriva al Decanato de la Facultad. (La Hoja de Trámite es el formato en el cual se consigna la secuencia que sigue el respectivo expediente) 02 hrs. 1 La secretaria del Decanato recepciona y mediante Proveído lo deriva a la Oficina de Servicios Académicos. 2 La Secretaría de la Oficina de Servicios Académicos recepciona el expediente y lo deriva al técnico administrativo para que elabore el Informe y se eleve a Secretaría Académica para emisión de la Constancia. 3 La Secretaria de Secretaria Académica recepciona el informe y procede ha elaborar la Constancia para la firma del Secretario Académico y se derive al Señor Decano para su visto bueno. 4 La Secretaria del Decanato, recepciona la constancia y entrega al Decano para su firma y sello respectivo, la cual es devuelta a Secretaría Académica. Término Se entrega al solicitante la Constancia. 05 mín. T.E. = Tiempo Estimado Fecha de Elaboración Fecha de Actualización Resolución de Aprobación