BASES REGULADORAS DE LA CONCESION DE SUBVENCIONES DE FOMENTO DE EMPLEO DIRIGIDO A EMPRENDEDORES

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BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE EMPRESARIOS Y COMERCIANTES PARA EL AÑO 2016.

Transcripción:

BASES REGULADORAS DE LA CONCESION DE SUBVENCIONES DE FOMENTO DE EMPLEO DIRIGIDO A EMPRENDEDORES 1º.- OBJETO Y AMBITO. El objeto de esta convocatoria es favorecer la generación de empleo a través de la promoción del establecimiento de jóvenes emprendedores por cuenta propia mediante la concesión de subvenciones para la creación de la actividad empresarial. 2º.- BENEFICIARIOS. Podrán acogerse a esta convocatoria aquellas personas que se hayan establecido como trabajadores autónomos en el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2013, siempre que reúnan los siguientes requisitos: a) Haberse dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, en el régimen especial por cuenta propia que corresponda o mutualidad del Colegio Profesional correspondiente en la Comunidad Autónoma de Aragón. b) Estar empadronado en alguno de los municipios que forman la Comarca del Bajo Aragón. c) Estar dado de alta en el censo de actividades económicas d) Que el centro de trabajo esté ubicado en alguno de los municipios de la Comarca del Bajo Aragón. e) No estar incurso en alguna de las prohibiciones previstas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 3º.- OBILGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS. a) Realización de la actividad. Los beneficiarios están obligados a realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención, así como las condiciones y requisitos que se establezcan en el acuerdo de concesión. b) Mantenimiento de la actividad. Deberá mantenerse la actividad empresarial durante al menos 12 meses. En caso de incumplimiento, el beneficiario vendrá obligado a reintegrar la ayuda percibida conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. c) Actuaciones de control. Los beneficiarios deberán someterse a las actuaciones de comprobación por parte de la Comarca del Bajo Aragón. 4º.- COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS. Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria, serán compatibles con otras ayudas otorgadas por otras Administraciones Públicas. En el caso de que se hayan solicitado otras subvenciones, se hará constar en la instancia esta circunstancia, y su otorgamiento, cuando sea posterior a la solicitud, deberá comunicarse a la Comarca del Bajo Aragón. El importe de las subvenciones, en ningún caso podrá ser de cuantía que, aislada, o conjuntamente, supere el coste de la actividad, de conformidad con la Ley General de Subvenciones. 5º.- SUBVENCIONES Y CUANTÍAS. Por el establecimiento por cuenta propia, podrán solicitarse siguientes ayudas para los gastos de puesta en marcha e inicio de la actividad, hasta un máximo de 4.000,00 euros. 6º.- CREDITOS PRESUPUESTARIOS.- Las subvenciones convocadas se concederán, en su caso, con cargo a la aplicación presupuestaria 241.47000 del presupuesto de la Comarca para 2013, cuya dotación asciende a la cantidad de 20.000.

7º.- PRESENTACION DE SOLICITUDES. Las solicitudes se presentarán en impreso normalizado, según Anexo, en el Registro General de la Comarca del Bajo Aragón o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, acompañadas de los siguientes documentos: a) Fotocopia del documento de identidad del solicitante. b) Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a que hace referencia la Ley General de Subvenciones. c) Certificados de estar al corriente de pago de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. d) Documento de alta en el censo de actividades económicas. e) Documento de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o mutualidad del Colegio Profesional correspondiente. f) Certificado de empadronamiento. g) Ficha de Terceros h) Declaración responsable de las subvenciones recibidas de instituciones públicas o privadas. i) Proyecto empresarial 8º.- PLAZO DE PRESENTACIÓN. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel. 9º.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN. Las ayudas se otorgarán por el procedimiento de concurrencia competitiva, valorándose las solicitudes presentadas de acuerdo a los siguientes criterios y baremos: Creación empleo: Se concederá un punto por cada puesto de trabajo de nueva creación, con un máximo de cinco puntos. A los efectos del cómputo de puestos se tendrá en cuenta las altas de autónomos del empresario individual, así como la contratación de trabajadores autónomos dependientes y altas de trabajadores por cuenta ajena en cualquiera de sus modalidades. Si las solicitudes no reuniesen los requisitos necesarios para su tramitación, se requerirá por escrito al solicitante para que subsane los defectos detectados en el plazo de diez días, quedando apercibido de que, de no hacerlo así, se le tendrá por desistido de su petición y se archivarán las actuaciones sin más trámite, conforme a lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992. La instrucción del procedimiento corresponderá al Área de Hacienda, Desarrollo Económico y Régimen Interior La valoración de las solicitudes se realizará por los miembros de la Comisión Informativa de Hacienda. 10º.- RESOLUCION. La Junta de Gobierno será el órgano competente para la resolución de las solicitudes de subvención, a la vista de las propuestas formuladas por la Comisión Informativa de Hacienda El plazo máximo para resolver las solicitudes será de cinco días Los acuerdos de resolución de la Junta de Gobierno agotan la vía administrativa, pudiendo interponerse contra los mismos recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo dictó, o directamente,

recurso contencioso-administrativo en los plazos y con los requisitos establecidos en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 11º. EJECUCIÓN DEL PROYECTO Y JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN. El período de ejecución de los proyectos subvencionados de conformidad con estas bases abarcará desde el 1 de enero al 30 de noviembre de 2013. El plazo de justificación finalizará el 20 de diciembre de 2013. Los beneficiarios que no justifiquen la totalidad o parte de la ayuda económica concedida dentro del plazo establecido perderán automáticamente el derecho a recibirla. La acreditación de la realización del proyecto o actividad subvencionada se realizará mediante la declaración de justificación, y a ella se acompañará: a) Declaración responsable del beneficiario de que ha sido cumplida la finalidad para la cual se otorgó la subvención, conforme al proyecto presentado, y que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Asimismo, deberá estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Comarca, y no ser deudor por resolución de reintegro. b) Relación de los gastos totales del proyecto con referencia a las facturas o documentos de pago, con aportación de facturas, recibos o documentos de pago y justificante bancario del pago, todos ellos originales, cuyo importe haya sido abonado con cargo a la subvención concedida, indicando el concepto del gasto realizado. c) Las facturas habrán de reunir los requisitos exigidos, con carácter general, en el Real Decreto 2401/1985, de 18 de diciembre. En todo caso, habrán de estar fechadas en el ejercicio económico para el que haya sido concedida la subvención d) Deberán presentarse originales para ser compulsados, en su caso, y sellados por el órgano gestor de la subvención y serán devueltos a los interesados a la mayor brevedad posible. En las facturas se dejará constancia de que han sido utilizadas como justificante de la subvención percibida. e) A los efectos de justificación se considerarán importes subvencionables los que dentro de los plazos establecidos en las presentes bases, de manera indubitada respondan a la naturaleza del proyecto para los que se solicita la subvención. En ningún caso se considerará importe subvencionable el IVA soportado, cuando este sea deducible para el beneficiario de la subvención. 12º.- PAGO DE LAS AYUDAS. El pago de las ayudas se efectuará una vez justificado documentalmente el cumplimiento de los requisitos exigidos 13º.- MODIFICACION Y REINTEGRO DE LAS AYUDAS CONCEDIDAS Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvencione so ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, podrán dar lugar a la modificación de la subvención. Darán lugar a la obligación de reintegrar las cantidades percibidas, así como la exigencia del interés de demora desde la fecha del pago de la subvención hasta que se acuerde la procedencia del reintegro, los supuestos previstos en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones y de conformidad con lo establecido en los artículos 91, 92 y 93 del Real Decreto 887/2006. Lo dispuesto en los párrafos anteriores será de aplicación sin perjuicio de la posible calificación de los hechos como infracción administrativa e incoación del correspondiente procedimiento sancionador, de conformidad con los artículos 52 y siguientes de la Ley General de Subvenciones y el título IV del Real Decreto 887/2006. 14º.- ACEPTACION DE LAS BASES.- La presentación de la solicitud de la ayuda implica la aceptación de las obligaciones contenidas en las presentes Bases.

15º.- MEDIDAS DE GARANTÍA A FAVOR DEL INTERES PÚBLICO. La Comarca del Bajo Aragón podrá realizar los controles administrativos e inspecciones que considere oportunos, a fin de comprobar la veracidad de los datos consignados en la documentación presentada, así como el cumplimiento de los requisitos para la percepción de la ayuda. El beneficiario estará obligado a colaborar en dicha inspección proporcionando los datos requeridos y facilitando, en su caso, el acceso a dependencias donde se realizan las actividades. 16º. RÉGIMEN JURÍDICO. La presente convocatoria se realiza con sujeción a lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones; Ley 38/2003, General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo (RD 887/2006, de 21 de julio); bases de ejecución del presupuesto comarcal para 2013, normativa estatal y autonómica de régimen local y demás disposiciones que resultaren aplicables. En Alcañiz, a 14 de noviembre de 2013

ANEXO I MODELO SOLICITUD SUBVENCION CONVOCADA POR LA COMARCA DEL BAJO ARAGÓN DE FOMENTO DE EMPLEO DIRIGIDO A EMPRENDEDORES Identificación del solicitante D/Dña. con D.N.I. en nombre propio,/o en representación de con CIF y en calidad de de la misma con domicilio a efectos de notificaciones Población Tel. Fax Móvil e- mail Solicitud Enterado de la convocatoria efectuada por la Comarca del Bajo Aragón, y publicada en el BOPTE núm:. de fecha... de subvenciones de fomento de empleo dirigido a emprendedores. Considerando que reúne los requisitos señalados en la convocatoria, SOLICITA: participa en la convocatoria de referencia, mediante la concesión de una subvención por importe de.. con destino a la realización del protecto/actividad.., aportando la documentación requerida a tal efecto, en el tiempo y forma establecidos. DECLARA que en virtud de esta solicitud acepto todas y cada una de las Bases que rigen la presente convocatoria. En.., a..de.. de 2013 Fdo. Documentos que se acompañan según Bases de la Convocatoria D.N.I. Fotocopiaڤ del Declaraciónف responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a que hace referencia la Ley General de Subvenciones. Certificadosف de estar al corriente de pago de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. económicas. Documento de alta en el censo de actividades ف Documento de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o Mutualidad del ف Colegio Profesional correspondiente. empadronamiento. Certificado de ف Ficha de terceros ف privadas. Declaración responsable de las subvenciones recibidas de instituciones públicas o ف Proyecto empresarial ف SRA. PRESIDENTA DE LA COMARCA DEL BAJO ARAGON C/ MAYOR, Nº 22-44600 ALCAÑIZ

ANEXO II DECLARACION RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIONES PARA SER BENEFICIARIO DE SUBVENCIONES D/Dña. con D.N.I. en nombre propio,/o en representación de con CIF y en calidad de de la misma con domicilio a efectos de notificaciones Población DECLARO BAJO MI ENTERA RESPONSABILIDAD, no encontrarme inhabitado para ser beneficiario de subvenciones de las Administraciones Públicas. Y para que conste y surta sus efectos donde convenga, lo firmo y rubrico, en.a de de 2013 Fdo.. SRA. PRESIDENTA DE LA COMARCA DEL BAJO ARAGON C/ MAYOR, Nº 22-44600 ALCAÑIZ

ANEXO III DECLARACION RESPONSABLE DE LAS SUBVENCIONES RECIBIDAS D/Dña. con D.N.I. en nombre propio,/o en representación de con CIF y en calidad de de la misma con domicilio a efectos de notificaciones Población DECLARA BAJO MI ENTERA RESPONSABILIDAD: La no recepción de otras subvenciones para el abono de la totalidad de los costes derivados del proyecto para el que se solicita subvención. La recepción de otras subvenciones, siguientes: Organismo Denominación de Cuantía Fecha de la concedente la subvención concesión/solicitud Y para que conste y surta sus efectos donde convenga, lo firmo y rubrico, en.a de de 2013 Fdo.. SRA. PRESIDENTA DE LA COMARCA DEL BAJO ARAGON C/ MAYOR, Nº 22-44600 ALCAÑIZ

ANEXO IV FICHA DE TERCEROS C/ Mayor, 22 Solicitud de Alta 44600 Alcañiz Tfno. 978 83 43 86 Solicitud de modificación de datos A RELLENAR POR EL INTERESADO N.I.F. o C.I.F. (1) (Se cumplimentarán los datos a máquina o en letras mayúsculas) Nombre o razón social (2).. Nombre Comercial Domicilio.......Nº.Piso, Escalera, Pta. Población...... Código Postal Provincia..Teléfono.. Actividad Económica...... Los datos identificativos y bancarios que figuran en esta ficha deberán ser tenidos en cuenta a partir de esta fecha en todo pago que deba efectuarse al que suscribe por la Comarca del Bajo Aragón. En.. a. de de... EL INTERESADO,* * Cuando se trate de persona jurídica, debe incluir sello. A RELLENAR POR LA ENTIDAD BANCARIA CÓDIGO DE CUENTA Certifico: Que los datos bancarios reseñados corresponden a la cuenta que el titular de referencia tiene abierta en esta entidad. Fecha:

ANEXO V INSTANCIA ABONO SUBVENCION Identificación del solicitante D/Dña en nombre propio/en represtación de de con CIF y en calidad de del mismo SOLICITA EL ABONO DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA POR LA COMARCA DEL BAJO ARAGON Identificación de la subvención concedida Fecha de concesión: Finalidad: Importe concedido: Documentos que se presentan Certificación acreditativa de que se ha cumplido la finalidad para la que se concedió la subvención, incluyendo una relación numerada de los gastos realizados, así como de la percepción de los ingresos que financien las actividades subvencionadas. Facturas u otros justificantes del gasto realizado en documento original. Justificantes de pago. En, a de de 2013. Fdo.. SRA. PRESIDENTA DE LA COMARCA DEL BAJO ARAGON.- C/ MAYOR, Nº 22-44600 ALCAÑIZ

ANEXO VI DECLARACION RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LA FINALIDAD D/Dña. con D.N.I. en nombre propio,/o en representación de con CIF y en calidad de de la misma con domicilio a efectos de notificaciones Población DECLARO: Primero.-Que se ha cumplido la finalidad para la que se concedió la subvención destinada a por importe de: Segundo.- Que los gastos realizados con cargo a la subvención son los siguientes: Nº DE FECHA Nº ORDEN FACTURA FACTURA EMISOR O PROVEEDOR CONCEPTO 1 2 3 4 5 6 7 ( si el cuadro no es suficiente, presentar otro de similares características) TOTAL IMPORTE TOTAL Y para que conste y surta sus efectos donde convenga, lo firmo y rubrico, en.a de de 2013 Fdo..