otorgamiento de primera patente municipal profesional 1.- Titulo profesional autorizado ante Notario o cotejado por el funcionario municipal receptor del documento. 2.- Contrato de arriendo o escritura pública de compraventa o boletas de servicios a nombre del titular del inmueble en que se desarrollará la actividad. 3.- Inscripción de Iniciación de actividades o cambio de domicilio en el de Impuestos Internos. 4.- Formulario de Solicitud de Patentes referido al artículo N 145 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (cuando proceda). NOTA: El artículo N 145 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, se refiere a que no es necesario el cambio de destino de un inmueble habitacional, para el ejercicio de un actividad profesional, si su principal destino subsiste como habitacional 5.- Certificado de Recepción Final o Cambio de Destino del inmueble emitido por el Departamento de Catastro e Inspección Realizable en línea? 1.- Presentación de solicitud en Departamento de Rentas Municipales con todos los antecedentes enumerados en la primera columna.- 2.- Revisión y verificación de los antecedentes presentados por parte del personal de Rentas Municipales.- 3.- Ingreso de datos presentados por el contribuyente al Sistema Computacional. 4.-Si los antecedentes requieren de algún trámite interno especial se entrega una colilla con el número de ingreso y se solicita al contribuyente que vuelva en x días más, dependiendo del trámite. 5.-Si el contribuyente cumple con todos los antecedentes se otorga patente profesional 6.-En la Sección Rentas se efectúa el cálculo de la patente y se emite el Certificado de Pago. Lugar donde se realiza Información El valor anual de la patente corresponde a 1 UTM del mes de Mayo de cada año Javiera Carrera 511 - FONO: 2781017 - EMAIL: rentas@municipalidadchimbarongo.com
Realizable en línea? de Otorgamiento de Patente de Alcohol Para todo tipo de Contribuyente 1.- Fotocopia de Carnet de Identidad 2.- Certificado de Residencia 3.-Contrato de arriendo o escritura pública de la propiedad donde se desarrollará la actividad. 3.- Formulario de Iniciación de Actividades o de Apertura de Sucursal, según sea el caso, emitido por el SII. 4.-Certificado de Recepción Final o cambio de destino del inmueble de acuerdo al giro solicitado emitido por la Dirección de Obras.-( Este documento se tramita internamente) 5.-Escritura Pública de Constitución de la Sociedad y sus modificaciones posteriores si las hubiere y copia de Protocolización de Extracto Social (en caso de persona jurídica), Publicación extracto Diario Oficial, Inscripción Registro de Comercio.- 6.- Aprobación SEREMI de Salud ( negocios con manipulación de alimentos y Aprobación del decreto 10 a salones de Baile o Discotecas ) 7.- Certificado de antecedentes de los Socios ( si procede) 8.- Declaración Jurada Art. 4º Ley Nº 19.925, de los socios (si procede) 9.- Certificado del Gerente General de la composición del directorio (S.A.) 10.-Fotocopia de carnet (socios extranjeros) 11.-Vigencia de la sociedad. 12.-Locales con régimen de copropiedad, adjuntar Reglamento de Copropiedad del Edificio. 13.-Certificado de Distribución de Capital Propio (Casa Matriz) Contribuyente que vienen de otras Comunas 15.-Formulario traslado de domicilio emitido por el SII. 16.- El contribuyente debe acercarse a la Unidad de Rentas con todos los antecedentes que se enumeran en la columna " antecedentes" para continuar con el trámite de obtención de la patente de alcohol. 17.- El Contribuyente Ingresa Solicitud de patente, posterior al ingreso de la solicitud se remite oficio a la Dirección de Obras, solicitando la factibilidad de instalación de local con venta de bebidas alcohólicas indicando la dirección exacta en la cual se desarrollará la actividad.- 18.- La Dirección de Obras emite un pre informe en el cual se indica si el plano regulador permite la actividad en el sector solicitado y si el inmueble tiene recepción final acorde al giro solicitado.
19- En paralelo el Departamento de Rentas solicita informe a la Junta de Vecinos que corresponda al sector, solicitando su opinión respecto a la instalación del negocio y a Carabineros cuando se trate de las patentes de Depósito de Bebidas Alcohólicas, Bar, Cabaret y salones de Baile respecto de las distancias con Establecimientos de Educación, de salud, Penitenciarios, de Recintos Militares o Policiales, de Terminales y Garitas de locomoción Colectiva ( Este trámite es interno) Lugar donde se realiza Información 20 - Con los antecedentes anteriormente solicitados se envían las solicitudes a la Comisión de Alcoholes para ser revisadas y aprobadas en cumplimiento a la facultad que le otorga la Ley Orgánica de Municipalidades. 21.-Completados todos los antecedentes se envían al Alcalde para su aprobación en el Concejo Municipal. 22.- Secretaria Municipal confecciona el Decreto Alcaldicios de Autorización de Funcionamiento respectivo. 23.- Notificación del Decreto Alcaldicios de Autorización de Funcionamiento al interesado por el Departamento de Rentas Municipales. 24.-El Departamento de Rentas Municipales, procede hacer los cálculos y emite la patente El valor lo fija la ley 19.925 de alcoholes en su artículo 3º desde las letras A a la Q, se cobra en UTM del mes. Dirección: Javiera Carrera 511 Chimbarongo Teléfono:2781017 / 2781041 anexo 119
otorgamiento de primera Patente Municipal, Comercial o Industrial para todos los Contribuyentes 1.- Fotocopia Carne de Identidad 2.-Contrato de arriendo o escritura pública de compraventa del inmueble en que se ejercerá la actividad 3.- Formulario de inicio de actividades realizado ante el de Impuestos Internos 4.- Certificado de Residencia 5.- Escritura Pública de Constitución de la Sociedad y sus modificaciones posteriores si las hubiere y copia de Protocolización de Extracto Social (en caso de persona jurídica) Contribuyentes que vienen de Otras Comunas 6.-Acompañar boletín de pago del último semestre en la Comuna de Origen y Certificado de no deuda emitido por ésta donde conste que no mantiene deuda pendiente con esa Comuna. 7.-Certificado de Cambio de Domicilio emitido por el de Impuestos Internos.- Casos Especiales 8.- Resolución Seremi de Salud para ( negocios con manipulación de alimentos,talleres mecánicos, todas las patentes que vayan con patente anexa de alcohol, jardines infantiles, casas de reposo y establecimientos educacionales y otros que se calificaran en las oficinas de Rentas) 9.-Certificado OS-10 emitido por Carabineros de Chile (el cual aplica a las empresa de s de Seguridad) 10.-Certificado de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (aplica para las bombas de bencina o estaciones de servicio) 11.-Carnét de autorización del Ministerio de Salud (aplica para Cosmetólogas y Podólogas) 12.-Certificado de Superintendencia de Bancos o Entidades financieras (aplica para compañías financieras y casas de cambio) 13.-Certificado de Superintendencia de Seguros (aplica para las Compañías de Seguro) 14.-Certificado de inscripción en los registros del Ministerio de Economía (aplica para martilleros público 15.-Certificado de antecedentes de la personal natural o de los socios en caso de sociedades(con vigencia 60 días y aplica para cafeterías u otros establecimientos similares) 16.-Certificado de Distribución de Capital Propio (en caso que presente sucursal con casa matriz en otra comuna) 17.-Certificado de Apertura de Sucursal ante el de Impuestos Internos (cuando se trata de sucursal) 18.-Formulario de solicitud de Patentes referido al artículo N 145 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones
Realizable en línea? NOTA: se refiere a que no es necesario el cambio de destino de un inmueble habitacional, para la instalación de pequeños comercios o industrias artesanales, si su principal destino subsiste como habitacional 19.- El contribuyente debe acercarse a la Unidad de Rentas con todos los antecedentes que se enumeran en la columna " antecedentes" para continuar con el trámite de obtención de la patente. 20.- El Contribuyente Ingresa Solicitud de patente, posterior al ingreso de la solicitud se remite oficio a la Dirección de Obras, solicitando la factibilidad de instalación de local, indicando la dirección exacta en la cual se desarrollará la actividad.- Lugar donde se realiza Información 21.- La Dirección de Obras emite un pre informe en el cual se indica si el plano regulador permite la actividad en el sector solicitado y si el inmueble tiene recepción final acorde al giro solicitado; Si este no tuviera recepción definitiva se ajustara al plazo máximo de 01 año, estipulado en el art.26, inciso 03 de la Ley de Rentas Municipales. 22.- Secretaria Municipal confecciona el Decreto Alcaldicios de Autorización de Funcionamiento respectivo. 23.- Notificación del Decreto Alcaldicios de Autorización de Funcionamiento al interesado por el Departamento de Rentas Municipales. 24.-El Departamento de Rentas Municipales, procede hacer los cálculos y emite la patente El valor lo fija en base al capital propio del contribuyente Dirección: Javiera Carrera 511 Chimbarongo Teléfono:2781017 / 2781041 anexo 119
Convenios de pago Patentes Municipales. 1.Codigo Tributario, Art. 192 inciso primero 2. Ley de Rentas Municipales 3.Decreto Alcaldicios Nº 720 del 18.03.2003 que Faculta al Jefe de Administración y Finanzas a firmar convenios de pago Requisitos Específicos Personas Jurídicas Fotocopia RUT representante legal y/o quien lo represente con un Poder Notarial que indique expresamente que es para realizar convenios por Patentes Municipales Morosos en la Municipalidad de Chimbarongo. Realizable en línea? Lugar donde se realiza - Persona Natural: Fotocopia del Carnet de Identidad y/o quien lo represente con un Poder Notarial que indique expresamente que es para realizar convenios por Patentes Municipales Morosos en la Municipalidad de Providencia. Requisitos generales 1. Cumplir con el Art. 30 de la Ley de Rentas Municipales, si al momento de efectuar el Convenio de pago, los antecedentes de dominio de la Patente no están actualizados se deberá presentar copia con vigencia del Extracto de la modificación respectiva otorgado por el Registro de Comercio en el Departamento de Rentas para su actualización. 2. Certificado de Deuda emitido por el Departamento de Rentas Municipales que indique expresamente el nombre del Representante Legal o persona natural vigente. 3. Carta que acredite su imposibilidad de pagar al contado 5. No tener convenios vigentes. 6. Pago de la 20% de deuda al momento de efectuar el convenio, saldo en cuotas 1.- Presentarse en el Departamento de Rentas Municipales a solicitar el Certificado de Deuda Dirigirse al Departamento de Rentas con los requisitos específicos y generales que correspondan para efectuar el Convenio, debe efectuarse aprobación del Jefe de Administración y Finanzas, una vez aprobado éste, puede dirigirse a realizar convenio. 2. Una vez aprobado y firmado el Convenio, debe dirigirse a las Cajas de Tesorería Municipal a pagar Suscripción de Convenio 20% de deuda. Las cuotas restantes las puede pagar Cajas de Tesorería Municipal. De acuerdo a Certificado de Deuda 1. El Certificado de Deuda debe ser solicitado en el Departamento de Rentas Municipales, Javiera Carrera 511
Información 2. El Convenio con todos los antecedentes requeridos debe ser efectuado en Departamento de Rentas Municipal, Javiera Carrera Nª 511 "- La suscripción del convenio implica la suspensión del procedimiento de apremio, esta suspensión operara mientras el deudor se encuentra cumpliendo con el pago de las cuotas del Convenio " - El incumplimiento en el pago de una o más cuotas, implicará la inmediata caducidad del mismo, haciéndose exigible el total de lo adeudado. - Los contribuyentes que no cumplan con el pago de las cuotas de Convenio serán denunciados al Juzgado de Policía Local por infracción a la Ley de Rentas Municipales" - El contribuyente en mora estará afecto a un interés penal del 1,5% mensual, por cada mes o fracción de mes, en caso de mora, en el pago de todo o de la parte que adeudare de patentes, contribuciones o derechos. Este interés se calculara sobre los valores reajustados. (Código Tributario Art 53,54 y 55). Las cuotas de convenio serán reajustadas y se les aplicara el interés mensual acumulado a la fecha de pago.