El órgano competente para instruir y resolver en el presente procedimiento será la Gerencia de la Universidad de Córdoba.

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Transcripción:

INSTRUCCIÓN POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACION DE SOLICITUDES EN BASE A LA RESOLUCIÓN RECTORAL DE 20 DE MARZO DE 2013 POR LA QUE SE DETERMINA EL COMPLEMENTO DE LAS PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE CORDOBA. La Resolución Rectoral de 20 de marzo de 2013 por la que se determina el complemento de las prestaciones por incapacidad temporal del personal de la Universidad de Córdoba tiene por objeto dar cumplimiento a las previsiones del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en relación con la situación de incapacidad temporal del personal al servicio de la Universidad de Córdoba y a las previsiones de la disposición adicional trigésima octava de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 2013. En la citada Resolución se establece en su articulo 3.5 que se abonarán igualmente desde el primer día una cantidad equivalente al 100% de las retribuciones que vinieran disfrutando en el mes anterior al causarse la incapacidad, en los siguientes supuestos excepcionales: En base a este último párrafo el presente procedimiento establece el protocolo de actuaciones para llevar a cabo la tramitación de la prestación económica establecida en la Resolución citada, sin perjuicio de la obligación de presentar el parte de baja en el Servicio de Administración de Personal. Articulo 1. Inicio del procedimiento. a) El procedimiento se iniciará a solicitud de persona interesada en todos los supuestos recogidos en el punto 5 del articulo 3, de la Resolución Rectoral de 20 de marzo de 2013. El órgano competente para instruir y resolver en el presente procedimiento será la Gerencia de la Universidad de Córdoba. b) En los supuestos de los puntos 3 y 4 del artículo 3 de la mencionada Resolución Rectoral se percibirá el 100% de las retribuciones. Articulo 2. Trámite de solicitud El formulario de solicitud, que se adjunta como ANEXO 1 a este procedimiento, se presentará en el registro de la Universidad de Córdoba. A este se unirá grapado un sobre cerrado que contendrá el modelo que se

adjunta como ANEXO 2 al procedimiento y copia de la documentación actualizada del proceso que motiva la IT. En el sobre se consignará el nombre del interesado y la leyenda CONFIDENCIAL PARA LA UNIDAD DE VIGILANCIA DE LA SALUD. Articulo 3. Unidad de Vigilancia de la Salud. La Unidad de Vigilancia de la Salud del Servicio de Prevención de Riesgos, conocerá de los supuestos previstos en el articulo 3.5 de la citada Resolución y emitirá informe sobre, si el supuesto excepcional argumentado es de similar gravedad al establecido por el Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave. Así mismo, una vez emitido el asesoramiento requerido, incluirá en el expediente sanitario personal, los datos proporcionados que considere relacionados con el desempeño del puesto de trabajo del solicitante. Articulo 4. Servicio de Prevención de Riesgos El Servicio de Prevención de Riesgos a la vista de las solicitudes presentadas y en base a los informes de la Unidad de Vigilancia de la Salud, remitirá mensualmente cada día 10, vía e-mail, a la Gerencia, un informepropuesta sobre la procedencia del abono del 100% de las retribuciones desde el primer día de la baja por incapacidad temporal, de todas las solicitudes recibidas, antes del último día del mes anterior. Las propuestas denegatorias deberán venir motivadas. Articulo 5. Resolución La Gerencia de la Universidad de Córdoba, a la vista del informepropuesta emitido por el Servicio de Prevención de Riesgos, realizará una doble comunicación: a) A la Unidad de Retribuciones y Seguridad Social, dándole cuenta de las solicitudes estimadas, a fin de que regularice lo que proceda. b) Al interesado, vía E-mail, caso de haber sido estimada su solicitud, o por escrito, con las debidas garantías, en caso de denegación.

Articulo 6. Recurso Contra la Resolución denegatoria, que no agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector Magnífico, en el plazo de un mes, desde la notificación de la misma. Córdoba 30 de Abril de 2013 EL GERENTE Fdo.- Antonio José Cubero Atienza

ANEXO 1 SOLICITUD PARA EL RECONOCIMIENTO DEL ABONO DEL CIEN POR CIEN DEL COMPLEMENTO DE INCAPACIDAD TEMPORAL SEGÚN RESOLUCIÓN RECTORAL DE 20 DE MARZO DE 2013 1. Datos personales Primer apellido Segundo apellido Nombre 2. Datos laborales Puesto DNI Teléfono E-mail Centro Campus Dirección Colectivo Teléfono PAS PDI Otros Funcionario Laboral 3. Fecha de inicio de la incapacidad temporal 4. Documentación que se aporta (*) Justificante de la estancia hospitalaria emitida por centro hospitalario Informe médico que reconozca la práctica de la intervención quirúrgica Informe médico que especifica la patología padecida Otros 5. Lugar, fecha y firma En Córdoba, a de de Fdo.. (*) Autorizo a la Unidad de Vigilancia de la Salud para la custodia en mi expediente clínico-laboral de la documentación aportada que considere oportuna. SR. GERENTE DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA (SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES)

ANEXO 2 Relación de excepciones contempladas en el artículo 3.5 de la Resolución Rectoral de 20 de marzo de 2013 por la que se determina el complemento de las prestaciones por incapacidad temporal del personal de la Universidad de Córdoba. ( ) Hospitalización ( ) Intervención quirúrgica ( ) Enfermedad grave, dentro de los supuestos que establece el Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio. ( ) Enfermedad grave por supuesto de similar gravedad al punto anterior, determinado por el facultativo médico adscrito al Servicio de Prevención. ( ) Embarazo ( ) Procesos de incapacidad temporal que impliquen tratamientos de radioterapia, quimioterapia o diálisis. ( ) Enfermedades ocasionadas por situaciones de riesgo psicosocial. ( ) Incapacidad temporal derivada por motivos de violencia de género. ( ) Fibromialgia ( ) Incapacidad derivada de alcoholismo y otros hábitos tóxicos. Nota: Deberá determinar el supuesto o supuestos a los que se acoge y acompañar la documentación acreditativa que estime conveniente. Relación de documentos que se acompañan: Córdoba a de de 20 Fdo.--------------------------------------------------------