FGC. renfe. Viajeros CONVENIO COMERCIAL ENTRE RENFE VIAJEROS S.A. Y FERROCARRILS DE LA GEN ERALITAT DE CATALUNYA

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Transcripción:

renfe Viajeros CONVENIO COMERCIAL ENTRE RENFE VIAJEROS S.A. Y FERROCARRILS DE LA GEN ERALITAT DE CATALUNYA PARA LA COMERCIALIZACIÓN DEL BILLETE COMBINADO TRENATURA Y SKITREN NURIA 1

renfe Viajeros CONVENIO COMERCIAL ENTRE RENFE VIAJEROS Y FERROCARRILS DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA, PARA LA COMERCIALIZACIÓN DEL BILLETE COMBINADO TRENATURA Y SKITREN NURIA Madrid, a 14 de noviembre de 2016 REUNIDOS De una parte, RENFE VIAJEROS, S.A, (en adelante Renfe Viajeros) con domicilio social en Madrid, Avenida de Pío XII, 110, con C.l.F. número A- 86868189, constituida el día once de diciembre de 2013, ante el Ilustre Notario de Madrid D. José Manuel Senante Romero bajo el número de su Protocolo 3.553, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid Torno 31 997, folio 1, sección 8 y hoja M-575733, representada por O. RAMON AZUARA SANCHEZ debidamente autorizado por dicha Sociedad, cuyos poderes ostenta. Y de otra FERROCARRILS DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA, (en adelante ), con domicilio en c. deis Vergós n 44, de Barcelona, con C.I.F. Q 0801576 J, representada en este acto por Dña. LAURA VIVES 1 CLAVERO, responsable comercial d Turisme i Muntanya. Ambas partes con plena capacidad jurídica para otorgar el presente Convenio comercial y sus representantes con poderes suficientes para obligar a sus representadas. EXPONEN L- Que las dos entidades coinciden en la conveniencia de establecer un Convenio comercial, que se denominará TreNatura Núria o, en el caso de incluir también el forfait de esquí en la citada estación, Skitren Núria. II.- El presente Convenio comercial, tendrá como fundamento el viaje en tren de cercanías y el ferrocarril cremallera hasta Vali denúria. 111.-Que ambas entidades están interesadas en colaborar conjuntamente, de anera que sus fines se fortalezcan y en virtud de lo expresado en los exponen anteriores, acuerdan suscribir el presente Convenio comercial con arreglo a las siguientes, 2

renfe Viajeros CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO El presente Convenio comercial tiene como objeto establecer las Condiciones a las que se ajustará el producto TreNatura Núria y Skitren Nuria consistente en el viaje en el tren de Cercanías desde cualquier estación del Núcleo de Cercanías de Barcelona hasta la estación de Ribes de Fresser y regreso a la estación de origen y el ferrocarril cremallera hasta VaIl de Núria y regreso. El producto TreNatura Núria y Skitren Nuria se podrá adquirir en todas las estaciones del núcleo de cercanías de Barcelona. Los precios que figuran en el Anexo n 1 no son acumulables a ninguna otra oferta de las tarifas de títulos monomodales del servicio de cercanías de Barcelona aprobadas por el consejo de Administración de la ATM y publicadas en el DOG N 6530 de fecha 30-12-2014. SEGUNDA.- CARACTERISTICAS OPERATIVAS DELPRODUCTO Independientemente del origen del viaje, la estación de destino para acceder al producto TreNatura Núria y Skitren Nuria será la estación de Ribes de Fresser, en la línea R3 del ámbito de cercanías de Barcelona. Los portadores del TreNatura Núria y Skitren Nuria, podrán acceder dentro de los horarios habituales de la estación de esquí Ribes de Fresser durante uno de los dos días de validez del billete. El viaje de vuelta será válido hasta la finalización del servicio regular del día siguiente a la fecha de inicio de validez. TERCERA.- OBLIGACIONES POR PARTE DE Renfe Viajeros 3.1 Renfe Viajeros está obligada a transportar en tren de Cercanías a los portadores del billete combinado desde cualquier estación del ámbito de Cercanías de Barcelona hasta la estación de Ribes de Fresser, así como el viaje de regreso desde la citada estación hasta el punto de origen. 3.2 Renfe Viajeros emitirá los siguientes documentos al usuario del producto TreNatura Núría y Skítren Nuria: 7. Un billete magnético VALIDO PARA VIAJAR, donde se indicará la modalidad y el precio del combinado: 3 cc2c Fcaris de la Generalitat de Cataiunya

renfe Viajeros Skitren (Tren + Cremallera + Forfait): NURIA+SKI AD, en la modalidad ADULTO NURIA+SKI Nl, en la modalidad NINO TreNatura (Tren + Cremallera): NURIA+CRE,en la modalidad ADULTO NURIA+CRE Nl, en la modalidad NINO Un duplicado del mismo NO VALIDO PARA VIAJAR, que será recogido por el personal de como seguimiento y control de las ventas. Los billetes serán impresos en los soportes habituales de Renfe Viajeros en papel con fondo de seguridad, figurando el precio, la empresa emisora y el CIF. 3.3 Se compromete a asumir y responder todas aquellas reclamaciones o quejas de los clientes que pudieran presentarse por motivos imputables al transporte en tren, asumiendo las responsabilidades y las indemnizaciones a que pudieran dar lugar, incluyendo las que se presenten en el propio producto TreNatura Núria y Skitren Nuria. CUARTA.- OBLIGACIONES POR PARTE DE 4.1 Considerará como válido para acceder a las Pistas de esquí Ribes de Fresser, la copia del billete TreNatura Núria y Skitren Nuria. 4.2 Se compromete a respondertodas aquellas reclamaciones o quejas de los clientes que pudieran presentarse relacionadas con la entrada a sus instalaciones, asumiendo las responsabilidades yo indemnizaciones a que pudieran dar lugar, incluyendo las que pudieran presentarse en Renfe Viajeros. QUINTA- MARKETING Y PUBLICIDAD Las partes podrán hacer uso de los medios que estimen más convenientes para divulgar y extender en su mayor amplitud el contenido del presente producto combinado. La publicidad que se derive del presente Convenio comercial, que se realizará con sumisión estricta a la normativa vigente, contemplará siempre la imagen corporativa de cada parte. Renfe Viajeros facilitará las indicaciones de imagen corporativa que sean precisas. 4

renfe Viajeros Las dos partes establecerán, de común acuerdo, las cantidades que serán aportadas por cada empresa para acciones publicitarias que estimen oportunas desarrollar. SEXTA.- LIQUIDACIÓN DE LAS VENTAS Renfe Viajeros practicará liquidación de las ventas realizadas durante la vigencia de este Convenio comercial, mensualmente por meses vencidos, según las facturas mensuales recibidas de, de acuerdo con las copias de los billetes TreNatura Núria y Skitren Nuria recibidos de la estación de ski y de acuerdo con el cuadro de precios del Anexo n 1. En las cantidades mencionadas reflejadas en cuadro de precios, se incluye IVA., el cual se desglosará de las mismas, figurándose por separado en las liquidaciones, de conformidad con lo previsto en su Ley Reguladora y su Reglamento de Desarrollo. El pago de las facturas mensuales presentadas por a Renfe Viajeros se realizará por ésta en un plazo de 30 días, a partir de la fecha de recepción por Renfe Viajeros de las correspondientes facturas emitidas por, una vez contrastadas y de acuerdo las partes, si bien, el posible retraso que pudiera ocasionarse, no dará lugar a indemnización o contraprestación alguna por parte de Renfe Viajeros. SÉPTIMA.- DOCUMENTACIÓN Y SEGURO Las partes contratantes manifiestan disponer de las licencias y permisos necesarios para el desempeño de su actividad, que es la misma que realizan habitualmente, independientemente de este Convenio comercial, y se responsabilizan de tener al día, en todo momento, los documentos exigidos por las autoridades competentes, siendo responsables de la falta, renovación o caducidad de las mismas., asume expresamente la obligación de tener en vigor y exhibir ante Renfe Viajeros una Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil contratada con una Compañía de reconocida solvencia en la que se incluyan la totalidad de los riesgos que pudieran producirse por la actividad lúdica que se realiza en sus instalaciones incluso por la responsabilidad civil dimanante de dichos riesgos. Renfe Viajeros asume también la obligación de tener en vigor una Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil con empresa solvente, en el que se \ incluyan la totalidad de los riesgos que pudieran producirse relacionados con 7 el transporte en tren. E rrocanis 1 de la Generaiitat de Cata unya

renfe Viajeros Para el caso de que a Renfe Viajeros le alcanzase alguna responsabilidad que no fuera la derivada del transporte de pasajeros en ferrocarril, se compromete a resarcir a Renfe Viajeros el importe que ésta se haya visto obligada a desembolsar, en un plazo máximo de diez (10) días desde que Renfe Viajeros le requiera. Los riesgos derivados de transporte de viajeros en tren de cercanías, a los que alude el presente Convenio comercial, quedan cubiertos por el Contrato de Seguro Obligatorio de Viajeros de acuerdo con la normativa legal vigente y aplicable. OCTAVA.- PROPIEDAD INDUSTRIAL, IMAGEN Y MARCA La denominación social de cada una de las partes, sus marcas registradas, logotipos y cualquier signo distintivo son propiedad exclusiva de cada una de ellas. Ninguna de las partes firmantes del presente Convenio comercial podrá utilizar marcas, distintivos o derechos de propiedad industrial, imagen y marca de la otra parte para fines distintos de los expresamente indicados en este Convenio comercial. Cada una de las partes garantiza a la otra que es titular de la totalidad de las marcas y cualesquiera otros derechos de propiedad industrial, imagen y marca que serán utilizados por la otra parte en virtud del presente Convenio comercial, o en su caso, que cuenta con las autorizaciones correspondientes de su titular para cumplir con las obligaciones previstas en el mismo. Ambas partes se comprometen a utilizar los signos distintivos de la otra parte según lo acordado. La utilización por una de las partes, en el marco de las obligaciones previstas en el presente Convenio comercial, de los logotipos e imagen corporativa de la otra requerirá en todo caso la previa supervisión y aprobación por escrito de esta última que, además deberá prestar su conformidad a la colocación y ubicación de sus signos distintivos en la documentación o soporte de que se trate elaborada por la otra parte. La utilización por una de las partes de las marcas y cualesquiera otros derechos de propiedad industrial, imagen y marca titularidad de la otra parte a losfines previstos en el presente Convenio comercial no comportará en modo alguno la adquisición por aquél de derecho alguno sobre los mismos. 9% Cada parte queda obligada a devolver en el estado que resulte de su uso razonable, o destruir, a elección de la otra parte, los elementos, soportes y signos distintivos que hubiera recibido de ésta, una vez termine la relación comercial entre ambas partes por 6 FerocarriEs de la Generalitat de Cataiunya

- renfe Viajeros 4 cualquier motivo. A partir de ese momento, la parte que no fuera titular de dichos derechos de propiedad industrial e intelectual no podrá volver a utilizar la marca o cualesquiera otros signos distintivos de la otra parte en soporte alguno. NOVENA.- COMUNICACIONES Las comunicaciones entre las partes se realizarán por cualquier medio que permita acreditar su recepción, siendo válidas a estos efectos las comunicaciones por fax, correo certificado o cualquier medio habitual de comunicación. Todas las notificaciones y comunicaciones que deban efectuarse las partes contratantes se dirigirán a las direcciones que se indican a continuación: Renfe Viajeros Atención: Laura Costa i Subirá Atención: Lourdes Sierra Sanz Telef: 638 686 715 Telef: 661 27 08 91 email: lcostavalldenuria.cat email: lsierra@renfe.es,(jv ((\X i 7 En el caso de que se produzca un cambio de dirección de cualquiera de las partes, el mismo deberá ser comunicado por escrito a la otra parte, indicando la nueva dirección y la fecha a partir de la cual deberán dirigirse a ella las notificaciones o comunicaciones DÉCIMA.-CESIÓN Ninguna de las partes firmantes del presente Convenio comercial podrá ceder total o parcialmente el mismo, ni transferir o subrogar en sus derechos y obligaciones a ningún tercero, sin el previo consentimiento, expreso y escrito de las otrasparles. UNDÉCIMA.- MODIFICACIONES Ninguna alteración del presente Convenio comercial será válida salvo si se efectúa por escrito y es suscrita por ambas partes. DUODÉCIMA.-CONFIDENCIALIDAD La información perteneciente a cualquiera de las partes a la que la otra ocasionalmente tener acceso en virtud de este Convenio comercial tiene carácter estrictamente confidencial. Las partes se obligan a mantener en secreto dicha información, tanto durante 7 de Q nra1itat de Catalunya

renfe Viajeros el plazo de vigencia de este Convenio comercial como después de su expiración, salvo en aquellos aspectos que hubiera pasado al dominio público o fuere notoria por medios ajenos a las partes. DECIMOTERCERA.- VIGENCIA El presente Convenio comercial surtirá efectos desde la fecha de su firma, y permanecerá vigente hasta el día 31 de octubre del 2017, pudiendo prorrogarse por anualidades, mediante acuerdo expreso y escrito de las partes. DECIMOCUARTA.- RESOLUCIÓN Serán causas de resolución del presente Convenio comercial de pleno derecho, además de las causas generales reconocidas por el Código Civil, las siguientes: A instancia de cualquiera de las partes, por las causas generales establecidas en la Ley y por el incumplimiento de las obligaciones previstas en el mismo, en caso de que dicho incumplimiento no haya sido solventado en el plazo de cinco días desde la notificación de la infracción a la parte incumplidora. Por supresión del servicio ferroviario en los trayectos objeto de este Convenio comercial salvo por causas de fuerza mayor, incluida la huelga, con total indemnidad para Renfe Viajeros. En caso de huelga, podrán suspenderse temporalmente las obligaciones de las partes con total indemnidad para las mismas. DECIMOQUINTA.- NORMATIVAAPLICABLE Este Convenio Comercial se regirá por sus cláusulas y, para lo no expresamente previsto en el mismo, será de aplicación la siguiente documentación: Las Condiciones Generales de utilización de los Servicios ferroviarios de cercanías y regionales de Rodalies de Cataluña Ley 42006 de 31 de marzo, ferroviaria de Cataluña Resto del ordenamiento jurídico que sea deaplicación. DÉCIMOSEXTA.- JURISDICCIÓN Ç 7 Para cuantas cuestiones puedan derivarse del presente Convenio comercial, las partes se someten a la jurisdicción ordinaria competente, para cualquier cuestión relativa a la interpretación, cumplimiento o ejecución de lo establecido en el presente documento. 8 de eraitat L.jeCaaIunya

renfe Viajeros 1 Así lo acuerdan y convienen, a cuyo fin y para su debida constancia, firman el presente Convenio comercíal en duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha ndicados en el encabezamiento. Por EROS, S.A : Dña. Laura Vives Clavero O. Ramón Azuara Sánchez 9

renfe Vialero5 4 ANEXO N 1 BILLETES COMBINADOS RENFE RODALIES Y FERROCARRILS DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA CUADROS DE PRECIOS TEMPORADA TRENATURA ftren+cremallera) ( ) 201C-2019. Modalidad RENFE TOTAL Adulto 12,60 19,85 32,45 Niño 12,60 11,90 24,50 SKITREN (TREN+CREMALLERA+FORFET)( ) Modalidad RENFE TOTAL Adulto 12,60 24,00 36,60 Niño 12,60 18,00 30,60 Observaciones: 1. Todos los precios están expresados en euros. 2. Todas las cantidades reflejadas en el cuadro de precios incluyen el Impuesto sobre el valor añadido (IVA). El importe correspondiente al viaje de tren incluye, además del IVA, el Seguro Obligatorio de viajeros (S.O.V.) y la tasa de seguridad. 3. Los billetes de la modalidad NINO se aplicarán para viajeros entre 7 y 14 años de edad (ambos inclusive)....., r ( 1t 10