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Expediente nº: G/100/20/1/0519/OSC1/0000/022015 C O N T R A T O D E S U M I N I S T R O ACUERDO MARCO MEDIANTE PROCEDIMIENTO REGULADO ART. 198.4 DEL T.R.L.C.S.P. SUJETO A REGULACION ARMONIZADA SI x NO Procedimiento de Adjudicación: Abierto -CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN- 1. OBJETO DEL CONTRATO: A.M. SUMINISTRO DE INFLIXIMAB (DOE) PARA TODAS LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIO DE OSAKIDETZA. 1.1. Finalidad del contrato, naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato: Con este expediente de contratación cuyas condiciones quedan establecidas en los pliegos, se pretende cubrir las necesidades en Osakidetza de uso de los medicamentos incluido en el expediente para las indicaciones terapéuticas aprobadas por la autoridad sanitaria competente y que están resumidas en la memoria del expediente. 1.2. División por lotes (si/no): Sí 1.2.1. Número de lotes: 1 1.2.2. El contenido de cada lote se detalla en (a continuación, en el anexo correspondiente, o en otro documento): Pliego de Bases Técnicas LOTE UNO INFLIXIMAB (DOE) Principio activo: INFLIXIMAB (DOE) Cantidad de principio activo: 100 mg Forma farmacéutica: vial Condiciones de envasado: Dosis unitaria Precio unitario máximo: 372,04 euros/ vial de 100mg (Impuestos no incluidos) Nº de unidades previstas: 15.500 viales de 100mg (Primer año de contrato) Presupuesto máximo estimado: 5.766.620,00 euros (Primer año de contrato) Condiciones de la oferta 1. Los proveedores que liciten a este procedimiento abierto tienen la obligatoriedad de licitar a lotes completos, incluyendo en la oferta todas y cada una de las presentaciones y tipo de envases que describen el lote. De acuerdo a la ORDEN SCO/2874/2007 de 28 de septiembre por la que se establecen los medicamentos que constituyen excepción a la posible sustitución por el farmacéutico, INFLIXIMAB es un fármaco no sustituible por el farmacéutico. Por ello en lo que respecta al lote 1 y al objeto de garantizar la continuación de los tratamientos iniciados con anterioridad a la adjudicación del presente expediente, se podrá adjudicar a más de un proveedor. 2. En los criterios de adjudicación se priorizará, entre otras cuestiones, la correcta identificación de los medicamentos (mejor legibilidad, diferenciación por colores, fecha caducidad/lote, identificación de las cajas y embalajes, etc), la mayor seguridad al profesional sanitario (seguridad de manipulación) y el mayor número de presentaciones ofertadas por proveedor en cada lote. Página 1 de 16

3. El precio ofertado vendrá referido a la Unidad de Medida de Contratación indicada para cada uno de los lotes, siempre impuestos no incluidos. Los precios ofertados deberán expresarse con un máximo de dos decimales. De no ser así, se procederá a su redondeo. 4. El laboratorio que resulte adjudicatario, asume la obligatoriedad de suministrar los pedidos sin exigencia de cantidad mínima. 1.3. Código de la clasificación estadística CPA: 1.4. Código nomenclatura CPV: 33600000 2. DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL. Los indicados en la cláusula correspondiente del pliego y, su caso, los siguientes: 1- Contrato 2- Carátula 3- Pliego de Bases Técnicas 4- Otros 3. PRESUPUESTO ESTIMADO DE LICITACIÓN (las ofertas no pueden superar los importes totales señalados). El presupuesto estimado de licitación o, en su caso, de gasto indicativo asciende a 5.766.620,00 euros + 230.664,80 euros de IVA, resultando un importe total de 5.997.284,80 euros. LOTE Precio licitación Unidades previstas contrato (1 año) Presupuesto de licitación 1 envase de INFLIXIMAB (DOE) de 1 vial de 100mg 372,04 15.500 5.766.620,00 Total Presupuesto: 5.766.620,00 Al tratarse de un Acuerdo Marco el número de unidades previsto es estimativo, estando sujeto a las necesidades de las organizaciones de servicios, y por tanto no se considera elemento esencial del contrato. Cualquier variación al alza o a la baja, según las necesidades reales, no limitará las obligaciones del contratista ni dará lugar a compensación económica alguna. A todos los efectos se entenderá que el precio unitario estimado como máximo por la Administración comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista debe realizar para la normal ejecución del contrato, y toda clase de tasas, impuestos (excepto IVA) y licencias. En los precios de licitación se han incluido las deducciones previstas en los artículos 9 y 10 del Real Decreto-ley 8/2010 de 20 de mayo por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, modificado por el Real Decreto-ley 9/2011, de 19 de agosto La adquisición de este medicamento por parte de Osakidetza esta sujeta a las condiciones de financiación dentro del Sistema Nacional de Salud establecidas por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para este medicamento. Posibilidad de licitar por lotes: Si Posibilidad de adjudicación compartida de un mismo lote: En el caso del lote 1 podrá establecerse más de un adjudicatario por lote. Revisión de precios del Acuerdo Marco: No 4. PRECIO Y PAGOS. 4.1. Sistema de determinación del precio: Precio Unitario Página 2 de 16

4.2. Modalidad de pago del precio: Contra Pedido - Pago total (si/no): No - Pagos parciales (si/no): Sí 4.3. Momento de efectividad de pago: Recepcionado cada pedido de conformidad 4.4. Abonos a cuenta: No 4.5. Revisión de precios (sí/no): No. En el Pliego de Bases Técnicas se contienen todos los datos necesarios para que los licitadores puedan realizar con garantías ofertas que estimen justas y ventajosas para Osakidetza, sin que sea necesario acudir al mecanismo de la revisión de precios como restablecedor del equilibrio económico del contrato. 4.6. Cláusula de variación del precio en función del cumplimiento de determinados objetivos de plazos o de rendimiento (si/no): 5. PLAZO DE EJECUCIÓN O FECHA DE ENTREGA (reducibles por las ofertas en el caso de que el plazo constituya criterio de valoración de las ofertas). 5.1. Plazo de entrada en vigor: El día de la formalización del contrato 5.2. Plazo de ejecución: 1 Año 5.3. Plazos de entregas: 24 Horas 5.4. Prórroga del contrato (sí/no): Sí - Número de prórrogas que pueden adoptarse: 2 - Duración de cada una de las prórrogas: 1 Año 6. GASTOS DE PUBLICIDAD. Importe máximo de los gastos de publicidad que debe satisfacer la adjudicataria: Serán por cuenta de los adjudicatarios (si varios: prorrateo en relación al importe de adjudicación de los lotes/artículos adjudicados). Gastos de publicidad aproximados: 1.000,00 Euros, sujeto a eventuales modificaciones del coste. 7. GARANTÍAS. 7.1. Garantía provisional (si/no): No. 7.2. Garantía definitiva (si/no, en caso negativo señalar las razones que lo justifican): Sí. 5% del Presupuesto de Licitación de cada lote de los que resulte adjudicatario 7.3. Garantía complementaria (si/no): No. 7.4. Está permitido acreditar la constitución de la garantía mediante medios electrónicos, informáticos o telemáticos (si/no): 7.5. Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio (si/no): No 7.6. En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía (si/no): 7.7. Las garantías se constituirán a favor de: Ente Público Osakidetza NIF: S5100023J 8. SEGUROS: La empresa adjudicataria deberá tener los seguros obligatorios, los previstos, en su caso, en la cláusula correspondiente del pliego, y los que de estimarse precisos se detallen a continuación: Seguros obligatorios: Sí Seguros exigibles: Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales 9. SUBROGACIÓN EN DETERMINADAS RELACIONES LABORALES (si/no). No Página 3 de 16

10. LUGAR DE EJECUCIÓN, entrega o realización de las prestaciones objeto del contrato: Organizaciones de Servicios de Osakidetza 11. CONDICIONES LINGÜÍSTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Este contrato se halla sujeto al régimen de doble oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Vasco en su artículo 6º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla. Salvo que del pliego de prescripciones técnicas se derive que las características intrínsecas de la prestación objeto del contrato exigen su realización necesaria y exclusivamente en otra u otras lenguas, el uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato. En la ejecución de contrato, han de observarse las concretas condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la correspondiente cláusula del pliego. 12. OTRAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN. 12.1. De tipo social. La empresa contratista debe cumplir durante la ejecución del contrato las concretas condiciones especiales de ejecución en materia de inserción sociolaboral, de igualdad de mujeres y hombres, de calidad de empleo y derechos laborales básicos, y de seguridad y salud laboral establecidas en las correspondientes cláusulas del pliego. 12.2. De tipo medioambiental: La ejecución del contrato se realizará de la forma más respetuosa posible con el medio ambiente. 12.3. Otras: La licitadora deberá suscribir y presentar el compromiso de adscripción de medios y de cumplimiento de condiciones especiales de ejecución recogido en el anexo correspondiente. La subcontratación obligatoria, en el caso de estar establecida en el punto 15.2 de esta carátula 13. CALIFICACIÓN ESPECIAL DE DETERMINADAS INFRACCIONES (si/no): Se considera infracción grave, a efectos del artículo 60.2. e) del TRLCSP el incumplimiento reiterado de las siguientes condiciones especiales de ejecución: 14. PENALIDADES. Podrán imponerse penalidades por los cumplimientos defectuosos e incumplimientos contemplados en el artículo 212 del TRLCSP y en las cláusulas del pliego. Se establecen penalidades por demora respecto del plazo total, distintas a las establecidas en el apartado 4 del artículo 212 del TRLCSP (si/no, en caso afirmativo indicarlas): Sí. En el caso de que por un retraso en el suministro (desabastecimiento) o un suministro defectuoso o no acorde con el que dio lugar a la adjudicación o por cualquier otra circunstancia alguna organización de servicios de Osakidetza tuviera que recurrir a adquirir otro medicamento (de igual principio activo o medicamento homólogo) a otro proveedor que esté en disposición de realizar el suministro inmediato y así satisfacer las necesidades de salud de los pacientes, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del contrato o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de la siguiente penalidad: - El adjudicatario se hará cargo del abono de toda la factura que se origine de ese proveedor ocasional. Para la elección de este proveedor alternativo se escogerá, siempre que fuese posible, de entre aquellos que han licitado al presente expediente. De optar por la continuidad de su ejecución, en el caso de que una vez restablecido el suministro se produzca una nueva incidencia, el órgano de contratación estará de nuevo facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones. Página 4 de 16

15. SUBCONTRATACIÓN (si/no): No. 16. PLAZOS DE RECEPCIÓN Y DE GARANTÍA DE LAS PRESTACIONES. 16.1. Plazos para la recepción (véanse las cláusulas correspondientes de este pliego). - Total: Un Mes - Parciales (de aquellas partes susceptibles de ser utilizadas de forma separada o independiente): No 16.2. Plazo de Garantía, (si/no, en caso afirmativo indicar el plazo): Si. El plazo de duración del contrato. 17. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. 17.1. A efectos de resolución contractual, quedan calificadas como obligación contractual esencial, además de las calificadas en el pliego y normativa contractual, las siguientes: - El compromiso de adscripción de medios personales y materiales - La obligación de subcontratación, en el caso de que haya sido establecida. 17.2. Se establecen, así mismo, las siguientes causas de resolución adicionales a las contempladas en la normativa y pliego: - El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de seguridad y salud laboral. - El incumplimiento de la normativa y cláusulas en materia de subcontratación - Otros: No 18. CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS A LA PRESTACIÓN OBJETO DEL CONTRATO (si/no) Sí 19. CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN PROPIAS DEL CONTRATO DE SUMINISTRO OBJETO DEL CONTRATO - El contrato incluye las operaciones que resulten necesarias para la distribución, montaje, colocación, instalación, puesta en funcionamiento o puesta en marcha de los bienes a suministrar (si/no): - El contrato incluye el mantenimiento de los bienes suministrados durante el plazo de ejecución (si/no): ENTREGA DE BIENES COMO PARTE DEL PRECIO: La Administración hará entrega de bienes de la misma clase como parte del precio -artículo 294 TRLCSP- (si/no): CONTROL DE CALIDAD Y VIGILANCIA EN LA FASE DE ELABORACIÓN DE LOS BIENES (artículo 295 TRLCSP y artículo 67.5.c) RGLCAP): Serán a cargo de la contratista las pruebas, ensayos o informes necesarios para verificar la correcta ejecución del suministro contratado que con el límite del 1% del precio total del contrato, ordene el órgano de contratación. LA ADMINISTRACIÓN SE RESERVA LA FACULTAD DE COMPROBAR LA CALIDAD DE LOS BIENES AL TIEMPO DE LA RECEPCIÓN artículo 67.5.g) RGLCAP- (si/no, en caso afirmativo, indicar lo que corresponda): Inspección de que el suministro a recepcionar corresponde a la descripción técnica del material adjudicado según lo ofertado a las bases técnicas. SUMINISTRO DE FABRICACIÓN (artículo 9.3.c) y concordantes del TRLCSP). En el caso de tratarse de un contrato de suministro de fabricación, indicar las particularidades aplicables: AMPLIACIÓN DEL PLAZO. Los contratos de tracto único únicamente podrán prorrogarse en el supuesto contemplado en el artículo 213.2 del TRLCSP (retraso no imputable a la contratista). II CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO CONTRACTUAL, PARTICIPACIÓN Y SELECCIÓN DE EMPRESAS Y OFERTAS Página 5 de 16

20. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN Y PLIEGOS: 20.1. Entidad adjudicadora: Osakidetza 20.2. Órgano que adjudicará el contrato (señalar el órgano y el departamento o entidad a la que pertenece): DIRECTOR GENERAL 20.3. Dependencia que tramita el expediente (señalar la mesa de contratación o el servicio que tramita, según corresponda): Servicio de Contratación de Domicilio:, 01006, VITORIA-GASTEIZ (Araba) 20.4. Número de expediente: G/100/20/1/0519/OSC1/0000/022015 20.5. Central de Contratación. El órgano que adjudica el contrato actúa para otra entidad (si/no): En caso afirmativo indicar las entidades y el órgano que firmará el contrato: 20.6. Contacto personal (indicar, si se desea, el nombre de la persona de contacto): Contacto para información general: 945 006151 Contacto para la información técnica: 945 006018 20.7. Acceso al perfil de contratante, pliegos y documentación complementaria en Internet: www.osakidetza.euskadi.net 20.8. Lugar donde se puede obtener información sobre las obligaciones relativas a fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables durante la ejecución del contrato: Véase la cláusula correspondiente del pliego. 20.9.Fecha límite de obtención de documentos e información: 21. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO A EFECTOS DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO (artículo 88 del TRLCSP): 18.453.184,00 IVA excluido. Para el cálculo del importe estimado del contrato se ha tenido en cuenta las previsiones de gasto en el periodo de ejecución del contrato las posibles prórrogas y aquellas posibles modificaciones contractuales que puedan producirse por una variación de la actividad prevista por esta organización de servicios. En el caso de que un cambio de indicación, nuevos tratamientos o cualquier otra circunstancia conlleven un mayor uso clínico del medicamento contratado en cualquiera de los lotes, el importe del global del expediente podrá ampliarse un total de 1.153.324,00 euros. Asimismo, se prevé la posibilidad de dos prórrogas adicionales de un año de duración y por un importe total de 5.766.620,00 euros cada uno de ellas, resultando así un valor total del expediente de 18.453.184,00 euros (contrato inicial + modificaciones previstas + prorrogas) Presupuesto de Licitación IVA excluido (1 año de contrato) 5.766.620,00 Valor estimado modificaciones IVA excluido 1.153.324,00 Valor estimado prórrogas IVA excluido (2 prórrogas de 1 año) 11.533.240,00 Valor estimado total IVA excluido (contrato inicial + modificaciones + prórrogas) 18.453.184,00 Página 6 de 16

22. CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA (sí/no): Sí Categoría del servicio: 23. CONTRATO CUBIERTO POR EL ACUERDO SOBRE CONTRATACIÓN PÚBLICA (ACP) (si/no): 24. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA: A los efectos de lo dispuesto en el art. 26 de la TRLCSP por Osakidetza se cuenta con las dotaciones precisas para hacer frente a los gastos derivados del contrato. 24.1. El gasto está cofinanciado (si/no): No 24.2. Tramitación anticipada (si/no): No. 25. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN. 25.1. Tramitación: - Ordinaria 25.2. Procedimiento : - Abierto 25.3. Forma: - Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas 26. SISTEMA DE LICITACIÓN Y CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA. Se autoriza su utilización (sí/no): Sí 27. CONTRATO RESERVADO (si/no): 27.1. Centros Especiales de Empleo (sí/no):no 27.2. Su ejecución en el marco de programas de empleo protegido (sí/no): No 27.3. Empresas de inserción (si/no): No 27.4. Otros: La reserva exige que al menos el 70 por 100 de las personas trabajadoras afectadas sean personas con discapacidad que, debido a la índole o a la gravedad de sus deficiencias, no puedan ejercer una actividad profesional en condiciones normales 28. PRESENTACIÓN DE OFERTAS O SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN: 28.1. Fecha y hora límite de presentación: Ver Anuncio. 28.2. Documentación a presentar con anterioridad a la fecha límite: Sobre/s A, B y C, con el contenido que señala el pliego de cláusulas administrativas particulares y los correspondientes puntos de esta carátula. 28.3. Lugar de presentación: - Entidad (indicar la mesa de contratación): - Domicilio, localidad y código postal:, 01006, VITORIA-GASTEIZ (Araba) 28.4. En el caso de que esté autorizada la contratación electrónica: (véase el punto anterior), puede presentarse a través de la página Web: www.contratacion.info, o www.euskadi.net/contratacion. 28.5. Medios para anunciar, en su caso, el envío de la oferta por correo postal: Fax.: 945006345. Correo electrónico: contrata@osakidetza.net 28.6. Plazo durante el cual la licitadora está obligada a mantener su oferta (indicar quince días naturales, dos meses, o el que corresponda conforme al artículo 161.4 del TRLCSP): Dos meses, a contar desde la apertura de la oferta económica, ampliado en quince días hábiles más cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 152.3 (valores anormales o desproporcionados). 28.7. Admisión de variantes (sí/no): No Página 7 de 16

Ofertas Conjuntas: No 28.8. Apertura pública de las ofertas técnicas y económicas (si/no): Sí. Ver Anuncio. 29. SOBRE A- REQUISITOS DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA (Véanse las cláusulas correspondientes del pliego. Las empresas extranjeras tendrán en cuenta lo previsto en el anexo correspondiente) 29.1. Clasificación exigida. Indicar si se exige clasificación, en su caso, con mención del lote (si/no): No 29.2. Las empresas acreditarán, por lo medios fijados a continuación, los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional (si/no): Sí Medios de acreditación: Orientativamente, se podrá aportar: A. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Declaración relativa a la cifra de negocios global y de los suministros, obras o trabajos realizados por la empresa en los tres últimos ejercicios. B. SOLVENCIA TÉCNICA Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicándose su objeto, importe, fechas y destino público o privado, a la que se incorporarán los correspondientes certificados sobre los mismos. En cualquier caso deberá aportarse documentación acreditativa, tanto de la solvencia económica como de la técnica. Requisitos: 29.3. En el caso de que, como medio de acreditar la solvencia, se exija una declaración indicando la maquinaria y equipos técnicos de que se dispondrá para la ejecución del trabajo, se adjuntará a la declaración la documentación acreditativa de la adecuación de dichos medios a la normativa de seguridad que les sea de aplicación. Entre otros, el Real Decreto1435/1992 y demás derivados de la Directiva europea de máquinas y el Real Decreto 1215/1997 sobre utilización de equipos de trabajo. 29.4. Habilitación empresarial o profesional exigida: Las exigidas por la normativa que regula la realización de la actividad o prestación contractual y, entre ellas, en el caso de que se encuentren indicadas, las siguientes: 29.5. Registros oficiales de licitadores o empresas contratistas: a) Efectos de la presentación del certificado de inscripción: - Los certificados de inscripción en el Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Administración del Estado eximen de la presentación de los documentos que se señalan en el pliego, siempre que se acredite en la forma en él indicada. - Otros Registros oficiales (indicar lo que corresponda): b) Admisión de certificados electrónicos (si/no): - Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi (si/no): - Otros Registros oficiales (indicar lo que corresponda): c) Autorización de la incorporación de oficio de los certificados (si/no): - Registro Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi - Otros Registros oficiales (indicar lo que corresponda): La incorporación de oficio, en el caso de estar autorizada por la Administración, requiere, además, la autorización de la empresa, salvo en el supuesto de contratación electrónica, en el que la utilización de sistema electrónico por la empresa conlleva dicha autorización para el Registro de Euskadi). 29.6. Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación (si/no): 30. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS: Página 8 de 16

30.1. El precio es el único criterio de valoración de las ofertas (si/no): No 30.2. Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas(si/no): Sí 30.2.1. Supuesto general: Criterios de valoración de las ofertas relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye. Puntuación total: 100 puntos (la suma de las ponderaciones de los grupos correspondientes a las letras a) y b) siguientes debe ser siempre igual a la puntuación total) Los criterios y su ponderación están establecidos en consonancia con la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios y alineados con las líneas estratégicas y planes de acción de Osakidetza, priorizándose, entre otras cuestiones: - La seguridad al paciente: correcta identificación de los medicamentos para evitar errores de medicación. - La seguridad al profesional sanitario - Presentación: en dosis unitarias - Adición de ninguna proteína de origen humano o animal en el cultivo celular - Eficiencia - Servicio al cliente (logística) Asimismo, tanto la elección de los criterios y como su ponderación han sido aprobados por el Grupo de Trabajo de Contratación Administrativa de la de Osakidetza. Cuadro resumen. CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS (a incluir en el SOBRE B: oferta económica y criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas )... 64 Criterio económico... 55 Criterio EDI (intercambio electrónico de datos)... 3 Pedido + Aviso expedición... 3 Criterios sobre abastecimiento continuo del medicamento... 2 Compromiso de mantener unas existencias mínimas de medicamento correspondientes a 2 meses de consumo, que garantice la adecuada continuidad del abastecimiento durante la vigencia del contrato... 1 Compromiso de suministro ininterrumpido en tiempo y forma (ausencia de desabastecimiento)..0,25 Compromiso de máxima fiabilidad en la gestión de pedido...0,25 Compromiso de la gestión del pedido con cobertura de servicios de entrega urgente inferior a 24horas...0,25 Cumplimiento de servicios de guardia y de prevención de catástrofes...0,25 Criterio plazo de entrega pedidos ordinarios... 2 Criterio mayor número de presentaciones disponibles en mercado... 2 Página 9 de 16

CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR (a incluir en el SOBRE C: criterios evaluables mediante un juicio de valor )... 36 Criterios sobre calidad y seguridad del medicamento... 33 Correcta identificación de medicamentos para evitar errores de medicación y garantizar la seguridad en la manipulación del medicamento... 19 Aspectos técnicos diferenciales... 14 Criterios sobre documentación aportada... 3 Documentación encuadernada... 1 Documentación ordenada... 1 Documentación con índice temático... 1 Descripción de criterios. Criterio económico... 55 El precio de oferta se valorará de acuerdo a la siguiente fórmula y teniendo en cuenta hasta dos decimales: Puntos Oferta = 100 - Precio Oferta Precio Licitación X 100 En caso de existir ofertas con una bajada superior al 55% (corresponde a la máxima puntuación posible: 55 puntos) se puntuará de la siguiente manera: se concederá la máxima puntuación (55 puntos) a la más barata (mejor oferta) y al resto se puntuará con los puntos que proporcionalmente le correspondan por su diferencia con la mejor oferta de acuerdo con la siguiente fórmula y teniendo en cuenta hasta 2 decimales: Puntos Oferta = (Precio Licitación Precio Oferta) (Precio Licitación Precio Mejor Oferta) X 55 Para la valoración de este criterio se tendrá en consideración lo que el ofertante señale en el Cuadro Excel de Ofertas Económicas, modelo que, incorporando la firma del apoderado, se deberá incluir en el sobre b: oferta económica y criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas (ver apartado 8.1.1. del presente pliego) CRITERIO EDI (INTERCAMBIO ELECTRÓNICO DE DATOS)... 3 Pedido + Aviso expedición... 3 Con el fin de posibilitar el intercambio electrónico de datos (sistema EDI), se valorará con 3 puntos en el caso de que el proveedor tenga implantados los dos mensajes y estén operando con los dos mensajes. En caso de disponer uno de los dos mensajes se asignaran 0 puntos Página 10 de 16

Tal y como se concreta en el punto 8.1.2 del presente pliego, la utilización de los dos mensajes se acreditará mediante certificado emitido por un organismo público o privado perteneciente al sector salud que acredite la utilización e intercambio de los dos mensajes con la empresa licitadora (la utilización e intercambio de los mensajes con Osakidetza también deberá acreditarse mediante certificado emitido por este servicio de salud). En su defecto, podrá aportarse declaración responsable del representante de la empresa comprometiéndose a intercambiar los dos mensajes con Osakidetza en un plazo máximo de tres meses desde que Osakidetza lo solicite, en cuyo caso este apartado será valorado con 1,5 punto. Para la valoración de este criterio se tendrá en consideración lo que el ofertante señale en el Cuadro Excel de Ofertas Económicas, modelo que, incorporando la firma del apoderado, se deberá incluir en el sobre b: oferta económica y criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas (ver apartado 8.1.1. del presente pliego) Criterios sobre abastecimiento continúo del medicamento... 2 Compromiso de mantener unas existencias mínimas de medicamento correspondientes a 2 meses de consumo, que garantice la adecuada continuidad del abastecimiento durante la vigencia del contrato... 1 Compromiso de suministro ininterrumpido en tiempo y forma (ausencia de desabastecimiento)...0,25 Compromiso de máxima fiabilidad en la gestión de pedido...0,25 Compromiso de la gestión del pedido con cobertura de servicios de entrega urgente inferior a 24horas...0,25 Cumplimiento de servicios de guardia y de prevención de catástrofes...0,25 Para la valoración de este criterio se tendrá en consideración lo que el ofertante señale en el Cuadro Excel de Ofertas Económicas, modelo que, incorporando la firma del apoderado, se deberá incluir en el sobre b: oferta económica y criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas (ver apartado 8.1.1. del presente pliego) CRITERIO PLAZO DE ENTREGA PEDIDOS ORDINARIOS... 2 Plazo de entrega ordinaria de los pedidos del medicamento igual o inferior a 24 horas... 2 Plazo de entrega ordinaria de los pedidos del medicamento superior a 24 horas... 0 Para la valoración de este criterio se tendrá en consideración lo que el ofertante señale en el Cuadro Excel de Ofertas Económicas, modelo que, incorporando la firma del apoderado, se deberá incluir en el sobre b: oferta económica y criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas (ver apartado 8.1.1. del presente pliego) CRITERIO MAYOR NÚMERO DE PRESENTACIONES DISPONIBLES EN MERCADO... 2 El número de presentaciones ofertadas y disponibles en el mercado para su inmediata adquisición será ponderado de manera proporcional, de tal forma que el proveedor con mayor número será valorado con 2 puntos y el resto de manera proporcional al número de presentaciones. La ponderación se realizará por lote y en el caso de comercializar más de una marca, se tomará en cuenta las distintas presentaciones entre el conjunto de marcas, valorándose sólo una vez una determinada presentación aunque esté disponible con dos marcas. Con este criterio se trata de priorizar mayor variabilidad de presentaciones por lote. Para la valoración de este criterio se tendrá en consideración lo que el ofertante señale en el Cuadro Excel de Ofertas Económicas, modelo que, incorporando la firma del apoderado, se deberá incluir en el sobre b: oferta económica y criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas (ver apartado 8.1.1. del presente pliego) Página 11 de 16

Criterios sobre calidad y seguridad del medicamento... 33 Correcta identificación para garantizar el uso racional de los medicamentos... 19 El laboratorio deberá garantizar la correcta identificación de medicamentos y de que los etiquetados del acondicionamiento primario, envase y embalaje cumplen la normativa vigente, de manera que la identificación no induzca a errores de medicación, ni errores sobre la naturaleza del producto, ni sobre las propiedades terapéuticas, ni errores entre las distintas presentaciones del medicamento o producto sanitario y que los textos sean perfectamente legibles, claros y reconocibles. En el acondicionamiento primario del medicamento deberá incluir como mínimo los siguientes datos: denominación del principio activo, código nacional, nombre del laboratorio titular de la autorización, vía de administración, contenido volumen o unidades del principio activo, número de lote de fabricación, fecha de caducidad, precauciones de conservación y estabilidad, y demás datos que reglamentariamente se determinen. Se dará prioridad a los medicamentos: Con mayor y mejor información en el acondicionamiento primario, incluido el código de barras. Se valorará muy positivamente que cada dosis unitaria incluya la fecha de caducidad, el lote y resto de datos del medicamento. Con un acondicionamiento primario que garantice la menor contaminación exterior e incremente la seguridad en la manipulación: proceso de descontaminación, presentación que facilita y aporta seguridad en la manipulación, presentación protegida de rotura, etc. En el caso de las formas parenterales, la etiqueta adhesiva del envase primario con los datos identificativos del medicamento es prioritaria al serigrafiado directo en el envase primario. Así mimo se dará prioridad a la etiqueta blanca frente a la etiqueta transparente. En el caso de las formas parenterales, se dará prioridad a las presentaciones que puedan leerse en ambos sentidos y que expresen la cantidad total de los principios activos que componen el medicamento por volumen total del envase, además de la concentración. Criterios entre distintas presentaciones del mismo medicamento: Además el tamaño grande y diferenciado de los datos de identificación y la diferenciación VISUAL por colores de las distintas presentaciones favorece la correcta identificación de los medicamentos y evita errores de medicación, por lo que se dará priorizad a los medicamentos que presenten la mejor diferenciación de los datos de identificación especialmente para las presentaciones de mayor consumo en Osakidetza. Criterios sobre etiquetado y embalaje exterior y gestión de pedidos: La correcta identificación de los productos citostáticos en todo el proceso de gestión intrahospitalaria hace necesaria la exigencia de determinadas características en el etiquetado y embalaje de los mismos. Serán prioritarios los siguientes requisitos: Identificar externamente las cajas que contengan citostáticos mediante etiqueta visible y llamativa que indique Contiene citostáticos Manejar con precaución o leyenda similar. Enviar la medicación citotóxica en embalajes o cajas separadas del resto de medicación que envía el distribuidor o laboratorio. El embalaje exterior debe ser suficientemente robusto para impedir rotura de la medicación contenida en su interior y permitir su correcto transporte y almacenamiento. Listar e identificar correctamente la medicación citostática enviada en cada partida, en esta línea Osakidetza llevará a cabo un control de recepción de material, incidiendo en su correcta identificación y envasado, y se advertirá a los distribuidores en caso de detectar anomalías con el fin de actuar en consecuencia. Aspectos técnicos diferenciales... 14 Se dará prioridad a los medicamentos: Que se presenten ya disueltos frente a los que se presenten en polvo y requieran ser reconstituidos Que presenten mayores tiempos de estabilidad y datos de estabilidad en condiciones de uso habituales (distintas concentraciones, volúmenes, diluyentes, etc). Que cuenten con un mayor número de indicaciones terapéuticas (priorizando aquellas indicaciones más utilizadas en los centros de Osakidetza). Que no contengan excipientes de declaración obligatoria (EDO). Que cada envase unitario venga acondicionado directamente por el proveedor para protegerlo de la luz. Que se presenten en envases adecuados a la dispensación mensual del tratamiento en aquellos medicamentos susceptibles de ser dispensados en farmacia ambulatoria para pacientes externos. Que disponga de un tipo de tapón que facilite la reconstitución del vial. Página 12 de 16

Que disponga de un sistema que garantice la seguridad en la manipulación del medicamento. Que se trate de bolsas libres de PVC y de ftalatos Se priorizarán aquellas presentaciones de medicamentos que sean de tamaño menor o similar a los que se usan actualmente, lo que favorece su utilización en armarios automatizados y frigoríficos, evitando así los problemas de dimensionamiento y reestructuración que conllevan las presentaciones de dimensiones superiores. Que no hayan sido objeto de incidencia con respecto al desprendimiento de caucho del tapón al interior del vial cuando se pincha el tapón. Que presente cualquier otra característica técnica y/o proyecto a favor del uso racional del medicamento según se define en la ley de Garantías y Uso Racional del Medicamento Asimismo, se priorizará la incorporación a la oferta de proyectos innovadores sobre resultados en salud en la práctica real. Para la valoración de los criterios sobre calidad y seguridad del medicamento se deberá completar el modelo de características técnicas (ver apartado 8.2.4. del presente pliego), modelo de obligado cumplimiento debidamente firmado por el Director Técnico del laboratorio. Se deberá rellenar un modelo por cada código o presentación que se oferte. Criterios sobre documentación aportada... 3 Se valorara la documentación presentada por parte del laboratorio incluida el sobre C, criterios evaluables mediante un juicio de valor, según se aporte adecuadamente encuadernada, ordenada de acuerdo al orden seguido en el punto 8.2. del presente pliego y acompañada de índice temático Para licitación en papel: Documentación encuadernada... 1 Documentación ordenada... 1 Documentación con índice temático... 1 A los efectos de este criterio de valoración, las ofertas remitidas electrónicamente se valorarán con 3 puntos. 30.2.2. En caso de empate de la valoración de las ofertas primar: Primar valoración técnica 30.2.3. Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general (si/no): No Se establecen las siguientes fases de valoración numeradas por el orden en qué operarán, indicando en cada una los criterios correspondientes, con su ponderación y umbral mínimo de puntuación exigido para superar cada fase, así como, las fórmulas en su caso aplicables:(la valoración de la oferta económica operará en la última fase): Criterios de valoración de las ofertas relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye. Puntuación total: puntos (la suma de las ponderaciones de los grupos correspondientes cada una de las fases siguientes será siempre igual a la puntuación total): -Fase 1: Puntuación total de la fase:.umbral mínimo:.. Criterios:-..Ponderación..(Fórmula, en su caso).. -...Ponderación..(Fórmula, en su caso).. -Fase 2: Puntuación total de la fase:.umbral mínimo:.. Criterios: -.Ponderación..(Fórmula, en su caso).. -.Ponderación..(Fórmula, en su caso).. -Fase 3: Puntuación total de la fase:.umbral mínimo:.. Criterios: -....Ponderación..(Fórmula, en su caso).. -...Ponderación..(Fórmula, en su caso).. 31. OTROS SOBRES- DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR LA LICITADORA AL OBJETO DE EVALUAR LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS (Véanse las cláusulas correspondientes del pliego): 31.1. Supuesto general (si/no): Indicar los sobres que deben presentarse para la aplicación de los criterios de valoración de las ofertas: Página 13 de 16

- SOBRE B OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS. Ver punto 8.2 del pliego de bases técnicas. - SOBRE C CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR. Debe presentarse (si/no): Ver Punto 8.1 del pliego de bases técnicas. - SOBRE B OFERTA ECONÓMICA Y, EN SU CASO, TÉCNICA (si/no): No La presentación en el sobre C de documentos o datos relativos a la oferta económica u otros criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas conllevará el rechazo de la oferta presentada por la licitadora. 31.2. Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general (si/no): A continuación, se indican los sobres correspondientes a cada fase que tiene que presentar la licitadora, teniendo en cuenta que dentro de cada fase la documentación correspondiente a criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor debe presentarse en sobre distinto y su valoración se realizará con anterioridad a la de aquéllos cuya cuantificación se realiza de forma automática mediante la aplicación de fórmulas. Sobres y documentos que deben presentarse en cada fase: Fase 1: Fase 2: Fase 3: 31.3. Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración (si/no): En caso afirmativo, se estará a lo previsto en la cláusula y anexo correspondientes del pliego, teniendo en cuenta, los siguientes límites y condiciones: Número total no superior a sobre los siguientes elementos o sistemas y en la condiciones que, en su caso, se señalan: 31.4. A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras (si/no, en caso afirmativo indicar los productos y demás indicaciones pertinentes): Entrega imprescindible de muestras 31.4.1 En caso positivo, indicar lugar de entrega: OSAKIDETZA ORGANIZACION CENTRAL 31.4.2 En caso positivo, indicar el número de unidades de envase: En número suficiente que permita valorar adecuadamente los productos ofertados. 32. ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR (si/no): No procede En el supuesto excepcional de que los criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor tengan mayor preponderancia que los evaluables mediante la aplicación de fórmulas, indicar el organismo que, de acuerdo con artículo 150.2 del TRLCSP, se encargará de evaluar las ofertas conforme a los primeros: - COMITÉ DE EXPERTOS (si/no): En caso afirmativo, designar sus miembros en número no inferior a tres): - ORGANISMO TÉCNICO ESPECIALIZADO (si/no): En caso afirmativo, identificar el organismo: 33. VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA artículo 152 TRLCSP y artículos 85 y 86 RGLCAP- (si/no/por lote): No. Página 14 de 16

33.1. En el supuesto de que el precio sea el único criterio de valoración de las ofertas, indicar si, a efectos de apreciación de ofertas con valores anormales o desproporcionados, quedan reducidos en un tercio los porcentajes del artículo 85 del RGLCAP (si/no): En su caso podrá ser apreciado (Facultativamente por la Mesa de contratación de acuerdo con el art. 152 del RD13/2011). 33.2. En el supuesto de pluralidad de criterios de valoración de las ofertas: a) Indicar los límites que permiten apreciar el carácter anormal o desproporcionado en cuanto al precio: b) En su caso, otros criterios objetivos en función de los cuales se apreciará el carácter anormal o desproporcionado respecto a otros criterios que no sean el precio: 34. SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos (si/no): No a) Límites de los valores que podrán presentarse: b) Las empresas licitadoras, durante la subasta electrónica y el momento en que se indica, tendrán a su disposición las siguientes informaciones: c) La subasta se desarrollará en la siguiente forma: d) Las empresas para pujar deberán cumplir las siguientes condiciones. e) Las mejoras mínimas para cada puja son las siguientes: f) El dispositivo electrónico utilizado y las modalidades y especificaciones técnicas de conexión se detallan en el siguiente documento: A lo largo de cada fase de la subasta, se comunicará a las licitadoras, además de la información que les permita conocer su clasificación, los siguientes datos relativos a los precios o valores presentados por las restantes licitadoras: 35. PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en el pliego. 36. PLAZO PARA ACORDAR LA ADJUDICACIÓN. Se establece un plazo distinto al general indicado en el pliego (si/no, en caso afirmativo indicar el plazo): 37. ACREDITACIONES QUE DEBE PRESENTAR EL LICITADOR QUE HAYA PRESENTADO LA OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA (Artículo 151.2 del TRLCSP). 37.1. Se permite que sean expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos (si/no, en caso afirmativo especificar los supuestos y medios): Si se permiten los siguientes: - Emitidos por las Administraciones tributarias, en relación con el cumplimiento de estas obligaciones - Emitidos por la Seguridad Social en relación con el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social. 37.2. Se permite la incorporación de oficio, previa autorización de la empresa (si/no): 38. RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO POR LA ADMINISTRACIÓN. Se rige por lo previsto en el artículo 155 TRLCSP, y, en caso de estar fijadas, por las siguientes condiciones de compensación por los gastos: 39. CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO (si/no) : Sí Confidencialidad: Ver artículo 140 de TRLCSP. En caso de declararse confidencial algún documento, deberá rellenarse a tal efecto el anexo correspondiente del pliego de cláusulas administrativas particulares. III OTRAS ESPECIFICACIONES Página 15 de 16

41. OTRAS ESPECIFICACIONES ADICIONALES A LAS INDICADAS EN ESTA CARÁTULA Y EN EL PLIEGO La ejecución del contrato derivado del acuerdo marco se formalizara a través de los pedidos efectuados por las unidades responsables o destinatarias del acuerdo marco, si necesidad de formalizar contratos derivados. Si durante la vigencia del contrato o contratos resultantes de este procedimiento, el adjudicatario viniera a ofertar unas condiciones económicas más ventajosas a las incluidas en el contrato en vigor, por razones de interés público se procederá a modificar el contrato de acuerdo a las mismas. En todo caso, los laboratorios que resulten adjudicatarios en el presente expediente vendrán obligados a notificar y aplicar a las Organizaciones de Servicios de Osakidetza cualquier condición más favorable o cualquier oferta a un precio menor que se derive de la tramitación y adjudicación de un expediente de contratación declarado por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad de adquisición centralizada en el ámbito estatal para los medicamentos incluidos en el presente expediente, procediéndose en su caso a modificar el contrato de acuerdo a las mismas. La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público (BOE Nº 311, de 28/12/2014) regula el uso de la factura electrónica por los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Administración Pública. A su vez, en el BOPV de fecha 05/11/2014 se publica el Acuerdo del 27 de octubre de 2014, del Consejo de Administración de Osakidetza Servicio vasco de salud, por el que se implanta el sistema de facturación electrónica en las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud. En el referido Acuerdo se dispone que será de utilización obligatoria para la presentación de las facturas emitidas por los proveedores de bienes y servicios indicados en el punto 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, exceptuándose de esta obligación las facturas cuyo importe sean de hasta cinco mil euros (5.000,00 euros) (Iva incluido) quedando a salvo la posibilidad de que en un momento posterior se adopten otras disposiciones al respecto. En el citado Acuerdo se determina la forma de presentación de las facturas electrónicas fijándose el punto general de entrada de facturas electrónicas en la sede electrónica del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud (www.osakidetza-servicio vasco de salud.euskadi.net. Podrá accederse a información detallada sobre el servicio de facturación electrónica del Osakidetza desde la siguiente página web: http://www.osakidetza.euskadi.eus/r85-ekproc01/es/contenidos/informacion/factura_electronica_osk/es_def/index.shtml 42. CUADRO DE SEGUIMIENTO DE LA INCORPORACIÓN DE ASPECTOS SOCIALES Y MEDIOMABIENTALES EN EL PROCEDIMIENTO Y EN EL CONTRATO. En dicho cuadro se señalará con un SI la casilla correspondiente a la incorporación de los aspectos referidos Criterios Inserción laboral Igualdad de mujeres y hombres Prevención de Riesgos Laborales Ambientales Objeto del contrato Criterios de solvencia técnica y profesional Especificaciones técnicas Criterios de valoración de las ofertas Condiciones especiales de ejecución SI SI SI *Nota: Los campos de esta carátula, o la parte de ellos que no se encuentren rellenados no son aplicables al contrato, salvo que de las cláusulas del pliego o de la normativa aplicable se deduzca lo contrario. Página 16 de 16