BASES ESPECÍFICAS PARA LA CONCESIÓN DE QUINCE BECAS DE FORMACIÓN POR EL AYUNTAMIENTO DEL PUIG DE SANTA MARIA EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA LA DIPU TE BECA PARA EL AÑO 2015. (Bases Generales publicadas en el BOP de Valencia, número 77 de fecha 24-IV-2015) El principal objetivo de las presentes bases es la formación de los estudiantes en el ámbito local, mediante la aplicación práctica de los conocimientos adquiridos a lo largo del curso académico. Con tal fin, el AJUNTAMENT DEL PUIG DE SANTA MARIA se ha adherido al programa de la Diputación de Valencia La Dipu et Beca. BASE PRIMERA. Objeto y número de becas. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de hasta un máximo de 15 becas en las siguientes áreas de actividad: Ref. Beca ÁREA ACTIVIDAD BECA TIPOS ENSEÑANZA PREFERENTES 1 TURISMO Prácticas en Turismo Estudios Universitarios Turismo Estudios Universitarios en Comunicación, Publicidad y Relaciones Públicas Estudios universitarios Periodismo Ciclo Formativo Grado Superior Turismo 2 PLAYAS Colaboración Oficina Atención Ciudadano Playas Estudios Universitarios Turismo Estudios universitarios Periodismo Estudios Universitarios en Comunicación, Publicidad y Relaciones Públicas 3 SECRETARÍA Apoyo Área de Secretaría Estudios Universitarios en Derecho 4 PERSONAL Prácticas en Personal Estudios Universitarios en Relaciones Laborales Estudios Universitarios en Ciencias del Trabajo Estudios Universitarios en Derecho 1
Ref. Beca ÁREA ACTIVIDAD BECA TIPOS ENSEÑANZA PREFERENTES 5 CULTURA Colaboración en Cultura Estudios universitarios en información y documentación Ciclo Formativo Grado Superior Técnico Superior Animación Sociocultural Ciclo Formativo Grado Superior Administración Ciclo Formativo Grado Medio Administración 6 FOMENTO DE EMPLEO Prácticas en Área de Fomento de Empleo Estudios Universitarios en CC Trabajo Estudios Universitarios en Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía Estudios Universitarios Relaciones Laborales Estudios Universitarios en Derecho 7 DEPORTES 8 DEPORTES 9 JUVENTUD Deportes Deportes Juventud Estudios Universitarios en CC Actividad Física y del Deporte Estudios Universitarios Maestro Educación Física Ciclo F. Grado Superior Técnico superior en animación de actividades físicas y deportivas Ciclo F. Grado Medio Técnico medio en conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural Estudios Universitarios en CC Actividad Física y del Deporte Estudios Universitarios Maestro Educación Física Ciclo F. Grado Superior Técnico superior en animación de actividades físicas y deportivas Ciclo F. Grado Medio Técnico medio en conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural Técnico Superior Animación Sociocultural Estudios Universitarios en Educación Social Estudios Universitarios en Trabajo Social. Estudios Universitarios en Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía. 10 SERVICIOS SOCIALES Colaboración en el Servicios Sociales Secretariado Administrativa 2
Ref. Beca ÁREA ACTIVIDAD BECA TIPOS ENSEÑANZA PREFERENTES 11 SEGURIDAD CIUDADANA Policia Local Estudios Universitarios en Derecho o Criminología Secretariado Administrativa 12 HACIENDA 13 PADRÓN - REGISTRO 14 PERSONAL Hacienda Apoyo en la Recepción, Registro y Padrón Municipal. Ayuntamiento Recepción e Información en Edificios Públicos: Centre Municipal García Lorca Estudios Universitarios en Administración y Dirección de Empresas Estudios Universitarios en Economía o Finanzas y Contabilidad Ciclo Técnico Superior en Administración y Finanzas Secretariado Estudios universitarios en información y documentación Estudios Universitarios en Comunicación, Publicidad y Relaciones Públicas Administrativa Secretariado Estudios Universitarios en Comunicación, Publicidad y Relaciones Públicas Administrativa 15 PERSONAL Recepción e Información Edificios Públicos: Centre Cívic y/u otros Secretariado Estudios Universitarios en Comunicación, Publicidad y Relaciones Públicas Administrativa Un/una mismo/a candidato/a no podrá presentarse a más de 2 de las becas convocadas. 3
BASE SEGUNDA. Dotación, pago y duración de las becas. Cada una de las becas está dotada con un importe de 500 euros brutos mensuales a abonar en periodos vencidos, siendo cofinanciados por la Diputación de Valencia en un 80%, corriendo el ayuntamiento con el importe restante. En aquellos supuestos que impliquen un periodo inferior al mes natural, será la parte proporcional correspondiente. La duración de las becas será como máximo de 2 meses, comenzando el 1 de julio de 2015 y finalizando como máximo el 31 de agosto de 2015. El periodo de disfrute de la beca tiene que producirse necesariamente durante los meses de julio y agosto, no pudiendo por causa alguna prolongarse la duración de las becas más allá del mes de agosto. BASE TERCERA. Requisitos y méritos Las becas objeto de esta convocatoria se adjudicarán mediante concurrencia competitiva entre las personas aspirantes a las mismas, que reúnan los siguientes requisitos antes de finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo el indicado en el punto 1, y lo acrediten documentalmente: 1. Poseer la vecindad administrativa en algún municipio de la provincia de Valencia, requisito que deberá cumplirse con anterioridad a la fecha de publicación de las bases del programa "La Dipu te Beca" de la Diputación de Valencia (BOP nº 77, de 24-04-2015). 2. Tener 18 años cumplidos. 3. Encontrarse cursando alguna de las enseñanzas especificadas en el Anexo II de la Orden de convocatoria: Todos los Estudios Universitarios Oficiales, Másteres Universitarios reconocidos oficialmente y Ciclos Formativos de las Familias Profesionales descritas en dicho anexo. 4. No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 5. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, lo que acreditará mediante declaración responsable. 6. No estar disfrutando de otra beca o ayuda, de la misma o análoga finalidad así como no desarrollar una actividad laboral durante el periodo de disfrute de la beca. Se valorará con carácter preferente: - A los solicitantes que acrediten situación de discapacidad - Solicitantes que no hubieran disfrutado de una beca en el marco de este programa en ejercicios anteriores. Con el fin de garantizar la máxima difusión de estas becas entre los estudiantes, tendrán preferencia aquellos que no hayan resultado beneficiarios de estas becas en 4
ediciones anteriores, siempre y cuando el perfil de los solicitantes lo permita. - Se tendrá en consideración la situación socioeconómica de la unidad familiar del solicitante. BASE CUARTA. Plazo y lugar de presentación de solicitudes, y documentación a aportar junto a las mismas. El plazo de presentación de solicitudes será, desde las 9:00 h. del día siguiente a la publicación de la resolución de aprobación de esta convocatoria y la publicación de las presentes bases en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de El Puig y finalizará el 22 de mayo del 2015, inclusive, a las 14:00 h. Con el fin de asegurar el acceso público a la información adicionalmente y sólo a los efectos informativos, se podrá publicar en los tablones de Anuncios de los demás edificios públicos y en la página web www.elpuig.es. Los/as interesados/a deberán utilizar el modelo de solicitud específica del Ayuntamiento de El Puig de Santa Maria, pudiéndolo retirar directamente del Centro Municipal García Lorca, o descargar un ejemplar desde la página web www.elpuig.es, presentándola preferentemente en: 1. REGISTRO DE ENTRADA DEL CENTRE MUNICIPAL GARCÍA LORCA, PZA. DE MAGÚNCIA, 1 46540 PUIG (València). 2. REGISTRO DE ENTRADA DEL AYUNTAMIENTO DE EL PUIG, SITO EN LA PLAZA DEL AYUNTAMIENTO, 1 46540 EL PUIG (VALENCIA) 3. Cualquier otro medio regulado en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de RJAPPAC. Si se tramita la solicitud, junto con la documentación anexa, mediante un registro diferente a los del Ayuntamiento del Puig de Santa Maria o mediante correo certificado, deberá remitirse al Ayuntamiento del Puig de Santa María, el mismo día en que se gestione dicha solicitud, una copia de la misma mediante fax (960013013) o correo electrónico (adl@elpuig.org), en la que conste claramente la fecha del registro y el nombre y apellidos del/de la candidata/a; si así no se procediera, dichas solicitudes no serán admitidas. A las solicitudes deberán acompañarse los justificantes de los requisitos de la base tercera y los méritos que se alegan, enumerados a continuación: - Fotocopia del DNI o documentación acreditativa equivalente. - Certificado de empadronamiento colectivo, acreditativo de la residencia en algún municipio la provincia de Valencia, antes de la fecha de la publicación de las Bases Generales en el BOP de Valencia (02/05/2014), identificativo del total de integrantes de la unidad familiar. 5
- Documentación acreditativa de estar cursando las enseñanzas oficiales que alega en el que conste el tipo de enseñanza, curso, centro educativo (matrícula, certificado emitido por el centro, ) - Acreditación de no incurrir en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, realizada mediante declaración responsable o a través de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 13.7 de dicha Ley y artículos concordantes de su Reglamento (Dicha declaración se realiza en la solicitud) - Fotocopia del expediente académico correspondiente al curso inmediatamente anterior al que se encuentre cursando en el momento de la solicitud. - Fotocopia de los documentos que acrediten los méritos alegados. - Certificado acreditativo de Discapacidad, si procede. - Certificación de la Renta 2013: Declaración del IRPF, Borrador de la declaración o datos fiscales del solicitante y cada uno de los miembros de la unidad familiar, en que conste claramente la totalidad de los ingresos de dicha unidad. Se recomienda que cada candidato/a realice una autobaremación de de este apartado, de acuerdo con la base quinta, apartado 6, para decidir la conveniencia o no de la presentación de la certificación de los ingresos. En cualquier caso, si no se presentan, la puntuación en este apartado será cero. Los/as solicitantes seleccionados/as, podrán ser requeridos por el Ayuntamiento de El Puig de Santa Maria, para acreditar la autenticidad de los documentos presentados en la solicitud, mediante la exhibición de los correspondientes originales. Si alguno de los aspirantes seleccionados/as no pudiera acreditar la autenticidad y veracidad de los documentos aportados, quedará excluido automáticamente y su puesto sería cubierto por el siguiente de la lista, sin perjuicio de las acciones legales que esta administración pudiera emprender. BASE QUINTA. Requisitos y méritos Los méritos que se bareman a efectos de esta convocatoria son los siguientes: 1. Nota media del expediente académico aportado, del curso inmediatamente anterior al que se esté cursando: hasta 20 puntos 2. Curso en que se encuentre matriculado durante el curso escolar: hasta 10 puntos: 10 puntos: si está cursando el último curso de los títulos de enseñanza que se valoran como preferentes para cada beca convocada, de acuerdo con lo que se especifica en la BASE 1. En cursos intermedios, 6 puntos; primer curso, 3 puntos. 6
3. Adecuación de las enseñanzas aportadas al objeto de las distintas becas convocadas: hasta 40 puntos. REF. BECA 1 TURISMO 2 PLAYAS 3 SECRETARÍA ÁREA ACTIVIDAD BECA TIPOS ENSEÑANZA PREFERENTES PUNTOS Prácticas en Turismo Colaboración Oficina Atención Ciudadano Playas Apoyo Área de Secretaría Estudios Universitarios Turismo 40 Estudios Universitarios en Comunicación, Publicidad y Relaciones Públicas 20 Estudios universitarios Periodismo 20 Ciclo Formativo Grado Superior Turismo 20 40 Estudios Universitarios Turismo 20 Estudios universitarios Periodismo 20 Estudios Universitarios en Comunicación, Publicidad y Relaciones Públicas 20 Estudios Universitarios en Derecho 40 Estudios Universitarios en Relaciones Laborales 40 4 PERSONAL 5 CULTURA 6 FOMENTO EMPLEO 7 y 8 DEPORTES Prácticas en Personal Colaboración en Cultura Prácticas en Área de Fomento de Empleo Deportes Estudios Universitarios en Ciencias del Trabajo 30 Estudios Universitarios en Derecho 30 30 Estudios universitarios en información y documentación 40 Ciclo Formativo Grado Superior Técnico Superior Animación Sociocultural 30 Ciclo Formativo Grado Superior Administración 20 Ciclo Formativo Grado Medio Administración 10 Estudios Universitarios en CC Trabajo 40 Estudios Universitarios en Psicología, Psicopedagogía o Pedagogía 30 Estudios Universitarios en Derecho 30 Estudios Universitarios Relaciones Laborales 30 Estudios Universitarios en CC Actividad Física y del Deporte 40 Estudios Universitarios Maestro Educación Física 30 Ciclo F. Grado Superior Técnico superior en animación de actividades físicas y deportivas 30 Ciclo F. Grado Medio Técnico medio en conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural 20 7
REF. BECA ÁREA 9 JUVENTUD 10 11 SERVICIOS SOCIALES SEGURIDAD CIUDADANA 12 HACIENDA 13 PADRÓN - REGISTRO 14 y 15 PERSONAL ACTIVIDAD BECA Juventud Colaboración en el Servicios Sociales Policia Local Hacienda Apoyo en la Recepción, Registro y Padrón Municipal. Ayuntamiento Recepción e Información Edificios Públicos: Centre Municipal García Lorca, Centre Cívic y/u otros TIPOS ENSEÑANZA PREFERENTES PUNTOS Técnico Superior Animación Sociocultural 40 Estudios Universitarios en Educación Social 30 Estudios Universitarios en Pedagogía, Psicología o Psicopedagogía. 30 Estudios Universitarios en Trabajo Social 30 Secretariado 40 30 Administrativa 20 Estudios Universitarios en Derecho o Criminología 40 30 Secretariado 20 Administrativa 10 Estudios Universitarios en Administración y Dirección de Empresas 40 Estudios Universitarios en Economía o Finanzas y Contabilidad 40 Ciclo Técnico Superior en Administración y Finanzas 20 Secretariado 40 Estudios universitarios en información y documentación 30 30 Estudios Universitarios en Comunicación, Publicidad y Relaciones Públicas 30 Administrativa 20 Secretariado 40 Estudios Universitarios en Comunicación, Publicidad y Relaciones Públicas 30 30 Administrativa 20 8
4. Otros méritos como cursos específicos en la materia, otros idiomas comunitarios, valenciano, conocimiento de informática, realización de jornadas, seminarios relacionados hasta 20 puntos. CURSOS ESPECÍFICOS DE LA MATERIA: - 5 puntos por curso de 50 horas o superior. - Cursos de duración inferior, jornadas, seminarios la parte proporcional a la duración. IDIOMAS - 5 puntos por estar en 5º de alguna escuela oficial - La parte proporcional cursos inferiores - En caso de varios idiomas, se sumará puntuaciones, con el límite de 5 puntos VALENCIÀ: - Nivel Superior JQCV o equivalente: 5 - Nivel Mitjà JQCV o equivalente: 3 - Nivel Elemental JQCV o equivalente: 2 INFORMÁTICA - 5 puntos por curso de 50 horas o superior. - Cursos de duración inferior, jornadas, seminarios la parte proporcional a la duración. 5. Discapacidad: 20 puntos Se puntuará con 20 puntos el/la candidato/a con el grado de minusvalía igual o superior al 33 %. 6. Situación socioeconómica: Hasta 20 puntos. Se valorará la renta per cápita de la unidad familiar del solicitante, teniendo en consideración los datos fiscales de todos los miembros de la unidad familiar. Para ello, deberá aportar certificación (Declaración de la renta, Borrador de la declaración, datos fiscales, certificado de ingresos ) correspondientes al ejercicio 2013, en que conste claramente la totalidad de los ingresos de cada uno de los miembros de la unidad familiar. Asimismo, se requiere VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO COLECTIVO del municipio de residencia, con la finalidad de determinar tanto el empadronamiento como el número de miembros de la unidad familiar. Baremo: Hasta 3.664.08 : 20 puntos. A partir del importe anterior y hasta 5.496,12 : 15 puntos. A partir del importe anterior y hasta 6.870,15 : 10 puntos. A partir del importe anterior y hasta 8.244,18 : 5 puntos. Más de 8.244,18 : 0 puntos Si los datos aportados por los candidatos son incompletos (no dejan clara evidencia de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar), la comisión evaluadora podrá decidir no valorar la situación socioeconómica en el proceso selectivo. 9
7. Participación en la Dipu te Beca en años anteriores: No haber sido beneficiario de beca de formación en el programa la La Dipu te Beca en ejercicios anteriores: 10 puntos. Si haber sido beneficiario de beca de formación en el programa la La Dipu te Beca en ejercicios anteriores: se restará 20 puntos. 8. Entrevista: Hasta 60 puntos Se mantendrá una entrevista con los interesados, a fin de conocer su idoneidad, disposición, y formación curricular. En caso de empate de puntuaciones, se dará prioridad a los solicitantes: 1. Que acrediten discapacidad. 2. Que no hayan sido beneficiarios de una beca en años anteriores, en el marco del programa la DIPU TE BECA. 3. Que tengan la mejor puntuación en los siguientes apartados de la solicitud, por el siguiente orden: 3.1. Situación socioeconómica. 3.2. Adecuación de las enseñanzas al objeto de la beca. 3.3. Nota media del expediente académico. 3.4. Curso que se encuentra cursando en el ciclo educativo que se trate 3.5. Otros méritos 10
BASE SEXTA. Comisión Evaluadora, concesión y seguimiento de las becas. Para el examen de las solicitudes de becas, por Resolución de Alcaldía, se constituirá una comisión evaluadora, que estará integrada por los siguientes miembros: - Un/a Presidente/a. - 3 Vocal/es. - Un Secretario/a. Todos/as ellos/as Empleados/as Públicos/as del Ayuntamiento de El Puig de Santa Mª. La comisión evaluadora, tiene facultades para realizar, por medio de sus miembros, cuantas comprobaciones estime necesarias para la mejor calificación de los méritos aducidos. Una vez finalizado el correspondiente estudio de los expedientes de cada uno de los aspirantes, la comisión evaluadora formulará propuesta de adjudicación de las becas, para que las dictamine y se apruebe, en su caso, por resolución de Alcaldía. La resolución de concesión puede declarar desierta la cobertura de la beca correspondiente a alguna de las áreas de actividad, si el perfil de los solicitantes no se adecua a las características concretas necesarias para el correcto desarrollo de la misma. La entidad local nombrará, mediante resolución de Alcaldía, uno o varios tutores/tutoras que realizaran el seguimiento, coordinación y ordenaran la actividad de formación del personal becario y el tiempo de dedicación a dichas actividades. En lo no contemplado en las presentes bases, la Comisión de Valoración será el órgano competente para la adopción de acuerdos y resolución de conflictos. BASE SEPTIMA. Derechos y obligaciones de los becarios, e incidencias. 1. Durante el período de disfrute de las becas, éstas serán incompatibles con cualquier otra beca, ayuda de similar o análoga finalidad, o actividad laboral regular. La infracción de esta regla autoriza a la Corporación municipal a cancelar el disfrute de la beca 2. La participación de los becarios en este programa de formación tiene carácter formativo, sin que esta actividad constituya en ningún momento una relación laboral entre los becarios y esta entidad local. 11
3. Al personal becario, como perceptor de subvenciones públicas, le resultará de aplicación las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones. 4. Son obligaciones de los becarios: a) Desarrollar sus actividades en las dependencias municipales que le sean indicadas por su tutor. b) Tener la dedicación que se establece en las bases de estas becas, que deberán ser realizadas siguiendo las indicaciones del tutor o tutora c) Realizar las actividades y cumplir los objetivos marcados por el tutor. d) Elaborar memoria de actividades que deberá ser aprobada por el tutor. e) Incorporarse a la entidad local correspondiente en la fecha prevista en la resolución de concesión. 5. Los tutores o tutoras ordenarán las actividades de formación del personal becario y organizarán el tiempo de dedicación a dichas actividades, que será de 25 horas semanales, y deberán realizarse atendiendo al régimen de funcionamiento del centro donde se realice la beca. 6. El incumplimiento sin causa justificada de las condiciones establecidas en la presente convocatoria podrá dejar sin efecto la concesión de la beca, debiendo proceder al reintegro, en su caso, de las cantidades percibidas hasta el momento. 7. Ante las renuncias, bajas o finalización del periodo de vigencia, se procederá a cubrir la beca por el tiempo restante, según el orden de puntuación que haya resultado del proceso de selección. 8. Si una beca quedase desierta, se podrá cubrir la plaza con los becarios valorados en posición de reserva de otras becas que pudieran guardar relación con ella, de acuerdo con la criterio de la comisión evaluadora. BASE OCTAVA. Presupuesto Los gastos de la presente convocatoria se financiarán con cargo a las partidas 24102.13100 y 24102.16000, del presupuesto de gastos de la corporación del año 2015. En el Puig, a 8 de mayo de 2015 12