Vicerrectoría de Asuntos Estudiantiles



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Vicerrectoría de Asuntos Estudiantiles

ESTIMADO (A) ESTUDIANTE: Como parte de nuestra compromiso de mantener un ambiente sano de estudio y en cumplimiento con el Drug Free School and Campuses Regulations (EDGAR Part 86) te presentamos los estándares de conducta y la política establecida por el Sistema Universitario Ana G. Méndez y sus instituciones sobre la prevención del uso y abuso de drogas, alcohol y tabaco. Te proveemos además información sobre las leyes estatales, federales, sanciones aplicables, efectos de las drogas a la salud e información sobre programas y recursos de ayuda disponibles en la Institución y en la comunidad. El uso o abuso de drogas ilegales o legales puede ocasionar serios riesgos a la salud física y emocional, además de alterar el juicio y la capacidad de tomar decisiones, lo que puede llevar a comportamientos peligrosos o de alto riesgo. Te informamos que tienes a tu disposición los servicios de la Vicerrectoría Asociada de Calidad de Vida y Bienestar Estudiantil donde se ofrece consejería personal, servicios sicológicos y referidos a recursos de ayuda profesional. Te exhortamos a mantener estilos de vida saludables que contribuyan al logro de tus metas y evitar conductas que puedan causar consecuencias serias para tu vida o la de otras personas. Recuerda que es tu responsabilidad conocer todas las políticas que impactan tu vida estudiantil. Cordialmente, Prof. Carmen Rosado Vicerrectora de Asuntos Estudiantiles Universidad Metropolitana I. POLÍTICA PARA UNA COMUNIDAD Y UN AMBIENTE DE ESTUDIO Y TRABAJO LIBRE DE DROGAS, ALCOHOL Y TABACO El uso ilegal de sustancias controladas es incompatible con el buen estado de salud física y mental y presenta un grave riesgo para sí mismo y para la seguridad de tus compañeros estudiantes y de toda la comunidad universitaria. Esta política aplica a todos los estudiantes, empleados, profesores así como al personal administrativo, institucional o de propuestas. El propósito de Lo que debes saber sobre las drogas: Políticas, Reglamentos, Efectos a tu Salud y Sanciones Legales es promover un ambiente de estudio y trabajo libre del uso, influencia, venta posesión y /o distribución de sustancias controladas o alcohol en las instituciones, sus predios y en actividades oficiales que se llevan a cabo dentro y fuera de las instituciones. El Sistema Universitario Ana G. Méndez (SUAGM) prohíbe estrictamente a los estudiantes y empleados del SUAGM utilizar, consumir, vender, distribuir, poseer y/o estar bajo la influencia del alcohol o alguna sustancia controlada durante horas laborables, en o fuera del trabajo o área estudiantil o en actividades auspiciadas por la institución. Cualquier estudiante o empleado que incurra en este comportamiento, entrará en violación a esta política. Como consecuencia se le aplicarán sanciones según las legislaciones federales y locales concernidas, y en consecuencia con lo estipulado en el Manual del Recurso Humano del SUAGM y en el Reglamento de Estudiantes. A todos los estudiantes y empleados se les prohíbe poseer, utilizar, presentarse bajo la influencia (de), esconder o guardar, transportar, promover, comprar, vender, y/o distribuir dentro de los predios del SUAGM, cualesquiera de las sustancias o artículos siguientes: 1. droga ilegal o sustancias relacionadas; 2. droga sin recta que pueda provocar un efecto secundario negativo y arriesgue la seguridad en el trabajo y/o cualquier sustancia controlada; 3. drogas sintéticas, de diseñadores, o de índole similar; 4. bebidas alcohólicas y, 5. parafernalia de drogas. Lo que debes saber sobre las drogas: Políticas, Reglamentos, Efectos a tu Salud y Sanciones Legales 2

Vicerrectoría de Asuntos Estudiantiles 3 Los estudiantes y empleados tienen prohibido trabajar, reportarse a labores o a clases, o presentarse bajo la influencia del alcohol. Los empleados que utilicen drogas ilegales durante o fuera de horas laborables pudieran enfrentar acciones disciplinarias que incluyen la terminación del empleo. Los estudiantes de igual manera podrán estar sujetos a expulsión de la institución. Además se prohíbe el uso de tabaco, cigarrillo y cigarrillo electrónico. Todo empleado o estudiante está obligado a notificar por escrito al SUAGM, inmediatamente, sobre cualquier acusación o convicción relacionada con la infracción a esta Política, o a las leyes de sustancias controladas y/o alcohol, aunque los hechos que motivaron la acusación o convicción no hayan ocurrido en el área de trabajo o estudio. Cualquier estudiante que incurra en alguna violación de esta Política se referirá al Vicerrector de Asuntos Estudiantiles y quedará sujeto a las sanciones impuestas en el Reglamento de Estudiantes. Las sanciones dependerán de la gravedad de la infracción y de cómo esta afecte el bienestar de la comunidad universitaria. II. NORMAS DE ORDEN INSTITUCIONAL Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS SOBRE EL USO DE DROGAS, ALCOHOL Y TABACO 1. Amonestación verbal o escrita; 2. Probatorio por un tiempo definido por el Consejo de Disciplina; 3. Suspensión de asistencia a todas o algunas de las clases por un término de tiempo establecido por el Vicerrector de Asuntos Estudiantiles dentro del semestre en curso hasta que se brinde adecuada excusa a las personas o instituciones agraviadas si tal excusa fuese considerada suficiente; 4. Suspensión de todos o algunos de los derechos como estudiante por un término fijo dentro del semestre en curso; 5. Suspensión por el semestre en curso; 6. Suspensión por el año académico en curso o un término mayor; 7. Más de una de las sanciones anteriormente enumeradas; 8. Expulsión de la Institución. Se hará una anotación en su expediente académico y recomendación del Consejo Administrativo que se deniegue futura matrícula. Para obtener una copia completa de la Política para una Comunidad y un Ambiente de Estudio y Trabajo Libre de Drogas, Alcohol y Tabaco puede visitar la Vicerrectoría de Asuntos Estudiantiles, la Vicerrectoría de Calidad de Vida y Bienestar Estudiantil o acceder la página suagm.edu bajo el Portal de Divulgación de Información al Estudiante. Las Normas de Orden Institucional establecidas en el Manual del Estudiante en el Artículo VII Sec..2, prohíben: 1. el uso de bebidas alcohólicas, estimulantes o estupefacientes en la universidad 2. el uso de sustancias controladas en actividades que auspicie la Institución, tanto en el Campus principal como en sus Centros Universitarios. También esta prohibición se extiende a actividades oficiales extramurales auspiciadas por la Institución o a las que fuese invitado a participar el estudiante representando a la Institución 3. asistir bajo los efectos de narcóticos, estimulantes o depresivos a las actividades universitarias El uso de bebidas alcohólicas, estupefacientes, drogas o alucinógenos se considera una falta grave. Las sanciones por una falta grave podrán ser:

III. LAS DROGAS Y SUS EFECTOS El uso y abuso de drogas puede causar daños significativos a la salud. Te presentamos a continuación un resumen de los riesgos que pueden tener el uso del alcohol, tabaco y otras drogas a tu salud. Esta información fue recopilada del National Institue on Drug Abuse. DROGAS ALCOHOL COCAÍNA HEROÍNA INHALANTES MARIHUNA MEDICAME PRESCRIPC DESCRIPCIÓN Se produce a través de la fermentación de la levadura, azúcares y almidones. Es un ingrediente (alcohol etílico o etanol) intoxicante que se encuentra en la cerveza, el vino y el licor y un depresor del sistema nervioso central. Se manufactura de las platas de hoja de coca. Es un estimulante que afecta el sistema nervioso central. Se puede inhalar o disolver en agua para inyectarse. El crack es la cocaína procesada en una roca de cristal que genera vapores y se fuman. Se produce de la morfina, se puede inyectar, inhala o fumar. Sustancias volátiles que producen vapores químicos que se pueden inhalar. Pueden ser una variedad de productos que se encuentran en la casa o en el trabajo (pinturas en aerosol, líquidos de limpieza, etc.) que contienen sustancias volátiles con propiedades psicoactivas. Es una mezcla de flores, tallos, semillas y hojas secas y picadas de la hoja de cáñamo, cannabis sativa. Ocurre cua toman un m para otra p una razón d o cantidad indicadas p de los med suelen utiliz (recetados depresores (recetados trastornos d estimulante Atención y EFECTOS Afecta todos los órganos del cuerpo y puede llevar al alcoholismo. La intoxicación por alcohol puede dañar la función cerebral y las habilidades motoras. El consumo excesivo puede aumentar el riesgo de accidente cerebrovascular, cáncer y enfermedades del hígado. Su consumo durante el embarazo puede causar retraso mental y otros problemas graves a la salud del bebé. Produce estado de euforia de corta duración. Aumento en la frecuencia cardíaca y de la presión arterial. Riesgo de sufrir ataques cardíacos o cerebrales que pueden resultar en la muerte súbita. Riesgo de contraer VIH o Hepatitis C al compartir agujas u otro equipo para inyectarse drogas u al tener comportamientos sexuales riesgosos por la falta de juicio Sobredosis mortal Aborto espontáneo Enfermedades infecciosas (VIH, Hepatitis) Dependencia física Puede causar daño al bebé: bajo peso al nacer, retraso en el desarrollo, puede nacer con el síndrome de abstinencia neonatal. Su uso crónico puede llevar ala oclusión de las venas, infección del endocardio y de las válvulas del corazón, abscesos, estreñimiento cólicos gastrointestinal, enfermedades del hígado y de los riñones y complicaciones pulmonares. La mayoría producen una intoxicación rápida parecida al alcohol. Dificultad para hablar, falta de coordinación, euforia y mareo, aturdimiento, alucinaciones y delirio. En altas concentraciones pueden causar la muerte por insuficiencia cardiaca o sofocación Cuando se inhala repetidamente muchos usuarios se sienten menos inhibidos y con menos control, somnolientos varias horas y dolor de cabeza persistente. Puede causar daño cerebral al cortar el flujo de oxígeno al cerebro. A corto plazo produce los efectos incluyen euforia, percepción distorsionada, deterioro de la coordinación, dificultad para pensar y resolver problemas, perturbaciones del aprendizaje y la memoria. Durante el embarazo se asocia con un mayor riesgo de problemas de comportamiento en el bebé. Puede causar efectos a corto y largo plazo para la salud cardiopulmonar y mental. El uso pr opioides llevar a la la adición Pueden a forma sim ilícitas. Los opioi somnolen reducir la Los depr nervioso cerebral otros me causan so la frecuen respiració Los estim ansiedad temperat latido irre convulsio Lo que debes saber sobre las drogas: Políticas, Reglamentos, Efectos a tu Salud y Sanciones Legales 4

Vicerrectoría de Asuntos Estudiantiles 5 MEDICAMENTOS DE DROGAS DE CLUB (LSD Y MARIHUNA DROGAS ALCOHOL COCAÍNA TABACO HEROÍNA INHALANTES ESTEROIDES ANABÓLICOS MARIHUNA PRESCRIPCIÓN (O RECETADOS) OTROS ALUCINÓGENOS) ME PRE Es una mezcla de flores, tallos, semillas y hojas secas y picadas de la hoja de cáñamo, cannabis sativa. DESCRIPCIÓN Ocurre Se produce cuando a través las personas de la Se Una manufactura de las drogas de las adictivas Se produce Grupo de variado la morfina, de compuestos Sustancias Sustancias volátiles que sintéticas similares Es una mezcla de flores, toman fermentación un medicamento de la levadura, recetado platas de mayor de hoja uso. de coca. para azúcares otra y persona almidones. o lo toman Es un para Es un estimulante que se puede psicoactivos inyectar, inhala utilizados o en producen los a vapores la testosterona. Se tallos, toman semillas y hojas fumar. clubes nocturnos, bares, químicos de que forma se pueden oral o se inyectan. secas y picadas de la hoja ingrediente (alcohol etílico o afecta el sistema nervioso inhalar. Pueden ser una una razón diferente o de manera fiestas rave o en música Algunos atletas, fisiculturistas de cáñamo, cannabis etanol) intoxicante que se central. Se puede inhalar variedad de productos o cantidad diferente a las trance (LSD, GHB, éxtasis y y otras personas abusan sativa. de encuentra en la cerveza, el o disolver en agua para que se encuentran en la indicadas vino y el licor por el y un médico. depresor Algunos inyectarse. El crack es la metanfetaminas). casa o en ellas trabajo para mejorar su del los sistema medicamentos nervioso central. que se suelen utilizar son los opioides (recetados para el dolor), depresores del sistema nervioso (recetados para la ansiedad y cocaína procesada en una roca de cristal que genera vapores y se fuman. (pinturas rendimiento aerosol, o su apariencia líquidos de física. limpieza, etc.) que contienen sustancias volátiles con propiedades psicoactivas. trastornos del sueño) y los estimulantes (para el Déficit de Atención y la narcolepsia). Ocu tom par una o ca indi de l sue (rec dep (rec tras esti Ate A corto plazo produce los efectos incluyen euforia, percepción distorsionada, deterioro de la coordinación, dificultad para pensar y resolver problemas, perturbaciones del aprendizaje y la memoria. Durante el embarazo se asocia con EFECTOS un mayor riesgo de problemas de comportamiento en el bebé. Puede causar efectos a corto y largo plazo para la salud cardiopulmonar y mental. El Afecta uso prolongado todos los órganos de los Produce Desarrollo estado de de cáncer del Sobredosis Distorsión mortal de la percepción, La mayoría Pueden producen causar efectos A corto plazo produce opioides del cuerpo y depresores y puede llevar puede al euforia pulmón, de corta enfisema y Aborto sentimientos espontáneo de aislamiento una intoxicación graves a rápida la salud que los efectos incluyen llevar alcoholismo. a la dependencia física y a duración. trastornos bronquiales. Enfermedades y del medio infecciosas ambiente y de parecida pueden al alcohol. ser irreversibles euforia, percepción La intoxicación por alcohol Aumento en la (VIH, Hepatitis) Dificultad para hablar, la adición. El monóxido de carbono la misma persona. como daño a los riñones distorsionada, y deterioro puede dañar la función frecuencia cardíaca y Dependencia física falta de coordinación, Pueden afectar el cerebro de en el humo aumenta el Algunos funcionan como el hígado y problemas de la coordinación, cerebral y las habilidades de la presión arterial. Puede causar daño al euforia y mareo, forma motoras. similar a las drogas Riesgo riesgo de sufrir de enfermedades bebé: bajo sedantes peso y al otros nacer, pueden aturdimiento, cardiovasculares. dificultad para pensar y ilícitas. El consumo excesivo puede ataques cardiovasculares. cardíacos o retraso causar en el desarrollo, coma y convulsiones, alucinaciones y delirio. resolver problemas, Los aumentar opioides el riesgo pueden de producir cerebrales Aborto que espontáneo, pueden bajo puede delirio nacer con o amnesia. el En altas perturbaciones del somnolencia, accidente cerebrovascular, estreñimiento y resultar peso en al la nacer muerte o bebés síndrome de abstinencia concentraciones aprendizaje y la reducir cáncer la y enfermedades respiración. del súbita. prematuros neonatal. pueden causar la memoria. hígado. Riesgo de contraer VIH Su uso crónico puede muerte por Los depresores del sistema La inhalación pasiva de Durante el embarazo se Su consumo durante el o Hepatitis C al llevar ala oclusión de las insuficiencia cardiaca o nervioso embarazo disminuyen puede causar la función compartir humo agujas puede u causar otro venas, infección del sofocación asocia con un mayor cerebral retraso mental combinarse y otros con otros problemas medicamentos graves a la que salud causan del bebé. somnolencia, disminuir equipo enfermedades para inyectarse graves: drogas cáncer u al del tener pulmón, comportamientos enfermedades del endocardio y de las válvulas del corazón, abscesos, estreñimiento Cuando se inhala repetidamente muchos usuarios se sienten riesgo de problemas de comportamiento en el bebé. la frecuencia cardiaca y la sexuales corazón, riesgosos reducción por de la cólicos gastrointestinal, menos inhibidos y con Puede causar efectos a la falta de juicio enfermedades del hígado menos control, respiración. función pulmonar e corto y largo plazo para de los riñones y somnolientos varias Los estimulantes pueden causar infecciones respiratorias y la salud cardiopulmonar complicaciones horas y dolor de ansiedad, paranoia, temperatura corporal alta y latido irregular del corazón o convulsiones. la muerte. pulmonares. cabeza persistente. Puede causar daño cerebral al cortar el flujo de oxígeno al cerebro. y mental. E o ll la P fo il L so re L n c o c la re L a te la c

IV. LEYES APLICABLES Y POSIBLES SANCIONES LEGALES A. La Ley Núm. 4 del 23 de junio de 1971, según enmendada Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico establece en el Artículo 401(a): Será ilegal, excepto en la forma autorizada, el que cualquier persona, a sabiendas o intencionalmente: 1. Fabrique, distribuya, dispense, transporte u oculte o posea con la intención de fabricar, distribuir, dispensar, transportar u ocultar, excederá una sustancia controlada; 2. Produzca, distribuya o dispense, transporte u oculte o posea con intención de distribuir, transportar u ocultar una sustancia falsificada. B. Penalidades por violación al Artículo 401(b): sustancia controlada tipo de delito primer delito 1 reincidencia 2 Heroína, Morfina, Metadona, Cocaína Grave 10 a 30 años de cárcel Multa de hasta $25,000 20 a 50 años de cárcel Multa de hasta $50,000 Marihuana LSD Grave 5 a 20 años de cárcel Multa de hasta $20,000 10 a 40 años de cárcel Multa de hasta $30,000 Anfetamina, Nolorfina, Codeína (no más de 1-80 g. p/c 100 ml.) Grave 5 a 20 años de cárcel Multa de hasta $15,000 10 a 20 años de cárcel Multa de hasta $30,000 Fenobarbital Barbital Grave 1 a 5 años de cárcel Multa de hasta $10,000 2 a 10 años de cárcel Multa de hasta $20,000 Codeína (no más de 200 mg. p/c 100 ml.) Grave 1 a 3 años de cárcel Multa de hasta $5,000 2 a 6 años de cárcel Multa de hasta $10,000 C. Artículo 404(a) Será ilegal el que cualquier persona, a sabiendas o intencionalmente, posea alguna sustancia controlada, a menos que tal sustancias haya sido obtenida directamente o de conformidad con la receta u orden de un profesional actuando dentro del marco de su práctica profesional, o excepto como se autorice en esta Ley. Penalidades por violación al Artículo 404(a) sustancia controlada tipo de delito primer delito 3 reincidencia 4 Todas Grave Reclusión por 2 a 5 años Multa de hasta $5,000 Reclusión por 4 a 10 años 1 2 3 4 Condicionado a agravantes o atenuantes. Lo que debes saber sobre las drogas: Políticas, Reglamentos, Efectos a tu Salud y Sanciones Legales 6

Vicerrectoría de Asuntos Estudiantiles 7 D. Art. 411 Introducción de drogas en escuelas o instituciones. (24 L.P.R.A). sec.2411a) Toda persona que a sabiendas o intencionalmente y en violación a las disposiciones de este capítulo, introduzca, distribuya, dispense, administre, posea o transporte para fines de distribución, venda, regale, entregue en cualquier forma o simplemente posea cualquier sustancia controlada en una escuela pública o probada, instalación recreativa, pública o privada o en los alrededores de cualquiera de éstas incurrirá en delito grave. E. Title 21 United States Code, Controlled Substance Act La sección 884 establece: It shall be unlawful for any person knowingly or intentionally to possess a controlled substance unless such substance was obtained directly, or pursuant to a valid prescription or order, from a practitioner, while acting in the course of his professional practice, or except as otherwise authorized by this subchapter. sustancia controlada tipo de delito primer delito 5 reincidencia 6 Todas Grave Reclusión hasta por 1 año Multa de hasta $1,000 Reclusión hasta por 2 años Multa de hasta $2,500 F. Penalidades por Tráfico sustancia controlada cantidad primer delito 7 reincidencia 8 Marihuana o mezcla que lo contenga 1,000 kg. o más 1,000 plantas o más No menos de 10 años, no más de por vida Hasta $4,000,000 en multas No menos de 20 años, no más de por vida Hasta $8,000,000 en multas Marihuana o mezcla que lo contenga 100-1,000 kg. o 100-999 plantas 5 a 40 años de cárcel Hasta $2,000,000 en multas No menos de 10 años, no más de por vida Hasta $4,000,000 en multas Marihuana o Hashish Marihuana: 50-100 kg. o 50-99 plantas Hashish: 10-100 kg. Aceite de Hashish: 1-100 kg. Hasta 20 años de cárcel Hasta $1,000,000 en multas Hasta 30 años de cárcel Hasta $2,000,000 en multas Marihuana o Hashish Marihuana: menos de 50 kg. Hashish: menos de 10 kg. Aceite de Hashish: menos de 1 kg. Hasta 5 años de cárcel Hasta $250,000 en multas Hasta 10 años de cárcel Hasta $500,000 en multas Cocaína, Fentanyl, Heroína, LSD, Metanfetamina, PCP Cocaína: 500-4,999 g. mixto Cocaína como base: 5-49 g. mixto Fentanyl: 40-399 g. mixto Análogo de Fentanyl: 10-99 g. mixto Heroína: 100-999 g. mixto LSD: 1-9 g. mixto Metanfetamina: 5-49 g. puro o 50-499 g. mixto PCP: 10-99 g. puro o 100-999 g. mixto 5-40 años de cárcel o 20 años a cadena perpetua si hay muertes involucradas Multas de hasta $2 millones por individuo 10 años-cadena perpetua Si hay muertes involucradas, cadena perpetua Hasta $4 millones en multas por individuo Cocaína, Fentanyl, Heroína, LSD, Metanfetamina, PCP Cocaína: 5 kgs. o más mixto Cocaína como base: 50 g. o más mixto Fentanyl: 400 o más g. mixto Análogo de Fentanyl: 100 g. o más mixto Heroína: 1 kg. o más mixto LSD: 10 g. o más mixto Metanfetamina: 50 g. o más puro o 500 g. o más mixto PCP: 100 g. o más puro o 1 kg. o más mixto 10 años-cadena perpetua o 20 años a cadena perpetua si hay muertes involucradas Hasta $4 millones en multas por individuo 20 años-cadena perpetua Si hay muerte, cadena perpetua Hasta $8 millones en multas por individuo 5 6 Condicionado a agravantes o atenuantes. 7 8

G. Ley 50 del 9 de agosto del 1989: Enmiendas a Ley de Vehículos y Tránsito de P.R. Las Secc. 801 y 802 Regulan las penalidades por manejar en estado de embriaguez. sección 801 (a) 802(b) con daño corporal 802(b)(2) con grave daño corporal (delito grave) Multa 1 ra convicción: $100-$200 2 da convicción: $200-$400 3 ra convicción: $300-$500 Subsiguientes: $400-$500 1 ra convicción: $200-$500 2 da convicción: $300-$500 3 ra convicción: Delito Grave, N/A N/A Cárcel 1 ra convicción: Hasta 15 días 2 da convicción:10-30 días 3 ra convicción: 30-60 días Subsiguientes: 60 días-6 meses 1 ra convicción: 2 da convicción: 3 ra convicción: Delito Grave, de 6 meses y 1 día a 3 años de cárcel, sujeto a los atenuantes o agravantes De 6 meses y 1 día a 3 años de cárcel, sujeto a los atenuantes o agravantes Licencia de conducir 1 ra convicción: Hasta 3 años 2 da convicción: 3 meses hasta 2 años 3 ra convicción:3 meses hasta 3 años Subsiguientes: Revocación permanente 1 ra convicción: 2 da convicción: 3 ra convicción: Delito Grave, N/A N/A H. Ley 40 de 1993, Ley para para Reglamentar la Práctica de Fumar en Determinados Lugares Públicos y Privados Esta Ley prohíbe fumar, sin que ello constituya una limitación, en los siguientes lugares: Edificios públicos, departamentos, agencias e instrumentalidades pública, salones de clases, salones de actos, bibliotecas, pasillos, comedores escolares, cafeterías y servicios sanitarios de los planteles de enseñanza; en instituciones públicas y privadas a todos los niveles de enseñanza, ascensores de uso público, tanto de transporte de pasajeros como de carga, teatros y cines, hospitales y centros de salud, públicos y privados vehículos de transportación pública, restaurantes, cafeterías, establecimientos dedicados al expendio de comidas y establecimientos de comida rápida, Disponiéndose que en los establecimientos donde se ofrecen facilidades para la celebración de fiestas y actividades infantiles no se podrá fumar a menos que se establezcan áreas de fumar con sistemas de ventilación independientes del resto del establecimiento, museos, funerarias, tribunales áreas que contengan líquidos, vapores o materiales inflamables, estaciones de servicio de venta de gasolina al detal, centro de cuidado de niños; instalaciones recreativas públicas o privadas. I. Penalidades: (24 L.P.R.A. sec. 898) En caso de violación a las disposiciones de este capítulo y de su reglamento el Secretario de Salud podrá imponer multas administrativas a las autoridades dirigentes hasta doscientos cincuenta (250) dólares. En caso de violaciones subsiguientes podrá imponer multas hasta quinientos (500) dólares. Cualquier persona que viole las disposiciones de éste capítulo, será culpable de delito menos grave y convicto que fuere será sancionada por un término no menor de diez (10) días de cárcel ni mayor de treinta (30) días o una multa no menor de doscientos cincuenta (250) dólares ni mayor de quinientos (500) dólares o ambas penas a discreción del tribunal. (Enmendada en el 1998, ley 11). Lo que debes saber sobre las drogas: Políticas, Reglamentos, Efectos a tu Salud y Sanciones Legales 8

Vicerrectoría de Asuntos Estudiantiles 9 V. RECURSOS DE AYUDA EN LAS INSTITUCIONES DEL SUAGM Vicerrectoría Asociada de Calidad de Vida y Bienestar Estudiantil, Cupey Edificio Students Center Consejería Individual, Actividades Educativas de Prevención, Servicios Psicológicos, Servicios de Salud, Referidos a otros servicios de ayuda profesional en la comunidad (787) 766-1717 Exts. 6323, 6686, 6394 Programa de Orientación y Consejería Oficina de Servicios Estudiantes de Primer Año, Cupey Edificio Extensión Morales Carrión Consejería Individual, Talleres sobre índole personal, Referidos a diversos profesionales de ayuda de la Institución o de la comunidad. (787) 766-1717 Exts. 6545, 6510 Programa de Orientación y Consejería Programa Graduado, Cupey Edificio Students Center, Oficinas Programa Graduado Consejería Individual, Talleres, Charlas, Referidos a otros profesionales de ayuda de la Institución y la comunidad. (787) 766-1717 Ext. 6306 Programa de Orientación y Consejería Estudiantes Programa AHORA, Cupey Consejería Individual, Talleres, Charlas, Referidos a otros profesionales de ayuda de la Institución y la comunidad. Edificio Anexo Salones de Clase (787) 766-1717 Ext. 6271 Programas de Orientación y Consejería en los Centros Universitarios Consejería Individual, Actividades Educativas de Prevención, Referidos a otros servicios de ayuda profesional en la comunidad. Centro Universitario Aguadilla (787) 882-7070 Ext. 1434, 1439 Centro Universitario Bayamón (787) 288-1100 Exts. 1377, 1394, 8246, 1361 VI. PROGRAMAS DE AYUDA EN LA COMUNIDAD Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA) Línea de Orientación (787) 758-7211 Línea PAS 1-800-981-0023 / 24 hrs., 7 días a la semana Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA) Centro de Salud Comunitario de Bayamón, Unidad de Niños y Adolescentes (787) 786-3620 / (787) 780-6090 (Cuadro Hospital) Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA) Unidad de Emergencia para Alcoholismo, Centro Médico (787) 763-5305 Hospital Panamericano, Inc. (787) 739-5555 Línea de Ayuda 24 hrs. todos los días 1-800-981-1218 Iniciativa Comunitaria (787) 250-8629 Instituto Psicoterapéutico de Puerto Rico (INSPIRA) 1-800-284-9515 Oficina Central (línea libre de cargos) (787) 753-9515 Hato Rey (787) 296-0720 San Juan (787) 704-0705 Caguas (787) 995-2700 Bayamón (787) 709-4130 Ponce Sistema San Juan Capestrano 1-888-967-4357 Línea de Acceso y Orientación 24 hrs. (787) 625-2900 Río Piedras (787) 745-0190 Caguas (787) 740-7771 Bayamón (787) 842-4070 Ponce Centro Universitario Jayuya (787) 828-1319 Ext. 1772 Centro Universitario Comerío (787) 875-4130

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