Protección Embarazo. Índice BIENVENIDO A TU PROGRAMA DE PROTECCIÓN EMBARAZO
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- Andrés Córdoba Silva
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2 BIENVENIDO A TU PROGRAMA DE PROTECCIÓN EMBARAZO Sabemos que la conclusión de tus estudios es importante y la de tu salud durante el embarazo y para ello la Universidad en línea UTEL y MAPFRE ASSISTANCE te apoyan con el servicio de Protección que cubre lo siguiente: Índice PROTECCIÓN EMBARAZO Ayuda para gastos médicos en caso de embarazo Exclusiones médica y hospitalarias Exclusiones generales de las asistencias 4 5 ASISTENCIAS DESCRIPCIÓN COBERTURAS (MXP) PROTECCIÓN EMBARAZO AYUDA PARA GASTOS MÉDICOS EN CASO DE EMBARAZO Para que valides los servicios correspondientes deberás seguir los siguientes sencillos pasos: 1. Deberás llamar al asignado exclusivamente a "ASISTENCIA UNIVERSITARIA UTEL". HASTA $7, Tendrás que identificarte por medio de tu nombre y apellido, número de matrícula y nombre del seguro (s) al que tienes derecho.. Tú como alumno eres el Titular y en la llamada describirás el servicio que solicitas. 4. MAPFRE ASSISTANCE deberá proporcionarte el servicio solicitado de acuerdo a los beneficios con los que cuenta tu cobertura. 2
3 ASISTENCIA PARA EL EMBARAZO 1. AYUDA PARA GASTOS MEDICOS EN CASO DE EMBARAZO En caso de que el Titular del sexo femenino o cónyuge del Titular (que haya sido declarada durante la contratación) y durante la vigencia de la cobertura se encuentre en estado de embarazo y requiera el apoyo de gastos durante el embarazo o al momento del parto, MAPFRE ASSISTANCE se hará cargo de la coordinación y pago directo al prestador por concepto de los gastos relacionados exclusivamente con el estado de embarazo (estos podrán ser en uno o más de dos eventos hasta agotar la suma) en los que se incurra para el diagnóstico, consultas, tratamientos, hospitalización, intervenciones quirúrgicas, honorarios médicos, gastos de enfermería, estudios de laboratorio, parto, y de los productos farmacéuticos prescritos por el Médico que le atienda hasta por la cantidad de $7, (siete mil quinientos 00/100 MN). MAPFRE ASSISTANCE, podrá solicitar al Titular, toda la documentación referente a la comprobación del estado de embarazo así como recetas y prescripciones médicas y aquella información que compruebe el estado de embarazo, para que se pueda realizar el pago al prestador de servicio de forma directa. Para que el Titular pueda recibir el beneficio, el periodo de espera será de 0 (treinta) días naturales después del inicio de vigencia y solo aplica para las cubrir los gastos médicos relacionados a dicho estado. Titular: Se le considera Titular al alumno (a) que tenga una matrícula válida y vigente y esté inscrito(a) en UTEL. Periodo de espera: Es el periodo de tiempo que debe transcurrir desde que tiene lugar la contratación del seguro hasta que se empiece a recibir el beneficio. Este será de 0 (treinta) días
4 después de la contratación y solo aplica para la cobertura de Ayuda para Gastos Médicos por. Este Beneficio se otorga con un límite de un embarazo durante la vigencia del programa contratado EXCLUSIONES MÉDICAS Y HOSPITALARIAS: Quedan expresamente excluidos de la prestación de primeros gastos de detección de cáncer, los siguientes eventos: a) Las enfermedades preexistentes, congénitas y/o recurrentes, conocidas o no por el Titular, así como también sus consecuencias y agudizaciones. Las mismas serán determinadas por el departamento médico de la compañía. b) La asistencia por enfermedades o estados patológicos producidos por la ingestión voluntaria del alcohol, drogas, sustancias tóxicas, narcóticos o medicamentos adquiridos sin prescripción médica. c) Afecciones, lesiones y sus consecuencias o complicaciones producto de tratamientos y atenciones no brindadas por profesionales no pertenecientes al equipo médico de la compañía. d) Las enfermedades mentales, trastornos psiquiátricos, depresiones o por cualquier tipo de enfermedad mental o nerviosa. e) Asistencia médica hospitalaria si el gasto médico se lleva a cabo en contra de la opinión de un médico. f) Tratamientos cosméticos, cirugía estética o reconstructiva o tratamientos de disminución de peso. g) Todo tipo de enfermedades endémicas y/o epidémicas, así también como SIDA, VIH y enfermedades de transmisión sexual (ETS). h) Enfermedades infecciosas, tales como la del sueño, malaria, paludismo, fiebre amarilla y, en general, enfermedades de cualquier naturaleza, desvanecimientos, síncopes, ataques de apoplejía, epilepsia o epileptiformes. i) Lesiones derivadas de acciones intencionales, tanto en agresiones como contra sí mismo, así como incitación a terceros a cometerlas en perjuicio del Titular. 4
5 EXCLUSIONES GENERALES DE LAS ASISTENCIAS Serán causas excluyentes de los servicios de asistencia: Cuando el Titular no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza impida atender debidamente la situación de asistencia. Cuando el Titular no acredite su personalidad como derechohabiente del servicio de asistencia. Cuando el Titular incumpla cualquiera de las obligaciones indicadas en las condiciones generales. El Titular no tendrán derecho a ser reembolsados sin previa comunicación con MAPFRE ASSISTANCE. Los servicios de asistencia que el Titular haya gestionado, contratado y pagado por su cuenta, sin previa autorización de MAPFRE ASSISTANCE. MAPFRE ASSISTANCE no será responsable de los retrasos o incumplimientos debidos a causas de fuerza mayor o a las características administrativas o políticas especiales del lugar en que deban prestarse los servicios de asistencia. Quedan excluidos los servicios cuando sean derivación directa o indirecta de: Huelgas, guerra, invasión de enemigos extranjeros, hostilidades (se haya declarado la guerra o no), rebelión, guerra civil, insurrección, terrorismo, pronunciamientos, manifestaciones, movimientos populares, radioactividad o cualquier otra causa de fuerza mayor. Enfermedades psiquiátricas, psicológicas o de enajenación mental. Efectos patológicos, por el consumo en cualquier forma de tóxicos, drogas, o fármacos menores o mayores, ya sean legales ingeridos en exceso (salvo prescripción médica) o ilegales. Cualquier percance intencional así como la participación en actos criminales. Emergencia Médica: cuando una enfermedad o accidente pone en peligro la vida, la viabilidad de alguno de los órganos o la integridad corporal del Titular. 5
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