TARIFA SOCIAL DE CONSUMO DE AGUA UNA TARIFA PENSADA PARA QUIENES MÁS LO NECESITAN

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Transcripción:

TARIFA SOCIAL DE CONSUMO DE AGUA UNA TARIFA PENSADA PARA QUIENES MÁS LO NECESITAN

TARIFA SOCIAL DE CONSUMO DE AGUA UNA TARIFA PENSADA PARA QUIENES MÁS LO NECESITAN En Canal de Isabel II creemos que es justo adaptarse a las necesidades especiales de cada persona y familia. Por eso, si estás atravesando un momento difícil, eres perceptor de la renta mínima de inserción o de una pensión no contributiva o perteneces a una familia o vivienda numerosa, puedes acogerte a nuestra Tarifa social. Por exención social Por familia o vivienda numerosa

Por exención social Quién puede obtener la bonificación? Aquel titular o usuario de una vivienda que acredite no poder hacer frente al pago de su factura del agua, mediante alguno de los documentos que se detallan en el apartado Cómo se solicita? que figura más abajo. Qué se bonifica? El importe total de la parte variable del consumo realizado hasta 25 m 3 al bimestre (equivalente a un consumo medio diario de hasta 417 litros). El 50 % del importe total de la cuota de servicio. Cómo se solicita? Si eres el titular del contrato o beneficiario del suministro, deberás aportar alguno de los siguientes documentos: Informe del trabajador social de tu Ayuntamiento (en el caso de Madrid capital, de la Junta de Distrito), que deberá ser aprobado por la Consejería competente. Certificado emitido por dicha Consejería que acredite tu condición de beneficiario de la Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid. Acreditación de tu condición de beneficiario de una pensión no contributiva, de las previstas en el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. En los casos en que no seas el titular del contrato, deberás presentar también el correspondiente certificado de empadronamiento. Una familia con un consumo de hasta 25 m³/bimestre abonará menos de 9 euros por su factura de agua bimestral.

Por familia o vivienda numerosa Quién puede obtener la bonificación? Aquel titular o usuario que acredite que su vivienda habitual está habitada por: Familia numerosa, o por más de cuatro personas empadronadas. Qué se bonifica? Familia numerosa general o vivienda de 5 a 7 personas. Pagarán el consumo realizado en el segundo bloque tarifario a precios del primero. Contarán con una reducción del 10 % del importe de la parte variable de la factura. Familia numerosa especial o vivienda de más de 7 personas. Pagarán el consumo realizado en el segundo bloque tarifario a precios del primero. Dispondrán de una bonificación por la cual hasta 30 m³/bimestre del tercer bloque tarifario serán cobrados a precio del segundo. Contarán con una reducción del 10 % del importe de la parte variable de la factura. Para un consumo de hasta 80 m³/bimestre (1.333 litros al día) y contador de 15 mm, el ahorro sería de 61 ; se pasaría de pagar 158 a 96. Para un consumo de hasta 50 m³/bimestre (833 litros al día) y contador de 15 mm, el ahorro sería de 15 ; se pasaría de pagar 75 a 60. Cómo se solicita? Si eres el titular del contrato o beneficiario del suministro, deberás aportar: Familia numerosa: título en vigor o, en su defecto, certificación expedida por la Consejería competente. En los casos en los que el domicilio que consta en los documentos reseñados anteriormente no coincida con la vivienda habitual objeto de la bonificación, deberá aportarse, además, el correspondiente certificado de empadronamiento. Vivienda numerosa: certificado de empadronamiento o documento equivalente correspondiente a la vivienda objeto del contrato, expedido por el Ayuntamiento donde se encuentra ubicada la vivienda. Únicamente se bonificará la vivienda habitual. Además, debes saber que las bonificaciones por familia y vivienda numerosa no pueden aplicarse de forma simultánea.

Dónde envío la documentación? Los impresos de solicitud están disponibles en nuestra Oficina virtual y puedes hacérnoslos llegar, junto con el resto de la documentación cumplimentada, a través de cualquiera de los siguientes canales de atención al cliente: Oficina virtual de Canal de Isabel II: oficinavirtual.canaldeisabelsegunda.es Correo electrónico: clientes@canaldeisabelsegunda.es Correo postal: Att. Registro General. C/ Santa Engracia, 125 (28003 Madrid) Y además... Si lo necesitas, ponemos a tu disposición la posibilidad de solicitar un aplazamiento o fraccionamiento del pago. Cuéntanos las medidas que has adoptado para gastar menos agua y te bonificaremos por ahorro de consumo. Benefíciate de nuestras bonificaciones! Teléfono de atención al cliente: 900 365 365 Personalmente en cualquiera de nuestros centros de atención al cliente. Ten en cuenta que las bonificaciones por familia o vivienda numerosa y la de exención social son perfectamente compatibles. +

Santa Engracia, 125 28003 Madrid 900 365 365 www.canaldeisabelsegunda.es