COLEGIO OFICIAL DE PERITOS E INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES DE CÁCERES

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22969 COLEGIO OFICIAL DE PERITOS E INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES DE CÁCERES ACUERDO de 23 de julio de 2008 sobre creación de ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública. (2008AC0030) El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas deberá efectuarse por medio de una disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente. El Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Cáceres es una Corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, conforme a lo establecido en la Ley 2/1974, de Colegios Profesionales, de 13 de febrero, modificada por leyes 74/1978, de 26 de diciembre; 7/1997, de 14 de febrero y Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de junio y en sus Estatutos propios. Como Corporación de derecho público y en los términos que figuran en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, en Sentencias como las de 20/88 y 87/89, corresponde al Colegio Oficial el ejercicio de todas aquellas funciones de interés público que directamente y en relación con la Profesión por el legislador le sean encomendadas o bien le sean delegadas por la Administración. Entre las indicadas funciones corresponden al Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Cáceres, en el ámbito de su competencia, la ordenación de la actividad profesional, velando por la ética y dignidad profesional y el respeto debido a los derechos de los particulares, así como el ejercicio de la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial y la adopción de todas aquellas medidas conducentes a evitar el intrusismo profesional. En su virtud, previo informe favorable de la Agencia Española de Protección de Datos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Cáceres, en sesión celebrada el día 26 de mayo de 2008 acuerda por unanimidad, la aprobación de la disposición de creación de ficheros de titularidad pública de carácter personal de la Corporación, en los siguientes términos: Artículo 1. Se crean los ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública de la responsabilidad del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Cáceres que se relacionan en los Anexos de la presente disposición y que deberán adecuarse a los términos y condiciones previstos en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y disposiciones de desarrollo, en particular a las prescripciones establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

22970 Artículo 2. El Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Cáceres como responsable de los ficheros y tratamientos deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar que los datos de carácter personal existentes en los mismos se usan para las finalidades y funciones de derecho público que tiene encomendadas y reconocidas en la Ley de Colegios Profesionales 2/1974, de 13 de febrero y demás normativa de carácter general o sectorial que afecte a la profesión, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Artículo 3. Los afectados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación, en la sede oficial de la Corporación, en Cáceres, calle San Juan de Dios, 3, 1.º. Artículo 4. Corresponde a la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Cáceres, en virtud del artículo 27.1 S) de los Estatutos del Colegio, la función de creación de aquellos nuevos ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública que, en su caso, resulten necesarios para el ejercicio de las finalidades y funciones públicas propias del Colegio, de acuerdo con la Ley de Colegios Profesionales y la Ley de Protección de Datos. Asimismo corresponde a la Junta de Gobierno la modificación o supresión de todos los ficheros de titularidad pública de responsabilidad del Colegio Oficial. Disposiciones finales. Primera. De la presente disposición se dará traslado a la Agencia Española de Protección de Datos, conforme a lo dispuesto en el artículo 39.2.a) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal (LOPD), que dispone que serán objeto de inscripción en el Registro General de Protección de Datos los ficheros de los cuales sean titulares las Administraciones Públicas. Asimismo, y en el artículo 52 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, se señala que todo fichero de datos de carácter personal de titularidad pública será notificado a la Agencia Española de Protección de Datos por el órgano competente de la Administración responsable del fichero para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, en el plazo de treinta días desde la publicación de su norma o acuerdo de creación en el diario oficial correspondiente. Segunda. La presente disposición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial correspondiente. Cáceres, a 23 de julio de 2008. El Decano COPITICC, JOSÉ MANUEL CEBRIÁ ÁLVAREZ.

22971 ANEXO I FICHERO DE COLEGIADOS Fichero que contiene datos de carácter personal y de actividad de los Colegiados. Usos y Fines: Registro de colegiados. Control de títulos, de ejercicio profesional y especialización. Acreditación de la habilitación profesional de los colegiados. Control de incompatibilidades profesionales. Registro de cargos corporativos. Gestión de cuotas colegiales. Lista de peritos para la tasación de edificios industriales. Lista de peritos para trabajos de oficio. Emisión de Certificaciones y Acreditaciones relacionadas con el ejercicio de potestades jurídico-públicas. Envío de comunicaciones vinculadas con el ejercicio de potestades de derecho público. El ejercicio de cualquier otra potestad estatutaria de derecho público. Responsable del Fichero: Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Cáceres. Colectivo Afectado: Colegiados. Procedimiento de Recogida de Datos: Fichas de adscripción. Estructura Básica y Tipos de Datos: Datos Identificativos: Nombre y apellidos. DNI/NIF, pasaporte y/o permiso de residencia. Dirección: Incluye teléfono, fax, e-mail. Datos de características personales: Fecha y lugar de nacimiento. Datos Académicos y Profesionales: Especialidad. Promoción. Fecha de Expedición del Título, Núm. y Escuela. Otros estudios y especializaciones.

22972 Otros Datos: Domiciliación bancaria. Régimen de Previsión Social. Cesiones Previstas: Colegios Oficiales de la misma Profesión por traslado del Colegio. Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales. Órganos jurisdiccionales. Administraciones General del Estado, de las Comunidades Autónomas, Local e Instituciones de carácter público competentes, para el ejercicio de competencias similares o cuando así lo establezca una Ley. Servicios Públicos responsables de la producción de estadísticas oficiales. Seguros obligatorios de Responsabilidad profesional. Cualquier otra que resulte de la normativa vigente, con rango de Ley. Transferencias: No existen transferencias internacionales de datos. Unidad o Servicio ante la que se puede ejercitar el Derecho de Acceso: Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Cáceres. C/ San Juan de Dios, 3, 1.º. 10001, Cáceres. Medidas de Seguridad: Nivel básico. Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado (Mixto). ANEXO II FICHERO DE VISADOS COLEGIALES Fichero que contiene los datos de los expedientes realizados o a realizar por los colegiados, los datos propios para la gestión y control del visado del expediente. Usos y Fines: Registro y control de las intervenciones profesionales de los colegiados. Acreditación de la identidad, titulación y habilitación legal y colegial del técnico autor del trabajo o documentación profesional objeto del visado. Control de incompatibilidades y otras circunstancias inhabilitantes. Acreditación de la corrección e integridad formal de la documentación integrante del trabajo profesional sujeta al visado. Gestión del cobro de los honorarios profesionales de los Colegiados, en su caso, previa petición de los mismos.

22973 Elaboración de estadísticas. Responsable de fichero: Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Cáceres. Colectivos afectados: Colegiados y los demás agentes intervinientes en la obra, construcción o instalación sujeta a licencia. Procedimiento de recogida de Datos: Notas de Encargo-Presupuesto facilitadas por los Colegiados y sus clientes. Documentaciones técnicas relativas a la obra, construcción o instalación. Tipos de Datos Datos del Colegiado: Nombre y apellidos. NIF. Dirección profesional (incluye teléfono, fax y correo electrónico, en su caso). Clase de ejercicio profesional. Datos de la administración o empresa para la cual el colegiado presta sus servicios bajo relación de empleo, en su caso. Datos del trabajo a desarrollar: Tipo de intervención profesional. Emplazamiento de la obra, construcción o instalación. Características y fecha del proyecto. Presupuesto de ejecución material de la obra, construcción o instalación. Principales parámetros técnicos del proyecto: Superficie, potencia eléctrica, potencia térmica, etc. Honorarios convenidos con el cliente y forma de pago de los mismos, en su caso. Cesiones previstas: Administraciones Públicas competentes. Órganos jurisdiccionales. Interesados legítimos: Contratantes y destinatarios del servicio profesional y sus causahabientes. Transferencias: No existen transferencias internacionales de datos. Unidad o servicio ante la que se pueda ejercitar el derecho de acceso:

22974 Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Cáceres. C/ San Juan de Dios, 3, 1.º. 10001, Cáceres. Medidas de Seguridad: Nivel básico. Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado (Mixto). ANEXO III FICHERO DE REGISTRO DE SOCIEDADES PROFESIONALES Fichero que contiene los datos personales necesarios para la gestión y llevanza del Registro de Sociedades Profesionales del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Cáceres según lo dispuesto en la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales. Usos y Fines: Gestión y llevanza del Registro de Sociedades Profesionales del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Cáceres según lo dispuesto en la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales. Responsable del Fichero: Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Cáceres. Colectivo Afectado: Socios profesionales y no profesionales de la sociedad a inscribir en el Registro de Sociedades. Personas que se encarguen de la administración y representación, expresando la condición de socio profesional o no de cada una de ellas. Procedencia de los Datos: Registro Mercantil. El propio interesado o su representante legal. Procedimiento de Recogida de Datos: Formularios. Comunicación del Registro Mercantil. Estructura Básica y Tipos de Datos: Datos Identificativos: Nombre y apellidos. DNI/NIF y/o pasaporte. Dirección: Incluye teléfono, fax, e-mail. Datos Académicos y Profesionales: Indicación de la condición o no de socio profesional.

22975 Colegio Profesional al que pertenece. Número de colegiado. Indicación de la habilitación actual para el ejercicio profesional. Condición de administrador o representante de la sociedad. Otros Datos: Restantes menciones exigidas por la normativa vigente para la inscripción registral de la forma societaria de que se trate. Cesiones Previstas: Ministerio de Justicia. Administración Competente de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Cualquier otra que resulte de la normativa vigente, con rango de Ley. Transferencias internacionales: No existen transferencias internacionales de datos. Unidad o Servicio ante la que se puede ejercitar el Derecho de Acceso: Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Cáceres. C/ San Juan de Dios, 3, 1.º. 10001, Cáceres. Medidas de Seguridad: Nivel básico. Sistema de tratamiento: Parcialmente automatizado (Mixto). PARTICULARES ANUNCIO de 25 de julio de 2008 sobre extravío del certificado de Estudios Primarios de D.ª Concepción Chamizo Capilla. (2008083128) Se hace público el extravío del certificado de Estudios Primarios de D.ª Concepción Chamizo Capilla. Cualquier comunicación sobre dicho documento deberá efectuarse ante la Delegación Provincial de Educación de Badajoz en el plazo de treinta (30) días, pasados los cuales dicho título quedará nulo y sin valor y se seguirán los trámites para la expedición del duplicado. Madrid, a 25 de julio de 2008. La Interesada, CONCEPCIÓN CHAMIZO CAPILLA.