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L 313/14 ES REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/2023 DE LA COMISIÓN de 18 de noviembre de 2016 relativo a la benzoato sódico, el sorbato de potasio, el ácido fórmico y el formiato de sodio como s en los piensos para todas las es (Texto pertinente a efectos EEE) LA COMISIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento (CE) n. o 1831/2003 Parlamento Europeo y Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los s en la alimentación ( 1 ), y en particular su artículo 9, apartado 2, Considerando lo siguiente: (1) El Reglamento (CE) n. o 1831/2003 regula la de s para su uso en la alimentación, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha. El artículo 10, apartado 7, Reglamento (CE) n. o 1831/2003, leído en relación con su artículo 10, apartados 1 a 4, establece disposiciones específicas para la evaluación de los productos utilizados en la Unión como s para ensilado. (2) De conformidad con el artículo 10, apartado 1, letra b), Reglamento (CE) n. o 1831/2003, el benzoato sódico se inscribió en el Registro de s para alimentación como producto existente perteneciente al grupo funcional de s de ensilado, para todas las es. (3) De conformidad con el artículo 10, apartado 2, Reglamento (CE) n. o 1831/2003, leído en relación con su artículo 7, se presentó una solicitud para la benzoato sódico y, de conformidad con el artículo 7 Reglamento (CE) n. o 1831/2003, se presentaron solicitudes de sorbato de potasio, el ácido fórmico y el formiato de sodio. Las solicitudes iban acompañadas de la información y documentación exigidas en el artículo 7, apartado 3, Reglamento (CE) n. o 1831/2003. (4) Dichas solicitudes se refieren a la benzoato sódico, el sorbato de potasio, el ácido fórmico y el formiato de sodio como s en los piensos para todas las es, que deben ser clasificados en la categoría de «s tecnológicos». (5) En su dictamen de 13 de junio de 2012 ( 2 ), la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («Autoridad») concluyó que, en las condiciones de utilización propuestas, el benzoato sódico no tiene efectos adversos para la salud, la salud humana ni el medio ambiente; sin embargo, se consideró que es un sensibilizante potencial y no puede descartarse el riesgo por inhalación. La Autoridad también concluyó que el puede facilitar la producción de ensilado mediante la reducción ph y la mejora de la conservación de la materia seca en material fácil, moderadamente difícil y difícil de ensilar. (6) En su dictamen de 18 de junio de 2013 ( 3 ), la Autoridad concluyó que, en las condiciones de utilización propuestas, el sorbato de potasio no tiene efectos adversos para la salud, la salud humana ni el medio ambiente; sin embargo, se consideró que es irritante para la piel y los ojos y potencialmente irritante para las vías respiratorias. La Autoridad también concluyó que el puede mejorar la estabilidad aeróbica ensilado en material fácil y moderadamente difícil de ensilar. (7) En su dictamen de 11 de septiembre de 2014 ( 4 ), la Autoridad concluyó que, en las condiciones de utilización propuestas, el ácido fórmico no tiene efectos adversos para la salud, la salud humana ni el medio ambiente; sin embargo, se consideró que es corrosivo para la piel, los ojos y las vías respiratorias. La Autoridad también concluyó que el puede mejorar el proceso de ensilado y la calidad ensilado en lo referente a la estabilidad aeróbica ensilado en material fácil, moderadamente difícil y difícil de ensilar. ( 1 ) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29. ( 2 ) EFSA Journal 2012; 10(7):2779. ( 3 ) EFSA Journal 2013; 11(7):3283. ( 4 ) EFSA Journal 2014; 1(10):3827.

ES L 313/15 (8) En su dictamen de 11 de marzo de 2015 ( 1 ), la Autoridad concluyó que, en las condiciones de utilización propuestas, el formiato de sodio no tiene efectos adversos para la salud, la salud humana ni el medio ambiente; sin embargo, se consideró que en forma líquida es corrosivo para la piel, los ojos y las vías respiratorias. La Autoridad también concluyó que el puede mejorar la retención de nutrientes mediante la reducción de la pérdida de materia seca en material fácil, moderadamente difícil y difícil de ensilar. (9) La Autoridad no considera que sea necesario aplicar requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización en el caso benzoato sódico, el sorbato de potasio, el ácido fórmico y el formiato de sodio. Asimismo, verificó el informe sobre el método de análisis de los s en los piensos que había presentado el laboratorio de referencia establecido de conformidad con el Reglamento (CE) n. o 1831/2003. (10) Las evaluaciones benzoato sódico, el sorbato de potasio, el ácido fórmico y el formiato de sodio muestran que se cumplen las condiciones de establecidas en el artículo 5 Reglamento (CE) n. o 1831/2003. Por consiguiente, procede autorizar el uso de estos s tal como se especifica en el anexo presente Reglamento. (11) Al no haber motivos de seguridad que exijan la aplicación inmediata de las modificaciones de las condiciones de benzoato sódico, conviene conceder un período de transición que permita a las partes interesadas prepararse para cumplir los nuevos requisitos derivados de la. (12) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 Autorización Se autoriza el uso como s en la alimentación de los s especificados en el anexo, pertenecientes a la categoría «s tecnológicos» y al grupo funcional «s de ensilado», en las condiciones establecidas en dicho anexo. Artículo 2 Medidas transitorias El benzoato sódico especificado en el anexo y los piensos que lo contengan que hayan sido producidos y etiquetados antes 9 de junio de 2017 de conformidad con las normas aplicables antes de 2016 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias. Artículo 3 Entrada en vigor El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el. ( 1 ) EFSA Journal 2015; 13(5):4056.

L 313/16 ES El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 18 de noviembre de 2016. Por la Comisión El Presidente Jean-Claude JUNCKER

Categoría de s tecnológicos. Grupo funcional: s de ensilado 1k301 Benzoato sódico 1k202 Sorbato de potasio Composición Benzoato sódico 99,5 % Forma sólida Benzoato sódico 99,5 % C 7 H 5 Na O 2 N. o CAS 532-32-1 Producida por síntesis química Para la determinación benzoato sódico: método titrimétrico (01/2008:0123 de la Farmacopea europea). Composición Sorbato de potasio 99 % Forma sólida Sorbato de potasio 99 % C 6 H 7 KO 2 es es ANEXO humedad 12 % 2 400 1. Los operadores de empresas de para los usuarios 2. La mezcla de fuentes diferentes de benzoato sódico no deberá superar los contenidos s permitidos. 300 1. Los operadores de empresas de para los usuarios de ES L 313/17

N. o CAS 24634-61-5 Producida por síntesis química Para la determinación sorbato de potasio en el para piensos: valoración con ácido perclórico (Farmacopea Europea, monografías 6.0, método 01/2008:0618). Para la determinación sorbato de potasio en las premezclas y los piensos: cromatografía líquida de alta resolución de exclusión iónica con detección UV (HPLC-UV). 1k236 Ácido fórmico Composición Ácido fórmico ( 84,5 %) Forma líquida Ácido fórmico 84,5 % H 2 CO 2 N. o CAS 64-18-6 es humedad 12 % 2. El se utilizará en materiales fácil y moderadamente difícil de ensilar ( 2 ). 10 000 1. Los operadores de empresas de para los usuarios de L 313/18 ES

1k237 Formiato de sodio Para la determinación ácido fórmico: método de cromatografía iónica con detección de conductividad eléctrica (IC- ECD). Composición Forma sólida Formiato de sodio 98 % Forma líquida Formiato de sodio 15 % Ácido fórmico 75 % Agua 25 % es humedad 12 % Formiato de sodio 98 % (forma sólida) NaHCO 2 N. o CAS 141-53-7 Formaldehído 6,2 mg/kg Acetaldehído 5 mg/kg Butiraldehído 25 mg/kg Formiato de sodio 15 % (forma líquida) Ácido fórmico 75 % Producida por síntesis química 10 000 (equivalente al ácido fórmico) 2. La mezcla de fuentes diferentes de ácido fórmico no deberá superar el contenido permitido en piensos completos. 1. Los operadores de empresas de para los usuarios 2. La mezcla de fuentes diferentes de ácido fórmico no deberá superar los contenidos s permitidos en piensos completos. de ES L 313/19

Para la determinación sodio en los s para piensos: EN ISO 6869: espectrometría de absorción atómica (AAS) o EN 15510: espectrometría de emisión atómica en plasma de acoplamiento inductivo (ICP-AES). Determinación formiato total en los s para piensos: EN 15909 HPLC de fase inversa con detección UV (RP-HPLC-UV). Determinación formiato total en las premezclas y los piensos: Cromatografía líquida de alta resolución de exclusión iónica con detección UV o índice de refracción (HPLC-UV/ RI) o método de cromatografía iónica con detección de conductividad eléctrica (IC-ECD). humedad 12 % de L 313/20 ES ( 1 ) Puede consultarse información detallada sobre los métodos analíticos en la siguiente dirección laboratorio de referencia: https://ec.europa.eu/jrc/en/eurl/feed-additives/evaluation-reports. ( 2 ) Forraje fácil de ensilar: > 3 % de hidratos de carbono solubles en materiales frescos. Forraje moderadamente difícil de ensilar: 1,5-3,0 % de hidratos de carbono solubles en materiales frescos. Reglamento (CE) n. o 429/2008 (DO L 133 de 22.5.2008, p. 1 ).