CHILE PISAGUA: SE VUELVEN A ABRIR LAS INVESTIGACIONES SOBRE LA IDENTIDAD DE LOS RESTOS HUMANOS DESCUBIERTOS EN UN ENTERRAMIENTO CLANDESTINO

Documentos relacionados
A R G E N T I N A SEGUIMIENTO DE LA INVESTIGACION CRIMINAL SOBRE EL ATAQUE AL CUARTEL DEL REGIMIENTO DE INFANTERIA MECANIZADA III DE LA TABLADA

PERÚ: El gobierno rechaza la recomendación de los expertos en derechos humanos de la ONU de abolir los «jueces sin rostro»

GUATEMALA PROCEDIMIENTOS PENALES: VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS CONTRA NIÑOS DE LA CALLE

amnistía internacional

MYANMAR VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS EN UN CLIMA DE TERROR. La vida en Myanmar (Birmania) se caracteriza por el temor,

HONDURAS ENTRA EN VIGOR UNA NUEVA LEY DE AMNISTÍA

Amnistía Internacional BRASIL

COLOMBIA: MUERTE DE ROSALBA CAMACHO Y SU FAMILIA. ABRIL DE 1991 RESUMEN INDICE AI: 23/19/91/s DISTR: SC/CO

La Operación Colombo fue un montaje con periódicos. la desaparición de 119 personas detenidas en Chile. La noticia fue replicada. y degradantes.

CHILE EL CASO DE RODRIGO ROJAS Y CARMEN QUINTANA ALCANZA SU ETAPA FINAL. NOVIEMBRE DE 1991 RESUMEN ÍNDICE AI: AMR 22/05/91/s

HONDURAS. Impunidad de abusos posteriores al golpe ENERO DE 2013

SERVICIO DE NOTICIAS 08/94. En este Servicio de Noticias encontrarán dos artículos externos sobre Turquía y México.

C O L O M B I A MATANZA DE CIVILES NO COMBATIENTES EN PUERTO VALDIVIA, DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA

Amnistía Internacional

amnistía internacional

Estadísticas de los juicios por crímenes de lesa humanidad en Argentina

EXTERNO Índice AI: AFR 54/29/94/s Distr: PG/SC SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDRES WC1X 8DJ, REINO UNIDO PREOCUPACIÓN MÉDICA

SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDRES WC1X 8DJ, REINO UNIDO TRADUCCIÓN DE EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL, ESPAÑA

Se manipuló el computador de Raul Reyes según un investigador colombiano

FORMULARIO PARA PRESENTAR PETICIONES SOBRE VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS

SALUD LABORAL 24 de Octubre de 2012

GUÍA PARA LA CONDUCTA Y EL COMPORTAMIENTO DE LA POLICÍA Servir y proteger

Bolivia. Debido proceso e independencia judicial

Kenia: El gas lacrimógeno y las porras enmudecen el debate político

Chile. Juicios por violaciones pasadas a los derechos humanos

Chile. Juzgamiento de violaciones a los derechos humanos cometidas en el pasado

Amnistía Internacional

Colombia: situación de las violaciones al derecho a la vida Julio de 2001 a junio de 2009

Guía sobre la denuncia

MARRUECOS CONTINÚAN LAS DETENCIONES, LAS "DESAPARICIONES" Y LAS RESTRICCIONES DE LAS LIBERTADES DE EXPRESIÓN Y MOVIMIENTO EN EL SAHARA OCCIDENTAL

República Democrática del Congo: Alarmante incremento de las detenciones y reclusiones arbitrarias

Perú. Rendición de cuentas e impunidad

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES CON ARREGLO AL ARTICULO 44 DE LA CONVENCION

Coruña), Inés del Río Prada, alias «Peque» y «Nieves»; en prisión desde julio de 1987, cuando fue detenida en Zaragoza, formando parte de un comando

TRATADO SOBRE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS PENALES ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA Y EL GOBIERNO DE CANADÁ. (Suscrito en Caracas el 24 de

AMNISTÍA INTERNACIONAL LIBERTAD PARA LOS «PRESOS INOCENTES» YA!

A: ENCARGADOS DE PRENSA ÍNDICE AI: NWS 11/69/95/s DE: OFICINA DE PRENSA DEL SI DISTR: SC/PO FECHA: 3 DE ABRIL DE 1995

Colombia Cuerpos marcados, crímenes silenciados

Procedimiento de Denuncia al Comité de Ética GC-PC-RH-04

MINISTERIO PUBLICO RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº MP-FN

SUMARIO MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA

Amnistía Internacional

ACCIÓN URGENTE. Quito, 24 de noviembre de Ref. AMR 13/006/2011. Sra. Cristina Fernández. Presidenta de la República Argentina

Unión Interparlamentaria

El Archivo en cifras. Algunos resultados de la Investigación Cuantitativa en el Archivo Histórico de la Policía Nacional de Guatemala

A: ENCARGADOS DE PRENSA ÍNDICE AI: NWS 11/279/94/s DE: OFICINA DE PRENSA DEL SI DISTR: SC/PO FECHA: 12 DE DICIEMBRE DE 1994

25 de febrero de 2015 Capítulo sobre Venezuela en el Informe Anual: Informe Anual 2015 (PDF):

TALLER SIAPER REGISTRO ELECTRÓNICO

COLOMBIA BUSCANDO JUSTICIA: LAS MADRES DE SOACHA

URUGUAY. El caso de Simón Riquelo: 25 años de lucha para conocer la verdad y que se haga justicia

Londres, 9 de mayo de 2014

Oposición al Gobierno de la Unidad Popular

EXTERNO Índice AI: AFR 53/36/93/s Distr: PG/SC SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDRES WC1X 8DJ, REINO UNIDO

El Fuero del Ejército

Chile. Jurisdicción militar

Amnistía Internacional. Corte Penal Internacional

ANEXO 5 DESARROLLO DEL EXPEDIENTE DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE COAHUILA SOBRE EL CASO ALLENDE

TEMARIO TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA TURNO LIBRE

1 de marzo de ,30 Recurso 24/15, D. Matías 9,40 Recurso 1/16, D. José Antonio 9,45 Recurso 2/16, D. Matías Fiscal: Sr.

(IRALANDA DEL NORTE)

DEBEN CUMPLIRSE LAS LAS PROMESAS ELECTORALES DE PONER FIN A LA TORTURA, LOS HOMICIDIOS POLÍTICOS Y LAS DESAPARICIONES FORZADAS EN PAQUISTÁN

Practica Forense en Derecho Penal Clave 62

1 FICHAS DE N.N. ANEXO DOCUMENTO Nº 14

Esquema de Organización Judicial de Juzgados y Tribunale

Reforma constitucional al fuero y a la justicia penal militar

Jurisdicción militar: Impunidad y violaciones a los derechos humanos. Análisis Enero 2013

1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DECISIÓN INICIAL DE INCOACIÓN.

ASPECTOS JURÍDICOS LEGISLACIÓN PESQUERA CHILENA MARÍA GABRIELA ILABACA TOLEDO SUBDIRECTORA JURÍDICA JULIO 2017

Bolivia ocupa los primeros lugares de linchamiento de toda la región latinoamericana.

A: ENCARGADOS DE PRENSA ÍNDICE AI: NWS 11/50/94 DE: OFICINA DE PRENSA DEL SI DISTR: SC/PO FECHA: 14 DE MARZO DE 1994

Pasado reciente: 123 asesinados políticos en dictadura

GARCIA FRANCO, José Félix

PÓLIZA UNIFORME DE RECLAMOS Y PROCEDIMIENTOS

MINISTERIO PÚBLICO DE COSTA RICA

Historia de la falsificación en México

PERÚ. Ocho años de "desapariciones"

Presidente de la Audiencia Nacional (no magistrado del Tribunal Supremo) ,36

I. ÍNDICE LEGAL ALFABÉTICO (1)

TURQUÍA: Abogados sometidos a fuertes malos tratos en Esmirna

ESTADO DE CUMPLIMIENTO DEL ENVÍO DE LOS PLANES DE IMPLEMENTACIÓN NICSP-CGR

Guatemala. Seguridad pública, conducta policial y sistema de justicia penal

Cinco experiencias de justicia y reparación en el mundo

INFORME REALIZADO POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR EJERCIENDO LA SECRETARÍA TÉCNICA DE LA MESA DE CASOS URGENTES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA

Denuncias y Testigos en la jurisdicción penal. abc de la justicia

EJERCITA PGJEM ACCIÓN PENAL EN CONTRA DE SERVIDORES PÚBLICOS, CON MOTIVO DE LA RECOMENDACIÓN 51/14 DE LA CNDH

Complementariedad entre el Derecho Internacional de los Refugiados, el Derecho Penal Internacional y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos

AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 18

a) Se le solicitó al Área Regional de Desarrollo Social de Puntarenas el expediente individual de las beneficiarias.

LEY (Sancionada. 30/IX/1919;prom. 20/X/1919; B.O., 14/XI y 4/XII/1919) EJERCICIO DE LA PROCURACION ANTE LOS TRIBUNALES NACIONALES

COHECHO TRASNACIONAL Y RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS. Experiencias a la luz de la evaluación de la OCDE

REGLAMENTO PARA EL CONTROL, MANEJO Y PRESERVACION DE DOCUMENTOS EN LA BOVEDA DE DOCUMENTOS DEL NEGOCIADO DE INVESTIGACIONES.

INFORME DE LA VISITA AL AAIUN (TERRITORIOS OCUPADOS DEL SAHARA OCCIDENTAL) del 11 al 13 diciembre 2010

Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

LEY HIPAA Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico

GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. Caracas, viernes 3 de agosto de 1979 Número EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA DECRETA

H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE PUEBLA DILIGENCIARIO NON

Para una Historia de los Derechos Humanos en Chile

Zimbabue La Comunidad de Desarrollo Económico del África Austral debe adoptar una postura firme para evitar el conflicto civil

ESTABLECIMIENTO DE UNA COMISIÓN DE LA VERDAD SOBRE LAS VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS OCURRIDAS DURANTE LA GUERRA CIVIL Y EL FRANQUISMO

Transcripción:

CHILE PISAGUA: SE VUELVEN A ABRIR LAS INVESTIGACIONES SOBRE LA IDENTIDAD DE LOS RESTOS HUMANOS DESCUBIERTOS EN UN ENTERRAMIENTO CLANDESTINO ABRIL DE 1992 RESUMEN ÍNDICE AI: AMR 22/06/92/s DISTR: SC/CO/GR En enero de 1992, la Corte Marcial apoyó una apelación contra la decisión de un tribunal militar que había decretado que se archivara definitivamente una investigación sobre los restos humanos descubiertos en junio de 1990 en un enterramiento clandestino de Pisagua; estos restos pertenecen a víctimas de graves violaciones de derechos humanos. En junio de 1990, en el transcurso de una investigación llevada a cabo por un tribunal civil local sobre los enterramientos clandestinos, se recuperaron de una fosa común 19 cadáveres y una bolsa que contenía restos humanos. Los cadáveres fueron identificados como presos de un antiguo centro de detención militar de Pisagua, en el que, desde el golpe de Estado de septiembre de 1973, habían encarcelado a simpatizantes del gobierno depuesto de Salvador Allende. Se descubrió que varios de los cadáveres eran de presos que habían "desaparecido" o habían sido ejecutados sumariamente, y de otras personas muertas bajo custodia en circunstancias poco claras. Todos los cadáveres mostraban señales evidentes de haber sido ejecutados. Alegando que en los homicidios podía haber estado implicado personal del ejército, un tribunal militar pidió jurisdicción sobre el caso. En noviembre de 1990, la Corte Suprema de Justicia falló a favor de traspasar el caso a la jurisdicción militar. En marzo de 1991, el tribunal militar encargado del caso ordenó que se archivara la investigación amparándose en la Ley de Amnistía de 1978, a pesar de que no se había completado la identificación forense de los restos recuperados de la fosa común. La decisión de la Corte Marcial, en enero de 1992, de ordenar que se completara la investigación forense sobre los restos humanos descubiertos en Pisagua sienta un importante precedente para otros casos similares, en los que las investigaciones sobre el paradero de "desaparecidos" han sido archivadas antes de completarse en virtud de la Ley de Amnistía de 1978. Amnistía Internacional expresa su satisfacción por la decisión de que se complete la investigación forense sobre estos restos, pero sigue sintiendo honda preocupación porque los responsables de la ejecución sumaria de los que fueron sepultados ilegalmente en un enterramiento común clandestino en Pisagua no han comparecido ante la justicia.

PALABRAS CLAVE: EXHUMACIÓN1 / INVESTIGACIÓN DE ABUSOS1 / EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL / DESAPARICIONES / TORTURA/MALOS TRATOS / FUNCIONARIOS CIVILES / ACTIVISTAS POLÍTICOS1 / ABOGADOS / PROFESORES DE UNIVERSIDAD / PERSONAL DE PRISIONES COMO VÍCTIMA / TRIBUNALES MILITARES / AMNISTÍAS PARA LOS RESPONSABLES DE VIOLACIONES / MILITARES / GOBIERNOS ANTERIORES / FOTOGRAFÍAS / Estas hojas resumen un documento de 11 páginas titulado Chile: Pisagua: Se vuelven a abrir las investigaciones sobre la identidad de los restos humanos descubiertos en un enterramiento clandestino (Índice AI: AMR 22/06/92/s), publicado por Amnistía Internacional en abril de 1992. Quien desee más información o emprender alguna acción al respecto deberá consultar el documento en su integridad. SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDRES WC1X 8DJ, REINO UNIDO TRADUCCIÓN DE EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL, ESPAÑA

CHILE PISAGUA: SE VUELVEN A ABRIR LAS INVESTIGACIONES SOBRE LA IDENTIDAD DE LOS RESTOS HUMANOS DESCUBIERTOS EN UN ENTERRAMIENTO CLANDESTINO Abril de 1992 Índice AI: AMR 22/06/92/s Distr: SC/CO/GR SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDRES WC1X 8DJ, REINO UNIDO TRADUCCIÓN DE EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL, ESPAÑA

CHILE PISAGUA: SE VUELVEN A ABRIR LAS INVESTIGACIONES SOBRE LA IDENTIDAD DE LOS RESTOS HUMANOS DESCUBIERTOS EN UN ENTERRAMIENTO CLANDESTINO Desde que el gobierno del presidente Patricio Aylwin ocupó el poder, en marzo de 1990, se han descubierto en Chile multitud de cadáveres de víctimas de violaciones de derechos humanos, muertas a manos de las fuerzas de seguridad durante el gobierno anterior. Los cuerpos se han encontrado en fosas tanto individuales como comunes, en cementerios o en campos, donde fueron enterrados de manera ilegal, y muchas veces en secreto, por miembros de las fuerzas armadas. Uno de los descubrimientos más impresionantes fue el de un enterramiento común clandestino junto al cementerio de la pequeña ciudad portuaria de Pisagua, en el norte. Allí, en junio de 1990, se encontraron 19 cadáveres y los restos de al menos una persona más. Al parecer, pertenecían a ex presos de un centro militar de detención de las cercanías. En marzo de 1991, antes de que se hubieran podido identificar todos los restos, un tribunal militar archivó las investigaciones amparándose en la Ley de Amnistía de 1978. Una apelación que solicitaba que continuaran las investigaciones hasta que se hubieran identificado todos los restos fue respaldada, en enero de 1992, por una Corte Marcial que ordenó que se completaran las correspondientes investigaciones forenses. Las organizaciones de derechos humanos como la Vicaría de la Solidaridad o la Comisión Chilena de Derechos Humanos, local, habían reunido información sobre las denuncias que hablaban de 22 personas ejecutadas y 19 "desaparecidas" en la región de Pisagua tras el golpe de Estado de 1973. En esa ciudad el ejército había establecido el Centro de Detención de Pisagua, al que fueron trasladados multitud de miembros y simpatizantes del gobierno depuesto del presidente Salvador Allende después del golpe de Estado militar del 11 de septiembre de 1973. Muchos de los apresados se habían presentado voluntariamente a las autoridades militares locales, sin pensar que iban a ser detenidos. Según los informes, los presos del Centro de Detención eran torturados de forma sistemática; al menos uno, Isaías Higueras Zúñiga, murió a consecuencia de las torturas. Al menos 29 presos del centro fueron ejecutados sumariamente tras ser condenados a muerte por Consejos de Guerra. La composición y los procedimientos de estos Consejos de Guerra reducían drásticamente, e incluso eliminaban, los derechos y las garantías que debían haber protegido Amnistía Internacional, abril de 1992 Índice AI: AMR 22/06/92/s

2 Pisagua: Nuevas investigaciones sobre restos humanos a los acusados. En los años que siguieron al golpe de Estado de 1973 los Consejos de Guerra se utilizaron ampliamente, y en muchos casos dieron como resultado la ejecución sumaria de personas identificadas como simpatizantes del gobierno anterior. Otros presos del Centro de Detención de Pisagua murieron en circunstancias que sugerían que habían sido víctima de ejecución ilegal y extrajudicial. Los militares jamás probaron su afirmación de que algunos de esos presos habían resultado muertos durante tiroteos o cuando trataban de escapar, y que otros habían muerto en accidentes. Al menos ocho personas "desaparecieron" en el centro de detención. Rara vez se devolvían a los familiares los cadáveres de los que resultaban muertos y, en la mayoría de los casos, las desconcertadas familias jamás llegaban a conocer su paradero. Noviembre de 1973: los presos del Centro de Detención de Pisagua sufrían torturas sistemáticas, y unos cuantos fueron ejecutados arbitrariamente. En junio de 1990 se descubrieron en una fosa común los restos de al menos 20 personas. Índice AI: AMR 22/06/92/s Amnistía Internacional, abril de 1992

Pisagua: Nuevas investigaciones sobre restos humanos 3 El inicio de las investigaciones: Tras el testimonio de un ex preso que reveló el emplazamiento de una zona de enterramientos clandestinos junto al cementerio de Pisagua, cerca del antiguo centro de detención, Héctor Salazar, abogado de Vicaría de la Solidaridad, presentó una denuncia legal por "enterramientos ilegales" en la zona. La denuncia se presentó el 31 de mayo de 1990 ante el Juzgado de Letras de Pozo Almonte, tribunal civil local, sin hacer mención a las presuntas violaciones de derechos humanos. Con ello se pretendía evitar que se aplicara la Ley de Amnistía de 1978, según la cual los casos de violaciones de derechos humanos cometidas antes de abril de 1978 (fecha en que entró en vigor la ley) debían traspasarse a la jurisdicción militar, donde eran "amnistiadas" o archivadas, independientemente del estado en que se encontraran las investigaciones judiciales. Los tribunales militares han archivado centenares de casos de abusos de derechos humanos basándose en esta ley, tanto antes como después de marzo de 1990, y la Corte Suprema ha respaldado sistemáticamente sus fallos. Nelson Muñoz, juez civil encargado del caso de Pisagua, inició una investigación sobre la denuncia. El 2 de junio de 1990 citó a arqueólogos locales y a expertos forenses del Instituto Médico Legal de Iquique para que llevaran a cabo la excavación y ayudaran a recuperar e identificar los cuerpos. Los arqueólogos, siguiendo las normas adecuadas para la conservación de las pruebas forenses, descubrieron los restos de al menos 20 personas, 19 de ellos cadáveres completos, en una fosa común profunda y sin marcar. La mayor parte de los cadáveres descubiertos se habían conservado casi intactos a consecuencia de la extrema sequedad del desierto de Atacama: muchos llevaban aún los ojos vendados y tenían las manos atadas a la espalda. También mostraban heridas de bala, que proporcionaban nuevas pruebas sobre la causa y la manera de la muerte de las víctimas. Los cadáveres se separaron unos de otros, y para su adecuada identificación se utilizaron diversos métodos, basados en la comparación de información ante-mortem y post-mortem: por ejemplo, se compararon las fichas dentales de los desaparecidos con las dentaduras de los cadáveres de la fosa. Además de los 19 cuerpos, los arqueólogos recuperaron una bolsa que contenía restos humanos de al menos un individuo, y quizá incluso de tres. Al descubrimiento se le dio una amplia publicidad, a pesar de los esfuerzos de los abogados y los familiares de las víctimas, que intentaban que el caso no se aireara en los medios de comunicación para evitar que los tribunales militares reclamaran la jurisdicción sobre el caso. En las primeras páginas de los periódicos aparecieron fotografías impresionantes de los cadáveres que pusieron al público frente a la cruel realidad de las pasadas violaciones de derechos humanos. El 6 de junio de 1990, la Corte Suprema ordenó que un Ministro en Visita (un juez especial de instrucción) se hiciera cargo de las investigaciones sobre el descubrimiento de Pisagua. Amnistía Internacional, abril de 1992 Índice AI: AMR 22/06/92/s

4 Pisagua: Nuevas investigaciones sobre restos humanos En junio de 1990 se descubrió junto al cementerio de Pisagua un enterramiento común ilegal que contenía los restos de al menos 20 personas. El cadáver de la fotografía inferior pertenecía a un joven que aún llevaba los ojos vendados y tenía las manos atadas a la espalda. Murió por heridas múltiples de bala. Índice AI: AMR 22/06/92/s Amnistía Internacional, abril de 1992

Pisagua: Nuevas investigaciones sobre restos humanos 5 Los Ministros en Visita son miembros de las Cortes de Apelación designados por la Corte Suprema para investigar casos excepcionales, como los delitos que han provocado alarma pública. Los temores iniciales de que el Ministro en Visita Hernán Sánchez Marré, miembro de la Corte de Apelación de la localidad de Arica, interrumpiera las investigaciones resultaron ser infundados. Ordenó que continuaran y prometió "... investigar el caso hasta el final". El 8 de junio de 1990 anunció públicamente que se habían recuperado del enterramiento clandestino 19 cadáveres y una bolsa que contenía restos humanos. Durante los días siguientes se identificaron con seguridad los 19 cadáveres como pertenecientes a ex presos del Centro de Detención de Pisagua. Los restos sin identificar hallados en la bolsa seguían sometidos a examen forense. Familiares de presos que "desaparecieron" en Pisagua observan las excavaciones junto al enterramiento en junio de 1990. Amnistía Internacional, abril de 1992 Índice AI: AMR 22/06/92/s

6 Pisagua: Nuevas investigaciones sobre restos humanos Las Víctimas: Las víctimas de Pisagua se encuentran entre las decenas de casos de graves violaciones de derechos humanos documentadas en la región por los supervisores locales de estos derechos. Esos informes de violaciones fueron confirmados más tarde por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (CNVR), creada por el gobierno actual en abril de 1990 para documentar los graves abusos de derechos humanos cometidos en Chile durante el gobierno militar. El informe de la Comisión, publicado en marzo de 1991, documentaba 975 casos de "desaparición" y 1.068 casos de otros abusos como las muertes por tortura y las ejecuciones sumarias. En su informe, la Comisión concluía que el antiguo Centro de Detención de Pisagua había sido el más importante de los creados por los militares en la región norteña de Tarapacá. En él documentó 35 casos de violaciones graves de derechos humanos ocurridas durante los meses que siguieron al golpe de Estado de 1973. La Comisión concluyó también que en el Centro de Detención de Pisagua los detenidos eran torturados de manera sistemática, que varios habían sido ejecutados sumariamente o extrajudicialmente, y que ocho ex presos del centro habían "desaparecido" mientras se encontraban bajo custodia militar. A continuación exponemos los casos de las víctimas cuyos cadáveres fueron encontrados en el enterramiento común de Pisagua y cuya identidad se ha confirmado. Los restos de al menos una víctima más están siendo sometidos actualmente a examen forense para su identificación. Juan Calderón Villalón, alto funcionario de aduanas y miembro del Partido Socialista durante el gobierno del presidente Salvador Allende, fue detenido en la ciudad de Valparaíso tras el golpe de Estado de septiembre de 1973 y fue trasladado al Centro de Detención de Pisagua. Marcelo Omar Guzmán Fuentes, miembro del Partido Socialista, trabajador de salud y director del hospital público de la ciudad norteña de Iquique, se presentó voluntariamente en la guarnición militar local (Regimiento de Telecomunicaciones No. 6) tras el golpe de Estado, y fue trasladado al Centro de Detención de Pisagua. Luis Alberto Lizardi Lizardi, miembro del Partido Socialista, fue detenido en Pisagua el 11 de septiembre de 1973 y trasladado al Centro de Detención. Según los informes aparecidos en la prensa local en octubre de 1973, las víctimas antes citadas formaban parte de un grupo de seis "extremistas" que habían resultado muertos en el Centro de Detención de Pisagua cuando trataban de escapar. Aunque las autoridades reconocieron su muerte, no entregaron sus cadáveres a sus familiares ni les informaron de dónde habían sido enterrados. Se desconoce el paradero de los cadáveres de las otras tres víctimas: Norberto Jesús Cañas Cañas, Juan Jiménez Vidal y Michel Selim Nash Sáez. En su informe, la CNVR consideró que la versión oficial de Índice AI: AMR 22/06/92/s Amnistía Internacional, abril de 1992

Pisagua: Nuevas investigaciones sobre restos humanos 7 estos homicidios era sumamente improbable, ya que, a consecuencia de las torturas, las condiciones físicas de algunas de las víctimas eran tan malas que hacían imposible su fuga. Más aún, los testigos entrevistados por la CNVR afirmaron que, el día de los homicidios, el comandante del centro había llamado a estos seis detenidos y los había trasladado a un destino desconocido. La Comisión concluyó que habían sido víctima de graves violaciones de derechos humanos a manos de agentes del gobierno. El hallazgo de los cadáveres de tres de ellos en la fosa común, con señales de haber muerto como en una ejecución, confirmó los informes de los testigos. Nelson José Márquez Augusto, miembro del Partido Comunista, fue detenido en Iquique en septiembre de 1973 y trasladado a Pisagua donde, según varios testigos, fue ejecutado extrajudicialmente el 18 de enero de 1974. El paradero de su cadáver seguía sin conocerse hasta que se encontró en el enterramiento común. Orlando Tomás Cabello Cabello, Nicolás Chañez Chañez, Juan Mamani García, Luis Aníbal Manríquez Wilden, Hugo Tomás Martínez Guillén y Juan Rojas Osega fueron detenidos en Iquique por los carabineros (policía de uniforme) en noviembre de 1973, acusados de tráfico de drogas y contrabando de mercancías. No comparecieron a juicio. En vez de ello, fueron trasladados al Centro de Detención de Pisagua, del que "desaparecieron" el 29 de enero de 1974. En febrero de ese mismo año, el ejército anunció oficialmente que habían sido liberados sin cargos, pero siguió sin conocerse su paradero. Sus cadáveres aparecieron en el enterramiento clandestino, con las manos atadas a la espalda y con otras señales de haber muerto como en una ejecución. Julio Cabezas Gacitúa, Procurador Fiscal del Consejo de Defensa del Estado de Iquique en el momento de su detención, en septiembre de 1973, se presentó voluntariamente a la guarnición militar local de Iquique, donde permaneció detenido; José Córdova Croaxato, administrador de la Empresa Portuaria de Chile y miembro del Movimiento de Acción Popular Unitaria (MAPU), fue detenido en su lugar de trabajo, en Iquique, el 11 de septiembre de 1973; Humberto Lizardi Flores, profesor de la universidad local y miembro del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en Iquique el 11 de septiembre de 1973; Mario Morris Barrios, alto funcionario de aduanas, fue detenido en Iquique el 11 de septiembre de 1973; Juan Valencia Hinojosa, jefe de la Empresa de Comercio Agrícola provincial de Iquique y miembro del Partido Comunista, se presentó voluntariamente en la guarnición local del ejército, donde permaneció detenido. Estos cinco detenidos fueron trasladados en septiembre al Centro de Detención de Pisagua, donde fueron ejecutados sumariamente en octubre de 1973. Ese mismo mes, el ejército anunció que un Consejo de Guerra los había juzgado el 11 de octubre en el centro de detención, los había declarado culpables de "... traición a la patria y espionaje" y los había condenado a muerte; luego añadió que habían sido ejecutados de acuerdo con la sentencia. La CNVR concluyó en su informe que, según los testimonios de varios testigos, y teniendo en cuenta que no existían los expedientes correspondientes, el Consejo de Guerra del 11 de Amnistía Internacional, abril de 1992 Índice AI: AMR 22/06/92/s

8 Pisagua: Nuevas investigaciones sobre restos humanos octubre de 1973 nunca había tenido lugar y, por tanto, las víctimas habían sido ejecutadas extrajudicialmente. El paradero de sus cadáveres siguió sin conocerse hasta que se encontraron en el enterramiento clandestino de Pisagua. Germán Eladio Palominos Lamas, miembro del Partido Socialista, fue detenido el 23 de septiembre de 1973 en Iquique y trasladado al Centro de Detención de Pisagua. Fue condenado a muerte por un consejo de guerra celebrado en el centro el 29 de noviembre de 1973; lo ejecutaron sumariamente ese mismo mes. Aunque el ejército había anunciado que Germán Eladio Palominos había sido enterrado en el cementerio de Pisagua, el paradero de su cadáver siguió sin conocerse hasta que fue hallado en el enterramiento clandestino de Pisagua. La CNVR concluyó en su informe que había sido ejecutado ilegalmente. Alberto Yáñez Carvajal, ex alto funcionario de prisiones de Iquique suspendido tras el golpe de Estado de 1973 y miembro del Partido Comunista, fue detenido en Iquique el 5 de enero de 1974 y trasladado al Centro de Detención de Pisagua ese mismo mes. Luis Toro Castillo, empleado de la compañía ferroviaria nacional en Iquique y miembro del Partido Comunista, fue detenido en su lugar de trabajo el 1 de octubre de 1973 y trasladado a Pisagua. Los dos detenidos fueron condenados a muerte por un consejo de guerra celebrado en el centro de detención el 10 de febrero de 1974, y fueron ejecutados sumariamente. La CNVR concluyó en su informe que los dos detenidos habían sido víctima de ejecuciones ilegales. Manuel Sanhueza Mellado, dirigente de las Juventudes Comunistas en Arica, lugar donde fue detenido el 10 de julio de 1974, fue trasladado inicialmente a la guarnición militar local antes de ser trasladado, según los informes, al Centro de Detención de Pisagua, el 27 o 28 de julio de 1974. No se le volvió a ver vivo, y siguió "desaparecido" hasta que su cadáver fue identificado entre los del enterramiento clandestino de Pisagua. En octubre de 1974, el ejército declaró que había muerto en un "accidente" durante una expedición de pesca para conseguir comida para el centro de detención, y que su cuerpo había desparecido en el océano. Según múltiples testimonios, todas las personas anteriormente citadas sufrieron brutales torturas tanto físicas como psicológicas mientras permanecieron en el centro de detención. El 16 de junio de 1990, Enrique Troncoso, obispo de Iquique, celebró una misa en memoria de las 14 víctimas encontradas en el enterramiento de Pisagua cuyos cadáveres ya habían sido identificados. Después de la misa, los ataúdes fueron trasladados al cementerio local por sus familiares, en una marcha de dos horas a la que se unió una gran multitud. Durante los días siguientes, fueron identificados definitivamente y devueltos a sus familiares los cadáveres de Luis Alberto Lizardi Lizardi, Alberto Yáñez Carvajal, Juan Mamani García, Marcelo Guzmán Fuentes y Manuel Sanhueza Mellado. Índice AI: AMR 22/06/92/s Amnistía Internacional, abril de 1992

Pisagua: Nuevas investigaciones sobre restos humanos 9 Los familiares de las víctimas halladas en Pisagua tuvieron que esperar más de 16 años para celebrar el funeral de sus seres queridos. En esta fotografía aparecen los familiares de una de las víctimas durante el velatorio celebrado en la catedral de Iquique en junio de 1990. El archivo de las investigaciones y las últimas novedades: Durante las semanas que siguieron, el Ministro en Visita pidió información a los tribunales militares sobre los Consejos de Guerra celebrados, según informes, en Pisagua, a consecuencia de los cuales habían sido ejecutadas sumariamente ocho de las víctimas identificadas en el enterramiento clandestino. El sexto juzgado militar de Arica dijo al juez que esa información no estaba disponible, alegando que los expedientes habían sido destruidos durante un ataque terrorista a las instalaciones militares en noviembre de 1989. Más aún, amparándose en que en los homicidios había estado implicado personal del ejército, el tribunal militar presentó una contienda de competencia (una petición de jurisdicción sobre el caso). Cuando el Ministro en Visita se negó a transferir el caso, el tribunal militar presentó una petición a la Corte Suprema. Amnistía Internacional, abril de 1992 Índice AI: AMR 22/06/92/s

10 Pisagua: Nuevas investigaciones sobre restos humanos En noviembre de 1990, la Corte Suprema falló a favor de traspasar el caso a la jurisdicción militar. Se dieron por terminadas las investigaciones, pese a que aún no se habían completado las investigaciones forenses sobre los restos hallados en la bolsa descubierta en el enterramiento. En marzo de 1990, el sexto juzgado militar de Arica ordenó que se archivara definitivamente el caso basándose en la Ley de Amnistía de 1978. Los abogados encargados del caso recurrieron contra esta decisión ante la Corte Marcial. Alegando razones humanitarias y de procedimiento, solicitaron que se volviera a abrir la investigación para completar la identificación de todos los restos recuperados de la fosa. En enero de 1992, la Corte Marcial ordenó que se completara la investigación forense sobre el caso de Pisagua para identificar los restos humanos recuperados del enterramiento común, y pidió al Instituto Médico Legal de Santiago que llevara a cabo esta investigación. Aunque este fallo no afectaba a la decisión anterior del tribunal militar de aplicar la Ley de Amnistía de 1978, que impedía que se procesara a los presuntos responsables de este caso, los abogados de derechos humanos recibieron con satisfacción la decisión de la Corte Marcial como precedente aplicable a otros casos archivados de manera similar antes de que se completaran las investigaciones forenses. En el momento de redactar este informe aún no se habían publicado los resultados de las investigaciones sobre los restos. Los responsables de los homicidios de las víctimas cuyos cadáveres se descubrieron en el enterramiento clandestino de Pisagua no han comparecido ante la justicia. Como en la mayoría de los restantes casos de violaciones pasadas de derechos humanos, siguen disfrutando de impunidad. El fallo de la Corte Marcial de enero de 1992, que ordenaba que se completaran las investigaciones forenses sobre el caso de Pisagua, no ha afectado al decreto inicial del tribunal militar basado en la Ley de Amnistía de 1978, que impide cualquier investigación sobre los responsables de los homicidios. A consecuencia de ello, una vez que se identifiquen con seguridad los restos, el caso se archivará definitivamente. Las preocupaciones de Amnistía Internacional: A lo largo de los años, Amnistía Internacional ha pedido reiteradamente que se lleven a cabo investigaciones exhaustivas sobre los abusos de derechos humanos cometidos durante el gobierno militar y que se haga comparecer a los responsables ante la justicia. Además, ha expresado repetidamente su oposición a la Ley de Amnistía de 1978, autoaplicable antes de que se declare a nadie culpable, y a que se archiven las investigaciones sobre violaciones de derechos humanos antes de que se haya determinado la responsabilidad plena sobre ellas. La organización ha expresado reiteradamente al gobierno actual sus preocupaciones por la impunidad de que disfrutan los responsables. Aunque Amnistía Internacional recibe con satisfacción la decisión de completar las investigaciones forenses Índice AI: AMR 22/06/92/s Amnistía Internacional, abril de 1992

Pisagua: Nuevas investigaciones sobre restos humanos 11 sobre el caso de Pisagua, sigue sintiendo honda preocupación porque se ha mantenido la decisión de no seguir investigando el caso. Más de un año y medio después de la apertura del caso, sigue sin hacerse responsable a nadie, a pesar de los fuertes indicios que sugieren la participación de personal militar en las graves violaciones de derechos humanos desenterradas en Pisagua. Amnistía Internacional, abril de 1992 Índice AI: AMR 22/06/92/s

12 Pisagua: Nuevas investigaciones sobre restos humanos Índice AI: AMR 22/06/92/s Amnistía Internacional, abril de 1992

INTERNO (Sólo para miembros de AI) Índice AI: AMR 22/06/92/s Distr: SC/CO/GR -------------------------- Internacional Amnistía Internacional Secretariado 1 Easton Street Londres WC1X 8DJ Reino Unido SEPAREN ESTA HOJA DEL DOCUMENTO PRINCIPAL ANTES DE COPIARLO O DISTRIBUIRLO PARA USO EXTERNO CHILE PISAGUA: SE VUELVEN A ABRIR LAS INVESTIGACIONES SOBRE LA IDENTIDAD DE LOS RESTOS HUMANOS DESCUBIERTOS EN UN ENTERRAMIENTO CLANDESTINO Acciones recomendadas Por favor, asegúrense de que todas las personas pertinentes de su Sección reciben copias de este documento, y que se archiva debidamente para futuras consultas. También hay disponibles una serie de acciones recomendadas más detalladas, la Acción SANDEAN No. 02/92, Índice AI: AMR 22/07/92. Distribución por el SI El SI ha enviado directamente este documento a los coordinadores y Grupos de coordinación SANDEAN y de Chile para que lo distribuyan a los Grupos SANDEAN de su región.