SEDE BOGOTÁ FACULTAD DE MEDICINA CONSEJO DE FACULTAD. ACUERDO 465 DE 2017 (Acta No 22 del 29 de junio de 2017) CONSIDERANDO:

Documentos relacionados
SEDE BOGOTÁ FACULTAD DE MEDICINA CONSEJO DE FACULTAD. ACUERDO 446 DE 2017 (Acta No 07 del 09 de marzo de 2017) CONSIDERANDO:

CONVOCATORIA NO MASIVA PROGRAMAS DE POSTGRADO FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS Y ECONÓMICAS SEMESTRE Maestría en Archivística

RESOLUCIÓN NÚMERO. El decano de la Facultad de Ciencias de la Salud, en uso de sus facultades estatutarias y CONSIDERANDO

CONSEJO ACADÉMICO ACUERDO No. 010 Noviembre 04 de 2009

ACUERDO 134 (03 de Marzo de 2015)

GUÍA DE INSCRIPCIÓN ASPIRANTE NUEVO ESPECIALIZACIÓN EN FINANZAS Y ESPECIALIZACIÓN EN FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROYECTOS

~ Universidad del Valle

ACUERDO 072 DE (Acta 06 del 28 de Noviembre)

GUÍA DE INSCRIPCIÓN ASPIRANTE NUEVO MAESTRÍA EN SEGURIDAD INFORMÁTICA

ACUERDO 003 DE (Acta 05 del 17 de abril de 2015)

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADEMICO. RESOLUCION No. 098 Octubre 18 de 2007

DECRETO RECTORAL No. 944 (27 de noviembre de 2006)

GUÍA DE INSCRIPCIÓN ASPIRANTE NUEVO MAESTRÍA EN SEGURIDAD INFORMÁTICA

CONVOCATORIA PROCESO DE ADMISIÓN REGULAR SEGUNDO SEMESTRE DE 2016

INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO Institución Universitaria

ARTICULO 3. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR INTERCAMBIO ACADÉMICO.

MATRÍCULA ACADÉMICA 1. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO 1.1. NORMATIVIDAD

REQUISITOS DE ADMISIÓN PREGRADO Y POSGRADO

VICERRECTORÍA ACADÉMICA Resolución No. 23 de 2007 (Octubre 31) Por la cual se establece EL MANUAL DE LOS USUARIOS DEL CENTRO DE LENGUAS

RESOLUCIÓN 292 Medellín, octubre 12 de 2012

OFICINA DE REGISTRO Y CONTROL UNIFICADO Seccional Bogotá

ACUERDO No DE 2000

TRÁMITE DE DESCUENTOS EN EL VALOR DE LA MATRÍCULA. (Estudiantes de Pregrado Presencial ANTIGUOS) VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

PROCESO DE INSCRIPCIÓN

SEDE MEDELLÍN. ACUERDO 04 de 2009 (Acta 13 del julio 21)

PROCESO DE ADMISIÓN MAESTRÍA EN SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL INFORMACIÓN GENERAL:

REGLAMENTO BECAS EDUCATIVAS RESOLUCIÓN CRITERIOS DE SELECCIÓN DESEMBOLSO

Vigilada Mineducación PROCESO DE INSCRIPCIONES DE PREGRADO PERÍODO

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR. RESOLUCION No. 054 Julio 11 del 2015

UNIVERSIDAD DE CALDAS FACULTAD DE CIENCIAS PARA LA SALUD OFICINA DE POSTGRADOS E INVESTIGACIONES OFICINA DE REGISTRO ACADÉMICO

PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE CALIFICACIONES NORMALES DEL PERÍODO EN PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN No. 110 Agosto 20 de 2015

UNIVERSIDAD DE CALDAS VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIONES Y POSTGRADOS FACULTAD DE CIENCIAS PARA LA SALUD DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES Y POSTGRADOS

Consejo de Facultad. Acta No 019 de 24 de noviembre de 2016

4 UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA

PROCESO DE ADMISIÓN MAESTRÍA EN SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL

UNIVERSIDAD CES CONSEJO SUPERIOR. Agosto 28 de 2007 ACTA 566. ACUERDO No. 0183

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS

GUÍA DE INSCRIPCIÓN ASPIRANTE NUEVO SER PILO PAGA

REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN ESTUDIANTIL

ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL POLÍTICAS DE ADMISIÓN A LAS CARRERAS DE PREGRADO DE LA ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL

CURSO PROPEDÉUTICO PARA LA SELECCIÓN DE ASPIRANTES A LA ESPECIALIDAD EN SALUD PÚBLICA GENERACIÓN

UNIVERSIDAD DE CALDAS FACULTAD DE CIENCIAS PARA LA SALUD OFICINA DE INVESTIGACIONE Y POSTGRADOS OFICINA DE ADMISIONES Y REGISTRO ACADÉMICO

REGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE COLOMBIA CONVOCATORIA A CONCURSO PÚBLICO DOCENTE

INSCRIPCIÓN EN LÍNEA DE ASPIRANTES DE PREGRADO

CONSEJO ACADÉMICO RESOLUCIÓN N. 16 DE (17 de marzo)

CONSEJO ACADÉMICO RESOLUCIÓN Nº. 36 DE (18 de mayo)

PROCESO DE INSCRIPCIÓN

PRIMER NIVEL DE ATENCION

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN No. 144 Noviembre 27 de 2013

UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO

REQUISITOS GENERALES DE ADMISIÓN MAESTRÍA EN CIENCIAS EN INGENIERÍA MECÁNICA

Trámites a Solicitudes de Estudiantes

Normas de funcionamiento del programa de post-grado Maestria en Inmunologia. De las definiciones, de los objetivos y de los requisitos.

"Por medio de la cual se modifica el Calendario Académico para el año 2016, para los proyectos curriculares de pregrado"

REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN A LA MAESTRÍA EN DEFENSA NACIONAL CICLO LECTIVO 2016

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO

DOCUMENTOS Y REQUISITOS PARA GRADO DE PREGRADO

"2015. Año del bicentenario luctuoso de José María Morelos y Pavón" TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE COACALCO (TESCo) CONVOCA

Plan de Estudios del Doctorado en Ciencias de la Administración

ACUERDO 035 DE 2008 (Acta 13 del 11 de noviembre)

Estos requisitos aplican a los planes de estudio de las cinco maestrías del Programa con sus respectivos campos de conocimiento.

COORDINACIÓN DE POSGRADOS

REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS DEL IUNIR RECONOCIMIENTO DE ASIGNATURAS CURSADAS EN OTRAS UNIVERSIDADES

III PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CURSOS

PROCEDIMIENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE ESTUDIANTES A PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO PRESENCIAL

"2016. Año del Centenario de la Instalación del Congreso Constituyente" TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE COACALCO (TESCo) CONVOCA

Opciones de Titulación (Aprobadas en el acuerdo 2951 del H. Consejo Técnico del 23 de mayo del 2013)

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN No de marzo de 2017

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIAS DE LA SALUD

CONSEJO ACADÉMICO. ACUERDO Nº 5 Pereira, 13 de Octubre de 2015

ACUERDO No. CONSIDERANDO:

Guía de aspirantes para posgrado

Para poder realizar su proceso de inscripción en la Institución Universitaria Colegio Mayor de Antioquia, debe haber presentado las pruebas ICFES

RESOLUCION No 004 (Enero 20 de 2017)

FONDO DE EMPLEADOS DE EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN REGLAMENTO DE AUXILIOS EDUCATIVOS TÍTULO IV SUBSIDIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

PROCEDIMIENTOS DE CARRERA DE MEDICINA-ADMISIÓN Y REGISTRO PARA EL INGRESO A LA CARRERA DE MEDICINA DE LA UNAH

UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE MEDELLÍN - FACULTAD DE MINAS CONSEJO DE FACULTAD. ACUERDO 003 (Acta 2174, 14 de abril de 2005)

CONVOCATORIA APOYO ECONÓMICO PROGRAMAS DE MAESTRIAS EN CIENCIAS AGROALIMENTARIA Y BIOTECNOLOGÍA

PROCEDIMIENTOS DE LA CARRERA DE MEDICINA-ADMISIÓN Y REGISTRO PARA EL INGRESO A LA CARRERA DE MEDICINA DE LA UNAH

ACUERDO No 27 DE (12 de diciembre de 2013) Por medio del cual se aprueba el reglamento de admisiones para la modalidad virtual

CONVOCATORIA PARA PEQUEÑOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN PRESENTADOS POR ESTUDIANTES DE PREGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA

UNIVERSIDAD LIBRE SECCIONAL BARRANQUILLA CONVOCATORIA DOCENTE PERÍODO CALENDARIO BAJO EL CUAL SE LLEVARÁ A CABO EL PROCESO DE SELECCIÓN.

Programa de Maestría y Doctorado en Ingeniería Energía Convocatoria de Ingreso (Sede Ciudad Universitaria)

RESOLUCIÓN DSA-G-001 DE 2014

La Universidad Nacional Autónoma de México. a través del. Programa de Maestría y Doctorado en Ingeniería C O N V O C A

Reglamento de Admisión para Postulantes a Ingresos Especiales en a Universidad Católica del Norte

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NAYARIT Área Académica de Ciencias de la Salud Maestría en Salud Pública. C O N V O C A Generación

ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS ESCOLARES EN CONTEXTO

MANUAL PARA EL REGISTRO DE INSCRIPCIÓN PROGRAMAS DE PREGRADO PRESENCIAL

Proceso de Admisión Agosto 2017

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS

SEDE BOGOTÁ FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS RESOLUCIÓN NÚMERO 2452 DE 2008

CONSEJO DE FACULTAD. RESOLUCIÓN No. 204 Diciembre 9 de 2009

UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS DE LA SALUD MAESTRÍA EN GESTIÓN DE LA CALIDAD Y SEGURIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD

PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DE TRABAJOS DE GRADO DE PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO

La Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, a través del Programa de C O N V O C A

Transcripción:

SEDE BOGOTÁ FACULTAD DE MEDICINA CONSEJO DE FACULTAD ACUERDO 465 DE 2017 (Acta No 22 del 29 de junio de 2017) Por el cual se reglamenta el proceso de admisión regular al Programa Curricular de Posgrado de Especialidad en Oftalmología de la Facultad de Medicina de la Sede Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia. EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE MEDICINA En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la Resolución 035 de 2014 de la Vicerrectoría Académica. CONSIDERANDO: 1. Que el Consejo Superior Universitario, mediante Acuerdo N 33 A de 1973, Acta N 8, creó el programa curricular de posgrado Especialidad en Oftalmología, cuyo objetivo es la formación de Médicos Especialistas en Oftalmología, capacitados para involucrarse activamente en el estudio, tratamiento, prevención, rehabilitación e investigación de las enfermedades que comprometan el sistema visual. 2. Que el Consejo Académico, mediante Acuerdo N 165 de 2008, Acta N 11 del 27 de noviembre, modificó el programa curricular Especialidad en Oftalmología en la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Bogotá, y se adapta al Acuerdo 033 de 2007 del Consejo Superior Universitario. 3. Que la Resolución 035 de 2014 de la Vicerrectoría Académica, reglamentó el proceso de admisión a los programas de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia y en sus Artículos 3, 4, 8, 9, 13 y 14 estableció las responsabilidades específicas de las Facultades en este proceso.

4. Que es preciso definir claramente los criterios para evaluar con equidad a todos los aspirantes de la Especialidad en Oftalmología ofrecida por la Facultad de Medicina de la Sede Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia. 5. Que el Consejo de Facultad en su sesión del día 29 de junio de 2017, acta 22, avaló la propuesta de reglamentación para el proceso de admisión a la Especialidad en Oftalmología, presentada por el programa curricular Especialidad en Oftalmología. En consideración a lo anterior, ACUERDA: ARTÍCULO 1. OBJETO. El Acuerdo determina los requisitos generales y criterios de evaluación, con sus correspondientes ponderaciones y notas aprobatorias, para los procesos de admisión al Programa Curricular de Posgrado de Especialidad en Oftalmología de la Facultad de Medicina de la Sede Bogotá. ARTÍCULO 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN. El presente Acuerdo se aplicará a los procesos de admisión regular de la Universidad Nacional de Colombia, a partir del primer semestre de 2018. ARTÍCULO 3. REQUISITOS GENERALES. Establecer los siguientes requisitos generales para ser admitido: 1. Los programas curriculares relacionados en el presente Acuerdo no exigen la acreditación de conocimientos de idioma extranjero como requisito de admisión. 2. Haber concluido la totalidad de sus estudios en Medicina y tener al momento del examen de admisión el título de médico general o equivalente, expedido por universidad colombiana o extranjera debidamente convalidado por el Ministerio de Educación Nacional. 3. Haber obtenido un promedio de calificaciones en pregrado de medicina igual ó superior a 3.5 sobre 5.0. 4. Presentar la hoja de vida con todos sus respectivos soportes en la fecha que indique la Coordinación Curricular del Programa antes de la realización de las entrevistas. En caso de ser admitido debe presentar el certificado original de calificaciones y el acta de grado antes de concluir la primera semana del período lectivo. 5. Haber concluido su servicio social obligatorio antes de la fecha estipulada para el inicio del periodo académico para el que solicita la admisión. 6. Tener tarjeta profesional o constancia de trámite al momento de la matrícula, trámite que deberá concluir durante el primer semestre en caso de ingresar al posgrado. 7. Cumplir con todos los requisitos y pasos del proceso de inscripción y admisión.

ARTÍCULO 4. CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Establecer los siguientes criterios de evaluación, con sus correspondientes ponderaciones y notas aprobatorias. Componente Ponderación Eliminatorio Nota Aprobatoria CONOCIMIENTOS 40 % No APTITUDES 10 % No ENTREVISTA 20 % No HOJA DE VIDA 30 % No Total 100 % ARTÍCULO 5. PUNTAJE MÍNIMO DE ADMISIÓN. Establecer el siguiente puntaje mínimo de admisión 3.5/5.0. Serán admitidos aquellos aspirantes que obtengan los mayores puntajes totales hasta completar el número de cupos ofrecidos. En caso de presentarse empate, se resolverá a favor de quien haya obtenido mejor puntaje en la prueba de conocimientos y aptitudes. ARTÍCULO 6. CUPOS Los cupos y los criterios para convocar a pruebas finales son los consignados en los Formatos de Oferta y Criterios de Admisión, que hacen parte integral del presente Acuerdo y que se remiten debidamente diligenciados cada vez que se ofrece el programa. ARTÍCULO 7. NÚMERO DE CUPOS OFRECIDOS: Aprobar un (1) cupo para el proceso de admisión regular para el programa curricular de posgrado Especialidad en Oftalmología. Para admisión Automática se ofrecerá un (1) cupo. PARÁGRAFO: En caso de no presentarse aspirantes para el proceso de admisión automática, el cupo será ofrecido al siguiente aspirante en la modalidad de admisión regular. ARTÍCULO 8. NÚMEROS DE ASPIRANTES A CONVOCAR A PRUEBAS FINALES: Se convocará a pruebas finales cinco (5) veces por cupo disponible para admisión regular. Estos aspirantes serán aquellos que obtengan los mayores puntajes en la prueba de conocimientos y aptitudes. ARTÍCULO 9. DESCRIPCIÓN DE LOS ASPECTOS A EVALUAR: A. PRUEBA DE CONOCIMIENTOS: Preguntas de conocimientos en medicina general, tipo opción múltiple de respuesta. B. PRUEBA DE APTITUDES: Preguntas de comprensión de lectura, para evaluar la capacidad que tiene el aspirante para analizar el contenido de un texto en los niveles literal, inferencial

básico e inferencial complejo. Preguntas de matemática básica. Preguntas de análisis de gráficas, tablas, u otro tipo de esquema diseñado para representar procesos y conceptos. El programa se acoge a las pruebas diseñadas para este ítem por parte de la Dirección Nacional de Admisiones. C. HOJA DE VIDA: Deberán tenerse en cuenta los siguientes criterios para la evaluación de la hoja de vida del aspirante: 1. Promedio de calificaciones de pregrado: Hasta 20 puntos 2. Formación académica diferente a la básica solicitada: Hasta 2 puntos 3. Experiencia en el área: Hasta 2 puntos 4. Experiencia certificada en investigación: Hasta 2 puntos 5. Publicaciones en revistas indexadas: Hasta 2 puntos 6. Distinciones académicas: Hasta 2 puntos PARÁGRAFO 1. La hoja de vida se solicitará solamente a aquellos aspirantes que sean convocados a entrevista. PARÁGRAFO 2. Se asignará puntaje únicamente a los ítems que presenten el respectivo soporte al momento de la entrega de la hoja de vida. PARÁGRAFO 3. El Subcomité Asesor del programa curricular en reunión formal previo a la publicación de citación a pruebas finales, establecerá los criterios para ponderar los diferentes ítems establecidos en este acuerdo en relación con la hoja de vida, los cuales quedarán registrados en el acta de dicho subcomité y serán aplicados a todos los aspirantes que sean llamados a pruebas finales. D. ENTREVISTA: A esta prueba serán citados aquellos aspirantes que estén convocados a pruebas finales, y que previa verificación de la hoja de vida cumplan los requisitos generales para ser admitido en el marco del proceso de admisión regular que estipula el artículo 3 de este acuerdo. ARTÍCULO 10. Envíese copia del presente Acuerdo a la Dirección Nacional de Admisiones, a la Unidad Básica Académica del programa curricular de Especialidad en Oftalmología y a la Coordinación de Apoyo a los Posgrados.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación, en el Sistema de Información Normativa, Jurisprudencial y de conceptos - Régimen Legal de la Universidad Nacional de Colombia, a cargo de la Secretaría General PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE ARIEL IVAN RUIZ PARRA DECANO EDGAR CORTES REYES SECRETARIO