Las banderas azules 15 Cuaderno del profesorado
La presente actividad se incluye en la obra denominada El litoral de Las Palmas de Gran Canaria: Un recurso educativo y medioambiental que ha sido elaborada entre los años 2002 y 2006 en el Departamento de Biología, como un proyecto de investigación promovido por la Unidad Administrativa de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y la Obra Social Fundación La Caixa mediante convenio con la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, a través de la Fundación Canaria Universitaria de Las Palmas cofinanciado con fondos FEDER del Programa Operativo Local. Dirección, responsable científico del proyecto: Pedro Sosa Henríquez, Catedrático de Universidad del Departamento de Biología de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Autores de los contenidos: Pedro Sosa Henríquez Alicia Escandell Bermúdez Francisco Javier Batista Hernández Ana Yoldi Murillo Mónica Fanlo Dauphin Lourdes Medina Pérez Colaboradores: Ignacio Reyes Díaz Leopoldo O Shanahan Roca Rafael Caballero Cassasa Alejandro Godoy Nuez Antonio Martín Artiles Dirección técnica: Matías Ramos Trujillo, Jefe de la Unidad Administrativa de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Rita Gómez Balader, Técnico Superior de Gestión de la Unidad Administrativa de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Antonio Rodríguez Santana, Unidad Administrativa de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Edición: Diseño y maquetación: Oceanográfica: divulgación, educación y ciencia S.L. Fotografías e ilustraciones: Oceanográfica: divulgación, educación y ciencia S.L. Impresión: Imprenta San José S.L.L. Contenido: Pedro Sosa Henríquez (et al.) Edición: Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Depósito Legal: GC-579-2006 ISBN OC: 84-690-0473-5 ISBN Volumen: 84-690-3041-8 Impreso con papel y tintas ecológicos
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Descripción Actividad de aula a través de la cual se pretende que el aumnado reflexione sobre la necesidad de mantener una calidad ambiental adecuada en nuestras playas. Objetivos Concienciar y reflexionar sobre la importancia de disponer de aguas de baño de calidad en nuestras costas. Identificar las costas y playas canarias con menciones medioambientales de calidad. Conceptos-contenidos Calidad de las aguas de baño y del entorno de las playas y puertos. Significado e implicaciones del distintivo de la Bandera Azul. Materiales e instrumental Cuaderno del alumnado, mapa de Gran Canaria. Áreas implicadas Propuesta de trabajo Tiempo Ciencias Naturales. Actividad para realizar de forma individual 1 hora Ciencias Sociales. Ética. y en grupo. Sugerencias Utilizar información adicional en la página oficial de este distintivo europeo (www.blueflag.org) Es conveniente que los alumnos trabajen primero de forma individual y después realicen un debate en gran grupo. 15 Las banderas azules 5
Las banderas azules La Bandera Azul es un galardón a la calidad ambiental desarrollado por la FEE (Fundación para la Educación Ambiental de Europa), con patrocinio de la Comisión Europea. Se concede a aquellas comunidades que realizan un esfuerzo especial para mantener unas playas o puertos deportivos limpios, seguros y gestionados con respeto al medio ambiente local. La finalidad del Proyecto Bandera Azul, es elevar el grado de conciencia ciudadana y la acción de las autoridades sobre la calidad del entorno de las playas y puertos de Europa y, en particular, de la calidad de las aguas de baño. A través de la concesión de las Banderas Azules de Europa se pretende proporcionar un símbolo europeo de reconocimiento y emulación a aquellas playas y puertos que alcanzan esos niveles de calidad ambiental y buscan un equilibrio entre el uso del recurso natural y el respeto del entorno. La participación en la campaña es totalmente voluntaria tanto por parte de los estados miembros, comunidades autónomas o regiones, los municipios y los puertos, como por parte de la propia Fundación y sus ramas nacionales. Para que una playa tenga esta distinción debe cumplir, al menos los requisitos señalados con los siguientes iconos.
1 Busca, dibuja y aprende el símbolo de este distintivo europeo. 15 2 Ordena del 1 al 15, según lo necesarias que sean, las siguientes condiciones para obtener la bandera azul. La inexistencia de vertidos de origen industrial o de otras aguas residuales en la playa. La existencia de un plan de emergencia para incidentes de contaminación. Que no se perciban signos de elevada contaminación derivada del petróleo, las actividades humanas y otras fuentes. Una limpieza regular de la arena de la playa, y la disposición de un número de papeleras suficiente para mantenerla limpia. Disposición de información sobre la Campaña Bandera Azul en la playa. La existencia de una oferta de actividades en educación ambiental para los usuarios de la playa. Un número suficiente de servicios sanitarios (wc) accesibles en el entorno de la playa y de carácter público. Presencia de vigilantes o suficiente equipo de salvamento para responder a un accidente. Que no circulen vehículos no autorizados en la playa. Prohibición de acampada libre en la playa. Restricciones al acceso de animales domésticos a la playa. Las banderas azules 7
15 Las banderas azules Accesos fáciles y seguros a la playa, sobre todo para las personas con limitaciones físicas. Un mantenimiento correcto de las instalaciones de la playa. Existencia de algún punto público de agua potable. Posibilidad de utilizar el teléfono público. Dentro de las condiciones imperativas para obtener la bandera azul, éstas se pueden ordenar subjetivamente, se intenta que el alumnado trabaje y asimile las características, dotaciones, limitaciones, peligros, usos y obligaciones de la utilización de la playa como espacio de ocio. GUÍA DE INTERPRETACIÓN DE LOS CRITERIOS BANDERA AZUL PARA PLAYAS 2006-2007 Información y Educación Ambiental 1. Debe estar expuesta al público información sobre los ecosistemas litorales, espacios naturales sensibles y especies protegidas en esa zona costera. (Imperativo). 2. Debe estar expuesta información actualizada sobre la calidad de las aguas de baño. (Imperativo). 3. Debe estar expuesta al público información sobre la Campaña Bandera Azul. (Imperativo). 4. Las normas locales de utilización de la playa deben ser fácilmente accesibles al público y estar a su disposición cuando las soliciten. El código de conducta que debe seguirse en la playa y su entorno deberá estar expuesto en la misma. (Imperativo). 5. El Ayuntamiento debe demostrar que se ofrecen al público, como mínimo, cinco actividades de información y educación ambiental. (Imperativo). Calidad Del Agua 6. Cumplimiento de los requisitos y estándares de una calidad excelente de las aguas de baño. (Imperativo). 8
7. Ausencia de vertidos industriales, de aguas residuales y de otro tipo de sustancias contaminantes o basuras, que pueden afectar o la playa o a su entorno (Imperativo). 8. Medidas de control de la buena salud ambiental de los arrecifes de coral próximos a la playa. Nota de ADEAC: Criterio no aplicable formalmente en Europa. Sí conviene retener su sentido de protección de los ecosistemas sumergidos, frágiles cercanos: así el respeto a la prohibición de recogida, manipulación o comercio de ejemplares o partes de especies protegidas. 9. El municipio debe cumplir los requisitos establecidos para el tratamiento y posterior vertido de las aguas residuales urbanas. (Guía). 10. Las algas y otro tipo de vegetación en la playa no deberían recogerse en la medida en que su acumulación y podredumbre no resulten claramente molestas e insalubres. (Imperativo). Gestión Ambiental 11. Debe constituirse un Comité de Gestión de la Playa, que sea responsable de la puesta en marcha y seguimiento de los métodos y actividades de gestión ambiental de la playa y del desarrollo de inspecciones o auditorias ambientales de las instalaciones de la playa. (Guía). 12. El municipio debe contar con un plan de desarrollo y ordenación del territorio para su zona litoral. Tanto este plan, como las actividades que el municipio desarrolle en dicha zona, deben respetar la normativa vigente en materia de ordenación del territorio y protección del litoral. Si el municipio, a causa de su reducido tamaño, no posee su propio plan, deberá estar incluido en su plan de ordenación territorial del ámbito supramunicipal. (Imperativo). 13. La playa debe estar limpia (Imperativo). 14. Correcta instalación, mantenimiento y vaciado regular de un número adecuado de papeleras y contenedores (Imperativo). 15 Las banderas azules 9
15 15. Deben existir en la playa o su entorno contenedores o infraestructuras para la recogida selectiva de residuos (Imperativo). 16. Existencia de sanitarios adecuados y limpios, sin vertidos incontrolados o ilegales de sus aguas residuales. (Imperativo). 17. En la playa no se permite el camping ni la circulación o estacionamiento de vehículos no autorizados o los vertidos de basuras. (Imperativo). Las banderas azules 18. Prohibición-control de animales domésticos en la playa. Las leyes nacionales referentes a la limitación de perros, caballos y otros animales domésticos en la playa, deben ser estrictamente exigidos y su acceso o actividad rigurosamente controlados. (Imperativo). 19. Buen mantenimiento y apariencia de los edificios y servicios de la playa. (Imperativo). 20. El municipio promueve la utilización de medios de transporte sostenibles alternativos al vehículo privado en el área de la playa, tales como la bicicleta, el acceso a pie o el transporte público. (Guía). Seguridad Y Servicios 21. Presencia de socorristas titulados en la playa durante la temporada de baño encargados de las labores de salvamento y socorrismo y/o equipo de salvamento adecuado y claramente señalizado en la playa, incluyendo instrucciones sobre su modo de empleo, así como acceso inmediato a teléfono público. (Imperativo). 22. Equipo de primeros auxilios en la playa, fácilmente identificable y accesible. (Imperativo). 23. Señalización-control de zonas específicas para actividades incompatibles con el baño (surf, embarcaciones, patines acuáticos, etc.). Si existen espacios protegidos en el área circundante a la playa, deberán adoptarse las medidas necesarias para evitar que sean dañados como consecuencia de la práctica de tales actividades o de la incursión de vehículos en dichos espacios, desde el mar o desde la playa. (Imperativo). 10
24. Planes de emergencia locales y/o regionales con los que hacer frente a accidentes o desastres ecológicos (Imperativo). 25. Accesos fáciles y seguros. (Imperativo). 26. El área de la playa debe estar vigilada. (No aplicable). 27. Debe existir, al menos, un punto de agua potable en la playa. (Guía). 15 28. Una de las playas con Bandera Azul del municipio, como mínimo, debe poseer rampas de acceso a la playa y sanitarios para personas con discapacidad, excepto en aquellos casos en que la topografía claramente no lo permita. (Imperativo). 29. Debe exponer un plano de la playa indicando la ubicación de las diferentes instalaciones y servicios (Imperativo). 3 Señala y nombra en el siguiente mapa de Gran Canaria aquellas playas que actualmente tienen bandera azul. Busca información en internet (ver direcciones en el apartado 6) Las banderas azules Playa de Las Canteras Playa de Melenara Playa de Taurito Playa de Amadores Playa de San Agustín Playa del Inglés Playa de Maspalomas 11
4 Te parece que el galardón de las banderas azules es una garantía para mantener las playas en buenas condiciones? 15 Las banderas azules Para obtener el reconocimiento de Bandera Azul, las playas canarias han debido cumplir los siguientes requisitos: - Aguas limpias y analizadas. Es imprescindible que no existan incidencias al menos durante los meses previos y posteriores a la temporada de baño. - Información y educación ambiental. Es necesario realizar al menos cinco actuaciones para concienciar e implicar a la población local y a los turistas. - Servicios de limpieza de arena y recogida de basura. - Puestos de vigilancia y socorrismo debidamente situados e identificados. - Accesos fáciles, seguros y sin barreras arquitectónicas. - Asistencia, primeros auxilios in situ y eficacia en los traslados. - Control exhaustivo de las zonas de acampada. - Señalización y respeto a la legislación de costas y litoral. - Agua potable. - Servicios sanitarios. - Prohibición de la circulación de vehículos a motor y la presencia de animales domésticos. El cumplimiento de todos estos requisitos parece garantizar unas condiciones adecuadas en las playas para su uso y disfr 5 La playa de Las Canteras dispone de este distintivo, sabes desde que año? Te parece que cumple todos los requisitos? La calidad de la playa de Las Canteras y de sus servicios se viene reconociendo ininterrumpidamente, desde 1989. Inicialmente cumple con los requisitos exigibles, especialmente en la garantía de sus aguas, en la limpieza, en los medios de vigilancia, salvamento y socorrismo. 12
6 las revisa? Cada cuánto tiempo se revisa si cumple las condiciones? Quién La Campaña Bandera Azul ha sido creada y es desarrollada por la Fundación Europea para la Educación Ambiental (FEE), constituida por una ONG de carácter ambiental, y sin ánimo de lucro, en cada uno de los 30 países participantes en Europa, África y América y que en España es la Asociación de Educación Ambiental y del Consumidor (ADEAC). 15 El control del cumplimiento de los criterios se asegura, durante la temporada de baños, por medio de las autoridades locales, de los resultados de los análisis oficiales de las aguas de baño realizados por las autoridades sanitario-ambientales competentes y de las visitas de inspección realizadas por los operadores nacionales y la coordinación internacional Bandera Azul. No obstante, los mejores observadores del grado de cumplimiento de los criterios Bandera Azul son los propios usuarios de las playas y puertos deportivos galardonados. En caso de verificación del incumplimiento de algún criterio imperativo, la Bandera Azul será arriada. En las siguientes páginas web encontrarás información adicional. Escribe tu propia opinión sobre este distintivo. Las banderas azules http://www.blueflag.org/blueflag/2005/spain/canarias http://www.fee-international.org/ http://www.infoecologia.com 13
O T RAS C U R I O S I DA D ES Las banderas azules: Un premio a la calidad ambiental de las playas La Bandera Azul es una creación de la Fundación Europea de Educación Ambiental (FEE) que nació en el año 1982 de la mano de un grupo de expertos del Comité de Educación Ambiental del Consejo de Europa. Los objetivos de la FEE se concretan en el desarrollo de investigaciones y acciones que promuevan la conciencia y educación ambiental, la dimensión transfronteriza de la problemática ambiental y la necesidad de la cooperación internacional en la búsqueda de soluciones. La Asociación de Educación Ambiental y del Consumidor (ADEAC), es cofundadora de la FEE y constituye su rama nacional en España a todos los efectos. Con motivo del Año Europeo del Medio Ambiente (1987), la Comunidad Europea, además de apoyar múltiples acciones a instancias de los diferentes Estados Miembros, seleccionó tres Campañas para ser desarrolladas a nivel europeo bajo el patrocinio directo de Bruselas y con apoyo económico e institucional. Una de ellas fue la Campaña Bandera Azul de Europa y, para su desarrollo, se firmó un Convenio entre la Comisión y la FEE, en el que se reconoce a la Fundación la iniciativa y responsabilidad de la puesta en práctica de la Campaña. La Bandera Azul es un galardón a la calidad ambiental cuyos objetivos se centran en: Elevar el grado de conciencia ciudadana y el grado de intervención de las autoridades sobre la calidad del entorno de las playas y puertos de Europa y, en particular, de la calidad de las aguas de baño. Proporcionar, así mismo, a través de la concesión de las Banderas Azules de Europa, un símbolo europeo de reconocimiento y emulación a aquellas playas y puertos que alcanzan esos niveles de calidad ambiental y buscan un equilibrio entre el uso del recurso natural y el respeto del entorno. La participación en la Campaña es totalmente voluntaria tanto por parte de los Estados Miembros, Comunidades Autónomas o Regiones, los municipios y los puertos, como por la propia Fundación y sus Ramas Nacionales.
La Bandera Azul es válida solamente en tanto se cumplan los criterios exigidos. Las playas y puertos están obligados a arriar la Bandera Azul si éstos dejan de cumplirse. Los criterios de concesión, para juzgar cuándo se alcanzan los niveles de calidad exigidos, fueron fijados por consenso en el Comité de Coordinación Europeo, integrado por la FEE y la Dirección General XI de la Comisión Europea. Algunos de los criterios más destacables para las playas son: - Cumplir un elevado nivel de calidad del agua de baño. - La inexistencia de vertidos de origen industrial o de otras aguas residuales en la playa. - La existencia de un plan de emergencia para incidentes de contaminación. - Que no se perciban signos de elevada contaminación derivada del petróleo, las actividades humanas y otras fuentes. - Una limpieza regular de la arena de la playa, y la disposición de un número de papeleras suficiente para mantenerla limpia. - Disposición de información sobre la Campaña Bandera Azul en la playa. - La existencia de una oferta de actividades en educación ambiental para los usuarios de la playa. - Un número suficiente de servicios sanitarios (wc) accesibles en el entorno de la playa y de carácter público. - Presencia de vigilantes o suficiente equipo de salvamento para responder a un accidente. - Que no circulen vehículos no autorizados en la playa. - Prohibición de acampada libre en la playa. - Restricciones al acceso de animales domésticos a la playa. - Accesos fáciles y seguros a la playa, sobretodo para las personas con limitaciones físicas. - Un mantenimiento correcto de las instalaciones de la playa. - Existencia de algún punto público de agua potable. - Posibilidad de utilizar el teléfono público. La campaña de las Banderas Azules, carece desde 1999 de la financiación de la Comisión Europea, decisión adoptada por existir desacuerdos en los criterios de control empleados para distinguir a las playas y por las denuncias realizadas por diversos colectivos con respecto a dichos controles. Por ello, diversas agrupaciones y organismos no gubernamentales opinan que actualmente la concesión de Banderas Azules se ha convertido en una actividad engañosa, al utilizar un símbolo de supuesta calidad que no tiene la garantía de los organismos oficiales de la UE.