PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CELEBRACIÓN DE UN ACUERDO MARCO DE SERVICIOS DE TRADUCCIÓN PARA EL IDAE

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Transcripción:

PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CELEBRACIÓN DE UN ACUERDO MARCO DE SERVICIOS DE TRADUCCIÓN PARA EL IDAE Ref.: PC.920321.91/15 Madrid, mayo de 2015

1. Antecedentes. El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) es una Entidad Pública Empresarial, adscrita al Ministerio de Industria, Energía y Turismo e integrada en la estructura de la Secretaría de Estado de Energía. Entre sus misiones está la promoción de la eficiencia energética y el uso racional de la energía en España, así como la diversificación de las fuentes de energía y fomento de las energías renovables. En sus distintos cometidos se mantienen relaciones con organismos extranjeros, lo que ocasionalmente requiere labores de traducción de diversos tipos de documentaciones, generalmente de carácter técnico o jurídico. De aquí surge la necesidad de contar con una o varias empresas especializadas que, una vez homologadas, lleven a cabo estos servicios de traducción cuando sean necesarios. 2. Objeto del Acuerdo Marco y normativa aplicable. 2.1.- El objeto será la celebración de un acuerdo marco con una o varias empresas especializadas (se contempla un mínimo de tres y un máximo de siete) en la traducción de documentos escritos, de conformidad con los documentos que forman parte de la petición de oferta, los cuales a su vez formarán parte del acuerdo marco a suscribir con la empresa que resulte seleccionada. En la interpretación del acuerdo, en caso de conflicto entre los documentos que forman parte del mismo, estos tendrán la siguiente jerarquía: 1º El presente documento, pliego de condiciones para la celebración de un acuerdo marco de servicios de traducción para el IDAE, con referencia PC.920321.91/15 de fecha mayo de 2015. 2º La oferta de la empresa que resulte seleccionada. 2.2.- Se entenderán como actividades propias de la empresa seleccionada a realizar dentro del acuerdo marco, las que se relacionan a continuación a) Servicio de traducciones estándar Español (castellano) / Inglés Inglés / español Corrección de estilo b) Traducción jurada Español (castellano) / Inglés Inglés / Español c) Servicio de traducciones estándar (otros idiomas) Español / Francés Francés / Español Español / Alemán Alemán / Español Castellano / Catalán Castellano / Euskera Castellano / Gallego Los encargos se realizarán sobre documentos en formato electrónico (MS Office o pdf). 2

Todos los trabajos se entregarán en formato electrónico, apto para PC compatible (MS Office). 2.3.- La contratación del presente servicio se regirá por lo establecido en la documentación del concurso, así como por las instrucciones de contratación de IDAE que podrán consultarse en el perfil del contratante insertado en el sitio Web oficial de IDAE (www.idae.es), y resto de disposiciones que resulten de aplicación de acuerdo con lo previsto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), RDL 3/2011 de 14 de noviembre. 2.4.- El conocimiento de las controversias que surjan en relación a la preparación, adjudicación, cumplimiento, efectos y extinción de los contratos formalizados corresponderá a los órganos judiciales del orden jurisdiccional civil (art. 21.2 TRLCSP). 3. Tramitación, procedimiento y forma de selección. La presente selección de empresas para la celebración de un acuerdo marco de homologación se realizará por procedimiento abierto mediante concurso y tramitación ordinaria de ofertas a tenor de lo previsto en las Instrucciones Internas de Contratación de este Instituto, al no igualar ni superar el valor estimado del contrato el umbral establecido en el artículo 16.1 b) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 4. Presentación de proposiciones. Las proposiciones se presentarán en la sede de IDAE sita en la calle Madera, nº 8, 28004 Madrid (entrega de paquetería C/ San Roque nº 7) y en el plazo señalado en el anuncio de licitación publicado en la Web de IDAE. Cuando las proposiciones se envíen por correo deberán remitirse a la dirección indicada en el párrafo anterior, debiendo justificarse la fecha y hora de la imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el que se consigne la clave, título completo del servicio y nombre del licitador. El fax o telegrama deberá haberse impuesto igualmente dentro del plazo fijado en el anuncio publicado. A efectos de justificar que el envío por correo se hace dentro de la fecha y hora señaladas para la admisión de proposiciones, se admitirá como medio de prueba, que en el fax o telegrama se haga referencia al número del certificado del envío hecho por correo. Las empresas solicitantes, deberán ser personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, Entidades o Instituciones con personalidad jurídica propia, que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el art. 60 del TRLCSP. Además de lo anterior, debe existir relación directa, entre sus actividades, fines o funciones y el objeto de la adjudicación, todo ello, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales. 5. Contenido de las propuestas. Las proposiciones se compondrán de tres partes que se presentarán en sobres diferentes, haciendo constar en cada sobre, el objeto del concurso, el contenido y el nombre del licitador, de la forma siguiente: 3

5.1.- SOBRE: A. CONTENIDO: Documentación administrativa y general Incluirá el modelo de solicitud que se incorpora como Anexo I al presente documento y original y una (1) copia en formato electrónico de la siguiente documentación: Solicitud de participación, conforme al modelo que se incorpora al presente documento como Anexo I, debidamente cumplimentada. Acreditación de no hallarse incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración previstas en el artículo 60 de conformidad con lo establecido en el artículo 73 del TRLCSP, cuando no pueda realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, mediante declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado o mediante declaración responsable, según el modelo que se incorpora al presente documento como Anexo II. Declaración relativa a la cifra de negocios global en los últimos tres años. La solvencia técnica o profesional del empresario será apreciada teniendo en cuenta sus medios, conocimientos técnicos, eficacia, referencias y fiabilidad, lo que podrá acreditarse, al momento de presentar su propuesta, pudiendo complementarla con cualquiera otra documentación que permita valorar la capacidad técnica del solicitante, por los medios siguientes: Las titulaciones académicas y profesionales de los empresarios y del personal de dirección de la empresa y, en particular, del personal asignado para la gestión de las actividades relativas al contrato, debiendo acreditarse específicamente estar en disposición de solvencia técnica, capacidad y medios suficientes para el desarrollo de los servicios objeto del contrato. Una relación de los servicios o trabajos realizados de similares características al objeto del concurso, que deberá incluir nombre del proyecto, importes, fechas y promotores públicos o privados de los mismos y que servirá además para la comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el punto 10.1 siguiente. Una declaración que indique la plantilla de personal directamente a cargo de la empresa y el equipo directivo, indicando la estructura y organización de la empresa. Una declaración del material o equipos y, en general, cualquier elemento de que disponga el empresario para la realización de las actividades relacionadas con el contrato. Una declaración de las medidas y sistemas de control de calidad disponibles, así como los medios de estudio e investigación de que se dispongan. 4

5.2.- SOBRE: B. CONTENIDO: Presentación técnica de la oferta Contendrá original y dos (2) copias, una de ellas en formato electrónico, de la siguiente documentación estructurada por secciones: SECCIÓN I-B: Descripción técnica Respecto a la documentación a presentar en esta sección se tendrá presente lo establecido en el Pliego de Condiciones Técnicas. Se incluirá una descripción completa del servicio planteado así como del alcance de los servicios que se ofertan. Se detallará una fórmula concreta de organización incluyendo un organigrama funcional que se aplicará al proyecto. Igualmente se deberán describir breve, pero completamente, los criterios y metodología que se plantea para el desarrollo del trabajo. Bajo el título medios se describirá tanto el personal a asignar a la realización de los trabajos, acompañándose los currículos del mismo, como los medios materiales y software a emplear. La sustitución, sin autorización del IDAE, del personal asignado al proyecto, podrá ser causa de resolución contractual. Se incluirá adicionalmente cualquier otra información que el proponente juzgue conveniente para la valoración de la propuesta de acuerdo con los criterios objetivos señalados en el presente pliego. 5.3.- SOBRE: C. CONTENIDO: Proposición económica Contendrá original y una copia estructurada por secciones: SECCIÓN I-C: Propuesta económica. Se incluirán en esta sección los precios por los que el proponente se compromete a la ejecución de los servicios a homologar, conforme a las tablas que se incluyen como Anexo IV.- PRECIOS UNITARIOS Y CONDICIONES DE APLICACIÓN PARA LOS SERVICIOS OFERTADOS, incluido en el presente documento. La forma de pago de los servicios prestados por la empresa que resulte seleccionada se realizará teniendo en cuenta que los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria, una vez efectuado el servicio contratado para cada traducción, en un plazo no superior a 60 días desde la presentación de la correspondiente factura si esta resulta de conformidad. SECCIÓN II-C: Conocimiento y aceptación. Se incluirá en esta sección declaración expresa del representante del solicitante en la que conste el conocimiento y aceptación de toda la documentación que forma parte del presente concurso, la cual deberá relacionarse, así como el compromiso de realización de los trabajos por el precio ofertado. 5

Se utilizará para cumplimentar esta sección el modelo de proposición y declaración que se adjunta como Anexo III a este Pliego. 6. Presupuesto de licitación. Determinación del precio del contrato. 6.1.- Dado el carácter del presente concurso, no se dispone de un presupuesto máximo de gasto disponible, debido a que se trata de la celebración de un acuerdo marco, por lo que el presupuesto final estará ligado al número de traducciones y servicios que el Instituto encomiende al adjudicatario del concurso. Como dato de referencia, se incluyen a continuación datos asociados al servicio de los últimos años. La previsión, en el momento actual, apunta a un incremento de los servicios a causa de nuevas actividades del Instituto. En ningún caso se debe considerar que los valores que se indican sean aplicables a años posteriores. Los importes que se facilitan son meramente informativos y no suponen, bajo ningún concepto, un compromiso de facturación mínima. año Importe ( ) Nº encargos 2010 7.909,46 36 2011 8.098,74 27 2012 18.471,13 48 2013 2.722,85 16 2014 3.025,95 16 2015* 13.698,67 6 * Hasta el 30/03/2015 6.2.- Ninguno de los servicios que se soliciten podrá exceder el importe de 50.000,00 por encargo. Asimismo, la suma de los importes correspondientes a los servicios adjudicados al mismo proveedor no podrá ser superior a 120.000,00 dentro de la misma anualidad. 6.3.- El acuerdo marco tendrá una vigencia de dos años desde el momento de su firma, prorrogable por un año adicional, en caso de satisfacción con el servicio prestado y disponibilidad de presupuesto. En caso de renovación, la empresa seleccionada se compromete a mantener los precios ofertados. 6.4.- Los oferentes deberán valorar el coste de sus servicios de acuerdo al alcance y condiciones establecidos en los documentos que forman parte de la convocatoria, teniendo presente que el precio que determine para la prestación de sus servicios será fijo y no podrá sufrir revisión alguna durante la ejecución del acuerdo. 6.5.- Los precios unitarios que se incluyen en el anexo IV del presente documento, serán los que retribuyan los servicios a prestar por la empresa seleccionada para la realización de los trabajos, sin perjuicio de lo establecido en el resto de documentación. 6.6.- Para atender las obligaciones económicas que se derivan por el cumplimiento del correspondiente acuerdo, el IDAE aprobará internamente un presupuesto para cada una de las traducciones, al que se le asignará un código de proyecto y se suscribirá el correspondiente contrato basado en el acuerdo marco, relacionado con la traducción a realizar. Cualquier posible ampliación de trabajos, respecto a los incluidos en el mencionado contrato basado, queda condicionada a la aprobación por parte de IDAE, previamente a su ejecución, de presupuesto suficiente y formalización del correspondiente contrato de modificación y sólo será posible en el caso de justificarse 6

suficientemente la concurrencia de alguno de los supuestos previstos en el artículo 107.1 del TRLCSP. 7. Plazo de presentación. 7.1.- El plazo límite de presentación de solicitudes de participación será establecido en el anuncio publicado en la Web oficial del IDAE (www.idae.es). 7.2.- Asimismo, se indicará en el anuncio, el lugar en que se deberán presentar las propuestas. 8. Apertura y examen de proposiciones. 8.1.- La apertura de proposiciones se realizará por parte del Departamento de Contratación, Compras y Servicios de IDAE. En el caso de que del análisis de la documentación administrativa (sobre A ) se detectara alguna deficiencia subsanable, será puesto en conocimiento de la empresa afectada disponiendo de un plazo máximo de TRES (3) días para subsanar. En el caso de que alguna de las propuestas fuera descartada por presentar deficiencias en esta documentación administrativa o no cumplir los requisitos establecidos en los subsiguientes apartados 10.1 y 10.2, este hecho será puesto en conocimiento del interesado quedando la documentación presentada a su disposición para que proceda a su retirada. 8.2.- Seguidamente se abrirán las ofertas técnicas (sobre B ) de las empresas admitidas, y una vez evaluadas y emitido el informe correspondiente, se procederá a la apertura de las ofertas económicas (sobre C ). Los análisis serán realizados por parte de los servicios especializados de IDAE, conforme a los criterios establecidos en los pliegos. 9. Procedimiento y forma de selección. 9.1.- Una vez llevados a cabo los análisis y trabajos relacionados en el anterior punto 8 y los correspondientes informes, y determinadas las ofertas más ventajosas para el Instituto, se notificará tal circunstancia al oferente responsable de la propuesta para que en el plazo de CINCO (5) DÍAS hábiles, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la solicitud aporte la siguiente documentación: Para los empresarios individuales, será obligatoria la presentación de la fotocopia legitimada notarialmente o compulsa administrativa del Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. Los empresarios que fueran personas jurídicas, y en lo que les afecte a los individuales, deberán presentar los siguientes documentos,: Escritura de constitución y estatutos sociales, así como sus posibles modificaciones, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, habrá de presentarse escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. 7

Fotocopia autenticada de la Tarjeta de Identidad Fiscal. Documento que acredite suficientemente las facultades de representación del firmante de la proposición. Cuando se trate de empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente. En el caso de empresas extranjeras no comunitarias deberán aportar los documentos que acrediten las condiciones exigidas en el artículo 72 del TRLCSP. Los empresarios extranjeros deberán aportar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Justificantes de estar al corriente de las obligaciones tributarias: alta en el I.A.E. en el epígrafe que corresponda a su actividad así como último recibo, certificado de estar al corriente de pagos con la Hacienda Pública y con la seguridad social de los trabajadores. IDAE podrá acordar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. No obstante, deberá aportarse declaración firmada por persona responsable de todas las empresas a incluir en la futura U.T.E. en la que se detallen los porcentajes de participación de cada empresa y se designe un interlocutor único ante IDAE durante el proceso de adjudicación. Dichos empresarios quedarán obligados solidariamente ante IDAE y deberán nombrar un representante o apoderado de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. La justificación de la solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse al momento de presentar su correspondiente propuesta, por los medios siguientes: Informe de instituciones financieras. Presentación de balance y cuenta de resultados de los tres últimos ejercicios. 8

Si por razones justificadas un empresario no pudiera facilitar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquier otra documentación considerada como suficiente por IDAE. 9.2.- El Comité de Adjudicaciones, tras solicitar los informes técnicos que estime oportunos, elevará al órgano de contratación, la propuesta de selección que juzgue conveniente, acompañada de la documentación que pudiera haberse generado en sus actuaciones. 9.3.- En el caso de que la propuesta señalara a algún empresario, como elegido para ser seleccionado para la suscripción del acuerdo marco, aquélla no creará derecho alguno en favor de dicho empresario, el cual no lo adquirirá hasta que se haya suscrito el acuerdo, por resolución del Órgano de Contratación. 9.4.- IDAE tendrá alternativamente la facultad de seleccionar para el contrato a las proposiciones más ventajosas, mediante la aplicación de los criterios establecidos en el punto 10, o declarar desierto el concurso, motivando su resolución con referencia a los criterios de adjudicación de concurso que figura en este pliego. 10. Requisitos y Criterios. Para la selección de las empresas con la que se celebrará el acuerdo marco se atenderá al procedimiento que se indica a continuación. 10.1.- La propuesta deberá adecuarse a las condiciones establecidas en la documentación del concurso. Este criterio será excluyente. 10.2.- Se determina que la solvencia técnica mínima necesaria para poder acometer los trabajos con garantías requiere que el oferente disponga de referencias en la realización de trabajos similares en los últimos cuatro (4) años. Entre las referencias aportadas será requisito indispensable disponer de al menos tres trabajos de traducción relativos a temas energéticos de corte técnico y de al menos tres trabajos de traducción relativos a temas jurídicos/legales y relacionados con textos o trabajos de la Comisión Europea o de la UE, también desde el plano técnico. Se valorará positivamente disponer de referencias relacionadas con arbitrajes internacionales. A estos efectos sólo se considerarán referencias válidas aquéllas que superen las dos mil palabras. 10.2.- Está prevista la celebración de acuerdos marco con un mínimo de tres empresas y un máximo de siete. 10.2. La selección recaerá en ofertas que presenten la aceptación sin salvedades de la documentación de concurso realizada por el IDAE y obtengan la mayor puntuación de acuerdo con los siguientes criterios, teniéndose en cuenta la propuesta técnica presentada, en la que se incluirá una descripción completa de los servicios a prestar y sugerencias técnicas para su desarrollo, pudiéndose otorgar hasta un total de 100 puntos, de acuerdo con la ponderación parcial que se indica: 10.2.1.- Criterios de selección que dependen de juicio de valor, conforme a los contenidos de la oferta técnica (sobre B): 1. Organización y medios humanos de la empresa para garantizar la calidad y el control de la buena ejecución de los trabajos, adecuación del equipo de trabajo, experiencia y dedicación... 25 puntos 9

2. Medios materiales de la empresa para garantizar la calidad y el control de la buena ejecución de los trabajos... 5 puntos 3. Alcance de los servicios ofertados, atendiendo al conjunto de servicios que se incluyan en la propuesta del oferente... 5 puntos 4. Presentación de complementos de interés sobre las especificaciones emitidas y/o mejoras que no supongan costes adicionales... 5 puntos 10.2.2.- Criterios de selección que no dependen de juicio de valor, obtenidos a partir de la información aportada en el sobre C de la oferta: 1. Oferta económica... 50 puntos Estos puntos se distribuirán según lo siguiente: a) Para los elementos que componen la oferta basados en precios de aplicación, se utilizará la fórmula: P i = X ( O máx O i O máx O min ) P i = Puntuación de la oferta a valorar X= Puntuación asignada al subapartado a valorar O i = Oferta a valorar para el subapartado (IVA excluido) O máx = Oferta más alta ofertada para el subapartado (IVA excluido) O min = Oferta más baja ofertada para el subapartado (lva excluido) b) Para los elementos que componen la oferta basados en descuentos sobre tarifas se aplicará la fórmula: P i = X ( O i O máx ) Donde P i = Puntuación de la oferta a valorar X= Puntuación asignada al subapartado a valorar O i = Porcentaje de descuento a valorar para el subapartado O máx = Porcentaje de descuento más alto ofertado para el subapartado c) Para los elementos que componen la oferta basados en recargos sobre tarifas se aplicará la fórmula: P i = X X ( O i O max ) Donde P i = Puntuación de la oferta a valorar X= Puntuación asignada al subapartado a valorar O i = Porcentaje de recargo a valorar para el subapartado O máx = Porcentaje de recargo más alto ofertado para el subapartado La ponderación de los apartados que componen la oferta que se valorará conforme a las fórmulas anteriores, de acuerdo con los precios aportados según se recoge en el anexo III será: 10

Puntos asignados a) Servicio de traducciones estándar a.1 Español (castellano) / Inglés 12 a.2 Inglés / español 9 a.3 Corrección de estilo 5 b) Traducción jurada b.1 Español (castellano) / Inglés 3 b.2 Inglés / Español 2 c) Servicio de traducciones estándar (otros idiomas) c.1 Español / Francés 2 c.2 Francés / Español 2 c.3 Español / Alemán 1 c.4 Alemán / Español 1 c.5 Castellano / Catalán 1 c.6 Castellano / Euskera 1 c.7 Castellano / Gallego 1 d) Descuento por volumen d.1 Descuento por volumen 4 e) Descuento por plazo b.1 Descuento por plazo 2 f) Recargo por urgencia b.1 Descuento por plazo 4 2. Plazos ofertados (días/10.000 plalabras)... 10 puntos. La puntuación será asignada de forma lineal, entre todas las ofertas admitidas, dándose la mayor puntuación (10 p) a la oferta que presente un menor plazo y 0 puntos a la de mayor plazo. 11. Constitución de garantía definitiva. 11.1.- No se contempla la presentación de garantías definitivas para el establecimiento del acuerdo marco. 11.2. Si por las especiales condiciones de ejecución de algún trabajo correspondiente a un contrato basado se considerara necesaria la presentación de una garantía definitiva, previamente a la solicitud de ofertas para la realización del trabajo, se pondrá tal circunstancia en conocimiento de las empresas seleccionadas, determinándose las condiciones de prestación de la citada garantía. 12. Formalización del acuerdo marco. 11

12.1.- La empresa seleccionada queda obligada a suscribir, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles a contar desde el siguiente al del requerimiento del IDAE, el documento de formalización del acuerdo marco, de acuerdo al modelo del Anexo V. Cuando la selección recaiga en una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del acuerdo, deberá aportar escritura pública de constitución como tal. 12.2.- Formará parte del acuerdo este Pliego de Condiciones. 12.3.- El acuerdo se podrá formalizar en escritura pública cuando así lo solicite la empresa seleccionada, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento. 12.4.- Si por causa imputable la empresa seleccionada no pudiera formalizarse el acuerdo dentro del plazo indicado, se atenderá a lo normativamente establecido. En tal supuesto, IDAE podrá incluso proceder a la incautación de la garantía depositada, si la hubiera, para la indemnización de los posibles daños y perjuicios ocasionados. 13. Obligaciones de la empresa seleccionada. 13.1.- El acuerdo marco se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego, aquellas otras condiciones de ejecución que se determinen con la empresa seleccionada y se establezcan en el correspondiente acuerdo, observando fielmente la metodología técnica que se determina en la documentación de concurso. 13.2.- La empresa seleccionada será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para IDAE o para cualesquiera terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del acuerdo. 13.3.- Será obligación de la empresa seleccionada indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a cualesquiera terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del acuerdo. 13.4.- La empresa seleccionada deberá contratar al personal preciso para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente de la empresa seleccionada, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de patrono y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con el IDAE, ni exigirse a éste responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre la empresa seleccionada y sus empleados. 13.5.- La empresa seleccionada asumirá la total responsabilidad de la ejecución del acuerdo marco en caso de concertar con terceros la realización parcial del mismo, para lo cual deberá recabarse la previa y expresa conformidad de IDAE tanto en lo que se refiere a la empresa subcontratada como respecto del subcontrato a celebrar. 13.6.- La empresa seleccionada garantizará en todo caso a IDAE toda reclamación de tercera persona fundada en la actividad de aquél. 14. Cumplimiento del servicio 14.1.- La empresa seleccionada queda obligada al cumplimiento de los servicios ofertados en los plazos parciales de ejecución que se determinen en cada caso. 12

14.2.- Si los trabajos no se ajustan a los requisitos establecidos en el presente pliego o en el de condiciones técnicas, en su caso, el IDAE ordenará por escrito a la empresa seleccionada corregir o completar las partes, que estime necesario, haciendo constar en dicho escrito el plazo que para ello se fije. Por otro lado si se advierten vicios o defectos en el trabajo realizado, IDAE podrá rehusar los que no estime satisfactorios. 15. Penalizaciones 15.1.- En caso de incumplimiento de disponibilidad o de dejación en la realización de la prestación de los servicios para los cuales la empresa ha sido seleccionada, imputables a la misma, el IDAE podrá imponer las penalizaciones que correspondan, para lo cual, podrá hacer efectiva la garantía disponible. El importe de la penalización será del 1% del importe contratado para la traducción, por cada día de retraso en la realización del trabajo contratado para una traducción determinada. Dichas penalizaciones se harán efectivas mediante su deducción de los pagos que proceda realizar a la empresa seleccionada o con cargo a la garantía por ella constituida. 15.2.- Cuando las penalizaciones por demora alcancen el 5 por 100 del importe del contrato de la traducción, el IDAE estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalizaciones. 15.3.- Esta misma facultad tendrá IDAE respecto al incumplimiento por parte de la empresa seleccionada de los plazos de ejecución parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total. 15.4.- La imposición de penalizaciones, o pérdida de garantías, no excluye la indemnización de daños y perjuicios a que pueda tener derecho IDAE. 15.5.- La constitución en mora de la empresa seleccionada no precisará intimación previa por parte de IDAE. 16. Gastos e impuestos por cuenta de la empresa seleccionada. Son de cuenta de la empresa seleccionada todos los gastos derivados de la publicación de los anuncios de convocatoria cuando existieran, así como los de formalización del acuerdo, si éste se elevare a escritura pública. 17. Responsabilidad civil 17.1.- La empresa seleccionada garantizará en todo caso a IDAE cualquier reclamación de tercera persona fundada en la actividad de aquélla, siendo responsable de todo daño o perjuicio que se cause a terceras personas o cosas durante la realización de los servicios, y que le sea imputable, debiendo reparar o indemnizar los daños causados, sin que le sea exigible responsabilidad alguna a IDAE. 17.2.- La empresa seleccionada deberá tener contratado y mantener en vigor durante toda la vigencia del contrato un seguro de responsabilidad civil que cubra suficientemente todas las eventualidades que se pudieran derivar de la actividad que desarrolle la empresa seleccionada. 13

18. Confidencialidad. Tanto la información aportada para el adecuado desarrollo del presente acuerdo marco, como la generada por la propia empresa seleccionada dentro de los trabajos incluidos en el mismo tendrán el carácter de CONFIDENCIAL, no pudiendo ser facilitadas a terceros sin el consentimiento expreso y por escrito del IDAE, obligándose la empresa seleccionada al cumplimiento estricto de la Ley de Protección de Datos, en los casos que fuera de aplicación. 19. Abonos a la empresa seleccionada. 19.1.- La empresa seleccionada tendrá derecho al abono del trabajo que realmente realice con arreglo a los precios convenidos mediante presentación de la correspondiente factura conforme a los hitos de pago establecidos en cada contrato basado. 19.2.- Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria dentro del plazo de 60 días desde la recepción de la factura correspondiente, si dicha factura fuera conforme y adecuada al calendario de pagos establecido. 20. Procedimiento para la realización de los trabajos 20.1.- Cuando IDAE considere necesario proceder a la realización de una traducción, y siempre en función de las características de la misma, solicitará el presupuesto correspondiente al menos a tres de las empresas seleccionadas, que lo elaborarán conforme a los conceptos y precios ofertados que se establecen en el anexo VI del presente documento. En el caso extraordinario de que se requiera alguna actividad o suministro no detallado en el anterior anexo, el adjudicatario lo detallará de forma independiente en su presupuesto, aportando cuanta información fuera necesaria sobre los elementos que forman el precio de la citada actividad o suministro. Igualmente, en caso de imperiosa urgencia, se consultará a las empresas homologadas de forma sucesiva, por orden de menor a mayor precio, hasta encontrarse a aquélla que pueda llevar a cabo el servicio en los plazos disponibles. Este mismo procedimiento se seguirá para aquellas traducciones de importe inferior a 300,00. 20.2.- IDAE valorará las ofertas, atendiendo al precio, plazo de entrega y especialización del oferente con respecto a la materia de la traducción, determinándose la oferta más ventajosa, notificándose tal circunstancia a los oferentes. Una vez aprobado el presupuesto por el IDAE, se formalizará el pedido correspondiente que detallará como mínimo el alcance de los servicios, el plazo de ejecución acordado y los honorarios. 20.3. El acuerdo no otorgará ningún tipo de exclusividad del IDAE con respecto a las empresas seleccionadas, quedando sometido el encargo de los sucesivos trabajos tanto a las necesidades del IDAE como a sus procedimientos de contratación. 21. Derechos de Propiedad 21.1.- La propiedad de la documentación que se entregue a la empresa seleccionada, corresponde al IDAE, no pudiendo por tanto la empresa seleccionada ceder, transmitir o divulgar dicha documentación, sin permiso expreso de IDAE. Si se diera el caso, la totalidad de la información y documentación facilitada será retornada a IDAE en edición original. 21.2.- Tanto la información aportada para el adecuado desarrollo del acuerdo y sus contratos basados, como la generada por el propio adjudicatario dentro de los trabajos incluidos 14

en los mismos tendrán el carácter de CONFIDENCIAL, no pudiendo ser facilitada a terceros sin el consentimiento expreso y por escrito de IDAE. En caso de incumplimiento de esta cláusula de confidencialidad, el IDAE podría proceder a la resolución automática de los contratos, todo ello sin perjuicio de otras medidas que considerara adecuadas al carácter y consecuencias del incumplimiento. 21.3.- El empresa seleccionada deja a salvo al IDAE en cuanto al uso de los resultados de los servicios contratados en lo que se refiere a propiedad intelectual o industrial, amparándole y soportando los gastos derivados de cualquier reclamación o litigio por estas causas. 21.4.- La propiedad de la documentación que se obtenga y elabore, como resultado de los trabajos realizados, corresponderá al IDAE. Asimismo, los derechos de autor de los trabajos objeto del acuerdo, si los hubiera, se entenderán cedidos a favor de IDAE, pudiendo IDAE, por tanto, difundir o aprovechar para cualquier medio de información, comunicación pública o reproducción, en cualquier lugar del mundo y sin límite temporal, los resultados o suministros del acuerdo marco. 22. Idioma. El idioma de trabajo será el español, por lo que toda la documentación relativa al contrato (distinta de la propia traducción) que se genere durante el desarrollo de los trabajos objeto del acuerdo, deberá estar en este idioma. 23. Normas complementarias. 23.1. La dirección e inspección por parte del IDAE de los trabajos a realizar por la empresa seleccionada, corresponderá al departamento de Contratación compras y Servicios dependiente de la Dirección Económico-Administrativa de este Instituto dentro del cual se designará un responsable de proyecto, el cual, podrá dirigir instrucciones a la empresa seleccionada siempre que no supongan modificaciones de la prestación no autorizadas, ni se opongan a las disposiciones en vigor o a las cláusulas del presente Pliego y demás documentos contractuales. 23.2. Asimismo, IDAE podrá designar como responsable del contrato, conforme se establece en el art. 52.1 del TRLCSP, una persona ajena al Instituto, notificándose tal circunstancia y las condiciones de la designación a todas las empresas seleccionadas incluidas en el acuerdo marco. 24. Cesión del acuerdo y subrogación. 24.1. La empresa seleccionada no podrá ceder o transferir a terceros, ni subrogar a persona alguna, en todo o en parte, los derechos y obligaciones dimanantes del presente Acuerdo, sin autorización previa y por escrito de IDAE. 24.2. En el caso de que la empresa seleccionada subcontratara parte de los trabajos objeto de este acuerdo, dichas subcontrataciones deberán ser conocidas y aprobadas por el IDAE, siendo en todos los casos la empresa seleccionada, quien asume la total responsabilidad de la ejecución de los trabajos, tanto los desarrollados por él como por sus subcontratados. 25. Resolución del acuerdo. 15

25.1.- El IDAE podrá resolver el acuerdo unilateralmente mediante comunicación escrita, en caso de incumplimiento grave por la empresa seleccionada de los plazos de ejecución o entrega, o de cualquier otra condición contractual. La resolución implicará la ejecución de los avales que se hubieran prestado y la devolución de las cantidades recibidas a cuenta por la empresa seleccionada, que serán devueltas con su interés igual al legal del dinero incrementado en 1,5 puntos. 25.2.- La resolución del acuerdo dará derecho a la empresa seleccionada a percibir sólo el precio de los estudios, informes, proyectos, trabajos o servicios que efectivamente hubiese realizado con arreglo al acuerdo, y que hubiesen sido recibidos por el IDAE, descontando las penalizaciones que le fueran aplicables, todo ello sin perjuicio de las reclamaciones que el IDAE pudiera realizar por posibles daños y perjuicios. 26. Jurisdicción aplicable. Las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderle, si fuera otro, se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales y Juzgados de Madrid capital para la resolución de cualquier controversia que pudiera surgir en la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente acuerdo. ANEXOS ANEXO I: ANEXO II : ANEXO III: ANEXO IV: ANEXO V: MODELO DE SOLICITUD MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 60 del TR DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA y DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN PRECIOS UNITARIOS Y CONDICIONES DE APLICACIÓN PARA LOS SERVICIOS OFERTADOS MODELO DE ACUERDO MARCO 16

ANEXO I: MODELO DE SOLICITUD D/Dña., en representación de con C.I.F., en calidad de, solicita su participación en el concurso Datos principales de contacto de la empresa Empresa: Persona de contacto: Cargo en la empresa: Dirección completa: Teléfonos: Fax: Correo e-mail: (Firma y sello de la empresa 17

ANEXO II : MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 60 del TR DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO D/Dª:... con D.N.I. nº: en nombre y representación de... con domicilio en.., con N.I.F./C.I.F.:... DECLARO RESPONSABLEMENTE: Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, hallándose, la persona física/jurídica representada, al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Que existe relación directa entre las actividades, fines o funciones de la persona jurídica a la que represento y el objeto de la adjudicación, según resulte consta en los estatutos de la misma. Asimismo me comprometo a aportar los certificados y documentos requeridos por los artículos 151.2 del TR de la LCSP en el plazo de CINCO (5) DÍAS hábiles, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la solicitud en tal sentido. También me comprometo a la constitución y entrega al IDAE de la garantía definitiva que corresponda, en el plazo máximo de quince (15) días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación.. Y para que así conste y surta los efectos oportunos para la participación en el concurso convocado por el IDAE con número de expediente 920321.91/15, expido y firmo la presente en...(ciudad), a, de, de 2015. A la atención del Sr. Director General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) 18

ANEXO III: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA y DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN D/Dña., con DNI en representación de la empresa con C.I.F., en calidad de, declara conocer y aceptar íntegramente toda la documentación que forma parte del presente concurso, formada por: 1º Pliego de condiciones para la celebración de un acuerdo marco de servicios de traducción para el IDAE, con referencia PC.920321.91/15 de fecha mayo de 2015. Y se compromete a ejecutar el citado acuerdo según las condiciones económicas de los Pliegos arriba mencionados y según los precios unitarios que se detallan en su oferta. Todo ello de acuerdo a la siguiente forma de pago: Los pagos se realizarán a la entrega de los trabajos, mediante transferencia bancaria dentro del plazo de 60 días desde la recepción de la factura correspondiente, si dicha factura fuera conforme y adecuada al calendario de pagos establecido Y para que conste firma el presente en... a... de... de... (firma del representante y sello de la empresa) 19

ANEXO IV: PRECIOS UNITARIOS Y CONDICIONES DE APLICACIÓN PARA LOS SERVICIOS OFERTADOS a) Servicio de traducciones estándar a.1 Español (castellano) / Inglés a.2 Inglés / español a.3 Corrección de estilo precio de aplicación ( /100 palabras) b) Traducción jurada b.1 Español (castellano) / Inglés b.2 Inglés / Español c) Servicio de traducciones estándar (otros idiomas) c.1 Español / Francés c.2 Francés / Español c.3 Español / Alemán c.4 Alemán / Español c.5 Castellano / Catalán c.6 Castellano / Euskera c.7 Castellano / Gallego Los trabajos se realizarán, en condiciones normales, en el plazo de. días/10.000 palabras. Sobre las tarifas anteriores se contemplan los siguientes descuentos: d) Descuento por volumen: d.1. Para el caso de traducciones de volumen superior a las 30.000 palabras, cuyo plazo de entrega sea superior a. días naturales, se aplicará un descuento del.. % sobre la tarifa de aplicación. e) Descuento por plazo: e.1. Para el caso de traducciones de volumen superior a las. palabras, cuyo plazo de entrega sea superior a 15 días naturales, se aplicará un descuento del.. % sobre la tarifa de aplicación. f) Recargo por urgencia: f.1. Para el caso de traducciones urgentes a ejecutar en plazos inferiores al ofertado, se aplicará un recargo del.. % sobre la tarifa de aplicación. (Todos los precios indicados se entienden sin I.V.A.) 20

ANEXO V: MODELO DE ACUERDO MARCO En Madrid a, de 2015 R E U N I D O S De una parte, D. Arturo Fernández Rodríguez, titular de D.N.I. nº ; en nombre y representación del INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA (IDAE), Entidad Pública Empresarial adscrita al Ministerio de Industria, Energía y Turismo a través de la Secretaría de Estado de Energía, con sede en Madrid, calle Madera número 8, y C.I.F.: Q2820009E. Actúa en el presente acto en su condición de Director General del mencionado Instituto, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 648/2013, de 2 de agosto (BOE 3 de agosto de 2013), haciendo uso de las facultades de su cargo. Y de otra, Dña/D., de nacionalidad, mayor de edad, titular de D.N.I. nº ; en nombre y representación de la mercantil denominada, con domicilio en, provista de C.I.F.:, inscrita en el Registro Mercantil de, al tomo, folio, sección, hoja. Su representación y facultades resultan de su condición de, según nombramiento que consta elevado a público en escritura otorgada ante notario de, Dña/D. el día con el número de su protocolo. Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad suficiente para la formalización del presente acuerdo, y a tal efecto, E X P O N E N I.- Que ente las actividades habituales del IDAE se encuentra la participación de en proyectos u otras actividades internacionales sobre temas relacionados con el ahorro y eficiencia energética y las energías renovables. II.- Que la mercantil, de acuerdo con su objeto social se dedica, entre otras actividades a los trabajos de disponiendo de medios y recursos suficientes para llevar a cabo los servicios requeridos por el IDAE para el servicio de traducciones. III.- Que habiendo llegado a un acuerdo sobre la base del Pliegos de Condiciones para la suscripción de un acuerdo marco para la prestación del servicio de traducciones para IDAE, que se incorpora al presente acuerdo marco como anexos I, el IDAE y (en adelante, EL ADJUDICATARIO), formalizan el presente acuerdo de conformidad con las siguientes, E S T I P U L A C I O N E S PRIMERA.- OBJETO DEL ACUERDO El objeto del acuerdo es la prestación por parte del adjudicatario de servicios de traducción para el IDAE. El presente acuerdo no otorga ningún tipo de exclusividad del IDAE con respecto al adjudicatario, quedando sometido el encargo de los sucesivos trabajos tanto a las necesidades del IDAE como a sus procedimientos de contratación. 21

SEGUNDA.- ALCANCE Y DESCRIPCIÓN El conjunto de los servicios a prestar por el adjudicatario en virtud del presente acuerdo es el que se establece en el documento Pliego de condiciones para la celebración de un acuerdo marco de servicios de traducción para el IDAE, con referencia PC.920321.91/15 de fecha mayo de 2015 y que se incorpora al presente acuerdo como Anexos I. TERCERA.- PRECIOS Los precios de aplicación para la realización de los trabajos a ejecutar en virtud del presente acuerdo, así como los que serán de aplicación para los correspondientes encargos que se deriven del mismo se recogen en el documento precios unitarios de aplicación que se incorpora como ANEXO II al presente documento. Se entiende que los conceptos de precio relacionados en el ANEXO II, comprenden la totalidad de los servicios expuestos a prestar por el adjudicatario, así como los gastos generales, de administración y beneficio y cualquier otro gasto (a excepción del I.V.A.) que el adjudicatario soporte en el cumplimiento de los servicios requeridos, así como los materiales necesarios, siempre que no se indique lo contrario. CUARTA.- PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE TRADUCCIONES Cuando IDAE considere necesario proceder a la realización de una traducción, solicitará el presupuesto correspondiente a los adjudicatarios del acuerdo marco, que lo elaborarán conforme a los conceptos y precios ofertados que se establecen en el anexo III del Pliego de Condiciones. En el caso de que se requiera alguna actividad o suministro no detallado en el citado anexo, el adjudicatario lo detallará de forma independiente en su presupuesto, aportando cuanta información fuera necesaria sobre los elementos que forman el precio de la citada actividad o suministro. Una vez aprobado el presupuesto por el IDAE, determinada la propuesta más ventajosa para IDAE y si la propuesta de adjudicación es aprobada, se formalizará el pedido correspondiente que detallará como mínimo el alcance de los trabajos a realizar por el adjudicatario, su importe y los plazos de ejecución. El presente acuerdo no otorga ningún tipo de exclusividad del IDAE con respecto al adjudicatario, quedando sometido el encargo de los sucesivos trabajos tanto a las necesidades del IDAE como a sus procedimientos de contratación. QUINTA.- FORMA DE PAGO La empresa seleccionada tendrá derecho al abono del trabajo que realmente realice con arreglo a los precios convenidos mediante presentación de la correspondiente factura conforme a los hitos de pago establecidos en cada acuerdo. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria dentro del plazo de 60 días desde la recepción de la factura correspondiente, si dicha factura fuera conforme y adecuada al calendario de pagos establecido. SÉXTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO El presente acuerdo marco tendrá una vigencia de dos años desde el momento de su firma, prorrogable por dos años adicionales, a juicio de IDAE y siempre en caso de satisfacción con el servicio prestado. El acuerdo podrá ser resuelto mediante denuncia expresa de cualquiera de las partes, que deberá comunicarse con un preaviso mínimo de dos (2) meses a la conclusión de su vigencia o la de cualquiera de sus prórrogas. En cualquier caso, deberán adaptarse las medidas necesarias para concluir de forma satisfactoria las tareas que estuvieran encomendadas en el momento de la notificación de la resolución. SÉPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS 22

Toda la información suministrada por IDAE tendrá el carácter de confidencial, pudiendo emplearse únicamente para los fines relacionados con la realización de los trabajos objeto del presente contrato. El Adjudicatario no hará un uso distinto del amparado por el presente contrato con la información o materiales que le sean aportados por IDAE, salvo autorización expresa y por escrito de IDAE. OCTAVA.- RESPONSABILIDAD El Adjudicatario, como empresario en concepto de empleador de su personal, es responsable del cumplimiento de las Normas Laborales y de Seguridad Social vigentes, amparando a IDAE y dejándolo a salvo de cualquier reclamación, eventualidad o incidencia, especialmente en lo que se refiere a accidentes de trabajo y a actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Igualmente, el Adjudicatario es responsable de todo daño o perjuicio que se cause a terceras personas o cosas durante la realización de los servicios, y que le sea imputable, debiendo reparar o indemnizar los daños causados, sin que le sea exigible responsabilidad alguna al IDAE. NOVENA.- SUBCONTRATISTAS El adjudicatario vendrá obligado a informar de cualquier subcontratación que realice, relacionada con la ejecución del presente contrato, siempre que afecte al objeto principal de los servicios a ejecutar por el adjudicatario o suponga más del 25% del precio de los trabajos encomendados. IDAE podrá exigir al adjudicatario justificación documental de estar al corriente de sus compromisos contractuales con todos los subcontratistas que hayan tomado parte en los trabajos y/o suministros objeto del contrato. DÉCIMA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES Las partes convienen expresamente que toda notificación, comunicación, solicitud, y/o requerimiento en relación con el presente acuerdo, surtirá entre ellas plenos efectos, siempre y cuando se efectúe por uno cualesquiera de los siguientes medios: carta, telefax o correo electrónico; a los domicilios y números que a tales efectos a continuación se especifican para cada una de las entidades intervinientes, en tanto en cuanto no se hubiere comunicado fehacientemente cualquier posible modificación en tal sentido: IDAE Madera, 8 28004 - MADRID Tel.: 91.456.49.00 Fax: 91.523.04.14 Correo electrónico: Persona de contacto: Tel.: Fax: Correo electrónico: Persona de contacto: UNDÉCIMA.- RESOLUCIÓN El IDAE podrá resolver el acuerdo unilateralmente mediante comunicación escrita, en caso de incumplimiento grave por la empresa seleccionada de los plazos de ejecución o entrega, o de cualquier otra condición contractual. La resolución implicará la ejecución de los avales que se hubieran prestado y la devolución de las cantidades recibidas a cuenta por la empresa seleccionada, si las hubiere, y que serán devueltas con su interés igual al legal del dinero incrementado en 1,5 puntos. La resolución del acuerdo dará derecho a la empresa seleccionada a percibir sólo el precio de los estudios, informes, proyectos, trabajos o servicios que efectivamente hubiese realizado con arreglo al acuerdo, y que hubiesen sido recibidos por el IDAE, descontando las penalizaciones que le fueran aplicables, todo ello sin perjuicio de las reclamaciones que el IDAE pudiera realizar por posibles daños y perjuicios. 23