Federación Regional de Automovilismo Nº 3 Zona Sudoeste Alem 373 C.C. 41 Telefax: 02923-472661 8170 Pigüé - Buenos Aires E-mail: federacion3sudoeste@s8.coopenet.com.ar C.R.A.S. CATEGORIA SUPERCAR del SUDOESTE REGLAMENTO TECNICO AÑO 2015 1
INDICE POR ARTICULOS Art. 1º - Vigencia Art. 2º - Automóviles admitidos Art. 3º - Carrocería Art. 3º - a) - Dirección Art. 3º - b) - Espejos Art. 3º - c) - Luces de stop Art. 3º - d) - Barreros Art. 3º - e) - Trompa Art. 3º - f) - Túnel Radiador Art. 3º - g) - Enganche Art. 4º - Jaula antivuelco Art. 5º - Carcaza cubrevolante Art. 6º - Tanque de combustible Art. 7º - Extinguidotes de incendio Art. 8º - Corta corriente Art. 9º - Lava y Limpia parabrisas Art. 10º - Carburador Art. 11º - Múltiple y caño de escape Art. 12º - Recuperador de aceite Art. 13º - Caja de Velocidades Art. 14º - Frenos Art. 15º - Eje trasero, Diferencial Art. 16º - Neumáticos Art. 17º - Peso del vehículo Art. 18º - Volante desmontable Art. 19º - Parabrisas Art. 20º - Butacas Art. 11º - Cinturones de seguridad Art. 22º - Numeración y nombres Art. 23º - Indumentarias Art. 24º - Bridas Art. 25º - Verificación Art. 26º - Cumplimiento del reglamento 2
Art. 1º - VIGENCIA: Este Reglamento tendrá vigencia a partir del 1º de Enero del año 2016 manteniendo su vigencia hasta que no sea modificado total o parcialmente con el aval expreso de la Federación Regional de Automovilismo Deportivo Nº 3 Zona Sudoeste. Cualquier reforma reglamentaria que no cumpla este requisito, carecerá de validez. Asimismo el único órgano de interpretación de este Reglamento es la Federación Regional de Automovilismo Deportivo Nº 3 - Zona Sudoeste. Art. 2º - VEHICULOS ADMITIDOS y MOTORES: Podrán participar autos y/o coupé de fabricación nacional y de Gran Serie hasta el año 1990 inclusive. Los motores deberás ser de la misma marca del auto con que se compite, solo se permiten motores de seis (6) cilindros. Ford Falcon: (todos) Ford Fairlane: (6 cilindros) Chevrolet 400 (todos) Chevrolet Chevy y Coupe (todos) Torino 4 puertas y Coupe ( todos) Dodge ( 6 cilindros) (todos) Valiant (todos) A los automóviles marca Torino y Valiant Dodge se les autoriza colocar motores FORD o CHEVROLET, que estén autorizados anteriormente. Art. 3º - CARROCERIA: Es obligatorio retirar guardabarros delanteros, frente completo, paragolpes trasero y delantero, sacar vidrios de puertas, reemplazándolos: los delanteros por acrílico o policarbonato y rejilla y los traseros por acrílico. Las puertas delanteras deberán llevar además del cierre original o similar, un cierre de seguridad tipo cinturón que permita la abertura de ciento cincuenta milímetros (150 mm). Las puertas traseras deberán estar soldadas o abulonadas. Se permite al vaciado interior de las cuatro (4) puertas y tablero completo. Se permite recortar guardabarros traseros. Art. 3º - a) DIRECCION: Prohibida Hidráulica o Desmultiplicación a cadena. Obligatorio en el interior del habitáculo la colocación de un tabique entre el habitáculo y el baúl, soldado o remachado en chapa común o de aluminio, debiendo ser totalmente estanco e ignífugo. Art. 3º - b) ESPEJOS: Obligatorios interior y exterior a ambos lados del auto. Art. 3º - c) DOS LUCES DE STOP DE FRENOS: Dentro del habitáculo, en la luneta trasera, de color rojo y una en el medio de color amarillo, encendida en carrera. Art. 3º - d) BARREROS: Obligatorios de goma o corre de material duro en la parte trasera de las cubiertas motrices, QUE NO FLAMEEN con la velocidad, a cinco (5) centímetros del suelo como mínimo. Art. 3º - e) TROMPA DE FIBRA: Obligatoria. El ancho desde arriba tiene que cubrir las cubiertas y deberá poseer trabas de seguridad para arriba. Art. 3º - f) TUNEL RADIADOR: El material que sobrepase el radiador o las puertas del falso chasis hacia adelante para sostén de trampa, túnel radiador. Tiene que ser de caño estructural no mayor a ¾ pulgadas y un espesor de 1 y ½ milímetros como máximo y cuatro (4) caños hacia delante (máximo) que no sobrepasen la trompa. 3
Art. 3º - h) ENGANCHE: Obligatorio para remolque, colocado en la parte delantera y trasera, de cincuenta milímetros (50 mm) de diámetro interior, debe ir colocado que no sobresalga de la carrocería e ir pintado de amarillo y debidamente señalizado con una flecha dentro de un rectángulo rojo. Art. 4º - JAULA ANTIVUELCO: Deberá ser construida en caños de las siguientes medidas: DIAMETRO MINIMO: 38 mm ESPESOR MINIMO: 2,5 mm DIAMETRO MINIMO: 40 mm ESPESOR MINIMO: 2,0 mm El arco principal deberá estar ubicado por detrás de la cabeza del piloto. El segundo arco, abrazando los parantes del parabrisas. Dichos arcos no tienen que estar soldados al piso directamente, deberán estar abulonados o soldados a una placa de acero o chapón reforzado para que no hagan de sacabocados o a caños laterales colocados tipo largueros. Es obligatorio un caño cruzado por sobre la cabeza del piloto, entre arco y arco. Los arcos estarán unidos entre sí por caños a la altura del zócalo aproximadamente, más otros más arriba para protección de piloto y entre arco y arco pegado al techo se agregarán caños del arco trasero hacia los pasarruedas, amortiguadores y elásticos. Se agregarán caños a las torretas de suspensión, a las puntas de los chasis, de torreta a punta de chasis, entre torreta y torreta, de jaula a torretas. Todo este sistema descripto es como mínimo. Se deberán una jaula en la puerta del piloto, de acuerdo al gráfico adjunto, disponiéndose los refuerzos dentro del panel de puerta. Asimismo se deberá disponer un refuerzo que proteja el tanque de combustible, tal como se puede apreciar en el siguiente gráfico. Art. 5º - CARCAZA CUBRE VOLANTE: Debe tener una protección de ciento ochenta grados (180º) sobre la carrocería que proteja los estallidos de embrague hacia el interior del habitáculo. Deberá estar construido con planchuela de tres milímetros (3 mm) como mínimo y un ancho de veinte centímetros (20 cms). Art. 6º - TANQUE DE COMBUSTIBLE: Deberá estar ubicado en el interior del baúl, sujeto por dos (2) zunchos. Contará con una boca de llenado rápido y tapa de cierre hermético con embudo recolector de derrame, ubicado concéntricamente a su alrededor y un respiradero con salida hacia debajo de la carrocería. Art. 7º - EXTINGUIDORES DE INCENDIO: Deberá estar ubicado en el habitáculo al alcance del piloto adecuadamente sujeto. Capacidad mínima dos kilogramos (2 kgs.). El sistema integral de capacidad mínima de cuatro (4) kilogramos. Deberá estar bien sujeto, la cañería a utilizar será tipo enmallado o caño de cobre con dos (2) trompetas orientadas una a la tapa del tanque de nafta y la otra a la parte superior del carburador. 4
Art. 8º - CORTA CORRIENTE: Obligatorio interior y exterior, este último deberá estar indicado con un triángulo azul de doce (12) centímetros, con un relámpago rojo en su interior. Art. 9º - LAVA Y LIMPIA PARABRISAS: De uso obligatorio y en funcionamiento, pudiendo ser de dos (2) brazos o uno (1) solo tipo DUNA, que limpie la visión de ambos lados. Art. 10º - CARBURADOR: Se permite el carburador Holley o similar de dos bocas, 40 mm de diámetro como base, de Gran Serie y fabricación nacional. Se permite modificar la plaqueta o cuerpo de alimentación para poder calibrar aire y nafta en forma exterior. Se permite anular la válvula de potencia y cebador. DIFUSORES: las medidas son las siguientes: Motores TORINO Como máximo Motores DODGE - VALIANT Como máximo Motores FORD con tapa original Motores FORD con tapa de aluminio Motores CHEVROLET Como máximo 32,05 mm 32,05 mm 30,50 mm 28,60 mm 28,60 mm Los orificios de la base del carburador debe conservar la medida de 40 mm de diámetro en cada boca. Se debe dejar en uno de los tornillos que toman la base del carburador un orificio para poder precintar el mismo En caso de tener que sacar el carburador en competencia por algún problema, se deberá avisar al Comisario Técnico a los efectos que verifique el que se retira y precinte nuevamente el que se coloca. Art. 11º - MULTIPLE Y CAÑO DE ESCAPE: Será de libre construcción. El caño en su terminación no deberá pasar más de cien milímetros (100 mm) fuera de los flancos de la carrocería. No se permite la boca hacia abajo. Se permite modificar zócalo para el pasaje de los escapes. Art. 12º - RECUPERADOR DE ACEITE: Es obligatorio el uso de un depósito de un (1) litro de capacidad. Art. 13º - CAJA DE VELOCIDADES: De cuatro (4) marchas hacia delante y una (1) hacia atrás, debiendo ser la original del auto o la ZF 283 para todas las marcas. Relaciones originales para todas las marcas, de acuerdo al siguiente cuadro Marca ZF Eje Principal Primera 2,83 1 34 dientes 13 dientes Segunda 1,85 1 29 dientes 17 dientes Tercera 1,38 1 28 dientes 22 dientes Cuarta 1,00-1 24 dientes 26 dientes CAJA DODGE Trans. A-853 (70-71) Trans. A-240/4 (71 en adel.) Primera 2,66 1 3,07 1 Segunda 1.91 1 2,10 1 Tercera 1,39 1 1,45 1 Cuarta 1,00-1 1,00-1 CAJA FORD Falcon 3.25 (70/71) Caja Sprint (Saginow) Primera 2,78 1 2,85 1 Segunda 1.93 1 2,02 1 Tercera 1,36 1 1,36 1 Cuarta 1,00-1 1,00-1 5
CAJA FORD FAE CHEVROLET (Saginow) Primera 2,84 1 2,85 1 Segunda 2,11 1 2,02 1 Tercera 1,14 1 1,31 1 Cuarta 1,00-1 1,00-1 Art. 14º - FRENOS: De fabricación nacional de automóviles homologados por el presente reglamento. Delanteros: a disco obligatorio. Traseros: a disco obligatorio. Art. 15º - EJE TRASERO, DIFERENCIAL y PALIERES: NO se permite autoblocante ni arandelas o algún sistema que cumpla la misma función. El procedimiento para probar el mismo será el siguiente: El auto será levantado de una rueda motriz, se pondrá en marcha en cambio de velocidad y tendrá que girar libremente. Si el auto se cae o hace caminar el crique, será excluido del evento del día. También puede ser desarmado para su verificación. Los palieres tienen que ser flotantes. Art. 16º - NEUMATICOS: FATE AR 35 Medidas: 205 60 15. Art. 17º - PESO del VEHICULO: En todo momento de la prueba el auto deberá cumplir con el peso mínimo, no pudiendo agregarle ni quitarle ningún fluido o grasa. En caso de falta de algún elemento del vehículo por accidente, el Comisario Deportivo evaluará la reposición de cada elemento faltante. El peso será tomado con el piloto y su equipo de competición (buzo, casco, etc.), siendo el mismo de mil trescientos cincuenta kilogramos (1.350 Kg), para todas las marcas, como mínimo. Para los vehículos Ford Falcon con tapa de cilindros original, su peso será de mil trescientos veinte kilos (1.320 Kg.) como mínimo. Art. 18º - VOLANTE DESMONTABLE: Es obligatorio por seguridad. Se prohíbe de madera. Art. 19º - PARABRISAS: El parabrisas deberá ser laminado, obligatorio de forma original. No se permite el totalizado. Art. 20º - BUTACAS: Es obligatorio el uso de butacas de competición homologadas, con apoya cabeza, abulonadas al piso del vehículo y a la estructura de seguridad, debiendo reforzarse convenientemente la zona de anclaje de las mismas. El apoya cabeza deberá estar integrado a la butaca, no permitiéndose el apoya cabeza removible. Los soportes de butaca deberán ser según la reglamentación, fija, o bien el constructor podrá proponer a los efectos de su homologación una función alternativa. Se podrá correr la butaca hacia atrás sin sobrepasar con su respaldo el escalón de apoyo del asiento trasero. Art. 21º - CINTURONES de SEGURIDAD: Obligatorios, tipo arnés homologados. Deberán estar adecuadamente anclados a la carrocería o jaula antivuelco; de cinco (5) puntos de anclaje. Art. 22º - NUMERACIÓN y NOMBRES: Es obligatorio colocar en ambos vidrios laterales traseros y en la trompa del lado derecho el número sobre un rectángulo fondo negro de 25 cm. X 25 cm., como mínimo y número de 22cm. x 22 cm. por 4 cm. de espesor de color blanco. Todos los vehículos deberán llevar pintados en ambas puertas el nombre del piloto con su respectivo grupo sanguíneo. 6
Art. 23º - INDUMENTARIA: Es obligatorio el uso de buzo antiflama, casco, guantes y botas homologados. Art. 24º - BRIDAS: El ganador de una final, cuando se presenten a competir en una nueva fecha, tendrán que colocar entre el múltiple de admisión y el carburador, una brida de 36 mm de boca, de agujeros rectos, sin rebaje en ninguna cara. La brida no se puede pulir, ni modificar, debe conservar la forma cilíndrica entregada. En caso de ganar nuevamente, se le colocará para la próxima carrera una brida de 34 mm. Si vuelve a ganar, se colocará para la próxima carrera una brida de 32 mm. Si el piloto siguiera ganando, el Técnico considerará una brida menor. En este caso, el técnico deberá enviar a Federación una nota en la que detalle los motivos por los cuales pide una brida de menor diámetro, a fin de que solamente el Comité Ejecutivo de la Federación avale tal medida por medio de su Comisión Técnica Para los motores Chevrolet 400, comenzarán con una brida de 35 mm y en el caso de ganar una final, se le colocará una brida de 33 mm. y si vuelve a ganar, la brida será de 31 mm. y si ganara nuevamente, l brida será de 29 mm, siendo ésta la medida mínima a utilizar. Espesor de la brida: de 7 a 10 mm. Al auto que no participe o falte a dos fechas del calendario anual, se lo penalizará con una brida más, siempre que no se halle ya con la última medida colocada. Artículo 24º Bis: Para los vehículos Chevy, Dodge, Valiant o Torino que utilicen motores Chevrolet, comenzarán con una brida de 38 mm y en el caso de ganar una final, se le colocará una brida de 35 mm. y si vuelve a ganar, la brida será de 33 mm. Esa será la medida mínima a utilizar. Espesor de la brida: de 7 a 10 mm. Art. 25º - VERIFICACION TECNICA FINAL: La verificación técnica será para el 1º y 2º y/o alguno más a consideración del Comisario Técnico y/o el Comisario Deportivo. Serán objetos únicos de verificación: El carburador. El peso del vehículo. La brida si la hubiere. Al diferencial se le verificará que no tenga autoblocante. A la caja de velocidades se controlará tipo y relaciones. Las medidas de seguridad. Art. 26º - BOBINA DE ENCENDIDO: Libre Art. 27º - BOMBA DE NAFTA ELECTRICA: Opcional. Art. 28º - TAPA DE CILINDROS DE ALUMINIO: Opcional. En caso de colocarla, deberá agregar lastre de cincuenta (50) kilogramos. Art. 29º - El auto que no se encuentre encuadrado dentro del presente reglamento, no podrá participar o será excluido de la competencia. 7