SEDE BOGOTÁ FACULTAD DE MEDICINA CONSEJO DE FACULTAD. ACUERDO 506 DE 2017 (Acta No 22 del 29 de junio de 2017) CONSIDERANDO:

Documentos relacionados
ACUERDO 072 DE (Acta 06 del 28 de Noviembre)

DECRETO RECTORAL No. 944 (27 de noviembre de 2006)

ACUERDO 003 DE (Acta 05 del 17 de abril de 2015)

CONSEJO ACADÉMICO ACUERDO No. 010 Noviembre 04 de 2009

CONVOCATORIA PROCESO DE ADMISIÓN REGULAR SEGUNDO SEMESTRE DE 2016

PROCESO DE ADMISIÓN MAESTRÍA EN SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL INFORMACIÓN GENERAL:

SEDE MEDELLÍN. ACUERDO 04 de 2009 (Acta 13 del julio 21)

ARTICULO 3. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR INTERCAMBIO ACADÉMICO.

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADEMICO. RESOLUCION No. 098 Octubre 18 de 2007

REQUISITOS DE ADMISIÓN PREGRADO Y POSGRADO

GUIA PARA EL PROCESO DE TRASLADO Y CONVOCATORIA DE ASCENSO PARA EL LLENO DE VACANTES EN LA UNIVERSIDAD DEL VALLE

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN No. 144 Noviembre 27 de 2013

REGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE COLOMBIA CONVOCATORIA A CONCURSO PÚBLICO DOCENTE

CONSEJO ACADÉMICO RESOLUCIÓN N. 16 DE (17 de marzo)

PROCESO DE ADMISIÓN MAESTRÍA EN SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL

CONSEJO ACADÉMICO REGLAMENTO INTERNO DE MONITORÍAS

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR. RESOLUCION No. 054 Julio 11 del 2015

Normas de funcionamiento del programa de post-grado Maestria en Inmunologia. De las definiciones, de los objetivos y de los requisitos.

VICERRECTORÍA ACADÉMICA Resolución No. 23 de 2007 (Octubre 31) Por la cual se establece EL MANUAL DE LOS USUARIOS DEL CENTRO DE LENGUAS

Lineamientos Opciones de Grado en la Sede Cundinamarca

PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE CALIFICACIONES NORMALES DEL PERÍODO EN PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN No. 069 Abril 23 de 2015

REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN ESTUDIANTIL

ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL POLÍTICAS DE ADMISIÓN A LAS CARRERAS DE PREGRADO DE LA ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIAS DE LA SALUD

UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS DE LA SALUD MAESTRÍA EN GESTIÓN DE LA CALIDAD Y SEGURIDAD EN LOS SERVICIOS DE SALUD

Programa de Maestría y Doctorado en Ingeniería Energía Convocatoria de Ingreso (Sede Ciudad Universitaria)

RESOLUCION DEL CONSEJO DE FACULTAD No.666 FACULTAD NACIONAL DE SALUD PUBLICA Noviembre 6 de 2003

ACUERDO No DE 2000

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN N 049 Abril 29 de 2010

OFICINA DE REGISTRO Y CONTROL UNIFICADO Seccional Bogotá

PRIMER NIVEL DE ATENCION

TRÁMITE DE DESCUENTOS EN EL VALOR DE LA MATRÍCULA. (Estudiantes de Pregrado Presencial ANTIGUOS) VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales

profesional Laboratorio del mercadotecnia o consumidor profesional en comercio Mercadeo internacional I

GUÍA DE INSCRIPCIÓN ASPIRANTE NUEVO MAESTRÍA EN SEGURIDAD INFORMÁTICA

UNIVERSIDAD DE CALDAS FACULTAD DE CIENCIAS PARA LA SALUD OFICINA DE POSTGRADOS E INVESTIGACIONES OFICINA DE REGISTRO ACADÉMICO

UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales Departamento y Área Curricular de Ciencia Política Sede Bogotá

ACUERDO 035 DE 2008 (Acta 13 del 11 de noviembre)

PROCESOS HUMANOS Y DESARROLLO ORGANIZACIONAL

FORMATO HOJA DE VIDA ASPIRANTES. OFERTA DIRECCIÓN TESIS Temática Profesor DATOS DEL ASPIRANTE

REGLAMENTO DE PASANTÍA DE LA CARRERA DE LICENCIATURA EN CONTADURÍA PÚBLICA DEL NÚCLEO UNIVERSITARIO RAFAEL RANGEL. CAPÍTULO I Disposiciones Generales

CURSO PROPEDÉUTICO PARA LA SELECCIÓN DE ASPIRANTES A LA ESPECIALIDAD EN SALUD PÚBLICA GENERACIÓN

REGLAMENTO DE ADMISION Y NIVELACION EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA DEL ECUADOR CONSIDERANDO:

CONSEJO ACADÉMICO RESOLUCIÓN Nº. 36 DE (18 de mayo)

"Por medio de la cual se modifica el Calendario Académico para el año 2016, para los proyectos curriculares de pregrado"

UNIVERSIDAD CES CONSEJO SUPERIOR. Agosto 28 de 2007 ACTA 566. ACUERDO No. 0183

CONSEJO DE FACULTAD. RESOLUCIÓN No. 204 Diciembre 9 de 2009

ESCUELA COLOMBIANA DE INGENIERÍA JULIO GARAVITO POLÍTICA DE APOYO A VIAJES INTERNACIONALES

BASES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA CONTRATACIÓN DE GERENTE ADMINSITRATIVO DEL CASINO DE POLICÍA CONVOCATORIA Nº CP

a otro nivel ADMISIONES Y REGISTRO

UNIVERSIDAD DON BOSCO VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO DE EQUIVALENCIAS Y CONVALIDACIONES DE LA UNIVERSIDAD DON BOSCO

ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS ESCOLARES EN CONTEXTO

DOCUMENTOS Y REQUISITOS PARA GRADO DE PREGRADO

PARTICIPA EN LA CONVOCATORIA DE BECAS PASAPORTE !

REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CURSOS

1. Decreto con Fuerza de Ley N de Interior, de 1994, que establece la Planta del Personal de la Municipalidad de San Miguel.

DOCTORADO EN: ADMINISTRACIÓN

REGLAMENTO DE ADMISION Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR FACULTAD DE ECONOMIA NORMATIVA PARA EL PROCESO DE TITULACIÓN: EXÁMEN COMPLEXIVO

MATRÍCULA ACADÉMICA 1. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO 1.1. NORMATIVIDAD

a) Aprobar todas las asignaturas del Plan de Estudios de la Carrera, incluyendo las

ACUERDO No. CONSIDERANDO:

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE COLOMBIA CONVOCATORIA A CONCURSO PÚBLICO PARA PERSONAL DOCENTE

PROCESO CAS N ANA COMISIÓN DE SELECCIÓN

REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA GRADOS DE DOCTOR Y MAGÍSTER. Aprobado por Consejo Académico de fecha 15 de Noviembre de 2010.

Beca de Reconocimiento a la Investigación Estudiantes Pregrado Convocatoria Semestre

(febrero 19) Diario Oficial No de 25 de febrero de 2016 INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (ICFES)

CONSEJO ADMINISTRATIVO RESOLUCIÓN No. 8 de 2012

REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES

Universidad Surcolombiana Nit

REGLAMENTO PARA EL CONCURSO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES

LA DIRECTORA DEL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (ICFES),

INSTITUTO POLITECNICO SUPERIOR GENERAL SAN MARTIN

ACUERDO No. 03 (Noviembre 10 de 2009) Modificado por los Acuerdos No. 6 de 2010 y No. 05 de 2011

PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DE TRABAJOS DE GRADO DE PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO

Ministerio de Salud y Protección Social

CARPETA Nº3 CENTRO DE FORMACION TECNICA CARRERA(S):

PROCESO DE INSCRIPCIÓN

Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú Año de la consolidación del Mar de Grau

CONCURSO DOCENTE FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES PERÍODO

PROCESO CAS N SANIPES

CONVOCATORIA A INSCRIPCIONES PARA EL PROGRAMA DE ESPECIALIZACIÓN EN INGENIERÍA DE CARRETERAS

Estos requisitos aplican a los planes de estudio de las cinco maestrías del Programa con sus respectivos campos de conocimiento.

Exposición de Motivos:

Universidad del Rosario Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario -1653

FONDO DE EMPLEADOS DE EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN REGLAMENTO DE AUXILIOS EDUCATIVOS TÍTULO IV SUBSIDIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

PROCEDIMIENTO ADMISIONES DE PREGRADO PARA LA FACULTAD DE MEDICINA

UN (01) PROFESIONAL EN RECURSOS HUMANOS

DOCTORADO EN INGENIERÍA

La Secretaria Académica de la. Universidad Autónoma de Querétaro

"2016. Año del Centenario de la Instalación del Congreso Constituyente" TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE COACALCO (TESCo) CONVOCA

Negocios Internacionales

COORDINACIÓN DE POSGRADOS

III PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS

TÉRMINOS DE REFERENCIA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE MEDELLÍN - FACULTAD DE MINAS CONSEJO DE FACULTAD. ACUERDO 003 (Acta 2174, 14 de abril de 2005)

Transcripción:

SEDE BOGOTÁ FACULTAD DE MEDICINA CONSEJO DE FACULTAD ACUERDO 506 DE 2017 (Acta No 22 del 29 de junio de 2017) Por el cual se reglamenta el proceso de admisión regular al Programa Curricular de Posgrado de Especialización en Administración en Salud Pública de la Facultad de Medicina de la Sede Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia. EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE MEDICINA En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la Resolución 035 de 2014 de la Vicerrectoría Académica. CONSIDERANDO: 1. Que el Consejo de Sede, mediante Acuerdo 012 de 2009, Acta 22 del 11 de diciembre, creó el programa curricular de posgrado Especialización en Administración en Salud Pública, cuyo objetivo es: Formar especialistas en administración en salud, que cuenten con los conocimientos, habilidades y destrezas en salud pública y en administración de instituciones prestadoras de servicios- IPS, según el área de énfasis seleccionado. 2. Que el Consejo de Sede, mediante Acuerdo 013 de 2009, Acta N 22 del 11 de diciembre, autorizó la apertura del programa curricular de posgrado Especialización en Administración en Salud Pública. 3. Que el Consejo de la Facultad de Medicina, mediante Resolución 012 de 2010, del 28 de enero, especifica las asignaturas obligatorias del plan de estudios del programa curricular Especialización en Administración en Salud Pública en la Facultad de Medicina de la Sede Bogotá, de la Universidad Nacional de Colombia, Bajo el Acuerdo 033 de 2007 del Consejo Superior Universitario. 4. Que la Resolución 035 de 2014 de la Vicerrectoría Académica, reglamentó el proceso de admisión a los programas de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia y en sus Artículos 3, 4, 8, 9, 13 y 14 estableció las responsabilidades específicas de las Facultades en este proceso.

5. Que es preciso definir claramente los criterios para evaluar con equidad a todos los aspirantes de la Especialización en Administración en Salud Pública ofrecida por la Facultad de Medicina de la Sede Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia. 6. Que el Consejo de Facultad en su sesión del día 29 de junio de 2017, acta 22, avaló la propuesta de reglamentación para el proceso de admisión a la Especialización en Administración en Salud Pública, presentada por el programa curricular Especialización en Administración en Salud Pública. En consideración a lo anterior, ACUERDA: ARTÍCULO 1. OBJETO. El Acuerdo determina los requisitos generales y criterios de evaluación, con sus correspondientes ponderaciones y notas aprobatorias, para los procesos de admisión al Programa Curricular de Posgrado de Especialización en Administración en Salud Pública de la Facultad de Medicina de la Sede Bogotá. ARTÍCULO 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN. El presente Acuerdo se aplicará a los procesos de admisión regular de la Universidad Nacional de Colombia, a partir del primer semestre de 2018. ARTÍCULO 3. REQUISITOS GENERALES. Establecer los siguientes requisitos generales para ser admitido: 1. Los programas curriculares relacionados en el presente Acuerdo no exigen la acreditación de conocimientos de idioma extranjero como requisito de admisión. 2. Haber concluido la totalidad de sus estudios y tener el título de pregrado al momento del examen de admisión, en alguna de las siguientes áreas: ciencias de la salud, psicología, trabajo social, ciencias económicas y administrativas, derecho, administración pública, medicina veterinaria y zootecnia. Expedido por universidad colombiana o extranjera debidamente convalidado por el Ministerio de Educación Nacional. 3. Haber obtenido un promedio de calificaciones en pregrado igual ó superior a 3.5 sobre 5.0. 4. Presentar la hoja de vida con todos sus respectivos soportes en la fecha que indique la Coordinación Curricular del Programa antes de la realización de las entrevistas. En caso de ser admitido debe presentar el certificado original de calificaciones y el acta de grado antes de concluir la primera semana del período lectivo. 5. Tener el certificado del cumplimiento del servicio médico-social obligatorio para las profesiones que lo ameriten (medicina, bacteriología, odontología y enfermería). 6. Cumplir con todos los requisitos y pasos del proceso de inscripción y admisión. ARTÍCULO 4. CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Establecer los siguientes criterios de evaluación, con sus correspondientes ponderaciones y notas aprobatorias.

Componente Ponderación Eliminatorio CONOCIMIENTOS 35 % No ENTREVISTA 30 % No HOJA DE VIDA 35 % No Total 100 % Nota Aprobatoria ARTÍCULO 5. PUNTAJE MÍNIMO DE ADMISIÓN. Establecer el siguiente puntaje mínimo de admisión 3.5/5.0. Serán admitidos aquellos aspirantes que obtengan los mayores puntajes totales hasta completar el número de cupos ofrecidos. En caso de presentarse empate, se resolverá a favor de quien haya obtenido mejor puntaje en la prueba de conocimientos y aptitudes. ARTÍCULO 6. CUPOS Los cupos y los criterios para convocar a pruebas finales son los consignados en los Formatos de Oferta y Criterios de Admisión, que hacen parte integral del presente Acuerdo y que se remiten debidamente diligenciados cada vez que se ofrece el programa. ARTÍCULO 7. NÚMERO DE CUPOS OFRECIDOS: Aprobar veinticinco (25) cupos para el proceso de admisión regular para el programa curricular de posgrado Especialización en Administración en Salud Pública. Para admisión Automática se ofrecerá dos (2) cupos, dos (2) cupos para aspirantes en modalidad asignaturas opción de trabajo de grado y dos (2) cupos para aspirantes en la modalidad de admisión anticipada al posgrado. PARÁGRAFO: En caso de no presentarse aspirantes para el proceso de admisión automática, los cupos serán ofrecidos a los siguientes aspirantes en la modalidad de admisión regular. ARTÍCULO 8. NÚMEROS DE ASPIRANTES A CONVOCAR A PRUEBAS FINALES: Se convocará a pruebas finales a todos los aspirantes que presenten la prueba de conocimientos. ARTÍCULO 9. DESCRIPCIÓN DE LOS ASPECTOS A EVALUAR: A. PRUEBA DE CONOCIMIENTOS: Tipo respuesta libre en la modalidad de ensayo escrito de manera presencial. Se utilizará la siguiente opción: 1. El estudiante redactará su reflexión o ensayo en formato estándar, sobre un tema seleccionado de una lista de 7 temas posibles, relacionados con problemas relevantes de salud pública y/o administración en salud. Criterios y puntos de calificación: 1. Conocimiento científico-técnico sobre el tema: Hasta 15 puntos 2. Organización y presentación: Hasta 10 puntos

3. Manejo del lenguaje escrito y coherencia: Hasta 10 puntos B. HOJA DE VIDA: Deberán tenerse en cuenta los siguientes criterios para la evaluación de la hoja de vida del aspirante: 1. Promedio de notas de la Carrera de pregrado en la escala general de 0.0 a 5.0 y por encima de 3.5: Hasta 5 puntos 2. Distinciones en pregrado: 1 punto por cada uno, hasta un máximo de 2 puntos 3. Otro posgrado: 2 puntos por cada posgrado, hasta un máximo de 4 puntos 4. Experiencia profesional general: 2 puntos por cada año o proporcional, hasta un máximo de 12 puntos 5. Experiencia profesional específica en el sector salud: 1 punto adicional por cada año, hasta un máximo de 7 puntos 6. Publicaciones (libros, artículos en revistas indexadas): 1 punto por cada una, hasta un máximo de 3 puntos 7. Participación certificada en grupo de investigación no menor a 1 año: Hasta un máximo de 2 puntos PARÁGRAFO 1. El aspirante que presente el mayor promedio de notas se le asignará el total del puntaje correspondiente y a los demás se le aplicará en base esta referencia. PARÁGRAFO 2. Se asignará puntaje únicamente a los ítems que presenten el respectivo soporte al momento de la entrega de la hoja de vida. PARÁGRAFO 3. El Subcomité Asesor del programa curricular en reunión formal previo a la publicación de citación a pruebas finales, establecerá los criterios para ponderar los diferentes ítems establecidos en este acuerdo en relación con la hoja de vida, los cuales quedarán registrados en el acta de dicho subcomité y serán aplicados a todos los aspirantes que sean llamados a pruebas finales. C. ENTREVISTA: A esta prueba serán citados aquellos aspirantes que estén convocados a pruebas finales, y que previa verificación de la hoja de vida cumplan los requisitos generales para ser admitido en el marco del proceso de admisión regular que estipula el artículo 3 de este acuerdo Para realizar la entrevista de manera adecuada, los evaluadores tendrán la oportunidad de conocer y examinar las hojas de vida de los aspirantes con suficiente antelación al desarrollo de la misma. ARTÍCULO 10. Envíese copia del presente Acuerdo a la Dirección Nacional de Admisiones, al programa curricular de Especialización en Administración en Salud Pública y a la Coordinación de Apoyo a los Posgrados.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación, en el Sistema de Información Normativa, Jurisprudencial y de conceptos - Régimen Legal de la Universidad Nacional de Colombia, a cargo de la Secretaría General PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE ARIEL IVAN RUIZ PARRA DECANO EDGAR CORTES REYES SECRETARIO