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Transcripción:

EXPERIENCIAS INTERNACIONALES EN LA DELIMITACIÓN DE AREAS METROPOLITANAS Dra. Leonor Paz

Introducción La delimitación de las áreas metropolitanas es una tarea de importancia fundamental para la planeación del desarrollo. Sobre la dificultad teoría que implica y práctica identificar y delimitar áreas metropolitanas, J. Vinuesa menciona que: "el área metropolitana, como consecuencia de suinstituto propia complejidad, Moraha suscitado numerosas definiciones y delimitaciones, en las que no siempre de forma coincidente se han Derechos señalado losreservados factores que determinan su propio carácter, así como los niveles que estos factores deben alcanzar" (Vinuesa, 1975).

Términos utilizados para su denominación: Área Metropolitana Zona Metropolitana Región Metropolitana Aglomeración

La metodología elegida en cada caso para la creación y delimitación de las áreas metropolitanas depende en mucho del propósito que se sigue al momento de diseñarlas, entre los ejemplos que a continuación se presentan tienen como objetivos: Ordenamiento territorial Minimizar el impacto ambiental que se deriva de un crecimiento sin planificación Servir de base a acciones gubernamentales para impulsar el desarrollo de Derechos las regiones reservados Proporcionar información estadística a diferentes usuarios Generar conocimiento científico del fenómeno

ARGENTINA

ANTECEDENTES Creación de la Comisión Nacional del Área Metropolitana CONAMBA En el DECRETO Nº 2.064, de Bs. As., 22/12/87 por el cual se crea la Comisión Nacional del Área Metropolitana de Buenos Aires (CONAMBA). En éste, el área metropolitana, está conformada Seminario por, la Municipalidad Zonas de la Ciudad Metropolitanas: de Buenos Aires y los Municipios del conurbano bonaerense,... Conurbano bonaerense (INPEC2003) Metodología para agrupar los conurbados con base en la información de la Encuesta Permanente de hogares. La metodología utilizada está basada en la correlación de variables, que son las siguientes: % de población cubierta por algún sistema de salud; % de hogares con ingresos per cápita en los cuatro primeros deciles; % de hogares con jefes con educación primaria incompleta; % de viviendas con baño de uso exclusivo.

Mediante técnicas estadísticas se establecieron los siguientes grupos: Conurbano bonaerense 1 (CB1) Conurbano bonaerense 2 (CB2) Conurbano bonaerense 3 (CB3) Conurbano bonaerense 4 (CB4) Los tres primeros se conforman por los partidos más cercanos y contiguos a la Ciudad Derechos de Buenos Aires reservados y el cuarto contiene a los más periféricos.

GRAN BUENOS AIRES Gran Buenos Aires (GBA) = Ciudad de Buenos Aires + Partidos del Gran Buenos Aires El INDEC denomina así al área comprendida por la Ciudad de Buenos Aires más los Partidos Instituto del Gran Buenos Mora Aires (en el sentido administrativo, es decir, 24 partidos completos). A partir de agosto de 2003 se deja de utilizar Derechos la expresión reservados Área metropolitana en algunos cuadros del Censo de Población y en la Encuesta de Gasto de los Hogares.

DENOMINACIÓNES UTILIZADAS POR EL INDEC Ciudad de Buenos Aires Partidos del Gran Buenos Aires = Los 24 partidos de la provincia de Buenos Seminario Aires que conforman Zonas el Gran Metropolitanas: Buenos Aires Gran Buenos Aires = Ciudad de Buenos Aires + los Partidos del Gran Buenos Aires Aglomerado Gran Buenos Aires = Ciudad de Buenos Aires + 30 Partidos de la provincia de Buenos Instituto Aires que, Mora total o parcialmente, integran la envolvente de población = la localidad censal correspondiente al aglomerado Gran Derechos Buenos Aires reservados Partidos del Aglomerado Gran Buenos Aires = los 30 partidos que integran total o parcialmente el Aglomerado Gran Buenos Aires Región Gran Buenos Aires = Gran Buenos Aires

BRASIL

Legislación En 1973 se crean las primeras áreas metropolitanas brasileñas mediante la Ley Complementaria Nº 14/1973. Inicialmente Seminario fueron nueve Zonas regiones Metropolitanas: metropolitanas: Sao Paulo, Belo Horizonte, Porto Alegre, Curitiba, Salvador, Recife, Fortaleza, Belém y Rio de Janeiro, el últimoteoría en 1974. El y objetivo práctica era establecer la integración regional. La Constitución de 1988 Instituto delegó a losmora gobiernos de las unidades de la Federación la tarea de crear nuevas áreas metropolitanas. De acuerdo con la Constitución Derechos de 1988, le corresponde reservados a los gobiernos estatales el reconocimiento legal de las áreas metropolitanas. La constitución de 1988 en la sección 3 artículo 25.1 faculta al gobierno de los estados para instituir y organizar las regiones metropolitanas.

Lei Complementar 760/94 Lei Complementar nº 760, de 1º de agosto de 1994 La Ley Establece pautas para la Organización Regional del Estado de Sao Paulo: En la ley se dice en el Artículo 1º. Que la Organización Regional del Estado de Sao Paulo tendrá como objetivo el de promover: I- la planificación regional para el desarrollo socioeconómico y la mejora de la calidad de vida; II- la cooperación Derechos de los diferentes reservados niveles de gobierno mediante la descentralización articulación e integración de sus órganos y entidades de la administración directa e indirecta que operan en la región, dirigido a la máxima utilización de los recursos públicos asignados.

Lei Complementar 760/94 Lei Complementar nº 760, de 1º de agosto de 1994 Artículo 3 - se considerará la región metropolitana la agrupación de municipios vecinos, con destacadaseminario expresión nacional, que Zonas requieren de Metropolitanas: una planificación integrada y una acción conjunta con la unión permanente de los esfuerzos para la aplicación de funciones públicas de interés común de las entidades públicas que actúan en él, con las características siguientes: I - Elevada densidad demográfica; II Conurbación significativa; III - las funciones urbanas Derechos y regionales, con reservados un alto grado de diversidad; IV - la especialización e integración socioeconómica.

Región metropolitana de São Paulo Creada en 1973. Posteriormente, el 16 de junio del 2011 se promulga la Ley complementaria No.1.139 que reorganiza la Región Metropolitana del Grande São Paulo, y donde se especifica en el Artículo 3 - La organización de la región metropolitana de Sao Paulo, de conformidad con el artículo 152 de la Constitución del Estado, tiene como objetivo promover: I - la planificación regional para el desarrollo socio-económico y la mejora de la calidad de vida; II - la cooperación entre los diferentes niveles de gobierno a través de la descentralización, coordinación e integración de sus órganos y entidades de la administración directa e indirecta que operan en la región, el objetivo de la máxima utilización de los recursos públicos asignados a la misma; III - la utilización racional del territorio, de los recursos naturales y culturales y protección del medio ambiente, mediante el control de la puesta en práctica de las empresas públicas y privadas de la región; IV - la integración de la planificación y ejecución de las funciones públicas de interés común para las entidades públicas que operan en la región; V - reducción de las desigualdades regionales. 1 Instituto Brasileño de Geografía y Estadística (IBGE) para el año 2015

1 - Se mantienen los límites actuales del Gran Sao Paulo, compuesta de los siguientes municipios: Aruja, Barueri, Biritiba-Mirim, Caieiras, Cajamar, CARAPICUIBA, Cotia, Diadema, Embu, Embu, Ferraz de Vasconcelos, Seminario Francisco Morato, Zonas Franco Metropolitanas: da Rocha, Guararema, Guarulhos, Itapecerica da Serra, Itapevi, Itaquaquecetuba, Jandira, Juquitiba, Mairiporã, Mauá, Mogi teoría das Cruzes, y Osasco, práctica Pirapora do Bom Jesus, Poa, Ribeirão Pires y Rio Grande da Serra, Salesópolis, Santa Isabel Santana de Parnaíba, Santo André, Instituto Sao Bernardo domora Campo, São Caetano do Sul, Sao Lourenço da Serra, Sao Paulo, Suzano, Taboão da Serra y Vargem Grande Paulista. 2 - Se incluyen los municipios del Gran Sao Paulo que se pueden crear en caso de división o fusión de los municipios enumerados en el 1 de este artículo.

Artículo 4 - Los municipios del área metropolitana de Sao Paulo se agruparán en las siguientes subregiones: I - Norte: Seminario Caieiras, Cajamar, Zonas Francisco Morato, Metropolitanas: Franco da Rocha y Mairiporã; II - Este: Arujá, Biritiba-Mirim, Ferraz de Vasconcelos, Guararema, Guarulhos, Itaquaquecetuba, Mogiteoría das Cruzes, y Poa, práctica Salesópolis, Santa Isabel y Suzano; III - Sureste: Diadema, Mauá, Ribeirão Pires y Rio Grande da Serra, Santo André, Sao Bernardo do Campo Instituto y Sao Caetano Mora do Sul; IV - Suroeste: Cotia, Embu, Embu, Itapecerica da Serra, Juquitiba, Sao Lourenço da Serra, Derechos Taboão da Serra y reservados Vargem Grande Paulista; V - Oeste: Barueri, Carapicuíba, Itapevi, Jandira, Osasco, Pirapora do Bom Jesus y Santana de Parnaíba.

Regiones metropolitanas del Estado de São Paulo

Región metropolitana de São Paulo

COLOMBIA

ANTECEDENTES Ley 61 Ley Orgánica del Desarrollo Urbano En 1979 se expide y se reglamenta sobre: - Las áreas metropolitanas - Usos del suelo - Planes Integrales de desarrollo Artículo 3º., Parágrafo segundo. Se señalarán las relaciones que dan a un conjunto de municipios Derechos las características reservados de área metropolitana y se fijarán los procedimientos para su organización y administración.

DECRETO NUMERO 3104 DE 1979 Por el cual se dictan normas para la organización y funcionamiento de las áreas metropolitanas. Artículo 1. Definición. Las áreas metropolitanas son entidades autorizadas por la Constitución teoría y práctica organizadas por la ley, para la más adecuada promoción, planificación y coordinación del desarrollo conjunto y la prestación Instituto de serviciosmora de dos o más municipios de un mismo departamento, dotadas de personería jurídica, autoridades y regímenes especiales, Derechos autonomía reservados administrativa y patrimonio independiente.

DECRETO NUMERO 3104 DE 1979 Artículo 2. Requisitos para que dos o más municipios de un mismo Departamento se organicen como área metropolitana: 1). Que Seminario según concepto del Zonas Departamento Metropolitanas: Nacional de Planeación, los varios municipios constituyan una unidad territorial y que existan entre ellos estrechas relaciones teoría de orden y físico, práctica demográfico, económico, social y cultural que exijan su desarrollo integrado y la mejor prestación de servicios públicos. 2). Que el conjunto de municipios tenga una población no inferior a 300.000 habitantes y que Derechos la población del reservados municipio principal no sea inferior a 250.000 habitantes, de acuerdo con la certificación que al respecto emita el Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE, con base en las proyecciones de población a la fecha de expedición de la misma certificación.

DECRETO NUMERO 3104 DE 1979 Artículo 16. Autorización de funcionamiento. Autorízase el funcionamiento de las áreas metropolitanas cuyo núcleo principal sean los municipios de Medellín, Cali, Barranquilla, Bucaramanga y Pereira, siempre y cuando satisfagan los requisitos establecidos en el artículo 2. del presente Decreto. Igualmente autorízase la organización de otras áreas metropolitanas que reúnan los mismos requisitos.

LEY 1625 DE 2013 (Antecedente: 1994. LEY 128. Ley Orgánica de las Áreas Metropolitanas.) Por la cual se deroga la Ley Orgánica 128 de 1994 y se expide el Régimen para las Áreas Metropolitanas. Artículo 2. Objeto de las Áreas Metropolitanas. Las Áreas Metropolitanas son entidades administrativas teoría de derecho y práctica público, formadas por un conjunto de dos o más municipios integrados alrededor de un municipio núcleo, vinculados entre sí por dinámicas e interrelaciones Instituto territoriales, Mora ambientales, económicas, sociales, demográficas, culturales y tecnológicas que para la programación y coordinación de suderechos desarrollo sustentable, reservados desarrollo humano, ordenamiento territorial y racional prestación de servicios públicos requieren una administración coordinada.

LEY 1625 DE 2013 Artículo 4. Conformación. Las Áreas Metropolitanas pueden integrarse por municipios de un mismo Departamento o por municipios pertenecientes a varios departamentos, en torno a un municipio definido como núcleo. Será municipio núcleo, la capital del Departamento; en caso de que varios municipios o distritos sean teoría capital dey Departamento prácticao ninguno de ellos cumpla dicha condición, el municipio núcleo será el que tenga en primer término mayor categoría, de acuerdo con la ley 617 de 2000. Artículo 8. Constitución. Cuando dos o más municipios formen un conjunto con características de Área Metropolitana podrán constituirse como tal de acuerdo con las siguientes normas:

a) Creación. Actores. Los alcaldes de los municipios La tercera parte de los concejales 5% de los ciudadanos del censo electoral Gobernadores de los Departamentos Artículo 8. Constitución b) Elaboración del proyecto de constitución con: Los municipios (integrantes) y el municipio núcleo y las razones que justifican su creación c) Entrega a la Registraduría Nacional del Estado Civil. En caso de certificar el proyecto proceden a la consulta popular d) Tiempo para la consulta popular (entre 3 y 5 meses) a partir de que se publique en el portal (web) de la Registraduría Nacional del Estado Civil e) Se aprueba el proyecto si: la mayoría de los votos son favorables para cada municipio y la participación ciudadana sea al menos de 1/4 parte de la población registrada en el censo electoral f) Los respectivos alcaldes y los presidentes de los concejos municipales protocolizarán en la notaría primera del municipio núcleo, la conformación del Área Metropolitana g) Remitirán el proyecto a la Comisión Especial de Seguimiento al Proceso de Descentralización y Ordenamiento Territorial del Senado de la República y de la Cámara de Representantes Para determinar los aspectos relevantes en la constitución de un Área Metropolitana o anexión de uno o varios municipios.

LEY 1625 DE 2013 Parágrafo 3. Cuando se trate de anexar uno o más municipios vecinos a un Área Metropolitana ya existente, la iniciativa para proponer la anexión la tendrán el alcalde o los alcaldes de los municipios interesados, el respectivo presidente o presidentes Seminario de los Concejos Municipales Zonas correspondientes, Metropolitanas: la tercera parte de los concejales, o el 5% de los ciudadanos que integran el censo electoral de dichos municipios. Su aprobaciónteoría se hará pory mayoría práctica absoluta de votos en cada uno de los municipios vecinos interesados en la anexión, mediante la concurrencia al menos del 5% de la población registrada en el respectivo censo electoral. Parágrafo 4. El acto administrativo que constituya un Área Metropolitana se considerará norma general de carácter obligatorio a la que tendrá que regirse cada Concejo Municipal al momento de aprobar el presupuesto anual de la respectiva entidad miembro.

El 27 de noviembre de 1980 se crea el Área Metropolitana del Valle de Aburrá mediante Ordenanza Departamental Nº 34. Estaría conformada por los municipios de: Medellín Itagüí Barbosa La Estrella Girardota Sabaneta Copacabana Envigado y (autonomía) Bello Caldas

Región Bogotá- Sabana Medellín - Valle de Aburrá Municipios Integrantes Bogotá, D.C, Cajicá, Chía, Cota, El Rosal, Facatativá, Funza, Fusagasugá, Gachancipá, Granada, La Mesa, Madrid, Mosquera, Sibaté, Soacha, Sopó, Seminario Tabio, Tocancipá, Zonas Zipaquirá Metropolitanas: Cali-PalmiraYumbo Barranquilla Bucaramanga Cartagena Cúcuta AREAS METROPOLITANAS Y SUS MUNICIPIOS Amagá, Barbosa*, Bello*, Caldas*, Copacabana*, El Carmen de Viboral, El Santuario, teoría Envigado, y Girardota*, práctica Guarne, Itagüí*, La Ceja, La Estrella*, La Pintada, Marinilla, Medellín*, Rionegro, Sabaneta* Cali, Candelaria, El Cerrito, Florida, Guacarí, Guadalajara de Buga, Jamundí, Miranda, Palmira, Pradera, Puerto Tejada, Santander de Quilichao, Yumbo Baranoa, Barranquilla*, Galapa*, Juan de Acosta, Malambo*, Palmar de Varela, Pivijay, Polonuevo, Puerto Colombia*, Sabanagrande, Sabanalarga, Santo Tomás, Soledad* Bucaramanga*, Floridablanca*, Girón*, Piedecuesta*, San Gil Arjona, Cartagena, Turbaco Cúcuta, Los Patios, Pamplona, Villa del Rosario, San Cayetano* y El Zulia*

Región Armenia-Quindío Ibagué-Tolima Pereira Municipios Integrantes Armenia, Caicedonia, Calarcá, Cartago, Circasia, La Tebaida, La Unión, Montenegro, Quimbaya, Roldanillo, Sevilla y Zarzal Espinal, Flandes, Girardot, Ibagué, Melgar Seminario La Virginia*, Zonas Pereira*, Metropolitanas: Santa Rosa de Cabal, Dosquebradas* Montería-Córdoba Manizales Pasto-Ipiales Villavicencio Santa Marta Ciénaga Tunja Valledupar Neiva Popayán Cereté, Chinú, Ciénaga de Oro, Cotorra, Montería, Planeta Rica Anserma, Chinchiná, Líbano, Manizales, Mariquita, Supía, Villamaría Ipiales, Pasto, Samaniego, Túquerres Acacías, Granada, San Martín, Villavicencio Ciénaga, Santa Marta Barbosa, Chiquinquirá, Duitama, Nobsa, Sogamoso, Tunja, Villa de San Diego de Ubaté Agustín Codazzi, San Juan del Cesar, Valledupar, Villanueva Campoalegre, Neiva Piendamó, Popayán, Timbío

CANADÁ

Antecedentes En 1941 en el censo se les llamo ciudades mayores y estaban definidas como ciudades con al menos 50 mil habitantes junto con las comunidades Seminario satélite que Zonas tenían una Metropolitanas: estrecha relación económica con la ciudad central. En 1951 surgió el termino Áreas Metropolitana Censal (AMC) definida como una ciudad con un mínimo de población de 50 mil habitantes junto con los municipios con los que tienen una relación económica, social y geográfica Derechos con la ciudad central. reservados AMC tenía una población de 100 mil En 1956 no se modifico la definición aunque la delimitación usó municipalidades completas

Para 1961 y 1966 los criterios se volvieron mas específicos para la delimitación de la AMC: Una ciudad principal (regularmente la central y más grande) con una Seminario población de por Zonas lo menos Metropolitanas: 50 mil habitantes Municipios ubicados teoría total o y parcialmente práctica en el núcleo urbano, definido como la ciudad principal y la franja adyacente que tiene una densidad de población de mil personas por milla cuadrada; Al menos el 75% de la población ocupada en los municipios adyacentes Derechos al núcleo urbano, reservados debe trabajar en actividades no agrícolas; Una población total de 100 mil o más.

En 1976 se conserva el criterio de núcleo urbano en cuanto a la movilidad lugar de trabajo/residencia (commuting exchange), el enfoque de 20 millas cuadradas fue sustituido y se agregaron los municipios donde: Al menos el 40% de los residentes en un municipio adyacente trabajen en el municipio núcleo (desplazamientos hacia adelante) o Al menos 25% de los trabajadores en el municipio adyacente residan en el municipio núcleo (viajes inversos).

CONCEPTO El concepto de Área Metropolitana teoría y Censal práctica (AMC) es consistente desde un inicio, esta se crea a partir núcleo central el cual se encuentra geográfica, social y económicamente Instituto integrado conmora áreas adyacente (de influencia) y las cuales a su vez están ligadas al núcleo central

Criterios y medición Un área metropolitana censal (AMC) o una aglomeración de censal (AC) está formada por uno o más teoría municipios y adyacentes práctica que se centra en un área urbana grande (conocido como el núcleo urbano). En 2006, los criterios para la designación de AMC requieren que ésta tenga una población total de al menos 100 mil de los cuales por lo menos 50 mil deben residir en el núcleo urbano. La mayor CMA del país* Toronto (Ontario con 6.1 millones); Montreal (4.1 millones) y Vancouver (2.5 millones) Una Aglomeración Censal (AC) debe tener en su núcleo una población de al menos 10,000 habitantes.

Para ser incluidos otros municipios adyacentes en las Áreas Metropolitanas Censales (AMC) o en AC, deben tener un alto grado de integración con el área urbana central, medida por la conmutación de flujos derivados del dato censal sobre el lugar de trabajo. El núcleo urbano debe cumplir con el criterio de tener una densidad de mil personas por millateoría cuadrada ey incluir práctica al menos una población total de 50 mil habitantes. (1971) Núcleo central: esta formado por uno a más municipios adyacentes centrados en una gran Derechos área urbana reservados Municipios adyacentes deben tener un alto grado de integración con el área urbana central, es decir, los flujos de desplazamientos derivados de los datos del lugar de trabajo

DELIMITACIÓN ACTUAL La mayor CMA del país* Toronto (Ontario con 6.1 millones); Montreal (4.1 millones) y Vancouver (2.5 millones) Un Área Metropolitana Censal (AMC) o una Aglomeración Censal (AC), se delinearon usando municipios adyacentes (subdivisiones del censo). Estas subdivisiones del censo (CSD) se incluyen en el AMC o AC si cumplen al menos una de los siguientes criterios en orden de prioridad: En una subdivisión censal que cae completa o queda parcialmente dentro de una AMC o AC, la población que resida en dicho núcleo de la subdivisión debe ser al menos del 75%. teoría práctica Los commuters que viven en la subdivisión censal y trabajan en el núcleo urbano, debe representar al menos 50% El flujo de commuters inverso, que trabajen en la subdivisión censal y vivan en el núcleo urbano, representa al menos 25% de la fuerza de trabajo La contigüidad espacial es un requerimiento para delinear el área de influencia, además la magnitud absoluta de la interrelación laboral (commuting) se utiliza para decidir la vinculación entre una o más áreas urbanas. La comparabilidad histórica Derechos hace alusión a subdivisiones reservados que mantendrían en las ACs o AMCs a pesar de que los flujos de commuting se ubiquen por debajo de los umbrales estipulados. Se realizan ajustes a las ACs o AMCs que social y económicamente están integradas y donde la aplicación de las reglas anteriores crea resultados indeseables o no pueden ser fácilmente aplicadas. Una AC puede ser fusionada a una AMC si son contiguas y el flujo de commuting es de al menos 35%, que suma tanto a la fuerza laboral que vive en la AC y trabaja en la AMC como la que vive en la AMC y trabaja en la AC.

AREAS METROPOLITANAS CENSALES DE CANADÁ

AREAS METROPOLITANAS CENSALES DE CANADÁ Áreas metropolitanas 23 Saskatoon (Sask.) Waterloo (Ont.) 1 Abbotsford-Mission (B.C.) 12 Kitchener-Cambridge- 2 Barrie (Ont.) 13 London (Ont.) 24 Sherbrooke (Que.) 3 Brantford (Ont.) 14 Moncton (N.B.) 25 St. Catharines-Niagara (Ont.) 4 Calgary (Alta.) 15 Montréal (Que.) 26 St. John's (N.L.) 5 Edmonton (Alta.) 16 Oshawa (Ont.) 27 Thunder Bay (Ont.) 6 Greater Sudbury (Ont.) Instituto 17 Ottawa-Gatineau (Ont.-Que.) Mora28 Toronto (Ont.) 7 Guelph (Ont.) 18 Peterborough (Ont.) 29 Trois-Rivières (Que.) 8 Halifax (N.S.) 19 Québec (Que.) 30 Vancouver (B.C.) 9 Hamilton (Ont.) 20 Regina (Sask.) 31 Victoria (B.C.) 10 Kelowna (B.C.) 21 Saguenay (Que.) 32 Windsor (Ont.) 11 Kingston (Ont.) 22 Saint John (N.B.) 33 Winnipeg (Man.)

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