Ayudas e incentivos para empresas

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Transcripción:

Ayudas e incentivos para empresas Referencia: 59666 Actualizado a: 13/09/2017 Se convoca el XIV concurso de fotografía moros y cristianos Santísimo Cristo del Sudor, Calpe 2017 Destinatarios: Fotógrafos, aficionados o profesionales Información de interés Ámbito gegráfico: Organismo: Administración: Calp Ayuntamiento de Calpe Administración Local Plazo(s) de solicitud: 17/11/2017 Notas solicitud: Tipo: Hasta el 17 de noviembre de 2017 a las 14:00 horas Premio Importe: 1.000,00 Notas: Crédito 2017: 1.000 euros. Primer premio de 500 euros, segundo premio de 300 euros y tercer premio de 200 euros CEE: Enlaces: Referencias de la publicación - Orden 170905. Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 176 de 13 de septiembre de 2017. (Extracto-Convocatoria) Sectores Subsectores Descriptores Cultura y Comunicación Arte y Espectáculos Fotografía Página 1 de 1 Resumen de la Ayuda elaborado a partir de la Publicación Oficial de referencia. Recopilado y procesado por la Dirección General de Industria y de la Pyme

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 176 de 13/09/2017 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO CALP 9687 EXTRACTO DE LA ORDEN DE FECHA 05 DE SEPTIEMBRE DE 2017 DEL AYUNTAMIENTO DE CALP POR LA QUE SE CONVOCA EL XIV CONCURSO DE FOTOGRAFÍA MOROS Y CRISTIANOS SANTÍSIMO CRISTO DEL SUDOR, CALP 2017. EXTRACTO DE LA ORDEN DE FECHA 05 DE SEPTIEMBRE DE 2017 DEL AYUNTAMIENTO DE CALP POR LA QUE SE CONVOCA EL XIV CONCURSO DE FOTOGRAFÍA MOROS Y CRISTIANOS SANTÍSIMO CRISTO DEL SUDOR, CALP 2017. BDNS(Identif.):361761 BDNS (Identif.): 361761 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): Primero: Beneficiarios: Podrán participar todos los fotógrafos, aficionados o profesionales, que lo deseen, en tanto no estén incursos en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Deberán acreditar, además, que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Todo ello mediante declaración responsable, adjunta en la instancia. Segundo: Objeto: Promover la difusión de una de las fiestas más importantes y atractivas de nuestro municipio, las fiestas de Moros i cristians, a nivel nacional e internacional. Tercero: Bases Reguladoras: Lo dispuesto en la 22ª Base de Ejecución del Presupuesto municipal del Ayuntamiento de Calp para el año 2017, implicando la participación en dicho concurso, la total aceptación de las mismas. Cuarto: Cuantía: Se establecen los siguientes premios: 1er. Premio a la mejor fotografía 500 2o. Premio 300 Pág. 1 9687 / 2017

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 176 de 13/09/2017 3er. Premio 200 A los que se aplicará la retención correspondiente del I.R.P.F Quinto: Plazo de presentación de solicitudes: Las fotografías se presentarán en un sobre en cuyo exterior se indicará claramente XIV Concurso Nacional de Fotografía de Festes de Moros i Cristians, Calp 2017 y el lema, dentro de éste irá el soporte físico de las fotografías y otro sobre cerrado, en cuyo interior se indicará el mismo lema, nombre, apellidos, domicilio, teléfono y NIF del autor. Las fotografías se presentarán acompañadas de una instancia general, debidamente cumplimentada, en el Ayuntamiento de Calp, en la Oficina de Atención al ciudadano, (OAC) sita en la Av. Ifach, 14 03710 Calp, hasta las 14:00 horas del día 17 de noviembre de 2017. Sexto: Otros datos: Las fotografías se realizarán en Calp, entre los días 20 y 23 de octubre de 2017, ambos inclusive, durante la celebración de las Fiestas de Moros y Cristianos. Los participantes pueden presentar hasta un máximo de diez fotografías, originales e inéditas, de las cuales deben ser sus autores. Los trabajos se presentarán en soporte digital con una calidad mínima de 2 megapíxeles. Las fotografías deberán tener formato electrónico, independientemente de la forma en que hayan sido capturadas. Las fotografías sólo se aceptarán en formato JPG. Se permite el ajuste de niveles, así como el reencuadre de las fotografías. No está permitido, en ningún caso, aplicar cualquier recurso técnico para añadir o eliminar elementos, objetos, personas o mezclar fotos. Todas aquellas fotografías que no cumplan estos requisitos no serán tenidas en consideración. CALP, 05-09-2017 EL ALCALDE: Fdo.: D. César Sánchez Pérez y la SECRETARIA ACCTAL. Fdo.: Dña. Mercedes Mas González Pág. 2 9687 / 2017

DECRETO 2017/EXPGEN/01367 En la villa de Calp, RESULTANDO que por la Concejalía de Cultura se desea impulsar el XIV concurso de fotografía moros y cristianos Santísimo Cristo del Sudor, Calp 2017, cuyo fallo tendrá lugar el 15 de diciembre de 2017. RESULTANDO que, en colaboración con los Técnicos de la Concejalía, se ha redactado propuesta de convocatoria del citado concurso, con el contenido que más adelante se detalla en la parte dispositiva del presente acuerdo. VISTO el informe favorable de fiscalización previa de la Intervención Municipal, en virtud de la cual se practica la retención de crédito RC n.º (22017/0013966), en la aplicación 4340-3341-4810000 PREMIOS CONCEJALÍA DE CULTURA, por importe de 1.000,00 Euros. VISTO el informe favorable de los Servicios Jurídicos Municipales, de fecha 10 de agosto de los corrientes, que transcrito literalmente dice así: "En relación con el expediente 2017/EXPGEN/01367, relativo a la aprobación de la convocatoria del XIV CONCURSO NACIONAL DE FOTOGRAFÍA DE FESTES DE MOROS I CRISTIANS SANTÍSSIM CRIST DE LA SUOR, CALP 2017, tengo a bien emitir el presente informe sobre la base de los siguientes ANTECEDENTES Primero.- Por la Concejalía de Cultura se propone la convocatoria del XIV Concurso Nacional de Fotografía de Festes de Moros i Cristians Santíssim Crist de la Suor, Calp 2017, en el marco de la promoción de una de las fiestas más importantes y atractivas del municipio de Calp. Segundo.- Por los técnicos de la mencionada Concejalía, se ha Página 1 de 7

redactado propuesta de convocatoria, cuyo texto obra en el expediente. En consecuencia, pueden realizarse las siguientes CONSIDERACIONES JURÍDICAS Primera.- Normativa aplicable Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Base 22ª de Ejecución del Presupuesto para el año 2017. Segunda.- En cuanto a la naturaleza jurídica de los premios, nos encontramos, efectivamente, ante una subvención, en tanto que resulta del todo subsumible en la definición que, de las mismas, efectuá el artículo 2.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al establecer que: Se entiende por subvención, a los efectos de esta ley, toda disposición dineraria realizada por cualesquiera de los sujetos contemplados en el artículo 3 de esta ley, a favor de personas públicas o privadas, y que cumpla los siguientes requisitos: a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios. b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido. c) Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad Página 2 de 7

pública. Determinación que confirma, de otra parte, la Disposición Adicional décima de la aludida Ley 38/2003, al señalar que: Reglamentariamente se establecerá el régimen especial aplicable al otorgamiento de los premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza, que deberá ajustarse al contenido de esta ley, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de las subvenciones, no resulte aplicable. Tercera.- El artículo 17.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con la aprobación de las bases reguladoras, preceptúa: Las bases reguladoras de las subvenciones de las corporaciones locales se deberán aprobar en el marco de las bases de ejecución del presupuesto, a través de una ordenanza general de subvenciones o mediante una ordenanza específica para las distintas modalidades de subvenciones. Dada la falta de complejidad del concurso objeto de la presente convocatoria, y entendiendo que, efectivamente, aquélla se ajusta a los preceptuado en la Base 22ª, apartado 10º, de las Bases del Ejecución del Presupuesto para el año 2017, haciendo uso de la posibilidad que recoge a este respecto el artículo 17.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se estima conveniente la aplicación de aquélla, sin necesidad de llevar a cabo la aprobación de unas bases de manera específica, a través de la correspondiente ordenanza. Cuarta.- En cuanto a la competencia, y a la vista del contenido material de la convocatoria que nos ocupa, podemos entender que aquella existe, efectivamente, por determinación del artículo 25.2, letra m), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Página 3 de 7

Reguladora de las Bases del Régimen Local, que reconoce al municipio competencia propia en materia de promoción de la cultura. De otra parte, corresponde al Alcalde, a la vista del artículo 21.1, letra f), de la mencionada Ley de Bases del Régimen Local, la competencia para la aprobación de la convocatoria, pudiendo delegar la misma; así lo autoriza el referido artículo, en su apartado tercero. Por todo lo anterior, vista la propuesta de convocatoria existente a la fecha de la firma del presente documento, tengo a bien informar FAVORABLEMENTE la aprobación de la convocatoria del XIV CONCURSO NACIONAL DE FOTOGRAFÍA DE FESTES DE MOROS I CRISTIANS SANTÍSSIM CRIST DE LA SUOR, CALP 2017, quedando, en cualquier caso, supeditado a la existencia del correspondiente crédito presupuestario, debiendo seguirse los trámites legalmente establecidos". En base a las atribuciones a mi conferidas por el artículo 21.1, letra f), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, por este Decreto vengo a RESOLVER: PRIMERO.- Convocar el XIV CONCURSO DE FOTOGRAFÍA MOROS Y CRISTIANOS, con el siguinte tenor literal: BASES DEL XIV CONCURSO NACIONAL DE FOTOGRAFÍA DE FESTES DE MOROS I CRISTIANS SANTÍSSIM CRIST DE LA SUOR, CALP 2017 Objeto y finalidad: Promover la difusión de una de las fiestas más importantes y atractivas de nuestro municipio, las fiestas de Moros i cristians, a nivel nacional e internacional. Participantes: Podrán participar todos los fotógrafos, aficionados o profesionales, que lo deseen, en tanto no estén incursos en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Deberán acreditar, además, que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Todo ello mediante declaración responsable, adjunta en la instancia. Normas: Las fotografías se realizarán en Calp, entre los días 20 y 23 de octubre de 2017, ambos inclusive, durante la celebración de las Fiestas de Moros y Cristianos. Página 4 de 7

Los objetos y sujetos fotografiados representarán rasgos relevantes e identificativos de las fiestas. Número de obras: Los participantes pueden presentar hasta un máximo de diez fotografías, originales e inéditas, de las cuales deben ser sus autores. Formato: Los trabajos se presentarán en soporte digital con una calidad mínima de 2 megapíxeles. Las fotografías deberán tener formato electrónico, independientemente de la forma en que hayan sido capturadas. Las fotografías sólo se aceptarán en formato JPG. Se permite el ajuste de niveles, así como el reencuadre de las fotografías. No está permitido, en ningún caso, aplicar cualquier recurso técnico para añadir o eliminar elementos, objetos, personas o mezclar fotos. Todas aquellas fotografías que no cumplan estos requisitos no serán tenidas en consideración. Presentación: Las fotografías se presentarán en un sobre en cuyo exterior se indicará claramente XIV Concurso Nacional de Fotografía de Festes de Moros i Cristians, Calp 2017 y el lema, dentro de éste irá el soporte físico de las fotografías y otro sobre cerrado, en cuyo interior se indicará el mismo lema, nombre, apellidos, domicilio, teléfono y NIF del autor. Las fotografías se presentarán acompañadas de una instancia general, debidamente cumplimentada, en el Ayuntamiento de Calp, en la Oficina de Atención al ciudadano, (OAC) sita en la Av. Ifach, 14 03710 Calp, hasta las 14:00 horas del día 17 de noviembre de 2017. Jurado: El jurado estará compuesto por dos fotógrafos especialistas en fotografía festera, una persona designada por la Associació de Moros i Cristians y una persona designada por el Ajuntament de Calp. En una primera fase del concurso, el jurado seleccionará las mejores fotografías, valorándose que los objetos y sujetos fotografiados muestren rasgos relevantes e identificativos de las fiestas, así como la diversidad de los actos festivos representados. De esta selección se elegirán las premiadas. Premios: Se establecen los siguientes premios: 1er. Premio a la mejor fotografía 500 2o. Premio 300 3er. Premio 200 A los que se aplicará la retención correspondiente del I.R.P.F Fallo del Jurado: El fallo del Jurado se hará público el día 15 de diciembre de 2017. El fallo del jurado será inapelable. Las fotografías permanecerán expuestas del 15 de diciembre de 2017 al 30 de enero de 2018 en la Sala de Bellas Artes de la Casa de Cultura Jaume Pastor i Fluixà. Página 5 de 7

El jurado podrá declarar desierto cualquier premio, siempre que se considere que las obras presentadas no reúnen la suficiente calidad artística. La Organización no se responsabiliza de los daños que de manera fortuita se puedan ocasionar a las fotografías presentadas. Devolución: Las fotografías no premiadas podrán ser retiradas en la Casa de Cultura Jaume Pastor i Fluixà entre los días 1 y 28 de febrero de 2018. Las obras que no sean recogidas en ese plazo de tiempo quedarán en poder de la Organización. Condiciones: Las fotografías premiadas pasarán a ser propiedad del Ayuntamiento de Calp, que podrá ceder su uso a la Associació de Moros i Cristians Santíssim Crist de la Suor de Calp, para su edición y publicación por cualquier medio de difusión, haciendo siempre referencia al autor de las mismas. Los concursantes que deseen acceder a los recintos donde se celebran los actos oficiales de fiestas, deberán ir ataviados con vestimentas que, previa fianza, serán facilitadas por la Associació con la finalidad de no desvirtuar los actos; asimismo se les entregará una acreditación. La fianza será devuelta al participante en el momento de la devolución de la vestimenta. Para solicitar la acreditación deberán contactar con la Associació de Moros i Cristians Santíssim Crist de la Suor a través del correo electrónico morosicristianscalp@gmail.com Las fotografías realizadas a menores deberán contar con la autorización de sus padres o tutores, en caso de no otorgarla la fotografía no será tenida en cuenta a efectos de participación. La Associació de Moros i Cristrians dispondrá de un listado de los menores autorizados. A la presente convocatoria le será de aplicación lo dispuesto en la 22ª base de ejecución del presupuesto para el año 2017, implicando la participación en dicho concurso, la total aceptación de aquella". SEGUNDO.- Enviar un extracto de la presente convocatoria para su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como en el Boletín Oficial de la Provincia. TERCERO.- Publicitar el XIV Concurso fotografías moros y cristianos 2017. Lo manda y firma D. César Sánchez Pérez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Calp, en el lugar y fecha arriba indicado de lo que yo, la Secretaria Accidental, doy fe. Página 6 de 7

1. DATOS DEL SOLICITANTE Apellidos y Nombre o Razón Social SOL. 01 INSCRIPCIÓN CONCURSO C.I.F. / N.I.F. / D.N.I. / N.I.E. / Pasaporte Dirección (Calle, Avenida, Plaza, etc.) Número Bloque Escalera Piso Puerta Código Postal Población Provincia Ayuntamiento de Calp C.I.F. P0304700H Avda. Ifac 12 (03710 Calp) Alicante Tfn. 96 583 36 00 www.calp.es email: oac@ajcalp.es Teléfonos de contacto 2. DATOS DEL REPRESENTANTE Apellidos y Nombre o Razón Social Dirección de correo electrónico C.I.F. / N.I.F. / D.N.I. / N.I.E. / Pasaporte Dirección (Calle, Avenida, Plaza, etc.) Número Bloque Escalera Piso Puerta Código Postal Población Provincia Teléfonos de contacto 3. EXPONE 4. SOLICITA 5. DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD Dirección de correo electrónico PRIMERO: que se presenta al concurso y acepta los términos y condiciones establecidos en la presente convocatoria. SEGUNDO: que reúne los requisitos establecidos en el Art. 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones para obtener la condición de beneficiario, no encontrándose incurso en ninguna de las circunstancias enumeradas en los apartados 2 y 3 del citado artículo, que impiden obtener la condición de beneficiario. TERCERO: que en el caso de resultar PREMIADO y de conformidad con lo establecido en el art. 23.3 de las Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación de esta solicitud conlleva la AUTORIZACIÓN al Ayuntamiento de Calp a solicitar a la Tesorería de la Seguridad Social y a la Agencia Estatal de Administración Tributaria los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos con el fin de obtener la subvención/ayuda/premio concedido, salvo DECLARACIÓN EXPRESA EN CONTRARIO formulada por la persona solicitante en cuyo caso deberá aportar los referidos certificados. Fdo. SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE CALP Calp a, de de 20 Según se indica en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, los datos de carácter personal recogidos en la presente instancia quedarán integrados dentro del fichero "Registro" y del fichero "Ciudadanos". Se utilizarán para las relaciones entre los instantes y el Ayuntamiento de Calp. Se conservarán los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en cuanto no se oponga a lo preceptuado en la legislación vigente. Dichos derechos se ejercerán ante los funcionarios del Ayuntamiento competentes en la tramitación de los expedientes, con domicilio en Avda. Ifac 12 (03710 Calp) Alicante. Página 7 de 7