BASES DE LA CONVOCATORIA LA DIPU TE BECA DE LA DIPUTACIÓN CASTELLON AÑO 2015. AYUNTAMIENTO DE ALMENARA



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Bases de la convocatoria

Transcripción:

BASES DE LA CONVOCATORIA LA DIPU TE BECA DE LA DIPUTACIÓN CASTELLON AÑO 2015. AYUNTAMIENTO DE ALMENARA BASE PRIMERA. Objeto y número de becas. El objeto de la presente convocatoria es la concesión de hasta un máximo 3 becas de tres meses de duración transformadas en 9 becas de un mes de duración en las siguientes áreas de actividad: 2 becas de un mes cada una - Área de cultura y servicios socioculturales a la comunidad. (Concretamente en la biblioteca), a desarrollar una en el mes de julio y otra en el mes de agosto. 2 becas de un mes cada una - Área de administración y gestión; servicios generales, (Concretamente en el Ayuntamiento) a desarrollar una en el mes de julio y otra en el mes de agosto. 2 becas de un mes cada una - Área de cultura y servicios socioculturales a la comunidad. (Concretamente en la escola d estiu ), a desarrollar las dos en el mes de julio. 2 becas de un mes cada una - Área de cultura y servicios socioculturales a la comunidad. (Concretamente en la escola esportiva ), a desarrollar las dos en el mes de julio. 1 beca de un mes - Área de cultura y servicios socioculturales a la comunidad. (Concretamente en el casal jove), a desarrollar en el mes de julio. Para el desarrollo de las becas se exigirá estar matriculado y cursando algún curso en cualquiera de las titulaciones regladas, tanto universitarias (grado y masters) como de formación profesional de grado superior. BASE SEGUNDA. Dotación, pago y duración de las becas. Cada una de las becas está dotada con un importe de 500 euros brutos mensuales a abonar en periodos vencidos, siendo cofinanciados por la Diputación de Castellón en un 80%, corriendo a cargo del Ayuntamiento la parte restante y la Seguridad Social correspondiente. En aquellos supuestos que impliquen un periodo inferior o superior al mes natural, será la parte proporcional correspondiente. El periodo de duración de las becas en conjunto trascurrirán entre el 1 de julio de 2015 y finalizará como máximo el 31 de agosto de 2015, siendo la duración de 1 mes a cada becario. El periodo de disfrute de la beca tiene que producirse necesariamente durante los meses de julio, agosto, septiembre no pudiendo por causa alguna prolongar la duración de las becas más allá del mes de octubre. Las becas tendrán una duración de 1mes cada una sea cual sea el área de destino del disfrute de la beca. Si el becario decidiese no continuar con la beca deberá avisar al Ayuntamiento con una antelación de 15 días naturales.

En ese caso se podrá reemplazar al becario por el resto de tiempo hasta completar la duración de la misma por el candidato que haya quedado en la siguiente posición o a continuación en la baremación y selección de meritos. La extinción de la beca a la finalización de su duración inicial o de las prorrogas, si existiesen, se realizara automáticamente, sin crear ninguna vinculación laboral con el Ayuntamiento. BASE TERCERA. Requisitos. Las becas objeto de esta convocatoria se adjudicarán mediante concurrencia competitiva entre las personas aspirantes a las mismas, que reúnan los siguientes requisitos antes de finalización del plazo de presentación de solicitudes ( 10 abril ) y lo acrediten documentalmente; 1.-Poseer la nacionalidad española, de uno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un estado Parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y vecindad administrativa en Almenara, con anterioridad a la fecha de publicación de las bases del programa "La Dipu te Beca" de la Diputación de Castellón en el Boletín Oficial de la Provincia (12 de febrero de 2015). 2.-Tener 18 años cumplidos y no exceder de los 30 años de edad. 3.-Encontrarse cursando alguna de las siguientes enseñanzas oficiales; Ciclos Formativos de Grado superior de Formación Profesional o Enseñanzas Universitarias Oficiales de Grado, Diplomatura o Licenciatura de las familias relacionadas en el ANEXO I. 4.-No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, realizada mediante declaración responsable o a través de cualquier de los medios establecidos en el artículo 13.7 de dicha Ley y artículos concordantes de su Reglamento. 5.-Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, lo que acreditará mediante declaración responsable. 6.-No estar disfrutando de otra beca o ayuda, de la misma o análoga finalidad así como no desarrollar una actividad laboral durante el periodo de disfrute de la beca, lo que acreditará mediante declaración responsable. Cada estudiante solo podrá disfrutar de una beca en cada municipio simultáneamente. Tendrán preferencia de adjudicación aquellos estudiantes que no hayan disfrutado de ninguna beca de las mismas características en años anteriores. Únicamente se valoraran sus solicitudes a falta de candidatos para completar la convocatoria. BASE CUARTA. Plazo y lugar de presentación de solicitudes, y documentación a aportar junto a las mismas. El plazo de presentación de solicitudes garantizará la posibilidad de concurrencia y finalizará el próximo día 10 de abril del año 2015 a las 14 horas. Las solicitudes, presentadas en el modelo de solicitud que se incluye como Modelo I, se presentarán en el registro de este Ayuntamiento sito en Calle Casablanca nº 56, en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes. A las solicitudes deberán acompañarse los justificantes de los requisitos enumerados en la base cuarta y los méritos que se alegan. Para acreditar los requisitos mencionados, los aspirantes habrán de entregar la siguiente documentación:

Fotocopia del DNI o documento acreditativo equivalente. Solicitud de certificado de empadronamiento, acreditativo de la residencia en el municipio de Almenara, donde se presenta la solicitud. Documentación acreditativa de estar cursando las enseñanzas oficiales que alega en la que conste el tipo de enseñanza, curso, centro educativo (matricula, certificado emitido por el centro, ) Fotocopia justificativa del expediente académico, con nota media, correspondiente al curso inmediatamente anterior al que se encuentre cursando en el momento de la solicitud, o en caso de haber finalizado la media de la titulación presentada. Fotocopia compulsada de los documentos que acrediten los méritos. Declaración responsable de no incurrir en ninguna circunstancia recogida en el art 13.7 de la Ley General de Subvenciones, según el apartado incluido en el modelo de Solicitud. En caso de padecer discapacidad, certificado que acredite dicha discapacidad. BASE QUINTA. Valoración de los méritos. Únicamente se valorarán los méritos aportados junto a la solicitud, no habiendo trámite posterior de subsanación. Los méritos que se baremarán al efecto de esta convocatoria son los siguientes: 1.-Nota media del expediente académico aportado: hasta 4 puntos De 5 a 6,99 1 punto De 7 a 7,99 2 puntos De 8 a 8,99 3 puntos De 9 a 10 4 puntos. 2.-Curso que se encuentra recibiendo en el ciclo de que se trate: hasta 2 puntos Ciclo formativo grado medio 0,5 puntos. Ciclo formativo grado superior 1 punto. Diplomatura o equivalente 1,5 puntos. Grado, Licenciatura o equivalente 2 puntos 3.-Adecuación de las enseñanzas aportadas al objeto de las distintas becas convocadas en el mismo campo de conocimiento del puesto ofertado: hasta 1 punto. 4.-Otros méritos como cursos específicos en la materia, otros idiomas comunitarios.; hasta 7 puntos. Otras titulaciones acabadas: hasta 2 puntos Ciclo formativo grado superior 1 punto. Diplomatura o equivalente 1,5 puntos. Grado, Licenciatura o equivalente 2 puntos Valenciano hasta 1 punto; Superior 1 puntos Medio 0,75 puntos Elemental 0,50 puntos Oral 0,25 puntos Ingles, francés nivel bajo, medio o alto hablado y escrito hasta 2 puntos. A2 0,25 puntos A1 0,5 puntos B2 0,75 puntos B1 1 punto C2 1,50 puntos C1 2 puntos

Cursos o diplomas específicos en la materia objeto de las becas, idiomas, seminarios, jornadas, etc.. hasta 2 puntos, Curso o seminario mayor de 20 horas 0,10 puntos. 5.-Discapacidad compatible con la beca ofertada: hasta 1 punto. En el caso de empate de puntuaciones se preferirá la solicitud de la persona candidata que tenga la mejor puntuación en los siguientes apartados: Adecuación de las enseñanzas al objeto de la beca. Estar en el curso más elevado en el ciclo educativo que se trate Nota media del expediente académico Discapacidad (según tipo si es compatible con el objeto de la beca) Otros méritos A falta de candidatos se podrán valorar los meritos de los interesados inscritos que hubiesen disfrutado de becas con la misma finalidad en convocatorias anteriores. BASE SEXTA. Comisión evaluadora, concesión y seguimiento de las becas. Para el examen de las solicitudes de becas se constituirá una comisión evaluadora que estará integrada por los siguientes miembros: Presidenta: Dª. Maria Paloma Sanz Barrrera Secretaria: Patricia Franch Arzo Vocales: Juan Pedro Navarro Garcia Vicente Forner Ripolles Jusanian Gazquez Gallego Mª Rosa Belda Antoni La comisión evaluadora tiene facultades para realizar, por medio de sus miembros, cuantas comprobaciones estime necesarias para la mejor calificación de los méritos aducidos. Una vez finalizado el correspondiente estudio de los expedientes de cada uno de los aspirantes, la comisión evaluadora formulará propuesta de adjudicación de las becas, para que las dictamine y se apruebe, en su caso, por Resolución de Alcaldía. La resolución de concesión puede declarar desierta la cobertura de la beca correspondiente a alguna de las áreas de actividad, si el perfil de los solicitantes no se adecua a las características concretas necesarias para el correcto desarrollo de la misma. La entidad local nombrará uno o varios tutores/ tutoras que realizaran el seguimiento, coordinación y ordenaran la actividad de formación del personal becario, el tiempo y el horario de dedicación a dichas actividades, que en ningún caso será inferior a 20 horas semanales. BASE SÉPTIMA. Derechos y obligaciones de los becarios, e incidencias. 1. Estas becas son incompatibles con el disfrute de cualquier otra beca, ayuda de similar o análoga finalidad, o actividad laboral regular. La infracción de esta regla autoriza a la corporación municipal a cancelar el disfrute de la beca. 2. La participación de los becarios en este programa de formación tiene carácter formativo, sin que esta actividad constituya en ningún momento una relación laboral entre los becarios y esta entidad local. 3. Al personal becario, como perceptor de subvenciones públicas, le resultará de aplicación las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley General de

Subvenciones. 4. Son obligaciones de los/as becarios/as: Desarrollar sus actividades en las dependencias municipales que le sean indicadas por su tutor/a. Tener la dedicación que se establece en las bases de estas becas, que deberán ser realizadas siguiendo las indicaciones del tutor o tutora. Realizar las actividades y cumplir los objetivos marcados por el tutor/a. Elaborar memoria de actividades que deberá ser aprobada por el tutor/a. Acudir todos los días de la beca a las dependencias que le hayan sido asignadas.los días que no se acuda sin justificación serán descontados del importe de la beca a percibir. 5. Los tutores o tutoras ordenarán las actividades de formación del personal becario y organizarán el tiempo de dedicación a dichas actividades, que será como mínimo de 20 horas semanales, que deberán realizarse atendiendo al régimen de funcionamiento y horarios del centro donde se realice la beca. 6. El incumplimiento sin causa justificada de las condiciones establecidas en la presente convocatoria podrá dejar sin efecto la concesión de la beca, debiendo proceder al reintegro, en su caso, de las cantidades percibidas hasta el momento. 7. Ante las renuncias, bajas o finalización del periodo de vigencia, se procederá a cubrir la beca por el tiempo restante, según el orden de puntuación que haya resultado del proceso de selección. BASE OCTAVA. Presupuesto. El presupuesto de gastos de la presente convocatoria se finalizará con cargo a la partida de los gastos de personal correspondiente del presupuesto de gastos de la corporación del año 2015. El importe total presupuestado para esta convocatoria asciende a 4.500.- de sueldo mas el coste de la seguridad social, de los cuales 3600.- corresponden al 80% de subvención por parte de la Diputación Provincial de Castellón, y el resto es el coste del 20% de sueldo mas el coste de Seguridad Social, que corre a cargo del Ayuntamiento de Almenara. BASE NOVENA. Cesión de Datos La participación en la presente convocatoria implicará la aceptación de la cesión, a favor de la Diputación, de los datos contenidos tanto en la solicitud presentada como, en su caso, en la resolución de concesión, a efectos estadísticos, de evaluación y seguimiento, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sobre propiedad intelectual. BASE DECIMA. Recursos Contra el acuerdo de concesión de becas, los interesados podrán interponer los recursos administrativos a que se refiere la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común. Almenara a 17 de marzo de 2015. Fdo. Vicente Gil Olmedo Alcalde/Presidente Ayto Almenara

ANEXO I Familias de Titulaciones Universitarios TECNICAS ARQUITECTURAS SUPERIOR / TÉCNICA INGENIERÍAS HUMANIDADES FILOLOGIAS HISTORIA BELLAS ARTES FILOSOFIA ANTROPOLOGIA SOCIAL Y CULTURAL HUMANIDADES CIENCIAS DE LA SALUD ENFERMERIA FARMACIA MEDICINA FISIOTERAPIA LOGOPEDIA ODONTOLOGIA CIENCIAS EXPERIMENTALES BIOLOGIA BIOQUIMICA BIOTECNOLOGIA CIENCIA Y TECNOLOGIA DE LOS ALIMENTOS CIENCIAS AMBIENTALES/ DEL MAR ENOLOGIA ESTADISTICA CIENCIAS SOCIALES Y JURIDICA ADMINISTRACIÓN Y DIRECCION EMPRESAS BIBLIOTECONOMIA Y DOCUMENTACION CIENCIAS ACTUARIALES Y FINANCIERAS CIENCIAS ACTIVIDAD FISICA Y DEL DEPORTE CIENCIAS DEL TRABAJO CIENCIAS EMPRESARIALES CIENCIAS POLITICAS Y DE LA ADMINISTRACION COMUNICACION AUDIVISUAL CRIMINOLOGIA DERECHO DOCUMENTACION ECONOMIA NAUTICAS Y TRANSPORTE MARITIMO RADIOELECTRONICA GEOGRAFIA LINGÜISTICA LITERATURA TRADUCCION E INTERPRETACION ESTUDIOS DE ASIA ORIENTAL PODOLOGIA PSICOLOGIA TERAPIA OCUPACIONAL VETERINARIA CIENCIA Y SALUD ANIMAL FISICA GEOLOGIA MATEMATICAS NUTRICION HUMANA Y DIETETICA OPTICA Y OPTOMETRIA QUIMICA GESTION Y ADMINISTRACION PUBLICA GASTRONOMIA Y ARTES CULINARIAS INVESTIGACION Y CIENCIAS DE MERCADO MAESTROS PEDAGOGIA PERIODISMO PUBLICIDAD Y RELACIONES PUBLICAS RELACIONES LABORALES SOCIOLOGIA TRABAJO SOCIAL TURISMO EDUCACION SOCIAL Familias Ciclos Formativos de Formación Profesional: ACTIVIDADES FÍSICAS Y DEPORTIVAS ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN AGRARIA ARTES GRÁFICAS ARTES Y ARTESANÍAS COMERCIO Y MARKETING EDIFICACIÓN Y OBRA CIVIL ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA ENERGÍA Y AGUA FABRICACIÓN MECÁNICA HOSTELERÍA Y TURISMO IMAGEN PERSONAL IMAGEN Y SONIDO INDUSTRIAS ALIMENTARIAS INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO MADERA, MUEBLE y CORCHO MARÍTIMO PESQUERA QUÍMICA SANIDAD SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD TEXTIL, CONFECCIÓN Y PIEL TRANSPORTE Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS VIDRIO Y CERÁMICA