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DELEGACIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA EN CÁDIZ SECRETARÍA GENERAL PATRIMONIO DEL ESTADO CONDICIONES DE LA ENAJENACION DIRECTA - Ref. CADIZ ED 3/2017 (Objeto: Vehículos y Embarcaciones) La presente convocatoria tiene por objeto la enajenación de los bienes que se relacionan en el ANEXO 4 y se celebra al amparo de lo previsto en el artículo 17.4 del Real Decreto 864/1997, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo procedente de los bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados toda vez que resulta el procedimiento más aconsejable, a juicio de la Mesa, para el cumplimiento de los fines establecidos en el artículo 2 de la Ley 36/1995, de 11 de diciembre, una vez considerado el deterioro de los bienes o su obsolescencia, el escaso valor de los mismos y los elevados gastos de conservación y administración que conllevan. Dichos bienes figuran en el inventario de Bienes Decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, han sido declarados aptos para el cumplimiento de los fines establecidos en el artículo 2 de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, y su enajenación ha sido autorizada por acuerdo de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones de fecha 06/09/16, 27/02/17, 27/03/17, 05/04/17, 20/04/17, 03/05/17, 17/05/17 Y 23/05/17, adoptados al amparo de lo recogido en la Resolución de 30 de enero de 2008 (BOE nº 42, de 18 de febrero) por la que se delegan diversas competencias de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones en su Presidente, todo ello conforme a lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 864/1997, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo procedente de los bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados. 1.- REQUISITOS GENERALES DE CARÁCTER JURÍDICO PARA PARTICIPAR Podrán participar en el procedimiento las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan capacidad para contratar, de acuerdo con las normas contenidas en el Código Civil, sobre capacidad general para toda clase de contratos y en particular para el contrato de compraventa, siempre que no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. No podrán participar en la Enajenación Directa: a) El personal que preste servicios en la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y en el resto del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. b) Los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad y los funcionarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en cuanto a los bienes en cuya aprehensión, conservación, mantenimiento o cualquier otra actividad posterior a la aprehensión en que haya tenido participación. c) Los funcionarios de las Delegaciones de Economía y Hacienda, respecto de los bienes en cuya administración hayan intervenido. CORREO ELECTRONICO DEHCadizPatrimonio@igae.minhafp.es PZ. DE LA CONSTITUCIÓN, 1 11071 CÁDIZ TEL: 956 293 430 FAX: 956 286 309

d) Los tasadores, respecto de los bienes incluidos en la Enajenación Directa, si hubieran intervenido en su tasación. e) En general, quienes se encuentren incluidos en cualquiera de los supuestos del artículo 1.459 del Código Civil. 2.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES Los interesados deberán presentar la siguiente documentación: 1. DOCUMENTO ANEXO 2 (DECLARACIÓN RESPONSABLE) debidamente cumplimentado. Mediante dicha declaración, prevista por el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el interesado manifiesta, bajo su responsabilidad, que no incurre en alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración señaladas en el artículo 60 del RDL 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ni en el resto de las causas de exclusión que se relacionan en el apartado REQUISITOS GENERALES DE CARÁCTER JURÍDICO PARA PARTICIPAR. 2. Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte del licitador en vigor. En el caso de personas físicas no españolas, se aportará el documento equivalente. 3. Para persona jurídica: además de lo anterior, copia de las escrituras de constitución o modificación debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuando fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial y de los poderes del representante que presente la proposición económica. 4. Oferta por escrito firmada por el licitador o persona que lo represente (según modelo que se facilita como ANEXO 3). En el supuesto de tratarse de personas físicas o jurídicas no españolas, todos los documentos deberán ser presentados traducidos al castellano. La participación en el procedimiento de enajenación directa significa que el licitador conoce y acepta el estado del bien en el momento de finalización del plazo para la presentación de la documentación, así como la aceptación de las normas contenidas en el presente documento. 3.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Toda la documentación deberá tener entrada en el Registro de la Delegación de Economía y Hacienda en Cádiz, Plaza de la Constitución, nº 1, C.P. 11071, o en otro de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas antes de las 14 horas del día 7 de julio de 2017.

4.- FORMA Y LUGARES DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Toda la documentación se incluirá en un ÚNICO SOBRE en cuyo remite se hará constar el nombre y apellidos (o razón social) de quien presenta la oferta y su domicilio a efectos de notificaciones. Deberá dirigirse al siguiente destinatario: Delegación de Economía y Hacienda en Cádiz Plaza de la Constitución, Nº 1, 11071 CÁDIZ Ref. CADIZ ED 3/2017 (Vehículos y Embarcaciones) La documentación podrá presentarse en los siguientes lugares y con las consideraciones que en cada caso se indican: a) Registro de la Delegación de Economía y Hacienda en Cádiz. A dicho sobre, que se presentará cerrado para su registro, deberá acompañarse la hoja para su presentación en registro público (ANEXO 1) donde se hará constar el sello del registro ante el que se ha presentado la documentación y el día y hora de la presentación. b) Otro de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A dicho sobre, que se presentará cerrado para su registro, deberá acompañarse la hoja para su presentación en registro público (ANEXO 1) donde se hará constar el sello del registro ante el que se ha presentado la documentación y el día y hora de la presentación. Además, en la misma fecha de su presentación, deberá remitirse copia de la hoja ANEXO 1 en que conste el sello del registro ante el que se ha presentado la documentación con el día y hora de la presentación mediante fax al número 956286309 (Sección de Patrimonio de la Delegación de Economía y Hacienda en Cádiz) o a través del Registro Electrónico Común (https://rec.redsara.es) al siguiente destinatario: Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Delegación de Economía y Hacienda en Cádiz - Secretaria General. El cumplimiento de estos requisitos resulta imprescindible para la admisibilidad de la documentación. En todo caso, transcurridos 10 días hábiles desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes sin que dicha documentación se haya recibido en el Registro de la Delegación de Economía y Hacienda de Cádiz, ésta será inadmitida. c) Correo ordinario o mensajería. De conformidad con lo establecido en el apartado 3 de este Pliego, la fecha de presentación de las solicitudes presentadas por esta vía será, a todos los efectos, aquella en que las mismas tengan entrada en el Registro de la Delegación de Economía y Hacienda en Cádiz. 5.- EXPOSICIÓN DE LOS BIENES Los días 26, 27 y 28 de junio de 2017, de 10 a 13 horas. La descripción de los lotes que se determina en el citado ANEXO 4 es meramente indicativa, por lo tanto los licitadores

disponen de los días de exposición para su examen y comprobación, lo que exonera a la Administración de cualquier responsabilidad. La Mesa de la Enajenación Directa se reserva el derecho a retirar cualquier lote de los incluidos en el ANEXO 4 de este documento, de forma motivada y dando cuenta de esta circunstancia, mediante nota informativa que se publicará en la página web de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas. 6.- ADJUDICACIÓN DE LOS BIENES La propuesta de adjudicación recaerá en el postor que oferte el precio más alto. En caso de empate entre dos o más ofertas que contengan los importes más elevados, la adjudicación se efectuará a favor de la que se hubiese presentado primero. No se admitirán ofertas que no cubran el importe mínimo establecido en el ANEXO 4. El adjudicatario no podrá hacer cesión a terceros del bien adquirido en la enajenación directa sin cumplir con los trámites correspondientes de registro del mismo a su nombre. 7.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO El adjudicatario determinado en la enajenación deberá ingresar en el Tesoro Público, mediante el modelo 069 Ingresos no tributarios, el importe de remate, entregando el justificante de ingreso, el ejemplar para la Administración, en la Delegación de Economía y Hacienda de Cádiz en el plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente a la notificación de la resolución de adjudicación. Salvo por razones debidamente justificadas, el adjudicatario que no efectúe el ingreso y lo notifique en el plazo indicado o que desista de su oferta decaerá automáticamente en su derecho, sin menoscabo del resarcimiento a la Administración de los daños y perjuicios que hubiera podido ocasionar. La Delegación de Economía y Hacienda de Cádiz notificará de forma expresa la resolución correspondiente al adjudicatario que se halle en las circunstancias señaladas en el párrafo anterior, adjudicándose el bien al siguiente mejor postor, si lo hubiera. Igualmente, el adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones tributarias relacionadas con la transmisión de la propiedad de los bienes adjudicados. El adjudicatario deberá retirar los bienes del depósito donde estuvieren depositados en el plazo de 5 días hábiles a contar desde aquel en que se conceda la autorización para su retirada. 8.- ABONO DE GASTOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO Será por cuenta de los adjudicatarios cualquier obligación tributaria o gasto debidamente justificado relacionado con la celebración del procedimiento, entre los que se encuentran los siguientes: a) En el caso de los vehículos, el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica de circulación del año en curso, los de traslado y todos los gastos que lleve consigo la documentación necesaria para la puesta en circulación, y puesta a punto del mismo.

b) En el caso de las embarcaciones, buques y artefactos navales, los gastos de matrícula, abanderamiento y registro de buques, embarcaciones y artefactos navales, los impuestos y tasas pertinentes, los de traslado y los que lleve consigo la documentación necesaria, certificados o cualquier otro requisito para su puesta en navegación o servicio. c) Asimismo, serán por cuenta del adjudicatario, los gastos que se puedan originar por el depósito y custodia del bien adjudicado una vez transcurridos los cinco días hábiles con los que cuenta el mismo para su retirada. Una vez transcurridos el plazo de cinco días mencionado, el adjudicatario queda subrogado en todas las relaciones jurídicas derivadas del depósito del bien adjudicado. Los impuestos y gastos anteriormente mencionados deberán abonarse en la Unidad Administrativa o entidad correspondiente. 9.- PLAZO PARA RESOLVER ESTE PROCEDIMIENTO El plazo para resolver será de 1 mes aproximadamente. Teléfonos de información: 956 29 26 32 y 956 29 26 94, Horario de atención: de 09 a 14 horas de lunes a viernes. FAX 956 28 63 09 Página de Internet: www.pnsd.msssi.gob.es/delegaciongobiernopnsd/fondobienesdecomisados/home.htm Cádiz, a 7 de junio de 2017 EL DELEGADO DE ECONOMIA Y HACIENDA Firmado electrónicamente: Miguel Gómez Martínez