22974 V. Anuncios Otros anuncios Administración Local Cabildo Insular de Gran Canaria 3648 ANUNCIO de 6 de julio de 2015, por el que se hacen públicos los Decretos 35/2015, de 22 de junio; 38/2015, de 23 de junio y 45/2015, de 25 de junio. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 82.2 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de los Cabildos Insulares; se hace público para general conocimiento que con la fecha y tenor que se indican se han dictado por el Excmo. Sr. Presidente del Cabildo de Gran Canaria los siguientes Decretos: Decreto nº 35/15, de 22 de junio de 2015, de determinación de la organización y estructura de la administración insular. En uso de las competencias conferidas por el artº. 124.4.k) de la de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, integrado con las previsiones contenidas en su Disposición adicional decimocuarta, que atribuye al Presidente la competencia de establecer la organización y estructura de la Administración insular ejecutiva ; y por los artículos 57.e) y 68 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, que atribuyen al Presidente la determinación del número, denominación, y ámbito funcional de las áreas o departamentos insulares en las que se organiza la administración del Cabildo, en el marco de los criterios generales establecidos en el reglamento orgánico aprobado por el Pleno de la Corporación ; y resultando que el vigente Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Cabildo Insular de Gran Canaria (de aplicación al amparo de lo previsto en la Disposición transitoria tercera de la citada Ley 8/2015), en sus artículos 16, 57 y 59, determina los niveles esenciales de la organización insular mediante su división funcional en Consejerías de Gobierno y, dentro de estas, Consejerías de Área, cuyo número total, denominación y ámbito competencial será determinado por la Presidencia del Cabildo de conformidad con los preceptos legales y reglamentarios previamente citados y también con el propio artº. 25.1.g) del mismo Reglamento, sin más limitaciones -respecto de las Consejerías de Gobierno- de que no excedan del número de miembros del Consejo de Gobierno Insular; visto el Decreto Presidencial nº 33 de esta misma fecha, a medio del presente, D I S P O N G O: Primero.- Establecer la organización y estructura del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria que seguidamente se describe: CONSEJERÍAS DE GOBIERNO - Consejería de Gobierno de Hacienda y Presidencia. - Consejería de Gobierno de Cooperación Institucional y Solidaridad Internacional.
22975 - Consejería de Gobierno de Cultura. - Consejería de Gobierno de Turismo. - Consejería de Gobierno de Obras Públicas, Infraestructuras y Deportes. - Consejería de Gobierno de Política Social y Accesibilidad. - Consejería de Gobierno de Empleo y Transparencia. - Consejería de Gobierno de Medio Ambiente, Emergencias y Participación Ciudadana. - Consejería de Gobierno de Igualdad. CONSEJERÍAS DE ÁREA ADSCRITAS A LAS DE GOBIERNO - Consejería de Área de Desarrollo Económico, Energía e I+D+i (adscrita a la Consejería de Gobierno de Hacienda y Presidencia). - Consejería de Área de Sector Primario y Sostenibilidad Alimentaria (adscrita a la Consejería de Gobierno de Cultura). - Consejería de Área de Política Territorial (adscrita a la Consejería de Gobierno de Cooperación Institucional y Solidaridad Internacional). - Consejería de Área de Industria, Comercio y Artesanía (adscrita a la Consejería de Gobierno de Turismo). - Consejería de Área de Transportes y Movilidad (adscrita a la Consejería de Gobierno de Política Social y Accesibilidad). - Consejería de Área de Recursos Humanos y Organización (adscrita a la Consejería de Gobierno de Obras Públicas, Infraestructuras y Deportes). - Consejería de Área de Educación y Juventud (adscrita a la Consejería de Gobierno de Igualdad). - Consejería de Área de Arquitectura y Vivienda (adscrita a la Consejería de Gobierno de Medio Ambiente, Emergencias y Participación Ciudadana). Segundo.- Proceder a la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de Canarias y en el de la provincia de Las Palmas, así como en la Sede Electrónica oficial del Cabildo de Gran Canaria. Decreto nº 38/15, de 23 de junio de 2015, de desarrollo de la estructura y organización de la Administración Insular ejecutiva y numeración orgánica de los Servicios. En uso de las competencias conferidas por el artº. 124.4.k) de la vigente Ley reguladora de Bases del Régimen Local, integrado con las previsiones contenidas en su Disposición adicional decimocuarta, que atribuye al Presidente la competencia de establecer la organización y estructura de la Administración insular ejecutiva ; y en consonancia con los artículos 57.e) y 68 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, el artº. 19 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Cabildo Insular de Gran Canaria ROGA (de aplicación al amparo de lo previsto en la Disposición transitoria tercera de la citada Ley 8/2015), relativo a la Creación, modificación y supresión de órganos directivos, Servicios y unidades administrativas y los artículos 57 a 60 del mismo Reglamento Orgánico; visto el Decreto nº 35/15, de 22 de junio de 2015, de determinación de la organización y estructura de la administración insular.
22976 Considerado el artº. 4.a) de la citada Ley 7/1985, de 2 de abril, que atribuye a la Administración Local la potestad de auto-organización, amplia y pacíficamente reconocida por la Jurisprudencia como facultad discrecional con un alto grado de autonomía presidida por el servicio al interés general e inspirada en el cumplimiento de los principios de eficiencia y eficacia administrativas y de servicio objetivo al interés general contemplados igualmente en el artículo 4 del ROGA; a medio del presente, D I S P O N G O: Primero.- Desarrollar la estructura de la Administración Insular, estableciéndose la adscripción orgánica y funcional de los Servicios Administrativos y Técnicos, así como, de los Organismos Autónomos y demás entidades dependientes del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, conforme se detalla en el Anexo I de este Decreto. Segundo.- Establecer la numeración orgánica de las Consejerías de Gobierno y de Área, así como los Servicios de esta Corporación, Organismos Autónomos y demás entidades dependientes a efectos de la Secretaría General de Pleno y Consejo de Gobierno Insular, Registro General, Archivo General y Órgano de Contabilidad y Presupuestos, según se especifica en el referido Anexo I. A efectos únicamente de codificación presupuestaria y salvo en los casos imprescindibles derivados de la creación de nuevos Servicios -a que se refiere el apartado siguiente-, se mantendrá la numeración orgánica existente hasta la finalización del ejercicio presupuestario actual. Tercero.- Crear los Servicios y unidades administrativas siguientes bajo la dependencia orgánica y funcional de las Consejerías que se señalan: a) Servicio de Violencia de Género, adscrita a la Consejería de Gobierno de Igualdad. b) Servicio de Igualdad, adscrita a la Consejería de Gobierno de Igualdad. c) Unidad de Transparencia, adscrita a la Consejería de Gobierno de Empleo y Transparencia. d) Unidad de Participación Ciudadana, adscrita a la Consejería de Gobierno de Medio Ambiente, Emergencias y Participación Ciudadana. Asimismo, se modifica la denominación del Servicio de Juventud e Igualdad quedando como Servicio de Educación y Juventud, adscrito a la Consejería de Área de Educación y Juventud. Cuarto.- Disponer la adaptación de la Relación de Puestos de Trabajo y de la Plantilla, previos los trámites oportunos, a fin de conformar los Servicios y Unidades administrativas de nueva creación, tal como se desprende del dispositivo anterior.
22977 Anexo I 01.0.0. Consejería de Gobierno de Hacienda y Presidencia 01.0.1 Unidad de Organización, Planificación e Inspección de la Calidad de los Servicios 01.0.2. Secretaría General del Pleno y sus Comisiones 01.0.3. Órgano de Apoyo al Consejo de Gobierno Insular 01.0.4. Asesoría Jurídica 01.0.5. Servicio de Presidencia 01.0.6. Servicio de Asuntos Generales 01.0.7. Servicio de Tecnologías de la Información y Administración Electrónica 01.0.8. Servicio de Microinformática, Comunicaciones e Instalaciones 01.0.9. Servicio de Patrimonio 01.1.0. Órgano de Contabilidad y Presupuestos 01.1.1. Intervención General 01.1.2. Tesorería 01.1.3. Valora Gestión Tributaria 02.0.0. Consejería de Gobierno de Cooperación Institucional y Solidaridad Internacional. 02.0.1. Servicio de Cooperación Institucional (Servicio Administrativo y Técnico) 02.0.2. Servicio de Solidaridad Internacional 03.0.0. Consejería de Gobierno de Cultura 03.0.1. Servicio de Cultura y Patrimonio Histórico 03.0.2. Servicio de Museos 03.0.3. Fundación Canaria Orquesta Filarmónica
22978 03.0.4. Fundación Canaria Nanino Díaz Cutillas 03.0.5. Centro Atlántico de Arte Moderno 03.0.6. Fundación Canaria de las Artes Escénicas y de la Música de Gran Canaria 04.0.0. Consejería de Gobierno de Turismo 04.0.1. Patronato de Turismo de Gran Canaria 05.0.0. Consejería de Gobierno de Obras Públicas, Infraestructuras y Deportes 05.0.1. Servicio de Obras Públicas e Infraestructuras (Servicio Administrativo y Técnico) 05.0.2. Instituto Insular de Deportes 05.0.3. Fundación Canaria del Deporte 06.0.0. Consejería de Gobierno de Política Social y Accesibilidad 06.0.1. Servicio de Política Social 06.0.2. Instituto de Atención Social y Sociosanitaria 07.0.0. Consejería de Gobierno de Empleo y Transparencia. 07.0.1. Unidad de Transparencia 07.0.2. Servicio de Empleo y Desarrollo Local 08.0.0. Consejería de Gobierno de Medio Ambiente, Emergencias y Participación Ciudadana 08.0.1. Unidad de Participación Ciudadana 08.0.2. Medio Ambiente (Servicio Administrativo y Servicio Técnico) 08.0.3. Servicio de Residuos 08.0.4. Jardín Botánico Viera y Clavijo
22979 09.0.0. Consejería de Gobierno de Igualdad 09.0.1. Servicio de Igualdad 09.0.2. Servicio de Violencia de Género 10.0.0. Consejería de Área de Desarrollo Económico, Energía e I+D+i 10.0.1. Unidad de Economía e Innovación 10.0.2. Sociedad de Promoción Económica de Gran Canaria SPEGC 10.0.3. Institución ferial de Canarias INFECAR 11.0.0. Consejería de Área de Sector Primario y Soberanía Alimentaria 11.0.1. Agricultura, Ganadería y Pesca (Servicio Administrativo y Servicio Técnico de Granja Agrícola Experimental) 11.0.2. Extensión Agraria y Desarrollo Agropecuario y Pesquero 11.0.3. Laboratorio agroalimentario y fitopatológico 11.0.4. Servicio de Infraestructura Rural 11.0.5. Consejo Insular de Aguas 11.0.6. Mataderos Insulares de Gran Canaria S.L.U. 12.0.0. Consejería de Área de Política Territorial 12.0.1. Servicio de Planeamiento 12.0.2. Servicio de Calificaciones Territoriales 13.0.0. Consejería de Área de Industria, Comercio y Artesanía 13.0.1. Servicio de Industria y Comercio 13.0.2. Fundación Etnográfica y Desarrollo de la Artesanía Canaria (FEDAC) 14.0.0. Consejería de Área de Transportes y Movilidad
22980 14.0.1. Servicio de Transportes 14.0.2. Fundación Canaria para el Fomento del Transporte Especial Adaptado 15.0.0. Consejería de Área de Recursos Humanos y Organización 15.0.1. Servicio de Gestión Económico - Administrativo de Recursos Humanos 15.0.2. Servicio de Desarrollo de Carrera y Atención al Empleado 15.0.3. Servicio de Prevención de Riesgos Laborales 16.0.0. Consejería de Área de Educación y Juventud 16.0.1. Servicio de Educación y Juventud 17.0.0. Consejería de Área de Arquitectura y Vivienda 17.0.1. Servicio de Arquitectura Decreto Nº 39/15 de 25-06-2015 de designación del Presidente del Organismo Decreto nº 45/15, de 25 de junio de 2015, de corrección de error material en la denominación de la Consejería de Área de Sector Primario y Soberanía Alimentaria. Vistos los Decretos números 35 y 36, ambos de 22 de junio de 2015, relativos a la determinación de la organización y estructura de la Administración Insular y designación de Consejeros Insulares, respectivamente; habiéndose detectado error material en la denominación de la Consejería de Área de Sector Primario y Soberanía Alimentaria. De conformidad con el artº. 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el cual dispone que las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos ; a medio del presente, D I S P O N G O: Primero.- Corregir el error material detectado en el dispongo primero del Decreto nº 35, de 22 de junio de 2015, en el sentido de donde dice Consejería de Área de Sector Primario y Sostenibilidad Alimentaria debe decir Consejería de Área de Sector Primario y Soberanía Alimentaria. Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de julio de 2015.- El Presidente, p.d. (Decreto nº 37, de 23.6.15), El Consejero de Gobierno de Hacienda y Presidencia, Pedro Justo Brito.