Propuesta modificada de DECISIÓN DEL CONSEJO

Documentos relacionados
Recomendación de DECISIÓN DEL CONSEJO

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

PARLAMENTO EUROPEO. Comisión de Transportes y Turismo * PROYECTO DE INFORME

ANEXO. de la. Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

DECISIÓN DEL CONSEJO EUROPEO

L 90/106 Diario Oficial de la Unión Europea

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

Embargado hasta el 24 de marzo de (31 de diciembre de 2008) 24 de marzo de 2009

-2- Avda. Marcelo Celayeta, 75, NA3, 2º, Pamplona (Navarra) Tel.: , Fax:

13060/15 GR/ec/fm DGD 1

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

(Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad) CONSEJO

REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN. de

DECLARACIONES CONJUNTAS DE LAS PRESENTES PARTES CONTRATANTES Y DE LAS NUEVAS PARTES CONTRATANTES EN EL ACUERDO

La Unión Europea y sus políticas transfroterizas

VERSIÓN REVISADA n. 1 del ORDEN DEL DÍA PROVISIONAL

PROTOCOLO NÚMERO 7 AL CONVENIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LIBERTADES FUNDAMENTALES EDL 1979/3822

Diario Oficial de la Unión Europea

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

(Actos no legislativos) REGLAMENTOS

ANEXO. DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE Nº.../2014 por la que se modifica el Protocolo 4 (normas de origen) del Acuerdo EEE.

TRATADO DE ADHESION DE ESPAÑA Y PORTUGAL A LAS COMUNIDADES EUROPEAS ( )

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

(Texto pertinente a efectos del EEE)

I. Disposiciones generales

En virtud de la Resolución n 1244 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de 10 de junio de ECAA/es 1

7621/16 DSI/laa DGC 1A

CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA. Bruselas, 4 de diciembre de 2007 (OR. en) 15202/07 VISA 346 COMIX 968

1. CONVENCIÓN UNIVERSAL SOBRE DERECHO DE AUTOR. (i) Convención Universal sobre Derecho de Autor aprobada en Ginebra el 6 de septiembre de 1952

Diario Oficial de la Unión Europea. (Actos no legislativos) REGLAMENTOS

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

Acuerdo de cooperación entre el FIDA y el Banco de Desarrollo del Consejo de Europa

Consejo de la Unión Europea Bruselas, 5 de octubre de 2016 (OR. en)

Arreglo de Madrid relativo a la represión de las indicaciones de procedencia falsas o engañosas en los productos del 14 de abril de 1891

CONCESION DE AUTORIZACION DE EXPORTADOR AUTORIZADO IDENTIFICACION

(Texto pertinente a efectos del EEE)

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

I RESUMEN I. Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura Consejo Ejecutivo ex. 119a. reunión

INFORME DE LA COMISIÓN

ES Diario Oficial de la Unión Europea L 157/ 7. REGLAMENTO (CE) Nº 847/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO de 29 de abril de 2004

DIRECTIVA 2012/2/UE DE LA COMISIÓN

INFORME DEL PONENTE (Presentado el 08/010/2015, siendo rechazado por la Comisión Mixta UE)

REGLAMENTO DELEGADO (UE) /... DE LA COMISIÓN. de XXX

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Propuesta de REGLAMENTO (UE) Nº /2011 DE LA COMISIÓN

164 a reunión RESUMEN

*** PROYECTO DE RECOMENDACIÓN

MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE DEL REINO DE ESPAÑA Y LA SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

1717 der Beilagen XXIV. GP - Staatsvertrag - 46 spanische Schlussakte (Normativer Teil) 1 von 20 ACTA FINAL. FA/TR/EU/HR/es 1.

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS. Recomendación de DECISIÓN DEL CONSEJO

(Texto pertinente a efectos del EEE)

MÁSTER ERASMUS MUNDUS EN ESTUDIOS DE LAS MUJERES Y DE GÉNERO (GEMMA) INSTRUCCIONES DE SOLICITUD PARA ESTUDIANTES DE TERCEROS PAISES

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA. Bruselas, 6 de septiembre de 2010 (06.09) (OR. en) 12963/10 DENLEG 79

(Texto pertinente a efectos del EEE)

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN Oficina de Interpretación de Lenguas. Página 1

Consejo de la Unión Europea Bruselas, 21 de diciembre de 2016 (OR. en)

ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE UNA ASOCIACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD EUROPEA Y SUS ESTADOS MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y LA REPÚBLICA DE CHILE, POR LA OTRA,

Consejo de la Unión Europea Bruselas, 24 de enero de 2017 (OR. en) A: D. Jeppe TRANHOLM-MIKKELSEN, secretario general del Consejo de la Unión Europea

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN. de

Adjunto se remite a las Delegaciones el documento C(2016) 7147 final/2 de

CONVENIO MONETARIO entre la Unión Europea y el Estado de la Ciudad del Vaticano (2010/C 28/05)

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

DIRECTIVA 2014/43/UE DE LA COMISIÓN

Diario Oficial de la Unión Europea L 8/29

(Texto pertinente a efectos del EEE)

Adjunto se remite a las Delegaciones el documento de la Comisión D027686/02.

(Texto pertinente a efectos del EEE)

Artículo 1. Artículo 2

Comité Intergubernamental sobre Propiedad Intelectual y Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore

Tratado de la Unión Europea o Maastricht

(Texto pertinente a efectos del EEE)

DIRECTIVA 2003/110/CE DEL CONSEJO

DIRECTIVA 2009/59/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO

La Unión Europea: 500 millones de habitantes en 28 países

DECLARACIONES CONJUNTAS DE LAS PARTES CONTRATANTES EN EL ACUERDO

PROCEDIMIENTO DE CODECISIÓN (REF.: COD).

ANUNCIO DE VENTA DE TONELADAS DE AZÚCAR BLANCO EN PODER DEL ORGANISMO DE INTERVENCIÓN ESPAÑOL (FEGA) CON DESTINO A

PROGRAMA PROVISIONAL Y ANOTACIONES. Nota del Secretario General

404 der Beilagen XXII. GP - Staatsvertrag - Vertragstext Spanisch (Normativer Teil) 1 von 23

Diario Oficial de la Unión Europea L 314/39

Diario Oficial de la Unión Europea. (Actos no legislativos) REGLAMENTOS

Montreal CANADÁ. 25 de septiembre de 1975

Derogación de la cláusula de salvaguardia: casos practícos

L 351/40 Diario Oficial de la Unión Europea

Diario Oficial de la Unión Europea L 346/1. (Actos cuya publicación es una condición para su aplicabilidad)

JORNADA DE INTRODUCCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

INFORME RASVE NOTIFICACIONES. INFORME RASVE: Notificaciones. Notificaciones INFORME ANUAL 2014

DECISIONES. Artículo 1

Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

DIRECTIVA 2009/60/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

Acciones 1.1 y 3.1 Intercambios Juveniles

RECOMENDACIÓN DE LA COMISIÓN. de

Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 1540 (2004)

Transcripción:

COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 23.11.2015 COM(2015) 575 final 2015/0036 (CNS) Propuesta modificada de DECISIÓN DEL CONSEJO sobre la celebración del Acuerdo Multilateral entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, la República de Albania, la Antigua República Yugoslava de Macedonia, Bosnia y Herzegovina, la República de Bulgaria, la República de Croacia, la República de Serbia y la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo 1, sobre la creación de una Zona Europea Común de Aviación (ZECA) 1 ES ES

1. CONTEXTO DE LA PROPUESTA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Comisión, con arreglo a la Decisión del Consejo de 10 de diciembre de 2004 por la que se autorizaba la apertura de negociaciones, ha negociado, en nombre de la Unión, un Acuerdo Multilateral sobre la creación de una Zona Europea Común de Aviación (ZECA) entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, la República de Albania, la Antigua República Yugoslava de Macedonia, Bosnia y Herzegovina, la República de Bulgaria, la República de Croacia, la República de Islandia, la República de Montenegro, el Reino de Noruega, Rumanía, la República de Serbia y la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo 1. El Acuerdo ZECA fue firmado en nombre de la Comunidad el 9 de junio de 2006, a reserva de su celebración en una fecha posterior, de conformidad con la Decisión 2006/682/CE del Consejo y de los representantes de los Estados miembros de la Unión Europea reunidos en el seno del Consejo 2, que autorizó su firma y aplicación provisional. Por parte de la UE son Partes en el Acuerdo tanto la Unión Europea como sus Estados miembros. El proceso de ratificación ha sido finalizado por todos los Estados miembros el 23 de enero de 2014. La propuesta de que se trata modifica la propuesta inicial de la Comisión con la referencia COM(2006) 113 final, que fue adoptada el 14 de marzo de 2006 y posteriormente presentada al Consejo, a fin, en particular, de tener en cuenta la entrada en vigor del Tratado de Lisboa. Con el fin de facilitar el examen por el Consejo, la totalidad del texto pertinente se presenta como propuesta modificada. 2. RESULTADOS DE LAS CONSULTAS CON LAS PARTES INTERESADAS Y DE LAS EVALUACIONES DE IMPACTO 3. ASPECTOS JURÍDICOS DE LA PROPUESTA 4. REPERCUSIONES PRESUPUESTARIAS 1 2 DO L 285 de 16.10.2006, p. 1. ES 2 ES

Propuesta modificada de 2015/0036 (CNS) DECISIÓN DEL CONSEJO sobre la celebración del Acuerdo Multilateral entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, la República de Albania, la Antigua República Yugoslava de Macedonia, Bosnia y Herzegovina, la República de Bulgaria, la República de Croacia, la República de Serbia y la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo 3, sobre la creación de una Zona Europea Común de Aviación (ZECA) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 100, apartado 2, leído en relación con su artículo 218, apartado 6, letra a), Vista la propuesta de la Comisión Europea, Vista la aprobación del Parlamento Europeo 4, Considerando lo siguiente: (1) La Comisión ha negociado en nombre de la Comunidad Europea un Acuerdo Multilateral entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, la República de Albania, la Antigua República Yugoslava de Macedonia, Bosnia y Herzegovina, la República de Bulgaria, la República de Croacia, la República de Islandia, la República de Montenegro, el Reino de Noruega, Rumanía, la República de Serbia y la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo 5, sobre la creación de una Zona Europea Común de Aviación (ZECA). (2) El Acuerdo ZECA fue firmado en nombre de la Comunidad el 9 de junio de 2006, a reserva de su celebración en una fecha posterior, de conformidad con la Decisión 2006/682/CE del Consejo y de los representantes de los Estados miembros de la Unión Europea reunidos en el seno del Consejo 6. (3) Con su adhesión respectiva, y de conformidad con el artículo 31, apartado 2, del Acuerdo, la República de Bulgaria, Rumanía, así como la República de Croacia han pasado a ser Estados miembros de la UE y, por consiguiente, han dejado de ser Partes Asociadas en el marco de dicho Acuerdo. (4) Procede aprobar dicho Acuerdo en nombre de la Unión. 3 4 5 6 DO C 81 E/01 de 15.03.2011. DO L 285 de 16.10.2006, p. 1. ES 3 ES

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 1. Queda aprobado en nombre de la Unión el Acuerdo Multilateral entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, la República de Albania, la Antigua República Yugoslava de Macedonia, Bosnia y Herzegovina, la República de Bulgaria, la República de Croacia, la República de Serbia y la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo sobre la creación de una Zona Europea Común de Aviación (ZECA), en lo sucesivo denominado «el Acuerdo». 2. El Presidente del Consejo designará a la persona facultada para depositar, en nombre de la Unión, el instrumento de aprobación previsto en el artículo 29, apartado 2, del Acuerdo a efectos de expresar el consentimiento de la Unión para quedar vinculada por el Acuerdo y hará la siguiente notificación: «1. Como consecuencia de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa el 1 de diciembre de 2009, la Unión Europea ha sustituido y sucede a la Comunidad Europea y a partir de dicha fecha ejerce todos los derechos y asume todas las obligaciones de la Comunidad Europea. Por consiguiente, las referencias a la Comunidad Europea en el texto del Acuerdo deben entenderse hechas, cuando proceda, a la Unión Europea. 2. Con su adhesión respectiva, y de conformidad con el artículo 31, apartado 2, del Acuerdo, la República de Bulgaria, Rumanía, así como la República de Croacia han pasado a ser Estados miembros de la UE y, por consiguiente, han dejado de ser Partes Asociadas en el marco de dicho Acuerdo.» Artículo 2 1. La Unión estará representada por la Comisión en el Comité mixto creado en virtud del artículo 18 del Acuerdo. 2. La posición de la Unión respecto de las decisiones del Comité mixto previsto en el artículo 17 del Acuerdo que se refieran únicamente a la incorporación de la legislación de la Unión en el anexo I del Acuerdo, en su caso mediante adaptaciones técnicas, será adoptada por la Comisión. Artículo 3 La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. ES 4 ES

Hecho en Bruselas, el Por el Consejo El Presidente ES 5 ES