INFORME DEL SERVICIO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA N BEAUJON FINANCE / DIANA INGREDIÉNTS

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Transcripción:

SECRETARÍA DE ESTADO Y HACIENDA INFORME DEL SERVICIO DE DEFENSA N-04026 BEAUJON FINANCE / DIANA INGREDIÉNTS Con fecha 23 de abril de 2004, ha tenido entrada en este Servicio de Defensa de la Competencia notificación relativa al proyecto de operación de concentración económica consistente en la adquisición por BEAUJON FINANCE SAS de la totalidad del capital social de DIANA INGREDIÉNTS SAS. La notificación ha sido realizada por la sociedad adquirente, según lo establecido en el articulo 15.1 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia por superar el umbral establecido en el articulo 14.1 a) de la mencionada norma. A esta operación le es de aplicación lo previsto en el Real Decreto 1443/2001, de 21 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 16/1989, en lo referente al control de las concentraciones económicas. El artículo 15 bis de la Ley 16/1989 establece que: "El Ministro de Economía, a propuesta del Servicio de Defensa de la Competencia, remitirá al Tribunal de Defensa de la Competencia los expedientes de aquellos proyectos u operaciones de concentración notificados por los interesados que considere pueden obstaculizar el mantenimiento de una competencia efectiva en el mercado, para que aquél, previa audiencia, en su caso, de los interesados dictamine al respecto". Asimismo, se añade: "Se entenderá que la Administración no se opone a la operación si transcurrido un mes desde la notificación al Servicio, no se hubiera remitido la misma al Tribunal". Según lo anterior, la fecha límite para remitir el expediente al Tribunal de Defensa de la Competencia es el 24 de mayo de 2004, inclusive. Transcurrida dicha fecha, la operación notificada se considerará tácitamente autorizada. I. NATURALEZA DE LA OPERACIÓN La operación de concentración notificada consiste en la adquisición por BEAUJON FINANCE SAS ( BEAUJON ) del control exclusivo de la compañía francesa DIANA INGREDIÉNTS SAS ( DIANA ), matriz del denominado grupo DIANA. Como consecuencia de la operación, BEAUJON adquirirá, entre otras, el control de la empresa española SPF ESPAÑA, S.L., activa en la fabricación y comercialización de productos para la alimentación de animales de compañía. El acuerdo suscrito entre las partes el 6 de abril de 2004 establece como condición suspensiva para el perfeccionamiento de la operación la obtención de la correspondiente autorización por parte de las autoridades de competencia de Alemania, Austria, Francia, Irlanda, [...] 1 y España. 1 Se indican entre corchetes aquellas partes del informe cuyo contenido exacto se ha declarado confidencial. Pº de la Castellana, 162, Planta 22ª 28071 MADRID TEL.: 91 583 0056 FAX: 91 583 5570

II. RESTRICCIONES ACCESORIAS El contrato de compraventa de acciones firmado por las partes contempla en su cláusula 5.5 un pacto de no captación, según el cual el vendedor no contratará ni atraerá a ninguno de los Directivos de las sociedades adquiridas 2 para que le presten sus servicios profesionales en cualquier calidad, durante un periodo de [superior a tres] años contados a partir de la fecha de cierre de la operación. Asimismo, el contrato de compraventa incluye una cláusula de confidencialidad, según la cual el vendedor se compromete a no revelar a ningún tercero o utilizar ninguna información confidencial o reservada relativa a ninguna de las sociedades adquiridas durante un periodo igual al del pacto de no captación. El apartado 5 del artículo 15.bis de la Ley 16/1989 establece que podrán entenderse comprendidas dentro de una operación determinadas restricciones a la competencia accesorias, directamente vinculadas a la operación y necesarias para su realización. En el caso que nos ocupa, el notificante considera que el periodo de [superior a tres] años de los pactos de no captación y confidencialidad se justifican plenamente por constituir una mínima medida de protección del comprador frente al vendedor, considerando que los directivos clave de DIANA poseen información valiosa sobre el know how y los secretos comerciales de la sociedad, en un mercado en el que es práctica habitual que estos secretos no se encuentren protegidos por derechos de patente. Por otro lado estos pactos constituyen una garantía para recuperar la inversión realizada debido al carácter de inversor financiero que tiene la empresa adquirente. Teniendo en cuenta los precedentes nacionales y comunitarios, así como la Comunicación de la Comisión sobre las restricciones directamente relacionadas y necesarias para las operaciones de concentración (2001/C188/03), se considera que en el presente caso la duración y el contenido de los pactos de no captación y confidencialidad no va más allá de lo que de forma razonable exige la operación de concentración notificada y no es preciso acudir para su autorización al procedimiento regulado en los artículos 4 y 38 de la Ley 16/1989, considerándose, por tanto, como parte integrante de la operación. III. APLICABILIDAD DE LA LEY 16/1989, DE DEFENSA De acuerdo con la notificante, la operación no entra en el ámbito de aplicación del Reglamento (CEE) nº 4064/89, del Consejo, sobre el control de las operaciones de concentración entre empresas, modificado por el Reglamento (CE) nº 1310/97, puesto que no se alcanzan los umbrales previstos en los apartados 2 y 3 de su artículo 1. Por tanto, la concentración carece de dimensión comunitaria. No obstante, la operación notificada cumple los requisitos previstos por la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, para su notificación, al superarse el umbral establecido en el artículo 14.1 a) de la mencionada norma. 2 En concreto, este compromiso se refiere únicamente a 9 directivos clave de DIANA de una plantilla total de 762 empleados

IV. EMPRESAS PARTÍCIPES IV.1 Adquirente BEAUJON FINANCE SAS Empresa de nacionalidad francesa constituida específicamente por diversos fondos de inversión pertenecientes al grupo ELECTRA para servir de vehículo para llevar a cabo la adquisición de DIANA. ELECTRA es un grupo de sociedades de capital riesgo cuya cabecera es la sociedad británica ELECTRA PARTNERS LIMITED y que está especializado en la realización de inversiones en empresas no cotizadas de mediano tamaño. Las actividades del grupo se centran en la prestación de servicios de asesoramiento y de gestión de inversiones a un gran número de fondos de inversión, incluidos fondos de pensiones. El grupo ELECTRA, a través de las distintas sociedades que controla directa o indirectamente, está presente en una gran diversidad de sectores económicos, entre otros en el sector editorial, del transporte, de la distribución minorista, de la distribución de especialidades químicas, del aluminio, del embalaje flexible, de los equipos de seguridad y de telecomunicaciones, de los servicios de software, ocio, etc. La facturación del grupo ELECTRA en los tres últimos ejercicios económicos, conforme a los criterios previstos en el artículo 3 del Real Decreto 1443/2001, ha sido la siguiente: Fuente: Notificante VOLUMEN DE VENTAS DEL GRUPO ELECTRA (Millones de Euros) 2001 2002 2003 Mundial [>5000] [>5000] [>5000] Unión Europea [>250] [>250] [>250] España [>60] [>60] [<60] IV.2 Adquirida DIANA INGREDIÉNTS SAS Empresa de nacionalidad francesa, matriz del grupo DIANA que se encuentra activo en el sector de la fabricación y comercialización de ingredientes naturales destinados a la alimentación humana, a la alimentación para mascotas y a la industria farmacéutica. En concreto, las actividades del grupo DIANA se organizan en cuatro grandes grupos. -fabricación de ingredientes para la alimentación humana, en particular extractos naturales de procedencia vegetal o animal, actividad que genera el [...] de los ingresos totales del grupo. -fabricación de productos culinarios para la alimentación humana, en concreto salsas personalizadas, productos reconstituidos y láminas de tocino de cerdo, actividad que supone el [...] de la facturación del grupo.

-fabricación de comida para mascotas, en concreto potenciadores de sabor. Esta actividad representa el [...] de los ingresos. -fabricación de aminoácidos, en particular cistina, tirosina y queramina, actividad que representa el [...] de los ingresos. El grupo DIANA cuenta con catorce plantas de fabricación situadas en Europa, América y Australia. En España, el grupo está presente a través de SPF ESPAÑA, S.L., cuya actividad se centra en la elaboración y comercialización de potenciadores de sabor de los alimentos para mascotas. El volumen de ventas del grupo DIANA, en los tres últimos ejercicios económicos, conforme a los criterios previstos en el artículo 3 del Real Decreto 1443/2001, ha sido la siguiente: VOLUMEN DE VENTAS DEL GRUPO DIANA (Millones de Euros) 2001 2002 2003 Mundial 140,7 146 161,9 Unión Europea [<250] [<250] [<250] España [<60] [<60] [<60] Fuente: Notificante. V. MERCADOS RELEVANTES V.1. Mercado de producto El grupo adquirente no se encuentra presente en ningún mercado relacionado de forma horizontal ni vertical con aquellos en los que se encuentra activo el grupo adquirido. Por ello, el informe se centrará en aquellos mercados en los que el grupo DIANA tenga una presencia significativa en España, en concreto: el mercado de la producción de potenciadores de sabor de la alimentación para mascotas, dentro del sector de la comida para mascotas, y el mercado de la producción del aminoácido queramina, dentro del sector de los aminoácidos. Con independencia de lo anterior, se aportará información relativa a todos aquellos mercados en los que el grupo DIANA este presente a nivel nacional. 1. Productos destinados a la alimentación de mascotas Dentro del sector de la comida para mascotas, DIANA únicamente produce potenciadores de sabor o saborizantes, sustancias realizadas con subproductos de animales tales como hígado de cerdo o de aves de corral, que se añaden a la comida de las mascotas para potenciar su sabor y darles mayor atractivo. Estos productos, que tienen distintas presentaciones (líquido, polvo o una mezcla de ambas), se utilizan indistintamente en la fabricación de los distintos tipos de comida para mascotas (comida seca o húmeda, para perros o gatos 3 ). 3 Esta distinción dentro del sector de los alimentos preparados para mascotas en cuatro mercados de producto es seguida tanto por el Servicio de Defensa de la Competencia (N-249 NUTREXPA/ BESTFOOD) como por la Comisión (asunto nº COMP/M.2337 NESTLÉ/ RALSTON PURINA; nº COMP/M.2544 MASTERFOODS/ ROYAL CANIN).

Los notificantes consideran que los potenciadores de sabor constituyen un mercado de producto separado, no viendo necesario realizar distinciones adicionales dentro de este mercado en función de la forma de presentación del potenciador o del tipo de comida al que se destina, ya que existe sustituibilidad plena entre ellos. Por otro lado, consideran que el mercado relevante estaría constituido exclusivamente por el mercado libre de los potenciadores de sabor, es decir aquella producción no destinada a autoconsumo por parte de los fabricantes de comida para mascotas. Este mercado supondría, según sus propias estimaciones, el 40% de la producción total de potenciadores de sabor. La Comisión ha tenido ocasión de analizar el mercado de los potenciadores de sabor para la comida de las mascotas en el asunto nº COMP/M.2956 CVC/ PAI EUROPE/ PROVIMI, indicando que estas sustancias constituyen un mercado de producto diferenciado dada la funcionalidad tan especifica que poseen. No obstante, la Comisión dejó abierta la definición del mercado de producto, ya que la operación no creaba ni reforzaba una posición de dominio sea cual fuera la definición empleada. Este SDC no está de acuerdo con los notificantes en que el mercado relevante debería estar constituido exclusivamente por el mercado libre de los potenciadores de sabor, siendo necesario incluir la producción cautiva. No obstante, no resulta necesario profundizar en la definición de mercado de producto a emplear, ya que sea cual sea ésta, la operación no plantea problemas de competencia. Por tanto, parece apropiado considerar el mercado de los potenciadores de sabor para comida de mascotas como potencialmente afectado por la operación de concentración analizada. 2. Aminoácidos Las actividades de DIANA en este sector se centran en la fabricación de cistina, tirosina y queramina. Los aminoácidos son los ladrillos de las proteínas, componente fundamental de los tejidos del cuerpo. Puesto que tanto los humanos como los animales únicamente pueden sintetizar algunos aminoácidos, los otros deben ser proporcionados por la dieta, de forma natural o en su forma química pura. Los aminoácidos, además de en la industria alimentaría, se utilizan en la industria farmacéutica, de los fertilizantes, etc. De conformidad con la Decisión de la Comisión en el asunto COMP/36.545 Aminoácidos, cada uno de los aminoácidos constituye un mercado de producto diferente ya que desde el punto de vista de la demanda no son sustituibles entre sí. Se trata de productos con diferentes propiedades y que se utilizan en aplicaciones distintas. Asi, la cistina se utiliza principalmente para la producción de saborizantes reactivos para su uso en alimentos, así como en medicamentos para el tratamiento de la intoxicación por amoniaco, la anemia y las enfermedades de la piel. La tirosina se usa sobre todo en suplementos dietéticos, en forma de nutrición parenteral. En cuanto a la queramina, las aplicaciones más frecuentes son en la alimentación humana (como corrector proteico), en la alimentación animal (para aumentar el valor nutritivo de la comida), en los fertilizantes (como solución nutritiva para las hojas de los árboles, sobre todo frutales) y en la industria farmacéutica (para la obtención de pequeños aminoácidos como la leucina, la arginina y la isoleucina).

DIANA comercializa en España queramina 4 y cistina. No obstante, dada la participación del negocio adquirido en el mercado español de cistina ([...]), este mercado no será objeto de un análisis específico en el presente informe. 3. Otros El grupo DIANA también realiza actividades a nivel nacional los mercados de los ingredientes destinados a la alimentación humana y de la fabricación de láminas de tocino de cerdo. En relación con el mercado de los ingredientes, DIANA fabrica extractos naturales de procedencia vegetal o animal, en concreto extractos de carne en forma líquida o en polvo, grasa de aves de corral, extractos concentrados de vino, frutas y verduras, así como colorantes naturales. Estos productos se utilizan para dar sabor, aliñar o colorear los alimentos naturales o funcionales, con el fin de que los fabricantes de alimentos puedan adaptar mejor sus productos a las variadas preferencias de los consumidores finales. Según los notificantes, estos productos no conforman un mercado de producto separado sino que constituyen un segmento del mercado más amplio de los aditivos para la alimentación humana, mercado que incluye todos los productos que se añaden, directa o indirectamente, a la comida en pequeñas cantidades para mejorar y potenciar su sabor, sus beneficios nutricionales y la conservación o duración de los alimentos. Este mercado no será objeto de especial análisis en el presente informe dado que las cuotas detentadas por DIANA en el segmento de los extractos naturales ascienden al [...] en valor, por lo que la cuota en el mercado de los ingredientes para la alimentación humana es mucho menor. DIANA también comercializa en España láminas de tocino de cerdo, filetes de grasa de cerdo que se utilizan para potenciar el sabor y el gusto de los asados y las carnes y pescados rellenos. En opinión del notificante, la aplicación específica de este producto determina que constituya un mercado de producto en sí mismo, diferente de los posibles mercados que se puedan distinguir dentro del negocio de los productos culinarios para la alimentación humana. Este SDC no considera necesario establecer una definición precisa del mercado, ya que la cuota de DIANA en el mercado más estrecho considerado no alcanza [...], tanto en términos de valor como de volumen. Por todo lo anterior, este SDC centrará al análisis en el mercado de los potenciadores de sabor de la alimentación para mascotas y el mercado de la queramina. V.2 Mercado geográfico El notificante considera que el mercado de la queramina tiene carácter mundial mientras que el mercado de los potenciadores de sabor de la comida de mascotas es, al menos, de dimensión europea, con tendencia a ser mundial. Este Servicio coincide con la opinión manifestada por los notificantes de que se trata de mercados de ámbito supranacional, en atención a la estructura tanto de la oferta, constituida por 4 DIANA obtiene queramina en el proceso de producción de cistina, a partir de las plumas de aves de corral, como producto derivado de ella. Otras fuentes de obtención de queramina son el amoniaco y el cabello humano.

compañías multinacionales que desarrollan su actividad a nivel internacional, como de la demanda de estos productos, formada asimismo por grandes grupos que firman acuerdos de suministro de carácter global para todas sus plantas de producción, con independencia de su localización. No obstante la naturaleza de estos mercados y en cumplimiento de las funciones encomendadas al Servicio por la Ley 16/1989 se analizarán en el presente informe los efectos de la operación de concentración notificada en el mercado nacional de estos productos. VI. ANÁLISIS DEL MERCADO VI.1. Estructura de la oferta Dada la ausencia de fuentes oficiales o informes independientes que ofrezcan información relativa a la estructura y dimensión de los mercados de producto implicados en la operación, el notificante ha aportado sus propias estimaciones respecto al tamaño y a la posición de los distintos operadores en los mercados españoles de potenciadores de sabor de comida para mascotas (saborizantes) y de queramina. El cuadro siguiente expresa el tamaño de los mercados españoles implicados en la operación, en valor y en volumen, durante el último ejercicio económico, según las estimaciones realizadas por el notificante. TOTAL MERCADO ESPAÑOL DE SABORIZANTES Y QUERAMINA. 2003 Mercado Valor (Euros) Volumen (Tm) Saborizantes 7.500.000 8.000 Queramina 500.000 350 Fuente: Notificación VI.1. 1. Mercado de saborizantes Según los notificantes, el mercado de saborizantes se caracteriza por vivir una fase de crecimiento sostenido que previsiblemente continuará, debido a la tendencia a la externalización de la producción iniciada por los fabricantes de comida para mascotas al objeto de reducir costes. La oferta del mercado español de saborizantes esta constituida por los mismos operadores activos a nivel Internacional, importantes grupos multinacionales que cuentan con una capacidad técnica y financiera muy similar al grupo adquirido. Entre los principales competidores de DIANA en el mercado de saborizantes se encuentran los grupos norteamericanos AFB, KEMIN y BIOPRODUCTS, perteneciente al grupo MITSUI & CO., que, ante el mayor grado de madurez que presenta el mercado norteamericano, están incrementando su presencia en el mercado europeo, al objeto de hacer frente a la posición detentada por DIANA en el mismo. En efecto, hasta hace poco tiempo, DIANA era el único operador mundial con presencia en el mercado europeo, hecho que se reflejó en las elevadas cuotas detentadas en el mismo. Actualmente, los principales competidores están siguiendo esa misma estrategia y es de esperar,

según los notificantes, que la competencia se intensifique en un futuro tanto en Europa, en general, como en España, en particular. No en vano, en 2001 se ha producido la entrada del grupo KEMIN en el mercado español de saborizantes mediante la adquisición de un fabricante local GIMENO. Por su parte, BIOPRODUCTS ha entrado en el mercado español en 2004, a través de su filial inglesa OAKLEIGH 5. El cuadro siguiente ofrece las participaciones de los principales operadores en el mercado español de saborizantes, en valor y en volumen, según las estimaciones aportadas por los notificantes y correspondientes a 2003. ESTRUCTURA DEL MERCADO ESPAÑOL DE SABORIZANTES. 2003 Operador Cuota (Valor) Cuota (Volumen) DIANA [60-70%] [60-70%] AFB [20-30%] [10-20%] KEMIN [0-10%] [10-20%] Otros [0-10%] [0-10%] Fuente: Notificante En cuanto a la estructura del mercado europeo de este producto, los notificantes indican que las participaciones que detentan los principales operadores son las siguientes: DIANA ([50-60%] en valor y [40-50%] en volumen), AFB ([20-30%] en valor y [20-30%] en volumen), BIOPRODUCTS ([0-10%] en valor y [10-20%] en volumen) y KEMIN ([0-10%] en valor y [0-10%] en volumen). VI.1. 2. Mercado de queramina La oferta del mercado de la queramina esta constituida por DIANA y por un gran número de fabricantes chinos, entre los que se encuentran las compañías SHINE STAR, SICHUAN EMEI RONGGAO y CHENGDU LONGTAI, que constituyen los lideres del mercado mundial de los aminoácidos. En China, históricamente este sector ha estado en manos estatales, encontrándose actualmente en proceso de privatización, por lo que algunas de las compañías reseñadas son privadas mientras que otras pueden estar todavía sujetas a un régimen especial de propiedad. Según los notificantes, la cuota que detentan en su conjunto los operadores chinos asciende aproximadamente al [20-30%] del mercado español de la queramina, en valor, y al [30-40%], en cantidad comercializada. DIANA, por su parte, alcanza el restante [60-70%], en valor, y el [50-60%], en volumen, del mercado español de la queramina. El mercado español de este producto no presenta particularidades específicas con relación al mercado europeo, salvo el hecho de que los operadores chinos cuentan con una mayor presencia en España y en los países del sur de Europa que en otras zonas, debido a la utilización que en estas zonas se hace de la queramina como fertilizante para árboles frutales, entre otras aplicaciones. 5 La cuota de BIOPRODUCTS no parece recogida en el cuadro de la estructura del mercado español de saborizantes ya que los datos manejados se refieren a 2003 y su entrada en el mercado español se ha producido en 2004.

A nivel europeo, estas participaciones alcanzan el [90-100%] en valor para DIANA y el restante [0-10%] para el conjunto de los fabricantes chinos. VI.2. Estructura de la demanda VI.2. 1. Mercado de saborizantes La demanda del mercado de saborizantes esta constituido por grandes grupos del sector de la comida para mascotas tales como NESTLÉ, RALSTON PURINA, MASTERFOODS, PROCTER & GAMBLE o COLGATE PALMOLIVE. Estos clientes son grandes multinacionales que realizan una política centralizada de compras para sus necesidades globales de saborizantes al objeto de suministrar a todas sus plantas de fabricación sea cual sea su localización, circunstancia que determina el importante poder de negociación que dispone la demanda en estos mercados. El gran poder de la demanda a la hora de imponer sus condiciones de compra se desprende asimismo de la propia capacidad de autoabastecimiento con la que cuenta buena parte de los fabricantes de comida para mascotas, así como de la ausencia de contratos de larga duración, lo que facilita el cambio de suministrador. Esta circunstancia se ha producido recientemente con un importante cliente de DIANA, cuyas compras representaban más del [ ] de las ventas totales de saborizantes del grupo en España, que en [ ] ha pasado a ser cliente de [ ]. Por otro lado es preciso mencionar que el sector de la comida para mascotas se caracteriza por ser altamente competitivo y por haber vivido recientemente un importante proceso de concentración empresarial 6. VI.2. 2. Mercado de queramina La demanda del mercado de queramina esta constituido por grandes compañías multinacionales del sector agroalimentario, la industria farmaceútica y la industria de los fertiilizantes. Según el notificante, las ventas de queramina en el mercado español no se materializan en contratos de larga duración, sino que los proveedores van atendiendo los pedidos puntuales que sus clientes les cursan, que se suceden con cierta regularidad. Entre los principales clientes de DIANA en el mercado español de queramina se encuentran las compañías [ ]. VI.3. Estructura de la distribución Según los notificantes, tanto en el caso del mercado de los saborizantes como en el de la queramina las actividades de distribución de los productos se realizan directamente a los clientes 6 Casos comunitarios nº COMP/M.2544 MASTERFOODS/ ROYAL CANIN; nº COMP/M 23337 NESTLÉ/ RALSTON PURINA y nacionales N-249 NUTREXPA/ BESTFOOD

finales desde los lugares donde los fabricantes cuentan con plantas de producción, sin la utilización de ningún tipo de agentes de ventas 7. Estos mercados se caracterizan por la estrecha colaboración existente entre los fabricantes de saborizantes y queramina, a través de sus departamentos de I+D, con los demandantes de estos productos, al objeto de diseñar productos que mejor se adapten a sus necesidades. Este contacto directo y permanente entre ambos eslabones de la cadena de suministro hace innecesario el establecimiento de redes de distribución propias o ajenas. Únicamente se subcontrata el transporte físico de los productos con empresas que ofrecen servicios de transporte. Tal es el caso de DIANA, cuyas ventas de saborizantes en España son realizadas directamente por SPF ESPAÑA, S.L y por su filial francesa SPF SAS 8 mientras que, en el caso de queramina, son realizadas por la compañía francesa BRETAGNE CHIMIE FINE SNC, sin la utilización de ninguna red de distribución. VI.4. Fijación de precios y otras condiciones comerciales Según los notificantes, los precios de ambos productos han permanecido estables durante los últimos años. En el caso de los saborizantes, este hecho se debe a la importante presión ejercida desde el lado de la demanda junto a la importante competencia existente en el abastecimiento de materia prima con otros productores que utilizan estas mismas materias primas en sus propios procesos productivos, como es el caso de los fabricantes de comida para mascotas. Con relación a la queramina, es preciso indicar la diferencia de precios existente entre la fabricada por DIANA y por los productores chinos, lo que explica que la cuota de mercado de DIANA en este mercado sea más alta en términos de valor que de volumen. Otro factor característico de este mercado, según se ha mencionado anteriormente, es la ausencia de contratos de suministro de larga duración, lo que contribuye al nivel de competencia existente en el mismo. VI.5. Competencia potencial - Barreras a la entrada De acuerdo con el notificante, los mercados de los saborizantes y de la queramina no parecen presentar barreras significativas que impidan o dificulten el acceso de nuevos operadores al mercado, ya sean éstas de carácter legal o económico. No existe limitación alguna derivada del acceso a las materias primas, no siendo de gran trascendencia las inversiones a realizar en aspectos tales como la promoción y publicidad de los productos. Tampoco resulta necesaria la creación de redes locales de comercialización de los 7 En el caso de la queramina, los fabricantes chinos generalmente utilizan a un distribuidor con sede en China para la exportación de sus productos a Europa. 8 Los saborizantes comercializados en España por DIANA antes de la constitución de su filial española SPF ESPAÑA, S.L en 2002, procedían en exclusiva de las dos plantas de producción con las que cuenta SPF SAS en Francia.

productos, ya que su distribución se efectúa directamente a los clientes desde las plantas de producción. Las únicas limitaciones de acceso al mercado proceden del cumplimiento de una serie de requisitos sanitarios relativos a la fabricación y comercialización de estos productos, en atención a su propia naturaleza y a la de las materias primas necesarias para su fabricación, requisitos que, en cualquier caso, no constituyen por sí mismos una barrera insoslayable de entrada al mercado, en opinión de los notificantes. En concreto, los saborizantes al tratarse de aditivos a base de materia orgánica (derivados de carne) están sometidos a ciertos requisitos, que básicamente se traducen en obligaciones de información y el necesario cumplimiento de ciertos controles sanitarios, que aparecen recogidos en la normativa nacional y comunitaria correspondiente y que vienen a dar una respuesta normativa a la necesidad de mejorar los procedimientos relativos a la seguridad alimentaría, puesta de manifiesto a raíz de las últimas crisis alimentarías (vacas locas, fiebre del pollo) 9. En el caso de la queramina, el establecimiento de la infraestructura necesaria para su fabricación (plantas de fabricación o transformación) precisa el cumplimiento de ciertos requisitos y controles sanitarios, así como ciertas exigencias de carácter medioambiental 10. Tanto el mercado de los saborizantes como el de la queramina presentan cierto componente tecnológico al resultar las actividades de investigación y desarrollo bastante importantes si se espera mantener la competitividad a largo plazo en el mercado. No en vano, las relaciones entre los fabricantes de estos productos y sus clientes se basan fundamentalmente en la estrecha colaboración existente entre sus departamentos de I+D, al objeto de identificar y dar solución a las necesidades planteadas. En el caso de los saborizantes, la mayor parte de estas actividades se dirigen al desarrollo de nuevos productos con el fin de modificar e incrementar las propiedades (calidad, sabor, apetencia, presentación) de sus productos. En cuanto a la queramina, las actividades de I+D tienen por objeto principal la identificación de nuevas aplicaciones para este aminoácido, así como la adaptación de sus propiedades para alcanzar mejores resultados en las aplicaciones ya identificadas. VII. VALORACIÓN DE LA OPERACIÓN Como consecuencia de la operación de concentración notificada no se producirá modificación alguna en la estructura competitiva de los mercados españoles de potenciadores de sabor de comida para mascotas y de queramina al no estar el grupo adquirente presente en ellos con anterioridad. ELECTRA es un gestor de fondos de inversión que lleva a cabo inversiones financieras a escala mundial, no detentando hasta el momento participación alguna en compañías que se encuentren activas en un mercado relacionado de forma horizontal o vertical con los implicados en la presente operación. 9 El Reglamento 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los aditivos en la alimentación animal, aplicable a partir de octubre del presente año, establece un procedimiento comunitario común para la autorización de la comercialización y el uso de los aditivos para la alimentación animal, introduciendo asimismo normas de vigilancia y etiquetado de los aditivos. 10 Entre la normativa aplicable hay que destacar el Reglamento 1774/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, que establece las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados a consumo humano.

Adicionalmente conviene mencionar que los mercados de saborizantes y de queramina son de carácter supranacional, existiendo a nivel internacional importantes competidores que disponen de capacidad suficiente para competir eficazmente en el mercado. Teniendo en cuenta las consideraciones expuestas, no cabe esperar que la operación suponga una amenaza para la competencia efectiva en los mercados españoles analizados. VIII. PROPUESTA En atención al análisis anterior, se propone no remitir el expediente de referencia al Tribunal de Defensa de la Competencia para su informe en aplicación del artículo 15 bis, 1 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, por lo que la operación de concentración notificada quedaría autorizada conforme al apartado 2 del mencionado artículo.