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Transcripción:

S DE FORMACIÓN: CATÁLOGO DE OCUPACIONES Y OTRAS CUESTIONES CLAVE FORMAMOS PARTE DE SU ÉXITO

QUÉ ES? El contrato para la formación y el aprendizaje tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con la actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo. FORMACIÓN DUAL = + TRABAJO EFECTIVO ACTIVIDAD FORMATIVA El contrato de formación tiene una duración mínima de 1 año y máxima de 3, aunque existen convenios colectivos que fijan una duración mínima de 6 meses y distintas duraciones máximas. Durante esos 3 años, la distribución horaria de la jornada laboral es la siguiente: Primer año: Segundo y tercer año: Trabajo Efectivo 75% en la Empresa 25% Actividad Formativa Trabajo Efectivo 85% en la Empresa 15% Actividad Formativa El Certificado de Profesionalidad Desde enero de 2016, la formación inherente al contrato de formación se realiza en modalidad de teleformación y permite al empleado obtener un certificado de profesionalidad. La modalidad de teleformación exige que la actividad formativa se realice a través de una plataforma virtual, a la que se suma la realización de tutorías presenciales y un examen al final de cada módulo formativo en un centro presencial acreditado, en un número de horas en función del certificado de profesionalidad al que se opte. Ejemplo de la distribución horaria de la actividad formativa del Certificado de Actividades de Venta. Certificado de profesionalidad: COMVO108 - Actividades de venta Módulos Horas totales Horas teleformación Horas examen fin módulo Horas tutorías presenciales Operaciones de venta 160 155 5 - Operaciones auxiliares a la venta 140 136 4 - Información y atención al cliente/ consumidor/usuario 120 117 3 - Inglés profesional para actividades comerciales 90 81 3 6 TOTAL HORAS 510 489 15 6

VENTAJAS PARA LA EMPRESA VENTAJAS ECONÓMICAS OTRAS VENTAJAS REDUCCIÓN DE LAS CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL 100% 75% En empresas de menos de 250 trabajadores = coste 0 En empresas de más de 250 trabajadores = 21,80 Si no hay derecho a reducción, la cotización será fija y reducida = 106,86 (Consultar exclusiones en Ley 43/2006). SIN LÍMITE DE PLANTILLA La empresa puede tener tantos empleados como necesite contratados bajo esta modalidad. BONIFICACIÓN POR TUTORIZACIÓN PARA LA EMPRESA Hasta 80 al mes por tutorizar la actividad del trabajador en la empresa. RETRIBUCIÓN SALARIAL Establecida según el convenio colectivo y en función del tiempo de trabajo efectivo. Nunca inferior proporcionalmente - al Salario Mínimo Interprofesional (707,60 en 2017). FORMACIÓN FLEXIBLE Las horas de formación se pueden agrupar según las necesidades de la empresa, concentrándolas, por ejemplo, los días de menor carga laboral. INCENTIVOS POR LA CONVERSIÓN A INDEFINIDO 1.500 al año si es hombre, durante 3 años. 1.800 al año si es mujer, durante 3 años. Si el contrato se realiza a media jornada, la bonificación será proporcional al tiempo de trabajo recogido en el contrato del alumno-trabajador. FORMACIÓN BONIFICADA: A COSTE 0 La formación del alumno está totalmente bonificada. Además, está relacionada con el puesto de trabajo a desempeñar. SU TRABAJADOR, MÁS MOTIVADO Y PREPARADO Obtiene cobertura social completa, incluido el desempleo. Sus cuotas a la Seguridad Social se reducen también en un 100%. Mejora su curriculum y además consigue un Certificado de Profesionalidad, una titulación oficial con validez a nivel nacional y europeo. FORMACIÓN ONLINE El alumno trabajador podrá realizar su formación a través del Campus Virtual de Audiolís desde donde quiera, sin necesidad de desplazarse a un centro de formación.

REQUISITOS A CUMPLIR POR EL TRABAJADOR REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR UN CANDIDATO Estar inscrito como demandante de empleo e incluido en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Carecer de cualificación profesional y titulación académica para el puesto de trabajo u ocupación objeto del contrato. No haber desempeñado ese mismo puesto en la misma empresa durante más de 12 meses. No haber tenido con anterioridad un contrato de formación en la misma ocupación en otra empresa. Si es extranjero, tener permiso de residencia y titulación homologada para los certificados de nivel 2 y 3. Poseer competencias tecnológicas mínimas. Estar dispuesto a realizar la formación y los desplazamientos necesarios. Contar con los requisitos académicos necesarios exigidos según el nivel del certificado. Titulación exigida según el nivel del certificado Niveles del certificado de profesionalidad Requisitos de titulación 1 No se exige ningún requisito académico 2 3 Graduado en ESO Certificado Profesionalidad nivel 2 Certificado Profesionalidad nivel 1 de la misma familia y área profesional Cumplir requisitos de acceso a Grado Medio Tener superada la prueba de acceso a Grado Medio Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 o 45 años Título de Bachiller Certificado Profesionalidad nivel 3 Certificado Profesionalidad nivel 2 de la misma familia y área profesional Tener superada la prueba de acceso a Grado Superior Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 o 45 años Requisitos para inscribirse en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil Tener nacionalidad española, ser ciudadano de la UE o tener permiso de residencia. Estar empadronado en territorio español. Tener más de 16 años y menos de 30 (límite no aplicable a personas con discapacidad reconocida). No haber trabajado el día anterior a la presentación de la solicitud. No haber realizado acciones educativas o formativas el día natural anterior a la solicitud. Presentar una declaración expresa de su interés en participar en Garantía Juvenil.

CÓMO TRAMITARLO ANTES DE FORMALIZAR EL ES IMPORTANTE: Verificar que para el trabajo efectivo a realizar por el trabajador existe una actividad formativa relacionada con un certificado de profesionalidad. Comprobar que el trabajador tiene las competencias tecnológicas mínimas para realizar una formación online y cuenta con acceso a internet. Cotejar que la persona a contratar reúne los requisitos para cursar las enseñanzas del certificado de profesionalidad según el nivel del mismo UNA VEZ REALIZADAS ESTAS COMPROBACIONES, EL PROCESO ES SUMAMENTE SENCILLO PARA LA EMPRESA YA QUE ASUME TODA LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA CON EL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO. EMPRESA/ASESORÍA Solicitar en Tesorería el CCC para formación y aprendizaje EMPRESA/ASESORÍA Comunica Alta en Seguridad Social y Contrato al SEPE enviando: COPIA DE AMBOS DOCUMENTOS A junto con el Anexo I y el Programa Formativo firmados y el DNI del trabajador Envío del Modelo de Solicitud para recogida datos del contrato Comunica resolución expresa de Autorización de inicio del contrato o Silencio administrativo. Envía Anexo I y Programa Formativo para su firma Inicia la formación del trabajador. Enviando a la empresa: - Copia del contrato cumplimentado - Domiciliación bancaria - Certificado importes de bonificación mensual EMPRESA/ASESORÍA Recogida de datos en Solicitud + Título Académico y envío a Audiolis Solicita Autorización de inicio de la actividad formativa al SEPE. Envío por email del resguado de la presentación a la empresa Seguimiento de la actividad formativa por su tutor SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA 1. Se solicita al Servicio Público de Empleo competente. 2. Con un 1 mes de antelación a la fecha de inicio prevista del contrato. 3. La no resolución en un plazo de 1 mes legitima para considerar estimada la solicitud por silencio administrativo. NO PODRÁ DARSE DE ALTA EL NI EN SEGURIDAD SOCIAL NI EN EL SEPE HASTA QUE NO SE TENGA CONCEDIDA LA AUTORIZACIÓN

10 CLAVES PARA FIJAR EL HORARIO 01 La duración de la jornada máxima de trabajo será la pactada en los convenios colectivos o la jornada ordinaria de trabajo de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo. Se deberán evitar las jornadas de trabajo donde existan más de dos tramos horarios. 05 Se deberán respetar los periodos mínimos de descanso diario y semanal. Diario: Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente deberá mediar, como mínimo, doce horas. Semanal: Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal de un día y medio, comprendiendo la tarde de un día y el siguiente día completo, o un día completo y la mañana del siguiente, siempre consecutivo. No se superará al día más de 8 horas entre la suma de la actividad laboral y la actividad formativa. 06 02 03 04 Si los trabajadores son menores de 18 años: el descanso semanal será de dos días ininterrumpidos. Cuando la jornada laboral sea partida el intervalo entre una actividad y otra deberá oscilar entre 1 y 4 horas. La jornada laboral de un contrato para la formación y el aprendizaje estará compuesta por la actividad laboral y la actividad formativa, por lo que no deberá mediar más de 4 horas entre una y otra. Durante el primer año de contrato de formación y aprendizaje la distribución de la jornada laboral queda repartida dedicando un 75% de la jornada al trabajo efectivo y un 25% a la realización de la formación. Para el segundo y tercer año se dedicará un 85% al trabajo efectivo y un 15% a la realización de la formación. Las empresas deberán respetar los horarios que se establezcan para estos trabajadores de forma exhaustiva, porque tan importante es la parte de la jornada dedicada a la formación como la dedicada a la actividad laboral. Los alumnos-trabajadores no podrán realizar trabajos en horarios nocturnos por lo que nunca podrán establecerse horarios fuera de la franja horaria comprendida entre las 6:00 horas y las 22:00 horas. No podrán establecerse horarios a turnos y los alumnos-trabajadores no podrán hacer horas extraordinarias. 07 08 09 10 Vacaciones Cada trabajador tendrá derecho a 2.5 días de vacaciones por mes trabajado, salvo excepciones establecidas en convenio colectivo. Tanto el horario del trabajador como las vacaciones deberán fijarse antes de iniciar el contrato, reflejándolos en la solicitud de inicio de la actividad formativa. Para cualquier modificación posterior, será necesario realizar comunicación expresa al Servicio Público de Empleo.

CÓMO ES EL PROCESO FORMATIVO 01 Una vez realizada toda la tramitación, se realiza la matriculación del alumno en el campus virtual. 03 La empresa recibe también un email con varios documentos: - Guía del empresario. - Guía del tutor laboral. - Guía de evaluación. 05 ALUMNO EMPRESA 02 El alumno recibe un email con las claves de acceso a la plataforma y varios documentos: - Programación Didáctica. - Anexo V (planificación de la evaluación del aprendizaje). - Guía del alumno. 04 Audiolís realiza la 1ª llamada al alumno, donde le explica el proceso formativo y le invita a la realización del Módulo de Alfabetización Tecnológica. A lo largo de su formación, el alumno deberá superar los módulos formativos y unidades didácticas de su certificado. Para ello, tendrá que realizar distintas tareas evaluables, tanto individuales como grupales. 07 A lo largo del contrato, Audiolís pone a disposición de la empresa un informe de seguimiento de la actividad formativa del alumno. Además, al final de cada módulo, emite al SEPE un informe de evaluación individualizado. Del mismo modo, envía al término del contrato el acta de evaluación final, que refleja la acreditación de módulos parciales y del certificado completo. ALUMNO ALUMNO 06 Además, tendrá que acudir a las tutorías presenciales que incluya su certificado, y realizar un examen al final de cada módulo. En ambos casos deberá acudir al centro de Audiolís más cercano. Para poder presentarse al examen, es necesario haber realizado y entregado todas las tareas con antelación. 08 Por último, Audiolís envía al alumno por email el certificado de profesionalidad provisional, indicándole los pasos a seguir para solicitar la acreditación definitiva al SEPE.

Cotización y régimen general 2017 NORMATIVA RELACIONADA DE FORMACIÓN Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. R.D. 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje, así como se establecen las bases de la formación dual. Orden ESS/2518/2013, de 26, por la que se regulan aspectos formativos del contrato para la formación y el aprendizaje. Orden ESS/41/2015, de 12 de enero, por la que se modifica la Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre. Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo. OTRA NORMATIVA RELACIONADA Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Real Decreto Ley 742/2016, de 30 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2017. MANTENTE INFORMADO DE TODAS LAS NOVEDADES CON NUESTROS SEMINARIOS 3.0

OCUPACIONES ACREDITADAS MÁS DE 80 OCUPACIONES ACREDITADAS Tras los cambios normativos introducidos a comienzos de 2016, la formación inherente al contrato para la formación y el aprendizaje se rige por dos aspectos fundamentales: 1. La formación debe estar vinculada a certificado de profesionalidad. 2. La formación debe realizarse en modalidad presencial o mediante teleformación. En su apuesta por las nuevas tecnologías y con la finalidad de adfaptar la actividad la actividad formativa del contrato a las corcunstancias del alumno y del empresario, Audiolís ha optado en mayor medida por la teleformación, donde ya cuenta con más de 80 ocupaciones acreditadas. No obstante, fiel a su creencia de que hay oficios que, por sus características, deben aprenderse de forma tradicional y artesanal, Audiolís quiere preservar algunas ocupaciones en modalidad presencial, realzando la figura del aprendiz de toda la vida. A continuación, encontrará todas las ocupaciones que tenemos acreditadas a día de hoy en ambas modalidades. Además, le recordamos los requisitos que deberá cumplir el alumno-trabajador para acceder a cada ocupación en función del nivel de la misma. REQUISITOS NIVEL 1 NIVEL 2 NIVEL 3 Sin requisitos previos Graduado ESO Titulo de bachiller Certificado mismo nivel Certificado misma familia Acceso a ciclo formativo Acceso a universidad De nivel 1 Grado medio De nivel 2 Grado Superior

OCUPACIONES EN TELEFORMACIÓN Asistencia a la gestión de procedimientos tributarios (ADGD0110). Nivel 3 Agentes tributarios 36211014 Otros profesionales de apoyo a la administración pública para tareas de inspección y control, y tareas similares 36291018

OCUPACIONES EN TELEFORMACIÓN Actividades auxiliares de comercio (COMT0211). Nivel 1 Reponedor/a de hipermercado 98201011 Embalador/a-empaquetador/a-etiquetador/a, a mano Repartidor/a a domicilio, a pie 97001010 94331026

OCUPACIONES EN TELEFORMACIÓN Promoción turística local e información al visitante (HOTI0108). Nivel 3 Agentes de desarrollo turístico 26301011 Técnicos de información turística 26301020 Recepción en alojamiento. Nivel 3 Recepcionistas de hotel 44221010 Conserjes de hotel 58331013 Creación y gestión de viajes combinados y eventos (HOTG0108). Nivel 3 Técnicos de producto en agencias de viaje 44211053 Técnicos de promoción en agencias de viaje 44211062 Técnicos de ventas en agencias de viaje 44211071

OCUPACIONES EN TELEFORMACIÓN Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil (SSCB0209). Nivel 2 Monitor/a de educación y tiempo libre 37241034 Gestión de llamadas de teleasistencia (SSCG0111). Nivel 2 Teleoperadores 44241016 Teleoperadores de emergencias 44241025

OCUPACIONES EN TELEFORMACIÓN INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES Operaciones auxiliares de montaje y mantenimiento de sistemas microinformáticos (IFCT0108). Nivel 1 Electrónicos - ajustadores de ordenadores y microprocesadores 75331049 Montaje y reparación de sistemas microinformáticos (IFCT0309). Nivel 2 Técnico en Sistemas Microinformáticos 38121023 Sistemas microinformáticos (IFCT0209). Nivel 2 Técnico en Sistemas Microinformáticos 38121023 Confección y publicación de páginas web (IFCD0110). Nivel 2 Diseñadores de páginas web 27131015

OCUPACIONES PRESENCIALES