PODER LEGISLATIVO FEDE RAL COM IS ION P I!Rt~ E NTE DICTAMEN RELATIVO A LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE MICHOACÁN A REALIZAR EL PAGO POR EL CONCEPTO DE AGUINALDO, PRIMA VACACIONAL Y VACACIONES NO DISFRUTADAS, A MÁS DE 150 EX TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, QUE SE ADEUDAN DESDE DICIEMBRE DE 2015. HONORABLE COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA UNIÓN: La Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78, fracción 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 122 y 127 d'e la Ley Orgánica; y 58, 60, 87, 88 y 176 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos ordenamientos del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como por el punto Primero del Acuerdo de la Mesa Directiva de esta Comisión Permanente, relativo a la Integración de las Comisiones de Trabajo del Segundo Receso del Primer Año de ejercicio de la LXIII Legislatura; y los puntos Quinto y Vigésimo del Acuerdo de la Mesa Directiva de esta Comisión Permanente, r~lativo a las Sesiones y el Orden del Día, ambos publicados en la Gaceta Parlamentaria el 04 de mayo de 2016, somete a la consideración del Pleno de esta Comisión Permanente el presente dictamen relativo a la Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán a realizar el pago por el concepto de aguinaldo, prima vacacional y vacaciones no disfrutadas, a más de 150 ex trabajadores al servicio del Estado, que se adeudan desde diciembre de 2015, misma que presentaron las senadoras Luisa María Calderón Hinojosa, Iris Vianey Mendoza Mendoza y María del Rocío Pineda Gochi. A efecto de analizar y dictaminar la citada proposición, la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas se reunió el 7 de junio de 2016. ANTECEDENTE ÚNICO.- Mediante oficio CP2R1A.-450, de fecha 18 de mayo de 2016, fue turnada a la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, para su análisis y dictamen, la Proposición con MICHOACÁN A REALIZAR EL PAGO POR EL CONCEPTO DE AGUINALDO, PRIMA VACACIONAL Y VACACIONES NO DISFRUTADAS, A MÁS DE 150 EX
COMISION?~R I.\A.NENTE punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán a realizar el pago por el concepto de aguinaldo, prima vacacional y vacaciones no disfrutadas, a más de 150 ex trabajadores al servicio del Estado, que se adeudan desde diciembre de 2015, misma que se describe a continuación: l. En la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen, las senadoras promoventes exponen, entre otras cosas, lo siguiente: El 27 de abril de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, que tiene como principal objetivo establecer los criterios generales de responsabilidad hacendaría y financiera, para que estos dos ámbitos de gobierno, moderen sus niveles de endeudamiento, reduzcan el costo del financiamiento y mantengan un manejo sostenible de sus finanzas públicas. Durante el proceso de análisis y discusión de la ley en comento, dimos cuenta de la grave situación que viven los gobiernos locales y que la causa de esta tendencia de endeudamiento, es multifactorial. Por mencionar algunos ejemplos, podemos referir que estos gobiernos han tenido incrementos poblacionales, y por ende, el costo de los servicios que brindan; derivado de modificaciones a las disposiciones presupuestarias, se ha presentado una reducción de las participaciones federales; y en general, existe inequidad en los criterios legales para la distribución y asignación de recursos federales. Este complejo escenario, ha puesto a la luz pública otros problemas adicionales que no necesariamente se ven reflejados en la información oficial del endeudamiento de los estados y municipios. Las quiebras de algunos gobiernos, están relacionadas con sus compromisos financieros y la incapacidad para el pago de su gasto corriente. Durante los últimos años ha sido del conocimiento público, de una importante lista de estos entes de gobierno que tienen insuficiencia presupuesta! para el pago de nómina, proveedores, alumbrado público, limpieza, servicios de salud, etc. El incremento de sus pasivos laborales es uno de los principales factores de inestabilidad financiera. MICHOACÁN A REALIZAR EL PAGO POR EL CONCEPTO DE AGUINALDO, PRIMA VACACIONAL Y VACACIONES NO DISFRUTADAS, A MÁS DE 150 EX 2
PODER LEGISLATNO FEDERAL COMI!liON PI!RtMNENTE El Estado de Michoacán no ha sido la excepción a este fenómeno. De. acuerdo al estudio "Análisis de la Situación Financiera 2015", elaborado por el Centro Michoacano de Evaluación, la deuda de corto plazo a proveedores tuvo incremento de más 3 mil millones de pesos en un periodo de tres meses, del mes de junio al cierre del mes de septiembre del 2015, y la deuda por este concepto ascendió a cerca de 13 mil millones de pesos. El estudio señala que los pasivos no circulantes en deuda, que se tenían en junio de ese año, aumentaron a 17 mil 552 millones 139 mil 925 pesos, al corte de septiembre de ese año. Sumando estos dos rubros, tenemos que la deuda de acuerdo a estos datos asciende a 36 mil 546 millones de pesos. Por otro lado, el Informe de la Cuenta Pública 2015, entregado a la Secretaría de Finanzas y Administración, da cuenta que al cierre de 2014, los pasivos del Estado fueron de 31 mil 298 millones 500 mil 935 pesos. De los cuales, los pasivos circulantes cerraron en 14 mil 300 millones de pesos y el pasivo no circulante en 17 mil 100 millones de pesos, reflejándose un incremento.de la deuda pública con instituciones bancarias. Por otro lado, la deuda pública del Estado a corto y largo plazo cerró en 18 mil 39 millones 640.3 mil pesos, lo que representó un incremento de 0.80 por ciento. Lo anterior sin contar los adeudos salariales y de prestaciones que el gobierno del estado tiene con trabajadores de los diferentes sectores sindicales, policiales y magisteriales, de los que aún se desconoce el monto. Respecto al adeudo de estos últimos rubros, recientemente un grupo de más de 150 ex trabajadores del gobierno estatal, han manifestado ante diversas instancias gubernamentales, su inconformidad por el incumplimiento de pago por el concepto de aguinaldo, prima vacacional y vacaciones no disfrutadas. Independientemente de la situación financiera del estado, los derechos laborales de cualquier trabajador, deben salvaguardarse y cumplirse de manera prioritaria. DICTAMEN A LA PROPOSICIÓN CON PUNTO OE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE MICHOACÁN A REALIZAR EL PAGO POR EL CONCEPTO DE AGUINALDO, PRIMA VACACIONAL Y VACACIONES NO DISFRUTADAS, A MÁS DE 150 EX 3
COMISION PERI.tANENTE Con el ánimo de hacer valer los derechos laborales de los trabajadores michoacanos al servicio del Estado, y de seguir coadyuvando desde todos los ámbitos de competencia, para el saneamiento de la situación financiera de nuestro estado, hacemos un respetuoso llamado al Gobernador del Estado de Michoacán para que se apegue a los principios de legalidad, honestidad, eficacia, eficiencia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas de la nueva ley de disciplina financiera. 11. En virtud de lo anterior, en el documento se propone el siguiente punto de acuerdo: "PRIMERO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente. al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán, para que en el marco de sus atribuciones legales, realice el pago por el concepto de aguinaldo, prima vacacional y vacaciones no disfrutadas, a los más de 150 Ex trabajadores al servicio del Estado que se adeudan desde diciembre de 2015. SEGUNDO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán para que en el marco de la entrada en vigor de la nueva ley de disciplina financiera, se apegue a los principios de legalidad, honestidad, eficacia, eficiencia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas." La Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, previo estudio y análisis de la citada proposición con punto de acuerdo, basa su dictamen en los siguientes: CONSIDERANDOS PRIMERO.- Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 78, fracción 111, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión es competente para conocer de la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen. SEGUNDO.- Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 127 de la Ley Orgánica; y 175 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos del Congreso MICHOACÁN A REALIZAR EL PAGO POR EL CONCEPTO DE AGUINALDO, PRIMA VACACIONAL Y VACACIONES NO DISFRUTADAS, A MÁS DE 150 EX 4
COMISION PERMANENTE General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas es competente para conocer de la proposición materia del presente dictamen y proponer al Pleno una resolución relativa al punto de acuerdo que contiene. 1 TERCERO.- Que los integrantes de esta Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, coincidimos con el espíritu de la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen. CUARTO.- Que el periódico La Voz de Michoacán publicó que, a raíz de la presentación de la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen, el titular de la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado de Michoacán, Sergio Mecino Morales, reconoció que el Gobierno del Estado adeuda cerca de 60 millones de pesos relacionados con 900 demandas laborales correspondientes a despidos injustificados que cientos de trabajadores han sufrido desde 2012 por parte del Gobierno del Estado. QUINTO.- Que el 12 de mayo de 2016, la agencia Quadratín publicó una carta de trabajadores con contrato de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Estado de Michoacán, en la cual los trabajadores denuncian violaciones a sus derechos laborales, entre adeudos y despidos injustificados, que muchos trabajadores han padecido sin recibir la correspondiente liquidación. Además de que a todos se les adeuda el pago de salarios ya devengados y no pagados hasta la fecha de la nota, por los meses de enero y abril del presente año. SEXTO.- Que el artículo 1 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, dispone que todas las entidades federativas, los Municipios y sus entes públicos, deberán administrarán sus recursos con base en los principios de legalidad, honestidad, eficacia, eficiencia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas. Por lo anteriormente expuesto y fundado, la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, concluye su dictamen con los siguientes: MICHOACÁN A REALIZAR EL PAGO POR EL CONCEPTO DE AGUINALDO, PRIMA VACACIONAL Y VACACIONES NO DISFRUTADAS, A MÁS DE 150 EX 5
COI.i!SlCN PEt;l~.~AUENTE PUNTOS RESOLUTIVOS PRIMERO.- Se aprueba, con modificaciones, la Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán a realizar el pago por el concepto de aguinaldo, prima vacacional y vacaciones no disfrutadas, a más de 150 ex trabajadores al servicio del Estado, que se adeudan desde diciembre de 2015. SEGUNDO.- Se propone al Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, el siguiente: P U N T O D E AC U E R D O PRIMERO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta al Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán, para que cumpla con sus obligaciones laborales ante los trabajadores al servicio del Estado de Michoacán, en particular los adeudos relacionados con los cientos de juicios laborales por despido injustificado, y los adeudos correspondientes al pago de salarios devengados y aún no pagados, aguinaldo, prima vacacional y vacaciones no disfrutadas. SEGUNDO.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta al Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán para que, en el marco de la entrada en vigor de la nueva Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, durante su gestión se apegue a los principios de legalidad, honestidad, eficacia, eficiencia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas. Remítase el presente dictamen a la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión. Dado en el Salón de Protocolo de la Mesa Directiva del Senado de la República, el 7 de junio de 2016. MICHOACÁN A REALIZAR EL PAGO POR EL CONCEPTO DE AGUINALDO, PRIMA VACACIONAL Y VACACIONES NO DISFRUTADAS, A MÁS DE 150 EX 6
COMISION PERMANENTE Segundo Receso del Primer Año de ejercicio de la LXIll Legislatura Suscriben el presente Dictamen las y los integrantes de la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión: LEGISLADORES, A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIÓN SEN. MARIANA GÓMEZ DEL CAMPO GURZA Presidenta SEN. GERARDO SÁNCHEZ GARCÍA Secretario SEN. FERNANDO HERRERA ÁVILA Secretario SEN. ZOÉ ROBLEDO ABURTO Secretario DIP. RAÚL DOMÍNGUEZ REX DIP. YERICÓ ABRAMO MAS SO DIP. ALFREDO BEJOS NICOLÁS MICHOACÁN A REALIZAR EL PAGO POR EL CONCEPTO DE AGUINALDO, PRIMA VACACIONAL Y VACACIONES NO DISFRUTADAS, A MÁS DE 150 EX 7
COMISIÓN ;.ERMANENTE DIP. XITLALIC CEJA GARCÍA SEN. CARMEN DORANTES MARTÍNEZ :: -- DIP. FEDERICO DORING CASAR DIP. GENOVEVA HUERTA VILLEGAS DIP. KAREN ORNEY RAMÍREZ PERALTA SEN. LUIS ARMANDO MELGAR BRAVO DIP. JORGE ÁLVAREZ MÁYNEZ DIP. ALEJANDRO GONZÁLEZ MURILLO MICHOACÁN A REALIZAR EL PAGO POR EL CONCEPTO DE AGUINALDO, PRIMA VACACIONAL Y VACACIONES NO DISFRUTADAS, A MÁS DE 150 EX 8