Plan de Contingencias



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Transcripción:

Plan de Contingencias Normatividad y Cumplimiento Octubre 2011 Ing. Percy Márquez Ferrándiz

Artículo 2. Definición Los planes de contingencia son instrumentos de gestión que definen los objetivos, estrategias programas que orientan las actividades institucionales para la y prevención, la reducción de riesgos, la atención de emergencias Estudio y la rehabilitación de en casos Riesgos de desastres permitiendo disminuir o minimizar los daños, víctimas y pérdidas que podrían ocurrir a consecuencia de fenómenos naturales, tecnológicos o de la producción industrial, potencialmente dañinos. Definición Aquel que cubre aspectos de seguridad en las instalaciones de hidrocarburos y en su área de influencia, con el propósito de determinar las condiciones existentes en el medio; así como prever los efectos y las consecuencias de la instalación y su operación, indicando los procedimientos, medidas y controles que deberán aplicarse con el objeto de eliminar condiciones y actos inseguros que podrían suscitarse.

Plan de Contingencias Definición i ió Instrumento de gestión elaborado para actuar en caso de derrames de hidrocarburos, sus derivados o material peligroso y otras emergencias tales como incendios, accidentes, explosiones y desastres naturales. Asimismo, se considera la definición establecida en la Ley Nº 28551, la cual establece la obligación de elaborar y presentar los Planes de Contingencias. El Plan de Contingencias deberá ser desarrollado de acuerdo a los resultados del Estudio de Riesgos.

Decreto Supremo N 006-2005-EM Reglamento para la Instalación y Operación de establecimientos de venta al público de Gas Natural Vehicular (GNV) Artículo 55.- Plan de Contingencias Al i i i l l b ió d l t l i t l ió d l Al iniciar la elaboración del proyecto para la instalación del establecimiento de venta al público de GNV, se deberá presentar para su aprobación ante OSINERGMIN, un Plan de Contingencias.

Definiciones Plan de Contingencias: Documento que detalla las actividades a realizarse en caso de emergencias. Emergencia: Toda situación generada por la ocurrencia de un evento que requiere una movilización de recursos. Una emergencia puede ser causada por un incidente, un accidente, un siniestro o un desastre. Incidente: Suceso eventual e inesperado que no ocasiona lesión alguna a los trabajadores, ni daños a equipos, instalaciones o al ambiente. Accidente: Suceso eventual e inesperado que causa lesiones, daño a la salud o muerte de una o más personas; daños materiales, ambientales y/o pérdidas de producción.

Decreto Supremo N 006-2005-EM Artículo 55.- Plan de Contingencias Un Plan de Contingencias que incluirá como mínimo la siguiente información: 1. La organización respectiva y el procedimiento para controlar la contingencia. 2. Procedimiento a seguir para reportar el incidente y para establecer una comunicación entre el personal del lugar donde se produjera la emergencia, el personal ejecutivo del establecimiento, la DGH, OSINERGMIN yotras entidades, d según se requiera. 3. Procedimiento para el entrenamiento del personal del establecimiento i t en técnicas de emergencia y respuesta.

Decreto Supremo N 006-2005-EM Artículo 55.- Plan de Contingencias Un Plan de Contingencias que incluirá como mínimo la siguiente información: 4. Descripción general del área de operaciones. 5. Lista del tipo de equipos a ser utilizados para hacer frente a las emergencias. 6 Lista de contratistas o personas q e forman parte de la 6. Lista de contratistas o personas que forman parte de la organización de respuesta, incluyendo apoyo médico, logístico y otros servicios.

Anexo 2 - D.S. N 015-2006-EM Reglamento de Protección del Medio Ambiente

1. La organización ió para controlar la emergencia DIRECTOR GENERAL DE EMERGENCIA. Jefe de Emergencia Profesional de Seguridad Brigada Contra Incendio Brigada Primeros Auxilios Brigada de Evacuación

1. Procedimiento para controlar la contingencia DIRECTOR GENERAL DE EMERGENCIA: Responsabilidades. Jefe de Emergencia: Profesional de Responsabilidades Seguridad: Responsabilidades Brigada Contra Incendio: Responsabilidades Brigada Primeros Auxilios: Responsabilidades Brigada de Evacuación: Responsabilidades

Artículo 49 del Reglamento aprobado por D.S. N 006-2005-EM Estacionamiento i t prohibido Está prohibido el estacionamiento diurno y nocturno de vehículos en establecimientos de venta al público de GNV, debiendo colocarse letreros indicando esta prohibición. Sólo podrán permanecer estacionados dentro de los límites del establecimiento: los vehículos que se encuentren en proceso de compra de GNV, de adquisición de algún servicio ó por fallas mecánicas.

Artículo 49 del Reglamento aprobado por D.S. N 006-2005-EM En establecimientos de venta al público de GNV ubicados en carreteras, se permitirá estacionar vehículos de carga con un persona a cargo, siempre que no obstruyan las labores del establecimiento.

Artículo 50 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 006-2005-EM Entrenamiento del personal El personal que labore en los establecimientos i t de venta al público de GNV, debe estar entrenado en el uso de extintores, en prácticas contra incendio y en la ejecución del Plan de Contingencias.

Artículo 50 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 006-2005-EM Dicho entrenamiento debe efectuarse cuando menos dos (2) veces al año y estar dirigido por personal especializado. El operador del establecimiento de venta al público de GNV debe llevar un control del entrenamiento y prácticas del personal.

Artículo 52 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 006-2005-EM Prohibición de venta de combustible 1.-A vehículos con el motor en funcionamiento, lo mismo que su sistema de luces y en general el sistema eléctrico. No debe ponerse en marcha hasta cuando se haya desconectado la manguera de llenado. 2.- A vehículos que transporten carga de materiales inflamables o explosivos cuando se encuentren en área urbana. 3.- En cualquier tipo de recipiente portátil aunque sea cilindro de GNV. 4.- A los vehículos que no se encuentren aptos para la carga según la información del sistema de control de carga de GNV o que tengan el sistema de expulsión de gases de combustión en malas condiciones. Durante el despacho de GNV a un vehículo, no puede permanecer ninguna persona en el interior o a bordo del mismo.

Artículo 53 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 006-2005-EM Obligación de grabar la frase: GNV COMBUSTIBLE, NO FUMAR y APAGUE SU CELULAR Las instalaciones de suministro de GNV tales como recinto de compresión, cilindros y dispensadores de los establecimientos de venta al público de GNV, deben tener pintado, en el cuerpo del mismo, la frase:"gnv COMBUSTIBLE, NO FUMAR" y APAGUE SU CELULAR, en letras de imprenta perfectamente visibles, sobre fondo vivamente contrastante, según lo indicado por la NTP 399.010.

Artículo 53 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 006-2005-EM Adicionalmente, debe señalizarse con el símbolo de la NTP 399.015, el número de las Naciones Unidas (UN 1075) y la simbología de NFPA 49/325M (1,4,0).

Artículo 57 del Reglamento aprobado por D.S. N 006-2005-EM Acciones prohibidas en los establecimientos de venta al público de GNV En los establecimientos de venta al público de GNV queda terminantemente prohibido: a) Producir fuego abierto a menos de cincuenta metros (50 m). b) Fumar. c) El uso de cualquier tipo de lámpara de mano que no sean apropiadas para atmósferas de gas inflamable. d) La circulación de vehículos de combustión interna, cuyos tubos de escape estén perforados o deteriorados o desprovistos de matachispas o silenciadores.

Artículo 66 del Reglamento aprobado por D.S. N 006-2005-EM Especialista en instalación y mantenimiento La instalación y el mantenimiento de equipos y accesorios para la venta al público de GNV, deberán ser realizados por profesionales o empresas especializadas, registradas en OSINERGMIN.

Artículo 72 del Reglamento aprobado por D.S. N 006-2005-EM Personal que labora en los establecimientos de venta al público de GNV El personal que labora en los establecimientos de venta al público de GNV deberá estar debidamente capacitado sobre las medidas de seguridad y prestación de los servicios que brinden, además de estar apropiadamente uniformados.

Artículo 91 del Reglamento aprobado por D.S. N 006-2005-EM Letreros de seguridad Los establecimientos de venta al público de GNV y consumidores directos de GNV deberán instalar cerca a los puntos de emanación de gases, letreros indicando: NO FUMAR APAGUE SU MOTOR APAGUE EQUIPOS ELÉCTRICOS NO HACER FUEGO ABIERTO APAGUE SU CELULAR

Artículo 23 del Reglamento aprobado por D.S. N 006-2005-EM Los establecimientos de venta al público de GNV que no satisfagan el radio de giro mínimo de catorce metros (14 m), no podrán prestar servicios a vehículos de carga y autobuses, debiendo colocar un aviso en este sentido. Sólo se permitirán islas de GNV en las cuales una de sus caras no cuente con el radio de giro exigido, cuando por dicha cara el paso vehicular esté permanentemente restringido y que, asuvez, las mangueras correspondientes a dicho lado estén deshabilitadas; quedando prohibida e imposibilitada la atención por dicha cara. El sentido del tránsito vehicular dentro del establecimiento no podrá ser contrario al sentido de la circulación principal del establecimiento.

Norma Técnica Peruana Nº 111.019 Numeral 16.1.3 de la Norma Técnica Peruana N 111.019 La estación de servicio para suministro de GNV debe contar con información, capacitación y entrenamiento para todo el personal de la estación sobre el Plan de Contingencias para atención de emergencias, indicando en cada uno de ellos, las actividades a realizar en caso de ocurrir una emergencia. Numeral 16.1.4 de la Norma Técnica Peruana N 111.019 El plan debe contemplar ejercicios de simulación de situaciones de emergencia tales como: uso de rutas de evacuación, uso de extintores, localización de válvulas, localización de pulsadores del sistema de parada de emergencia, entre otros.

Numeral 16.1.11 de la Norma Técnica Peruana N 111.019 Se debe diseñar una cartilla y/o aviso de seguridad y ubicar en sitios estratégicos de la estación indicando los pasos a seguir en caso de emergencia. Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 014-2010-EM.- Modificación del literal A del Artículo 3º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 006-2005-EM. PUNTO DE EMANACIÓN DE GASES: Lugar donde puede haber presencia de gases combustibles por efecto de la misma operación, tales como: puntos de carga, dispensadores de despacho de GNV, extremo de la tubería de venteo de la válvula de seguridad del almacenamiento de GNV, extremo de la tubería de venteo de las válvulas de seguridad de cada etapa de compresión del compresor y descargas de las válvulas servocomandadas, los extremos de desfogue de las tuberías de ventilación (venteos), conexión rápida de las mangueras as de alta apresión, pesó,entree otros. os

Plan de Contingencias en Caso de Sismo ó Terremoto Antes, durante y después del evento, mantener la calma. Si está operando un equipo de despacho, suspenda la atención. Si la intensidad del movimiento se incrementa, cortar el fluido eléctrico de la estación. Diríjase al ÁREA DE PROTECCIÓN más cercana (AP).

Plan de Contingencias en Caso de Sismo ó Terremoto Si usted no puede dirigirsei i al AP más cercana, colóquese bajo una mesa o silla, o cerca de una puerta en caso de estar en alguna instalación interna del establecimiento. Si está en el patio de maniobras ubicarse en alguna zona abierta. Proteja su cabeza con sus brazos. Evacúe del área de riesgo. Use la salida más cercana y más segura.

Plan de Contingencias en Caso de Sismo ó Terremoto No deje una condición insegura. No cierre con llave las puertas. Los jefes del patio de maniobras llevarán a cabo una revisión a medida que ellos salgan. Instruya a otros a que evacuen el área de mayor riesgo. Ayude a otros en la medida de lo posible. No se detenga para conseguir las cosas personales o para ir al baño. No corra. No use fuego abierto como iluminación si el evento ocurre de noche. Informe sobre la situación y naturaleza del evento. Congréguese en el área designada. Permanezca en el área hasta que se le autorice salir.

Después de un Terremoto: Se verificará si hay escapes de gas. Si se detecta alguno, se procederá a cerrar la válvula respectiva, caso contrario comunicar inmediatamente. Se cerrarán las llaves de paso del agua. No se utilizará el teléfono a menos que sea una emergencia. No se encenderán fósforos o cigarrillos. Si hay fuego o el peligro de que surja uno, se llamará a los bomberos. Si el incendio es pequeño se intentará apagarlo. No se tocarán las líneas del tendido eléctrico derribadas o los enseres eléctricos dañados. Las vías de acceso a la estación se limpiarán de escombros.

Plan de Contingencias en Caso de Inundaciones En caso de precipitaciones inusuales se deberá verificar las zonas del establecimiento i t donded pudiera ocurrir acumulación de agua y que pueda afectar las instalaciones del gasocentro de GNV. Si el nivel del agua alcanza un nivel crítico o compromete las instalaciones del establecimiento, se deberá informar de inmediato.

Plan de Contingencias en Caso de Inundaciones El encargado y/o responsable verificará la información, de ser crítica ordenará de inmediato la suspensión de los trabajos operativos propios de la estación de servicios, desconexión de los equipos de gas y energía eléctrica, asimismo solicitará apoyo externo de ser necesario. De ser el caso, impedir el acceso de personas y/o vehículos al establecimiento, hacer uso de tranqueras o conos de seguridad.

Plan de Contingencias en Caso de Incendios La persona que observa fuego o un amago de incendio, debe activar los dispositivos de seguridad e informar inmediatamente al responsable de la estación de servicios, evaluar la situación, y si es posible comenzar a extinguirlo i con los extintores t del lugar; recuerde mirarlo defrente y combatirlo desde la base. Si el responsable considera la situación delicada, decide: a) Llamar a las brigadas de incendio. b) Buscar más personas, herramientas, soporte. c) Activar la alarma.

Plan de Contingencias en Caso de Incendios Al oír la alarma, cada persona se debe dirigir a la posición de emergencia o punto de reunión según lo establecido en el plan de emergencia. Aislar el área comprometida, cerrar accesos al establecimiento. El responsable debe informar sobre el siniestro i a fin de tomar las precauciones del caso, si es que no se pueda contrarrestar el incendio. Una de las brigadas debe atacar el incendio directamente con la ayuda de extintores, arena, una segunda brigada se encarga de observar situaciones riesgosas, alejar elementos inflamables, cortar el fluido eléctrico, restringir el ingreso de personas y apoyar a la brigada uno. Una tercera brigada prepara el botiquín de primeros auxilios necesarios para la atención de los heridos. Después de extinguido el incendio el Encargado de Seguridad debe realizar una inspección de la zona para averiguar las causas del siniestro. En caso no se pueda combatir el incendio por ser de magnitud incontrolable, se debe pedir ayuda y desalojar el área inmediatamente.

Plan de Contingencias para Casos de Explosiones a) Fuga de gas natural a la atmósfera, sin incendio: Si esto sucede a la intemperie, el gas natural se disipa fácilmente en las capas superiores de la atmósfera; contrariamente, cuando queda atrapado en la parte inferior de techos se forman mezclas explosivas con gran potencial para explotar, y explotarán violentamente al encontrar una fuente de ignición.

Plan de Contingencias para Casos de Explosiones Algunas recomendaciones para evitar este supuesto escenario son: El gas natural o metano es más ligero que el aire y por lo tanto, las fugas ascenderán rápidamente a las capas superiores de la atmósfera, disipándose en el aire. Evitar fuentes de ignición, chispas, flama y calor. Las conexiones eléctricas son las fuentes de ignición más comunes (interruptores, tomacorrientes, etc.). Verificar anticipadamente por medio de pruebas e inspección de las instalaciones, si éstas se encuentren en óptimas condiciones (construcción y mantenimiento): Detectores de mezclas explosivas, y humo con alarmas audibles y visuales. Válvulas de corte manual con accionamiento remoto (Válvulas servocomandadas). Redes de agua contra incendio operativas (hidrantes). Extintores portátiles operativos.

b) Incendio de una fuga de gas natural: Active el Plan de Emergencia según la magnitud del evento. Aún sin incendio, asegúrese que el personal utilice el equipo de protección necesario. Bloquee las válvulas que alimentan la fuga mediante la activación de los pulsadores de emergencia y/o interruptores de corte general, luego proceda con los movimientos operacionales de ataque a la emergencia mientras enfría con agua las superficies expuestas al calor, ya que el fuego, incidiendo sobre tuberías y equipos provoca daños catastróficos.

Respuesta en Caso de Fuga Fuga en espacios abiertos: Proceda a bloquear las válvulas que alimentan la fuga. El gas natural se disipará fácilmente. Tenga presente la dirección del viento. Fuga en espacios cerrados: Elimine precavidamente las fuentes de ignición y prevenga venteos para expulsar las probables fugas que pudieran quedar atrapadas. Nunca busque fugas con flama o cerillos. Utilice agua jabonosa o un detector electrónico de fugas.

Primeros Auxilios Ojos: El gas natural licuado puede entrar en contacto con los ojos provocando un severo congelamiento del tejido, irritación, dolor y lagrimeo. Aplique, con mucho cuidado, agua tibia en el ojo afectado. Solicite atención médica. Deberá manejarse con precaución el gas natural cuando está comprimido ya que una fuga provocaría lesiones por la presión contenida en los cilindros. Piel: Al salpicar el gas natural licuado sobre la piel provoca oca quemaduras por frío, similares al congelamiento. Mojar el área afectada con agua tibia o irrigar con agua corriente No use agua Mojar el área afectada con agua tibia o irrigar con agua corriente. No use agua caliente. Quítese los zapatos o la ropa y impregnada. Solicite atención médica.

Primeros Auxilios Inhalación: No deberá exponerse a altas concentraciones de gas, en caso de lesionados, aléjelos del área contaminada para que respiren aire fresco. Si la víctima no respira, inicie de inmediato resucitación cardiopulmonar. Si presenta dificultad para respirar, adminístrese oxígeno medicinal (sólo personal calificado) y solicite atención médica inmediata. El gas natural es un asfixiante simple, que al mezclarse con el aire ambiente, desplaza al oxígeno y entonces se respira un aire deficiente en oxígeno. Los efectos de exposición prolongada pueden incluir dificultad para respirar, mareos, posibles náuseas y eventual inconsciencia. i i Ingestión: La ingestión de este producto no es un riesgo normal.

Equipos de Protección Personal Es obligatorio i el uso del uniforme de trabajo durante la jornada: Casco; para la protección de la cabeza contra impactos, penetración, shock eléctrico y quemaduras. Lentes de seguridad; para protección frontal, lateral y superior de los ojos. Ropa de trabajo: Camisa manga larga y pantalón o coverall de algodón 100 % y guantes de cuero. Botas industriales de cuero con protección y suela antideslizante. Tapones para los oídos.