REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DIRECCIÓN DE LA DEFENSORÍA DE DERECHOS HUMANOS
REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE LA DIRECCIÓN DE LA DEFENSORÍA DE DERECHOS HUMANOS. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO I: El presente Reglamento Interno de Trabajo es de carácter obligatorio y están sujetos a él, el personal subordinado que comprende la DIRECCIÓN DE LA DEFENSORÍA DE DERECHOS HUMANOS DEL MUNICIPIO DE IXTAPAN DE LA SAL, MÉXICO que elabore y desempeñe dicha función. ARTÍCULO II: El presente Reglamento Interno de Trabajo es meramente de competencia municipal para establecer la aplicación. ARTICULO III: Para dar efectos de este reglamento se concebirá por parte de la autoridad de la DIRECCIÓN DE LA DEFENSORÍA DE DERECHOS HUMANOS DEL MUNICIPIO DE IXTAPAN DE LA SAL; que se establecerá en las instalaciones que ocupa el lugar.
CAPÍTULO II AUTORIDAD COMPETENTE Y SUS ATRIBUCIONES. ARTÍCULO IV: La Dirección de la Defensoría de Derechos Humanos Municipal tiene la facultad para llevar acabo la aplicación y disciplina del presente reglamento en el cual se establecen las siguientes atribuciones: I. Elaborar y entregar propuestas en sesión de Cabildo para que las consideren y en su caso, aprueben de conformidad con las disposiciones aplicables; II. Fomentar la participación de la ciudadanía de Ixtapan de la Sal en actividades encaminadas a promover el respeto de los derechos humanos en el ámbito municipal; III. Proponer acciones que impulsen el cumplimiento dentro de su municipio los instrumentos internacionales signados y ratificados en materia de derechos humanos; IV. Nombrar y remover a su personal, en términos de la normatividad aplicable; V. Promover el respeto a los derechos humanos por parte de los servidores públicos municipales. VI. Capacitar a los servidores públicos y población del municipio de Ixtapan de la Sal; así como llevar a cabo la promoción en materia de derechos humanos, de conformidad con los programas de la Secretaria General. VII. Realizar las visitas a galeras. VIII. Asesorar jurídicamente a la ciudadanía de Ixtapan de la Sal. ARTÍCULO V: La Dirección de la Defensoría de Derechos Humanos establece los medios necesarios para garantizar que la ciudadanía participe y contribuya, de manera efectiva, en la promoción y respeto de los derechos fundamentales.
CAPÍTULO III DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES DE LA DEFENSORÍA DE DIRECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL MUNICIPIO. ARTÍCULO VI: Los trabajadores de esta Dirección de la Defensoría de Derechos Humanos en el cual reciben una remuneración por parte de un patrón a trabajador, deben estar sujetos al REGLAMENTO INTERNO DEL TRABAJO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE IXTAPAN DE LA SAL. ARTÍCULO VII: Obligaciones de los trabajadores de la Dirección de la Defensoría de Derechos Humanos son: I. Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo que les sean aplicables; II. Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos; III. Observar buenas costumbres durante el servicio; IV. Poner en conocimiento del patrón las enfermedades contagiosas que padezcan, tan pronto como tengan conocimiento de las mismas.
TRANSITORIOS. PRIMERO. El presente reglamento se expide en el Palacio Municipal del Ayuntamiento de Ixtapan de la Sal, México, el cual entra en vigor al día siguiente de su publicación. SEGUNDO. Al entrar en vigor el presente reglamento queda sin efecto cualquier otro que se haya decretado o expedido por administraciones anteriores. TERCERO. Publíquese en la Gaceta Municipal Periódico Oficial del Gobierno Municipal de Ixtapan de la Sal y a través de la página oficial del H. ayuntamiento vía internet. Dado en el Salón de Cabildos del Palacio Municipal, Recinto Oficial de las Sesiones de Cabildo, en el Municipio de Ixtapan de la Sal, México, a los --- días del mes de ---- del año de 2016. ATENTAMENTE DR. JULIO CESAR SERGIO BECERRIL ROMÁN PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL IXTAPAN DE LA SAL, MÉXICO