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ACTA DE LA JUNTA DE ESCUELA EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 18 DE ENERO DE 2017 En Badajoz, siendo las 12:00 horas del día 18 de enero de 2017, se reúnen en el Salón de Grados de la Escuela de Ingenierías Industriales los miembros de Junta de Escuela que se relacionan en el Anexo I de la presente Acta, para celebrar sesión extraordinaria de Junta de Escuela, de acuerdo con el siguiente orden del día: 1. Aprobación, si procede, de la nueva Normativa de publicación de calificaciones finales provisionales y calificaciones finales definitivas en la Escuela de Ingenierías Industriales. 2. Modificación, si procede, de la normativa que regula el procedimiento de resolución de solicitudes de cambio de examen por coincidencia de fechas. 3. Asuntos de trámite. Excusan su asistencia D. Enrique Romero, D. Rafael Lorente y D. Sergio Rubio. Desarrollo de la sesión: 1) Aprobación, si procede, de la nueva Normativa de publicación de calificaciones finales provisionales y calificaciones finales definitivas en la Escuela de Ingenierías Industriales: El Sr. Director toma la palabra para exponer a la Junta de Escuela los antecedentes que han motivado la redacción de esta nueva normativa de publicación de calificaciones para el Centro. Fundamentalmente, la motivación está centrada en adecuarla a la nueva normativa de evaluación de la UEx. También comenta que en esta Sesión no se va a tratar dicha normativa de evaluación, que ya protagonizó buena parte del debate en la anterior y se tratará en otra posterior. Toma la palabra la Sra. Subdirectora de Ordenación Académica, Irene Montero, para relatar detenidamente el proceso que regula esta normativa. Se abre un primer turno de intervenciones en el que solicitan la palabra la profesora Pilar Suárez y los profesores José Luis Herrero, Manuel Calderón y Juan Antonio Álvarez. Pilar Suárez plantea varias dudas: la primera de ellas hace referencia a los periodos de revisión de calificaciones que deben llevarse a cabo, distinguiendo entre calificaciones provisionales de pruebas a lo largo del curso y revisión de calificaciones finales provisionales. Por otro lado, considera que el nuevo procedimiento mejora al anterior, es más sensato y ágil, pero pregunta si no sería conveniente que en la información facilitada por el profesorado se incluya todo el

horario de revisión de las calificaciones finales provisionales, y no sólo el primer día en que comienza la revisión. Finalmente, recomienda que en la normativa se especifique claramente que el plazo de revisión comienza 48 horas después de la publicación. José Luis Herrero plantea como duda si se debe rellenar más de una vez el formulario en el caso de que un mismo profesor publique las calificaciones de más de un grupo de actividad de una misma asignatura. Manuel Calderón mantenía una duda similar a la anterior. Juan Antonio Álvarez presenta dos dudas, acerca de los plazos mínimos de revisión y cómo afecta todo esto a los plazos de cierre y firma de actas que marca la normativa de evaluación. La Sra. Subdirectora de Ordenación Académica responde a las preguntas suscitadas. En este sentido, deja claro que no es necesario rellenar dos veces el formulario si se publican las calificaciones de más de un grupo de actividad, pues la plantilla prevé estas situaciones y presenta respuestas posibles para acogerse a ello. Se abre un segundo turno de intervenciones, donde piden la palabra Pilar Suárez y los profesores Ángel Luis Ortiz y Carlos Galán. Ángel Luis Ortiz eleva una pregunta acerca de los horarios de revisión y entrega de actas, respondida a su vez por el Sr. Secretario. Carlos Galán pregunta acerca de la publicación de calificaciones de los grupos que se imparten en inglés. Pilar Suárez interviene para presentar sus dudas respecto a las diferencias entre calificaciones finales definitivas y actas, pues la normativa puede llevar a la confusión entre estos dos elementos. Toma la palabra el profesor Francisco Quintana para aclarar que hasta que un acta no se cierra no se puede hablar de una calificación definitiva, puesto que aún podría ser objeto de modificación. Por ello, es también necesaria la publicación de las actas. En este sentido, se entiende que el profesorado puede optar por publicar las actas ya cerradas como manera de hacer la publicación de calificaciones definitivas, de este modo podría ahorrarse una fase de publicación. La Sra. Subdirectora de Ordenación Académica toma la palabra al final de este turno para responder y aclarar las últimas dudas suscitadas. Tras ello, se pasa a votar la normativa, la cual se aprueba por unanimidad de los asistentes y, por tanto, entrará en vigor en esta convocatoria de enero 2017. 2) Modificación, si procede, de la normativa que regula el procedimiento de resolución de solicitudes de cambio de examen por coincidencia de fechas: El Sr. Director informa que los cambios introducidos en esta normativa son menores, fundamentalmente se han actualizado algunos aspectos, como la denominación correcta y actualizada de las fechas de las convocatorias y adaptación al nuevo calendario académico de la UEx. Tras ello, no se producen intervenciones, aprobándose por unanimidad de los asistentes.

3) Asuntos de trámite: No hay asuntos de trámite que tratar. No habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Director da por finalizada la Junta, siendo las 12:56 horas del día 18 de enero de 2017, de todo lo cual como Secretario doy fe. V B EL DIRECTOR, EL SECRETARIO ACADÉMICO, D. José Luis Canito Lobo. Víctor Valero Amaro.

ANEXO I: RELACIÓN DE MIEMBROS ASISTENTES A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE JUNTA DE ESCUELA DEL 18 DE ENERO DE 2017 MIEMBROS NATOS D. José Luis Canito Lobo Dª Irene Montero Puertas D. Víctor Valero Amaro D. Manuel Reino Flores Dª María Teresa Miranda García-Cuevas Dª María Gracia Cárdenas Soriano D. Jesús Martínez Corrales D. Francisco Duque Gruart Representantes de Departamentos D. José Luis Ausín Sánchez D. Lorenzo Calvo Blázquez D. José Sánchez González D. José Luis Herrero Agustín D. Sergio Rubio Lacoba (EX) D. Carlos A. Galán González D. Ricardo García González D. Rafael Lorente Moreno (EX) Dª Eva María Rodríguez Franco D. Fernando López Rodríguez D. Ángel Luis Pérez Rodríguez D. Gonzalo del Moral Arroyo MIEMBROS ELECTOS: Sector A D. Juan Antonio Álvarez Moreno D. Fermín Barrero González D. Manuel Calderón Godoy D. Antonio José Calderón Godoy D. Antonio Camacho Lesmes D. Inocente Cambero Rivero D. Carlos Cárdenas Soriano D. Diego Carmona Fernández (aparecen en azul) D. Juan Manuel Carrillo Calleja D. Ricardo Chacón García D. David de la Maya Retamar Dª María Ángeles Díaz Díez D. Juan Félix González González D. Miguel Ángel Jaramillo Morán D. Jesús Salvador Lozano Rogado D. Antonio Macías García D. José María Montanero Fernández D. Francisco Jesús Moral García D. Francisco Quintana Gragera D. Enrique Romero Cadaval (EX) D. Juan Ruíz Martínez D. Eduardo Sabio Rey Dª Pilar Suárez Marcelo MIEMBROS ELECTOS: Sector B D. José Ignacio Arranz Barriga Dª Eva González Romera Dª María Isabel Milanés Montero D. Francisco Zamora Polo D. Eduardo Cordero Pérez D. Alfonso Carlos Marcos Romero Dª Silvia Román Suero MIEMBROS ELECTOS: Sector C MIEMBROS ELECTOS: Sector D D. Antonio José Gallego Núñez D. José María Herrera Olivenza D. Alfredo Anselmo Gómez-Landero Pérez D. Francisco Picado Daza

ANEXO II: NORMATIVA DE PUBLICACIÓN DE CALIFICACIONES DE LA ESCUELA DE INGENIERÍAS INDUSTRIALES DE LA UEx

ESCUELA DE INGENIERÍAS INDUSTRIALES DIRECCIÓN Campus Universitario Avda. de Elvas, s/n Teléfono: +34 924 28 96 32 / 00 Fax: +34 924 28 96 01 E-mail: dircentinin@unex.es NORMATIVA PARA LA PUBLICACIÓN DE LAS CALIFICACIONES PROVISIONALES FINALES Y CALIFICACIONES DEFINITIVAS DE LAS ASIGNATURAS DE LA ESCUELA DE INGENIERÍAS INDUSTRIALES DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA (1) (1) Aprobada en sesión de Junta de Escuela del 18 de enero de 2017. 1. Exposición de motivos El 12 de diciembre de 2016 se publicó en el DOE la resolución de 25 de noviembre de 2016 de la Gerencia de la Universidad de Extremadura, en la que se modifica la normativa de evaluación de los resultados de aprendizaje y de las competencias adquiridas por el alumnado en las titulaciones oficiales de la Universidad de Extremadura. Esta modificación, que supone realmente la publicación de una nueva normativa, entró en vigor el 13 de diciembre de 2016. En relación a la publicación de las calificaciones provisionales finales, la nueva Normativa de Evaluación indica respectivamente en sus artículos 10.1 y 10.2 que El profesor de la asignatura deberá hacer públicas las calificaciones provisionales de cada prueba que se lleve a cabo a lo largo del curso. y que Tanto las calificaciones provisionales como las actas definitivas se publicarán en el campus virtual y, en su defecto, en los tablones de anuncios reservados al efecto. En las publicaciones de las calificaciones provisionales, deberán constar las calificaciones, el lugar, fecha y hora para la revisión de las pruebas correspondientes.. Además, el artículo 11.2 indica que La revisión de las calificaciones finales supone la posibilidad de los estudiantes de revisar todas las pruebas realizadas durante el curso, si no se ha dado opción de revisión previamente, y que hayan dado lugar a la calificación final. Esta revisión se realizará en dos días distintos, transcurridos al menos dos días hábiles desde su publicación. Los Centros arbitrarán los mecanismos que permitan autentificar la fecha de la publicación de las calificaciones provisionales. Por otro lado, en relación a la publicación de las calificaciones definitivas, el artículo 11.3 señala que Transcurrido el período de revisión, el profesor publicará las calificaciones definitivas en el campus virtual y, en su defecto, en los tablones de anuncios y asimismo el artículo 11.4 indica que el estudiante podrá recurrir ante la dirección del Centro en los cinco días siguientes a la publicación definitiva de las calificaciones.. 2. Objeto y ámbito de aplicación La presente normativa pretende el doble objetivo de regular lo establecido al respecto sobre publicación de calificación final provisional y calificación definitiva en la normativa de evaluación mencionada y de proporcionar un sistema de información que facilite al estudiante conocer de forma inmediata el momento en que dichas publicaciones se realizan. Así, esta normativa será de aplicación para la publicación tanto de la calificación provisional final como de la calificación definitiva de cada una de las asignaturas cuya docencia se imparta en la Escuela de Ingenierías Industriales, en cualquiera de las

ESCUELA DE INGENIERÍAS INDUSTRIALES DIRECCIÓN Campus Universitario Avda. de Elvas, s/n Teléfono: +34 924 28 96 32 / 00 Fax: +34 924 28 96 01 E-mail: dircentinin@unex.es convocatorias de evaluación final en las que la asignatura disponga de alumnos susceptibles de ser evaluados. 3. Procedimiento para la publicación de calificaciones provisionales finales y definitivas Se establece el siguiente mecanismo tanto para la publicación de las calificaciones provisionales finales como de las calificaciones definitivas: 1. El mismo día en que el profesor publique en el Campus Virtual y, en su defecto, en el tablón de anuncios reservado al efecto, la calificación provisional final o la calificación definitiva de la asignatura, rellenará el correspondiente FORMULARIO WEB proporcionado en acceso restringido a través de la Web de la EII, introduciendo la siguiente información: Asignatura, titulación, curso y semestre a la que corresponde la publicación. Correo electrónico y nombre del profesor que publica. Fecha de publicación de la calificación (provisional final o definitiva). Fecha del primer día de revisión que se habrá indicado en la publicación de la calificación (sólo para el caso de publicación de calificación provisional final). En el caso de asignaturas con más de un grupo de actividad, grupos de actividad a los que se refiere. En el caso de que adicionalmente se vaya a poner copia en el tablón, nº de Tablón de anuncios de la Escuela que se utilizará para la publicación. 2. Para que el alumno pueda disponer de la información, rellenado el formulario se actualizará, de forma automática e inmediata en la página web de la Escuela, el estado de la publicación de calificaciones (provisional o definitiva) de la asignatura correspondiente (y, en su caso, grupos de actividad). 3. A los efectos del cómputo del plazo que debe mediar entre la publicación de las calificaciones provisionales y el inicio de la fecha de revisión o el plazo de recurso en las calificaciones definitivas, se considerará como fecha de publicación la indicada en el formulario web (que debe coincidir con la fecha que el profesor haya hecho esta publicación de calificación). 4. Disposición derogatoria única Queda derogada la Normativa para la publicación de las calificaciones finales provisionales, aprobada en sesión de Junta de Escuela de 11 de diciembre de 2014. 5. Entrada en vigor Esta normativa entrará en vigor el día siguiente a su aprobación en Junta de Escuela.

ANEXO III: NORMATIVA QUE REGULA EL PROCESO DE RESOLUCIÓN DE SOLICITUDES DE CAMBIO DE EXAMEN POR COINCIDENCIA EN LA ESCUELA DE INGENIERÍAS INDUSTRIALES DE LA UEx

NORMATIVA PARA LA RESOLUCIÓN DE COINCIDENCIAS ENTRE EXÁMENES DE ESTUDIANTES MATRICULADOS EN LA ESCUELA DE INGENIERÍAS INDUSTRIALES (1) La presente normativa tiene como objetivo regular el procedimiento de resolución de coincidencias entre exámenes de asignaturas cuya docencia se imparta en la Escuela de Ingenierías Industriales. De esta forma, se desarrolla en la Escuela el artículo 6, apartado 7, de la normativa de evaluación de los resultados de aprendizaje y de las competencias adquiridas por el alumnado en las titulaciones oficiales de la Universidad de Extremadura (DOE 236 de 12 de diciembre de 2016). 1. Se entiende que dos exámenes son coincidentes siempre que estén programados en el mismo día y turno. 2. Las resoluciones que trata esta normativa se refieren a las coincidencias entre asignaturas cuya docencia se imparta en la Escuela de Ingenierías Industriales y podrán ser solicitadas por los estudiantes matriculados en ella. 3. Para los exámenes de las convocatorias de enero y junio, los estudiantes podrán presentar solicitud de resolución de coincidencias en el plazo de 7 días naturales. Ambos plazos comenzarán 30 días naturales antes del inicio de sendos periodos de exámenes y serán publicados en la página web de la Escuela al comienzo de cada curso académico. 4. Para los exámenes de la convocatoria de julio, los estudiantes presentarán una solicitud de resolución por cada fecha en la que le coincidan dos o más exámenes en el mismo turno. Estas solicitudes se podrán presentar desde el momento en que se hagan públicas las calificaciones definitivas de la convocatoria de junio de todas las asignaturas implicadas en la coincidencia de exámenes a resolver y hasta 10 días naturales antes de la fecha de dicha coincidencia. 5. Es responsabilidad de los estudiantes solicitar la resolución de coincidencias de exámenes. Cualquier solicitud realizada fuera de plazo no será, por tanto, tenida en cuenta. 6. Las solicitudes se formalizarán mediante instancia (Anexo I) dirigida al Director del Centro y presentada en el registro de la Secretaría del Centro o mediante el procedimiento telemático que se establezca. 7. Las fechas de los exámenes de la convocatoria de noviembre son programadas a partir de las solicitudes correspondientes. Por ello, será responsabilidad de la Subdirección encargada el que no existan coincidencias en dicha convocatoria. 8. La resolución será dictada por la Subdirección encargada, y será publicada al menos en el tablón de anuncios de la Secretaría y en la página web del Centro para información de estudiantes y profesores. 9. Contra la resolución se podrán presentar alegaciones mediante instancia dirigida al Director del Centro y presentada en el registro de la Secretaría del Centro. 10. Para la resolución de las coincidencias se aplicarán los siguientes criterios: a. En primer lugar, se modificará el turno o día de los exámenes que provoquen una menor alteración sobre el calendario de exámenes aprobado por Junta de Escuela. b. En segundo lugar, se modificará el turno o día de los exámenes de asignaturas con un código mayor, si el año de inicio del curso académico es par, o menor, si es impar. 11. Sin perjuicio de lo anterior, será responsabilidad de la Subdirección encargada la resolución de la coincidencia. (1) Aprobada en sesión de Junta de Escuela del 18 de enero de 2017.

ANEXO I: SOLICITUD DE RESOLUCIÓN DE COINCIDENCIA DE EXÁMENES (Este documento debe tener registro de entrada en la Secretaría de la Escuela dentro del plazo estipulado en la normativa) DATOS PERSONALES Primer Apellido Segundo Apellido Nombre D.N.I./Pasaporte Teléfono Correo-e INFORMACIÓN SOBRE LA CONVOCATORIA Titulaciones implicadas Convocatoria Curso 20 / EXÁMENES COINCIDENTES Fecha Hora Asignaturas (indicar en la misma casilla todas las asignaturas coincidentes en un mismo día y hora) FECHAS EN LAS QUE TIENE OTRO EXAMEN Fecha Hora Asignatura Badajoz, a de de 20 (firma) SR. DIRECTOR DE LA ESCUELA DE INGENIERÍAS INDUSTRIALES