SOLICITUD DE AYUDA Servicio de ESPECIAL Atención y Ayudas ERASMUS al Estudiante + JUNTA DE ANDALUCIA PARA EL FOMENTO Sección de DE Ayudas LA al MOVILIDAD Estudio INTERNACIONAL PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN BENEFICIARIOS DE PLAZA ERASMUS + EN EL CURSO 2017/2018. (Plazo de solicitud hasta el 20 de junio de 2017). APELLIDOS: NOMBRE: N.I.F: DOMICILIO FAMILIAR: CÓDIGO POSTAL: LOCALIDAD: PROVINCIA: TELÉFONO: E_MAIL: Nº DE CÓDIGO CUENTA CLIENTE DONDE DESEA PERCIBIR LA AYUDA (Acompañe sólo Fotocopia del CCC (IBAN- Código Cuenta Cliente), que le facilitará su Entidad Bancaria) ES BENEFICIARIO DE BECA DEL MINISTERIO EN EL CURSO 2016/2017. En caso afirmativo no es necesario que continúe cumplimentando la solicitud. SI NO DATOS FAMILIARES REFERIDOS A 2015 (miembros de la familia que residen en el mismo domicilio) NIF APELLIDOS Y NOMBRE PARENTESCO FECHA NACIMIENTO Solicitante Padre Madre Página 1 de 4
DOCUMENTACIÓN QUE ACOMPAÑA A LA PRESENTE SOLICITUD. OBLIGATORIO PARA TODOS LOS SOLICITANTES. Fotocopia del CCC (IBAN-Código Cuenta Cliente), que le facilitará su Entidad Bancaria. En este documento la citada 1.- entidad deberá hacer constar el/los nombres del/de los titular/es, ENTRE LOS QUE OBLIGATORIAMENTE DEBE FIGURAR EL SOLICITANTE DE LA BECA, así como los datos bancarios con 20 dígitos. 2.- Compromiso de Aceptación del Criterio de Aprovechamiento Académico para la percepción de la Ayuda Complementaria de la Junta de Andalucía para el Programa Erasmus. (Modelo que se adjunta a la solicitud). SÓLO PARA LOS QUE NO SON BENEFICIARIOS DE BECA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, EN EL CURSO ACADÉMICO 2016/2017 3.- Fotocopia del DNI del solicitante y de los restantes miembros de la unidad familiar, mayores de 14 años. En el caso de que formen parte de la unidad familiar menores de 14 años, fotocopia del libro de familia. 4.- Autorización a la Universidad de Jaén, firmada por el solicitante y todos los miembros de la unidad familiar, mayores de 14 años, para obtener sus datos económicos a través de Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y la Dirección General del Catastro.(Documento adjunto a esta solicitud). DEDUCCIONES DE LA RENTA FAMILIAR (opcionales) 5.- Titulo de Familiar Numerosa vigente a 31 de diciembre de 2015. 6.- Certificado de discapacidad del solicitante o hermanos, vigente a 31 de diciembre de 2015. 7.- Justificante de la matricula del curso actual, para los hermanos que realicen estudios universitarios fuera del domicilio familiar. 8.- Huérfano absoluto: Certificado de defunción de los padres o inscripción en el Registro Civil. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA ECONÓMICA Y/O FAMILIAR. (Relaciónese a continuación). 9.- 10.- 11.- Página 2 de 4
El solicitante DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: Vicerrectorado de Internacionalización a) Que acepta las bases de la convocatoria para la que solicitan la ayuda. b) Que todos los datos incorporados a la solicitud son veraces y que no existe ocultamiento de datos. c) Que autoriza a las administraciones educativas a obtener, en su caso, a través de otras administraciones correspondientes, los datos necesarios para determinar su rendimiento académico y los datos necesarios de renta y patrimonio familiar a efectos de esta convocatoria. d) Que queda enterado de que la inexactitud en las circunstancias declaradas dará lugar a la denegación o reintegro de la ayuda. Jaén a de de 2017 Fdo: Página 3 de 4
MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA RECABAR A TRAVÉS DE LAS ADMINISTRACIONES CORRESPONDIENTES, LOS DATOS NECESARIOS PARA DETERMINAR LA RENTA Y PATRIMONIO FAMILIAR A EFECTOS DE BECA. La/s persona/s abajo firmante/s autoriza/n a la Universidad de Jaén a solicitar a través de las Administraciones competentes los datos necesarios para determinar la renta y patrimonio familiar a efectos de beca, siendo beneficiario o posible beneficiario la persona que figura en el apartado A de la presente autorización. La presente autorización se otorga a los efectos del reconocimiento, seguimiento y control de la subvención y/o ayuda mencionada anteriormente, y en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 40/1988 de 9 de diciembre por la que se permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las AAPP para el desarrollo de sus funciones. INFORMACIÓN TRIBUTARIA AUTORIZADA: DATOS QUE POSEA LA AGENCIA TRIBUTARIA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS DEL EJERCICIO 2015, ASÍ COMO DATOS DE BIENES INMUEBLES RÚSTICOS O URBANOS QUE FIGUREN EN LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CATASTRO. A.- DATOS DEL SOLICITANTE DE LA AYUDA DETALLADA QUE OTORGA LA AUTORIZACIÓN APELLIDOS Y NOMBRE: NIF FIRMA B.- DATOS DE LOS RESTANTES MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR DEL SOLICITANTE DE LA AYUDA DETALLADA, QUE TAMBIÉN PRESTAN AUTORIZACIÓN (Únicamente mayores de 14 años). PARENTESCO CON NOMBRE Y APELLIDOS NIF FIRMA EL SOLICITANTE Jaén, a de de 2017 NOTA: La autorización concedida por cada firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido a la de la Universidad de Jaén. Página 4 de 4
COMPROMISO DE ACEPTACION DEL CRITERIO DE APROVECHAMIENTO ACADÉMICO PARA LA PERCEPCIÓN DE LA AYUDA COMPLEMENTARIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA EL PROGRAMA ERASMUS (*) APELLIDOS NOMBRE NIF TITULACIÓN UNIVERSIDAD DE DESTINO ESTUDIOS A REALIZAR CÓDIGO DURACIÓN (en meses) Conforme al acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 14 de mayo de 2013 (BOJA nº 95 de 17 de mayo de 2013) por el que se autorizan las aportaciones para el fomento de la movilidad académica europea en el marco del Programa Erasmus y al objeto de garantizar una adecuada aplicación de los fondos, el estudiante arriba mencionado ACEPTA VINCULAR LA PERCEPCIÓN DEL TOTAL DE LA AYUDA COMPLEMENTARIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA AL CUMPLIMIENTO DEL CRITERIO DE APROVECHAMIENTO según las siguientes condiciones generales: 1- Seguir el plan de estudios acordado previsto en el compromiso previo con el Coordinador Académico, pero que, en cualquier caso, debe dar origen a un informe de reconocimiento académico ajustado a los siguientes mínimos según la duración de la estancia para estudiantes de grado Estancia de 3 meses Mínimo de 6 créditos ECTS reconocidos Estancia de un cuatrimestre/semestre Mínimo de 9 créditos ECTS reconocidos Estancia de un curso completo Mínimo de 18 créditos ECTS reconocidos Los estudiantes de postgrado (máster y doctorado) acreditarán el aprovechamiento con un informe de evaluación positivo donde se explicite que el estudiante ha superado satisfactoriamente su periodo de postgrado, emitido por el/la tutor/a del estudiante en su estancia ESTUDIANTE 2.- Serán admisibles, exclusivamente a efectos de cumplimiento del criterio de aprovechamiento exigido por la Junta de Andalucía (sin que en ningún caso haya traslado al expediente académico del estudiante), aquellas actividades que, no figurando en el contrato académico y asociadas a la estancia, permitan la adquisición de habilidades y competencias (competencias lingüísticas y otras actividades culturales, sociales o de extensión universitaria) considerando el valor formativo conjunto de las actividades desarrolladas y siempre y cuando sea verificable su cómputo en número de créditos. El cómputo, a los efectos del cumplimiento del aprovechamiento, se realizará en función de la duración de la estancia en los siguientes términos: Estancia de 3 meses: Las actividades acreditadas computarán Máximo 1 crédito ECTS Estancia de un cuatrimestre/semestre: Las actividades acreditadas computarán Máximo 2 créditos ECTS Estancia de curso completo: Las actividades acreditadas computarán Máximo 3 créditos ECTS 3.- Si el estudiante, por causas justificadas, acortase el periodo de estancia previsto, deberá reintegrar a la Universidad la cantidad correspondiente a los meses no realizados, siempre y cuando haya superado los créditos mínimos para cada período según lo establecido en el apartado 1, y lo acredite con la correspondiente certificación oficial. En caso contrario el reintegro será de la totalidad. 4- El incumplimiento de las condiciones arriba indicadas conllevará el reintegro del total de la ayuda complementaria de la Junta de Andalucía. La no atención al requerimiento de pago realizado por la Universidad, supondrá la no incorporación al expediente académico del estudiante de los créditos superados en la institución de destino hasta tanto no se salde la deuda. Asimismo, podrá conducir en su caso a la apertura de un expediente, con la sanción a la que hubiera lugar de acuerdo con la normativa vigente. APELLIDOS/NOMBRE Fecha Firma (*) Los estudiantes, para el percibo de la ayuda complementaria de la Junta de Andalucía, deberán tener superados al menos 60 créditos antes de iniciar su estancia, en la titulación a través de la cual han accedido a la plaza.