I.05.DIL.RYH.04 INSTRUCTIVO PARA REGISTROS DE PRODUCTOS VETERINARIOS BIOLOGICOS

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Transcripción:

I.05.DIL.RYH.04 INSTRUCTIVO PARA REGISTROS DE I. Alcance Todos los productos veterinarios biológicos que deben ser registrados en el Departamento II. Requisitos Se debe presentar el dossier de registro según el Instructivo para presentación de dossier (Anexo 1) que incluye estos Documentos: 1. Formulario técnico ARMONIZADO: Original con timbre profesional y 3 copias impresas (1 de las copias es para la firma).- 2. Bibliografía internacional que avale las indicaciones de uso, dosis, etc. 3. Proyecto de etiqueta y folletos en español (Requisito etiqueta- Anexo 2) 4. Pruebas realizadas por la empresa sobre alguno de los lotes elaborados (Esterilidad, Inocuidad, Potencia, Eficacia, Otras.) 5. Prueba de Estabilidad por 3 lotes. 6. Certificado de origen de la cepa. Documentación que se debe agregar en productos importados: 1. Poder del Laboratorio fabricante para registrar y distribuir sus productos. 2. Habilitación del establecimiento elaborador por normas BPM (Buenas Prácticas de Manufactura). 3. Certificado de Registro o Libre Venta en el país de origen consularizado y legalizado que tenga no más de un año de otorgado. 4. Certificado o Informe Oficial de que las materias primas utilizadas están libres de B.S.E. III. Información relevante Este trámite se tiene que iniciar únicamente por vía web VII. Descripción del procedimiento 1. Debe entrar a la página web del MGAP (www.mgap.gub.uy) e ingresar a Trámites en línea. 2. Ingresar su usuario y contraseña para poder acceder al trámite Registro de Productos Veterinarios 3. Deberá llenar el formulario de acuerdo a como se indica en su instructivo. 4. Este formulario debe imprimirse para luego ser presentado en el Departamento de Control de Productos Veterinarios. Página 1 de 5

5. Los documentos requeridos se podrán adjuntar como archivo o presentarlos en el Departamento en forma papel. 6. Presentarse al Departamento para entregar el formulario con el timbre profesional y la documentación para ser chequeada. 7. Dicho registro deberá ser abonado ya sea en la Sección de contaduría cuando ingrese el documento o presentar el comprobante de pago del Banco República en la mesa de entrada del Departamento. 8. Dicha solicitud será evaluada en el Departamento lo cual será comunicado por vía correo electrónico cualquier observación realizada, si la hubiera. IV. Anexo Anexo 1 Instructivo presentación de dossier Anexo 2 Requisito etiqueta Por consultas por el presente trámite comuníquese al DILAVE por los siguientes medios: Mail: conprovet@mgap.gub.uy Teléfono: (+598) 2222 10 63 int 162 Página 2 de 5

Anexo 1 I.05.DIL.RYH.11 INSTRUCTIVO PRESENTACION DE DOSSIER V. Alcance Todos los dossiers presentados a registro y a renovación VI. Descripción del procedimiento El dossier debe contener los siguientes ítems recordando que el mismo debe estar foliado de adelante a atrás: 1. Presentar una nota dirigida a la Dra. Berta Chelle diciendo lo que solicita. Por ejemplo si se solicita un registro, una renovación, etc. 2. Formulario técnico : El utilizado es el de CAMEVET y de la siguiente manera original con timbre profesional y 2 copias sueltas que no deben ser foliadas 2.1 Cada numeral del Formulario Técnico debe tener contenido. Por favor poner el contenido en el numeral correspondiente. Si hay información anexa se pone en el numeral: ver anexo. 2.2 Si el contenido correspondiente a un numeral es mayor que una página A4, se debe poner un poco en el numeral y el resto como anexo, y en el numeral se pone ver anexo. Si el contenido del numeral es menor que una página debe ser escrito en el mismo formulario. 3. Certificados 3.1 En caso de productos importados Presentar certificado GMP del elaborado en origen vigente consularizado y legalizado o apostillado y con un año de vigencia 3.2 Presentar certificado de libre venta o de registro del producto con fórmula; debe coincidir esta fórmula con la fórmula del proyecto de etiqueta y la que aparece en el numeral 9 del Formulario de registro. El mismo debe ser consularizado y legalizado o apostillado y con un año de vigencia 4. Anexos: Se ordenan según el numeral al que pertenecen con banderitas a la cual se le pone el Nº correspondiente al numeral Por ejemplo en el numeral 15 Estudio de estabilidad se pone ver Anexo. En el estudio de estabilidad anexo se pone una banderita con el número 15. 5. Presentación de información 5.1 La Información del dossier que debe presentarse exclusivamente a través de BPM o en forma electrónica o sea que no debe presentarlo en papel Página 3 de 5

La bibliografía. Esta se archivará por bibliografía presentada. Por ejemplo si se presenta bibliografía para el numeral 22.1, el nombre del archivo será: 22.1 y el nombre correspondiente del trabajo. Si se presenta bibliografía para otro ítem se pone el Nº del ítem y el nombre del trabajo. 5.2 La siguiente información del dossier se debe presentar en papel o a través de BPM adjuntando los archivos: Los registros instrumentales del estudio de estabilidad, de la validación del método y de los estudios de residuos. Por ejemplo en el ítem 15 del formulario se pone la frase: El registro instrumental del estudio de estabilidad se entregó en papel o a través de BPM. El informe del estudio de estabilidad conteniendo la información requerida debe incluirse siempre en papel como anexo al numeral 15. Ver lo requerido en la página web. No es necesario presentar más el Formulario o Formato de estudio de estabilidad. Si se presentan los registros instrumentales en papel la Sección de Evaluación Química los devolverá a la empresa una vez evaluados. Si pasados 3 meses desde la comunicación de devolución la empresa no lo retira será destruido Las pruebas de eficacia, residuos u otras que avalen lo presentado en el dossier 6. Generalidades 6.1 No dividir el dossier en respaldo químico y respaldo veterinario; el dossier es una unidad 6.2 El registrante debe tener una copia en papel y en archivo electrónico de todo lo presentado. 6.3 El ancho de los biblioratos o carpetines, en lo posible, debe ser adecuado a la cantidad de páginas impresas presentadas. Recuerde que el espacio de archivos es escaso. Página 4 de 5

Anexo 2 REQUISITOS PARA ETIQUETA: 1. Los textos de las etiquetas, etiquetas folletos, envoltorios y folletos deberán ser acordes con lo aprobado en su registro y deberá incluir la siguiente información: Nombre comercial Formula y/o composición de los principios activos declarados en su registro. Indicaciones de uso. Volumen, peso y/o contenido. Dosis por especie, forma de aplicación e instrucciones de uso. Deberá tener la leyenda Uso Veterinario. Advertencias, contraindicaciones y antídotos si existieran. Numero de registro y organismo otorgante. Numero de serie, lote o partida la cual deberá ser litografiada. Fecha de fabricación y vencimiento litografiada. Nombre y dirección del establecimiento fabricante, representante o importador cuando corresponda. Nombre y título de Responsable Técnico Condiciones de almacenamiento (Temperatura) Tiempos de esperas, cuando corresponda. Declaración de venta bajo receta profesional cuando corresponda (hormonales y psicofármacos) En los garrapaticidas se deberá incluir cada cuanto se deberá tratar en predios en erradicación contra Boophilus microplus según lo aprobado en su prueba oficial. 2. Las ampollas y pequeños envases cuando están acondicionadas aisladamente o agrupadas en cajas deberán indicar la denominación del producto, número de partida y fecha de vencimiento mientras que los demás datos exigidos en este artículo estarán en sus prospectos.- 3. Todo material impreso que contenga o acompañe al producto deberá estar en idioma español.- Elaborado por: Departamento de Control de Productos Veterinarios Fecha: 21/4/2014 Página 5 de 5