Gobierno de Chite REF.: Aprueba Prórroga de contrato de Suministro de Lentes ópticos, diferentes Dioptrías, suscrito entre el SSAS y doña Jacqueline Herrera Henríquez. - RESOLUCIÓN EXENTA N 4521 TEMUCO, A 7 JUL 2018 MMK VISTOS; estos antecedentes: 1.- Resolución Exenta N 1442, de fecha 19 de marzo de 2015, de la Dirección de! Servicio de Salud Araucanía Sur, aprueba las bases administrativas de ia Licitación Pública N 55-15, denominada "SUMINISTRO DE LENTES ÓPTICOS, DIFERENTES DIOPTRÍAS, PARA DSSAS". 2.- Constancia de haberse publicado la licitación en el portal www.mercadopublico.cl con el N 1175-64-LP15. 3.- Acta de Apertura Electrónica y acta de verificación de documentos ingresados de fecha 08 de abril de 2015; 4.- Resolución Exenta N 1813, de fecha 08 de abril de 2015, del Jefe del Departamento de Recursos Físicos (por delegación de facultades), que designa Comisión de Evaluación; 5.- Informe de Evaluación de fecha 09 de abril de 2015. 6.- Memorándum N 958, de fecha 09 de abril de 2015, del Jefe del Subdepto. de Abastecimiento al Jefe del Depto. de Asesoría Jurídica, mediante el cual se remite carpeta de antecedentes y se solicitar formalizar la adquisición correspondiente. 7.- Certificado de disponibilidad presupuestaria de fecha 27 de marzo de 2015, emitido por el Jefe del Depto. de Finanzas de! S.S.A.S. 8.- Certificado de inscripción en Chileproveedores. 9.- Resolución Exenta N 1846, de fecha 10 de abril de 2015, de la Dirección del Servicio que adjudicó la licitación N 55-15, denominada "SUMINISTRO DE LENTES ÓPTICOS, DIFERENTES DIOPTRÍAS, PARA DSSAS" a doña JACQUELINE JESSICA HERRERA HENRÍQUEZ, RUT N con domicilio en calle Manuel Montt N 747, Temuco. 10.- Certificado de obligaciones laborales y previsionales otorgado por la Dirección del Trabajo Folio N 0901/2015/4112 a nombre de JACQUELINE JESSICA HERRERA HENRIQUEZ, RUT N, que señala que no tiene obligaciones pendientes. 11.- Vale Vista N 003764-1, del Banco de Chile por $4.355.400.- tomada para garantizar buen cumplimiento de contrato y calidad en Licitación N 55/15 denominada "SUMINISTRO DE LENTES ÓPTICOS, DIFERENTES DIOPTRÍAS, PARA DSSAS" en favor del Servicio. 12.- Contrato de "SUMINISTRO DE LENTES ÓPTICOS, DIFERENTES DIOPTRÍAS, PARA DSSAS" de fecha 13 de abril de 2015 suscrito entre el Servicio de Salud Araucanía Sur y doña JACQUELINE JESSICA HERRERA HENRÍQUEZ, RUT N 13.- Resolución Exenta N 2014, de fecha 16 de abril de 2015, de la Dirección del Servicio, que aprueba contrato señalado en el visto anterior. 14.- Resolución Exenta N 4380 de fecha 31.08.2015 que modifica Resolución Exenta N 2014 de 16.04.2016.
15.- Ordinario N 109 de fecha 06.04.2016 de la subdirectora Médico (S) dirigido al Jefe del Depto. Jurídico de fecha 06.04.2016 solicitando dictar Resolución de Prórroga de contrato lentes ópticos diferentes dioptrías para beneficiarios del SSAS. 16.- Informe técnico de justificación prorroga convenio suministro de lentes ópticos diferentes dioptrías, para prestaciones mandatadas por municipios y DSSAS. 17.- Certificado de disponibilidad presupuestaria emitido por el Jefe del Depto. de Fianzas de fecha 05 de abril de 2016. 18.- Memorándum l\l 272 de fecha 21.04.2016 del Jefe del Depto. Jurídico a Director de Servicio solicitando pronunciamiento de prórroga lentes ópticos diferentes dioptrías para DSSAS. 19.- Ordinario N 239 de fecha 07.06.2016 del Subdirector Médico (T. y P.) del SSAS dirigido al Jefe del Depto. Jurídico SSAS. 20.- Prorroga de contrato suministro de lentes ópticos diferentes dioptrías, suscrito entre el SSAS y doña Jacqueline Herrera Henríquez de fecha 22,06.2016. CONSIDERANDO: 1.- Que, por Resolución Exenta N 1846, de fecha 10 de abril de 2015, de la Dirección del Sen/icio se adjudicó la licitación N 55-15, denominada "SUMINISTRO DE LENTES ÓPTICOS, DIFERENTES DIOPTRÍAS, PARA DSSAS" a doña JACQUELINE JESSICA HERRERA HENRÍQUEZ, RUT N con domicilio en calle Manuel Montt N 747, Temuco. 2.- Que por Resolución Exenta N 2014, de fecha 16 de abril de 2015, de la Dirección del Sen/icio, se aprueba contrato de propuesta N 55-15 SUMINISTRO DE LENTES ÓPTICOS, DIFERENTES DIOPTRÍAS, PARA DSSAS" 3.- Que por Resolución Exenta N 4380 de fecha 31.08.2016 se modifica Resolución Exenta N 2014. 4.- Que, se solicitó por la subdirección Administrativa, prorroga de contrato hasta el 16 de Julio de 2016, esto en atención a que por una necesidad institucional se debe disminuir lista de espera GES y no GES que son prestaciones garantizadas por ley. 5.- Que se solicitó a director de Servicio pronunciamiento de prórroga de esta propuesta, autorizándose la misma hasta el 16.07.2016. 6.- Que ambas partes firman minuta aceptando dicha prorroga TENIENDO PRESENTE, lo dispuesto en: 1.- DFL: N 1/05 del MINSAL que fija el texto refundido del D.L. 2763/79 que crea los Servicios de Salud 2.- D,S. 140/04 del M. de Salud que Reglamenta los Servicios de Salud. 3.- D.S. N 126/15 MINSAL. 4.- Ley N 19.886 y D. S. N 250/2004, del M. de Hacienda, Reglamento de la Ley N 19.886.- 5.- Resolución 1600/2008 de Contraloría Gral. de la República; dicto la siguiente: RESOLUCION 1.- APRUEBASE LA PRÓRROGA suscrita entre el Sen/icio de Salud Araucanía Sur y doña Jacqueline Herrera Henríquez de fecha 22.06.2016. Dicha prorroga es del siguiente tenor: En Temuco a 22 de Junio del 2016, entre el SERVICIO DE SALUD ARAUCANÍA SUR, persona jurídica de derecho público, domiciliado en calle Prat N 969 Temuco, representado por su Director (T.y P.) Dr.
i ^ i t i u w ; i U U C I U I i u i. V U I M i v i v y»-'vi >u j r t w v t - u x i íl. v-.r\ i i L_I VI \L_I HENRIQUEZ, en adelante EL PRESTADOR CNI:. con domicilio en calle Manuel Montt N 747, piso 3, Temuco, se ha acordado suscribir la siguiente prórroga de Convenio: PRIMERO: Que, con fecha 16 de abril del 2015, se aprueba contrato de Licitación N 55-15, denominado "Suministro de lentes ópticos, diferentes dioptrías para DSSAS" mediante Resolución N 2024, posteriormente esta Resolución fue modificada según Resolución N 4380 de fecha 31 de agosto del 2015.- SEGUNDO: Que, conforme a la cláusula Tercera del referido instrumento, indica que la vigencia de! contrato es por doce meses, el cual será posible prorrogarlo, por razones fundada, hasta por igual periodo, en intervalo de tres meses, como mínimo, si el Servicio así lo requiere y el prestador está de acuerdo, y si existe disponibilidad financiera, previa solicitud formal emitida por el Departamento de Atención Primaria y Red Asistencia! de!a Subdirección Médica.- TERCERO: Que Doña Jacqueline Herrera Henríquez, Mediante oficio de fecha 15 de Marzo del 2016, solicita a! Servicio de Salud autorización de prórroga para el cumplimiento de la meta, inserta en la Licitación y Resolución de contrato respectivo, fundamentando en la cláusula TERCERA, de la Resolución N 2024 de fecha 16 de Abril e del 2015, ante la imposibilidad de dar cumplimiento a las prestaciones faltantes antes del 16 de abril del 2016.- CUARTO: Que, el Servicio, considerando la solicitud por parte de la entidad, a la necesidad institucional, a lo explicitado en las cláusulas TERCERA del convenio original, a la demanda existente, que es un compromiso presidencial, el de disminuir la alta lista de espera, NO GES, Y GES que son prestaciones garantizadas por ley, en plazo, oportunidad y acceso, por lo tanto no es posible su descontinuación, las partes han determinado extender en tres meses el plazo de la ejecución del contrato original y su modificatoria.- QUINTO: Que, por este acto las partes suscriben ampliar el plazo de ejecución del Contrato individualizado en la Cláusula PRIMERO, hasta el 16 de julio del 2016, obligándose la entidad a ejecutar las prestaciones en las mismas condiciones contratadas originalmente.- SEXTO: déjese expresamente establecido, que las condiciones esenciales a que se sujeta la presente prórroga, son las mismas establecidas en la Resolución N 2024, de fecha 16 de abril del 2015, y su modificatoria la N 4380 de fecha 31 de Agosto del 2015.- SEPTIMO: El gasto que origina esta prórroga es respaldada mediante Resolución N 6676 de fecha 29 de Diciembre del 2015 para el subtítulo 24 que prorroga los convenios mandatados año 2015, programa de Resolutividad y en Resolución de resguardo N 1673 del 18 de Marzo del 2016, Programa Resolutividad año 2016, estrategia UAPO, para el subtítulo 22.- OCTAVO: Para todos los efectos legales derivado del presente contrato las partes fijan domicilio en la ciudad de Temuco y se someten a la jurisdicción de sus tribunales de justicia.-
NOVENO: El presente convenio se firma en seis ejemplares, quedando dos en poder del proveedor, cuatro en poder del Servicio de Salud (Dpto. de Atención Primaria y Red Asistencial, Departamento de Finanzas, Departamento de Auditoria, Departamento Jurídico y Oficina de Partes). 2.-DÉJASE EXPRESAMENTE ESTABLECIDO, que las condiciones esenciales a que se sujeta la presente prórroga son las mismas establecidas en la Resolución Exenta N 2014, de fecha 16.04.2015, que aprueba contrato y Resolución Exenta N 4380 de fecha 31.08.2016. rectificada por Resolución Exenta N 1550, de fecha 27.03.2015, y la Resolución Exenta N 1712, de fecha 01.04.2015, todas de la Dirección de! Servicio de Salud Araucanía Sur, que adjudica licitación y aprueba contrato, respectivamente. 3.- DÉJASE ESTABLECIDO que el proveedor deberá canjear la garantía por buen cumplimiento de contrato entregada, cubriendo el nuevo período, la que deberá a su vez, cumplir con los mismas condiciones exigidas en cláusula décima del contrato. Dejase expresamente establecido que el Servicio no dará curso al pago de ninguna factura, si no se ha recibido la garantía señalada. 4.- NOTIFÍQUESE, la presente Resolución al proveedor, remitiéndole copia íntegra de la misma por carta certificada. Subdepto. de Abastecimiento Subdirección Médica Depto. de Finanzas Depto. de Asesoría Jurídica Archivo
PRORROGA CONTRATO SUMINISTRO DE LENTES OPTICOS, DIFEREn I ts DIOPTRIAS, SUSCRITO ENTRE EL SERVICIO DE SALUD ARAUCANIA SUR V 0 DOÑA JACQUELINE JESSICA HERRERA HENRIQUEZ MMK/FPH/DFM En Temuco a 22 de Junio del 2016, entre el SERVICIO DE SALUD ARAUCANÍA SUR, persona jurídica de derecho público, domiciliado en calle Prat N 969 Temuco, representado por su Director (T.y P.) Dr. MILTON MOYA KRAUSE, Médico Cirujano, domiciliado en calle Arturo Prat N 969 de Temuco, en adelante EL SERVICIO y Doña JACQUELINE JESSICA HERRERA HENRIQUEZ, en adelante EL PRESTADOR CNI:, con domicilio en calle Manuel Montt N 747, piso 3, Temuco, se ha acordado suscribir la siguiente prórroga de Convenio: PRIMERO: Que, con fecha 16 de abril del 2015, se aprueba contrato de Licitación N 55-15, denominado "Suministro de lentes ópticos, diferentes dioptrías para DSSAS" mediante Resolución N 2024, posteriormente esta Resolución fue modificada según Resolución N 4380 de fecha 31 de agosto del 2015.- TERCERO: Que Doña Jacqueline Herrera Henríquez, Mediante oficio de fecha 15 de Marzo del 2016, solicita al Servicio de Salud autorización de prórroga para el cumplimiento de la meta, inserta en la Licitación y Resolución de contrato respectivo, fundamentando en la cláusula TERCERA, de la Resolución N c 2024 de fecha 16 de Abril e del 2015, ante la imposibilidad de dar cumplimiento a las prestaciones faltantes antes del 16 de abril del QUINTO: Que, por este acto las partes suscriben ampliar el plazo de ejecución del Contrato individualizado en la Cláusula PRIMERO, hasta el 16 de julio del 2016, obligándose la entidad a ejecutar las prestaciones en las mismas condiciones contratadas originalmente.- 2016.- SEGUNDO: Que, conforme a la cláusula Tercera del referido instrumento, indica que la vigencia del contrato es por doce meses, el cual será posible prorrogarlo, por razones fundada, hasta por igual periodo, en intervalo de tres meses, como mínimo, si el Servicio así lo requiere y el prestador está de acuerdo, y si existe disponibilidad financiera, previa solicitud formal emitida por el Departamento de Atención Primaria y Red Asistencial de la Subdirección Médica.- CUARTO: Que, el Servicio, considerando la solicitud por parte de la entidad, a la necesidad institucional, a lo explicitado en las cláusulas TERCERA del convenio original, a la demanda existente, que es un compromiso presidencial, el de disminuir la alta lista de espera, NO GES, Y GES que son prestaciones garantizadas por ley, en plazo, oportunidad y acceso, por lo tanto no es posible su descontinuación, las partes han determinado extender en tres meses el plazo de la ejecución del contrato original y su modificatoria.-
SEXTO; déjese expresamente establecido, que las condiciones esenciales a que se '"--'-ta la presente prórroga, son las mismas establecidas en la Resolución N 2024, de ja 16 de abril del 2015, y su modificatoria la N 4380 de fecha 31 de Agosto del 2015,- SEPTIMO: El gasto que origina esta prórroga es respaldada mediante Resolución N 6676 de fecha 29 de Diciembre del 2015 para el subtítulo 24 que prorroga los convenios mandatados año 2015, programa de Resolutlvidad y en Resolución de resguardo N 1673 del 18 de Marzo del 2016, Programa Resolutividad año 2016, estrategia UAPO, para el subtítulo 22.- OCTAVO: Para todos los efectos legales derivado del presente contrato las partes fijan domicilio en la ciudad de Temuco y se someten a' la jurisdicción de sus tribunales de justicia.- NOVENO: El presente convenio se firma en seis ejemplares, quedando dos en poder de! proveedor, cuatro en poder de! Servicio de Salud (Dpto. de Atención Primaria y Red Asistencial, Departamento de Finanzas, Departamento de Auditoria, Departamento Jurídico y Oficina de Partes). JACQUELINE L ŒAUSE (T. V P.) LUD ARÁUCANÍA SUR AUTORIZO ÚNICAMENTE LA FIRMA DE DOÑA JACQUELINE JESSICA HERRERA HENRÍQUEZ, C.N.I. N *. TEMUCO 29 DE JUNIO DE 2016.- Jase.- AS Ü^J^Sroj SUALTO B MUCO