ALEGACIONES DEL SISEJ AL PROGRAMA PARA LAS PRUEBAS SELECTIVAS DE ACCESO AL CUERPO DE LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 1.- CUESTIÓN PREVIA Como cuestión previa, en el SISEJ consideramos que el modelo de pruebas de acceso al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia debe fundamentarse en dos premisas: 1.- El sistema de acceso debe dejar de estar basado en criterios exclusivamente memorísticos, que no garantizan un conocimiento razonado de la materia, para integrarlo mediante pruebas selectivas transparentes, objetivas y dotadas de posibilidades efectivas de impugnación, incluyendo mecanismos de grabación audiovisual de los ejercicios orales si existen y como ocurre en otras administraciones. 2.- La formación inicial debe tender a reducir al mínimo la fase presencial y aumentar la fase práctica, las actividades por vía telemática, y la descentralización; asimismo, debe aumentarse la formación en herramientas informáticas jurídicas, derechos colectivos y sociales de los Letrados y formación voluntaria en idiomas cooficiales del Estado y derecho propio de los territorios que los tengan. En todo caso, debe ser objeto de evaluación y tender a la excelencia de los Letrados de nuevo acceso. Pese a que la Orden que convoca el proceso selectivo incluye en ambos turnos 1
de acceso la superación de un curso teórico práctico de carácter en el Centro de Estudios Jurídicos (Base 2 de la Orden JUS/2890/2015, de 23 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia), el programa del que se nos da traslado para alegaciones no cambia el esquema tradicional y sólo hace referencia a los ejercicios teóricos. Consideramos que esa separación ahonda en la consideración de que la oposición es sólo la parte teórica y resta importancia a la práctica, y reclamamos tanto la elaboración de un único programa para todo el proceso selectivo como la potenciación de la fase teórico-práctica. 2.- PROGRAMA DE PROMOCIÓN INTERNA Los cambios en el programa de promoción interna son más de estructura y enunciado que de contenido. Quizá lo más llamativo sea la desaparición de la parte referida a la teoría General del Derecho del primer ejercicio, alguno de cuyos temas se introducen en el apartado referido al derecho civil. Se introducen también importantes cambios en los apartados de derecho administrativo, trabajo y derecho mercantil, fundamentalmente para adaptarlos a la nueva normativa. Primer ejercicio I Derecho Comunitario Consideramos que debería incluirse, como en el turno libre, Derecho Constitucional (al menos los tres primeros temas, y en todo caso, el relativo a Derechos Fundamentales y el relativo a discriminación de género). Por mucho que los aspirantes provengan del Cuerpo de Gestión Procesal, consideramos necesario hacer hincapié en ambas materias como pilares de la convivencia en nuestro país y teniendo en cuenta, respecto de la discriminación de género, las implicaciones procesales de este tema. II Organización y estructura de la Administración de Justicia 2
Debería incluir el tema 5 del turno libre: la Carta de los Derechos del Ciudadano, que no debería omitirse de ningún temario para acceso a la función pública, al margen de la vía de que se trate. III Derecho Penal Consideramos injustificadamente extenso el bloque de Derecho Penal, idéntico al del turno libre y que recoge con amplitud Derecho Penal general y especial. En concreto, y respecto de éste último, entendemos que el conocimiento en profundidad de dicho temario es más propio de otros Cuerpos y no se corresponde con las funciones de los Letrados de la Administración de Justicia en los órganos de la jurisdicción penal. Por ello proponemos una drástica reducción esta parte, y la inclusión del temario correspondiente a Derecho Procesal Penal. IV Derecho Mercantil. Consideramos injustificado un bloque de dieciocho temas de Derecho Mercantil que no incluya ni siquiera una referencia a la Ley Concursal. Proponemos la reducción de los temas previstos en este bloque y la imprescindible inclusión de temario relativo al concurso. V y VI. Derecho Administrativo; Derecho del Trabajo y Seguridad Social Deberían incluir temario de derecho procesal administrativo y laboral. Como en el caso del Derecho Procesal Penal, desconocemos los motivos por los que el derecho procesal de estas jurisdicciones queda excluido del temario de acceso a puestos especializados en Derecho Procesal, mientras que sí se incluye, por ejemplo, el procedimiento administrativo. Por último, no compartimos la exclusión de la parte del temario relativa al Registro Civil, siendo que la disposición adicional segunda de la Ley 20/2011 prevé que los Letrados de la Administración de Justicia (Secretarios Judiciales) puedan ser encargados de Registro Civil. Siendo conscientes de que la entrada en vigor de dicha norma fue suspendida y no está prevista hasta junio de 2017, dado que falta menos de un año para su entrada en vigor sin que conste oficialmente que la misma no se vaya a producir, consideramos que la parte 3
relativa al Registro Civil no debe excluirse del temario en ningún caso. Segundo ejercicio I Derecho Civil I Oficina judicial, estatuto del Letrado de la Administración de Justicia y Derecho Procesal Civil Nuevamente nos sorprende la poca atención que el temario de las pruebas de acceso a un Cuerpo de especialistas en Derecho Procesal presta al Derecho Procesal. En el caso del Derecho Procesal Civil, si bien no se ha suprimido, la reducción es drástica y lo limita a poco más de un tema. 3.- PROGRAMA DE TURNO LIBRE Primer ejercicio Derecho Constitucional y Comunitario; organización y estructura de la Administración de Justicia; Derecho Penal Derecho Mercantil Debería incluirse en el temario la Ley Concursal Derecho Administrativo y Procesal Contencioso-Administrativo; Derecho del Trabajo y Seguridad Social y Derecho Procesal Social; Registro Civil Segundo ejercicio Derecho Civil; Oficina judicial, estatuto del Letrado de la Administración de Justicia y Derecho Procesal Civil; Derecho Procesal Penal 4
4.- CONCLUSIONES Como conclusión, respecto del temario para el acceso por promoción interna, no nos mostramos de acuerdo con la nula importancia dada al derecho procesal. Si bien podría oponerse que al tratarse de promoción interna los aspirantes han acreditado ya conocimientos en la materia, lo cierto es que el programa para acceso al Cuerpo de Gestión no profundiza ni mucho menos en la materia procesal al nivel en que lo hace el temario de acceso para el turno libre. Además, el programa sí incluye un gran número de temas que no guardan relación directa con las competencias del Letrado de la Administración de Justicia. Por ello, consideramos que tales temas, sin eliminarse, podrían recogerse de manera más somera o refundirse de manera que se redujera su número, lo que permitiría la inclusión de temario relativo a Derecho Procesal. Por otra parte, y sin menoscabar la seguridad que proporciona a los aspirantes la estabilidad del modelo de acceso y del temario, al margen de las inevitables adaptaciones a las modificaciones normativas, consideramos necesario afrontar la reforma del sistema de acceso y del temario, en los términos y por las causas expuestos, de manera prudente pero ineludible. Octubre de 2016 Sindicato de Letrados de la Administración de Justicia (SISEJ) www.sisej.com 5