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Página: 2 de 76 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIOS DENOMINADO GESTIÓN INTEGRAL DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE USERA Cláusula 1: OBJETO El objeto del presente Pliego es regular las condiciones técnicas a las que ha de sujetarse la prestación de los servicios complementarios que resultan necesarios para el normal funcionamiento de las actividades que se desarrollen en los equipamientos adscritos al Distrito. Con arreglo al presente Pliego se denominan servicios complementarios todos aquellos, distintos de la actividad principal a la que se destinan los equipamientos municipales del Distrito, y que coadyuvan a su normal funcionamiento en condiciones de seguridad, salubridad y confort. Estos servicios complementarios son los que se relacionan a continuación y su régimen específico se encuentra regulado en los correspondientes Anexos de este Pliego que forman parte inseparable del mismo. Se denomina gestión integral de los servicios complementarios a la actividad consistente en la puesta a disposición, a favor de un único adjudicatario, de la gestión de la totalidad de los servicios complementarios vinculados a un mismo equipamiento o grupo de equipamientos. En el presente Pliego se identifica el equipamiento o grupo de equipamientos en los que, de manera integral, se prestarán conjuntamente la totalidad de los servicios complementarios necesarios para su buen funcionamiento. Los equipamientos que constituyen el objeto de este contrato y los servicios que precisan se relacionan en el Anexo I de este Pliego, y la relación de personal a subrogar por el adjudicatario se incluye en el Anexo IV. Por su parte, las condiciones técnicas específicas aplicables a cada uno de los servicios se recogen en los correspondientes Anexos II y III del siguiente modo: ANEXO I ANEXO II ANEXO III ANEXO IV Cláusula 2: CONDICIONES TÉCNICAS Relación de equipamientos objeto del contrato Mantenimiento General Limpieza, Servicio Auxiliar de Información, Atención al Público y Control de Entradas y Suministro y Reposición de Recipientes Higiénicos Sanitarios en dependencias municipales. Relación de personal adscrito a los diferentes servicios y sujeto a subrogación por el adjudicatario. En el desarrollo de las prestaciones derivadas del objeto de la presente licitación, será de obligado cumplimiento toda la normativa técnica vigente, de seguridad e higiene, laboral y ambiental, así como toda la que pueda ser de aplicación por las características de las dotaciones y equipamientos a que se destinan los edificios. Las condiciones técnicas específicas aplicables a cada uno de los servicios se recogen en los correspondientes anexos II y III. 2 de 76

Página: 3 de 76 Cláusula 3: MODIFICACIÓN DEL CONTRATO La modificación del contrato no podrá realizarse con el fin de adicionar prestaciones complementarias a las inicialmente contratadas, cumplir finalidades nuevas o incorporar una prestación susceptible de utilización o aprovechamiento independiente. El contrato es susceptible de modificación, tanto a la baja como al alza, por la variación de la superficie total (en m2) objeto del contrato (edificios, colegios e instalaciones deportivas) producida por los supuestos y con el alcance que se indica a continuación: o Cambios de adscripción de dependencias. o Cambio de uso de un equipamiento. o Cese de la actividad de una dependencia que no requiera de mantenimiento. o La contratación de servicios energéticos o de mejora de la eficiencia energética de centros de consumo de propiedad municipal que formen parte del objeto del contrato y que hayan sido incluidos en un plan de ahorro o eficiencia energética. o Podrá dar lugar a la modificación del contrato la incorporación de las instalaciones deportivas municipales (que se relacionan en el Anexo I del Pliego de Prescripciones Técnicas) a un proyecto de servicios energéticos o de mejora de la eficiencia energética promovidos por el Ayuntamiento de Madrid. En el caso de que se llevase a cabo su contratación mediante un contrato de suministros y servicios energéticos y en el momento de la adjudicación del mismo, las prestaciones de mantenimiento vinculadas al ahorro y eficiencia energética correspondientes a los centros afectados y que aparecen definidas en el Anexo II al citado Pliego serían realizadas por el nuevo contratista adjudicatario, quedando excluidas por tanto del presente contrato de gestión de servicios integrados y complementarios de los Distritos, dando lugar a la correspondiente minoración y por un importe que deberá guardar relación de proporcionalidad respecto a la superficie y prestación afectada. o Cese del mantenimiento por destinarse una dependencia a gestión mediante concesión. La variación del número de equipos de una instalación o la incorporación, o supresión, de instalaciones técnicas en las dependencias incluidas en el objeto del contrato, no modifican su superficie y por tanto no será objeto de modificación del contrato. La Administración adoptará el correspondiente acuerdo que deberá contar con los informes preceptivos, a la vista de las consideraciones o alegaciones que en su caso formule el contratista. La modificación del contrato deberá formalizarse por escrito. 3 de 76

Página: 4 de 76 Cláusula 4: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 4.1 ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA DE LA EMPRESA. PLANIFICACIÓN. El contrato de gestión integral de los servicios complementarios implica que el adjudicatario se responsabiliza, por sí mismo y ante la Administración contratante, del cumplimiento íntegro y satisfactorio de la totalidad de las prestaciones objeto del contrato. Por ello los licitadores deberán disponer de la organización, medios técnicos, materiales y humanos suficientes que permitan acometer y realizar perfectamente la totalidad de los diferentes servicios que constituyen el objeto del contrato, respondiendo con su organización incluso de aquellos, que deban ser subcontratados. La organización y estructura empresarial serán por tanto coherentes y adaptadas a la naturaleza y características del objeto del contrato y de sus diferentes prestaciones. Para ello los licitadores aportarán en su oferta un Plan Operativo donde aparecer, con el mayor detalle posible, la planificación, gestión y administración de los diferentes servicios que constituyen el objeto del contrato, así como su funcionamiento en conjunto para el equipamiento o grupo de equipamientos. Este Plan tendrá el contenido siguiente: la organización que se pretende implantar, el organigrama de los puestos de trabajo y sus relaciones entre ellos, así como sus funciones, cometidos y responsabilidades, teniendo en cuenta las características de los diferentes equipamientos objeto del contrato (colegios y escuelas infantiles, instalaciones deportivas y edificios. 4.2 MEDIOS HUMANOS 4.2.1 Principios generales. El adjudicatario deberá contratar al personal que resulte preciso para atender el cumplimiento de sus obligaciones. En ningún caso existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución de este contrato por el adjudicatario y el Ayuntamiento de Madrid, por cuanto el personal queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria (artículo 43 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo). El adjudicatario será el único responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables con relación a su personal, en especial las referidas a contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y en materia tributaria. En cualquier caso, la empresa adjudicataria no podrá alegar como causa del retraso o imperfección de la ejecución de la prestación la insuficiencia de la plantilla. A los efectos previstos en los correspondientes Convenios colectivos sectoriales en relación con la subrogación del personal, se incluye como Anexo IV al pliego la relación de los trabajadores que en la actualidad se hallan prestando los servicios correspondientes en las dependencias objeto del presente contrato. En dicha relación se especificaran al menos los siguientes datos: Centro de trabajo. Categoría profesional. Antigüedad. Número de horas semanales que realiza el trabajador. Situación laboral. 4 de 76

Página: 5 de 76 4.2.2 Obligaciones formales. La contrata dispondrá de personal suficiente para proceder de forma inmediata a las sustituciones que por ausencia, vacaciones, enfermedad u otras causas resulten precisas con objeto de que no se interfiera en la prestación del servicio. En el supuesto de que la empresa adjudicataria considere oportuna la sustitución de su personal, deberá notificarlo al Distrito con una antelación mínima de cinco días naturales. Las sustituciones que tengan su causa en la cobertura de bajas por enfermedad u otros motivos de carácter imprevisible y que no hayan podido ser comunicadas en el plazo anteriormente fijado, serán notificadas al Distrito en el momento de la incorporación del sustituto. En dichas notificaciones se expresarán las circunstancias que obligan a la sustitución y los demás datos personales del trabajador que se incorpora. Las intervenciones del personal que se encuentren reguladas por normas o reglamentos, se realizarán por personal cualificado que cuente con los correspondientes permisos y acreditaciones oficiales exigidos por la normativa de aplicación. En su caso también se deben cumplimentar los libros o documentos oficiales correspondientes con las anotaciones y observaciones pertinentes. Todo el personal de la contrata adscrito al servicio deberá disponer de una tarjeta de identificación plastificada diferente a la tarjeta corporativa de los empleados municipales. Dicha identificación será expedida por la empresa y en ella se harán constar el nombre y apellidos del trabajador, el nombre y/o logo de la empresa a la que pertenece y la categoría profesional. Dicha tarjeta irá validada por el Distrito y por el representante del contratista ante el Ayuntamiento o responsable máximo. Todo el personal la llevará siempre visible en los lugares donde esté desarrollando su labor profesional. En cualquier caso deberá mostrar su tarjeta de identificación cuando le sea requerida por la persona encargada o responsable del edificio de que se trate. El personal de la contrata que preste sus servicios en cada uno de los centros municipales, deberá participar en las tareas de autoprotección que se le asignen, entre ellas formar parte de los diferentes equipos de emergencia, evacuación e intervención, para lo cual la contrata deberá facilitarle la formación adecuada. En el caso de que dicho personal sea el único con presencia física en el edificio, la empresa adjudicataria designará a un Jefe de Emergencias por edificio, para lo cual deberá facilitarle la formación adecuada. 4.2.3 Personal mínimo. El personal mínimo del que el adjudicatario deberá disponer para el cumplimiento del objeto del contrato será el siguiente, además del personal de oficios que sea necesario con la cualificación que sea exigible: Un Coordinador con titulación universitaria mínima Ingeniero o Arquitecto Técnico y con experiencia mínima de 4 años en gestión de equipamientos de las características de los que son objeto del contrato. Será el responsable de la buena gestión del contrato y el interlocutor con los responsables municipales del Distrito. Ejercerá las funciones de control, supervisión y gestión técnica de los recursos propios de la empresa adjudicataria. Coordinará al personal adscrito al equipamiento o subcontratado y redactará los informes necesarios para que el Distrito esté perfectamente informado del cumplimiento de las prescripciones establecidas en el presente Pliego. El Coordinador se reunirá como mínimo una vez al mes con el Responsable del contrato en el Distrito, o quién éste designe, para la supervisión del servicio, independientemente de 5 de 76

Página: 6 de 76 que la presencia del mismo podrá ser requerida en cualquier momento durante la ejecución del contrato. El Coordinador será sustituido con motivo de ausencia temporal por vacaciones, permisos o bajas Un técnico responsable dedicado en exclusiva al presente contrato con titulación técnica de grado medio o superior para el Anexo II. Un responsable dedicado en exclusiva al presente contrato para el Anexo III. Demás personal descrito en cada uno de los Anexos integrantes del presente Pliego de prescripciones técnicas y específico para la ejecución de las tareas relacionadas. Este personal, a su vez, estará apoyado técnica y profesionalmente por la organización y estructura de la empresa adjudicataria. El personal mínimo en plantilla deberá ser complementado en sus funciones con el personal de oficios que resulte necesario para la mejor ejecución del contrato, disponiéndose de tantos operarios como se estimen necesarios para la realización de las tareas especificadas en cada Anexo. En el caso de empleo de subcontratas, éstas cumplirán con lo preceptuado en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector público (RDL 3/2011, de 14 de noviembre). 4.2.4 Huelga. En el eventual supuesto de huelga legal de los trabajadores adscritos a los diferentes servicios, la empresa adjudicataria deberá informar a los responsables del Distrito sobre su desarrollo y servicios mínimos que se vayan a realizar. Una vez finalizada la huelga el adjudicatario deberá presentar un informe indicando cuáles son los servicios mínimos efectivamente realizados, el número de horas que, en su caso, se haya dejado de prestar y la dependencia en la que se haya producido el incumplimiento. Comprobada la defectuosa prestación del servicio se procederá a efectuar por el Distrito la correspondiente deducción en la factura del mes en que se haya producido aquélla teniendo en cuenta, a estos efectos, el porcentaje de participación del equipamiento en el coste total del precio del contrato. Dicha valoración se comunicará por escrito a la empresa afectada a fin de que proceda a efectuar tal deducción en la factura del mes que corresponda o, en su caso, en la del siguiente. 4.3 MEDIOS MATERIALES Además de los especificados en su caso en cada uno de los Anexos, el contratista dispondrá de cuantos medios materiales, técnicos, sistemas de comunicación y de cualquier otra índole resulten necesarios para garantizar el normal desempeño del servicio, así como de los instrumentos, herramientas y medios auxiliares precisos para el desarrollo de los trabajos objeto del contrato. El contratista deberá proveer a su personal de los uniformes y ropa de trabajo necesaria para el desempeño de las tareas en desarrollo del presente contrato. En dichas prendas deberá figurar claramente visible el logo y/o nombre de la empresa contratista. 6 de 76

Página: 7 de 76 Dispondrá de un vehículo de servicio a plena disposición del contrato para hacer visitas de inspección conjunta a requerimiento del Distrito. Todos estos medios serán utilizados por el personal propio de la empresa adjudicataria. No se podrán almacenar materiales, herramientas, maquinaria, equipos industriales, medios auxiliares, vestuario de trabajo, equipos de protección individual, elementos de señalización o elementos de protección colectiva en las dependencias objeto del contrato salvo que por circunstancias especiales que lo justifiquen, el responsable del Distrito diese su aprobación. Estas aprobaciones que tendrán siempre carácter transitorio, en ningún caso implicarán para el Distrito una responsabilidad relativa a la guarda y custodia de los artículos depositados en sus dependencias. Asimismo, el personal de la empresa adjudicataria se abstendrá de utilizar maquinaria, útiles, equipos, vehículos, instrumentos y demás material cuya titularidad corresponda al Ayuntamiento, debiendo valerse exclusivamente de aquellos medios que la empresa deba aportar en virtud del contrato suscrito. Sólo excepcionalmente y con autorización expresa de carácter transitorio por parte del Distrito, podrán existir medios materiales propiedad del Ayuntamiento puestos a disposición de la empresa contratista. El Distrito no será responsable de las sustracciones que el adjudicatario pudiera sufrir en sus medios técnicos y materiales durante la ejecución del contrato, pudiendo éste establecer a su cargo, si lo estima oportuno, un servicio de vigilancia. 4.4 CONSIDERACIONES AMBIENTALES En la ejecución del contrato se tendrán en cuenta los siguientes aspectos ambientales: a) La utilización de materiales reciclados. b) La maquinaria, herramientas y elementos auxiliares que utilice serán respetuosas con el medio ambiente y a igualdad de eficiencia, ahorro energético e inversión, primará la utilización de la que sea reciclable, de menor consumo energético, produzca menor emisión de ruidos y productos contaminantes, siempre por debajo de los límites marcados por la normativa vigente. c) Primará el uso de productos consumibles con Etiqueta Ecológica o certificación equivalente. d) El adjudicatario será responsable de la gestión y tratamiento de residuos, incluidos los de obras de demolición y construcción así como de los peligrosos y no peligrosos emanados de los trabajos. e) El adjudicatario deberá primar, para la entrega de la documentación escrita objeto del cumplimiento del contrato, el uso de papel reciclado certificado con el sello Angel Azul o equivalente, o bien el uso de papel procedente de bosques gestionados de manera sostenible, acreditado mediante certificados FSC, PEFC o equivalentes. En el caso de que se requiera papel blanco por motivos de presentación, también se priorizará la utilización de papel certificado conforme a las normas FSC, PEFC o normas de un sistema equivalente. f) La documentación requerida por el Distrito a presentar por parte de la adjudicataria se podrá presentar en formato electrónico con los requerimientos de compatibilidad que en cada caso se determinen. 7 de 76

Página: 8 de 76 4.5 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Será de exclusiva competencia y riesgo del adjudicatario todo lo referente a accidentes de trabajo, normas de seguridad en el mismo, de prevención y Seguridad Social, y de cuantas disposiciones sean de aplicación a los trabajos objeto de este contrato. El adjudicatario y todas las empresas que, por cuenta de éste, realicen trabajos en las dotaciones y equipamientos adscritos al contrato, deberán cumplir con cuantas disposiciones nacionales, autonómicas y locales, legales y administrativas estén en vigor durante la ejecución de los trabajos relativos a seguridad y salud en el trabajo. El cumplimiento de las normas de seguridad y de las recomendaciones dadas por el Ayuntamiento de Madrid y la aplicación de los estudios de seguridad que estos puedan establecer, serán responsabilidad del adjudicatario. De un modo particular, el adjudicatario se responsabilizará de la colocación de aquellos dispositivos de seguridad que deba instalar él o sus subcontratistas en los lugares de trabajo. Asimismo, velará porque el personal y el de sus subcontratistas utilicen las prendas y equipos de protección personal y colectiva reglamentarias. En el caso concreto de la protección contra incendios, el adjudicatario deberá atenerse a las disposiciones vigentes para la prevención y control de incendios y a las que se dicten por el Ayuntamiento de Madrid, adoptando las medidas necesarias para evitar que posibles manipulaciones en instalaciones eléctricas de carácter provisional y fijas o la utilización de disolventes o de limpieza etc., puedan provocar siniestros, de los que será responsable, así como de cuantos daños y perjuicios se produzcan por tal motivo. Sin que ello signifique disminución de la responsabilidad del adjudicatario, el Ayuntamiento de Madrid podrá inspeccionar en todo momento los trabajos y comprobar el cumplimiento y adecuación de las medidas de seguridad. Las repercusiones económicas que se derivan del cumplimiento de todo lo expresado anteriormente estarán incluidas en el precio del contrato y en ningún caso supondrá un costo extra para el Ayuntamiento de Madrid. Cláusula 5: SUMINISTROS DE AGUA Y ENERGÍA ELÉCTRICA El suministro de agua y energía eléctrica necesario para el desarrollo del contrato se realizará desde las instalaciones de titularidad municipal existentes en el equipamiento sin que sea exigible el abono de la energía y agua consumida por el contratista. Si para la realización de alguna actuación concreta derivada de los servicios objeto del contrato, las instalaciones existentes en el equipamiento no fueran adecuadas o suficientes, serán por cuenta del adjudicatario todos los trámites, gestiones, pagos y obras precisas para la obtención de los suministros necesarios para ejecutar tal actuación. Cláusula 6: OBRAS E INSTALACIONES ACTUALES El adjudicatario recibirá los equipamientos y los espacios libres de parcela, con sus servicios, obras e instalaciones, en las condiciones y estado en que se encuentren a la fecha de licitación. A este fin, los licitadores están obligados a conocer el estado de los mismos antes de redactar su oferta, para lo cual solicitarán del Distrito autorización a fin de poder acceder a los mismos. Esta autorización será emitida por el Gerente del Distrito sin que pueda suplirla el permiso del director/a de cada uno de los centros y se concederá siempre que no interfiera el normal funcionamiento de éstos. Si como consecuencia de mejoras u obras realizadas por el Ayuntamiento, por avances 8 de 76

Página: 9 de 76 tecnológicos, interés del contratista o por disposiciones legales se aprobara, recomendara u obligara la adopción de nuevos materiales, elementos o sistemas distintos de los existentes a la entrada en vigor del presente contrato, la empresa adjudicataria estará obligada a prestar en las dependencias objeto de este contrato el servicio requerido con arreglo a aquéllos, sin que la instalación de los nuevos materiales, elementos o sistemas dé lugar a la modificación del contrato, ni a la alteración del precio de adjudicación del mismo. Cláusula 7: RESPONSABLE DEL CONTRATO A efectos del seguimiento de la ejecución del contrato, el Responsable del contrato por parte de la Administración será el Gerente del Distrito o Unidad Administrativa que lo sustituya en caso de ausencia o reorganización municipal, que actuará como interlocutor con el adjudicatario. No obstante, para todas las actividades de seguimiento y control, dada la diversidad de prestaciones que contempla el contrato, el Responsable del contrato estará asistido por los servicios promotores del mismo: Como servicio promotor de carácter técnico para lo relativo a las actuaciones contenidas en el Anexo II Mantenimiento general, será un Responsable de Ejecución y Control del Distrito; y como servicio promotor de carácter administrativo en todo lo concerniente al Anexo III, Limpieza en dependencias e instalaciones, suministro y reposición de recipientes higiénicos sanitarios y servicio auxiliar de información, atención al público y control de entradas, serán la Jefa del Departamento de Servicios Sociales, de Educación y Unidad de Actividades Culturales. La Administración se reserva el derecho de exigir un cambio en el Coordinador designado por la empresa. El Responsable del contrato así como los servicios técnicos del Distrito podrán comprobar e inspeccionar el servicio realizado cuando lo consideren oportuno. En caso de incumplimiento de las estipulaciones establecidas en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas Particulares, se comunicará por escrito al adjudicatario haciendo constar la anomalía detectada. La empresa adjudicataria vendrá obligada a la corrección de las irregularidades o alteraciones que se produjesen en el servicio, so pena de imposición de las penalidades previstas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Asimismo, el Distrito podrá requerir, en el momento que lo considere necesario, la documentación relativa a sus obligaciones establecidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus Reglamentos de desarrollo. Cláusula 8: DOCUMENTACIÓN 8.1 Al inicio del contrato El adjudicatario, además de la documentación específica descrita para cada prestación en los correspondientes anexos, con carácter general presentará: Relación nominativa, durante los primeros 15 días desde la formalización del contrato, del personal adscrito a cada uno de los equipamientos objeto del contrato, agrupada según los diversos servicios previstos en cada Anexo, especificando su categoría profesional y demás condiciones relevantes. Dicha relación se mantendrá actualizada a 9 de 76

Página: 10 de 76 lo largo de la vigencia del contrato. 8.2.- Con carácter periódico Además de la documentación exigible que figura en los anexos, el adjudicatario presentará mensualmente: Informe suscrito por el Coordinador designado por el adjudicatario sobre el cumplimiento del contrato. Los informes se realizarán de manera independiente para cada uno de los servicios previstos en los Anexos. Documento con las medidas reales de los consumos semanales de energía y agua en cada uno de los equipamientos y dotaciones objeto del contrato (incluyendo contadores divisionarios o de reparto), que será entregado al gestor energético designado en el Distrito. Cláusula 9: AHORRO ENERGÉTICO El licitador presentará un Programa con medidas de ahorro energético en su oferta y en el plazo máximo de dos meses desde la firma del contrato, presentará ante el gestor energético designado en el Distrito, el cronograma para su implementación y desarrollo. Además de poner en práctica medidas de eficiencia energética en los equipamientos objeto del presente contrato, la empresa adjudicataria deberá garantizar en todo momento el conocimiento de los consumos energéticos generados en la prestación del servicio, sin coste para la Administración. Para ello tendrá en cuenta el Acuerdo de 2 de junio de 2010 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueban las medidas para la optimización energética en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, publicado en el BOAM Nº 6.198, de 7 de junio de 2010. Estas medidas podrán basarse en buenas prácticas de uso o en adaptar o mejorar las instalaciones de forma que se obtengan reducciones significativas en el consumo de energía o agua. Recogerán las condiciones de aplicación, medidas a implantar y forma de comprobar, controlar y realizar un seguimiento del ahorro en el consumo, diferenciando entre ahorros coyunturales o permanentes en cada uno de los equipamientos incluidos en el objeto del contrato. Las medidas que se tomen no pueden alterar la seguridad o disminuir significativamente la percepción del confort de los usuarios. Cláusula 10: NORMATIVA APLICABLE Con carácter general, se observará la normativa vigente de aplicación a todas las actuaciones que se lleven a cabo en el marco de este contrato y entre otras las siguientes: - Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Modificada por: L 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. 10 de 76

Página: 11 de 76 L 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. L 25/2009, de 22 de diciembre, de Modificación de Diversas Leyes para su Adaptación a la Ley. L 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas. - Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación Modificado por: RD 410/2010, de 31 de marzo, por el que se desarrollan los requisitos exigibles a las entidades de control de calidad de la edificación y a los laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación, para el ejercicio de su actividad. S TS (Sala 3ª), de 4 de mayo de 2010, por la que se declara la nulidad del artículo 2.7 del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, así como la definición del párrafo segundo de uso administrativo y la definición completa de uso pública concurrencia, contenidas en el documento SI del mencionado Código. L 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas. OM FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento Básico DB-HE Ahorro de Energía, del Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. - Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio) Modificado por: RD 238/2013, de 5 de abril, de 5 de abril, por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio. RD 249/2010, de 5 de marzo, por el que se adaptan determinadas disposiciones en materia de energía y minas a lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. RD 1826/2009, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio. - RD 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. 11 de 76

Página: 12 de 76 (Modificado por RD 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio). - RD 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. - Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos laborales, y reglamentos de desarrollo. - Ley 11/1994, de 19 de mayo, y Texto Refundido de la Ley del Estatuto de Trabajadores, aprobado por R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo y convenios laborales sectoriales. - Ley 2/2002 de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. - Ley 5/2003. de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid. - Ley 8/1993. de 22 de junio, de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas de la Comunidad de Madrid, y reglamento de desarrollo. - R.D. 1314/1997, de 1 de agosto, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores, y R.D. 57/2005 de 21 de enero de prescripciones para el incremento de la seguridad en ascensores, así como la Orden 3711/2007 de 11 de diciembre de la Comunidad de Madrid sobre inspección y corrección de deficiencias. - R.D. 865/2003 de 4 de julio, y Orden 1187/1998 de la Comunidad de Madrid sobre prevención y control de la legionelosis. - R.D. 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Equipamientos, y RD 1826/2009, de 27 de noviembre, de modificación de la IT.3 Ordenanzas: - Ordenanza reguladora de las condiciones higiénico-sanitarias y técnicas de los centros de cuidado y recreo infantil. Aprobada por Acuerdo Plenario de 30 de Julio de 1998. Ayuntamiento de Madrid. Área de Salud y Consumo. 12 de 76

Página: 13 de 76 o Protocolo de condiciones técnico-sanitarias para la instalación de los centros de cuidado y recreo infantil y escuelas infantiles. Decreto aprobado por la Delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda (13/01/10). - Ordenanza Reguladora de Protección de los Consumidores en Establecimientos donde se consumen Comidas y Bebidas. Aprobada por Acuerdo Plenario de 28 de febrero de 1990. B.O.C.M.: 02-ABR-1990. Modificado artículo 79, por Acuerdo Pleno de 30 enero 1992. BAM: (25-JUN-1992) núm.4978, pág. 1093. o Protocolo de condiciones técnico-sanitarias para la instalación de bares, cafeterías, restaurantes y similares. Decreto aprobado por la Delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda (13/01/10). - Condiciones higiénico-sanitarias, técnicas y de seguridad de las piscinas. B.O.C.M.: 23 de febrero de 1999. - Protocolo de condiciones técnico-sanitarias para la instalación seguridad de piscinas. - Condiciones urbanísticas de la instalación y funcionamiento de los elementos y equipos de telecomunicación. o Protocolo de instalación de equipos y sistemas de telecomunicaciones - Gestión y uso eficiente del agua en la ciudad de Madrid o Protocolo de gestión y uso eficiente del agua. Y demás normativa técnica aplicable. EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS TÉCNICOS Fdo.: Jose Luis Pamies López 13 de 76

Página: 14 de 76 ANEXO I RELACIÓN DE EQUIPAMIENTOS OBJETO DEL CONTRATO 14 de 76

Página: 15 de 76 GESTIÓN INTEGRAL DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE USERA COMPONENTES OBJETO DE CONTRATACIÓN I. MANTENIMIENTO Los metros cuadrados de los equipamientos se han obtenido del informe de titularidad correspondiente al conjunto de edificios demaniales y patrimoniales adscritos al distrito de Usera, recibido del Servicio Jurídico de Patrimonio del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública el 2 de abril de 2014, corregido puntualmente, en su caso, por medición de los Servicios Técnicos de este Distrito. Denominación Colegio Pùblico Ciudad de Jaén Centro de Educación Especial Joan Miró Colegio Público Gloria Fuertes Colegio Público Jorge Manrique Colegio Público Juan Sebastián Elcano Colegio Público Marcelo Usera Colegio Público Meseta de Orcasitas Colegio Público Nuestra Señora de la Fuencisla Colegio Público Pradolongo Colegio Público Puerto Rico Colegio Público República de Brasil Colegio Público República de Venezuela Escuela Municipal de Música Maestro Barbieri Escuela Infantil La Oliva Escuela Infantil La Cornisa Dirección Calle del Camino del Río s/n Avenida de los Poblados nº 183 Superficie construida (m2) Superficie libre de parcela (m2) Zonas verdes (m2) Nº Aparatos elevadores 9.324 9.739 1.620 3 4.911 7.227 1.293 1 Calle del Censo nº 3 4.121 7.481 910 1 Plaza del Pintor Lucas nº 17 Calle de Mirasiera nº 29 Calle de Perales de Tajuña nº 1 Calle de Camino Viejo de Villaverde nº 1 Calle de Tomelloso nº 40 Calle del Parque de la Paloma nº 9 Calle de Segura nº 74 Avenida de los Fueros nº 23 Calle de Cerecinos nº 8 Calle de Cestona nº 6 4.528 2.693 243 1 3.445 3.475 1.131 1 1.842 597 4 1 6.254 5.303 156 1 3.535 3.501 298 1 3.823 7.658 2.899 1 3.036 5.161 487 1 5.312 6.924 8 3 4.554 6.592 95 2 2.215 798 873 C/ Gainza Nº 46 1.234 1.132 428 Calle del Cristo de la Victoria nº 23 1.129 1.979 2.266 COLEGIOS 59.263 70.260 12.711 17 15 de 76

Página: 16 de 76 Denominación Dirección Superficie construida (m2) Superficie libre de parcela (m2) Zonas verdes (m2) Nº Aparatos elevadores Junta Municipal del Distrito de Usera Centro Integrado Loyola de Palacio Centro de Servicios Sociales San Filiberto Centro de Atención a la Infancia Zofío Centro de Mayores Zofío Centro de Mayores Evangelios Centro de Mayores José Manuel Bringas Centro de Mayores Arturo Pajuelo Centro de Mayores Orcasur Centro Cultural Cánovas del Castillo Centro Cultural Orcasur Centro Cultural Meseta de Orcasitas Centro Cultural Usera Aula II Centro Juvenil Usera Centro Cultural Usera Centro Cultural San Fermín Avenida Rafaela Ybarra nº 41 Calle de Silvina nº 16 Calle de San Filiberto nº 7 Calle de Ricardo Beltrán y Rózpide nº 31-33 Calle de Ricardo Beltrán y Rozpide nº 31-33 Calle de los Evangelios nº 42 Calle de la Unidad nº 1 6.075 2 2.991 600 1.068 2 1.765 206 462 1 538 808 2.695 1.174 1 502 1.603 826 573 1 Calle del Segura nº 3 1.118 1.419 61 Avenida de Orcasur nº 60 Antonio Salvador nº 21 1.719 654 1.211 2 1.119 2 Plaza del Pueblo nº 2 3.881 1 Plaza de la Asociación nº 1-3 Calle de Felipe Castro nº 30 Calle de la Cuesta nº 4 Avda. Rafaela Ybarra nº 49 Calle de la Estafeta nº 33 3.207 2 307 421 1 680 666 103 67 EDIFICIOS 27.766 4.616 6.137 15 16 de 76

Página: 17 de 76 Denominación Dirección Superficie construida (m2) Superficie libre de parcela (m2) Zonas verdes (m2) Nº Aparatos elevadores Centro Deportivo Municipal Orcasur Centro Deportivo Municipal Orcasitas Centro Deportivo Municipal San Fermín Centro Deportivo Municipal Moscardó Instalación Deportiva Básica Bolera de La Mancha Instalación Deportiva Básica Parque Pradolongo Instalación Deportiva Básica Frontón Orcasitas Instalación Deportiva Básica El Torero Instalación Deportiva Básica Plaza Vallandes Instalación Deportiva Básica Parque Meseta Instalación Deportiva Básica Cerro Blanco Instalación Deportiva Básica Club Deportivo Alzola Instalación Deportiva Básica Parque Calle Vado Instalación Deportiva Básica Matilde Gayo Calle de Moreja nº 3 Avenida de Rafaela Ybarra nº 52 Calle de la Estafeta c/v San Mario Calle de Andrés Arteaga s/n Calle de Tomelloso nº 21 Parque de Pradolongo Avenida de Rafaela Ybarra nº 103 Calle del Torero nº 10 c/v Antonio López Calle de Calesas nº 4 Ronda de las Cooperativas nº 6 Calle de Albardín nº 7 c/v Cerro Blanco nº 30 Calle de Segura nº 74 c/v Gainza nº 22 Calle de Antonio López nº 189 c/v Calle Vado Calle de Matilde Gayo nº 2 c/v Hermenegildo Bielsa 2.865 10.470 9.165 9.669 35.260 10.800 2 374 1.706 7.111 4.484 763 1.659 432 927 658 3.250 1.645 110 9.080 1.502 455 17 de 76

Página: 18 de 76 Denominación Dirección Superficie construida (m2) Superficie libre de parcela (m2) Zonas verdes (m2) Nº Aparatos elevadores Instalación Deportiva Básica Orcasur Instalación Deportiva Básica Parque Estafeta Instalación Deportiva Básica Plan Parcial Instalación Deportiva Básica P.A.R. Rafaela Ybarra Instalación Deportiva Básica Villabona Instalación Deportiva Básica Rancho del Cordobés Instalación Deportiva Básica Evangelios- Almendrales Instalación Deportiva Básica P.A.R. Manuel Noya Instalación Deportiva Básica Frontón de San Fermín Frontón San Fermín Instalación Deportiva Básica Albaicín Instalación Deportiva Básica Maracena Instalación Deportiva Básica Alerce Instalación Deportiva Básica Plaza de Sestao Instalación Deportiva Básica Parque de Olof Palme Avenida de Orcasur nº 53 Calle de la Estafeta nº 4 Calle del Plan Parcial nº 3 Avenida de Rafaela Ybarra nº 51 Calle de Villabona nº 4 Calle Eduardo Basrreiros nº 19 c/v Pinsapo Calle de los Evangelios nº 4 Calle de Manuel Noya s/n (junto al Puente de los Capuchinos) Calle Camino de Perales nº 136 Calle San Mario nº 16-18 Calle del Albaicín nº 19 Calle de Maracena c/v Calle de Moreja Calle del Alerce nº 31 (junto a M-40) Plaza de Sestao nº 1 Calle Cerecinos nº 4 5.920 3.272 2.090 585 680 1.094 1.155 395 720 587 940 800 1.359 240 520 18 de 76

Página: 19 de 76 Denominación Dirección Superficie construida (m2) Superficie libre de parcela (m2) Zonas verdes (m2) Instalación Deportiva Básica Oyarzun Instalación Deportiva Básica Jaizquibel Instalación Deportiva Circuito bici-trial POLIDEPORTIVOS E INSTALACIONES DEPORTIVAS Plaza de Oyarzun nº 1 183 Plaza de Jaizquibel 129 Calle Talbot nº 10 4.972 17.502 93.448 27.076 2 19 de 76

Página: 20 de 76 GESTIÓN INTEGRAL DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE USERA COMPONENTES OBJETO DE CONTRATACIÓN II. LIMPIEZA (HORAS REQUERIDAS POR CENTRO) Denominación Colegio Pùblico Ciudad de Jaén Centro de Educación Especial Joan Miró Colegio Público Gloria Fuertes Colegio Público Jorge Manrique Colegio Público Juan Sebastián Elcano Colegio Público Marcelo Usera Colegio Público Meseta de Orcasitas Colegio Público Nuestra Señora de la Fuencisla Colegio Público Pradolongo Colegio Público Puerto Rico Colegio Público República de Brasil Colegio Público República de Venezuela Dirección Calle del Camino del Río s/n Avenida de los Poblados nº 183 Calle del Censo nº 3 Plaza del Pintor Lucas nº 17 Calle de Mirasiera nº 29 Calle de Perales de Tajuña nº 1 Calle de Camino Viejo de Villaverde nº 1 Calle de Tomelloso nº 40 Calle del Parque de la Paloma nº 9 Calle de Segura nº 74 Avenida de los Fueros nº 34 Calle de Cerecinos nº 8 Superficie construida (m2) Superficie libre de parcela (m2) Horas personal de limpieza Encargado Especialista Cristalero Limpiador 9.324 9.739 475 8.733 4.911 7.227 440 5.164 4.121 7.481 440 4.132 4.528 2.693 475 4.789 3.445 3.475 410 4.038 1.842 597 410 3.568 6.254 5.303 475 6.103 3.535 3.501 410 3.568 3.823 7.658 410 4.319 3.036 5.161 410 3.568 5.312 6.924 475 6.103 4.554 6.592 440 5.728 COLEGIOS 5.270 59.813 20 de 76

Página: 21 de 76 Denominación Dirección Superficie construida (m2) Superficie libre de parcela (m2) Horas personal de limpieza Encargado Especialista Cristalero Limpiador Junta Municipal del Distrito de Usera Centro Integrado Loyola de Palacio Centro de Servicios Sociales San Filiberto Centro de Atención a la Infancia Zofío Centro de Mayores Zofío Avenida Rafaela Ybarra nº 41 Calle de Silvina nº 16 Calle de San Filiberto nº 7 Calle de Ricardo Beltrán y Rózpide nº 31-33 Calle de Ricardo Beltrán y Rozpide nº 31-33 6.075 200 4.741 2.991 600 200 3.686 1.765 206 100 2.845 538 808 180 2.371 1.174 152 1.725 Centro de Mayores Evangelios Calle de los Evangelios nº 42 502 152 1.034 Centro de Mayores José Manuel Bringas Calle de la Unidad nº 1 1.603 826 152 1.337 Centro de Mayores Arturo Pajuelo Calle del Segura nº 3 1.118 1.419 152 1.185 Centro de Mayores Orcasur Avenida de Orcasur nº 60 1.719 654 152 1.788 Centro Cultural Cánovas del Castillo Centro Cultural Orcasur Centro Cultural Meseta de Orcasitas Centro Cultural Usera Aula II Centro Juvenil Usera Centro Cultural Usera Centro Cultural San Fermín Antonio Salvador nº 21 Plaza del Pueblo nº 2 Plaza de la Asociación nº 1-3 Calle de Felipe Castro nº 30 Calle de la Cuesta nº 4 Avda. Rafaela Ybarra nº 49 Calle de la Estafeta nº 33 1.119 156 1.350 3.881 156 3.491 3.207 156 1.845 307 100 342 421 80 387 680 152 765 666 103 152 955 EDIFICIOS 2.392 29.847 21 de 76

Página: 22 de 76 GESTIÓN INTEGRAL DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE LOS EQUIPAMIENTOS ADSCRITOS AL DISTRITO DE USERA COMPONENTES OBJETO DE CONTRATACIÓN III SERVICIO AUXILIAR DE INFORMACION, ATENCION AL PÚBLICO Y CONTROL DE ENTRADAS. Centro Días Turno Número Horario Horas/dia Centro Integrado Loyola de Palacio Dias por semana Horas por semana Semanas por año Horas Totales por turno Lunes a viernes Tarde 1 15:00 a 21:00 6 5 30 52 1.560 Sábados y domingos Horas Totales por centro Mañana y tarde 1 08:00 a 20:00 12 2 24 52 1.248 2.808 Centro de Servicios Sociales San Filiberto Lunes a viernes Tarde 1 15:00 a 21:00 6 5 30 52 1.560 Sábados y domingos Mañana y tarde 1 10:00 a 20:00 10 2 20 52 1.040 2.600 Centro de Mayores Zofío Lunes a domingo Mañana 1 9:30 a 15:00 5,5 7 38,5 52 2.002 Tarde 1 15:00 a 20:30 5,5 7 38,5 52 2.002 4.004 Centro de Mayores Evangelios Lunes a domingo Mañana 1 09:30 a 15:00 5,5 7 38,5 52 2002 Tarde 1 15:00 a 20:30 5,5 7 38,5 52 2002 4.004 Centro de Mayores José Manuel Bringas Centro de Mayores Arturo Pajuelo Centro de Mayores Orcasur Centro Cultural Cánovas del Castillo Lunes a domingo Lunes a domingo Lunes a domingo Lunes a viernes Excepto mes de agosto que permanece cerrado. Mañana 1 09:30 a 15:00 5,5 7 38,5 52 2.002 Tarde 1 15:00 a 20:30 5,5 7 38,5 52 2.002 4.004 Mañana 1 09:30 a 15:00 5,5 7 38,5 52 2002 Tarde 1 15:00 a 20:30 5,5 7 38,5 52 2002 4.004 Mañana 1 09:30 a 15:00 5,5 7 38,5 52 2.002 Tarde 1 15:00 a 20:30 5,5 7 38,5 52 2.002 4.004 Mañana 1 09:00 a 15:00 6 5 30 48 1440 Tarde 1 15:00 a 21:00 6 5 30 48 1440 2.880 22 de 76

Página: 23 de 76 Edificio Días Turno Número Horario Horas/dia Dias por semana Horas por semana Semanas por año Horas Totales por turno Horas Totales por centro Centro Cultural Orcasur Centro Cultural Meseta de Orcasitas Lunes a viernes Lunes a viernes Excepto mes de agosto que permanece cerrado. Mañana 1 09:00 a 15:00 6 5 30 52 1.560 Tarde 1 15:00 a 21:00 6 5 30 52 1.560 3.120 Mañana 1 09:00 a 15:00 6 5 30 48 1.440 Tarde 1 15:00 a 21:00 6 5 30 48 1440 2.880 Lunes a viernes Centro Cultural Usera Aula II Excepto mes de agosto que permanece cerrado. Mañana 1 08:00 a 12:00 4 5 20 48 960 Tarde 1 15:00 a 22:00 7 5 35 48 1.680 2.640 Centro Juvenil Usera Lunes a viernes Tarde 1 09:00 a 15:00 6 5 30 48 1.440 Tarde 1 15:00 a 21:00 6 5 30 48 1.440 2.880 Centro Cultural Usera Centro Cultural San Fermín Martes y Miércoles Excepto periodo de 15 de junio a 30 de septiembre que permanece cerrado. Lunes a Jueves Lunes a viernes Mañana 1 09:30 a 13:30 4 2 8 38 304 Tarde 1 17:00 a 22:00 5 4 20 38 760 1.064 Excepto Mañana 1 09:00 a 15:00 6 5 30 48 1440 mes de agosto que permanece cerrado. Tarde 1 15:00 a 21:00 6 5 30 48 1440 2.880 TOTAL 43.772 23 de 76

Página: 24 de 76 ANEXO II MANTENIMIENTO GENERAL 24 de 76

Página: 25 de 76 ANEXO II MANTENIMIENTO GENERAL Cláusula II.1 OBJETO El objeto de este Anexo es regular las condiciones técnicas que han de regir las operaciones de mantenimiento técnico integral para la conservación de los Equipamientos adscritos al Distrito de USERA, sus edificios, espacios libres, instalaciones deportivas y sus instalaciones (aparatos elevadores, equipos de seguridad ) así como las zonas verdes comprendidas en su ámbito, con el fin de garantizar su conservación y óptimo rendimiento. También se incluyen los trabajos derivados de la organización de espacios que pudieran producirse. Por las características especiales que presenta la conservación de las zonas arboladas, ajardinadas o verdes de los equipamientos adscritos al Distrito, el adjudicatario cumplirá con las condiciones y prestaciones establecidas en el apartado II.9 del presente anexo. No se incluyen en este Anexo los trabajos en superficie ajardinada en los espacios libres de parcela de los edificios adscritos al Distrito ni los trabajos de arbolado, cuando se trate de zonas cuya superficie esté incluida en el contrato de zonas verdes, competencia del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Cláusula II.2 DESARROLLO DE LOS TRABAJOS Se entiende por mantenimiento el conjunto de trabajos de conservación preventiva y conservación correctiva necesarios para mantener a cada equipamiento, sus dependencias e instalaciones, en condiciones de uso durante su periodo de vida útil, optimizando el consumo energético, previniendo los posibles riesgos que puedan comprometer su seguridad y protegiendo su entorno de posibles agresiones. Todas estas tareas están dirigidas a conseguir una disminución en los gastos de reparación, reducción de la pérdida de valor del inmueble, así como el ahorro derivado de la correcta utilización de las instalaciones. El mantenimiento se aplicará a todas las edificaciones principales, secundarias, elementos constructivos así como a todos sus elementos accesorios. También se aplica a las instalaciones existentes en los equipamientos, en especial las que se relacionan a continuación y cuantas otras existan en el momento del inicio del contrato aunque no esté incluida en la siguiente relación: Instalaciones térmicas Torres de refrigeración y humectadores. Calefacción Equipos autónomos y fan-coils Instalaciones de refrigeración Instalación de extracción, ventilación y difusión 25 de 76

Página: 26 de 76 Eléctricas de baja tensión Agua fría y Agua caliente sanitaria Protección contra incendios Megafonía fija. Ascensores. Instalaciones de captación de energía solar y fotovoltaica Grupos electrógenos Marcadores y rótulos electrónicos Instalaciones de gas. Instalación de depuración y cloración de agua en piscinas (Incluye equipo, bombas, valvulería, conductos de ida y retorno, dosificadores, sondas, etc). Vasos de compensación en piscinas. Instalaciones de programación de riego y red de riego automático Instalaciones mecánicas y electromecánicas: Minicargas tales como: montaplatos, montalibros, etc. Cualquier tipo de plataformas elevadoras hidráulicas o eléctricas, por ejemplo: de cremallera, de tornillo o de tijera. Puertas motorizadas y barreras automáticas, en accesos de vehículos. Porteros automáticos videoporteros. Persianas motorizadas. Montasillas para escaleras de cualquier tipo. Puertas motorizadas para acceso de personas. Canastas motorizadas. Telones automáticos. Góndolas para limpieza de fachada acristaladas. Instalaciones especiales que comprende: grúas y sillas en piscinas y grúas eléctricas en piscinas. Instalaciones de seguridad: Sistemas de control de paquetería y correspondencia. Arcos detectores de metales. Sistemas de videovigilancia. Sistemas anti intrusión. Sistemas de control de accesos. Sistema de red de datos dedicada. Sistema de Gestión/ Centralización. 26 de 76

Página: 27 de 76 Exclusiones: Se excluyen los electrodomésticos con carácter general. En particular, los que compongan el equipamiento de las cocinas de los colegios, así como cualquier instalación que no se encuentre comprendida dentro de las instalaciones fijas que forman parte de la edificación. Se excluirán también, los electrodomésticos de cocinas, bares y peluquerías ubicadas en centros y polideportivos cuando su mantenimiento venga recogido en el correspondiente contrato de concesión, así como las instalaciones de megafonía y luminotecnia de centros que no sean instalaciones fijas de la edificación o estén incluidas en otros contratos gestionados por otros servicios. Operaciones de mantenimiento que no se prestarán en este contrato en los Colegios Ciudad de Jaén y Marcelo Usera, al estar incluidos en el Contrato de Suministros, Servicios Energéticos y Mantenimiento: - Instalación de torres de refrigeración, máquinas frigoríficas, calderas y humectadores (320 actuaciones). - Instalación de equipos autónomos y fan-coils (145 actuaciones). - Instalación de grupos de presión y bombeo (87 actuaciones). - Instalación de extractores, ventiladores y difusores (94 actuaciones). - Instalación de alumbrado (167 actuaciones). - Instalación de agua fría y agua caliente sanitaria (53 actuaciones). En total son 866 operaciones las que han de ser extraídas. Respecto a los elementos constructivos, en el Pliego de Prescripciones Técnicas de este contrato se establecen cuáles son las tareas que hay que realizar en los elementos constructivos del edifico a mantener. Se establece un número de 26 tareas que, aunque son muy diferentes entre ellas en cuanto a operarios, tiempo y materiales, no es posible determinar, con los datos contenidos en el contrato, el precio que se asigna a cada una de ellas, por lo que es necesario aplicar un coste por igual a todas ellas y extraer el porcentaje correspondiente a aquellas tareas que dejan de realizarse como consecuencia de la modificación del contrato. Las tareas que corresponde extraer para la modificación del contrato son las siguientes: Reposiciones de barras antipánico, muelles recuperadores, retenedores de puertas de compartimentación, manillas, pomos o cualquier elemento de cierre sea cual sea el origen de su deterioro. Reposición de cerraduras de taquillas o armarios siempre que sean de obra y estén integrados en la edificación, no así si son elementos muebles de carpintería exterior. Mecanismos de accionamiento de todo tipo de persianas y todos sus elementos, cintas, ejes, motores, cierres, así como la reposición de lamas hasta un 25% de superficie de las persianas por edificio/mes. Reparación de cercos y reparación y sustitución de tapajuntas, molduras, junquillos, rodapiés, guarda vivos y demás elementos de terminación de carpintería exterior. Mecanismos de fijación y orientación en celosías de lamas o paneles. 27 de 76