BASES DEL CONCURSO OFFICE 365 1. GENERALIDADES: 1.1. Mediante el presente documento (en adelante el Reglamento ), se estipulan los Términos y Condiciones del concurso Office 365 de Netlife; el cual está dirigido únicamente a suscriptores del producto Office 365 de Netlife. 1.2. Si los concursantes no se encuentran conformes con las condiciones establecidas en el Reglamento en su totalidad, no pueden y no deben participar en la actividad. 1.3. Los términos y condiciones para participar en esta Actividad están descritos así: 2. MECÁNICA DE LA ACTIVIDAD: La Promoción está sujeta a la siguiente mecánica: 1.1. Se enviarán dos correos electrónicos a todos los suscriptores del producto Office 365 de Netlife. El mismo los invitará a publicar uno o varios mensajes predeterminados en Twitter relacionados a los beneficios de esta herramienta.
1.2. Crearemos cuatro (4) publicaciones en Twitter y (4) en Facebook con información relativa al producto Office 365 de Netlife, esto como soporte al correo electrónico enviado, pero no como parte de la mecánica de participación. 1.3. Todos los suscriptores del producto Office 365 de Netlife que hayan enviado los mensajes predeterminados incluidos en el correo masivo a través Twitter y que incluyan el hashtag de la actividad (#Office365Netlife), pasarán a un sorteo final aleatorio en donde se obtendrá al ganador. 1.4. No existe un límite en el número de tuits que un participante puede enviar. En el correo electrónico se incluyen tres alternativas que podrán ser enviadas tantas veces como un seguidor desee, incrementando así sus posibilidades de ganar. 1.5. Contenido del premio: Ratón Arc Touch. 1.6. Fechas de la actividad: La actividad iniciará el 1 de septiembre del 2015 y finalizará el 15 de septiembre del 2015. 1.7. Fechas de las publicaciones: La actividad comprenderá dos (2) correos masivos enviados el 1 de septiembre del 2015 y el 8 de septiembre del 2015, y cuatro (4) publicaciones informativas publicadas el 1, 3, 8 y 10 de septiembre del 2015.
1.8. Si el participante es menor de edad, deberá contar con la autorización de sus representantes legales para concursar y estos deberán estar de acuerdo con el presente Reglamento. 1.9. El participante debe aceptar los términos y condiciones estipuladas en las bases del concurso. 3. OTROS TEMAS LEGALES 1.1. El ganador de la actividad será notificado por interno, usando los datos de contacto que Netlife mantiene de sus clientes ya sea a través de un correo, vía telefónica (en caso de tener acceso a estos datos) o por inbox de su perfil de Twitter para coordinar la mecánica de la entrega del premio. Si no es posible el contacto dentro de los (7) días hábiles posteriores ha realizado el anuncio, perderá su posición de ganador y se sorteará una vez más el premio, si en esta ocasión no logramos contactar al ganador nuevamente, el premio quedará a disposición para actividades futuras de la marca. 1.2. El premio será entregado únicamente en la Matriz Quito y Matriz Guayaquil en las siguientes direcciones: Quito: Núñez de Vela E3-13 y Avenida Atahualpa, Edificio Torre del Puente, 2º piso. Guayaquil: Avenida Rodrigo de Chávez, Parque Empresarial Colón, Edificio Coloncorp, Torre 6, Locales 4 y 5. 1.3. Netlife podrá tomar fotografías, videos y declaraciones del ganador al momento de recibir el premio y podrá usar tales documentos en forma libre para la promoción de la actividad o de futuras promociones de la marca, sin que requiera autorizaciones adicionales del ganador. El ganador no reclamará ningún valor o indemnizaciones por este hecho. 1.4. Únicamente participarán en la actividad personas mayores de edad, o menores de edad con autorización de sus Representantes Legales, esta autorización incluye permiso para aparecer en la grabación del video, su posterior reproducción en medios de comunicación y la aceptación del premio; al final de la Actividad se deberá presentar dicha autorización para anexar al acta de entrega del premio al concursante ganador. 1.5. Los participantes deben ser personas residentes en Ecuador, con documento de identificación vigente. 1.6. No pueden participar empleados de Netlife o sus familiares directos hasta en segundo grado (inclusive) de consanguinidad y hasta en segundo grado de afinidad (inclusive) y único civil.
1.7. La participación en la actividad promocional y entrega del premio se verificará dentro de las fechas previstas por los organizadores. 1.8. Manejo de datos y registros: La información correspondiente a los participantes podrá ser almacenada en las bases de datos de Netlife, manteniéndose la confidencialidad de los mismos. 1.9. En caso de identificar fraude por parte de alguno de los participantes, los organizadores podrán descalificarlo sin el deber de notificarle. De igual manera, si los organizadores detectan información falsa o imprecisa o a su juicio cualquier infracción que los confunda o que vaya en detrimento de la marca Netlife, el participante será descalificado sin que exista el deber de notificarle la descalificación. 4. IDIOMA Y ENTENDIMIENTO 1.1. Este documento es de total comprensión, entera aceptación por parte de los participantes y está escrito y redactado en idioma español. 5. LIMITACIONES Y REGULACIONES APLICABLES A LOS PREMIOS 1.1. Se considerará ganador a la persona que haya salido sorteada aleatoriamente y que ha cumplido con estos Términos y Condiciones. 1.2. El Premio únicamente podrá ser reclamado en los lugares establecidos por Netlife. 6. CONTROVERSIAS 1.1. Cualquier diferencia que pudiere surgir entre Netlife y los participantes en esta Promoción se someterá al procedimiento de mediación y arbitraje señalado a continuación: 1.2. El participante y Netlife convienen irrevocablemente que en caso de surgir diferencias entre ellas, por razón o con ocasión de la promoción antes detallada, realizarán los mejores esfuerzos para buscar y encontrar una solución mutuamente aceptable. Sin embargo, cualquiera de las partes podrá requerir directamente a la otra someter las diferencias al proceso de mediación en las Cámaras de Industrias y Comercio Ecuatoriano, según lo determinado en el Título II de la Ley de Arbitraje y Mediación publicada en el Registro Oficial No. 145 de 4 de septiembre de 1997. La mediación no podrá demorar más de diez días.
1.3. Si luego de la mediación subsistieren diferencias, éstas serán resueltas por arbitraje administrado de los jueces de las Cámaras de Industrias y Comercio Ecuatoriano. El arbitraje será en derecho y confidencial. Las partes se obligan a acatar el laudo que expida sin que puedan interponer respecto a él, recurso o reclamación alguna.