MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Documentos relacionados
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº / /09 y Alc. 1

Servicio de Información

Ministerio de Justicia, y Derechos Humanos Oficina Anticorrupción

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dirección General de Despacho y Legislación

Ord. Dec. Res. Código Fecha Página Digesto 1 41 D O1-D D D imagen T Rc C7

Resolución General AFIP N 3839/2016

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el. ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

DELEGACIÓN DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN

REPÚBLICA DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL CAICEDONIA VALLE

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

DECRETO N 305. Fecha: Córdoba, 6 de abril de Fecha de publicación: B.O.29-04/2016.

El expediente Nº 953/096, el Decreto Ley Nº9.533/1980, y

Seguridad Social. Procedimiento. Fiscalizaciones. Relevamientos de personal. Herramienta informática Trabajo Registrado en Línea.

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO IV

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dirección General de Despacho y Legislación

LEY XXII º 4 (Antes Ley 509)

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dirección General de Despacho y Legislación

LA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E C R E T A:

(Acceda a estos formularios en formato Excel en Instrucciones para confeccionar la Declaración Jurada Nº 1832

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

Presidencia de la Nación

RESOLUCIÓN CONJUNTA FG Nº 58/2011 Y DG Nº 50/2011. Aires, las Leyes Nº 1903, Nº 2095 y Nº 3318, el Decreto Nº 17/GCABA/11, la

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Que con tales modificaciones se procura favorecer a los productores mineros, quienes verán simplificados los trámites a realizar;

VISTO la Actuación Nº, caratulada:, y, CONSIDERANDO:

POR ELLO: E L T R I B U N A L D E C U E N TA S R E S U E L V E

2012 Año del Bicentenario del Éxodo Jujeño

Cooperativas y Mutuales

REGULARIZA LA CONSTRUCCIÓN DE BIENES RAICES URBANOS SIN RECEPCIÓN DEFINITIVA DESTINADOS A EQUIPAMIENTO DE DEPORTE Y SALUD.

BUENOS AIRES, Piedras 770 C1070AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (5411)

RESOLUCIÓN EXENTA N9332 VISTOS: ex -Ministerio del Interior que fija texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la

Disposición 899/2013

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

San Andrés de Giles, 4 de enero de 2016

A n t e c e d e n t e s

REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS

Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Ley Nacional Nº Ley de Inversiones Extranjeras. Texto Ordenado por Ley y modificatorias

IMPUESTO A LA COMPRA DE MONEDA EXTRANJERA (ICOME)

Ley Nº CONTRIBUYENTES DEL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL

Nº 2668 Boletín Oficial

Que se hace necesario aprobar el mismo, para su puesta en vigencia;

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO MUNICIPIO GUACARA

Para iniciar una actividad económica, el interesado deberá presentarse en el área de Comercio e

Honorable Concejo Deliberante de Coronel Suárez

Dirección de Franquicias del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto

LEY Nº DECRETOS COMUNIDADES INDIGENAS

-Servicios innovadores.- Monto 1º Etapa hasta $ º Etapa hasta $ Plazo El plazo máximo a otorgar será de: 12 meses

Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales.

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de: LEY

Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS

Que desde la vigencia de la Ley Nº , el Manifiesto de Transporte no ha sufrido modificaciones significativas.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA

Valencia, 11 de agosto de 2016 EXTRAORDINARIA Nº 5768

RESOLUCION ADMINISTRATIVA IS N 570. La Paz, 1 de Noviembre de 2001

PROGRAMA DE FOMENTO DEL INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS. (versión conforme al Decreto 57/2016, de 3 de mayo)

REQUISITOS MUNICIPALES LOM Nº 3966/2010

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dirección General de Despacho y Legislación

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

ESCALA SALARIAL PASTELEROS RAMA: HELADEROS CONVENIO COLECTIVO 273/1996 VIGENCIA: 1/10/2005

EXPEDIENTE N 9791/06.- INICIADOR: MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN- SUBSECRETARÍA DE COOPERATIV AS.- E/ESTATUTO DE COOPERATIVAS ESCOLARES.

ACUERDO N 001 FEBRERO 12 DE 2014 POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDEN FACULTADES AL SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL

Universidad Nacional de Lanús 042/11

Resolución de Gerencia de Administración

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:

REPUBLICA DE COLOMBIA Departamento de Boyacá Concejo Municipal Tibasosa

ORDENANZA Nº EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA MARÍA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA TITULO PRIMERO

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE RECURSOS CONTRACTUALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

DECRETO 344/008 de

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dirección General de Despacho y Legislación BOLETIN OFICIAL Nº ra. quincena AGOSTO DE 2005.

Novedades impositivas del al 10-12

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE

IMPUESTO DE ASISTENCIA A LA SEGURIDAD SOCIAL (IASS) Decreto 344/008 de

Municipio de General Rodríguez BOLETÍN OFICIAL Publicación Oficial Intendente Municipal: Juan Pablo Anghileri.

En Buenos Aires, a los 30 días del mes de mayo. de 2013, esta Comisión de Administración y Financiera, con

Sistema Peruano de Información Jurídica

Universidad Nacional de Lanús

10260 Boletín Oficial de Canarias núm. 99, jueves 17 de mayo de 2007

OFERTA PÚBLICA CONDICIONES PARTICULARES DE LA CUENTA DE AHORRO DE BANCRECER, S.A BANCO DE DESARROLLO

República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional.

LA DECANA DE LA FACULTAD DE TRABAJO SOCIAL RESUELVE: ARTÍCULO 1º.-

Reglamento Autorización de Negociación de Títulos Públicos GUÍA Sección IX Control de los documentos y los registros

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES.

DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

Expte 93/14 Modificación Ordenanza Impositiva 1800/12- Tasa Vial- Control, Marcas y Señales- Seguridad Ciudadana.-

Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos BOMBEROS VOLUNTARIOS. Resolución Nº 420/2003

competencias al Ministerio citado en el considerando precedente.

Que los fundamentos que dieron origen a la Resolución mencionada en el considerando precedente se mantienen vigentes;

Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS

Sección Novena Capítulo 7000 Inversiones Financieras y Otras Provisiones

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dirección General de Despacho y Legislación

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

Transcripción:

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dirección General de Despacho y Legislación BOLETIN OFICIAL Nº 8 8 1 2da.Quincena de abril de 2 0 1 3 Publicado, el día 26 de junio de 2013. 1

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIIN OFIICIIAL Nº 8 8 1 2da. Quincena de abril de 2013 AUTORIDADES MUNICIPALES INTENDENTE MUNICIPAL: Secretario General de Gobierno y Administración Subsecretario General de Gobierno Secretario de Hacienda Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Secretario a Cargo de la Unidad de Gestión Municipal de Boulogne, Villa Adelina, La Horqueta y Santa Rita Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia Secretario de Salud Pública Secretario de Obras Públicas Secretario de Producción, Turismo y Medio Ambiente Secretario Privado Secretario de Integración Comunitaria DR. ANGEL GUSTAVO POSSE Dr. Ricardo J. M. RIVAS Dr. Martín Vázquez Pol Cdor. Juan José MILETTA Dr. Walter F. Pérez Ing. Bernardo LANDIVAR Dr. Gustavo César HIRSCH Dr. Dr. Eduardo C. A. PRADO Ing. Federico José GARCIA Dr. Carlos PRASSEL Sr. Juan Carlos CANAL Lic. Arturo Isaac FLIER CONTENIDO DE ESTE NUMERO ORDENANZAS: 8694 al 8695 y 8699 al 8700 página 4 a 5 DECRETOS: 869 al 1215 página 6 a 466 RESOLUCIONES G.S.I.R.U. y T. (Inspección General): 239 al 287 página 467 a 473 RESOLUCIONES G.S.I.R.U. y T. (Tránsito): 93 página 474 RESOLUCIONES G.S.I.R.U. y T. (Obras Particulares): 39 al 44 página 475 RESOLUCIONES S.G.G. y A. (Rentas): 2 página 476 RESOLUCIONES S.G.G. y A. (Obras Públicas): 24 al 28 página 477 RESOLUCIONES S.I.C.: --------------------- ------------------------ RESOLUCIONES DE PERSONAL: 189 al 239 página 478 a 483 RESOLUCIONES DE SALUD PUBLICA: 362 al 424 página 484 a 490 2

DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION INDICE TEMATICO ORDENANZA Nº 8694: DONACIONES Piezas Religiosas, Museo Histórico Municipal Brigadier Gral. Juan Martín de Pueyrredón. ORDENANZA Nº 8695: CONVALIDACIONES -Plan de Realojamiento Habitacional. ORDENANZA Nº 8699: -PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 736 - (del 13 de mayo de 2013) ORDENANZA Nº 8700: -PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 734 - (del 2 de mayo de 2013) DECRETO Nº 873/13: -PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 731 - (del 25 de abril de 2013) DECRETO Nº 874/13: -PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 738 - (del 17 de mayo de 2013) DECRETO Nº 915/13: -PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 729 - (del 24 de abril de 2013) DECRETO Nº 958/13: -PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 733 - (del 2 de mayo de 2013) DECRETO Nº 1132/13: -PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 739 - (del 17 de mayo de 2013) DECRETO Nº 1136/13: -PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 735 - (del 13 de mayo de 2013) Página 4 Página 5 ------------- ------------- ------------ ------------ ------------ ------------ ------------ ------------ 3

H onorable Concejo D eliberante de San Isidro Ref. Expte. Nº 13199-D-2012.- SAN ISIDRO, 04 de abril de 2013.- Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D PROMULGADA POR DTO Nº 1178 Del 29 de abril de 2013. Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su PRIMERA REUNION PRIMERA SESION ORDINARIA el día 03 de abril de 2013, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8694, cuyo texto transcribo a continuación: ORDENANZA Nº 8694 DONACIONES Piezas Religiosas, Museo Histórico Municipal Brigadier Gral. Juan Martín de Pueyrredón: ARTICULO 1º.- Acéptase la donación efectuada por los señores Máximo Carlos Alemann, Stella Alemann, Teodoro Alemann y Cristina Alemann, hijos de la Sra. Perla Bellini Valdez de Bardin consistente en catorce (14) piezas religiosas, con destino al Museo Histórico Municipal Brigadier Gral. Juan Martín de Pueyrredón: - Cristo- Brasil, siglo XIX. Talla en madera policromada - Cristo- Siglo XIX. Talla en madera policromada - Virgen- Siglo XIX. Talla en madera policromada - Virgen con niño- Paraguay, siglo XIX. Talla en madera policromada - San Roque- Córdoba. Siglo XIX. Talla en madera policromada - Virgen- Quito. Siglo XIX. Talla en madera policromada - Virgen- Siglo XIX. Talla en madera policromada - Virgen- siglo XIX. Talla en madera policromada - Niño Jesús- Brasil. Siglo XIX. Talla en madera policromada - Enseñanza de la Virgen- Siglo XIX. Talla en madera policromada - Pastora de Pesebre- Siglo XIX. Talla en madera policromada - Cristo Crucificado- Siglo XIX. Talla en madera policromada - Cristo Crucificado- Siglo XIX. Talla en madera policromada - Cristo Crucificado- Siglo XIX. Talla en madera policromada ARTICULO 2º.- Explicítase en nota complementaria el agradecimiento de la Comuna por tan loable gesto.- ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.- p.b. Sirva la presente de atenta nota de envío.- JOSÉ MARIA AMADO Secretario Honorable Concejo Deliberante San Isidro JULIA RITA KUZIS Presidente Honorable Concejo Deliberante San Isidro 4

H onorable Concejo D eliberante de San Isidro Ref. Expte. Nº 12463-D-2006 y Alcance 1 SAN ISIDRO, 19 de mayo de 2011.- Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su QUINTA REU- NION CUARTA SESION ORDINARIA de fecha 18 de mayo de 2011, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8595, cuyo texto transcribo a continuación: PROMULGADA POR DTO Nº 1179 Del 29 de abril de 2013. ORDENANZA Nº 8595 CONVALIDACIONES Plan de Realojamiento Habitacional ARTICULO 1º.- Convalídase lo actuado por el Departamento Ejecutivo mediante el Decreto N 612 de fecha 22 de marzo del corriente año, por el cual se modificó el Artículo 4 del Decreto N 1747/06, convalidado por Ordenanza N 8306, referido a la adquisición de viviendas construidas en otros municipios, destinadas al Plan de Realojamiento Habitacional.- ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.- Sirva la presente de atenta nota de envío.- p.b. JOSÉ MARIA AMADO Secretario Honorable Concejo Deliberante San Isidro JULIA RITA KUZIS Presidente Honorable Concejo Deliberante San Isidro 5

Ref.: Expte. N 4315-C-2013.- DECRETO NUMERO: 869 SAN ISIDRO, 17 de abril de 2013 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: QUE a fojas 1 obra pedido de suministro N 190-302/2013; QUE como consecuencia de aquél la Dirección General de Compras efectuó el llamado a Licitación Privada N 84/1013; QUE de la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas empresas, a fojas 81, se aconseja la adjudicación a la más conveniente para la Comuna; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Adjudícase a José Antonio Godoy, con domicilio en General Pinto n 683 ************* de la Ciudad de San Fernando, la Provisión de Domos Profesionales, por un importe de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUA- RENTA Y CINCO ($ 243.645,00.-).- ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************* te, se atenderá con fondos de la Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.03.000-2, Categoría Programática 19.01, Objeto del Gasto 4.3.4 del Presupuesto General de Gastos vigente.- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION AL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 6

Ref.: Expte. Nro 1241-I-1989 Cuerpo 2.- SAN ISIDRO, 17 de abril de 2013 DECRETO NUMERO: 870 VISTO la Ordenanza Nro. 6035, referida a la eximición de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, a los establecimientos educacionales privados existentes en el Partido, que acuerden a este Municipio el derecho de designar becarios en proporción al 5% de su alumnado como mínimo; y Considerando: QUE el establecimiento educacional COLEGIO SANTA ISABEL, se ha acogido a las disposiciones del citado texto normativo y de su Decreto Reglamentario Nro. 5735/84, según constancias de autos; QUE la Dirección General de Educación ha adjudicado becas con ajuste al régimen dispuesto; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, por el año 2013, al establecimiento educacional COLEGIO SANTA ISABEL, ubicado en Diego Palma 251 de la Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, Cta/s. Cte/s Nro. 210.685.- ARTICULO 2º.- Previo a la notificación del presente, tome conocimiento Dirección General ************ de Rentas.- // 7

Ref.: Expte. Nro 1241-I-1989 Cuerpo 2 ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL A.F. Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 8

Ref.: Expte. Nro 2225-C-2000 Cuerpo 2.- SAN ISIDRO, 17 de abril de 2013 DECRETO NUMERO: 871 VISTO la Ordenanza Nro. 6035, referida a la eximición de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, a los establecimientos educacionales privados existentes en el Partido, que acuerden a este Municipio el derecho de designar becarios en proporción al 5% de su alumnado como mínimo; y Considerando: QUE el establecimiento educacional Colegio San Isidro, se ha acogido a las disposiciones del citado texto normativo y de su Decreto Reglamentario Nro. 5735/84, según constancias de autos; QUE la Dirección General de Educación ha adjudicado becas con ajuste al régimen dispuesto; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, por el año 2013, al establecimiento educacional Colegio San Isidro, ubicado en Av. del Libertador 17842 de la Ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, Cta/s. Cte/s Nro. 820.107.- ARTICULO 2º.- Previo a la notificación del presente, tome conocimiento Dirección General ************ de Rentas.- // 9

Ref.: Expte. Nro 2225-C-2000 Cuerpo 2 ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL A.F. Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 10

Ref.: Expte. Nro 8505-J-1993.- SAN ISIDRO, 17 de abril de 2013 DECRETO NUMERO: 872 VISTO la Ordenanza Nro. 6035, referida a la eximición de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, a los establecimientos educacionales privados existentes en el Partido, que acuerden a este Municipio el derecho de designar becarios en proporción al 5% de su alumnado como mínimo; y Considerando: QUE el establecimiento educacional JARDIN NUEVO APRENDIENDO A SONREIR, se ha acogido a las disposiciones del citado texto normativo y de su Decreto Reglamentario Nro. 5735/84, según constancias de autos; QUE la Dirección General de Educación ha adjudicado becas con ajuste al régimen dispuesto; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************** Reconstrucción de la Vía Pública, por el año 2013, al establecimiento educacional JARDIN NUEVO APRENDIENDO A SONREIR, ubicado en Bulnes 185 de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, Cta/s. Cte/s Nro. 630.682.- ARTICULO 2º.- Previo a la notificación del presente, tome conocimiento Dirección General ************ de Rentas.- // 11

Ref.: Expte. Nro 8505-J-1993 ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP Y LEGISL A.F. Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 12

Ref.: Expte. N 4342-D-2012.- DECRETO NUMERO: 873 -PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 731 - (del 25 de abril de 2013) 13

Ref.: Expte. N 4041-G-2013. -Alcance Nº 2. DECRETO NUMERO: 8 7 4 -PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 738 - (del 17 de mayo de 2013) 14

Ref. Expte. Nº 11337-A-2009 y agreg.- SAN ISIDRO, 17 de abril de 2013 DECRETO NUMERO: 875 VISTO el Decreto Nº 1356 de fecha 08 de Junio de 2012 por el cual se autoriza la realización de modificaciones internas en planta baja y la regularización de las construcciones existentes, y su cambio de destino de Vivienda Unifamiliar a Centro de Estimulación Temprana con Consultorio, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción III, Sección G, Manzana 436, Parcela 4c, Unidad Funcional 2, ubicado en la calle Tres Sargentos Nº 1347, de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido; y Considerando: QUE el Decreto mencionado precedentemente, en su Artículo 2º, Punto A1, establece que los valores de FOS y FOT quedarán limitados a 0.46 y 0.61 respectivamente, conforme el proyecto presentado; QUE el Profesional Responsable ha solicitado la modificación de los valores mencionados, estimando la Dirección General de Ordenamiento Urbano que puede accederse a lo planteado, dado que los valores propuestos están por debajo de lo permitido según Hoja de Zona Rm1; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Decreto de Factibilidad Nº 1356/2012, en su Artículo 2º ************** Punto A1, el que queda redactado de la siguiente manera: A1. Los valores de FOS y FOT quedarán limitados a 0.60 y 1.20 respectivamente, conforme a lo establecido en la Hoja de Zona Rm1.- 15

Ref. Expte. Nº 11337-A-2009 y agreg.- ARTÍCULO 2º.- Mantiénese en todas sus partes las restantes disposiciones del *************** Decreto Nº 1356/2012. ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese y publíquese. DESPACHO Y LEGISLACION R.T. Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez 16

Ref. Exp. 4355-R-2013.- SAN ISIDRO, 17 Abril de 2013.- RESOLUCION SSGIRU y T Nro.: 876 VISTO la solicitud de extracción de siete (7) ejemplares arbóreos (3 dentro del predio y 4 en la vereda pública), presentada por el Sr. Conrado Daniel Ramos, en su carácter de Propietario, del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción III, Sección G, Manzana 439, Parcela 2a, ubicado en la calle Tres Sargentos Nº 1653, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido; y Considerando: QUE han tomado vista y opinado, conforme lo establece la Ordenanza Nº 6610 y su Decreto Reglamentario Nº 972/89, la Dirección de Arbolado Urbano y la Dirección General de Ordenamiento Urbano en el sentido que tres (3) de los ejemplares se encuentran dentro del predio y por su estado fitosanitario, su estabilidad y su ubicación en el área edificable de la parcela, se estima conveniente la extracción. Asimismo, en relación a los cuatro (4) ejemplares de Acer Negundo ubicados en la vía pública, los mismos se encuentran en mal estado fitosanitario, razón por la cual también se autoriza la extracción; QUE además de las especies indicadas precedentemente, la Dirección de Arbolado Urbano estima conveniente el raleo de ramas secas y balanceo de las copas de los restantes ejemplares identificados con las letras a, b, c y e según croquis de fs.5 del presente expediente; QUE conforme lo establece el Decreto 501/10 en su Artículo 5º, en base a los informes obrantes a fs. 3, 4, 8 de las presentes actuaciones, procede el dictado del presente acto administrativo; POR ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto 619/12; //.. 17

Ref. Exp. 4355-R-2013.- // EL SUBSECRETARIO GENERAL DE INSPECCIONES, REGISTROS URBANOS Y TRÁNSITO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO r e s u e l v e: ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Sr. Conrado Daniel Ramos la extracción a su cargo de siete ************* (7) ejemplares arbóreos (3 dentro del predio y 4 en la vereda pública), en el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción III, Sección G, Manzana 439, Parcela 2a, ubicado en la calle Tres Sargentos Nº 1653, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido. ARTÍCULO 2º.- Por conducto de la Dirección de Arbolado Urbano, verifíquese el fiel ************** cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º de la presente Resolución, y del Artículo 12, Inciso c de la Ordenanza Nº 6610 y Artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº 972/89, en cuanto a la reposición en el frente del inmueble, de cuatro (4) ejemplares de Jacaranda. ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese. DESPACHO Y LEGISLACION AF Sr. Subsecretaria de Planeamiento Urbano Sra. M. de los Angeles BREGLIA Sr. Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez 18

Ref.: Expte. Nº 15.015-S-2012.- SAN ISIDRO, 17 de abril de 2013.- DECRETO NUMERO: 8 7 7 VISTO la Ordenanza Nº 7281, que declara de Utilidad Pública la ejecución de las obras de pavimentación en la totalidad de las calles del Partido; y Considerando: QUE el inmueble ubicado en la calle Ucrania Nº 712, de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente 521.729, se halla afectado por la ejecución de dicha obra; QUE a partir del mes de julio del año 2000 se encuentra al cobro dicha mejora; QUE la Ordenanza referida prevé, en su artículo 5º, inciso 2), la facultad para eximir o reducir el monto de la deuda, previo estudio socioeconómico; QUE a fojas 1 el interesado plantea la imposibili dad de cumplir con la obligación; QUE sus ingresos provienen de las jubilaciones que perciben él y su madre; QUE tiene muchos gastos en tratamientos médi cos que P.A.M.I. no les cubre; QUE las declaraciones volcadas en autos permiti rían contemplar una autorización tendiente a eximir el monto resultante de la obra de pavi mento; QUE por lo expuesto y en base a lo previsto en el artículo 5º, inciso 2, de la citada Ordenanza, procede el dictado del acto administrativo perti nente mediante el cual se haga lugar a lo solicitado; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias /// 19

/// Ref.: Expte. Nº 15.015-S-2012.- EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exímese del pago del importe adeudado en concepto de obra de pavimenta **************ción que afecta al bien ubicado en la calle Ucrania Nº 712, nomenclatura ca tastral: circunscripción V, sección B, manzana 118, parcela 1, de la localidad de Villa Adeli na, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente 521.729.- ARTICULO 2º.- Tome conocimiento el Departamento de Tasas Inmobiliarias y de Obras de ************* Infraestructura.- ARTICULO 3º.-Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 20

Ref.: Expte. Nro. 4643-G-2013 SAN ISIDRO, 17 de Abril de 2013 DECRETO NUMERO: 878 Visto los presentes actuados; y Considerando: Que mediante Decreto Nº 2846/06, convalidado por Ordenanza Nº 8238, se instituyó el Plan de Realojamiento Habitacional de familias que habitan los asentamientos precarios y villas del Partido, dentro del Subprograma de Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios del Plan Federal de Viviendas, modificado por los Decretos Nros. 725/07, 1123/07, 462/08 y 2668/11; Que, por el mismo acto administrativo, modificado por el Decreto Nº 1747/2007 artículo 4º- convalidado por Ordenanza Nº 8306, se autorizó al Departamento Ejecutivo a adquirir terrenos y/o viviendas ya construidas en otros Municipios y/o Provincias destinadas a los beneficiarios del Plan de Realojamiento Habitacional que se desarrolla en el Partido de San Isidro, en el Marco del Plan Federal de Viviendas; Que, la Ordenanza Nº 8431, determinó en su artículo 1º, como monto para la adquisición de dichos lotes y terrenos y/o viviendas construidas, la suma de $ 55.000. Dicho importe fue modificado mediante distintos actos administrativos; Que ante el giro que ha tomado la economía del país, haciendo que las tasaciones de los inmuebles variaran e incrementándose de forma tal que el monto de $ 120.000, establecido por el Decreto Nº 2668/2011, convalidado por Ordenanza Nº 8647, resultara insuficiente para el cumplimiento de los objetivos del Plan; Que, por todo lo expuesto se hace necesario adecuar el monto a entregar a los beneficiarios, elevándolo a la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000); QUE dado el carácter del tema en tratamiento, este Departamento Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente, ad referendum del Honorable Concejo Deliberante; 21

Ref.: Expte. Nro. 4643-G-2013 //. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Modifícase el Artículo 4º del Decreto Nº 1747/07, convalidado por ************** Ordenanza Nº 8306, autorizando al Departamento Ejecutivo a adquirir en el marco y con los fines del presente decreto, viviendas construidas en otros municipios o provincias cuyo valor sea de hasta PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000). Las familias beneficiarias del presente Plan, podrán adicionar al monto del subsidio establecido en el presente artículo la suma necesaria para adquirir una vivienda construida, cuyo valor no supere el doble del monto del subsidio. Los gastos que demanden los pedidos de informes a Registros Provinciales o Nacionales, los de escrituración, comisión de venta del bien adquirido, sellado de boleto de compraventa, en caso de existir, mensura del bien a adquirir y los traslados del grupo familiar serán abonados en su totalidad por este Municipio, y no se consideran incluidos dentro del subsidio mencionado en el párrafo precedente, debiéndose atender con fondos provenientes de las partidas que se determinan a sus efectos. Estos gastos no serán restituidos por el beneficiario al municipio.- ARTICULO 2º.- Mantiénese la vigencia de las restantes disposiciones del Decreto Nº ************** 2846, convalidado por Ordenanza Nº 8238.- ARTICULO 3º.- El presente decreto se dicta Ad Referendum del Honorable Concejo ************* Deliberante.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Notifíquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION Cac Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 22

Ref.: Expte. Nro. 5659-D-2012.- SAN ISIDRO, 17 de Abril de 2013 DECRETO NUMERO: 879 VISTO el Decreto nro. 1305/2012 mediante el cual el Departamento Ejecutivo autoriza la distribución de las chequeras del Instituto Provincial de la Vivienda; y Considerando: QUE en este orden de ideas, se considera la procedencia de las tareas de colaboración con el organismo provincial, en tanto las mismas redundarán en beneficio del interés Social y de los contribuyentes del distrito; QUE dada la entidad de la tarea, se dispone que sea abonada mediante el sistema de trabajo extraordinario, considerándose que el mismo debería ser llevado a cabo por agentes dependiente de la Subsecretaría de Acción Social, estableciéndose un valor de PESOS DOS ($ 2) por chequera entregada, conforme pauta establecida por el Instituto Provincial y que será reintegrado por éste al municipio; QUE este Departamento Ejecutivo, comparte el criterio mencionado promoviendo el dictado de la prórroga del Decreto Nº 1305/2012; Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Prorrógase el Decreto Nº 1305/2012, por el cual se dispone que la agente ************** Olga Lucila LABAQUE (Legajo Nº 14.794), efectúe la tarea de la distribución de las chequeras del Instituto Provincial de la Vivienda, para el año 2013.- ARTICULO 2º.- Las tareas deberán efectuarse fuera del horario habitual de trabajo, a un ************** valor de PESOS DOS ($ 2) por chequera entregada.- ARTICULO 3º.- La Secretaria General de gobierno y Administración, deberá informar ************** sobre el volumen del trabajo realizado a los fines de su liquidación al Instituto Provincial de la Vivienda.- 23

Ref.: Expte. Nro. 5659-D-2012.- //. ARTICULO 4º.- Sin perjuicio de lo establecido por el artículo 3º la erogación que *************** demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se atenderá con fondos de la partida presupuestaria correspondiente.- ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION Cac Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 24

Ref.: Expte. Nº 14.524-N-2012.- SAN ISIDRO, 17 de abril de 2013.- DECRETO NUMERO: 8 8 0 VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la tasa por Alumbrado, Lim pieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recaen sobre el inmueble ubica do en la calle Gregoria Matorras de San Martín Nº 2670, de la ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente Nº 611.859; y Considerando: QUE la presentante de fojas 1 expresa que reside sola en el inmueble y percibe solamente una jubilación; QUE sus ingresos no le permiten regularizar la deuda en otra forma a la requerida; QUE el inmueble se halla emplazado en la zona denominada Bajo Boulogne, región que ha sufrido inundaciones y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta admi nistración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permane cer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades; QUE el artículo 46º de la Ordenanza Fiscal vigen te faculta al Departamento Ejecutivo a disponer la condonación de accesorios; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Exímese del pago de los accesorios generados en la deuda de la tasa por **************Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recaen sobre el inmueble ubicado en la calle Gregoria Matorras de San Martín Nº 2670, de la ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente Nº 611.859, período 1997/6B hasta 2012/6B in /// 25

/// Ref.: Expte. Nº 14.524-N-2012.- clusive.- ARTICULO 2.- Otórgase a la interesada un plan de pago de hasta 18 cuotas, dejando cons ************* tancia que, de no presentarse dentro de los diez (10) días de notificado y/o no cumplir con el convenio de facilidades en término, perderá los beneficios otorgados, recla mándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.- ARTICULO 3.- Dése intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************** Rentas, para su conocimiento.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 26

Ref.: Expte. Nº 11.429-B-2012.- SAN ISIDRO, 17 de abril de 2013.- DECRETO NUMERO: 8 8 1 mental; y VISTO lo actuado en el presente cuerpo instru Considerando: QUE a fojas 1 el contribuyente expresa que su único ingreso es el haber previsional que percibe y que se encuentra imposibilitado de hacer trabajos que le permitan obtener algún ingreso extra para aliviar su situación económica; QUE tiene grandes problemas de columna debi do a un accidente y además, su esposa también recibe tratamiento médico debido a la edad; QUE manifiesta su intención de regularizar defi nitivamente su deuda de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, por lo cual solicita reconsideración de la deuda; QUE abona a resultas del presente la deuda ori gen y el 50% de los recargos e intereses; QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra fa cultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el artículo 46 de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto adminis trativo pertinente; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Exímese del pago del 50% de los recargos e intereses y el 100% de la mul ************* ta generada en la deuda por el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recaen sobre el inmueble sito en la ca lle 25 de Mayo Nº 563, de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, por el perío /// 27

Ref.: Expte. Nº 11.429-B-2012.- /// do 1996-6A hasta 2012-6B inclusive, Cuenta Corriente Nº 112.196.- ARTICULO 2.- Tomen conocimiento las oficinas competentes de la Dirección General de **************Rentas.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION Mtb Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 28

Ref.: Expte. Nº 14.453-R-2012.- SAN ISIDRO, 17 de abril de 2013.- DECRETO NUMERO: 8 8 2 VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la tasa por Alumbrado, Lim pieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recaen sobre el inmueble ubica do en la calle Maestra Vicenta Ravelo Nº 2474, de la ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente Nº 611.043; y Considerando: QUE la presentante de fojas 1 expresa que el úni co ingreso del hogar proviene del sueldo de su esposo, por lo cual no puede regularizar la deuda en otra forma a la requerida; QUE es ama de casa y tiene dos hijos menores; QUE el inmueble se halla emplazado en la zona denominada Bajo Boulogne, región que ha sufrido inundaciones y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta admi nistración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permane cer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades; QUE el artículo 46º de la Ordenanza Fiscal vigen te faculta al Departamento Ejecutivo a disponer la condonación de accesorios; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Exímese del pago de los accesorios generados en la deuda de la tasa por **************Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recaen sobre el inmueble ubicado en la calle Maestra Vicenta Ravelo Nº 2474, de la ciu dad de Boulogne, Cuenta Corriente Nº 611.043, período 1995/3B hasta 2012/6A inclusive.- /// 29

/// Ref.: Expte. Nº 14.453-R-2012.- ARTICULO 2.- Otórgase a la interesada un plan de pago de hasta 24 cuotas, dejando cons ************** tancia que, de no presentarse dentro de los diez (10) días de notificado y/o no cumplir con el convenio de facilidades en término, perderá los beneficios otorgados, recla mándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.- ARTICULO 3.- Dése intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************** Rentas, para su conocimiento.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 30

Ref.: Expte. Nº 14.803-V-2012.- SAN ISIDRO, 17 de abril de 2013.- DECRETO NUMERO: 8 8 3 VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la tasa por Alumbrado, Lim pieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recaen sobre el inmueble ubica do en la calle Asamblea Nº 2249, de la ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente Nº 611.110; y Considerando: QUE la presentante de fojas 1 expresa que habita la propiedad con su hija y el marido de ésta; que es jubilada con haber mínimo y los ingresos no les permiten resolver la deuda en otra forma a la requerida; QUE el inmueble se halla emplazado en la zona denominada Bajo Boulogne, región que ha sufrido inundaciones y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta admi nistración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permane cer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades; QUE el artículo 46º de la Ordenanza Fiscal vigen te faculta al Departamento Ejecutivo a disponer la condonación de accesorios; POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1.- Exímese del pago de los accesorios generados en la deuda de la Tasa por **************Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recaen sobre el inmueble ubicado en la calle Asamblea Nº 2249, de la ciudad de Boulog ne, Cuenta Corriente Nº 611.110, período 1988/07 hasta 2009/4B inclusive.- ARTICULO 2.- Otórgase a la interesada un plan de pago de hasta 6 cuotas, dejando constan /// 31

/// Ref.: Expte. Nº 14.803-V-2012.- cia que, de no presentarse dentro de los diez (10) días de notificado y/o no cumplir con el convenio de facilidades en término, perderá los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.- ARTICULO 3.- Dése intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************** Rentas, para su conocimiento.- ARTICULO 4.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta 32

Ref. Expte. Nº 4116-P-2013.- SAN ISIDRO, 17 de abril de 2013.- DECRETO NUMERO: 8 8 4 ción obrante a fojas 1; y VISTO la nota de la Dirección General de Educa Considerando: QUE existen cargos vacantes en el presupuesto vigente; QUE se hace necesario cubrir un cargo docente con funciones de Orientador Educacional, en el Jardín de Infantes Municipal Nº 2, depen diente de dicha Dirección; QUE en virtud de ello se deberá, designar provi sionalmente a la Docente María Cecilia ANTONIASSI (Legajo Nº 63429), conforme lo esta blece el artículo 7º de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires); POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Desígnase provisionalmente a la Docente María Cecilia ANTONIASSI (Le **************gajo Nº 63429), conforme lo establece el artículo 7º de la Ley Nº 11.757, en el cargo de Maestra (J:1.1.1.01.06.000. - C:21. - O:1.1.1.08.) y funciones de Orientadora Educacional, en el Jardín de Infantes Municipal Nº 2, a partir del 1º de febrero de 2013, en cargo vacante del presupuesto vigente.- ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la Ley **************Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la consti tucionalidad de dicho cuerpo legal.- /// 33

/// Ref. Expte. Nº 4116-P-2013.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese. DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 34

Ref. Expte. Nº 4092-P-2013.- SAN ISIDRO, 17 de abril de 2013.- DECRETO NUMERO: 8 8 5 VISTO lo informado mediante la nota del Area Control de Asistencia, de la Dirección General de Personal, obrante a foja 1 y el certificado de defunción obrante a fojas 2; y Considerando: QUE se produjo el fallecimiento del agente Hugo Miguel PALAVICINI (Legajo Nº 53665), acaecido el día 30 de enero de 2013; QUE en virtud de ello y atento a lo establecido por el artículo 11º inciso c) de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipali dades de la Provincia de Buenos Aires), corresponde dar por concluída la relación de empleo con la administración municipal del agente antes mencionado, a partir de la fecha citada; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Dése por concluida la relación de empleo con la administración municipal **************(conforme el artículo 11º, inciso c) de la Ley Nº 11.757), al agente Hugo Miguel PALAVICINI (Legajo Nº 53665), M.I. Nº: 22.409.362, Clase 1972, a partir del día 30 de enero de 2013, con categoría 12 (35) (J:1.1.1.01.06.000 - C:32 - O:1.1.1.05) y funcio nes administrativas en la Subsecretaría de Acción Social, atento a su fallecimiento.- ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la Ley **************Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la consti tucionalidad de dicho cuerpo legal.- ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION mtb Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 35

Ref.: Expte. Nº 13.412-P-2012.- SAN ISIDRO, 18 de abril de 2013 DECRETO NUMERO: 886 VISTO lo actuado mediante el Decreto Nº 2514 de fecha 20 de noviembre de 2012; y Considerando: QUE, a fojas 5/6 del presente fue aceptada la renuncia al Doctor Ricardo Jorge BETTINELLI (Legajo Nº 16462) a efectos de acogerse a los beneficios jubilatorios; QUE, se hace necesario modificar el artículo 1º, del mencionado decreto en cuanto a la retribución del mismo, QUE, en virtud de ello, se deberá realizar el correspondiente acto administrativo, que así lo disponga, POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a : ARTICULO 1º.- Modifiíase el artículo 1º del Decreto 2514/12, en lo que a la retribución se ************* refiere quedando redactado de la siguiente manera: ARTICULO 1º.- Acéptase a partir del 1 de enero de 2013, la renuncia presentada por ************* el Doctor Ricardo Jorge BETTINELLI (Legajo Nº 16.462), M.I. Nº: 8.248.978, Clase 1.945, con la retribución de Jefe de Unidad Diagnóstico y Tratamiento Grado Hospital C de 36 horas (código 622), y actividad de Jefe de Unidad de Neurología del Hospital Central de San Isidro Dr. Melchor Angel Posse a efectos de acogerse a los beneficios jubilatorios.-situación de revista: Profesional Hospital A de 24 horas (código 201) - (J:1.1.1.01.09.000. C:27. O:1.1.1.09.).- ARTICULO 2º.- Mantiénese en todas sus partes las restantes disposiciones del ************** Decreto Nº. 2514.- 36

Ref.: Expte. Nº 13.412-P-2012.- ARTICULO 3.- Regístrese. Comuníquese, y publíquese. DESPACHO Y LEGISLACION R.T. Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 37

Ref. : Expte. Nro. 4649-G-2013.- SAN ISIDRO, 18 de Abril de 2013.- DECRETO NUMERO: 887 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: QUE la naturaleza de los hechos de que se da cuenta precedentemente hace necesario ordenar la instrucción de sumario administrativo; QUE adoptada que fuera la decisión en tal sentido, corresponde designar al instructor sumariante; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instrúyase sumario ************** administrativo, en orden a los hechos de que se da cuenta en este expediente Nro. 4649-G-2013.- ARTICULO 2º.- Desígnase instructor sumariante al Doctor Luis Alberto PASTOR.- ARTICULO 3º.- El presente sumario deberá tener resolución definitiva dentro de los ************* sesenta (60) días siguientes a la recepción del presente cuerpo instrumental por la Asesoría Legal Municipal.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION Cac Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 38

Ref.: Expte. Nro. 14344-F-2012.- SAN ISIDRO, 18 de Abril de 2013.- DECRETO NUMERO: 8 8 8 VISTO la nota presentada por la FUNDACION CRISTIANA PENTECOSTAL VISION DE VIDA ETERNA; y Considerando: QUE la citada Institución solicita un apoyo económico destinado al alquiler de equipo de audio; QUE, el Coordinador General de Relaciones Institucionales y Tercera Edad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS OCHO MIL ($8.000), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de noventa (90) días corridos; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental a la ************* FUNDACION CRISTIANA PENTECOSTAL VISION DE VIDA ETER- NA, por la suma de PESOS OCHO MIL ($8.000), destinado al alquiler de equipo de audio, con oportuna rendición de cuentas, en un plazo de noventa (90) días corridos.- ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente *************autorizada/s a tal efecto.- ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamentario ************* Nro.1444/85.- ARTICULO 4º.-La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de gastos pertinente.- 39

Ref.: Expte. Nro.14344-F-2012.- ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 40

Ref. Expte. Nro. 1991-O-2013.- SAN ISIDRO, 18 de Abril de 2013.- DECRETO NUMERO: 8 8 9 VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y Considerando: QUE la naturaleza de los hechos de que se da cuenta precedentemente hace necesario ordenar la instrucción de sumario administrativo, con el objeto de determinar las responsabilidades emergentes de ellos; QUE, adoptada que fuera la decisión en tal sentido, corresponde designar al instructor sumariante; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instrúyase sumario *************** administrativo, a los efectos de determinar las responsabilidades que pudieran emerger de los hechos de que se da cuenta en este expediente Nro. 1991-O-2013.- ARTICULO 2º.- Desígnase instructor sumariante al Dr. Luis Alberto PASTOR.- ARTICULO 3º.- El presente sumario deberá tener resolución definitiva dentro de los *************** sesenta (60) días siguientes a la recepción del presente cuerpo instrumental por la Asesoría Legal Municipal.- 41

Ref. Expte. Nro. 1991-O-2013.- ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 42

Ref. Expte. Nro. 1902-C-2013.- SAN ISIDRO, 18 de Abril de 2013.- DECRETO NUMERO: 8 9 0 CIEDAD DE FOMENTO HAEDO; y Considerando: VISTO la nota presentada por el CLUB Y SO- económico destinado a las reparaciones de la misma; QUE la citada Institución solicita un apoyo QUE, el Coordinador General de Relaciones Institucionales y Tercera Edad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PE- SOS CUARENTA MIL ($ 40.000), pagadero en 2 cuotas iguales y mensuales de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000) cada una, con oportuna rendición de cuentas; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ************** por el CLUB Y SOCIEDAD DE FOMENTO HAEDO, por la suma de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000), pagaderos en 2 cuotas iguales y mensuales de PE- SOS VEINTE MIL ($ 20.000) cada una, destinado a las reparaciones de la misma, con oportuna rendición de cuentas.- ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debida- ************** mente autorizada/s a tal efecto.- 43

Ref. Expte. Nro. 1902-C-2013.- ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamen- *************** tario Nro.1444/85.- ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el pre- ************* sente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida corres- pendiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.- ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 44

Ref. Expte. Nro. 751-A-2013.- SAN ISIDRO, 18 de Abril de 2013.- DECRETO NUMERO: 8 9 1 CIVIL FUENTE DE GOZO; y Considerando: VISTO la nota presentada por la ASOCIACION QUE la citada Institución solicita un apoyo económico destinado al pago de alquiler, servicio, impuestos, gastos por trámites, transporte, gastos contables, servicio de seguro, servicio de emergencias médicas, gastos de limpieza, organización de eventos, mantenimiento, equipamiento, imprenta, servicio de asesoramiento y profesionales, trabajo social, mantenimiento de cuenta bancaria y trámites de Inspección de Justicia; QUE, el Coordinador General de Relaciones Institucionales y Tercera Edad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PE- SOS SESENTA MIL ($ 60.000), pagadero en 12 cuotas iguales y mensuales de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) cada una, con oportuna rendición de cuentas; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ************** por la ASOCIACION CIVIL FUENTE DE GOZO, por la suma de PE- SOS SESENTA MIL ($ 60.000), pagadero en 12 cuotas iguales y mensuales de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) cada una, destinado al pago de alquiler, servicio, impuestos, gastos por trámites, transporte, gastos contables, servicio de seguro, servicio de emergencias médicas, gastos de limpieza, organización de eventos, mantenimiento, equipamiento, imprenta, servicio de asesoramiento y profesionales, trabajo social, mantenimiento de cuenta bancaria y trámites de Inspección de Justicia, con oportuna rendición de cuentas.- 45

Ref. Expte. Nro. 751-A-2013.- ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debida- ************** mente autorizada/s a tal efecto.- ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamen- *************** tario Nro.1444/85.- ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el pre- ************* sente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida corres- pendiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.- ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 46

Ref. Expte. Nro. 15696-A-2012.- SAN ISIDRO, 18 de Abril de 2013.- DECRETO NUMERO: 8 9 2 COOPERADORA ESCUELA Nro. 501; y Considerando: VISTO la nota presentada por la ASOCIACION económico destinado a los gastos de alquiler de transporte anual; QUE la citada Institución solicita un apoyo QUE, el Coordinador General de Relaciones Institucionales y Tercera Edad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PE- SOS CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL ($ 159.000), pagadero en 10 cuotas iguales y mensuales de PESOS QUINCE MIL NOVECIENTOS ($ 15.900) cada una, con oportuna rendición de cuentas; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ************** por la ASOCIACION COOPERADORA ESCUELA Nro. 501, por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL ($ 159.000), pagadero en 10 cuotas iguales y mensuales de PESOS QUINCE MIL NOVECIENTOS ($ 15.900) cada una, destinado a los gastos de alquiler de transporte anual, con oportuna rendición de cuentas.- ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debida- ************** mente autorizada/s a tal efecto.- 47

Ref. Expte. Nro. 15696-A-2012.- ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamen- *************** tario Nro.1444/85.- ARTICULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el pre- ************* sente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida corres- pendiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.- ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO Y LEGISLACION A.P. Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas 48

Ref.: Expte. Nro. 1899-C-2013.- SAN ISIDRO, 18 de Abril de 2013.- DECRETO NUMERO: 8 9 3 VISTO la nota presentada por el CIRCULO DE POETAS DE LA CIUDAD DE BOULOGNE SUR MER; y Considerando: QUE la citada Institución solicita un apoyo económico destinado a la edición del libro ESTELAS DE PAZ; QUE, el Coordinador General de Relaciones Institucionales y Tercera Edad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS ($14.800), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de noventa (90) días corridos; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a: ARTICULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ************** por el CIRCULO DE POETAS DE LA CIUDAD DE BOULOGNE SUR MER, por la suma de PESOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS ($14.800), destinado a la edición del libro ESTELAS DE PAZ, con oportuna rendición de cuentas, en un plazo de noventa (90) días corridos.- ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente ************* autorizada/s a tal efecto.- ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamentario ************** Nro.1444/85.- ARTICULO 4º.-La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de gastos pertinente.- 49