FEDERACIÓN DE BALONCESTO DE PUERTO RICO Liga de Mini Baloncesto RESOLUCIÓN [LMB-2017-05-JMPT] IN RE: CAGUAS BASKETBALL ACADEMY V. GURABO HAWKS. Hechos: Los hechos que dieron base a la controversia surgen el día 23 de abril de 2017 durante el partido de la categoría de 13 años del torneo federativo de mini baloncesto entre los equipos de Caguas Basketball Academy, en adelante CBA, y Gurabo Hawks, en adelante Gurabo. Según se desprende del informe de los árbitros y de los testimonios de las partes involucradas en la controversia, se suscitaron los incidentes que se describen a continuación: Durante el partido se suscita una jugada donde el equipo de CBA hace un corte de balón y comienza una jugada de transición en contrataque. La misma es interrumpida cuando el jugador número siete (7) de CBA, Jireh Andújar, choca en mitad de cancha con el árbitro Jeremías Hernández. Acto seguido, el jugador hace unas expresiones en contra del árbitro diciéndole que se saliera del medio. En ese momento el dirigente de CBA, Ricardo Andújar, reprende al jugador por la conducta, pero el jugador continúa reclamando y haciendo comentarios a su entrenador sobre dicha jugada. El colegiado lo escucha y decide sancionar una falta técnica contra CBA por entender que el jugador le estaba faltando el respeto. Al momento de sancionarse la falta técnica, el dirigente de CBA se molesta y reclama al árbitro por la decisión tomada. Andújar se dirige a Hernández y le dice: tú siempre con lo mismo, pitándome esas mierdas. Tras las palabras del dirigente hacia el árbitro, este último decide expulsar al dirigente, quien continuó con comentarios fuera de orden mostrando una conducta antideportiva. Igualmente, la madre del jugador número (7), Liz A. Torres, también comenzó a realizar comentarios e increpó al árbitro. Al culminar el partido, el dirigente Ricardo Andújar regresó a la cancha y se dirigió a la mesa para hacer un informe en contra del árbitro. A su vez, nuevamente, la esposa del dirigente y madre del jugador, la señora Torres, se acercó e increpó al árbitro por la situación ocurrida con su hijo. Andújar le pidió a la señora Torres que cesara con los comentarios, a lo cual ella accedió. Cabe destacar, que ese mismo día, a las 9:47 de la noche, el señor Andújar utilizó las redes sociales, específicamente la plataforma Facebook, para publicar en su cuenta personal una foto del señor Jeremías junto con un mensaje escrito donde lo criticaba por su desempeño como árbitro. (Evidencia adjunta a esta resolución en el Exhibit 1 )
Fundamentos: El Reglamento de la Liga de Mini Baloncesto en el artículo XI, inciso K dispone lo siguiente: No se permitirá el lenguaje obsceno, agresión verbal, agresión física o amenazas, por parte de dirigentes, asistentes, anotadores, jugadores y fanáticos, hacia los árbitros, oficiales de mesa, fanáticos, supervisores de la Liga, Directivos, dirigentes, asistentes y cualquier personal del banco, de su equipo o equipo contrario, durante o después de terminar un partido. La persona que viole esta regla durante la celebración del partido, deberá ser expulsado inmediatamente del partido y abandonar inmediatamente las facilidades. Habrá sanciones adicionales para los infractores de esta regla, que van desde suspensiones y/o multas, hasta expulsiones de la Liga, dependiendo dela gravedad del asunto. Por otro lado, y sobre la conducta del público, el Reglamento de la Liga de Mini Baloncesto en el artículo XII, inciso B, sección 4 establece que; no se permitirá a nadie del público dirigirse de manera ofensiva a jugadores, dirigentes, árbitros, oficiales de mesa, directivos de la Liga de Mini Baloncesto y otras personas del público antes, durante o después de terminado un partido. [ ] 4. Cualquier persona que participe en incidentes que provoquen agresiones físicas, verbales o amenazas, antes, durante y después de terminado un partido, en la cancha de juego, áreas del estacionamiento o en cualquier área pública circundante podrán ser sancionados con suspensiones, multas y expulsiones del torneo nacional de la Liga de Mini Baloncesto y otras ligas avaladas incluso. Dichas sanciones podrán ser aplicadas al o los involucrados directamente y a los Circuitos a los que representen. El Director de Torneo podrá aplicar sanciones mayores a los implicados en este tipo de conducta. De igual manera, la sección 3 de artículo antes mencionado prohíbe de manera terminante el que personas no autorizadas entren a la cancha a cuestionar, alegar ni acercarse bajo ningún pretexto a los árbitros, oficiales de mesa, supervisores y directivos de la Liga de mini baloncesto al finalizar el partido. Tampoco lo podrán hacer en las áreas circundantes a la cancha. Cualquier persona que viole esta directriz podrán ser sancionados con suspensiones y multas. Por último, el Reglamento de la Liga de Mini Baloncesto en el artículo XII, inciso E, secciones 1 y 2 se establece que es uso inapropiado y ofensivo de las redes sociales, sujeto a sanciones, el uso de estas para críticas al arbitraje, oficiales de mesa y a directivos de la liga. Las redes sociales no son el foro para dilucidar este tipo de críticas. En vista administrativa celebrada el 26 de abril de 2017 en las oficinas de la Federación de Baloncesto, ante el oficial examinador de la Liga Mini de Baloncesto, José Miguel Pérez Torres y el supervisor de la liga, Hugo Cardona, y con la presencia de los árbitros, Jeremías Hernández y Orlando Serrano, y el dirigente de CBA, Ricardo A. Andújar, y la señora Liz A. Torres, se recogieron los testimonios de todas las partes presentes y se analizó el informe de juego con el propósito de dilucidar las controversias contenidas en el mismo.
Decisión: En cuanto al señor Ricardo A. Andújar (Dirigente CBA), se determina los siguiente: Se le impone una multa de 25 dólares por su conducta antideportiva al dirigirse a los oficiales. Esta multa debe ser pagada antes de la próxima participación del equipo CBA (Sub 13). Cada partido que pase sin haber satisfecho el pago de la multa, luego de notificada esta resolución, será confiscado a favor del equipo contrario. Se le impone una multa de 25 dólares por comportamiento deplorable al utilizar inapropiadamente las redes sociales para hacer críticas sobre el trabajo arbitral del oficial Jeremías Hernández. Esta multa debe ser pagada antes de la próxima participación del equipo CBA (Sub 13). Cada partido que pase sin haber satisfecho el pago de la multa, luego de notificada esta resolución, será confiscado a favor del equipo contrario. Se le apercibe que de cometer algún otro acto de indisciplina se le impondrán sanciones mayores. En cuanto a la señora Liz A. Torres (Madre CBA), se determina los siguiente: Se suspende por el resto del torneo 2017 de la Liga Mini de Baloncesto de la FBPUR. Se le apercibe que de no cumplir con la sanción impuesta se podrá confiscar la cantidad de partidos que entienda el Director de la Liga. Dado en San Juan, Puerto Rico, hoy 28 de abril de 2017. José Miguel Pérez Torres Oficial Examinador, Liga de Mini Baloncesto FBPUR. *REGISTRESE Y NOTIFIQUESE* Se apercibe que toda persona afectada por el dictamen contenido en esta resolución tiene derecho de recurrir ante el Director General de la Liga Mini de Baloncesto de la FBPUR en un término de cuarenta y ocho (48) horas a partir del recibo de la notificación. PO Box 363947 San Juan, Puerto Rico 00936-3947 Phone: (787) 726-1526 Fax: (787) 726-2076 Web site: www.federacionpr.org
EXHIBIT 1: