ACUERDOS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE HUESCA DEL DÍA SIETE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISIETE 1. Aprobación del borrador del acta de la sesión anterior. El Sr. Alcalde pregunta si alguien quiere formular alguna observación al borrador del acta de la sesión ordinaria celebrada el día 11 de julio de 2017. No habiendo intervenciones, la Junta de Gobierno Local aprueba por unanimidad, el borrador del acta de la sesión mencionada. OBRAS 2. Aprobación del proyecto técnico de las obras de urbanización de las fases 2, 3 y 4 de la ampliación del cementerio de Huesca. Examinado el Proyecto de Obras de Urbanización de las Fases 2, 3 y 4 de la ampliación del Cementerio de Huesca, redactado por el Arquitecto, y cuyo presupuesto asciende a 907.563,73 IVA incluido. Visto lo dispuesto en el artículo 345 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre del Gobierno de Aragón. Por todo ello, la Junta de Gobierno Local adopta, por unanimidad el siguiente ACUERDO: ÚNICO.- Aprobar el Proyecto de de Obras de Urbanización de las Fases 2, 3 y 4 de la ampliación del Cementerio de Huesca, redactado por el Arquitecto, y cuyo presupuesto asciende a 907.563,73 IVA incluido. 1
CONTRATACIÓN 3. Aprobación del inicio del expediente de contratación de la gestión de servicios de control del acceso de vehículos a las zonas peatonales de la ciudad y otros. Vista la necesidad de adjudicación de un nuevo contrato de gestión de servicios mediante concesión para la prestación del servicio de control del acceso de vehículos a las zonas peatonales de la ciudad; el mantenimiento y /o renovación, cuando sea necesario de los sistemas (hardware y software) de control de acceso y foto-rojo y de gestión del procedimiento sancionador; la gestión de los expedientes sancionadores por infracciones detectadas por el sistema de cámaras control de accesos y por el sistema foto-rojo y el mantenimiento y renovación de la señalización vertical cuando proceda por deterioro o cambio del sentido de la circulación y el mantenimiento anual de la señalización horizontal o su renovación por deterioro o cambio del sentido de la circulación, tanto interior como de los accesos a la zona peatonal; visto el Pliego de Prescripciones Técnicas elaborado por los Servicios Técnicos Municipales que integran el estudio económico de la determinación de los precios del contrato. La Junta de Gobierno Local adopta, por unanimidad, el siguiente ACUERDO: PRIMERO.- Aprobar la contratación de la gestión de servicios mediante concesión para el control del acceso de vehículos a las zonas peatonales de la ciudad; el mantenimiento y/o renovación, cuando sea necesario de los sistemas (hardware y software) de control de acceso y foto-rojo y de gestión del procedimiento sancionador; la gestión de los expedientes sancionadores por infracciones detectadas por el sistema de cámaras control de accesos y por el sistema foto-rojo y el mantenimiento y renovación de la señalización vertical cuando proceda por deterioro o cambio del sentido de la circulación y el mantenimiento anual de la señalización horizontal o su renovación por deterioro o cambio del sentido de la circulación, tanto interior como de los accesos a la zona peatonal, mediante un contrato de gestión de servicios mediante concesión, con un precio estimado de 495.935 euros correspondiente a cuatro años de contrato más dos posibles prórrogas. SEGUNDO.- Iniciar el expediente de contratación, incorporando al mismo: 2
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Informe de la Intervención. Informe de la Secretaria General. 4. Aprobación de facturas. HACIENDA Vista la relación de facturas que presenta la Intervención General. Este asunto es competencia de la Junta de Gobierno Local por delegación del Alcalde otorgada por decreto nº 4.674, de 16 de septiembre de 2015. Por todo ello, la Junta de Gobierno Local adopta, por unanimidad, el siguiente ACUERDO: ÚNICO.- Aprobar la relación de facturas por un importe total de 130.947,65 euros. 5. Licencias urbanísticas. LICENCIAS 5.1. Conceder licencia urbanística a, para la construcción de vivienda unifamiliar entre medianeras, sita en el Coso Alto núm. 74-A de Huesca. Visto el expediente instado por, por el que solicita licencia para construcción de vivienda unifamiliar entre medianeras, sita en el Coso Alto núm. 74-A de Huesca, según Proyecto de Derribo, con fecha de visado 5 de Diciembre de 2016, Proyecto Básico redactado por el Arquitecto, con fecha de visado 6 de Abril de 2016, y Proyecto de Ejecución redactado por, con fecha de visado 22 de Diciembre de 2016, por el Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón. Visto el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales en el que se informa favorablemente la concesión de la licencia. Por todo ello, la Junta de Gobierno Local adopta, por unanimidad, el siguiente ACUERDO: 3
PRIMERO.- Conceder licencia para derribo de edificio sito en Coso Alto núm. 74-A de Huesca. SEGUNDO.- Conceder licencia urbanística a, para construcción de vivienda unifamiliar entre medianeras, sita en el Coso Alto núm. 74-A de Huesca, según Proyecto de Derribo, con fecha de visado 5 de Diciembre de 2016, Proyecto Básico redactado por el Arquitecto, con fecha de visado 6 de Abril de 2016, y según Proyecto de Ejecución redactado por, con fecha de visado 22 de Diciembre de 2016, por el Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón. TERCERO.- Determinar que el interesado deberá cumplir las siguientes prescripciones fijadas por el técnico municipal: - El plazo para comenzar las obras autorizadas es de seis (6) meses a contar desde la fecha de notificación de su otorgamiento, transcurrido ese plazo la licencia se declarará caducada a todos los efectos, previa audiencia al interesado, por declaración expresa del Ayuntamiento. - Tal y como se señala en el artículo 232-2 del Decreto-Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón las licencias se otorgarán dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros. CUARTO.- Significar que el interesado deberá cumplir con las condiciones impuestas por la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural, con fecha 27 de Junio de 2017. - El proyecto se sitúa según el PGOU sobre solar clasificado como Zona de Protección Arqueológica Integral o Zona A, y por tanto según el propio PGOU, cualquier intervención estará condicionada a la conservación, protección, consolidación, investigación y puesta en valor de los restos que apareciesen, en función del interés de los mismos. Por tanto, e igualmente según el PGOU, se deberá realizar una excavación arqueológica previa a las obras, para en función de su resultado poder valorar la compatibilidad de las obras proyectadas. En cuanto a trámites y requisitos de la actuación arqueológica se deberá cumplir el Decreto 6/1990, por el que se aprueba el régimen de autorizaciones para la realización de actividades arqueológicas y paleontológicas. QUINTO.- Deberá de observar lo que dispongan las Ordenanzas Municipales en vigor y satisfacer los de4rechos y tasas que resultan de aplicación. SEXTO.- A los efectos de la ocupación de la vía pública, si fuera necesario, deberá ponerse en contacto con la Policía Local, Avda. Doctor Artero 23. Tfno: (092/974-21-82-00). 4
5.2. Conceder licencia urbanística a para la construcción de vivienda unifamiliar entre medianeras, sita en el Coso Alto núm. 74-B de Huesca. Visto el expediente instado por, por el que solicita licencia para construcción de vivienda unifamiliar entre medianeras, sita en el Coso Alto núm. 74-B de Huesca, según Proyecto de Derribo, con fecha de visado 5 de Diciembre de 2016, así como el Proyecto de Ejecución redactados por, con fecha de visado 27 de Diciembre de 2016, por el Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón. Visto el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales en el que se informa favorablemente la concesión de la licencia. Por todo ello, la Junta de Gobierno Local adopta, por unanimidad, el siguiente ACUERDO: PRIMERO.- Conceder licencia para derribo de edificio sito en Coso Alto núm. 74-B de Huesca. SEGUNDO.- Conceder licencia urbanística a, para construcción de vivienda unifamiliar entre medianeras, sita en el Coso Alto núm. 74-B de Huesca, según Proyecto de Derribo, con fecha de visado 5 de Diciembre de 2016, redactado por el Arquitecto, así como Proyecto de Ejecución redactado por, con fecha de visado 27 de Diciembre de 2016, por el Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón. TERCERO.- Determinar que el interesado deberá cumplir las siguientes prescripciones fijadas por el técnico municipal: - El plazo para comenzar las obras autorizadas es de seis (6) meses a contar desde la fecha de notificación de su otorgamiento, transcurrido ese plazo la licencia se declarará caducada a todos los efectos, previa audiencia al interesado, por declaración expresa del Ayuntamiento. - Tal y como se señala en el artículo 232-2 del Decreto-Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón las licencias se otorgarán dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros. CUARTO.- Significar que el interesado deberá cumplir las siguientes condiciones impuestas por la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural, con fecha 27 de Junio de 2017. - El proyecto se sitúa según el PGOU sobre solar clasificado como Zona de Protección Arqueológica Integral o Zona A, y por tanto 5
según el propio PGOU, cualquier intervención estará condicionada a la conservación, protección, consolidación, investigación y puesta en valor de los restos que apareciesen, en función del interés de los mismos. Por tanto, e igualmente según el PGOU, se deberá realizar una excavación arqueológica previa a las obras, para en función de su resultado poder valorar la compatibilidad de las obras proyectadas. En cuanto a trámites y requisitos de la actuación arqueológica se deberá cumplir el Decreto 6/1990, por el que se aprueba el régimen de autorizaciones para la realización de actividades arqueológicas y paleontológicas. QUINTO.- Deberá de observar lo que dispongan las Ordenanzas Municipales en vigor y satisfacer los de4rechos y tasas que resultan de aplicación. SEXTO.- A los efectos de la ocupación de la vía pública, si fuera necesario, deberá ponerse en contacto con la Policía Local, Avda. Doctor Artero 23. Tfno: (092/974-21-82-00). ASESORÍA JURÍDICA 6. Aprobación de la desestimación del ejercicio de acciones judiciales derivado de diversas informaciones, publicadas en medios de comunicación, y que tienen relación con el ejercicio de las tareas de un funcionario municipal. Oídas las intervenciones anteriores, la Junta de Gobierno Local adopta, por unanimidad, el siguiente ACUERDO: PRIMERO.- Desestimar el ejercicio de acciones judiciales derivado de diversas informaciones, publicadas en medios de comunicación, y que tienen relación con el ejercicio de las tareas de un funcionario municipal. SEGUNDO.- Remitir una nota de prensa a los medios de comunicación en defensa de la reputación profesional del Jefe del Servicio Municipal de Medio Ambiente. 6