Aplicación Presupuestaria: (251-M / 241-A) Expediente nº: P.A 1 /2.012 (Lotes 1 y 2) MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

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2. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN: Abierto y adjudicación en base a varios criterios.

El incumplimiento de las condiciones 1 a la 6 tienen consideración de: Infracción grave de acuerdo con los artículos 118 y 60.2 e) del TRLCSP.

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10. FECHA DE ENVÍO DEL ANUNCIO AL DIARIO OFICIAL DE LA UNIÓN EUROPEA, en su caso:

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Transcripción:

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL DIRECCION PROVINCIAL DE MALAGA Expediente nº: P.A 1 /2.012 (Lotes 1 y 2) Aplicación Presupuestaria:227.00 (251-M / 241-A) HOJA-RESUMEN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, CON REGULACION ARMONIZADA, TRAMITACION ORDINARIA Y GASTO PLURIANUAL. 1- Objeto del servicio. Limpieza de las dependencias de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Málaga (Avda. de Andalucía, nº 23), Subdirección Provincial de Prestaciones ( C/ Cerezuela, s/n ) y Centro Modular (C/ Horacio Lengo, nº 15. Modulo 1), en Málaga capital y Centro Nacional de Formación Ocupacional de Marbella (C/ Pintor Pacheco, nº 4). Al servicio le corresponde la codificación de la Nomenclatura Vocabulario Común de los Contratos CPV (Reglamento 213/2008 de la Comisión) y la CPA, en su caso, que se detallan: CPV:... 90911200-8 CPA:... 812110 Categoría 14 del anexo II TRLCSP (Servicio de limpieza y otros auxiliares) 2- Necesidad e idoneidad del contrato a celebrar (artículo 22 TRLCSP). Se precisa mantener, en las debidas condiciones de higiene las dependencias adscritas a la Dirección Provincial, en Málaga capital y el Centro Nacional de Formación Ocupacional de Marbella. Breve resumen de memoria justificativa. El 20 de octubre de 2012 finaliza el plazo de ejecución de las prórrogas de los contratos de limpieza en las dependencias de la Dirección Provincial, Subdirección Provincial de Prestaciones y Centro Modular en Málaga capital y en el Centro Nacional de Formación Ocupacional de Marbella ( Prorrogas, respectivamente, del expediente P.A 1/2.011. Lotes 1 y 2 )y con el fin de no ver interrumpido dichos servicios, se considera necesaria la contratación indicada, todo ello de conformidad con lo estipulado en el correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas el que se detallan las condiciones en que deberá ejecutarse el contrato. El contrato va dirigido a satisfacer las necesidades de ( centro directivo o unidad ): Subdirección Provincial de Gestión Económica y Servicios. 3- Desglose por lotes. La contratación contempla dos lotes, susceptibles de aprovechamiento separado. Lote 1: Dirección Provincial, Subdirección Provincial de Prestaciones y Centro Modular, en Málaga capital Lote 2: Centro Nacional de Formación Ocupacional de Marbella

4- Variantes. No se admiten. 5- Contrato sujeto a regulación armonizada. El contrato está sujeto a regulación armonizada, al pertenecer el objeto a la categoría 14 del Anexo II del TRLCSP y superar el valor estimado del contrato el umbral de 130.000,00 euros señalado en la Orden EHA /3479/2.011, de 19 de diciembre, para el artículo 16.1.a) del TRLCSP, siendo susceptible de recurso especial en materia de contratación del artículo 40.1.a) del TRLCSP. Valor estimado del contrato: Presupuesto base de licitación, sin incluir el I.V.A... Cualquier forma de opción eventual... Eventuales prórrogas del contrato... Incremento máximo de las modificaciones... Total Importe del valor estimado... 284.152,55 euros 0,00 euros 284.152,55 euros 0,00 euros 568.305,10 euros 6- Órgano de contratación: Órgano de contratación. Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Málaga. Perfil de contratante. Es accesible desde la siguiente dirección de Internet: https://sede.sepe.gob.es. Responsable del contrato. Subdirección Provincial de Gestión Económica y Servicios. 7- Forma de tramitación del expediente de contratación. Ordinaria, conforme a lo dispuesto en el artículo 109 del TRLCSP. 8- Presupuesto base de licitación. Límite del gasto máximo del contrato para la Administración: 335.300 (IVA incluido). (284.152,55 de Base y 51.147,45 de IVA ). Presupuesto base de licitación (sin IVA)Lote 1 126.864,41 euros 18 % IVA... 22.835,59 euros Total presupuesto base de licitación (IVA incluido)lote 1 Presupuesto Base de licitación( sin IVA) Lote 2. 149.700,00 euros 157.288,14 euros 18% IVA. 28.311,86 euros Total Presupuesto Base de Licitación ( IVA incluido)lote 2: 185.600,00 euros 9- Sistema de determinación del precio. A tanto alzado.

10- Financiación por anualidades (Importe del apartado 8 anterior) Ejercicio Aplicación presupuestaria Importe 2.012 227.00 24.700,00 euros 2.012 227.00 30.600,00 euros 2.013 227.00 125.000,00 euros 2.013 227.00 155.000,00 euros 11- Plazo de ejecución del contrato. Desde el 21 de octubre de 2.012, o desde la formalización del contrato si esta fuese posterior al citado 21 de octubre de 2012, hasta el 31 de diciembre de 2.013. Plazos y pagos. El pago del precio se efectuará por periodos mensuales vencidos, previa conformidad de las facturas por parte del órgano destinatario de la prestación (Subdirección Provincial de Gestión Económica y Servicios), en los términos del artículo 216 TRLCSP. Dichos pagos tendrán la consideración de abonos a cuenta. Posibilidad de prórroga. Prorrogable, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 303.1 TRLCSP: de mutuo acuerdo y con igual duración a la del contrato inicial. 12- A efectos, exclusivamente, de lo previsto en la Cláusula VIII.1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se tendrá en cuenta lo siguiente: Medios de comunicación con los licitadores para actos distintos de la presentación o anuncio del envío de proposiciones: Por correo electrónico dp29patrimonio@sepe.es Por telefax 952 318939 Página Web https://sede.sepe.gob.es. 13- Compensación por renuncia a la celebración del contrato o por desistimiento del procedimiento por la Administración. En su caso, se aplicará el artículo 155 del TRLCSP. 14- Otra documentación a incluir en el Sobre nº 1.

1. Garantía provisional. Se exige. - Motivación. Complejidad del servicio y particularmente debido a la existencia de personal a subrogar, para asegurar la seriedad de la oferta. Incautación en los supuestos de retirada de la proposición o de la no formalización del contrato por causas imputables al contratista. - Importe y porcentaje: ( 2% del precio del contrato, sin IVA). Lote 1: 2.537,29 euros.( Importe de la Base sin IVA del lote: 126.864,41 ) Lote 2: 3.145,76 euros.( Importe de la Base sin IVA del lote: 157.288,14 ) 2. Designación, por los licitadores, de correo electrónico para las notificaciones. 15- Garantía definitiva: 5 % del importe de adjudicación, excluido el IVA. Ver apartado 24 in fine de la Hoja- Resumen, relativo a la aplicación, por el órgano de contratación, de un porcentaje del 10%, IVA excluido, en el supuesto de adjudicación, previo los informes oportunos, a una empresa cuya proposición estuviera incursa en valores anormales o desproporcionados. 16- Garantía complementaria (adicional a la garantía definitiva) y garantía mediante retención en el precio. No proceden. 17- Presentación de proposiciones. Plazo de presentación de proposiciones. El indicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el BOE y en el Perfil de Contratante del Organismo. Lugar al que se deben dirigir las proposiciones. Las proposiciones se presentarán en el Registro General de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Málaga sito en la Avenida de Andalucía nº 23 29006 MALAGA, dirigidas al Organo de contratación (Sr. Director Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Málaga). 18- Requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. ( Para empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, en lugar de la clasificación). Puntos exigidos de los recogidos en los art. 75 y 78 TRLCSP. Capacidad económica y financiera: - Estado de cuentas anuales de los últimos tres años. - Declaración sobre el volumen global de negocios en el ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato. Capacidad técnica: - Relación de los principales servicios en los tres últimos años. - Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario aplicará. - Declaración relativa a maquinaria, material y equipo técnico.

19- Clasificación. La clasificación es exigible, de acuerdo con el artículo 65 del TRLCSP, siendo el valor estimado del contrato superior a 120.000,00 euros y que el servicio está comprendido en la categoría 14 del anexo II del TRLCSP. - Clasificación exigida. A tenor de lo establecido en los artículos 37 y 38 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, el certificado de clasificación exigible, en función del objeto del contrato, es la siguiente: Grupo U, Subgrupo 1, Categoría B. - La certificación de la clasificación habrá de ir acompañada siempre de una declaración responsable del licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado, no han experimentado variación (artículo 146.3 del TRLCSP). 20- Documentación justificativa a los efectos previstos en la Disposición adicional cuarta del TRLCSP. Aquellos documentos que acrediten, en su caso, la pertenencia a la plantilla de la empresa de un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 % de la misma. La presentación de estos documentos no es obligatoria para el licitador, sino únicamente en aquellos supuestos en los cuales, efectivamente, se disponga de trabajadores minusválidos en la plantilla de la empresa. Indicación de la preferencia. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 %, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla en el momento de acreditar su solvencia técnica. 21- Criterios para la adjudicación del contrato y ponderación de los mismos. En el presente procedimiento de adjudicación, el único criterio a considerar para seleccionar al adjudicatario del contrato será el del precio más bajo.

22- El número de sobres que es necesario presentar como proposición y la denominación de los mismos, de acuerdo con lo que figura en la Cláusula VIII.6 de este Pliego, es: Las proposiciones se presentarán en dos sobres cerrados titulados de la siguiente forma: Sobre nº 1. Titulado DOCUMENTACIÓN GENERAL, que deberá contener los documentos que se indican en la Cláusula VIII.6.1. A) b) del Pliego. Sobre nº 2. Titulado OFERTA ECONÓMICA y contendrá la oferta económica formulada según los casos al modelo del anexo número II ó III figura en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. La proposición económica deberá ser ajustada y presentada por el licitador para la totalidad del periodo previsto de contratación ( 21-10-2.012 a 31-12-2.013); dicha cantidad, cuando la oferta resultare la seleccionada para la adjudicación, posteriormente será ajustada, proporcionalmente, a la duración o periodo de ejecución del contrato. 23- Subasta Electrónica. No procede. 24- Parámetros objetivos para la apreciación de que la proposición no pueda cumplirse como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados. Siendo el precio el único criterio valorable de forma objetiva para la adjudicación del contrato el precio, el carácter desproporcionado o anormal de las ofertas se apreciará de acuerdo con los criterios que se establecen reglamentariamente( Artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas). La presentación de distintas proposiciones por empresas vinculadas producirá los efectos que se determinan en el artículo 86 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en relación con la aplicación del régimen de ofertas con valores anormales o desproporcionados previsto en el citado artículo 152 TRLCSP. Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentre en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio. Para ello, las empresas del mismo grupo que concurran a una licitación deberán presentar la declaración que se indica en la Cláusula VIII 6.1.A) b )punto 7º del Pliego. Cuando, previo los informes oportunos, el órgano de contratación adjudique el contrato a una empresa cuya proposición hubiese sido considerada desproporcionada o anormal, la garantía definitiva a constituir será del 10 % del importe de adjudicación del contrato (IVA excluido).esta garantía sustituirá a la del 5 % prevista en el punto 15 de esta Hoja- Resumen. 25- Importe de gastos de publicidad. Todos los gastos derivados de la publicación de la licitación serán a cargo del adjudicatario y su importe será descontado en el primer pago.

26- Obligaciones específicas. Condiciones especiales de ejecución del contrato. (Consideraciones de tipo medioambiental o de tipo social, así como de igualdad). No se establecen. 27- Penalidades administrativas especiales. - Por ejecución defectuosa. De acuerdo con lo establecido en el artículo 212.1 del TRLCSP. Serán también de aplicación las penalizaciones previstas en la Cláusula nº 3 del Pliego de Prescripciones Técnicas en el supuesto de incumplimiento de las prescripciones en él establecidas. - Por incumplimiento de los plazos. De acuerdo con lo establecido en el artículo 212.4 del TRLCSP, tanto para el caso de incumplimientos de los plazos de entrega parciales como el del total, se impondrán penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, con la posibilidad de resolución del contrato cada vez que las penalidades alcancen un múltiplo del 5 % del precio del contrato. 28- Presentación del Plan de Trabajo. El adjudicatario deberá presentar un parte del estado general de limpieza según se recoge en el Pliego de Prescripciones Técnicas (Cláusula 2.1). 29- Plazo de recepción. La recepción final del contrato tendrá lugar dentro del mes siguiente a la finalización de su vigencia. Forma especial de recepción. Para el abono de los servicios efectuados de forma periódica se precisará la conformidad a los mismos por parte del órgano destinatario de dichos servicios (Subdirección Provincial de Gestión Económica y Servicios), extendiéndola en la factura. 30- Plazo de garantía. Un mes a partir de la fecha de recepción de conformidad del contrato. 31- Periodicidad especial en la valoración de los trabajos y certificaciones en contratos de tracto sucesivo. No proceden. 32- Condiciones especiales para abonos a cuenta por operaciones preparatorias. No se precisan operatorias preparatorias. 33- Modificación del contrato. No se establecen modificaciones del contrato en la documentación que rige la licitación. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 219 del TRLCSP sólo se podrá modificar el contrato cuando concurra alguna de las circunstancias del artículo 107 del TRLCSP.

34- Revisión de precios. En caso de prórroga del contrato le será de aplicación la revisión de precios en los términos del artículo 90 y siguientes del TRLCSP. Dicha revisión se efectuará, por una sola vez, para el nuevo periodo de vigencia del contrato, incrementando al precio del contrato el 85 por ciento del porcentaje acumulado del Indice General de Precios al Consumo de los doce últimos meses anteriores a la fecha de revisión del contrato, fijado por el Instituto Nacional de Estadística. Cuando la cláusula de revisión del contrato haya de aplicarse sobre periodos de tiempo en los que el contratista hubiese incurrido en mora y sin perjuicio de las penalidades que fueren procedentes, habrá de estarse a lo previsto en el artículo 93 del TRLCSP. El importe de las revisiones se efectuará, de oficio, mediante el abono o descuento correspondiente en las certificaciones o pagos parciales o, cuando no haya podido incluirse en las certificaciones o pagos parciales, se efectuará en la liquidación del contrato. 35- Subcontratación. El contratista podrá subcontratar de acuerdo con lo dispuesto previsto en los artículos 227 y 228 del TRLCSP. Límite a la subcontratación: No podrá exceder del 60 por ciento del importe de la adjudicación (artículo 227.2 TRLCSP ). 36- Causas de resolución de contrato (artículo 223 del TRLCSP). En cuanto al artículo 223.h) del TRLCSP, no se establecen en el contrato causas especiales de resolución. En cuanto al artículo 223. i) del TRLCSP, serán causas de resolución las establecidas en el art. 308 del TRLCSP, para este tipo de contrato. 37- Otros criterios de aplicación al presente contrato. - A efectos de subrogación, en el Anexo nº 3 del Pliego de Prescripciones Técnicas, se incluye, dentro de los límites que contempla la legislación para la protección de datos, la información sobre los trabajadores a los que afecta la misma.

Hoja-Resumen del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación del servicio de limpieza de las dependencias adscritas a la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Málaga capital ( Dirección Provincial, Subdirección Provincial de Prestaciones y Centro Modular) y Centro Nacional de Formación Ocupacional de Marbella, por el procedimiento abierto, con regulación armonizada, tramitación ordinaria y gasto plurianual, informado favorablemente por la Abogacía del Estado en Málaga, según informe nº 104/2012 de fecha 6 de junio de 2.012, aprobado por el Director Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Málaga el día xx de xxxxx de 2.012. Málaga a 8 de junio de 2.012 EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL DE GESTIÓN ECONÓMICA Y SERVICIOS Fdo: Manuel Pérez Delgado. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 110 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se aprueba el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, para la contratación, por el procedimiento abierto, con regulación armonizada, tramitación ordinaria y gasto plurianual, del Servicio de limpieza para las dependencias adscritas a la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Málaga capital( Dirección Provincial, Subdirección Provincial de Prestaciones y Centro Modular) y Centro Nacional de Formación Ocupacional de Marbella. Málaga, a 8 de junio de 2.012 EL DIRECTOR PROVINCIAL. Fdo: Luis E. Lorenzo Heptener.