Por otra parte, advertido un error en la Base Sexta de la citada convocatoria, procede asimismo su corrección.

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RESOLUCIÓN 636/2017, de 22 de febrero, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se modifica la Resolución 484/2017, de 9 de febrero, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, por la que se convoca concurso de méritos para la selección y nombramiento de directores o directoras de centros públicos de enseñanzas no universitarias dependientes del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra. Mediante Resolución 484/2017, de 9 de febrero, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, se convoca concurso de méritos para la selección y nombramiento de directores o directoras de centros públicos de enseñanzas no universitarias Navarra. De acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Orden Foral 7/2017, de 2 de febrero, del Consejero de Educación, por la que se regula la selección, la evaluación y la renovación del nombramiento de los directores y directoras de los centros públicos Navarra, durante los cinco años siguientes a la fecha de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, y de conformidad con su disposición transitoria primera, no será requisito, para participar en concursos de méritos para selección de directores de centros públicos, la posesión de la certificación acreditativa de haber superado el curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva,

indicada en el apartado 1, letra d), del artículo 3 de dicha Orden Foral. Durante este periodo la certificación acreditativa de haber superado el curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva, será tenida en cuenta como mérito del candidato que la posea. Con el fin de clarificar el texto de la convocatoria respecto a la exigibilidad de esta acreditación y la valoración de la misma, procede modificar la Resolución 484/2017, de 9 de febrero, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación. Por otra parte, advertido un error en la Base Sexta de la citada convocatoria, procede asimismo su corrección. Por lo expuesto, en virtud de las facultades delegadas por Resolución 1/2015, de 13 de agosto, del Director General de Universidades y Recursos Educativos del Departamento de Educación, RESUELVO: 1º. Modificar la Base Primera de la Convocatoria de concurso de méritos para la selección y nombramiento de Directores y Directoras de los Centros Públicos Navarra, aprobada por Resolución 484/2017, de 9 de febrero, de la Directora del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación, que queda redactada en los siguientes términos: Primera. - Requisitos de participación. 1.1. Serán requisitos para poder participar en el concurso de méritos los siguientes:

a) Tener una antigüedad de, al menos, cinco años como funcionario o funcionaria de carrera en la función pública docente. b) Ser personal funcionario de carrera dependiente orgánica y funcionalmente del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y estar prestando servicios para el Departamento de Educación. c) Haber impartido docencia directa como funcionario de carrera, durante un periodo de cinco años en alguna de las enseñanzas que ofrece el centro al que se opta. Con el profesorado de la especialidad de Orientación Educativa se considerará a estos efectos el haber ejercido las funciones propias de su especialidad como funcionario de carrera durante un periodo de igual duración. d) Presentar un Proyecto de dirección que incluya, al menos, un análisis de la situación del centro, la relación del Proyecto presentado con el Proyecto educativo, y en su caso con el proyecto funcional del centro, los objetivos con sus respectivos indicadores, las estrategias para conseguirlos y los procedimientos de evaluación del mismo. e) Presentar propuesta del resto del equipo directivo, aceptada por las personas interesadas. f) En el caso de presentar candidatura a la dirección de un centro que imparta únicamente enseñanzas del Modelo D, estar en posesión del título EGA o equivalente. g) Poseer la especialidad necesaria, contemplada en la plantilla del centro por el que opta, que posibilite tener la carga lectiva en ese centro.

1.2. En los centros específicos de Educación infantil, en los incompletos de Educación primaria, en los de Educación secundaria con menos de ocho unidades, en los que impartan Enseñanzas artísticas profesionales, deportivas, de idiomas o las dirigidas a personas adultas con menos de ocho profesores o profesoras, el Departamento de Educación podrá eximir a la persona candidata de cumplir los requisitos a) y c) del apartado 1 del presente artículo. 1.3. Dichos requisitos deberán reunirse en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.. 2º. Corregir el error advertido en la Base Sexta de la Convocatoria de concurso de méritos para la selección y nombramiento de Directores y Directoras de los Centros Públicos dependientes del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra. Donde dice: 6.4. El Presidente o presidenta de cada Comisión de Selección elevará al Servicio de Recursos Humanos la propuesta del candidato o candidata seleccionado o seleccionada, así como del resto de candidatos o candidatas que hubieran superado la primera fase. Esta comunicación deberá realizarse el mismo día de la publicación de la lista a la que se refiere el apartado 3 de esta base. Debe decir: 6.4. El Presidente o Presidenta de cada Comisión de Selección elevará al Servicio de Recursos Humanos la propuesta del candidato o candidata seleccionado o

seleccionada, así como del resto de candidatos o candidatas que hubieran superado la segunda fase. Esta comunicación deberá realizarse el mismo día de la publicación de la lista a la que se refiere el apartado 3 de esta base. 3º. Abrir un nuevo plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, para la presentación de solicitudes de participación de aspirantes, junto con los méritos y el Proyecto de Dirección. 4º. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra. 5º. Trasladar la presente Resolución a la Secretaría General Técnica y a su Sección de Gestión Jurídico- Administrativa, al Servicio de Inspección Educativa, al Servicio de Ordenación, Orientación e Igualdad de Oportunidades, a la Sección de Ordenación Académica, a la Sección de Formación del Profesorado y a la Sección de Convocatorias del Servicio de Recursos Humanos, a los efectos oportunos. Pamplona, veintidós de febrero de dos mil diecisiete. LA DIRECTORA DEL SERVICIO DE RECURSOS HUMANOS, Miren Itziar Aragüés Cemboráin.